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Proyecto de Acuerdo 184 de 2007 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO Nº

PROYECTO DE ACUERDO No. 184 de 2007

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. FUNDAMENTO JURÍDICO

La iniciativa se sustenta en las siguientes normas: Constitución Política de 1991, Decreto-Ley 1421 de 1993, Ley 617 de 2000, Decreto Nacional 1737 de 1998 y el Acuerdo Distrital 119 de 2004.

Constitución Política:

El artículo 209 de la Constitución Política dispone que la función administrativa esta al servicio de los intereses generales y se desarrollará con fundamento en los principios de eficacia y economía.

Los artículos 339 y 346 de la Carta Magna, establecen la necesaria coordinación entre los planes de desarrollo y el presupuesto, con el objeto de asegurar el uso razonable y eficiente de los recursos.

Ley 617 de 2000:

Por medio de esta ley se establecieron medidas de saneamiento fiscal, dentro de las cuales, se dispuso que los gastos de publicidad deben computarse como gastos de funcionamiento y en ningún caso podrán considerarse como gastos de inversión (artículo 93).

Decreto - Ley 1421 de 1993:

El artículo 12.1 determina que corresponde al Concejo Distrital dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

Decreto 1737 de 1998:

Por medio del cual se establecen en la Nación medidas de austeridad y eficiencia y somete a condiciones especiales la asunción de compromisos por parte de las entidades públicas que manejan recursos del Tesoro Público.

Este Decreto establece en su artículo 2º que las entidades territoriales adoptarán medidas equivalentes, entre las cuales se encuentran restricciones al gasto de publicaciones e impresos.

Decreto Distrital 94 de 2006:

El artículo 18, enumera las funciones de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional, así:

h. Apoyar a la Secretaría General en la definición y unificación de las políticas y estrategias de la comunicación organizacional en el Distrito Capital, en el desarrollo del plan estratégico de comunicaciones, en el diseño y desarrollo de campañas de divulgación y comunicación sobre los logros institucionales, acontecimientos, eventos y actos que se impulsen en el Distrito Capital, así como orientar y supervisar la elaboración, edición, impresión y divulgación de la publicaciones que requiera la Administración Distrital".

Plan de Desarrollo Económico "Acuerdo 119 de 2004":

El artículo 29 señala como una de las estrategias financieras efectuar un mayor control en la ejecución del gasto, la priorización y reorientación de las inversiones.

El artículo 32 establece que con el fin de mejorar, especializar y hacer más eficiente la ejecución del gasto público, y en desarrollo de la función y el objetivo misional de cada una de las entidades que conforman el distrito, se continuará el control a la ejecución del presupuesto teniendo como principio básico la responsabilidad en la asignación de gastos, implementando la cultura de racionalización del gasto mediante la cual se fortalecerá la conciencia colectiva del uso eficiente de los recursos.

La cultura de racionalización del gasto generará ahorros en el gasto público distrital, permitiendo financiar mayor número de programas y proyectos de inversión social.

2. COMPETENCIA

La iniciativa para presentar este proyecto es del Concejo de Bogotá, conforme lo establece el numeral 1° del artículo 12, según el cual, corresponde al Concejo de Bogotá dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

3. RAZONES Y ALCANCES DEL PROYECTO:

La Nación por intermedio del Ministerio de Hacienda ha expedido normas con respecto al manejo adecuado de los recursos públicos, que expresan la necesidad de ejecutar estos recursos de acuerdo a medidas de austeridad, normas que han sido adoptadas por el Distrito Capital.

El Decreto Distrital 030 de 1999 consideró como tema fundamental la racionalización del gasto público del Distrito Capital el cual requería establecer oportunamente las normas que conlleven la utilización eficiente y eficaz de los recursos Distritales por parte de todos los organismos y entidades que soportan sus gastos en las finanzas de la ciudad. Sin embargo, no se adoptaron medidas concretas para racionalizar y priorizar el gasto público.

Dentro de los temas más debatidos cuando se discutió el plan de desarrollo, fue precisamente la necesidad de establecer un plan financiero coherente con metas tan ambiciosas e imprecisas consignadas en él.

Como lo señaló en su momento esta bancada política, esto no se logró, y se estableció en el plan de desarrollo una estrategia económica inconsistente, que ni si quiera incluyó los presupuestos plurianuales de inversión, desacatando lo establecido por la Constitución Política y la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo.

Esta situación -advertida en su momento- se hace hoy evidente en la desconexión que existe en el plan de desarrollo y los presupuestos aprobados que superan lo presupuestado por el plan para toda la vigencia.

Es de esperarse entonces, que hasta la fecha, los objetivos previstos en la estrategia financiera no se hayan cumplido, especialmente, en lo que hace referencia al establecimiento de disposiciones de austeridad.

La actual administración, a diferencia de las pasadas, no ha presentado a consideración del Concejo proyectos que en alguna medida permitan cumplir el objetivo trazado de generar una cultura de racionalización del gasto público.

Como consecuencia, hoy se están despilfarrando cuantiosos recursos públicos, como es el caso de las publicaciones e impresos que en solo dos años 2004 y 2005 ha gastado más de 6.400 millones de pesos, que habrían podido maximizarse, si los trabajos se hubieran realizado por intermedio de la Imprenta Distrital.

Se pretende así, que al igual que en el sector central sea la Imprenta Distrital la que acoja la impresión de trabajos de las diferentes entidades, como por ejemplo, afiches, folletos, volantes, manuales, periódicos, informes de gestión, etc., con el fin de aprovechar eficientemente los recursos, por cuanto la Imprenta representa para la administración economía y oportunidad.

La Dirección de Desarrollo Institucional de la Secretaría General cobraría por la impresión y edición de los trabajos encomendados, generando de esta forma ingresos que le permitirían capacitar el recurso humano y a su vez actualizar la maquinaria existente, esta medida disminuiría los gastos que por este concepto tienen las entidades distritales por cuanto la imprenta se pondría a la altura de los oferentes privados.

En la actualidad la Imprenta Distrital no cobra por estos servicios y las ocho entidades del Distrito que utilizan sus servicios, compran los insumos y la imprenta edita.

Por otra parte, las entidades del nivel central como los Establecimientos Públicos y los Fondos de Desarrollo Local deben hacer un replanteamiento de los gastos relacionados con publicidad e impresos y publicaciones por cuanto se están imprimiendo en la actualidad por poner ejemplos sencillos: muchos ejemplares de periódicos en algunas localidades, se están imprimiendo plegables para divulgación de programas de cultura organizacional de una entidad muy por encima del número de funcionarios de la entidad.

3. RAZONES DE CONVENIENCIA:

Teniendo en cuenta las normas de austeridad se considera viable promover la función en mención que corresponde a la Imprenta Distrital, en aras de disminuir los gastos por concepto de impresos y publicaciones de la Administración Distrital contratadas tanto por funcionamiento como por inversión.

La Administración ha utilizado cuantiosos recursos para ordenar la impresión de folletos, revistas, carteles, volantes y en general diversos tipos de impresos, tal como se aprecia en el siguiente cuadro:

GASTOS EN IMPRESOS Y PUBLICACIONES

ENTIDAD

VIGENCIA 2004

VIGENCIA 2005

ADMINISTRACION CENTRAL

967.025.110

2.885.207.367

Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos

156.364.164

5.500.000

Secretaría General

 

5.776.800

Secretaría General

179.991.090

711.327.954

Planeación Distrital

 

149.522.507

Planeación Distrital

 

50.000.000

Secretaría de Hacienda . Despacho

209.275.560

335.508.400

Secretaría de Hacienda . Despacho

 

27.981.024

Secretaría de Hacienda - Fondo Cuenta Concejo

52.500.000

34.100.000

Secretaría de Hacienda - Fondo Cuenta Concejo

 

1.689.720

Secretaría de Gobierno

 

143.880.968

Secretaría de Salud

124.618.200

369.766.645

Secretaría de Educación

431.202.316

Departamento Administrativo de Catastro Distrital

7.348.317

36.525.980

Departamento Administrativo Defensoría del Espacio Público

96.799.675

35.148.000

Departamento Administrativo Defensoría del Espacio Público

1.918.918

Departamento Administrativo del Servicio Civil

3.948.200

3.033.170

Departamento Administrativo de Bienestar Social

56.538.104

426.890.590

Departamento Administrativo de Acción Comunal

79.641.800

78.450.440

Departamento Administrativo del Medio Ambiente

 

31.700.000

Departamento Administrativo del Medio Ambiente

5.283.935

ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS

622.871.226

1.980.318.121

Caja de Vivienda Popular

6.751.200

32.493.000

Fundación Gilberto Alzate Avendaño

24.609.200

30.395.500

Fundación Gilberto Alzate Avendaño

25.862.000

15.604.500

Orquesta Filarmónica

34.204.108

61.112.038

Orquesta Filarmónica

11.339.406

13.975.438

Instituto Distrital de Cultura y Turismo

208.000.000

918.395.000

Instituto Distrital de Recreación y Deporte

26.937.150

280.262.734

Instituto Distrital de Recreación y Deporte

 

3.884.050

Instituto de Investigación Educativa y Desarrollo Pedagógico IDEP

105.827.580

103.350.360

Fondo de Vigilancia y Seguridad

2.926.600

66.532.418

Fondo de Ventas Populares

24.732.520

68.034.434

Instituto de Desarrollo Urbano

60.618.500

12.335.096

Jardín José Celestino Mutiz

52.753.970

154.489.920

Dirección de Prevención y Atención de Emergencias

35.608.992

39.763.813

Fondo de Ahorro y Vivienda FAVIDI

2.700.000

3.823.700

Corporación La Candelaria

173.266.120

Instituto Distrital para la Protección de la Juventud y la Niñez . IDIPRON

2.600.000

ENTE AUTONOMO

64.425.838

110.948.447

Universidad Distrital

64.425.838

110.948.447

EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES

158.952.820

151.154.907

Metrovivienda

59.284.230

22.113.892

Empresa de Renovación Urbana

 

3.299.040

Canal Capital

 

2.060.300

Transmilenio S.A.

 99.668.590

123.681.675

ALCALDIAS

 

614.942.200

Alcaldía de Usaquén

 

6.820.800

Alcaldía de Santa Fe

 

62.366.313

Alcaldía de San Cristóbal

 

90.700.000

Alcaldía de Usme

 

4.450.000

Alcaldía de Bosa

 

1.100.000

Alcaldía de Ciudad Kennedy

 

9.000.000

Alcaldía de Fontibón

 

6.615.480

Alcaldía de Negativa

 

8.854.240

Alcaldía de Suba

 

43.964.000

Alcaldía de Teusaquillo

 

18.601.400

Alcaldía de Mártires

 

52.699.000

Alcaldía de Antonio Nariño

 

14.999.520

Alcaldía de Puente Aranda

 

39.000.000

Alcaldía de La Candelaria

 

5.606.600

Alcaldía de Rafael Uribe Uribe

 

50.006.900

Alcaldía de Ciudad Bolívar

 

19.404.040

Alcaldía de Sumapaz

 

29.599.000

TOTALES

$ 1.813.274.994

$ 5.742.571.042

Nota: La Secretaria de Tránsito y Transporte y las Alcaldías de Tunjuelito y Barrios Unidos no enviaron la información.

Como se observa en el cuadro, en el 2004 y en el 2005, del total utilizado en folletos, manuales, pendones, libros, volantes, etc. se compraron insumos por la suma de $ 1.058.439.405 para hacer impresiones a través de la Imprenta Distrital, estos gastos representan el 14% sobre el valor total, $7.555.846.036

Es importante destacar que de los $1.058,4 millones que costaron los insumos entregados a la Imprenta Distrital, el 84.2% corresponde a la Secretaría General, lo cual permite al menos intuir que la Imprenta Distrital por ser una dependencia de esta entidad, se ha convertido en su taller de impresión exclusivo.

De otra parte, tan sólo ocho entidades del Distrito tienen en cuenta a la Imprenta Distrital para realizar allí sus trabajos de impresión.

Como se dijo anteriormente y teniendo en cuenta las cifras relacionadas con base en la información suministrada por las entidades, lo que se pretende con la presentación de este Proyecto de Acuerdo es obligar a las entidades distritales a contratar en lo posible con la Imprenta Distrital, antes de considerar la apertura de un proceso de selección de particulares para trabajos de impresión, lo cual implicaría que la imprenta cobrara sus servicios y de esta forma entregarle una preferencia en la realización de este tipo de labores, con el propósito de generar ahorros en la utilización de los recursos y el fortalecimiento de la Imprenta Distrital.

3. IMPACTO PRESUPUESTAL:

Para efectos de lo dispuesto por la Ley 819 de 2003, es preciso señalar, que el proyecto no genera gasto presupuestal al Distrito, por el contrario, lo que pretende es racionalizarlo y hacerlo más eficiente, lo cual es plenamente concordante con los objetivos previstos en el actual Plan de Desarrollo y permite el fortalecimiento de una institución como la Imprenta Distrital que hoy opera como una simple oficina de la Secretaría General.

Así las cosas, los trabajos que realice la Imprenta Distrital a las demás entidades del Distrito tendrán un costo.

La propuesta que hacemos en el presente Proyecto de Acuerdo está dirigida a autorizar la imputación presupuestal del valor de los trabajos a las transferencias como una operación sin situación de fondos por parte de la Secretaría de Hacienda.

Lo anterior significa, que la entidad que deba contratar con la Imprenta Distrital, acordará el precio del trabajo que necesite con esta, y el pago de dicho valor se descontará de las transferencias que le deba entregar la Secretaría de Hacienda a dicha Entidad. Igualmente, la Secretaría de Hacienda descontará el mismo valor de las transferencias que deba realizar a la Entidad contratante y lo llevará al numeral rentístico otros ingresos, como ingresos generados por la Imprenta Distrital por venta de servicios. Dichos ingresos estarán destinados específicamente al fortalecimiento de la Imprenta Distrital, pudiendo destinarlos a compra de equipos para la misma, capacitación del personal adscrito a ella o para los fines que estén encaminados al mismo.

4. ANTECEDENTES DEL PROYECTO

En las pasadas sesiones ordinarias fue debatido el presente proyecto, contando con el apoyo de la Comisión de Gobierno que aprobó la ponencia conjunta presentada por los H. Concejales ALEJANDRO MARTINEZ CABALLERO, JOSE ABEL VALOYES CHAVERRA y JORGE LOZADA VALDERRAMA, CARLOS VICENTE DE ROUX y FERNANDO ROJAS.

De igual forma y pese a que este proyecto es de iniciativa del Concejo de Bogotá, la Administración Distrital manifestó su intención de acompañar la propuesta, presentando a consideración un texto de articulado que recoge en gran medida las observaciones de los ponentes, de los concejales que intervinieron en el debate y de los autores del proyecto.

En esta oportunidad se presenta nuevamente el proyecto, con un articulado que concilia el texto propuesto por la administración con algunas modificaciones que hace esta Bancada para hacer efectivo el fin que persigue la iniciativa. Se anexa el concepto de la administración.

Por las anteriores consideraciones de orden jurídico y de conveniencia, sometemos a consideración del CONCEJO DE BOGOTA, el Proyecto de Acuerdo "Por el cual se establecen medidas de austeridad en materia de impresos y publicaciones en el Distrito Capital".

Atentamente,

DARÍO FERNANDO CEPEDA PEÑA

CRISTINA PLAZAS MICHELSEN

SUSANA GONZÁLEZ RONCANCIO

MARIA ANGELICA TOVAR RODRIGUEZ

GUILLERMO CORTES CASTRO

CARLOS ORLANDO FERREIRA PINZÓN

ALVARO MEJIA BRAVO

ACUERDO N

"Por el cual se establecen medidas de austeridad en materia de impresos y publicaciones en el Distrito Capital"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ DC,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 1º del artículo 12° del Decreto Ley 1421 de 1993

ACUERDA

Artículo 1º. El diseño, la diagramación y la impresión de informes, folletos o textos institucionales de los organismos y entidades distritales deberá hacerse prioritariamente a través de la Secretaría General - Dirección Distrital de Desarrollo Institucional, o del organismo o entidad distrital que cumpla dichas funciones a nivel distrital.

En ningún caso los organismos o entidades distritales podrán patrocinar o realizar la edición, impresión o publicación de documentos que no estén relacionados con sus funciones y se abstendrán, en lo posible, de producir impresiones en ediciones de lujo.

PARAGRAFO. En caso de que sea indispensable producir impresiones en edición de lujo deberá sustentarse las razones de oportunidad y conveniencia que justifiquen dichos trabajos.

Artículo 2º. Solo en el caso de que la Secretaría General - Dirección Distrital de Desarrollo Institucional, o el organismo o entidad distrital que cumpla las funciones a que se refiere el presente Acuerdo, no pueda atender los requerimientos del solicitante, éste tendrá la posibilidad de contratarlo con terceros.

El requerimiento también podrá adelantarse con terceros cuando la Secretaría General - Dirección Distrital de Desarrollo Institucional, o el organismo o entidad distrital que cumpla las funciones a que se refiere el presente Acuerdo, no responda la petición en el término de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la fecha de recibo de la respectiva solicitud.

Artículo 3º. El presente acuerdo es de aplicación inmediata. Sin embargo, el Gobierno Distrital en ejercicio de su potestad reglamentaria podrá señalar los procedimientos para cumplir con lo dispuesto en el presente Acuerdo.

Artículo 4º. Vigencia y derogatorias. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Dado en Bogotá, DC