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Proyecto de Acuerdo 258 de 2007 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Santafé de Bogotá D

Proyecto de Acuerdo No. 258 de 2007

"Por medio del cual se establecen las líneas gratuitas de atención a los usuarios en las entidades del orden distrital y se dictan otras disposiciones"

EXPOSICION DE MOTIVOS

Honorables Concejales:

La iniciativa propuesta está orientada fundamentalmente en mi interés por mejorar la atención al ciudadano que a diario acude a las entidades del orden distrital, bien sea para realizar trámites administrativos o para acceder simplemente a la información oficial por medio del teléfono.

El Estado ha buscado a través del tiempo acercar al ciudadano a la administración, brindando mecanismos alternativos como el Internet, boletines informativos y especialmente con la implementación de las oficinas de atención al usuario, quejas y reclamos en cada una de las entidades ya sean del orden Nacional, Departamental, Municipal o Distrital.

Hoy para el acceso a las Entidades Distritales se cuenta con líneas telefónicas como medio masivo de comunicación, que permite un contacto casi directo para el cubrimiento de la información que a diario consultan los ciudadanos.

Es de amplio conocimiento que las entidades ya sean privadas o públicas, para el caso que nos ocupa, presentan demora para atender las líneas telefónicas; generalmente, antes de recibir comunicación con la operadora, se debe escuchar una grabación o simplemente activar un correo de voz, dejando en la mayoría de las veces al usuario sin la información requerida, quien prefiere desistir de su intento de comunicación, por cuanto les resulta muy oneroso, máxime cuando en la mayoría de los casos quienes acuden a solicitar un servicio son personas de escasos recursos económicos.

Al promover la iniciativa básicamente se generaría un acercamiento mayor de los ciudadanos a las entidades distritales, garantizando la satisfacción en la prestación del servicio, y que en los procesos de consulta se logre el suministro de la información en el tiempo requerido sin trasladarle la carga económica al ciudadano común.

Las facilidades tecnológicas que se ofrecen a diario para garantizar eficiencia en los procesos de comunicación, considero deben extenderse a toda la población, es por esto, que es pertinente que las entidades del orden distrital cuenten con una línea gratuita de atención al usuario, para facilitar la información, ampliando así la posibilidad de acceso al Estado.

COMPETENCIA

De conformidad con el Decreto Ley 1421 de 1993 "Estatuto Orgánico de Bogotá", compete al Concejo de Bogotá de conformidad con el Artículo 12º. Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

Acorde con lo establecido en La Ley 190 de 1995, se pretende con la iniciativa mejorar el servicio que prestan las entidades del orden distrital, utilizando los recursos disponibles en la tecnología para ponerlos al servicio de la ciudadanía y hacer más interactiva la gestión pública.

IMPACTO FISCAL

Teniendo en cuenta que la iniciativa no generaría un costo exorbitante en el gasto de cada entidad, este se puede ser cubierto a través del rubro para el pago de servicios públicos, que ejecutan.

Igualmente la administración podrá a través de convenios con las empresas de telecomunicaciones, lograr la activación gratuita de este servicio, o por lo menos a costos muy reducidos, teniendo en cuenta que éstas en el proceso de comercialización de sus servicios ofrecen tarifas accesibles a todos los usuarios.

Por las anteriores consideraciones, y esperando que en el curso del debate se enriquezca este proyecto con los aportes de los honorables concejales, le solicito a la Corporación se de trámite a esta iniciativa.

Cordialmente;

OMAR MEJIA BAEZ

Concejal de Bogotá

PROYECTO DE ACUERDO No. DE 2004

"Por medio del cual se establecen las líneas gratuitas de atención a los usuarios en las entidades del orden distrital y se dictan otras disposiciones"

El Concejo de Bogotá D.C. En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las contenidas en el articulo 12 No. 1 del Decreto Ley 1421 de 1993 - Estatuto Orgánico de Bogotá

Acuerda

ARTICULO PRIMERO: Las Entidades Públicas del orden Distrital, deberán garantizar a los ciudadanos atención telefónica gratuita para el servicio de consulta, quejas y reclamos.

ARTICULO SEGUNDO: Cada Entidad deberá activar una línea telefónica gratuita para atención al usuario, a través del servicio 01 8000 o de aquella que se habilite para este efecto, y que garanticen el cumplimiento de la norma.

ARTICULO TERCERO: Las Entidades Distritales contarán con el personal debidamente capacitado que garantice la oportunidad y veracidad de la información que sea requerida por los ciudadanos.

ARTICULO CUARTO: Las Entidades Distritales tendrán un término de 6 meses para implementar el sistema de atención telefónica gratuita a los ciudadanos y su divulgación.

ARTICULO QUINTO: El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.