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DECRETO 874 DE 1993 (Diciembre 30) "Por el cual se determina la composición de la Junta Directiva de la Caja de Vivienda Popular". EL ALCALDE MAYOR DE SANTAFE DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL, En uso de las facultades que le confieren los artículo 56 y 176 del Decreto - ley 1421 de 1993, DECRETA: ARTICULO 1º. La Junta Directiva de la Caja de Vivienda Popular, estará integrada por el Alcalde Mayor o su delegado, quien lo presidirá, y cinco (5) miembros más designados libremente por el Alcalde Mayor. Ver la Resolución 75 de 2001 El Gerente de a Caja de Vivienda Popular asistirá a las sesiones de la Junta Directiva con voz pero sin voto y actuará como secretario de la misma el Secretario General de la Caja. ARTICULO 2º. Las normas de este decreto se presentarán como proyecto de acuerdo al concejo distrital dentro de los tres días siguientes a su expedición. ARTICULO 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dado en Santafe de Bogotá, D.C. a los 30 días del mes de Diciembre de 1993 JAIME CASTRO Alcalde Mayor ALVARO DAVILA PEÑA Secretario General NOTA: Publicado en el Registro Distrital 822 del 30 de Diciembre de 1993. |