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Decreto 750 de 1991 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/11/1991
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/11/1991
Medio de Publicación:
Registro Distrital 661 de noviembre 15 de 1991
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 750 DE 1991

(Noviembre 01)

NOTA: Derogado por el Decreto Distrital 615 de 1994

Por el cual se introducen reformas a la estructura administrativa, se determinan funciones y se reestructura la Planta de Cargos del Departamento Administrativo de Planeación Distrital.

EL ALCALDE MAYOR DE SANTAFE DE BOGOTA DISTRITO CAPITAL

En uso de sus facultades que le confieren el Decreto Ley 3133 de 1968 y en especial, el Artículo 546 del Acuerdo 6 de 1990 y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 5 del Acuerdo 6 de 1990, establece que corresponde, entre otros, al Director Administrativo de Planeación Distrital, como autoridad de Planificación, el ejercicio de la función de planeamiento.

Que el mismo Artículo determina que el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, será la entidad coordinadora de las actividades de las oficinas de Planeación de las dependencias de la Administración Central y de las Entidades Descentralizadas.

Que el Artículo 546 del Acuerdo 6 de 1990, faculta al Alcalde Mayor de Santa fe de Bogotá, para que introduzca las reformas administrativas en el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, que le permitan cumplir con las funciones que le señala el mismo Acuerdo.

Que el ejercicio de las facultades señaladas en la norma citada anteriormente, conlleva a la reorganización, redenominación y creación de las dependencias y los cargos necesarios, la asignación y reasignación de funciones y responsabilidades, para asumir técnicamente las nuevas funciones asignadas por el Acuerdo 6 de 1990.

Que en cumplimiento del Parágrafo Primero, Inciso 3, del Articulo 545 del Acuerdo 6 de 1990, la Junta de Planeación Distrital, en su sesión No. 16 del 26 de septiembre de 1991, conceptuó favorablemente sobre el presente ordenamiento.

Que la Junta Asesora y de Contratos de la Administración Central, en su sesión No. 044 del 28 de octubre de 1991, aprobó la reestructuración del Departamento.

Ver el Decreto Distrital 1087 de 1997

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Reformar la estructura Administrativa del Departamento Administrativo de Planeación Distrital así:

ORGANISMOS ASESORES

- Junta de Planeación

- Consejo Superior del Especio Publico.

- Taller del espacio Público

- Junta de Protección del Patrimonio no Urbano

- Comisión del Mejoramiento urbano

1 DIRECCIÓN

1.1. Oficina de Divulgación y Prensa

1.2. Oficina de Control Interno

1.3 oficina Jurídica

2 SUBDIRECCIÓN

2.1. Oficina de Sistemas

3 UNIDAD ADMINISTRATIVA

3.1. División de Recursos Humanos

3.2 División de Presupuesto y Contratos

3.3. División de Servicios Generales

3.3.1. Sección Almacén

3.4 División de Información, Quejas y Reclamos

3.4.1 Sección Archivo

3.4.2 Sección Biblioteca

3.4.3 Sección Correspondencia

4 UNIDAD DE PLANEAMIENTO SOCIOECONÓMICO

4.1. División de Estadística

4.2 División de Análisis Socioeconómico y Vivienda

4.3. División de descentralización y Participación Comunitaria

4.4. División de Servicios Sociales.

5 UNIDAD DE MEJORAMIENTO URBANO

5.1 División de Mejoramiento

5.2. División de Programas de Habilitación

6 UNIDAD DE PLANEAMIENTO FÍSICO

6.1. División de desarrollo Regional y Medio Ambiente.

6.2 División de Ordenamiento Urbano y Programas

6.3 División de Servicios Públicos

6.4. División de Vías y transporte.

7 UNIDAD DE PLANEAMIENTO FINANCIERO

7.1. División de Análisis Financiero

7.2. División de Programación y Control Presupuestal

7.3. División Banco de Proyectos.

8 UNIDAD DE DESARROLLO URBANÍSTICO

8.1. División Zona Norte

8.2 División Zona Centro

8.3 División Zona Chapinero

8.4 División Zona Occidente

8.5 División Zona Sur

8.6. División de Proyectos especiales

8.7 División Cartografía

ARTÍCULO 2. Las diferentes dependencias del departamento Administrativo de Planeación Distrital tendrán las siguientes funciones:

1 DIRECCIÓN

- Dirigir, coordinar y controlar las funciones del Departamento a su cargo, dictando los actos administrativos y realizando las labores necesarias para el cumplimiento de las mismas.

- Coordinar las actividades de planeación socioeconómica, territorial y financiera que se desarrollen en el distrito tanto en el sector central como descentralizado.

- Controlar la correcta aplicaron de los planes de desarrollo, que se adopten para el área del Distrito Capital de Santa fe de Bogotá y adelantar las gestiones necesarias para asegurar su oportuno cumplimiento.

- Representar al Departamento ante las demás entidades distritales, departamentales, nacionales, institutos públicos y privados de Planeación y Fomento.

- Autorizar con su firma, las Licencias para la urbanización de terrenos y construcción, adecuación, ampliación, modificación, demolición y reparación de edificaciones.

- Dictar las normas que reglamenten el Desarrollo Urbanístico de Santa fe de Bogotá Distrito Capital, previa autorización de la Junta de Planeación.

- Definir y precisar el trazado definitivo de las vías del plan vial arterial y local con base en el plan vial arterial y local con base en el plan vial general que apruebe el Concejo Distrital y previo concepto de la Junta de Planeación.

- Celebrar los contratos que le autoricen las normas vigentes.

- Presentar informes de las labores del Departamento al Alcalde Mayor, a la Junta de Planeación y al Concejo, cuando así lo soliciten.

- Concurrir a las sesiones del Concejo Distrital y sus Comisiones, y rendir los informes que le sean solicitados.

1.1. OFICINA DE DIVULGACIÓN Y PRENSA

- Prestar asesoría en el desarrollo d estrategias de información del Departamento y su Director, ante el publico y los medios de comunicación.

- Elaborar los programas de divulgación de las actividades del Departamento, con destino a los medios de comunicación.

- Coordinar la recopilación y publicaron de los estudios adelantados por las distintas Unidades del Departamento.

- Responder por la edición, publicación y distribución de la Gaceta de Urbanismo y Construcción

1.2. OFICINA DE CONTROL INTERNO

- Organizar los métodos y procedimientos para la protección de los activos de la institución, la promoción de la eficiencia de operación y la adhesión a las políticas preescritas por la Dirección.

- Efectuar el control contable y el administrativo.

- Observar el cumplimiento de los objetivos de la entidad, en cuanto a su organización, procedimientos y manejo de personal.

- Evaluar las deficiencias e inconsistencias de la entidad e informarlas a la Dirección.

1.3. OFICINA JURÍDICA

- Asesorar en los aspectos jurídicos al Director del Departamento.

- Emitir conceptos y absolver consultas que tengan relación directa con los objetivos y funciones del Departamento.

- Elaborar estudios e investigaciones jurídicas en materia urbanística.

- Establecer las directrices y políticas generales para la interpretación y aplicaron de las normas jurídicas.

2. SUBDIRECCIÓN

- Dirigir, promover, controlar y evaluar en coordinación distrital central y descentralizada, las políticas, planes, programas y proyectos a realizar en el área e planificación y recomendar las modificaciones y ajustes necesarios.

- Participar en la formulación de las políticas de financiamiento de las entidades de la Administración Distrital Central y Descentralizada, conceptuar y evaluar sus programas y proyectos de inversión y financiamiento.

- Coordinar a través del Banco de Proyectos Distrital, la inscripción de los programas y proyectos de inversión que pretendan desarrollar las entidades distritales en cada vigencia fiscal.

- Dirigir y programar investigaciones sobre el medio físico y preparar los planes de desarrollo para el área Distrital en lo relacionado con usos del suelo, obras de infraestructura, equipamiento comunal, y sistema vial en coordinación con las Oficinas de Planeación de las demás entidades distritales.

- Dirigir y programar investigaciones sobre aspectos socioeconómicos, demográficos y evaluar los planes de desarrollo social en educación, salud, seguridad, vivienda, recreación, cultura y organización comunitaria, de acuerdo a las necesidades de la población.

- Programar y dirigir en coordinación con los organismos Nacionales, departamentos, Regionales y municipales correspondientes, los estudios encaminados a lograr un sistema de planificación unificado para la sabana de Santa fe de Bogotá y los municipios vecinos.

- Coordinar los estudios y la preparación de conceptos sobre endeudamiento interno y externo de las entidades distritales y los programas de cooperación técnica internacional.

- Participar en el diseño de la metodología de los aspectos técnicos, financieros y presupuéstales del Distrito capital.

- Controlar que el presupuesto general del Distrito, en lo relativo a gastos de inversión, se ajuste al plan y a los programas de desarrollo.

- definir las políticas de prestación del servicio de información del Departamento y evaluar, controlar y actualizar su aplicaron.

- Representar por delegación del Director al Departamento de Planeación en los Comités, Juntas y Organismos que tengan relaciones con la entidad en cumplimiento de sus funciones técnicas y administrativas.

- Reemplazar al director del Departamento en sus ausencias temporales.

2.1. OFICINA DE SISTEMAS

- Diseñar, orientar, evaluar y actualizar las políticas y procedimientos en materia de equipos y programas de sistematización requeridos para el desarrollo de las labores del Departamento.

- Establecer los mecanismos de obtención, procesamiento, intercambio y consulta de la información, como insumo para el desempeño del Departamento.

- Asesorar al Departamento, en lo referente a tecnologías en materia de informática, para la actualización, modernización y renovación de los equipos.

- Capacitar a los funcionarios del departamento en lo de su competencia.

3. UNIDAD ADMINISTRATIVA

- Ejercer las funciones de Secretaria de la Junta de Planeación Distrital.

- Coordinar la ejecución de políticas y métodos de administración de personal.

- Dirigir los estudios e investigaciones de los proyectos de reformas administrativas y de asignación de funciones en las diferentes dependencias del Departamento.

- Definir los lineamientos generales necesarios en el establecimiento de sistemas y procedimientos administrativos para el logro de la eficiencia y eficacia de la gestión administrativa.

- Coordinar las actividades necesarias para garantizar la aplicación de las normas y procedimientos establecidos en el código Fiscal en materia presupuestal y contractual.

- Dirigir y coordinar la ejecución, el suministro y mantenimiento oportuno de los bienes y servicios necesarios para el desempeño de las funciones de la entidad.

- Dirigir la elaboración del presupuesto anual de Ingresos y gastos del Fondo Rotatorio adscrito al departamento, así como el estudio y distribución de los programas para gastos de funcionamiento e inversión fijados anualmente para el Departamento por parte de la Secretaria de Hacienda.

- Establecer, implementar y actualizar los procedimientos internos para mantener la eficiencia administrativa, técnica y funcional.

3.1. DIVISIÓN DE RECURSOS HUMANOS

- Responder por el cumplimiento de las políticas y métodos de administración de personal.

- Elaborar los proyectos de las providencias que regulan la administración del personal y reconocer las prestaciones sociales de funcionarios y ex -funcionarios del Departamento.

- Autorizar las novedades que modifiquen la nomina de pago y responder por que se haga oportunamente.

- Desarrollar los programas relacionados con la capacitación y el bienestar de los funcionarios del Departamento.

- Cumplir con las funciones de secretaria técnica del Comité de Relaciones Laborales y de la Comisión de Personal del Departamento.

- Desarrollar en coordinación con el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, los sistemas para la selección, vinculación, evaluación del desempeño y promoción de los funcionarios escalafonados en carrera administrativa.

- Elaborar y mantener actualizado el Manual de Funciones y requisitos del Departamento, de acuerdo a las directrices fijadas por el Departamento Administrativo del Servicio Civil.

- Llevar el registro y control de las estadísticas del personal del departamento.

- Diligenciar oportunamente, las afiliaciones de los funcionarios ante la Caja de Previsión Social del Distrito y la Caja de Compensación familiar.

3.2. DIVISIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTRATOS

- Elaborar en coordinación con las dependencias, el proyecto de presupuesto de funcionamiento e inversión del Departamento y del Fondo Rotatorio de Publicaciones.

- Responder por la ejecución de las actividades relacionadas con la preparación y desarrollo de licitaciones, concursos de mérito, contratación directa y efectuar el control de los respectivos contratos.

- Responder por la correcta ejecución del Presupuesto del Departamento y del Fondo Rotatorio de Publicaciones.

- Responder por la actualización y presentación oportuna de los estados financieros contables y todos los informes que deba presentar el Departamento y el Fondo Rotatorio de Publicaciones.

3.3. DIVISIÓN DE SERVICIOS GENERALES

- Responder por la prestación adecuada y oportuna de los servicios generales del Departamento de acuerdo a las necesidades del mismo.

- Responder por el parque automotor y asegurar su correcta operación.

- Dirigir y evaluar las actividades de mantenimiento de instalaciones y equipos, aseo y cafetería, servicios de comunicación, asignación de vehículos y demás servicios.

- Elaborar el programa de adquisición de bienes y servicios y realizar las compras conforme a las normas vigentes.

- Efectuar el registro y manejo de los bienes del Departamento y coordinar la elaboración de inventarios.

- Controlar el manejo de la caja menor del Departamento.

3.4. DIVISIÓN DE INFORMACIÓN, QUEJAS Y RECLAMOS

- Fijar políticas para la radicación, codificación y clasificación técnica de las diferentes clases de peticiones.

- Efectuar la orientación general al público, sobre los servicios que presta el departamento y los documentos a aportar para el trámite de sus solicitudes.

- Responder por la prestación oportuna del servicio de consulta.

- Aplicar técnicas para el desarrollo de las actividades relacionadas con el mantenimiento, actualización, control y funcionamiento del archivo.

- Dirigir y coordinar la atención de solicitudes formuladas por el público en general y las entidades públicas y privadas.

- Organizar y actualizar los sistemas de documentación e información general de la Biblioteca del Departamento y responder por la prestación oportuna del servicio de consulta al usuario.

- Diseñar procedimientos y aplicar técnicas para la codificación, registro o reseña de los planos originales que ingresan a la Planoteca.

- Responder por la prestación del servicio de consulta cartográfica de los archivos del Departamento.

- responder por la recepción, control y entrega oportuna de la correspondencia.

4 UNIDAD DE PLANEAMIENTO SOCIOECONÓMICO

- Coordinar la programación del sector social y definir las prioridades de inversión publica en infraestructura urbana de la Administración Distrital central y Descentralizada.

- Mantener actualizada la información estadística del Distrito capital y su área de influencia.

- Orientar, promover y dirigir la investigación y formulación de alternativas del desarrollo económico, social y demográficos del Distrito Capital.

- Elaborar los modelos de estratificación socioeconómica y garantizar su actualización.

- Dirigir y promover la aplicación de indicadores que permitan identificar las necesidades de inversión pública, así como su impacto en el marco de las políticas, planes, programas y proyectos definidos en el Plan de Desarrollo.

- Orientar, dirigir y realizar en coordinación con las demás Unidades y con las Entidades pertinentes, los planes en las áreas de desarrollo social para elaborar y actualizar periódicamente el Plan de Desarrollo.

- asesorar el proceso de descentralización y participación comunitaria en las distintas alcaldías menores o localidades.

4.1 DIVISIÓN DE ESTADÍSTICA

- Analizar, estudiar y actualizar la distribución especial de la población y sus proyecciones en la ciudad y su área de influencia.

- Recopilar, analizar y prepara para su procesamiento los datos estadísticos sobre población, densidades, características sociales y económicas de la ciudad.

- Mantener actualizada la información estadística que se produzca en las entidades nacionales, regionales, departamentales y distritales, para el desarrollo de los diferentes estudios.

- Participar en la elaboración de los planes de desarrollo en lo de s competencia.

4.2 DIVISIÓN DE ANÁLISIS SOCIOECONÓMICO Y VIVIENDA.

- Elaborar, actualizar y mantener los modelos de estratificación socioeconómica.

- Realizar en coordinación con las Entidades pertinentes, la identificación de las necesidades de inversión publica para la elaboración de los planes y programas de desarrollo en lo de su competencia.

- Efectuar la aplicación de indicadores que permitan la identificación de necesidades de inversión pública en las áreas de desarrollo social.

- Investigar y formular, alternativas de desarrollo económico y social del Distrito Capital; coordinar y efectuar seguimiento y control de las entidades distritales y sus programas de desarrollo de vivienda.

4.3 DIVISIÓN DE DESCENTRALIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN COMUNITARIA

- Participar, asesorar y evaluar los procesos de descentralización administrativa de las entidades distritales en las distintas Alcaldías Menores o localidades.

- Promover y organizar la participación de las comunidades en desarrollo de los distintos planes y programas de desarrollo.

- Participar en la elaboración de los planes de desarrollo en lo relacionado con su competencia.

- Coordinar y controlar, en coordinación con la Unidad de Planeamiento Físico la participación de las comunidades en los programas de renovación urbana.

4.4. DIVISION DE SERVICIOS SOCIALES.

- Establecer y mantener canales de comunicación con la Entidades Distritales, Departamentales y Nacionales del sector social.

- Realizar investigaciones a nivel social y establecer la demanda y la cobertura de los servicios de salud, educación, recreación y cultura, en coordinación con las Entidades Distritales.

- Realizar la coordinación con las Entidades del distrito Capital en el sector social, para la elaboración de los planes y programas del Plan General de Desarrollo.

5. UNIDAD DE MEJORAMIENTO URBANO

- Elaborar y mantener actualizado el inventario de los asentamientos subnormales, con el fin de definir los programas de habilitación y mejoramiento.

- Informar a las entidades competentes acerca de la existencia o iniciación de asentamientos ilegales a fin de que actúen de conformidad a la Ley.

- Participar en la elaboración y jerarquización de los programas de habilitación y mejoramiento que requiere la ciudad en las áreas de desarrollo incompleto.

- Realizar el proceso permanente de análisis, evaluación, revisión y ajuste de los programas de habilitación, en coordinación con el Banco de Tierras Distrital.

- Adelantar el proceso de legalización y regularización de los desarrollos subnormales y asesorar a las comunidades de estos asentamientos en lo pertinente a estos procesos.

- Coordinar con la Unidad de Planeamiento Físico, la selección de las áreas donde se adelantarán los programas de habilitación e identificar las acciones preventivas y correctoras en las zonas de alto riesgo.

- Elaborar periódicamente el inventario de las familias en zonas de alto riesgo en coordinación con la Caja de Vivienda Popular o la entidad competente.

- Presentar a consideración de la Comisión de Mejoramiento Urbano los programas de habilitación, dentro de los plazos establecidos.

- Promover en coordinación con las Unidades de Planeamiento, los procesos de habilitación y preparar los estudios y recomendaciones relativos a las acciones que deban emprenderse.

- Coordinar con las Empresas de Servicios Públicos, la Caja de Vivienda Popular, el Instituto de Desarrollo Urbano, el Departamento administrativo de Catastro Distrital y la Secretaria de Obras Publicas, las acciones necesarias para la habilitación, regularización o reubicaron de las familiar residentes en los asentamientos subnormales.

5.1. DIVISIÓN DE MEJORAMIENTO.

- Elaborara y mantener actualizado el inventario de los desarrollos incompletos, que sirvan de base para los planes de mejoramiento y programas de habilitación.

- Adelantar el proceso de legalización de los desarrollos de origen clandestino.

Iniciar, coordinar e impulsar los procesos de habilitación y participar en la preparación de los estudios y recomendaciones relativos a las acciones que deben emprenderse.

- Ejercer las funciones de Secretaria Operativa de la Comisión de Mejoramiento Urbano.

5.2 DIVISIÓN DE PROGRAMAS DE HABILITACIÓN.

- Adelantar los procesos de concertación, para la determinación d las áreas donde se adelantarán programas de habilitación e identificar las acciones prioritarias.

- En coordinación con las Unidades de Planeamiento Físico, presentar los estudios para la definición de las áreas donde se adelanten los programas de habilitaron.

- Implementar el seguimiento y evaluación de los programas de habilitación y mejoramiento, en coordinación con las Divisiones de las Unidades de Planeamiento.

- Coordinar y controlar la participación de las comunidades, que se consideren con interés legitimo para coadyuvar la gestión de legalización.

6 UNIDAD DE PLANEAMIENTO FÍSICO

- Programar y realizar investigaciones sobre el medio físico y preparar los planes de ordenamiento para el área distrital, a fin de elaborar los planes de desarrollo en coordinación con las demás Unidades de la Entidad.

- Programar y realizar investigaciones sobre usos del suelo, obras de infraestructura y sistema vial, en coordinación con las oficinas de Planeación de las Dependencias Distritales.

- Adelantar investigaciones sobre transporte público y privado, capacidad de la infraestructura vial, niveles de servicio, aspectos tarifarios y terminales de pasajeros y carga.

- Adelantar en coordinación con los Organismos Nacionales, Departamentales, regionales y Municipales correspondientes, los estudios encaminados a lograr un sistema de planificación unificado para la Sabana y los municipios vecinos.

- Participar en el diseño de la metodología de los aspectos técnicos, referidos al planeamiento físico y ambiental del Distrito Capital.

- Orientar, promover y realizar en coordinación con las Unidades de Desarrollo y Mejoramiento urbanístico, la formulación de los ordenamientos de carácter físico.

- Determinar y promover los programas de adaptación y habilitación de terrenos como instrumentos de realización, concertación y participación comunitaria de los planes sectoriales, de programas de desarrollo integrado o de planes zonales.

- Determinar y promover los programas de renovación urbana, en áreas previamente definidas por la Unidad, como prioritarias.

- Orientar y coordinar los distintos procesos para la definición, formulación, adopción e implementación de estos programas.

- Efectuar la convocatoria a concertar en los programas de renovación urbana y adelantar los procedimientos para la incorporación de terrenos sin desarrollar en programas de adaptación.

- Elaborar en coordinación con las demás Unidades del Departamento, la actualización del plan y reglamento de usos del suelo, cesiones obligatorias gratuitas y normas urbanísticas especificas para el Plan de Ordenamiento Físico del Distrito.

6.1. DIVISIÓN DE DESARROLLO REGIONAL Y MEDIO AMBIENTE.

- Analizar y evaluar permanentemente los aspectos físicos y ambientales del desarrollo de Santa fe de Bogotá y su zona de influencia.

- Efectuar en coordinación con las Entidades Nacionales, Departamentales, Municipales y Distritales el estudio del desarrollo integrado de la sabana de Santa fe de Bogotá.

- Formular recomendaciones para el ordenamiento de la región y la prestación de los servicios públicos.

- Establecer y mantener canales de comunicación, entre las alcaldías zonales, Entidades de carácter Nacional, Regional y Distrital a fin de alcanzar una mayor participación de los distintos sectores en el proceso de planeación.

- Presentar el medio ecológico de la sabana, su vocación agropecuaria y el crecimiento ordenado de sus asentamientos urbanos.

- Adelantar estudios y determinar criterios de localización, para las zonas industriales y de servicios y detectar sus tendencias futuras de ubicación.

- establecer y mantener la coordinación y orientación con las entidades publicas y privadas encargadas de la preservación de los recursos naturales, la ecología y el medio ambiente.

6.2. DIVISIÓN DE ORDENAMIENTO URBANO Y PROGRAMAS

- Revisar y analizar permanentemente las reglamentaciones urbanísticas vigentes y evaluar su efectividad impacto y aplicación especifica.

- Proponer las modificaciones normativas que sean necesarias o convenientes, acordes con el desarrollo de la ciudad.

- Definir políticas de diseño urbano y coordinar la acción de las Entidades Públicas, regionales, Nacionales y Locales, para que las obras que se construyan en la ciudad sean acordes con ellas.

- Fijar políticas, proponer soluciones y formular recomendaciones para la producción, construcción y conservación de espacios recreativos públicos.

- Ejercer la Secretaria operativa del Talle del Espacio Público.

- Coordinar el funcionamiento del Concejo Superior del Espacio Público.

- Elaborar los ordenamientos de carácter físico, que reglamenten el desarrollo de los programas de la Administración.

- Elaborar en coordinación con el Instituto de Desarrollo Urbano, La Secretaría de Obras Publicas, Las Empresas Industriales y Comerciales y Sociedades de Economía Mixta del orden Distrital, el plan de zonas verdes para la ciudad.

6.3. DIVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS.

- Elaborar los estudios para la formulación de políticas de prestación de servicios públicos.

- Recopilar y mantener actualizada la documentación relacionada con proyectos, planes maestros y estudios referentes a la infraestructura de servicios.

- Coordinar con las empresas de servicio públicos, las acciones para la implementación de los planes y programas de adaptación, habilitación y renovación, así como la definición de las áreas de desarrollo prioritaria.

- Estudiar y evaluar los proyectos de servicios de los planes y programas de inversión de las empresas del ramo.

- Asesorar a las comunidades en los trámites que se adelanten ante las Empresas de Servicios Públicos, para el desarrollo de programas de mejoramiento urbano.

- Participar en coordinación con las demás dependencias del Departamento, en la elaboración de los planes de desarrollo para el área distrital.

6.4. DIVISIÓN DE VÍAS Y TRANSPORTE

- Elaborar los estudios relacionados con el plan vial arterial y la malla vial local, como base para los proyectos que se produzcan en el Departamento.

- Realizar, dirigir y coordinar los estudios y proyectos, sobre infraestructura de transporte y vías que se adelanten en Santa fe de Bogotá y su zona de influencia.

- Recopilar y mantener actualizada la documentación relacionada con proyectos y estudios referentes a transporte, terminales de pasajeros y de carga que se realizan en el Distrito Capital.

- Definir, en coordinación con el Instituto de Desarrollo Urbano, las prioridades de construcción de vías, de acuerdo con el plan de desarrollo.

- Preparar en colaboración con el Instituto de desarrollo Urbano, la Secretaria de obras Publicas y la Secretaria de Transito y Transporte, los planes de ejecución o las etapas de desarrollo de las obras infraestructura vial.

- Preparar en coordinación con la Secretaria de Transito y Transporte, los programas y proyectos para la regulación de las rutas de transporte publico.

7. UNIDAD DE PLANEAMIENTO FINANCIERO.

- Participar en la programación anual del presupuesto de la Administración Distrital y definir los lineamientos generales, en concordancia con el Plan de Desarrollo.

- Desarrollar y promover el seguimiento y evaluación financiero y presupuestal de la Administración Distrital, con base en el Banco de Proyectos.

- Conceptuar sobre modificaciones presupuéstales y preparar los estudios para la Junta de Planeación.

- Mantener actualizado el saldo de la deuda Distrital y preparar los conceptos de endeudamiento que se deban presentar a la junta de Planeación.

- Efectuar el seguimiento y control de la Programación presupuestal, sugerir los ajustes en coordinación con las Oficinas de Planeación de las Entidades Distritales.

- Efectuar en coordinación con la Secretaría de Hacienda, el cálculo de los ingresos y distribución de las partidas de aportes para inversión de las Entidades Distritales.

- Participar en la definición de los presupuestos de las Entidades, preparar su estudio a la Junta de Planeación y al Concejo de Bogotá.

- Prestar asesoría permanente a las Entidades Distritales, sobre aspectos presupuéstales, financieros y de programación.

- Prever las inversiones para la ejecución de programas de renovación, adaptación y habilitación de terrenos, dentro de los presupuestos anuales de inversión de la Administración Central y de las Entidades Descentralizadas.

7.1 DIVISIÓN DE ANÁLISIS FINANCIERO.

- Desarrollar y efectuar el seguimiento y evaluación financiera, de los planes y programas generales de desarrollo distrital.

- Programar y orientar la asesoría financiera a las Entidades del orden distrital, relacionadas con la programación y ejecución de proyectos sectoriales y zonales.

- Participar en los estudios y planes especiales de la Administración Distrital, presentar alternativas para su financiamiento y promover la elaboración de los estudios financieros que se deseen adelantar.

- Coordinar las gestiones de financiamiento interno y externo, relacionadas con el plan general de inversiones distritales.

- Emitir concepto y someter a la aprobación de la Junta de Planeación, las autorizaciones de contratación de crédito público y los estudios, evaluaciones, estado de la deuda pública y el cálculo de la capacidad de endeudamiento distrital.

- Mantener actualizado el saldo de la deuda publica, la cuantía del servicio de la deuda distrital y la normatividad crediticia acorde con la política económica nacional.

- Participar en la definición de proyectos de endeudamiento de la Administración Distrital e intervenir en si proceso ejecutorio hasta la culminación del mismo.

7.2. DIVISIÓN DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTAL

- Preparar la programación general del presupuesto de la Administración Distrital, definir los lineamientos generales de la política de inversión en concordancia con el Plan de Desarrollo.

- Señalar las pautas, consideraciones y criterios que deben tener presente las entidades distritales en la elaboración de los proyectos de presupuesto.

- Estudiar y conceptuar técnicamente sobre los anteproyectos y las modificaciones presupuéstales en lo que respecta a inversión y preparar su presentación ante la Junta de Planeación y el Concejo Distrital.

- Efectuar el seguimiento de la programación de inversión de cada vigencia y coordinar con la División de Banco de Proyectos los informes periódicos sobre ejecución física y financiera de la inversión.

- Participar en la elaboración del plan de inversiones anuales.

- Efectuar en coordinación con la Secretaria de hacienda la proyección de ingresos y definir la distribución de las partidas que como aporte distrital le corresponden a cada una de las entidades de la Administración.

- Participar en las negociaciones y ajustes de los anteproyectos conjuntamente con la secretaria de Hacienda, las Entidades Descentralizadas y las dependencias de la Administración Central.

- Prestar apoyo y asesoría sobre aspectos presupuéstales al Director del Departamento y a la Secretaria de Hacienda.

- Asesora permanentemente a las Entidades Distritales, sobre los aspectos financieros y presupuéstales.

- Elaborar estadísticas, estudios, informes que permitan mantener actualizadas las ejecuciones presupuéstales del distrito y el análisis de los mismos.

7.3 DIVISIÓN BANCO DE PROYECTOS

- Coordinar, administrar y actualizar el Banco de Proyectos.

- Definir los criterios para la incorporación de proyectos en el Banco.

- Coordinar el seguimiento y la evaluación de los resultados de los diferentes proyectos.

- Coordinar con las demás dependencias del Departamento y con las Oficinas de Planeación de las Entidades Distritales, la metodología y los parámetros de evaluación de los proyectos.

- Responder por el diseño, operación y mantenimiento de los programas y la base de datos.

- Definir con la División de Sistemas del Departamento, los mecanismos para la adquisición, operación, mantenimiento del equipo de sistematización y el soporte logístico del mismo.

- Elaborar, actualizar y distribuir entre los usuarios los manuales operativos del Banco.

- En coordinación con la División de Programación y Control Presupuesta, preparar informes periódicos sobre ejecución física y financiera de la inversión.

8. UNIDAD DE DESARROLLO URBANÍSTICO

- Orientar, promover y realizar en coordinación con la Subdirección del Departamento, la formulación de los ordenamientos e carácter físico para su correcta aplicación en Distrito Capital.

- Orientar, promover y realizar el seguimiento, y evaluación de la aplicación de las normas urbanísticas.

- orientar la formulación de políticas de descentralización y desconcentración de las funciones de la entidad en lo concerniente a la expedición de las diferentes licencias de urbanismo construcción y demás de su competencia.

-Participar con las dependencias del Departamento en la elaboración y actualización del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Físico del Distrito Capital.

- Establecer los lineamientos para la formulación de políticas que garanticen la aplicación de las normas urbanístico - arquitectónicas

- Coordinar y dirigir la asesoría a las Entidades Publicas, del orden centralizado y descentralizado sobre las funciones inherentes a la aplicación del ordenamiento urbano.

- Orientar, promover, realizar y mantener un sistema de información con las alcaldías zonales y demás entidades que sirva de soporte al diseño y actualización de programas para incorporar al Plan de Ordenamiento Físico, como componente del Plan de Desarrollo.

8.1 DIVISIÓN ZONA NORTE

8.2 DIVISIÓN ZONA CENTRO

8.3 DIVISIÓN ZONA CHAPINERO

8.4 DIVISIÓN ZONA OCCIDENTE

8.5 DIVISIÓN SUR

8.6 DIVISIÓN PROYECTOS ESPECIALES

- adelantar los procesos establecidos para la expedición de las licencias, para la urbanización de terrenos y construcción, ampliación, modificación, adecuación, reparación y demolición de edificaciones.

- Evaluar la aplicación de las normas urbanísticas y formular las recomendaciones que sean del caso.

- establecer y mantener actualizada la información recopilada en el ejercicio de la aplicación de las normas urbanísticas.

- Suministrar asesoría técnica a las alcaldías zonales y demás entidades distritales.

8.7. DIVISIÓN CARTOGRÁFICA

- Establecer y mantener actualizada la cartografía del Distrito, en coordinación con las Entidades Distritales.

- Aportar la información necesaria para evaluar los resultados de los ordenamientos urbanos.

- Suministrar asesoría técnica y mantener en funcionamiento un sistema de información geográfica en lo de su competencia.

ARTÍCULO 3. Establecer la Planta de Cargos para el Departamento Administrativo de planeación Distrital, de la siguiente manera:

ARTÍCULO 4. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C. a noviembre 1° de 1991.

EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTA

JUAN MARTIN CAICEDO FERRER

GUSTAVO PERRY TORRES

Director Departamento Administrativo de Planeación Distrital

MARCELA DE JARAMILLO

Secretaria de Hacienda

EURINELSI GARZON ESLAVA

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

Notas: Publicado en el Registro Distrital 661 de noviembre 15 de 1991.

El cuadro anexo a este Decreto puede ser consultado en la Imprenta Distrital o en la oficina de Decretos de la Alcaldía Mayor de Bogotá.