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Decreto 1033 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
09/12/1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/12/1998
Medio de Publicación:
Registro Distrital 1798 de diciembre 11 de 1998
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM10331998

DECRETO 1033 DE 1998

(Diciembre 9)

Derogado por el Decreto Distrital 354 de 2001

"Por el cual se otorga una prórroga para continuar con el proceso de reestructuración de la Secretaría de Tránsito y Transporte de Santafé de Bogotá, D.C.".

EL ALCALDE MAYOR DE SANTAFÉ DE BOGOTÁ, D.C.,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 9º del artículo 38 del Decreto 1421 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 464 de 1998, se concedió un término de seis (6) meses, contados a partir del 8 de mayo del presente año, para que la Secretaría de Tránsito y Transporte de Santafé de Bogotá, D.C., adelante el proceso de reestructuración acorde con las funciones asignadas;

Que mediante Decreto 948 del 09 de noviembre de 1998 se amplió hasta por el término de un (1) mes el plazo concedido para llevar a cabo el citado proceso;

Que mediante Decreto 1572 de 1998, por el cual se reglamenta la Ley 443 y el Decreto-Ley 1567 de 1998, establece en el título VI el procedimiento para la modificación de la planta de personal de las entidades reguladas por esta ley;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149 del Decreto 1572 de 1998, se requiere como soporte para realizar la modificación de la planta de personal un estudio técnico que determine la necesidad de crear, suprimir o reclasificar los empleos, acorde con las modificaciones en cuanto a estructura, funciones, tecnología, así como un análisis de los perfiles necesarios para la ejecución de los nuevos planes, programas y proyectos de la entidad;

Que concomitante con lo anterior los artículos 34 y 35 del Decreto 1569 del 5 de agosto de 1998, "por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos de las entidades territoriales que deben regularse por las disposiciones de la Ley 443 de 1998...", consagran que las autoridades competentes deberán proceder a ajustar las plantas de personal y los respectivos manuales de funciones y de requisitos, dentro de los tres (3) meses siguientes a la vigencia del referido decreto;

Que en cumplimiento a lo dispuesto en este último decreto, la entidad viene adelantando el proceso de ajuste de planta de personal y modificación del manual de funciones y requisitos ante el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital;

Que de acuerdo con lo anterior y con el fin de dar estricto cumplimiento a las normas de carrera administrativa antes mencionadas se hace necesario otorgar una prórroga hasta por el término de cuatro (4) meses, para que la Secretaria de Tránsito y Transporte de Santafé de Bogotá, D.C., pueda culminar el proceso de reestructuración;

En mérito de lo anterior,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Otorgar una prórroga hasta por el término de cuatro (4) meses, contados a partir del 8 de diciembre de 1998, para que la Secretaría de Tránsito y Transporte de Santafé de Bogotá, D.C., culmine el proceso de reestructuración.

ARTÍCULO 2. Durante el término señalado en el artículo anterior los empleos de la planta de personal en la entidad podrán proveerse mediante nombramientos provisionales, en los términos que autorice la comisión distrital del servicio civil.

ARTÍCULO 3. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a 9 de diciembre de 1998.

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor

GUILLERMO SALCEDO HERNANDEZ

Secretario de Tránsito y Transporte

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 1798 el 11 de diciembre de 1998