RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

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Decreto 218 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
25/05/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/05/2007
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3768 de mayo 28 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 218 DE 2007

(Mayo 25)

"Por el cual se amplía el plazo otorgado en el artículo 30 del decreto 558 de 2006"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA D. C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las previstas en el numeral 6 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 558 de 2006, el Alcalde Mayor de Bogotá, determinó el objeto, la estructura organizacional y las funciones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictaron otras disposiciones.

Que el Artículo 30 de dicho Decreto estableció: "para los efectos de las disposiciones transitorias de que tratan los anteriores artículos del presente capítulo, se concede u plazo máximo de cinco (5) meses de la Secretaría Distrital de Cultural, Recreación y Deporte, con el fin de que culmine las acciones aquí previstas"

Que lo dispendioso de los trámites legales a surtir para la culminación de las acciones previstas en el Decreto 558 de 2006, han impedido que a la fecha se hayan logrado la realización de las mismas.

Que como consecuencia de lo anterior se requiere ampliar el plazo de cinco (5) meses otorgado a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en el artículo 30 del mencionado Decreto, en tres meses más, a partir del vencimiento del inicialmente concedido.

En mérito de lo expuesto,

Ver el Decreto Distrital 408 de 2007

DECRETA:

Artículo 1. Ampliar el plazo otorgado en el artículo 30 del Decreto 558 de 2006, en tres (3) meses más, contados a partir del vencimiento del mismo, con el fin de que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte culmine las acciones previstas en el capítulo de "Régimen de Transición" del citado Decreto.

Artículo 2° .Vigencia: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Dado en Bogotá D.C., a los 25 días del mes de Mayo de 2007

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

MARTHA YANETH VELEÑO QUINTERO

Secretaria General (e)

MARTHA CARLINA SENN RODRIGUEZ

Secretaria Distrital de Cultura Recreación y Deporte

MARIELA BARRAGAN BELTRAN

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital