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Proyecto de Acuerdo 455 de 2007 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

EXPOSICION DE MOTIVOS

PROYECTO DE ACUERDO No. 455 DE 2007

"POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DE SEXUALIDAD PARA LOS ADOLESCENTES EN EL DISTRITO CAPITAL".

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

La iniciativa que ponemos hoy a consideración del Honorable Concejo de la ciudad y de la ciudad misma, pretende otorgar estrategias que prioricen el derecho fundamental a la vida e integridad de los niños y niñas de Bogotá, al proponer que se implementen un medio idóneo para la reducción de los índices de embarazo en niñas menores de edad.

1. OBJETO DEL PROYECTO DE ACUERDO

Con este proyecto pretendemos que se cree el Comité Interinstitucional de Sexualidad para las adolescentes en Bogotá, con el fin de Disminuir de las tasas de embarazos de las y los adolescentes de Bogotá.

Adicionalmente, promover políticas y programas que induzcan a los y las adolescentes a la sana utilización del tiempo libre a través de buscar conductas de auto cuidado del y la adolescente y evaluar el cumplimiento de los programas promovidos por los miembros del Comité y su impacto en el tiempo.

2. FUNDAMENTO LEGAL

2.1. COMPETENCIA DEL CONCEJO.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Estatuto Orgánico de Bogotá - Decreto Ley 1421 de 1993 - , el Concejo es la suprema autoridad del Distrito Capital, correspondiéndole en materia administrativa atribuciones de carácter normativo.

En concordancia con la citada disposición expresadas por artículo 12 del referido Estatuto en su numeral 1, se consagra como atribución específica del Concejo la de "dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito".

2.2. MARCO LEGAL Y NORMATIVO.

Constitución Política de 1991:

*Artículo 43 "…La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado y recibirá de éste subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada..."

*Artículo 44 "Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social... la familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e intelectual y el ejercicio pleno de sus derechos. ..."Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás."

*Artículo 49 "...Se garantizará a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.

*Artículo 50 "Todo niño menor de un año que no esté cubierto por algún tipo de protección, seguridad social, tendrá derecho a recibir atención gratuita en todas las instituciones de salud que reciban aportes del Estado."

DERECHOS BÁSICOS

Son esenciales para garantizar los derechos sexuales y reproductivos:

Libertad

ART.42

Igualdad

ART.43

Dignidad

Derechos sociales

ART. 44

Principio de prioridad de la infancia

ART.45

NIVEL NACIONAL

Ley 1112 Modifica SGSSS. Art. 33 Plan Nacional De Salud Publica.

Decreto 2737 de 1998, Código del menor.

Ley de Juventud 375 del 4 de julio de 1997.

PLAN NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA DE 2002-2006

Resolución 03353 del 2 de julio de 1993 (Establece la obligatoriedad de la educación sexual en todos los planteles educativos sean pre-escolar, básica primaria, secundaria y media.)

Ley 100 de 1993 ART.163 Plan Obligatorio de salud (Cobertura familiar):

Resolución 5261 de 1994 mediante el cual se establece el manual de procedimientos e investigaciones de obligatorio cumplimiento en el POS, siendo la herramienta jurídica que ampara las acciones realizadas con cargo a la UPC del contributivo, subsidiado y sirve como marco de referencia para no afiliados.

Acuerdo 117/ 1998: Establece el obligatorio cumplimiento de los procedimientos actividades e intervenciones de demanda inducida y la atención de las enfermedades de interés en salud publica.

Resolución 412 /2000: Adopta las normas técnicas, y guías de atención que definen las actividades, procedimientos e intervenciones:

*Protección especifica.

*Detención temprana.

*Atención integral.

*Atención del parto/ planificación familiar para hombres y mujeres.

*Alteraciones del desarrollo 10-29 años, alteraciones de la gestación/cáncer Cérvico, uterino y seno. Complicaciones del embarazo, ETS, VIH SIDA/ violencia contra la mujer y la infancia.

Acuerdo 228 de 2002: Medicamentos del POS: Anticonceptivos Hormonales

Acuerdos 229 de 2002 ART.4: Actividades, procedimientos e intervenciones de promoción y prevención en el régimen subsidiado que se trasladan a distritos y municipios:

*Promoción de la salud.

*Promover la salud integral en los niños, niñas y adolescentes.

*Promover la salud sexual y reproductiva.

*Atención en planificación familiar a hombres y mujeres.

Circular 18 de 2004 (La Salud Sexual y Reproductiva den el PAB):

Para implementar la Política Nacional de Salud Sexual Y Reproductiva las Entidades Territoriales Deberán formular un Plan de Salud Sexual Y Reproductiva que desarrolle los principios y estrategias de la misma, articule las intervenciones de los diferentes planes de beneficios en sus líneas de intervención:

*Promoción de la SSR de adolescentes mediante estrategias en Coordinación con el de Educación y otros sectores.

*Suministro de Métodos anticonceptivos Hormonales, de barrera y emergencia adolescentes no asegurados en poblaciones en condición de desplazamiento, zonas marginales y de riesgo.

*Promover en las IPS el Desarrollo de servicios de atención integral a los adolescentes.

Conpes 091 de 2005:

*Mejorar la Salud Sexual y Reproductiva de las mujeres adolescentes a 2015.

*Incrementar la prevalencia del uso de métodos modernos de anticoncepción y en la población sexualmente activa de 59 % a 75% y entre la población de 15 a 19 años de 38.3% a 65%.

*Detener el crecimiento del porcentaje de adolescentes que han sido madres o están en embarazo manteniendo esta cifre por debajo del 15%.

*Promover la Equidad de Género y la Autonomía de la Mujer.

Decreto 1757 de 1994: Como oportunidades para la participación y concertación entre los diferentes sectores y el Estado se tienen los Comité de Participación Comunitaria COPACO; dentro de otras funciones, está la participación en el proceso de diagnóstico, control y evaluación de los servicios de salud; como también intervenir en la priorización, toma de decisiones y distribución de recursos que hacen parte del Plan de Desarrollo del respectivo ente territorial.

Decreto 812 de 1996: "Por el cual se modifica la estructura y se establecen los objetivos y funciones de las dependencias de la Secretaría Distrital de Salud". Establece en el "Artículo 3.: Literal e): Diseño y ejecución de análisis conducentes a la identificación de las necesidades y problemas de salud de la población, garantizando acciones básicas de salud y definiendo modelos de prestación de servicios que impacten en la salud de la población. Literal g): Garantía de afiliación de la población a los diferentes regímenes del Sistema General de Seguridad Social en Salud y vigilancia del acceso de ésta a los servicios de salud.

Artículo 5. Numeral 5. Dirección de Aseguramiento en Salud:

*Literal a) Crear las condiciones para el acceso universal de la población al Sistema de Seguridad Social, promoviendo su aseguramiento a los regímenes establecidos por la Ley.

*Literal c) Garantizar a la población vinculada los servicios de salud.

*Literal d) Supervisar y evaluar, el proceso de garantía de la calidad del aseguramiento, de la población asegurada en salud, en las condiciones determinadas por la Ley."

Ley 344 de 1996. Dicta normas tendientes a la racionalización del gasto público, con el objeto de disminuir el gasto y reasignar recursos hacia sectores definidos como deficitarios, para garantizar el acceso a los servicios de salud de la población pobre y vulnerable.

Resolución 3997 de 1996. Reglamenta las actividades de promoción en salud y prevención de la enfermedad, de obligatorio cumplimiento por parte de las E.P.S., las Entidades Adaptadas, las Administradoras de Régimen Subsidiado ARS e Instituciones prestadores de servicios de salud y establece los lineamientos para su evaluación y seguimiento.

Decreto 2174 de 1996. A través del cual se organiza el Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad (de acuerdo a lo planteado en la Ley 1001), en donde se le atribuyen como características principales a la calidad de la atención en salud: la accesibilidad, la oportunidad, la seguridad y la racionalidad técnica; y como características adicionales; idoneidad y competencia profesional, disponibilidad y suficiencia de recursos, eficacia, eficiencia, integralidad, continuidad, atención humanizada y satisfacción del usuario por la atención recibida. El Sistema de Garantía de la Calidad se deberá contener: manual de calidad, manual de procedimientos, planes de mejoramiento, planes de mejoramiento e informes de calidad.

Resolución 3997 de 1996. Que establece el Plan de Atención Básica (PAB), el cual hace referencia al conjunto de actividades, intervenciones y procedimientos de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, vigilancia en salud pública, control de factores dirigidos a la colectividad, cuyo desarrollo corresponde en forma gratuita al Estado, según lo establecido en la Resolución 4298 de 1996.

La Resolución 1531 de 1992 y la Ley 360 de 1997. Destacan los derechos de las mujeres frente a su salud, especialmente los de aspectos sexuales, reproductivos y la dignidad humana, señalándose el derecho a ser tratada/o con dignidad, privacidad y respeto durante cualquier entrevista o actuación con fines médicos, legales o de asistencia social; tener acceso gratuito a examen y tratamiento para la prevención de enfermedades de transmisión sexual incluido el VIH/SIDA; examen y tratamiento para trauma físico y emocional, recopilación de evidencia médica legal.

Decreto 2753 de 1997. Define como prestadores de servicios a las IPS, los grupos de práctica profesional y los profesionales independientes. Conserva la clasificación por grados de complejidad de acuerdo con la tecnología y el personal responsable

Ley 715 de diciembre de 2001. Esta ley deroga la ley 60 de 1993. En la presente ley se "dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias y disposiciones para la organización de los servicios de educación y salud., entre otros."

NIVEL DISTRITAL

Acuerdo 119 de 2004, por el cual se establece el Plan de Desarrollo Distrital. "Bogotá sin indiferencia". Programa Eje Social -Sexualidad sin indiferencia-.

3. CONSIDERACIONES GENERALES

3.1. ANTECEDENTES

Según datos de PROFAMILIA (UNBPA), el embarazo adolescente es un problema que afronta Colombia en general, pues en los últimos 14 años, el país viene presentando un incremento del porcentaje de mujeres menores de 20 años que son madres: 11% en 1990, 17% en 1995 y 19% en el 2000, para el año 2003 el DANE registro 5821 nacimientos en mujeres entre 10 y 14 años en el territorio nacional.

3.2. POBLACIÓN

En el año 2006, según la Secretaria de Salud del Distrito, en la ciudad de Bogotá se presentaron 543 embarazos en adolescentes menores, cifra por si sola preocupante que se convierte en critica si adicionamos los embarazos que se presentaron en adolescentes menores y los cuales por razones naturales y/o artificiales fueron suspendidos y que se estima en Colombia en un numero superior a 400.000 al año y un 25% de estos son en adolescentes.

3.3. CONTEXTO INTERNACIONAL

La organización SAVE DE CHILDREN en el año 2004 muestra que mas de un millón de bebes y unas 70.000 madres adolescentes mueren cada año en países en desarrollo debido a la maternidad precoz. Las complicaciones del embarazo y el parto son la principal causa de estos decesos, pues los adolescentes tienen el doble de probabilidad de morir en el embarazo o el parto comparado con las madres gestantes entre 20 y 34 años.

Como se observa, la maternidad y la paternidad adolescente constituyen una problemática de salud pública, que constituye grandes costos para el distrito, por lo que representa toda la atención que debe recibir la menor adolescente como su hijo, los riesgos que se generan, muerte materna y neonatal y suspensión del embarazo y sus posibles secuelas.

Pero mas allá del frió panorama que reflejan las cifras, al observar las posibles causas del embarazo en adolescentes se encuentra un problema que preocupa e impacta a las familias, a la comunidad y a la sociedad, por lo tanto, es un problema de ciudad, que implica para su solución la participación de diversos actores que desde sus diferentes ópticas apoyen y desarrollen una política de población y desarrollo.

A nivel Latino americano se han manejado diferentes programas para la prevención del embarazo precoz, por ejemplo en Chiriquí Panamá, existe una FUNDACIÓN ADOLESCENTE CON FUTURO, Entidad no Lucrativa, debidamente constituida de acuerdo a las leyes panameñas, con el aval del Ministerio de Desarrollo Social y el Ministerio de Educación, surgió consciente de que la generación de un espacio dedicado al Desarrollo Humano Integral de Adolescentes era una necesidad imperiosa en ese país, puesto que cada día se observaba que se incrementaba el número de adolescentes embarazadas.

En Uruguay el Ministerio de Salud Pública, creó el Modelo Integral de Prevención del Embarazo Precoz, dicho modelo tiene como objetivo optimizar los niveles de responsabilidad en la salud sexual y reproductiva de los adolescentes, con el fin de prevenir el embarazo precoz a través de tres líneas de acción: a). Formar y sensibilizar a los adolescentes al respecto; b). Mejorar su atención en forma diferenciada en los centros de salud; c). Apoyar a padres adolescentes mejorando su inserción social, en la relación con sus hijos y previendo un próximo embarazo no planificado. El Programa se hará efectivo para unos dos mil adolescentes y/o jóvenes padres/madres de entre 13 y 17 años, que hayan tenido un hijo en el presente año; y para otros dos mil jóvenes incluidos en similar parámetro etario, que se encuentren sensibilizados en el área de salud sexual y reproductiva.

En Montevideo, se lanzó el programa de prevención del embarazo adolescente que está en el Ministerio de Salud Publica apunta a la prevención, por medio de 18 espacios adolescentes en los centros del primer nivel de atención en salud y se espera llegar a un total de 41 en el año 2009. La tarea de estos centros es brindar apoyo para el cuidado de la salud del adolescente madre o padre y del niño, para evitar futuros embarazos no deseados. Además apoyan a los jóvenes para que se reintegren al sistema educativo, al mercado laboral y a otras instancias sociales o culturales.

En Venezuela el Ministerio de Educación y Deportes (MED) puso en marcha el Programa de Prevención del Embarazo en el Distrito Escolar número II, a fin de capacitar a los docentes para que retransmitan el mensaje sobre dicho tema a estudiantes, padres y representantes. Lo que buscan es que las niñas tengan un proyecto de vida que pueda ser aplicado desde muy jóvenes para que cuando lleguen a la etapa reproductiva sean responsables de su sexualidad.

En Argentina existe una "Equipo Interdisciplinario para la Atención de la Salud Integral del Adolescente", promovido por una ONG, denominado REHUE, este equipo ha capacitado a un grupo de jóvenes autodenominados "Los Cables a Tierra "que realizan Talleres entre pares siendo este un espacio de educación no formal solidaria donde los jóvenes actúan como agentes multiplicadores ,facilitando a los adolescentes movilizar sus propios recursos y desarrollar capacidades que les permitan tomar decisiones conscientes y autónomas sobre su propia salud. Formaron una Asociación Civil que actualmente cuenta con 25 integrantes y 12 grupos juveniles de"Cables a Tierra" con más de 150 jóvenes participando como facilitadotes. Rehue ha unido más voluntades con el compromiso solidario de los distintos actores para enfrentar en forma estratégica el duro impacto  de la realidad social sobre los jóvenes. Cuando los adolescentes y jóvenes participan activamente de proyectos los reconocemos como agentes que influyen en sus pares, en los adultos y en sus comunidades.

De varios estudios realizados en Latino América se concluyó que la adolescente embarazada, generalmente trunca su proyecto de vida, no termina sus estudios y la falta de capacitación no le permite acceder a un trabajo digno, sumado a los riesgos para la salud de la madre y su hijo, lo que trae aparejado, sentimientos de inadecuación que la encaminan a otros problemas como las drogas, la delincuencia, prostitución, maltrato infantil, entre otros. Por esas razones al embarazo de adolescentes se le conoce como el fracaso de la sociedad, la puerta de entrada al ciclo de pobreza, es por ello que la educación sexual y reproductiva oportuna es la alternativa eficaz a esta problemática, al igual que es una forma de disminuir la incidencia de infecciones de transmisión sexual y VIH/SIDA. Por lo que hemos anotado, este proyecto está encaminado a colaborar, en alguna medida, con los Objetivos del Milenio, específicamente con el de Reducción de la Pobreza, la disminución de la tasa de morbilidad y mortalidad materno infantil y el objetivo de reducción de la incidencia del VIH/SIDA.

Debido a que recientemente ha habido un aumento de interés en la efectividad de las llamadas campañas de abstinencia sexual como medio de disminuir los embarazos precoses en los Estados Unidos de Norte América, se han generado programas que reciben anualmente $170 millones de dólares por parte del Congreso para enseñar a los menores los beneficios de abstenerse de actividades sexuales antes del matrimonio, están prohibidos por ley de discutir los beneficios del control de la natalidad y de los condones en la prevención de las enfermedades sexuales transmisibles.

Una observación interesante con respecto a los embarazos en menores de edad es que éstos ocurren en aquellos estados de USA en los que supuestamente los programas para promover la abstinencia sexual tienen mas difusión y acogida. De acuerdo a un reporte del Congresista Henry Waxman (D-CA) de USA, 11 de los 13 programas más populares para promover la abstinencia sexual contienen una abundancia de información equivocada. Estos errores incluyen el subestimar la efectividad de los condones en la prevención del embarazo y en la diseminación de enfermedades sexuales transmisibles, exageraciones en la prevalencia de dolencias emocionales y físicas después de someterse a un aborto, confusión entre aspectos científicos y creencias religiosas, y graves errores con relación a hechos científicos fundamentales.

3.4. DIAGNOSTICO ACTUAL

Con una clara preocupación, acerca de la problemática que hoy enfrenta el Distrito, el incremento de los embarazos dentro de las adolescentes menores, quiero contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de nuestros jóvenes, implementando un "COMITÉ DE SEXUALIDAD PARA LOS ADOLESCENTES DE BOGOTÁ", pues respecto de los Derechos Sexuales y Reproductivos se ha avanzado mucho, pero no hemos alcanzado la cobertura que demanda la población adolescente en Bogotá. La Constitución, la Ley, las Resoluciones y los acuerdos tienen contenidos importantes sobre la salud sexual y reproductiva de los y las adolescentes, pero las cifras nacionales y distritales, indican que hay deficiencia en los componentes intersectoriales y políticos, que permitan llegar a la población en general y en especial a la más vulnerable.

Los partos de niñas entre 15 y 19 años de edad en Bogotá pasaron de 18.946 en el 2005, a 19.722 en el 2006, para un aumento en un 4%, mientras que los de niñas entre 10 y 14 años pasaron de 490 a 545 en este mismo periodo, el 11% más. La situación en el Distrito es muy preocupante, pues estas cifras demuestran que existen muchos factores que se están escapando del control de las autoridades estatales y locales. Entraré hacer una breve reseña teórica acerca de la problemática que nos ocupa.

La política Nacional de Salud Sexual y Reproductiva ,planteada para el periodo de 2002 a 2006, se conceptualizó de acuerdo a lo planteado por la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer de 1995 y la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo de 1994, entre otros Tratados y Convenios internacionales así mismo incluyó un análisis de la situación de la Salud Sexual y Reproductiva (SSR), Derechos Sexuales y Reproductivos y de desarrollo, y se precisaron los principales problemas en los cuales se dirigiría dicha política, entre estos lineamientos se tuvo en cuenta la maternidad segura, planificación familiar, salud sexual y reproductiva de los adolescentes entre otros.

La política planteo el mejoramiento de la SSR, promoviendo el ejercicio de los Derechos Sexuales Reproductivos de toda la población con especial importancia en la reducción de los factores de vulnerabilidad y los comportamientos de riesgo dentro de los grupos con mayor necesidad. Las metas que se priorizaron, fueron las que apuntan a la reducción del embarazo adolescente, la reducción de la tasa de mortalidad materna evitable, el cubrimiento de la demanda insatisfecha de planificación familiar entre otros muchos factores.

Los Derechos Sexuales y Reproductivos, hacen parte de los Derechos Humanos y se interpretan en concordancia con los derechos a la vida; a la libertad y seguridad; a la igualdad y a estar libre de toda forma de discriminación; derecho a la privacidad; a la libertad de pensamiento; a la información y la educación; el derecho a optar por contraer matrimonio o no y a formar o no una familia; derecho a decidir si se tienen hijos o no y cuando tenerlos; derecho a la asistencia y protección de la salud; derecho a beneficios científicos; a la igualdad de sexo y genero; al fortalecimiento de la autoestima, la autoevaluación, y la autonomía para lograr la toma de decisiones adecuadas en torno a la sexualidad; elegir si se tienen o no relaciones sexuales; derecho a recibir información clara, oportuna y científica acerca de la sexualidad; espacios de comunicación familiar para tratar el tema de la sexualidad; a la intimidad personal, la vida privada y el buen nombre; a disponer de opciones con mínimo de riesgo. En resumen, los DSR garantizan la convivencia y la armonía entre los hombres y mujeres, entre los adultos y menores, lográndose que la sexualidad y la reproducción se ejerzan con libertad y respeto a la dignidad de las personas, en especial permitiéndole al ser humanos sin importar su condición social, de genero, de raza, de edad, de religión el disfrute de una sexualidad sana, responsable, segura y con el menor riesgo posible.

En la actualidad, los adolescentes están iniciando su actividad sexual cada vez más temprano, al mismo tiempo y como consecuencia de lo anterior hay un incremento del porcentaje de las mujeres que se encuentran dentro de la adolescencia temprana que son madres. El embarazo precoz, tiene graves implicaciones sobre la calidad de vida de los futuros padres y de los o las hijos o hijas por nacer, pues esta situación, no solo implica a la adolescente temprana que se encuentra en estado de embarazo, sino también al adolescente temprano que se embaraza de igual forma que la mujer, pues al asumir este rol, de padres adolescentes en la mayoría de los casos, se limitan sus posibilidades de desarrollo personal y social de padres e hijos en la medida en que se reducen las posibilidades de educación, por lo que se afecta la calidad de empleo, lo que se convierte en un factor que afecta la calidad de vida de las personas.

Entre los factores que se han tenido en cuenta para realizar los estudios acerca del fuerte crecimiento de los embarazos de los adolescentes, es el bajo nivel de escolaridad, que a su vez se asocia con las condiciones de pobreza2; los adolescentes sin educación formal tienen su primera relación sexual y su primer hijo mucho antes de los que tiene algún nivel de escolaridad. Otro factor asociado al embarazo adolescente es el lugar de residencia3: Los Jóvenes de las zonas rurales tienden a tener hijos mucho más temprano que los de las zonas urbanas. Así mismo, la situación de desplazamiento ha incrementado el embarazo precoz como la alternativa de proyecto de vida, que en la mayoría de los casos la decisión de ser padres es tomada haciendo uso del ejercicio de la autonomía individual de cada adolescente; Las causas que más se han estudiado alrededor de esta problemática, son el Abuso sexual y la violencia intrafamiliar; dichos estudios elaborados por diferentes entidades Distritales como son el ICBF o la Secretaria de Salud Distrital, demuestran que muchos de los casos de Abuso sexual en adolescentes menores, se dan dentro del seno familiar, lo que crea en ellos una muy baja autoestima, obligándoles a guardar silencio frente a estos abusos, y consintiendo que su vida se reduce a el desconocimiento de sus derechos.

En Bogotá, las madres adolescentes generalmente enfrentan problemas de diferentes índoles, entre esos problemas, los económicos y sociales, son los que mas demarcan la situación. Pues un hombre o mujer adolescente temprano, está comenzando su etapa de desarrollo corporal y sociológico en donde quiere explorar y conocer el mundo, su entorno social. Es desde esta etapa, donde se tiene que educar al adolescente menor, desde el seno familiar, desde la escuela, desde los medios de comunicación, desde las políticas y programas que el Gobierno, debe desarrollar para que se les reconozcan y se les garanticen sus derechos sexuales y reproductivos. Con la creación del Comité, lo que se busca es que la sexualidad de los adolescentes y sus derechos sean trabajados y promovidos de manera conjunta, interinstitucionalmente, por todas las Entidades Públicas Nacionales y Locales, las Universidades, centros de investigación, dependencias especializadas, Organismos No Gubernamentales de orden nacional e internacional, que hayan estudiado, investigado o intervenido en el tema, para proporcionarle a los y las adolescentes la seguridad de que puede ejercer su sexualidad como un derecho, libre, seguro, no riesgoso y con protección; para que exista un reconocimiento de la sexualidad adolescente por parte del mundo adulto; que se instauren mas espacios de participación de los adolescentes, espacios familiares, comunitarios y sociales; y conseguir la equidad de genero.

El Comité, se trabajará con las estrategias que los diferentes niveles de intervención Internacional, Nacional, Departamental, Distrital y Particular, tienen de acuerdo con las competencias y responsabilidades de cada uno de ellos establecidos por la Ley 715 de 2001. El Distrito Capital, debe formular los planes, programas y proyectos que desarrollen cada una de las temáticas de la Salud Sexual y Reproductiva en armonía con las metas establecidas por los Tratados, convenios, y la Nación. El Comité debe ser Intersectorial e interinstitucional, para que todos los actores del Estado y de la sociedad civil que tienen responsabilidad y competencia frente al tema de SSR asuman un rol activo en función de una agenda común cuyo objetivo sea generar mayores expectativas de vida entre los adolescentes, para que sean estos quienes construyan desde ahora la sociedad, ya que todas las instituciones hacen su trabajo de manera independiente. Para que dicha coordinación, sea efectiva, se necesita crear espacios de discusión, encuentro y trabajo conjunto con todos los autores que participen dentro del Comité. En este orden de ideas, es importante promover canales de comunicación con otras naciones y/o Organizaciones en lo que se refiere a cooperación técnica, logística y financiera, contextual izándola en acción prioritaria para el Distrito.

En el Distrito Capital, existen varios actores que tienen a su cargo diferentes funciones pero que apuntan hacia un objetivo común. Del accionar apropiado de cada uno de ellos depende la consecución de los planes y programas aprobados y avalados por el Gobierno, la mayoría utilizan un método de prevención del embarazo adolescente, mediante programas enfocados en el conocimiento del adolescente sobre su cuerpo y la difusión del uso de métodos anticonceptivos. Por ejemplo, en el actual Gobierno Distrital, se ha promovido la Política de "Bogotá sin indiferencia", en el marco de la Policita Sexualidad sin indiferencia, ha impulsado a través de la Secretaria de Salud y la Secretaria de Educación Distrital en convenio con el Fondo de Población de la naciones Unidas una estrategia que se conoce con el eslogan de "Mi Cuerpo es Territorio Seguro", que busca visualizar el cuerpo de las mujeres y los hombres como primer escenario de autodeterminación y definición del ser humano, fomentando la autoestima y el autocuidado en los y las adolescentes, para que tomen decisiones conscientes y responsables frente a las relaciones sexuales basadas en el afecto el respeto y la protección.

El Comité, busca abarcar todas las acciones que se realizan tanto al interior de las instituciones como las relaciones que éstas establezcan con otras y las que deben realizarse en conjunto en función de un objetivo determinado. Este objetivo, no es otro, sino el de promover el Derecho Sexual y Reproductivo como un Derecho fundamental que garantice la inclusión y la participación de todos y cada uno de los actores del Estado. La Salud Sexual y Reproductiva de los y las adolescentes, es un campo de especial importancia, en el que se deben involucrar no sólo a los y las adolescentes sino a las redes sociales, a la sociedad civil e instituciones que la componen como los padres y madres de familia, docentes, organizaciones entre otras instituciones. El Comité debe tener en cuenta las características específicas de los adolescentes en términos de sus necesidades, implicaciones sicológicas y sociales inherentes a su periodo, y su experiencia, por ello, deben involucrarse no sólo como receptores sino como formuladores, en el contexto de la construcción de un proyecto de vida responsable y útil para ellos y para la sociedad.

En desarrollo de este Comité se plantea el establecimiento de alianzas estratégicas entre Entidades Publicas Nacionales y Locales, las Universidades, centros de investigación, dependencias especializadas, Organismos No Gubernamentales de orden nacional e internacional, que hayan estudiado, investigado o intervenido en el tema mínimo cinco años antes, para dar cumplimiento al objetivo principal de la misma.

Del trabajo anterior se evidencio que al interior de cada una de las entidades participantes se han desarrollado diferentes trabajos, investigaciones, campañas y proyectos que no han sido articulados dentro de una política Distrital interinstitucional que desarrolle el tema de salud sexual y reproducción en adolescentes.

Particularmente, la estrategia la inscribo en la estrategia existente en Colombia sobre el tema: la Política Nacional de Salud Sexual y Reproductiva (2002-2006) del Ministerio de Protección Social de Colombia y el Programa Distrital de Salud Sexual Y Reproductiva, junto con los lineamientos que se han pautado por los Organismos internacionales acerca del tema.

Cordialmente,

OSCAR HERNÁN BORDA

CONCEJAL DE BOGOTÁ D.C.

PROYECTO DE ACUERDO No __________

"POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DE SEXUALIDAD PARA LOS ADOLESCENTES EN EL DISTRITO CAPITAL"

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1º. Facúltese a la Administración Distrital para crear el Comité Interinstitucional de Sexualidad para adolescentes del Distrito Capital. Crease este Comité cuyo objetivo principal será coordinar y verificar entre si y con Organismos de orden Internacional, Nacional y Regional, las acciones necesarias para lograr la disminución de la tasa de embarazo, y la promoción de conductas de autocuidado para el control de las enfermedades de transmisión sexual en los y las adolescentes en el Distrito.

ARTÍCULO 2º. LOS OBJETIVOS DEL COMITÉ SON:

1. Mejoramiento del acceso y la calidad de los servicios de Salud Sexual y Reproductiva para los y las adolescentes en el Distrito Capital.

2. Sensibilizar, informar y motivar sobre la importancia de los métodos de anticoncepción y el ejercicio de la sexualidad en los y las adolescentes de manera libre, segura y responsable, todo ello con un enfoque a la equidad de género, a través del fortalecimiento de campañas masivas de comunicación.

3. Realizar la Investigación, control y evaluación de los proyectos, estrategias y políticas relacionadas con los derechos sexuales y reproductivos de los y las adolescentes de la ciudad.

ARTÍCULO 3º. COMPOSICIÓN DEL COMITÉ: Compondrán el Comité, las Entidades Publicas Nacionales y Locales, las Universidades, centros de investigación, dependencias especializadas, Organismos No Gubernamentales de orden nacional e internacional, que hayan estudiado, investigado o intervenido en el tema mínimo cinco años antes a la vigencia de este Acuerdo.

ARTÍCULO 4º. FUNCIONES DEL COMITÉ. El Comité tendrá a su cargo las siguientes funciones:

1. Fortalecer, evaluar, proponer y modificar los lineamientos de las políticas de salud sexual y reproductiva, teniendo en cuenta las Metas del Milenio de las Naciones Unidas, Convenciones y Conferencias Internacionales que reconocen los Derechos Sexuales y Reproductivos como Derechos Humanos, la política nacional y Distrital de salud sexual y reproductiva, la Constitución Nacional, Leyes, Resoluciones y Acuerdos que reglamenten la materia.

2. El Comité entiende el ejercicio de la sexualidad como un derecho y como parte fundamental del proyecto de vida de los y las adolescentes. Tratará la sexualidad de los y las adolescentes como un factor biológico, psicológico, social y cultural no como un hecho aislado al factor salud.

3. Relacionar la Salud Sexual y Reproductiva como un componente interdisciplinario, multidisciplinario, intersectorial e interinstitucional entre el miembros que componen el Comité, y especialmente entre el Ministerio de Protección social, de educación y comunicaciones.

4. El Comité deberá velar porque todas sus intervenciones partan y tengan un eje transversal y básico, del empoderamiento de los y las adolescentes alrededor de su sexualidad, para la toma de decisiones autónomas y saludables.

5. Promover espacios de participación de los y las adolescentes para que participen en la planeación, seguimiento y evaluación de programas relacionados a la Salud Sexual y Reproductiva.

6. Fortalecer las campañas masivas de comunicación, que han manejado hasta este periodo, con un enfoque a la equidad de género, para sensibilizar, informar y motivar sobre la utilización de los métodos anticonceptivos, sobre el ejercicio de una sexualidad libre, segura y responsable, y sobre un proyecto de vida de los adolescentes sin necesidad de ser padres a temprana edad.

7. Divulgar Información acerca de los derechos sexuales y reproductivos y los métodos de anticoncepción con un lenguaje claro, acorde a su edad y formación a los y las adolescentes del Distrito Capital, a través de los diferentes mecanismos que el comité crea convenientes.

8. Realizar Foros y Talleres con actores de orden internacional, nacional y Distrital que tienen decisión en el tema.

9. Deberá reunirse periódicamente en sesiones o mesas de trabajo que serán convocadas y dirigidas por el Órgano de Dirección del Comité, con el fin de evaluar y controlar el cumplimiento de las políticas de salud sexual y reproductiva de los y las adolescentes.

10. Proponer la capacitación y actualización del Recurso Humano de los Centros de la Red Publica de Salud y cuerpo docente de las instituciones educativas, acerca de la sexualidad adolescente y sus componentes, a través de los diferentes mecanismos generados por la comisión.

11. Fortalecer las actividades programadas para la regulación de la fecundación en el Distrito a través de asesorías y entrega de métodos de planificación en los Hospitales de Primer Nivel de Atención de la Red Pública Hospitalaria del Distrito.

12. Coordinar la Implementación de Recursos para la creación de una Oficina de Atención especializada para la sexualidad adolescente, con la infraestructura y ambientación acorde a los y las adolescentes en el Distrito, dentro de los Hospitales de Primer Nivel de la Red Pública Hospitalaria.

13. Apoyar y promover investigaciones que se originen alrededor del tema de Salud Sexual y Reproductiva en las Universidades, y/o centros de investigación.

14. Generar participación de los adultos, padres de familia y educadores, en la promoción y divulgación del Comité de Sexualidad para los adolescentes del Distrito.

15. Apoyar el mantenimiento de la página Web sobre el tema de Salud Sexual y Reproductiva en los y las adolescentes, que maneja la Alcaldía Mayor.

16. Acompañar las actividades desarrolladas por los diferentes centros educativos, en la consolidación de los diferentes "Observatorios de Sexualidad para los adolescentes", con el cumplimiento de los lineamientos enmarcados por el comité.

ARTÍCULO 5º. ESTRATEGIAS. Las estrategias previstas, que desarrollará este comité se enmarcan en los siguientes parámetros:

1. El Comité, entenderá el ejercicio de la sexualidad como un derecho y como parte fundamental del proyecto de vida de los y las adolescentes.

2. Tratará la sexualidad de los y las adolescentes con un carácter de libertad, seguro, sin riesgos y con protección, teniendo como punto importante el mostrarle a los adolescentes que pueden practicar su sexualidad, como parte integral de su ser, siendo necesario la utilización de métodos anticonceptivos por parte de ellos, sin que culmine en embarazo.

3. El Comité, considera que debe haber un reconocimiento del mundo adulto, de la sexualidad de los y las adolescentes, para que estos no impongan restricciones, y haya un acceso más fácil a la información, a los métodos anticonceptivos y al ejercicio de la sexualidad libre, no riesgosa y como parte integrante del ser.

4. El Comité, considerará, que todas sus intervenciones deben partir y tener un eje transversal y básico, en el empoderamiento de los y las adolescentes alrededor de su sexualidad, para la toma de decisiones autónomas y saludables. Esto es en el marco de una política participativa, tanto de los y las adolescentes si como de los espacios familiares, comunitarios y sociales.

5. El Comité, considera esencial la democratización de las relaciones entre los sexos y entre las generaciones, buscando priorizar campañas y escenarios conjuntos para tratar las temáticas sexuales.

ARTÍCULO 6º. DIRECCIÓN DEL COMITÉ. La Dirección del Comité estará a cargo de la Secretaria de Salud Distrital.

ARTÍCULO 7º. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN. Las funciones de la dirección son:

1. Velar porque el Comité cumpla con sus funciones y genere los resultados propuestos.

2. Apoyar los programas y/o iniciativas que se promuevan por el Comité.

3. Convocar a sesión o mesa de trabajo al Comité trimestralmente.

4. Dirigir el Comité, sus políticas y evaluar el impacto de los programas.

ARTÍCULO 8º. DURACIÓN DEL COMITÉ. El Comité de Sexualidad para los Adolescentes del Distrito Capital tendrá una duración de cinco años a partir de la vigencia de este acuerdo.

ARTÍCULO 9º. DIFUSIÓN. De acuerdo con sus competencias, las Entidades que hacen parte del Comité deberán desarrollar actividades de Difusión de la Política de Salud Sexual y Reproductiva, de apoyo informático interinstitucional, preventivas y de control.

ARTÍCULO 10º. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

ORLANDO PARADA DIAZ

ELBA LIGIA ACOSTA

Presidente Concejo de Bogotá

Secretaria General

LUÍS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 Ley 100, artículo 186.

2 PROFAMILIA.ENDS-2000.

3 PROFAMILIA ENDS-2000.