RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Proyecto de Acuerdo 566 de 2007 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Bogotá D

PROYECTO DE ACUERDO Nº. 566 DE 2007

INTRODUCCIÓN

En Bogotá Internet tiene una penetración de 33,96% a junio de 2006 y sólo el 17% de los hogares cuenta con este servicio, según la Dirección de Informática y Sistemas de la Alcaldía Mayor1.

Esto equivale a una brecha digital localizada de más de cuatro millones de personas en los estratos 1,2 y 3, que a su vez conforman el 75% de la población total de Bogotá, que es de siete millones de habitantes. Dentro de esta población los mayores de 50 años, se pueden definir como analfabetas funcionales en Internet o analfabetas virtuales. Incluso se estima que decenas de miles de bogotanos no alcanzarán a interactuar en Internet.

Esta baja penetración no permite que se aprovechen los servicios de información pública por Internet que la Administración ha venido desarrollando, particularmente los llevados a cabo por el Programa Gobierno en Línea, y que le han merecido reconocimiento internacional a nuestra capital.

En resumen, tenemos los computadores y las redes, junto con los funcionarios idóneos, es decir que tenemos la infraestructura pero la mayor parte de los ciudadanos no cuentan ni con el conocimiento ni con equipos. No hay interfase, entendida como el dispositivo que permita operar un aparato o un sistema para aprovechar sus beneficios.

La política Distrital asignó la responsabilidad de masificar Internet en la ETB y desde luego esta entidad ha hecho importantes gestiones como el programa de los portales virtuales localizados en sitios clave de la ciudad, para que los estudiantes y algunos adultos lo apliquen.

No obstante, se hace necesario acelerar estas acciones, por el bien de la competitividad de la ciudad, por el bien de la ciudadanía y por la gestión pública. Por ejemplo, con motivo de la inscripción a los cupos escolares que la Secretaria de Educación está implementando vía Internet para el año 2008, pudimos ver por los noticieros a los padres y madres de familia que confesaron que no saben como aprovechar esta herramienta.

En cuanto a la competitividad, porque después de "Potencial de mercado relativo" y "Calidad de vida", Internet como parte de variable de las Telecomunicaciones, es la herramienta que permite hacer la diferencia en la creación y consolidación de capital humano como parte integral de una ciudad que quiera ser mas competitiva2

Por estas razones es imperativo proponer Acciones Afirmativas para concretar la Discriminación Positiva con el grupo poblacional citado, con el propósito de lograr la INCLUSIÓN DIGITAL para que estas comunidades puedan ejercer el derecho a la ciudad, el derecho a participar y el derecho a practicar el control social.

1. OBJETO DEL PROYECTO

La iniciativa tiene como propósito articular a las personas de menores ingresos y a los adultos mayores identificados como "analfabetas virtuales" residentes en los barrios periféricos de la ciudad al desarrollo logrado por el sector público (Agenda de Conectividad - Servicio al Ciudadano) y al sector privado (ETB, empresarios y otras organizaciones) en Internet, como herramienta de información, aprendizaje e interacción con el Gobierno para una mejor practica ciudadana.

Desarrollo de Internet por parte del Gobierno Distrital

En general se puede hablar de tres grandes Fases en el desarrollo de Internet, en cuanto a la relación con los ciudadanos:

A. Información

B. Interacción

C. Transacciones

Se propone como alcance del proyecto, la Fase B, es decir a nivel de Interacción. Esto con el propósito de que los contenidos estén relacionados con servicios ofrecidos al ciudadano por cada una de las Secretarias y los trámites ante las Alcaldías Locales y ante las propias Secretarias. Así mismo es deseable incluir información sobre oportunidades laborales, de emprendimiento, o de intercambio de bienes o servicios, para integrar a la economía de la ciudad este potencial humano.

De este modo, se pueden obtener las siguientes ventajas:

*Integrar un mayor volumen de ciudadanas y ciudadanos al Programa Gobierno en Línea, de Bogota y la Nación.

*Brindar información al ciudadano sobre servicios y trámites en el barrio, en su propia Localidad antes de desplazarse a uno de los Siete Supercades o a la sede de la Alcaldía, o peor acudir a los tramitadores.

*Ahorrar dinero en transporte (los estratos 1 y 2 gastan 20% de sus ingresos en transporte)

*Racionalizar la movilidad y mejorar la calidad del aire, al evitar viajes innecesarios de vehículos altamente contaminantes.

*Ofrecer más oportunidades a partir de la información para la productividad.

En complemento de lo anterior, Bogotá avanza en Interoperabilidad, es decir en la conectividad entre todas y cada una de las entidades y puede afirmarse que ya está logrando un grado alto de "madurez" en cuanto al desarrollo de Internet, logro que debe ser habilitado para el uso del servicio ciudadano, sin ningún distingo, tal como lo establece nuestra Constitución Política en su artículo 13º:

"Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas a favor de grupos discriminados o marginados.

El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan"

2. POLÍTICA

*Internacional.

Objetivos de Desarrollo del Milenio de la Organización de las Naciones Unidas - ONU.

El primero de los objetivos se propone reducir la pobreza extrema y una de las maneras de lograrlo es permitir a las comunidades menos favorecidas el acceso a las Tecnologías de Información y Comunicaciones - TIC

*Nacional

Documento Conpes 3072 de 2000.

Busca fortalecer el control social sobre la Administración Pública al integrar y difundir masivamente la información y las herramientas necesarias para que la ciudadanía pueda ejercer vigilancia efectiva sobre la acción del Estado.

*Local

Documento Conpes 3419 de 2006

La Nación brinda garantía a Bogotá para un crédito de hasta por US$ 10 millones para financiar parcialmente el Programa de Mejoramiento de la calidad de los servicios al Ciudadano.

*Acuerdo 279 de 2007 del CONCEJO DE BOGOTA,

"Por el cual se dictan los lineamientos para la Política de Promoción y Uso del Software libre en el Sector Central, el Sector Descentralizado y el Sector de las Localidades del Distrito Capital"

*Acuerdo 184 de 2005 del CONCEJO DE BOGOTA,

"Por medio del cual se dictan normas sobre el funcionamiento de los establecimientos que prestan el servicio de Internet en Bogotá, D.C."

Así mismo, el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas "Bogotá sin Indiferencia - Un compromiso social contra la pobreza y la exclusión", Acuerdo 119 de 2004 estableció como una de las Estrategias del Eje Urbano Regional:

3. Mejoramiento de la accesibilidad de las personas a los sitios de trabajo y estudio, así como a bienes, servicios, equipamientos e información mediante acciones de conectividad física y virtual que permitan mejorar la calidad de los servicios, reducir el número y la distancia de los viajes, así como los tiempos y costos asociados...3

El Plan se propuso como meta de penetración de Internet elevar cada año el 20% de su uso para estratos 1,2 y 3 especialmente en jóvenes. A la fecha no se conocen reportes sobre capacitación para adultos o inventario de Internet, por barrios de estratos 1 y 2 con condiciones de habitabilidad y accesibilidad restringidas

3. COMPETENCIA DEL CONCEJO DE BOGOTÁ

El Concejo Distrital está constitucionalmente facultado para dictar normas sobre la eficiente prestación de los servicios, de conformidad con el numeral 1 del artículo 313 de la Constitución Política.

Así mismo, el Decreto Ley 1421 de 1993, señala en su artículo 12, numeral 1: Dictar las normas para garantizar el cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

4. CONSTITUCIONALIDAD Y LEGALIDAD

3. A CONSTITUCIÓN POLÍTICA

Art. 313.-

"Corresponde a los concejos:

1o) Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio."

Art. 322.

"A las autoridades distritales corresponderá garantizar el desarrollo armónico e integrado de la ciudad y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito;…"

3. B Decretos

Decreto Ley 1421 de 1993

ARTICULO 12º.

ATRIBUCIONES.

Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito; ...

...10. Dictar las normas que garanticen la descentralización, la desconcentración y la participación y veeduría ciudadanas.

Decreto (Distrital) 469 de 2003. Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá, D.C

Estableció 17 Planes Maestros, como instrumentos de largo plazo para desarrollar el POT, útiles para programar los proyectos de inversión sectorial. El Plan Maestro de Telecomunicaciones - PMT adoptó las políticas y metas para desarrollar las TIC, incluido Internet.

Esta iniciativa esta armonizada con el PMT. Desde el punto de vista de los componentes de la estructura funcional y de servicios urbanos de nuestra capital, el PMT hace parte del Sistema General de Servicios Públicos (Telecomunicaciones) y aliviará el impacto sobre el Sistema de Movilidad, definido en su propio Plan maestro, que hace parte del Sistema General4.

Decreto 317 de 2006, "Por el cual se adopta el Plan Maestro de Telecomunicaciones Bogotá"

Artículo 7. Objetivos

...2. Garantizar la inserción de las áreas urbanas y rurales a la sociedad globalizada de la información ampliando y mejorando el acceso al servicio especialmente en los estratos uno y dos de la población considerando en todo caso, las condiciones y necesidades del mercado y el principio de eficiencia económica.

Artículo 8. Estrategias

...2. Ampliar de la cobertura de los servicios públicos de telecomunicaciones, en especial a los estratos 1 y 2 de la población.

Artículo 10°. Líneas de Proyectos Orientadas a la Universalización del Servicio.

...instalar infraestructura básica de telecomunicaciones que permita generar condiciones de equidad social para el desarrollo del grupo UPZ con población de Estratos 1 y 2, considerando las políticas de servicio universal y acceso universal.

Las tarifas de estas soluciones deberán estimular el acceso y uso de las mismas por la población de escasos recursos, es decir que el modelo por implementar debe considerar la capacidad económica de los estratos 1 y 2, teniendo en cuenta la regulación y la política tarifaria fijada por las autoridades competentes.

Es necesario procurar una gestión de "banda ancha" entre la sociedad civil, el sector público y el sector privado (con y sin ánimo de lucro), para permitir la INCLUSIÓN DIGITAL. Esto significa lograr que más personas puedan disponer del e-gov, más rápido. Tal el propósito del presente proyecto de acuerdo.

Beneficios del proyecto

Materializar este proyecto brindará información para la productividad y el empleo, así:

*Facilitará en el marco del Programa Bogotá Productiva, la incorporación de pequeños productores y artesanos a los circuitos y canales comerciales

*Apoyará los Observatorios de Impacto Social y Económico Locales, OISEL desde lo local, desde el barrio.

*Divulgará la información para opciones labores o de emprendimiento.

Así mismo, la presente iniciativa permitirá a las comunidades menos favorecidas de Bogotá:

*Ejercer control social

*Participar e interactuar con el gobierno y algunas organizaciones privadas, con o sin ánimo de lucro

*Ser parte del e-gov, razón de ser del Estado

*Ahorrar tiempo y dinero en pasajes de bus.

¿Por qué es necesario ahorrar en transporte?

Para una familia de cinco personas que genera ingresos de 1 SMLMV es decir, $433.700 / mes, o incluso menos, se tiene un ingreso per capita de $86.740 / mes, significa que cada miembro dispone de $2.891 diarios, que equivalen a dos pasajes en Transmilenio. ¿Y donde no hay alimentadores o transporte colectivo y se debe pagar más de un pasaje para llegar a un destino determinado? La gente esta caminando, según un estudio de la Secretaria de Movilidad, que informó que en la ciudad se hacen cerca de 900.000 viajes diarios a pie, con un recorrido promedio mayor a 3 km.

Estudios presentados en el recinto de nuestra corporación dan cuenta de que la incidencia del transporte en la canasta de gastos para estas personas asciende al 20%, es decir a la suma de $86.400 mes, lo que arroja una disponibilidad diaria para transporte de $2.891.

El resto del salario mínimo, $346.960 se invierte en las necesidades de comida, salud, educación y vivienda. Así las cosas, se tiene un diario de $11.565 para cinco personas, que es igual a $2.313 diarios por persona, asumiendo un grupo familiar de cinco miembros.

5. IMPACTO FISCAL

Ley 819 de 2003, artículo 7º

Se propone que los equipos de cómputo a utilizar sean los provenientes del proceso de modernización de cada una de las doce secretarias de la Administración capitalina, que no requieran reparaciones mayores. Así mismo se sugiere agilizar las donaciones o ayudas del sector privado, incluidas las de cooperación internacional.

Se utilizará software libre. La capacitación para estas personas se ha venido brindando por parte del anterior Departamento Administrativo de Acción Comunal, especialmente por medio del programa Aulas Digitales y en la actualidad se ofrecen gratis por parte de Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, según se anuncia en la pagina http://www.participacionbogota.gov.co/

En cuanto al consumo, la ETB tiene una línea especial para salones comunales. Se propone además una combinación de las siguientes acciones: Establecer un sistema de subsidio cruzado e incentivos para operadores privados, que en aplicación del principio de responsabilidad social, deseen vincularse a la INCLUSIÓN DIGITAL.

Por lo tanto el presente Proyecto de Acuerdo no causa impacto fiscal.

Cordialmente,

GUILLERMO VILLATE SUPELANO

Concejal de Bogotá, D.C.

Por lo tanto, se trata ni más ni menos de lograr un ejercicio de articulación entre planes maestros y por lo tanto se copa uno de los vacíos del proceso de planeación que aún están pendientes de rastros o un Plan Maestro Integrador de los 17 PM.

Por medio del cual se promueven Acciones Afirmativas para la

INCLUSIÓN DIGITAL

El CONCEJO DE BOGOTA

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las consagradas por el Decreto Ley Nº 1421 de 1993, y considerando que:

*Existe una brecha digital casi insuperable en el mediano plazo para las personas que pertenecen a los barrios 1 y 2, especialmente para los adultos.

*Bogotá es reconocida como una Ciudad Digital

*El Programa Gobierno en Línea de Bogotá D.C. ofrece servicios gubernamentales y administrativos de excelente calidad por Internet, lo cual debe convertirse en un instrumento de INCLUSIÓN DIGITAL, como una herramienta de equidad.

Acuerda:

Artículo 1º. Objeto: El presente Acuerdo tiene como propósito establecer algunas acciones de Discrimación Positiva de INCLUSIÓN DIGITAL en favor de las personas que habitan en barrios de estratos 1 y 2, que no pueden ejercer el derecho pleno a la ciudad, por encontrarse en al menos una de las siguientes condiciones:

a. Difíciles condiciones de acceso al barrio.

b. Distancia mayor de 5 Km. del centro más próximo de servicio al ciudadano.

c. Escasa o nula oferta de servicios de Internet, por parte de operadores privados.

d. Ingreso per cápita inferior equivalente a dos dólares

Parágrafo: La Administración Distrital elaborará un inventario de barrios en estas condiciones, junto con la programación de inversión derivada de los instrumentos legales y normativos vigentes. Aquellos barrios que en un horizonte de tres años no tengan prevista inversión que elimine las condiciones arriba descritas, serán priorizados para aplicar las acciones de Discrimación Positiva aquí propuestas y las que estime la Administración. Así mismo, aquellos barrios que habiendo recibido inversión persistan en al menos una de las condiciones arriba determinadas, serán tenidos en cuenta en el inventario de barrios para INCLUSIÓN DIGITAL

Artículo 2º. Las Acciones propuestas de Discriminación Positiva en el presente Acuerdo y que tienen como propósito facilitar la INCLUSIÓN DIGITAL son:

a. Instalar computadores en los salones comunales pertenecientes a Juntas de Acción Comunal con personería jurídica vigente y estatutos actualizados, aprobados. Los computadores a instalar serán los provenientes del proceso de modernización de las doce secretarias distritales, que puedan ser reutilizados sin reparaciones mayores o aquellos donados por el sector privado, incluida la cooperación internacional.

b. Utilizar software libre o de código abierto, con lenguajes tipo XML o su equivalente.

c. Ofrecer correcta interfase para permitir la interacción de los habitantes de estos barrios con el programa Gobierno en Línea y en general con el servicio al ciudadano

d. Acelerar, por medio de convenios o canjes, el programa de capacitación que ofrecen el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal - IDPAC junto con la Empresa de Teléfonos de Bogotá - ETB y el SENA.

e. Permitir que al menos un porcentaje del servicio social de alfabetización que prestan los bachilleres, sea aplicado en estas comunidades. La Secretaria de Educación Distrital - SED definirá lo pertinente.

f. Motivar a los estudiantes de últimos semestres Ingeniería de Sistemas de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, para que se vinculen activamente a la presente iniciativa con el diseño de aplicaciones amigables para estas comunidades, como paso previo al diseño y exportación de software especializado en e-gov.

g. Incentivar al sector privado, para que se vincule activamente a la INCLUSIÓN DIGITAL, incluida la Academia y las organizaciones sin ánimo de lucro.

h. Establecer un programa de Autogestión de recursos por parte de las comunidades, respaldado por las autoridades distritales

Parágrafo 1º: La Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. definirá el alcance de las Acciones Positivas definitivas que conduzcan a la INCLUSIÓN DIGITAL, las cuales se aplicarán en barrios legalizados. La Junta Directiva de la ETB estudiará formulas creativas, para que por medio de sí o a través de convenios o canjes, los operadores privados apoyen este servicio en los salones comunales pertenecientes al inventario de barrios para INCLUSIÓN DIGITAL

Parágrafo 2º. La Dirección de Informática y Sistemas de la Alcaldía Mayor acopiará y consolidará el inventario de equipos de cómputo y cuantificará los disponibles para los barrios identificados en el inventario de INCLUSIÓN DIGITAL.

Articulo 3º. Las empresas privadas y la Academia, en complemento con el sector público y en aplicación del principio de Responsabilidad Social, podrán vincularse a la presente iniciativa, con el propósito de promover la INCLUSIÓN DIGITAL de las personas pertenecientes a los estratos 1 y 2.

Artículo 4º. Términos. La Administración Distrital, en cabeza de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD, alistará el inventario de barrios para INCLUSIÓN DIGITAL dentro de los seis meses siguientes a la aprobación de la presente iniciativa. La ETB en cumplimiento de su labor misional de masificar Internet, establecerá su propio cronograma teniendo en cuenta las gestiones necesarias de integración con el sector privado.

Artículo 5º. La Administración Distrital, a través del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal - IDPAC, diseñará los indicadores adecuados para evaluar el impacto de la presente iniciativa y presentará informe anual al CONCEJO DE BOGOTA, sobre los resultados obtenidos.

Artículo 6º. Una vez definido el alcance y materializadas las Acciones Afirmativas para la INCLUSIÓN DIGITAL, la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico de Bogotá D.C. presentará un informe semestral a la Ciudad sobre el impacto en la productividad, el empleo y la inclusión económica generados por la INCLUSIÓN DIGITAL, para lo cual diseñará los indicadores correspondientes.

Artículo 7º. El presente Proyecto de Acuerdo rige a partir de la fecha.

Publíquese y cúmplase

NOTAS DE PIE DE PAGINA

1 Conferencia "Bogotá Ciudad Digital", Agosto 2007, ingeniero Luís Francisco Martínez.

2 Revista AMERICA ECONOMIA INTELLIGENCE, en la que Bogotá pasó del el puesto 13 al 12 en el año 2006, dentro de las 40 ciudades latinoamericanas mas importantes para hacer negocios. El rezago se debe a un estándar de calidad de vida mas bajo, menor nivel de producción per cápita e inferior nivel de competitividad en telecomunicaciones, comparado con ciudades como Sao Paulo, Santiago, Ciudad de México y Buenos Aires.

3 Artículo 14º, Acuerdo 119 de 2004, numeral 3.

4 Decreto 469 de 2003 (dic. 23) POT, Art. 18º.