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Concepto 2 de 2007 Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. - Hospital Usaquén I Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
03/08/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Bogotá D.C. 3 de agosto de 2007

Doctora

MARTHA ISABEL DOZA BOLIVAR

Profesional Recursos Físicos

Hospital de Usaquén I Nivel E.S.E.

REF: CONTRATO SEGURIDAD CENTRAL No. 005-06

 Ver el Concepto de la Sec. General 05 de 2009

Cordial Saludo,

Por medio del presente me dirijo a usted con el fin de dar concepto jurídico en relación con la posibilidad de realizar descuentos a la factura de cobro del Contrato No. 005 de 2006 por concepto de Perdida de Elementos del Hospital.

En concordancia con lo dispuesto por la Cláusula Segunda, numeral 15 y la Cláusula Vigésima Tercera y sus correspondientes parágrafos del Contrato de la referencia, El Hospital tiene la potestad de descontar directamente de la factura presentada por SEGURIDAD CENTRAL LTDA el valor total equivalente a la perdida del equipos que hayan sido reportados al Contratista para su reposición y que se encontraran bajo su custodia.

Por lo anteriormente expuesto, considera esta oficina, que en el ejercicio de las funciones de supervisión del referenciado contrato, una vez sea establecido el valor total de los equipos y teniendo en cuenta que el contrato se termino el día 31 de julio de 2007 por lo cual los inventarios entregados o en proceso de entrega están en término de ser objetados, existiendo la posibilidad de reportar otras perdidas, se realice de la factura de cobro los descuentos por concepto de perdida de elementos puestos bajo la custodia del contratista, salvo respuesta de cubrimiento por parte de la aseguradora donde solo correspondería el valor del deducible.

Por ultimo como los bienes anteriormente mencionados corresponden a bienes del Hospital, deberá coordinarse con la oficina de Control Interno la correspondiente investigación con el fin de determinar cualquier presunta responsabilidad que de inicio a una acción penal.

PEDRO RAMÍREZ JARAMILLO

Asesor Jurídico

Hospital de Usaquén I Nivel E.S.E.