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Resolución 396 de 2007 Secretaría Distrital del Hábitat

Fecha de Expedición:
10/10/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/10/2007
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3854 de octubre 11 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 396 DE 2007

(Octubre 10)

"Por medio de la cual se delega una función".

LA SECRETARIA DISTRITAL DEL HÁBITAT

De conformidad con lo establecido en el Acuerdo 257 de 2006 y en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Distrital 271 de 2007 y demás normas concordantes y

CONSIDERANDO:

1º. Que el artículo 75 de la Ley 446 de 1998 establece que las entidades y organismos de derecho público del orden distrital, entre otros, deberán integrar un comité de conciliación, conformado por los funcionarios de nivel directivo que se designen para tal efecto con el propósito de desarrollar las facultades que se le asignen.

2º. Que el Decreto Nacional 1240 de 2000 consagra las funciones de los Comités de Conciliación, y los define como la instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad.

3º. Que mediante la Resolución No. 354 del 14 de septiembre de 2007, la Secretaría Distrital del Hábitat creó el Comité Conciliación con el objeto de contar con un comité asesor encargado de orientar a la entidad, en relación a las directrices, estrategias y políticas relacionadas con los mecanismos de solución de conflictos, especialmente en materia de conciliación judicial y extrajudicial.

4º. Que de conformidad con el Decreto Nacional 2097 de 2002, los jefes de las Entidades y Organismos de Derecho Público del orden nacional, departamental, distrital y de los municipios capital de departamento y los entes descentralizados de estos mismos niveles, podrán delegar su participación en el Comité de Conciliación.

5º. Que de conformidad con el artículo del Resolución No. 354 del 14 de septiembre de 2007, entre los miembros que integran el Comité de Conciliación de la Secretaría se encuentra el Secretario del Hábitat o quien éste delegue para tal efecto, quien será la persona encargada de presidir el referido Comité.

En virtud de lo anteriormente expuesto este Despacho:

 Ver la Resolución 119 de 2008

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- DELEGAR en el Subsecretario Distrital del Hábitat la función de participar y presidir el Comité de Conciliación de la Secretaría Distrital del Hábitat, creado mediante la Resolución No. 354 del 14 de septiembre de 2007.

ARTÍCULO SEGUNDO.- PUBLICAR la presente decisión en el Registro Distrital.

ARTÍCULO TERCERO.- VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 10 días del mes de octubre de 2007.

EDNA CRISTINA BONILLA SEBÁ

Secretaria Distrital del Hábitat

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3854 de octubre 11 de 2007.