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Resolución 303 de 2007 Secretaría Distrital de Hacienda

Fecha de Expedición:
03/12/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/12/2007
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3891 de diciembre 11 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN SDH-000303 DE 2007

(Diciembre 3)

"Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 866 del 8 de septiembre de 2004, que adopta el Manual de Procedimientos para la Gestión de las Obligaciones Contingentes en Bogotá D.C."

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA DE BOGOTÁ D. C.

En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los literales h, l, q, r y v del artículo 4° del Decreto Distrital 545 del 29 de diciembre de 2006, el artículo 2° del Decreto Distrital 175 del 4 de junio de 2004, y

CONSIDERANDO: 

Que el Secretario Distrital de Hacienda expidió la Resolución 866 del 8 de septiembre 2004, estableciendo el Manual de Procedimientos para la Gestión de las Obligaciones Contingentes en Bogotá D.C. determinando los procedimientos, metodologías, cronogramas, condiciones, definiciones y formatos.

Que en la actualidad se requiere precisar y aclarar aspectos relativos al proceso de gestión de las obligaciones contingentes generadas en contratos administrativos.

Así mismo, se requiere modificar aspectos relativos al proceso de gestión de las obligaciones contingentes generadas por Sentencias y Conciliaciones junto con el Sistema de Información de los Procesos Judiciales (SIPROJ-WEB).

En mérito de lo expuesto este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el Manual de Procedimientos para la Gestión de las Obligaciones Contingentes en Bogotá D.C., en el capítulo 4 referido al Proceso Básico de la Gestión de Obligaciones Contingentes mediante el documento adjunto que hará parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los tres (3) días del mes de diciembre de dos mil siete (2007).

PEDRO A. RODRÍGUEZ TOBO

Secretario Distrital de Hacienda

Nota: Ver Anexo.