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ACUERDO 296 DE 2007 (Diciembre 24) "por el cual se establecen estrategias de prevención en salud sexual y reproductiva del hombre en el Distrito Capital" EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las previstas en el Decreto Ley 1421 de 1993 en su artículo 12, numeral 1o. Ver Proyectos de Acuerdo 040, 151 y 359 de 2007 Concejo de Bogotá,
D.C. A C U E R D A: Artículo Primero: La Secretaría de Salud mantendrá y fortalecerá los programas de prevención en salud sexual y reproductiva que atiende la población masculina en el Distrito Capital. Artículo Segundo: Declarar la primera semana del mes de junio, como la semana de prevención en Salud Sexual y Reproductiva del Hombre, en donde la Secretaría Distrital de Salud adelantará campañas educativas sobre salud sexual y reproductiva dirigida a la población masculina, colocando especial énfasis en:
Articulo Tercero. Las actividades a que se refiere el presente acuerdo, no implicarán gastos distintos a los contemplados en los presupuestos de las entidades que hayan de adelantarlas. Artículo Cuarto: El presente Acuerdo rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
LUIS EDUARDO GARZON Alcalde Mayor de Bogotá, D. C. |