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Proyecto de Acuerdo 19 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO Nº

PROYECTO DE ACUERDO Nº. 019 DE 2008

"Por medio del cual se crea la semana deportiva del adulto mayor en el marco del festival de verano"

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. OBJETIVO GENERAL DEL PROYECTO:

El proyecto que se propone, tiene como objetivo el fomento del deporte y la actividad física a través de la participación masiva de las personas de la tercera edad mediante la creación de espacios deportivos aptos, como lo es "la semana deportiva del adulto mayor", para que puedan realizar dichas actividades, permitiéndoles prolongar los mejores años a quienes ya han llegado a esta hermosa etapa de sus vidas.

2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL PROYECTO:

*Lograr la incorporación masiva de las personas de la tercera edad en la práctica sistemática de la actividad física como alternativa hacia una mejora de la calidad de vida.

*Ocupar el tiempo libre de las personas de la tercera edad, con actividades físicas y recreativas que contribuyan al bienestar físico y al estado de salud de este importante sector de la población.

*Dar respuesta a una necesidad social mediante la utilización sistemática y dosificada de actividades físicas.

*Utilizar el ejercicio físico como medicina profiláctica ante un grupo de afecciones de la vejez.

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3. ASPECTOS GENERALES:

El envejecimiento es definido como "el conjunto de modificaciones que el factor tiempo produce en el ser vivo, es un ciclo más de la vida del ser humano y como tal, siempre llega. Su llegada conduce a una serie de pérdidas en las capacidades funcionales que, no sólo se verán incrementadas con la falta de actividad física, sino que ésta (la inactividad) opera de la misma manera que el envejecimiento"1.

A su vez el Papa Juan Pablo II ha dicho que la vejez, es la coronación de los escalones de la vida, en la que se recogen los frutos de lo aprendido y de lo experimentado, de lo realizado y conseguido, de lo sufrido y soportado.

Aunque para algunas personas la llegada a la vejez puede ser sinónimo de tener los días contados como cotidianamente se dice, para la gran mayoría de ellas dicha percepción cambia pues la llegada a esta edad es asumida por ellas como el comienzo de la mejor etapa de sus vida, al constituirse el despertar de sus sentidos y la apertura a la convivencia madura que proporciona mejores vivencias, y es aquí donde el deporte juega un papel importante para afrontar ese nuevo camino, incrementando la energía vital que tan necesaria se vuelve para estos últimos años.

El deterioro funcional que acompaña al envejecimiento puede posponerse manteniendo una vida física, mental y social activa.

El aumento de la esperanza de vida en la sociedad actual ha dado lugar a un aumento de la población en la franja de edad que hemos venido llamando "tercera edad", pues cada vez es mayor la preocupación de la búsqueda de la longevidad de la vida mediante el cuidado del cuerpo en los diferentes niveles. Uno de ellos es la actividad física considerada como un factor que contribuye al mejoramiento de la salud y de la calidad de vida en esas edades.

Datos del Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE) muestran que en el país hay 44 millones de habitantes, de los cuales 2.944.328 son adultos mayores de

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Acuerdo a un estudio del Ministerio de Protección, la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud, proyectando que este número pasará para el 2020 a 6.529.300.

Es por ello que una idea fundamental es que en la vejez, se debe mantener una participación activa en roles sociales y comunitarios para una satisfacción de vida adecuada.

3.1. Problemas del Adulto Mayor:

Las cinco principales quejas de los Adultos Mayores en Colombia son: abandono, desprotección estatal, desatención en salud, falta de centros de atención y maltrato familiar. Entre abandono y maltrato son la mitad de las denuncias a instituciones que velan por los derechos humanos en el país.

El maltrato psicológico y físico se traduce en negligencia, utilización por parte de los familiares como cuidadores de casa y de los nietos, minusvalorización, no considerar su opinión en decisiones que los afectan.

El bienestar de quienes viven en instituciones debería implicar atención no sólo a la supervivencia en condiciones de respeto y dignidad, sino atención a la cultura, la creatividad y la interacción social positiva, el respeto por la privacidad y la autodeterminación. Adultos Mayores son considerados y tratados como menores de edad o como minusválidas, vulnerándose su derecho al reconocimiento como personas adultas.

El aislamiento social al cual al que por diferentes razones están condenados algunos ancianos, y que se considera como un factor de riesgo en el desarrollo de enfermedades o en las discapacidades que se presentan como resultado de las mismas. Este aislamiento priva a los ancianos de importantes apoyos emocionales, físicos y financieros. Para los ancianos es fundamental la compañía, el apoyo, el afecto de los parientes y los amigos y más que el número de contactos sociales es la calidad de los mismos los que tienen sentido en sus vidas2.

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3.2. El Ejercicio Físico:

El ejercicio físico es definido como la actividad física planificada, estructurada y repetitiva que tiene como objetivo mejorar o mantener los componentes de la forma física.

A su vez, la actividad física puede ser definida como cualquier movimiento corporal producido por los músculos esqueléticos, movimiento del que resulta un gasto energético que se suma al gasto del metabolismo basal.

Es por ello que la práctica de ejercicio físico es altamente recomendable, pues no sólo se produce una reducción de las presiones arteriales, sino que también tiene un efecto beneficioso sobre otros factores de riesgo cardiovascular tales como la obesidad, diabetes, colesterol alto, etc. Sumado a ello, ejercicio físico produce importantes modificaciones en la personalidad, tales como estabilidad emocional, autoestima, extroversión, se modera la indefensión y la impotencia, mejorando igualmente la percepción de sí mismo.

3.3. El Ejercicio Físico en el Adulto Mayor:

Uno de los principios metodológicos de la educación física indica que todo ejercicio debe adaptarse a las características de los sujetos a los que va dirigido, y la tercera edad no es una excepción, no requiere un tratamiento especial sino un tratamiento específico, acorde con sus necesidades y capacidades.

La actividad física es esencial para la salud del adulto mayor, pues ayuda a disminuir la acumulación de grasa corporal, aumenta la masa muscular, mejora del metabolismo de azucares y grasas, por tanto las personas que practican un deporte regularmente tienen menor probabilidad de padecer arterioesclerosis, menor incidencia de enfermedades del corazón y un incremento de la fuerza producto del entrenamiento hasta en un 30 por ciento, según lo explicado por Marco Luque; además de ello incrementa la sensación de logro personal, los sentimientos de competencia y auto-eficiencia, aumento de los beneficios sociales y psicológicos, mejora el estado de ánimo, disminuye la depresión y ansiedad.

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En resumen la práctica de actividades físico-recreativas en la tercera edad ayuda a mantener cuerpo y espíritu jóvenes.

El objetivo es lograr que la persona mayor logre mantener más independencia por más tiempo, con mejor capacidad funcional.

En la vejez se hace evidente la disminución de la fuerza y la capacidad de resistencia, pero estas pueden ser retardadas por medio de un entrenamiento especial que contribuye de forma significativa al bienestar de los adultos mayores, aunque no se puede decir que existe un único ejercicio físico recomendable ya que la práctica de ellos, depende en su gran mayoría del tiempo disponible, la jornada laboral, el hábito de las personas, el temperamento y el estado de salud; lo que sí es cierto es que el entrenamiento físico debe estar dirigido a incrementar la capacidad funcional aeróbica, la fuerza muscular y la flexibilidad de las articulaciones, es por ello que las actividades física recomendadas para las personas de la tercera edad pues les genera menos lesiones e incapacidades, son los ejercicios como el caminar, montar bicicleta, la natación, el baile y los ejercicios gimnásticos.

*Caminar: Es considerada como la actividad física más natural y menos costosa, pues se puede realizar en cualquier espacio y a cualquier edad, pero que comúnmente se practica en parques. Además de ello es muy recomendada por su alta adaptabilidad ya que le da a la persona mayor sensación de seguridad, mejora el equilibrio, disminuye la aprensión, aumenta la velocidad de desplazamiento, acrecienta la libertad motriz y disminuye la sensación de fatiga.

*Montar Cicla: Es una actividad en la que el gasto de energía es muy poco pues se puede realizar durante mucho más tiempo que cualquier otra actividad, y tiene muchos beneficios pues aumenta la resistencia, fortalece los músculos y columna, adelgaza y mejora la circulación.

*Natación: "Es uno de los medios más eficaces para mejorar y mantener la capacidad Cardio-respiratoria y a la vez todo el sistema neuro-muscular ya que obliga a constantes ajustes para adaptar todos los movimientos a situaciones que cambian constantemente en un medio que no es el habitual. Ayuda a prevenir y

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mejorar muchos problemas posturales al liberar el esqueleto de la acción de su peso (en el agua, el peso corporal se reduce más de una sexta parte y el apoyo nunca es traumático), mejora la amplitud de los movimientos y es un buen relajante para todos los músculos, en especial para los de la espalda.

Está especialmente indicada en personas obesas y con artrosis (siempre que se nade en agua caliente), al favorecer la descarga articular".

*El Baile: Es un ejercicio que mantiene la agilidad, ayuda a relajarse y desentumece con alegría.

*Ejercicios Gimnásticos: Si bien es una de las actividades más practicadas, puede conducir a cierta monotonía y, por tanto puede resultar un poco aburrida, aunque tiene la ventaja de que se puede hacer en cualquier lugar e incluso con ropa de calle, siempre que no moleste la realización de los movimientos.

Es importante considerar que todo buen régimen de ejercicios debe incluir una rutina de calentamiento, rutina de tonificación y una buena rutina de ejercicios cardiovasculares, de esta manera se conseguirán mayores y mejores resultados en la práctica deportiva, así como también se evitan lesiones y posibles problemas relacionados con el desarrollo de la actividad física.

4. FUNDAMENTOS LEGALES:

4.1. Constitución Política:

Artículo 1: Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, Democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.

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Artículo 2: Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Artículo 46: El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria.

El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia.

Artículo 49: La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.

Artículo 52: Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre.

El Estado fomentará estas actividades e inspeccionará las organizaciones deportivas, cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas.

4.2. Ley 181 de 1995:

Por su parte, la Ley 181 de 1995 que consagra las disposiciones para el fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre, y la educación física, resalta la importancia de estos asuntos en sus artículos introductorios, así:

Artículo 1: Los objetivos generales de la presente ley son el patrocinio, el fomento, la masificación, la divulgación, la planificación, la coordinación, la ejecución y el asesoramiento de la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo

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libre y la promoción de la educación extraescolar de la niñez y la juventud en todos los niveles y estamentos sociales del país, en desarrollo del derecho de todas las personas a ejercitar el libre acceso a una formación física y espiritual adecuadas. Así mismo, la implantación y fomento de la educación física para contribuir a la formación integral de la persona en todas sus edades y facilitarle el cumplimiento eficaz de sus obligaciones como miembro de la sociedad.

Artículo 3: Para garantizar el acceso del individuo y de la comunidad al conocimiento y práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, el Estado tendrá en cuenta los siguientes objetivos rectores:

(…)

2. Fomentar, proteger, apoyar y regular la asociación deportiva en todas sus manifestaciones como marco idóneo para las prácticas deportivas y de recreación.

3. Coordinar la gestión deportiva con las funciones propias de las entidades territoriales en el campo del deporte y la recreación y apoyar el desarrollo de estos.

(…)

5. Fomentar la creación de espacios que faciliten la actividad física, el deporte y la recreación como hábito de salud y mejoramiento de la calidad de vida y el bienestar social, especialmente en los sectores sociales más necesitados.

(…)

12. Planificar y programar la construcción de instalaciones deportivas con los equipamientos necesarios, procurando su óptima utilización y uso de los equipos y materiales destinados a la práctica del deporte y la recreación.

Artículo 5: Se entiende que:

La recreación. Es un proceso de acción participativa y dinámica, que facilita entender la vida como una vivencia de disfrute, creación y libertad, en el pleno desarrollo de las potencialidades del ser humano para su realización y mejoramiento de la calidad de vida individual y social, mediante la práctica de actividades físicas o intelectuales de esparcimiento.

El aprovechamiento del tiempo libre. Es el uso constructivo que el ser humano hace de él, en beneficio de su enriquecimiento personal y del disfrute de la vida, en forma individual o colectiva. Tiene como funciones básicas el descanso, la diversión, el complemento de la

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Formación, la socialización, la creatividad, el desarrollo personal, la liberación en el trabajo y la recuperación sicobiológica. (…)

Artículo 17: El deporte formativo y comunitario hace parte del sistema nacional del deporte y planifica, en concordancia con el Ministerio de Educación Nacional, la enseñanza y utilización constructiva del tiempo libre y la educación en el ambiente, para el perfeccionamiento personal y el servicio a la comunidad, diseñando actividades en deporte y recreación para niños, jóvenes, adultos y personas de la tercera edad.

4.3. Decreto Ley 1421 de 1993:

Esta normatividad al referirse a las atribuciones del Concejo Distrital, dispone:

Artículo 6: Participación Comunitaria y Veeduría Ciudadana. Las autoridades distritales promoverán la organización de los habitantes y comunidades del Distrito y estimularán la creación de las asociaciones profesionales, culturales, cívicas, populares, comunitarias y juveniles que sirvan de mecanismo de representación en las distintas instancias de participación, concertación y vigilancia de la gestión Distrital y local.

De conformidad con lo que disponga la ley, el Concejo dictará las normas necesarias para asegurar la vigencia de las instituciones y mecanismos de participación ciudadana, comunitaria y estimular y fortalecer los procedimientos que garanticen la veeduría ciudadana frente a la gestión y la contratación administrativas

Artículo 8: Funciones Generales. El concejo es la suprema autoridad del Distrito Capital. En materia administrativa sus atribuciones son de carácter normativo.

También les corresponde vigilar y controlar la gestión que cumplan las autoridades distritales.

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Artículo 12: Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la

Constitución y la Ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios públicos a cargo del Distrito.

(…)

Artículo 13: Iniciativa. Los proyectos de acuerdo pueden ser presentados por los Concejales y el Alcalde Mayor por conducto de sus secretarios, jefes de departamentos administrativos o representantes legales de las Entidades descentralizadas. El personero, el contralor y las juntas administradoras los pueden presentar en materias relacionadas con sus atribuciones. De conformidad con la respectiva Ley estatutaria, los ciudadanos y las organizaciones sociales podrán presentar proyectos de acuerdo sobre temas de interés comunitario.

Solo podrán ser dictados o reformados a iniciativa del Alcalde los acuerdos a que se refieren los ordinales 2, 3, 4, 5, 8,9,14,16,17 y 21 del artículo anterior.

Igualmente, solo podrán ser dictados o reformados a iniciativa del Alcalde los acuerdos que decreten inversiones, ordenen servicios a cargo del distrito, autoricen enajenar sus bienes y dispongan exenciones tributarias o cedan sus rentas. El concejo podrá introducir modificaciones a los proyectos presentados por el alcalde.

5. IMPACTO FISCAL:

El presente proyecto de acuerdo no tiene impacto fiscal, pues las actividades que se realicen en dicha semana serán cubiertas con el dinero que se destine en el presupuesto de cada año dado al IDRD.

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6. CONCLUSIONES:

Por todas las razones presentadas en esta exposición de motivos solicitamos que esta iniciativa se convierta en Acuerdo de la ciudad, pues resulta de vital importancia la creación y generación de espacios que permitan a los adultos mayores disfrutar plenamente una de las etapas más bonitas de la vida.

Hoy en día existen diversas problemas que impiden el desarrollo del ejercicio físico para las personas mayores y uno de ellos es la falta de información sobre la actividad física, los beneficios que esta tiene para estas personas y el envejecimiento de nuestra sociedad, por ello es importante promover y facilitar el aumento de la actividad física en el adulto mayor difundiendo información adecuada y necesaria, y creando espacios que faciliten y promuevan el desarrollo de la actividad física.

Por último se puede afirmar que la actividad física en personas mayores mejora su condición física, psicológica, lo que conlleva a una vida más sana, más equilibrada, más alegre, más activa y más dinámica. Entendiendo se esta forma que no se trata de añadir años a la vida sino vida a los años

De esta forma, consideramos que este tipo de políticas y programas logran la inclusión cada vez mayor de los ciudadanos y la óptima interacción de estos con su hábitat

CARLOS ORLANDO FERREIRA PINZÓN

Concejal de Bogotá

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EL CONCEJO DE BOGOTA D.C.

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto-Ley 1421 de 1993, artículo 12, numeral 1º.

ACUERDA

Artículo 1°. La Administración Distrital en cumplimiento de sus deberes legales, promoverá el empleo positivo del tiempo libre y estimulará la actividad física mediante la creación de la semana deportiva del adulto mayor en el marco del festival de verano.

Artículo 2°. Declarar la cuarta (4ta) semana del mes de Agosto de cada año, como la semana deportiva para el Adulto Mayor.

Artículo 3°. El Instituto de Recreación y Deporte será el encargado de elaborar la programación para la semana deportiva para el adulto mayor.

Artículo 4°. El Instituto de Recreación y Deporte adelantara campañas que promuevan hábitos de vida saludable a través de actividades lúdicas, psicofísicas y deportivas para el adulto mayor.

Artículo 5°. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá a los _______ días del mes de _______2008

HIPÓLITO MORENO

ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO

Presidente

Secretario General

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 www.med.uchile.cl

2 www.col.ops-oms.org. Derechos humanos y la Vejez.

3 www.saludalia.com