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Decreto 677 de 1972 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
20/04/1972
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital 226 de octubre 5 de 1972
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 0677 DE 1972

(Abril 20)

"Por el cual se reorganiza la Secretaría de Gobierno con fundamento en los Decretos 1395, 1425 de 1.971 y 567 de 1.972, relativos al Presupuesto de Rentas y Gastos del Distrito Especial de Bogotá y se dictan otras disposiciones"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA DISTRITO ESPECIAL

en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que le confiere el Decreto 3133 de 1.968, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Artículo 3 del Decreto 510 de 1.971, la comisión para el estudio de la Reforma Administrativa de Bogotá Distrito Especial, elaboró y recomendó un programa de desconcentración de servicios, que tendría aplicación a través de las unidades denominadas ALCALDIAS MENORES.

Que el Decreto 3133 de 1.968 y el Acuerdo 32 de 1.956 facultan al Alcalde Mayor para delegar y señalar funciones a los distintos empleos con miras a la buena marcha de la Administración Distrital.

Que en el Presupuesto Ordinario de Rentas y Gastos del Distrito Especial de Bogotá para la vigencia fiscal de 1.972 se establece el funcionamiento de dieciséis (16) Alcaldías Menores adscritas a la Secretaría de Gobierno.

Que el crecimiento progresivo de la ciudad exige un mejor servicio administrativo y de policía para todos los habitantes del territorio del Distrito Especial de Bogotá, que se logrará mediante la aplicación de las recomendaciones formuladas por la comisión de Reforma, y

Que la desconcentración de los servicios implica una atención efectiva a la comunidad por razón del conocimiento directo de los problemas locales cuya solución compete a los funcionarios asignados a las Alcaldías Menores,

Ver el Acuerdo Distrital 26 de 1972, Ver el Decreto Distrital 367 de 2001

DECRETA:

ARTÍCULO 1. En cada una de las dieciséis (16) Alcaldías Menores creadas en el Presupuesto Ordinario de Rentas y Gastos para la vigencia fiscal de 1.972, habrá un agente directo del Alcalde Mayor que se denominará Alcalde Menor, quien dirigirá la acción Administrativa y de Policía dentro del territorio de su jurisdicción y velará por cumplir y hacer cumplir la Constitución, las Leyes, los Acuerdos, los Decretos y reglamentos distritales que estén en vigencia

ARTICULO 2. Para su funcionamiento las Alcaldías Menores contarán con Inspecciones de Policía, Inspecciones Penales, Inspecciones de Obras y Ornato, Corregimientos y Divisiones especializadas encargadas de cumplir las funciones que se desconcentran de cada una de las Secretarías y Departamentos Administrativos

La jurisdicción, nomenclatura y distribución serán señaladas para cada Alcaldía Menor por los Artículos siguientes.

PARÁGRAFO. Cada División especializada de la Alcaldía Menor estará a cargo de un Inspector, Supervisor, Promotor o Director de acuerdo con la clase de servicios desconcentrados.

La nomenclatura de las subdivisiones que para la prestación de servicios se adscriben a cada Alcaldía Menor, deben corresponder a la misma numeración básica señalada para cada Alcaldía Menor

En los casos en que en una Alcaldía Menor, exista más de una División Administrativa o de Policía, éstas se identificarán por la numeración básica de la Alcaldía acompañada de letras en estricto orden alfabético

ARTICULO 3. ALCALDÍA MENOR USAQUEN. El Alcalde Menor de Usaquén ejercerá sus funciones dentro de la siguiente jurisdicción: Del límite de la Autopista del Norte en su intersección con el límite norte del Distrito y siguiendo por éste en dirección sur-oriente hasta encontrar el camino del Meta, por éste costado norte hacia el occidente hasta la calle 100, y por ésta costado norte hasta interceptar la Autopista del Norte, por ésta costa occidental hacia el norte, hasta encontrar el límite norte del Distrito, punto de partida.

A) La jurisdicción comprende los siguientes barrios:

La Calleja, Country Club, La Carolina, Bella Suiza, Ginebra, San Gabriel, Santa Ana, Escuela de Caballería, Escuela de Infantería, Rincón del Chicó, Santa Bibiana, Santa Bárbara oriental, Santa Ana occidental, Santa Bárbara central, Los Molinos del Norte, Santa Bárbara occidental, San Patricio, San Cristóbal Norte, Cedro Salazar, Los Cedros orientales Cedro Narváez, Cedritos, la Liberia, Caobos, Salazar, El Rocío, La Granja y Usaquén.

B) Dependiente de la Alcaldía Menor de Usaquén funcionará el Corregimiento de La Cita, con la siguiente jurisdicción: Partiendo del límite norte del Distrito en su intersección con la Autopista del Norte, siguiendo por el límite oriental del Distrito hasta encontrar la calle 153 y su prolongación en el camino de la Serena costado norte, por ésta hasta interceptar la Autopista del Norte, por la misma Autopista en dirección norte por el costado oriental hasta encontrar el límite norte del Distrito punto de partida.

C) La jurisdicción comprende los siguientes barrios y veredas: Barrancas, Barrancas Norte, La Liberia, San Cristóbal Norte, Santa Teresa, La Pradera Norte, Las Orquídeas, La Uribe, San Antonio Norte, San Antonio Noroccidental, San José Usaquén, El Cerezo, El Verbenal, Torca, Tibabita, y La Cita.

D) La Alcaldía Menor Usaquén tendrá las Inspecciones de Policía, Penales, Obras y Ornato, cuya nomenclatura y jurisdicción se determina a continuación:

Inspección 1 de Policía.

Inspección 1 Penal (antigua 1 Penal)

Inspección 1de Obras y Ornato (antigua 3 de Obras)

Partiendo de la Autopista del Norte en su intersección con la calle 153 y su prolongación en el camino de La Serena Costado Sur, por ésta hasta encontrar el límite oriental del Distrito, de allí hasta el camino del Meta y por este camino hasta la calle 100 costado norte, siguiendo por está calle hasta interceptar la Autopista del Norte costado oriental por está en dirección norte hasta la calle 153 costado sur, punto de partida.

E) Para efectos educativos, de Obras Públicas, salud pública, y Acción Comunal, la Alcaldía Menor Usaquén comprende las Divisiones cuya jurisdicción se especifica a continuación

Servicios de Educación

Zona 1 Educativa. Partiendo del límite de la Autopista del norte en su intersección con el límite norte del Distrito y siguiendo por este en dirección sur-oriente hasta encontrar el camino del Meta, por este costado norte, hacia el occidente hasta la calle 100, por esta calle costado norte hasta interceptar la Autopista del Norte, por esta Autopista hacia el norte hasta encontrar el límite norte del Distrito, punto de partida.

Servicios de Obras Públicas.

Zona 1 de Obras Públicas. Tendrá la misma jurisdicción de esta Alcaldía.

Servicios de Desarrollo de la Comunidad.

Zona 1 de Acción Comunal. Tendrá la misma jurisdicción de esta Alcaldía.

Zona 1 B. Tendrá la misma jurisdicción de esta Alcaldía.

ARTICULO 4. ALCALDÍA MENOR CHAPINERO. El Alcalde Menor de Chapinero ejercerá sus funciones dentro de la siguiente jurisdicción: Partiendo de la Autopista del Norte en su intersección con la calle 100 costado sur, siguiendo por está en dirección sur-oriente hasta encontrar el camino del Meta costado sur, por este camino en dirección oriente hasta interceptar el límite del Distrito, por esta carrera hasta la hoya del río San Francisco costado norte, siguiendo por esta hoya a encontrar la calle 26 costado norte, por está calle hasta la Avenida Caracas costado oriental, siguiendo por la Avenida Caracas en dirección norte hasta la Autopista del norte costado oriental, por está Autopista en la misma dirección hasta la calle 100 costado sur, punto de partida.

A) La jurisdicción comprende los siguientes barrios Sagrado Corazón, Parque Nacional, La Merced la Macarena, La Perseverancia, Bosque Izquierdo, San Diego, Samper, San Martín, Quinta Camacho, Meaux, Las Acacias, Granada, María Cristina, La Salle, Bosque Calderón, Pardo Rubio, San Martín, El Paraíso, Sucre, Marly, Chicó Norte 2 Seminario, El Refugio, Porciúncula, Rosales, Bellavista, Chicó Norte, Chicó, La Cabrera, El Retiro, El Nogal, Chicó Norte 3, Antiguo Country, Lago Gaitán, El Espartillal, Chapinero norte, Cataluña, y Chapinero.

B) La Alcaldía Menor Chapinero tendrá las Inspecciones de Policía, Penales, Obras y Ornato cuya nomenclatura y jurisdicción se determina a continuación

Inspección 2 A de Policía (antigua 27)

Inspección 2 A Penal (antigua 2 Penal)

Inspección 2 A de Obras y Ornato (antigua 2 de Obras y Ornato).

Partiendo de la Autopista del Norte en su intersección con la calle 100 costado sur, siguiendo por está en dirección oriente hasta encontrar el camino del Meta costado sur, por este camino en dirección oriente hasta interceptar el carrera del Distrito, por este límite hasta encontrar el Cerro de La Trinidad, por este en dirección Occidente hasta los Cerros de Los Andes, por estos cerros en línea recta hasta la calle 63 costado norte, por está calle hasta la Avenida Caracas, costado oriental, por la misma Avenida en dirección norte hasta encontrar la Autopista del Norte y por está Autopista hasta la calle 100 costado sur, punto de partida.

Inspección 2 B de Policía (antigua 24 de Policía)

Inspección 2 B Penal

Inspección 2 B de Obras y Ornato

Partiendo de la Avenida Caracas en su intersección con la calle 63 costado sur, siguiendo por esta calle en línea recta hasta encontrar los cerros de Los Andes, de este punto hasta encontrar los cerros de La Trinidad y por estos hasta el límite oriental del Distrito, por esta límite hasta encontrar la hoya del río San Francisco, por está hoya hasta la calle 26 costado norte, por está calle hasta la Avenida Caracas costado oriental, siguiendo por la Avenida Caracas en dirección norte hasta la calle 63 costado sur, punto de partida

C) Para efectos educativos, de obras públicas, salud pública, y Acción Comunal, la Alcaldía Menor Chapinero comprende las Divisiones cuya jurisdicción se especifica a continuación

Servicios de Educación

Zona 2. Educativa. Partiendo de la Autopista del Norte en su intersección con la calle 100 costado sur, siguiendo por está en dirección oriente hasta encontrar el camino del Meta costado sur, por este camino en dirección oriente hasta interceptar el límite del Distrito, por este límite hasta encontrar la hoya del río San Francisco costado norte, siguiendo por está hoya hasta encontrar la calle 26 costado norte, por está calle hasta la Avenida Caracas costado oriental, siguiendo por la Avenida Caracas en dirección norte, hasta la Autopista del Norte costado oriental, por está Autopista en la misma dirección hasta la calle 100 costado sur, punto de partida.

Servicios de Obras Públicas.

Zona 2 de Obras Públicas. Prestará sus servicios conjuntamente a las Alcaldías Menores Chapinero y La Candelaria. Tendrá jurisdicción dentro de todo el territorio de esta Alcaldía.

Servicios de Desarrollo de la Comunidad

Zona 2 de Acción Comunal. Tendrá la misma jurisdicción de está Alcaldía.

Servicios de Salud Pública

Zona 2 de Salud Pública. Tendrá la misma jurisdicción de está Alcaldía

ARTICULO 5. ALCALDÍA MENOR LA CANDELARIA. El Alcalde Menor de La Candelaria, ejercerá sus funciones dentro de la siguiente jurisdicción: Partiendo de la Avenida Caracas en su intersección con la calle 26 costado sur siguiendo por esta calle hacia el oriente hasta encontrar la hoya del río San Francisco, por esta hoya hasta el límite oriental del Distrito, por este límite hasta encontrar el Alto de la Viga, de este punto hacia el occidente hasta encontrar la quebrada del Chorrerón costado norte, por está quebrada hasta el perímetro urbano de Bogotá, de este punto por la Avenida 1 costado norte hasta la Avenida Caracas costado oriental, siguiendo por está Avenida en dirección norte hasta la calle 26 costado sur, punto de partida.

A) La jurisdicción comprende los siguientes barrios: La Alameda, Las Nieves, Las Aguas, Egipto, La Concordia, La Candelaria, Centro Administrativo, Santa Inés, Veracruz, La Capuchina, La Catedral, San Bernardo, Las Cruces, Santa Bárbara, Belén, El Guavio, La Peña, Los Laches, El Rocío, El Dorado, Ramírez, Girardot, San Agustín, Lourdes, La Salle.

B) La Alcaldía Menor La Candelaria tendrá las Inspecciones de Policía, Penales, Obras y Ornato y la especial de Defensa de los Monumentos Nacionales cuya nomenclatura y jurisdicción se determina a continuación:

Inspección 3. A de Policía (antigua 16)

Partiendo de la Avenida Caracas en su intersección con la calle 26 costado sur, por esta hacia el oriente hasta encontrar la carrera 3 costado occidental, por está carrera hacia el sur hasta la calle 9 costado norte, por está calle hasta la Avenida Caracas costado oriental y por está Avenida en dirección norte hasta encontrar la calle 26 punto de partida.

Inspección 3 B de Policía (Antigua 17)

Partiendo de la Avenida Caracas en su intersección con la calle 9 costado sur, hacia el oriente hasta encontrar la carrera 4 por esta hacia el sur hasta la transversal 3 costado occidental, por está transversal hasta la Avenida 1 costado norte, por la Avenida 1 en dirección occidente hasta la Avenida Caracas costado oriental y por está en dirección norte hasta la calle 9 costado sur, punto de partida.

Inspección 3 C de Policía (Antigua 18).

Partiendo de la Avenida 3 en su intersección con la calle 26 costado sur, siguiendo por está calle en dirección oriente hasta el río San Francisco, por este hasta el límite oriental del Distrito, por este límite hasta encontrar la quebrada del Chorrerón, por esta quebrada hacia el occidente hasta la Avenida 1 costado norte, por la misma Avenida a encontrar la transversal 3 siguiendo por está a encontrar la carrera 4 por esta hasta la Avenida 3 y por está a encontrar la Calle 26 costado sur, punto de partida.

Inspección 3 A Penal (antigua 3 Penal)

Partiendo de la Avenida Caracas en su intersección con la calle 26 costado sur, hacia el oriente hasta encontrar la Avenida 3 siguiendo por está hasta la carrera 3 costado occidental por ésta hasta la avenida 1 costado norte, por la misma Avenida hasta la Avenida Caracas costado oriental, por esta Avenida en dirección norte hasta la calle 26 costado sur, punto de partida.

Inspección 3 B Penal

Partiendo de la Avenida 3 en su intersección con la calle 26 costado sur, siguiendo en dirección oriente hasta encontrar el río San Francisco y por este hasta los límites orientales del Distrito, por estos hasta encontrar la quebrada del Chorrerón, por esta quebrada en dirección occidente hasta la Avenida 1, costado norte por está Avenida a encontrar la Avenida 3 siguiendo por está Avenida costado oriental en dirección norte a la calle 26 nida (sic) en dirección norte a la calle 26 costado sur, punto de partida

Inspección 3 de Obras y Ornato

Partiendo de la Avenida Caracas en su intersección con la calle 26 costado sur, hacia el oriente hasta encontrar los límites del Distrito, por esta carrera cruzando la hoya del río San Francisco en línea recta hasta el Paseo Bolívar, de este punto por la Avenida Jiménez hacia el occidente por el costado norte hasta el cruce con la carrera 10 costado occidental, por esta carrera en dirección sur hasta la calle 4 costado sur, de este punto hacia el oriente hasta encontrar los límites del Distrito, por este límite hacia el sur a encontrar el Alto de la Viga, de este punto en línea recta a la quebrada del Chorrerón costado norte, por está quebrada hasta el perímetro urbano de Bogotá, de este punto por la Avenida 1 costado norte hasta la Avenida Caracas costado oriental siguiendo por está Avenida hacia el norte hasta la calle 26 costado sur, punto de partida

Inspección 3 de Policía Especial de Defensa de Los Monumentos Nacionales

Partiendo de la carrera 10 costado occidental en su intersección con la Avenida Jiménez costado norte y siguiendo por esta Avenida hacia el oriente hasta encontrar el Paseo Bolívar, de este punto hacia el sur a encontrar la calle 4 costado sur, por la calle 4 hacia el occidente a la carrera 10 costado occidental, por está carrera en dirección norte a encontrar la Avenida Jiménez costado norte, punto de partida.

C) Para efectos educativos de obras públicas, salud pública y Acción Comunal, la Alcaldía Menor la Candelaria comprende las Divisiones cuya jurisdicción se especifica a continuación:

Servicios de Educación

Zona 3 A Educativa. Partiendo de la calle 26 costado sur, hoya del río San Francisco costado sur, carrera del Distrito costado occidental, hasta el cruce de la calle 7, continúa hacia el occidente por esta calle hasta el cruce con la Avenida 10, sigue por esta Avenida hacia el sur hasta la calle 6, por esta calle hasta el cruce con la Avenida Caracas costado oriental, por la Avenida Caracas hasta encontrar la calle 26 costado sur, punto de partida

Zona 3. B Educativa. Partiendo del límite del Distrito costado occidental hasta la quebrada del Chorrerón, quebrada del Chorrerón, costado norte y su prolongación en dirección oriente cruzando el Alto de la Viga y continúa hasta el cruce con el límite del Distrito, perímetro urbano costado occidental hasta el cruce con la Avenida 1 continúa por está Avenida costado norte hasta encontrar la Avenida Caracas, por la Avenida Caracas costado occidental hasta la calle 6 continúa hacia el norte por la Avenida 10 hasta el cruce con la calle 7, calle 7 hasta el límite del Distrito, punto de partida.

Servicios de Obras Públicas.

Zona 2 de Obras Públicas. Prestará sus servicios conjuntamente a las Alcaldías Menores de la Candelaria y Chapinero. Tendrá jurisdicción dentro de todo el territorio de está Alcaldía

Servicios de Desarrollo de la Comunidad

Zona 3 de Acción Comunal. Tendrá la misma jurisdicción de esta Alcaldía.

Servicios de Salud Pública

Zona 3 A de Salud Pública

Zona 3 B de Salud Pública

Zona 3 C de Salud Pública

Zona 3 D de Salud Pública

Zona 3 E de Salud Pública

Zona 3 F de Salud Pública

Tendrán la misma jurisdicción de ésta Alcaldía.

ARTICULO 6. ALCALDÍA MENOR ANTONIO NARIÑO. El Alcalde Menor de Antonio Nariño, ejercerá sus funciones dentro de la siguiente jurisdicción: Partiendo de la Avenida 1 por el costado sur hacia el oriente hasta encontrar el perímetro urbano de Bogotá, de este punto a encontrar la quebrada de el Chorrerón costado sur y su prolongación en dirección oriente hasta cruzar el Alto de la Viga y de este punto a interceptar el límite del Distrito costado Oriental, por este límite hasta el límite del Municipio anexada de Usme, costado nor-oriental, siguiendo por este hasta el perímetro urbano de Bogotá, de este punto siguiendo por los cerros de la Guacamaya costado oriental a encontrar la Avenida 10, por está Avenida en dirección norte, costado oriental a encontrar la Avenida 1 costado sur, punto de partida.

A)La jurisdicción comprende los siguientes barrios: Las Brisas, Buenos Aires, Vitelma, El Triángulo, Los Molinos Orientales, San Blas, San Cristóbal, Las Mercedes, La María, San Javier, Santa Ana Sur, 1 de Mayo, Velódromo, Montecarlos, Caracas, Sociego, Quinta Ramos Nariño Sur, Modelo Sur, Calvo Sur, Granada Sur, Montebello, Córdoba, Bello Horizonte, Atenas, San Pedro, Ramajal, Santa Inés, San Vicente, La Victoria, La Gloria, Los Alpes, Bella Vista Sur, San José Oriental, Altamira, Moralba, Puente Colorado, El Quindío, la Nueva Gloria, San Rafael, Juan Rey, Veinte de Julio, San Isidro, Moore, Suramérica, Las Colinas.

B) La Alcaldía Menor Antonio Nariño tendrá las Inspecciones de Policía, Penales, Obras y Ornato, cuya nomenclatura y jurisdicción se determina a continuación:

Inspección 4 A de Policía (antigua 23)

Partiendo de la Carrera 10 en su intersección con la Avenida 1 costado sur, hacia el oriente a encontrar la Carrera 3 y su prolongación hasta la carrera 2. Este costado occidental, siguiendo por la Avenida 1 de Mayo costado norte a encontrar la carrera 10 costado oriental, por está en dirección norte hasta encontrar la Avenida 1 costado sur, punto de partida.

Inspección 4 B de Policía. (Antigua 25).

Partiendo de la Carrera 10 en su intersección con la Avenida 1 de Mayo costado sur, hacia el oriente a encontrar la carrera 5 este, 4, 3, y la transversal 3 Este, por este punto hacia el sur, hasta la quebrada de las Mercedes, costado norte y de allí hasta los cerros de la Guacamaya, de este punto a encontrar la carrera 10 costado oriental, por está carrera en dirección norte a la Avenida 1 de Mayo, costado sur, punto de partida.

Inspección 4 C de Policía. (Antiguas 21 y 31).

Partiendo de la Carrera 3 Este en su intersección con la Avenida 1 costado sur, y por está en dirección oriente hasta encontrar la quebrada del Chorrerón y de este punto al Alto de la Viga, de allí a los límites del Distrito, por este límite a encontrar en dirección sur, el límite urbano de Usme, por éste límite a los cerros de la Guacamaya, de este punto en dirección nor-oriental a encontrar la carrera 5, 4, 3, y 2, este costado oriental, siguiendo por está carrera en dirección norte a encontrar la Avenida 1 costado sur, punto de partida.

Inspección 4 Penal (Antigua 4)

Inspección 4 de Obras y Ornato (Antigua 1de O.y O.) Tendrán jurisdicción en todo el territorio de está Alcaldía.

C) Para efectos educativos de Obras Públicas, Salud Pública, y Acción Comunal, la Alcaldía Menor, Antonio Nariño, comprende las divisiones cuya jurisdicción se especifica a continuación.

Servicios de Educación

Zona 4 A Educativa. Partiendo desde el límite del Distrito costado sur oriental hasta encontrar el cruce con la quebrada del Delirio, quebrada del Delirio hacia el occidente hasta el cruce con la prolongación de la calle 20 sur continúa hacia el sur hasta el cruce de la transversal 20 sur, continúa hacia el occidente por la transversal 20 sur hasta el cruce de la carrera 5 Este, desde este cruce hacia el occidente hasta la calle 20 sur costado norte, de allí hasta el cruce con la carrera 7, carrera 7 costado oriental hasta el cruce con la Avenida 1 Avenida 1 costado sur hasta el cruce con el perímetro urbano, perímetro urbano costado oriental a la quebrada del Chorrerón costado sur y su prolongación en dirección oriente hasta encontrar el Alto de la Viga y continúa hasta el cruce con el límite del Distrito costado nor-oriental, punto de partida.

Zona 4 B Educativa Partiendo del cruce de la Avenida 1 con la carrera 7 costado occidental hacia el sur hasta el cruce con la calle 20 sur, calle 20 sur hasta el cruce con la carrera 5 Este, carrera 5 Este hasta el cruce con la calle 27 sur, carrera 4 este, desde el cruce con la calle 27 sur hasta encontrar la calle 32 A Sur, Calle 32 A Sur hacia el occidente hasta el cruce con la Transversal 3 desde este punto continúa con la transversal 1 hasta el cruce con la diagonal 36 sur, diagonal 36 sur costado norte hasta el cruce con la prolongación hacia el oriente de la Avenida 10, Avenida 10, costado nor-oriental hasta el cruce con la Avenida 1, Avenida 1 hacia el oriente, hasta el cruce con la carrera 7 punto de partida

Zona 4 C Educativa. Partiendo del cruce de la quebrada del Delirio con el límite del Municipio de Usme, perímetro urbano, circunvalación del Sur, Diagonal 36 Sur, costado norte, desde el cruce con el perímetro urbano hasta el cruce con la transversal 1, Transversal 1, hacia el occidente hasta el cruce con la transversal 3, calle 32 A sur, costado sur, desde el cruce con la transversal 3 hacia el oriente hasta el cruce con la carrera 4 Este, Carrera 4 Este costado oriental, desde el cruce con la calle 32 A Sur hasta el cruce con la calle 27 Sur, Carrera 5 este hacia el norte hasta el cruce con la transversal 10A Este, Transversal 10A Este costado sur hacia el oriente, continúa hacia el norte desde el extremo oriental de la transversal 10A Sur hasta la prolongación de la calle 20 sur, continúa hacia el oriente por la quebrada del Delirio hasta el cruce del límite del Distrito, punto de partida.

Zona 4 D Educativa. Partiendo del límite del Municipio de Usme costado nor-oriental, perímetro urbano costado oriental, cerros de la Guacamayas costado oriental hasta el cruce con la Avenida 10, continúa hacia el oriente por el costado sur de la prolongación de la Avenida 10 hasta el cruce con la Diagonal 36 Sur, costado sur, por la Diagonal 36 sur hasta la transversal 4 Este, continúa hacia el sur-oriente por la transversal 4 este perpendicular a ésta continúa hacia el oriente hasta el perímetro urbano y continúa hasta el límite del Distrito, con el límite del Municipio de Usme, punto de partida.

Servicios de Obras Públicas

Zona 3 de Obras Públicas. Prestará sus servicios conjuntamente a las Alcaldías Menores Antonio Nariño y Usme. Tendrá jurisdicción dentro del territorio de está Alcaldía

Servicios de Desarrollo de la Continuidad.

Zona 4 de Acción Comunal. Tendrá la misma jurisdicción de está Alcaldía.

Servicios de Salud Pública

Zona 4 A de Salud Pública.

Zona 4 B de Salud Pública

Tendrán la misma jurisdicción de esta Alcaldía.

ARTÍCULO 7. ALCALDÍA MENOR USME. El Alcalde Menor de Usme, ejercerá sus funciones dentro de la siguiente jurisdicción: Partiendo del perímetro urbano costado sur siguiendo por el límite del Distrito hasta encontrar el carrera del Municipio de Chipaque, costado occidental, límites corregimientos Nazareth y Gutierrez costado norte carrera Municipio de Bosa y Silvania, costado oriental, perímetro urbano costado sur, punto de partida.

A) La jurisdicción comprende los siguientes barrios y veredas: Barranquillita, Santa Librada, Santa Marta, Yomasa, Cumbital, Centro, El Hato, El Arrayán, El Destino, La Cañada, Los Soches, La Represa, Olarte, Tiguaque, Uval, San Benito, Chiguaza, Tunjuelito.

B) Dependiente de la Alcaldía Menor Usme funcionarán los Corregimientos de Nazareth, Pasquilla, y San Juan de Sumapáz, con la siguiente jurisdicción:

Corregimiento de Nazareth. Por el norte vereda de Andabobos y Chochal, por el oriente con los Municipios de Une y Chipaque, Departamento del Meta, por el sur Departamento del Huila, por el Occidente Municipio de Ospina Pérez, San Bernardo Arbelaez y Fusagasuga.

Corregimiento de Pasquilla. Por el Norte, Veredas de Mochuelo y Centro Usme, Por el Oriente, Municipio de Chipaque y Une, al Sur, Vereda de las Vegas, al Occidente Municipios de Sibaté y Soacha

Corregimiento de San Juan de Sumapaz. Los límites se fijan en la extensión de los territorios de las Veredas que lo conforman a saber: Taquesitos, El Toldo, San Antonio, Santo Domingo, Chorreras, La Concentración y San Juan.

C) La Alcaldía Menor Usme, tendrá las Inspecciones de Policía y Penales, cuya nomenclatura y jurisdicción se determina a continuación:

Inspección 5 de Policía

Inspección 5 Penal (Antigua 5 Penal)

Tendrán jurisdicción en todo el territorio de está Alcaldía.

D) Para efectos educativos, de obras públicas, salud pública y Acción Comunal la Alcaldía Menor Usme comprende las zonas cuya jurisdicción se especifica a continuación:

Servicios de Educación

Zona 5 Educativa. Partiendo del perímetro urbano costado sur, límite del Distrito, límite del Municipio de Chipaque costado occidental, carrera del Corregimiento de Nazareth y Gutiérrez costado norte límite del Municipio de Bosa y Silvania costado oriental, perímetro urbano costado sur, punto de partida.

Servicios de Obras Públicas

Zona 5 de Obras Públicas. Prestará sus servicios conjuntamente a las Alcaldías Menores de Usme y Antonio Nariño, Tendrá jurisdicción dentro de todo el territorio de está Alcaldía

Servicios de Desarrollo de la Comunidad

Zona 5 de Acción Comunal. Tendrá la misma jurisdicción de esta Alcaldía.

Servicios de Salud Pública

Zona 5 A de Salud Pública

Zona 5 B de Salud Pública

Tendrá jurisdicción en todo el territorio de está Alcaldía.

ARTÍCULO 8. ALCALDÍA MENOR EL TUNAL. El Alcalde Menor de El Tunal ejercerá sus funciones dentro de la siguiente jurisdicción: Partiendo de la circunvalación del sur en su intersección con la carretera de Bosa siguiendo por está en dirección oriente hasta la Autopista del sur y por ésta en la misma dirección hasta la calle 44 sur costado sur occidente, por ésta a la carrera 33 costado nor-occidente, por este punto a la calle 47 sur costado sur-occidente por esta calle a la carrera 25 costado sur-oriente, de este punto siguiendo por la calle 46 sur costado sur-occidente hasta la Circunvalación del sur costado sur-oriente, de este punto tomando la Avenida 13 hacia el sur por el costado sur-oriente, hasta el carrera en dirección nor-occidente costado sur-oriente de Usme, de este punto siguiendo por los cerros de Quiba, en dirección nor-occidente costado oriental hasta encontrar la Circunvalación del Sur en su intersección con la carretera de Bosa, punto de partida.

A) La jurisdicción comprende los siguientes Barrios: San Vicente Ferrer, Venecia, Venecia occidental, Escuela de Policía, Muzú, Samoré, El Carmen, Fátima, Nuevo Muzú, Tunal Occidental, Tunal Central, Tunal Comercial, San Carlos, Marco Fidel Suárez, San Jorge Sur, Granjas de San Pablo, Resurrección, Molinos del Sur, Abraham Lincoln, Tunjuelito, San Benito, Las Acacias, San Francisco, Méjico, Area Artillería, Lucero del Sur, Lucero Alto, La Ronda, Mochuelo, Las Manas, y el Tunal

B) La Alcaldía Menor El Tunal, tendrá las Inspecciones de Policía, Penales, Obras y Ornato cuya nomenclatura y jurisdicción se determina a continuación:

Inspección 6. A de Policía. (Antigua 2)

Partiendo de la Circunvalación del sur de su intersección con la carretera a Bosa, siguiendo por está en dirección oriente hasta encontrar la Autopista hacia el sur y por ésta en la misma dirección hasta la calle 44 sur costado sur occidente, por ésta a la carrera 33 costado nor.-occidente, por este punto a la calle 47 sur costado sur-occidente por esta en dirección occidente en línea recta hasta encontrar los cerros de Quiba, por estos Cerros en dirección nor-oriente hasta la Circunvalación del Sur en su cruce con la carretera a Bosa, punto de partida.

Inspección 6 B de Policía (Antigua 1)

Partiendo de los Cerros de Quiba, en su intersección en línea recta hacia el oriente hasta encontrar la calle 47 sur costado sur-occidente, por esta a la Carrera 25, costado sur oriente, de este punto siguiendo por la calle 46, costado sur occidente, hasta la Circunvalación del sur, costado sur-oriente, por este punto se toma la Avenida 13 hacia el sur por el costado sur occidente hasta el límite de Usme, por este límite hasta encontrar los Cerros de Quiba, costado oriental y por estos hasta el punto de partida.

Inspección 6 Penal (Antigua 6)

Inspección 6 de Obras y Ornato

C) Para efectos educativos, de Obras públicas, salud pública y Acción Comunal la Alcaldía Menor El Tunal comprende las zonas cuya jurisdicción se especifica a continuación:

Servicios de Educación

Zona 6 A Educativa. Partiendo del cruce de la calle 46 sur, con la Avenida Caracas hasta el cruce con la intersección de la Avenida 13 continúa hacia el sur-occidente por la Avenida Caracas hasta el cruce con la Avenida Boyacá y con la Circunvalación del sur, continúa hacia el sur por la Circunvalación del sur hasta el cruce con el río Tunjuelito, continúa por el río Tunjuelito hasta la altura del cruce de la Avenida Boyacá por la Carrera 27, continúa por la carrera 27 hacia el nor-occidente hasta el cruce con la calle 47 sur, calle 47 sur hasta el cruce con la carrera 19 continúa hacia el sur-oriente por la carrera 46 sur, hasta el cruce por la Avenida Caracas, punto de partida.

Zona 6 B Educativa. Partiendo del cruce de la Avenida 13 con el perímetro urbano Avenida 13 costado sur-oriente, hacia el cruce con la carrera 25, de este cruce en dirección sur-occidente con la carrera 27 costado sur occidente hasta la Avenida Boyacá, se continúa hacia el sur en dirección perpendicular al río Tunjuelito hasta el cruce con éste, continúa hacia el sur-oriente por el río Tunjuelito hasta el cruce con la Circunvalación del sur en una distancia de 900 metros en dirección occidente, se desvía hacia el sur 300 metros continúa en una distancia de 400 metros, en dirección occidente hasta el cruce con el perímetro urbano, perímetro urbano costado nor-oriente, hasta el cruce con la Avenida 13, punto de partida.

Zona 6 C Educativa. Partiendo del cruce de una línea de 400 metros de larga en dirección oriente hasta el cruce con una línea de 300 metros en dirección nor-oriente, hasta el cruce con la Circunvalación del Sur, Circunvalación del sur, costado sur hasta el cruce con el río Tunjuelito, río Tunjuelito costado sur hasta el cruce con el perímetro urbano, perímetro urbano costado sur-occidente, perímetro urbano costado norte hasta el cruce con el punto de partida.

Zona 6 D Educativa. Partiendo del cruce de la Circunvalación del sur, con la carretera a Bosa, Carretera a Bosa costado sur hasta el cruce con los cerros de Quiba costado nor-oriente, hasta el cruce con el río Tunjuelito, río Tunjuelito costado oriental hasta el cruce con la Circunvalación del Sur, continúa en dirección nor-oriente por la Avenida Caracas hasta la Intersección de la Avenida 13, continúa por ésta hasta el cruce con la carretera a Bosa, punto de partida.

Servicios de Obras Públicas.

Zona 4 de Obras Públicas. Prestará sus servicios conjuntamente a la Alcaldía Menor de El Tunal y Bosa. Tendrá jurisdicción dentro de todo el territorio de esta Alcaldía.

Servicios de Desarrollo de la Comunidad

Zona 6 de Acción Comunal. Tendrá la misma jurisdicción de esta Alcaldía.

Servicios de Salud Pública

Zona 6 A de Salud Pública

Zona 6 B de Salud Pública

Zona 6 C de Salud Pública

Tendrán jurisdicción en todo el territorio de esta Alcaldía.

ARTÍCULO 9. ALCALDÍA MENOR BOSA. El Alcalde Menor de Bosa ejercerá sus funciones dentro de la siguiente jurisdicción: Partiendo del río Bogotá en el cruce con el camino de Osorio, costado sur occidente, siguiendo por este al camino de Margarita, costado occidente, por este camino al camino de Escocia, costado nor.-oriente, siguiendo por este camino al camino de la Paz costado sur, por éste al río Tunjuelito costado sur, siguiendo el río Tunjuelito hasta el cruce con el ferrocarril del sur costado nor.-occidente de este punto siguiendo por la Circunvalación del sur costado occidente a los cerros de Quiba, por estos Cerros a encontrar el perímetro urbano costado occidental, perímetro del Municipio de Bosa costado oriental, río Bogotá, costado sur-oriente hasta encontrar el camino de Osorio, punto de partida.

A) La jurisdicción comprende los siguientes Barrios

San Pablo, San Bernandino, Nueva Granada, la Paz, Escocia, Paso Ancho, Jiménez de Quesada y Bosa.

B)Dependiente de la Alcaldía Menor Bosa, funcionará el Corregimiento Ismael Perdomo, con la siguiente jurisdicción: Partiendo de la Autopista del Sur, costado sur en su prolongación con la línea del ferrocarril del sur, hasta encontrar los cerros de Quiba costado occidental, por éstos hasta interceptar el límite urbano de Usme, de éste punto hasta el límite sur del Distrito, de allí hasta el límite del Municipio de Bosa-Soacha, costado oriental, por este punto a encontrar el ferrocarril del sur en su intersección con la Autopista del Sur, costado sur punto de partida.

C) La Alcaldía Menor Bosa, tendrá las Inspecciones de Policía, Penales, cuya nomenclatura y jurisdicción se determinan a continuación:

Inspección 7 de Policía Inspección 7 Penal

Tendrán jurisdicción en todo el territorio de está Alcaldía.

D) Para efectos educativos, de obras Públicas, salud Pública y Acción Comunal, la Alcaldía Menor Bosa, comprende las zonas cuya jurisdicción se especifica a continuación:

Servicios de Educación

Zona 7 A Educativa. Partiendo del camino de Osorio costado occidente, camino de Margarita, camino de Escocia costado nor-oriente, camino de la Paz, costado sur, río Tunjuelito costado sur, ferrocarril del sur, costado occidente, Circunvalación del sur, costado occidente hasta el cruce con el perímetro urbano, perímetro urbano costado nor- occidente hasta el cruce con el río Bogotá, río Bogotá, costado sur-oriente hasta el camino de Escocia, costado sur-occidente, punto de partida.

Zona 7 B Educativa. Partiendo del Perímetro urbano, costado sur-oriental, hasta el cruce con el costado nor-oriental del perímetro urbano, cerros de Quiba, perímetro urbano costado sur, perímetro del Municipio de Bosa costado oriental, límite del Distrito, costado oriental hasta el cruce con el perímetro urbano, punto de partida.

Servicios de Obras Públicas.

Zona 4 de Obras Públicas. Prestará sus servicios conjuntamente a las Alcaldías Menores de Bosa y el Tunal. Tendrá jurisdicción en todo el territorio de esta Alcaldía

Servicios de Desarrollo de la Comunidad

Zona 7 de Acción Comunal. Tendrá la misma jurisdicción de esta Alcaldía

Servicios de Salud Pública

Zona 7 de Salud Pública

Tendrá jurisdicción en todo el territorio de esta Alcaldía.

ARTÍCULO 10. ALCALDÍA MENOR KENNEDY. El Alcalde Menor de Kennedy, ejercerá sus funciones dentro del territorio de esta Alcaldía: Partiendo del río Fucha en su intersección con la carrera 68 costado occidental, y por ésta en dirección sur hasta la Autopista del Sur costado norte, por esta Autopista al Ferrocarril del Sur, costado sur, de este punto al río Tunjuelito costado nor-oriente, por este río hasta encontrar el Camino de la Paz costado oriental, camino de Escocia, costado sur, camino de Margarita costado oriental, Camino de Osorio costado nor-oriental hasta encontrar el río Bogotá, por este río costado oriental hasta encontrar el canal del río Fucha costado sur, por este canal hasta encontrar la carrera 68 costado occidental, punto de partida.

A) La jurisdicción comprende los siguientes barrios: Hipotecho, Hipotecho sur, Provivienda, provivienda oriental, provivienda occidental, la Chucua, Timiza, Marsella, Bavaria, La Castilla, Techo, Pio XII, Las Delicias, Alquería, La Fragua, Camelia, Cooperativa de suboficiales, Kennedy Norte, Kennedy Sur, Kennedy oriental, y Ciudad Kennedy.

B) La Alcaldía Menor Kennedy tendrá las Inspecciones de Policía, Penales, Obras y Ornato, cuya nomenclatura y jurisdicción se determina a continuación:

Inspección 8 A de Policía (antigua 43)

Partiendo de la transversal 72 en su intersección con la Avenida de las Américas costado sur, por está en dirección sur y siguiendo la carrera 68 costado sur, a encontrar la Autopista del sur, Ferrocarril del sur, río Tunjuelito, transversal 72, costado oriental, hasta encontrar la Avenida de las Américas, costado sur, punto de partida.

Inspección 8 B de Policía (antigua 41).

Partiendo del río Tunjuelito en su cruce con la Avenida de las Américas y por ésta en dirección oriente, hasta la transversal 72, por está hasta el río Tunjuelito y siguiendo la línea del río Tunjuelito hasta encontrar la prolongación de las Avenida de las Américas, punto de partida.

Inspección 8 C de Policía (antigua 44)

Partiendo del río Bogotá en su intersección con el Canal del Río Fucha costado sur, por este canal hasta encontrar la Avenida del Centenario costado sur, por está Avenida a la carrera 68 costado occidental, de este punto en dirección sur hasta encontrar la Avenida de las Américas, costado norte, por esta Avenida hasta el río Tunjuelito costado norte, por este río a encontrar el camino de la Paz costado oriental, Camino de Escocia costado sur, camino de las Margaritas costado sur-oriental, camino de Osorio costado oriental, siguiendo por este camino hasta el río Bogotá, costado sur, punto de partida.

Inspección 8 Penal (antigua 9)

Inspección 8 de Obras y Ornato (antigua 4 de O. y O) Tendrán jurisdicción en todo el territorio de esta Alcaldía.

C) Para efectos educativos, de obras Públicas, salud pública y Acción Comunal, la Alcaldía Menor Kennedy, comprende las Divisiones cuya jurisdicción se especifica a continuación:

Servicios de Educación

Zona 8 A Educativa. Partiendo del cruce de la Avenida de las Américas por la carrera 68, carrera 68 costado occidental hasta el cruce con la Autopista del Sur, Autopista del sur costado norte, ferrocarril del sur, costado sur, línea del río Tunjuelito, hasta la carrera 72 límite occidental del Parque de Timiza, 400 metros sobre el costado oriental de la carrera 73, continúa en dirección oriente por el Parque Timiza hasta el cruce con el Ferrocarril del Sur, de este punto continúa en dirección norte por una línea de 1.100 metros hasta el cruce con la Avenida Boyacá, Avenida Boyacá costado oriental hasta el cruce con la Avenida de las Américas, Avenida de las Américas costado sur, hasta el cruce con la carrera 68 punto de partida.

Zona 8 B Educativa. Partiendo de la carrera 68 costado occidental, desde el cruce con la Avenida Centenario hasta el cruce con la Avenida de las Américas, Avenida de las Américas, costado nor-occidental, desvía por la prolongación de la calle 33 sur, hasta el cruce con el perímetro urbano, perímetro urbano costado nor-occidental hasta el cruce con la transversal V-3, Transversal V-3 hasta el cruce con la Avenida regional longitudinal, por está Avenida hasta el cruce del camino de Osorio, costado nor-oriente, río Bogotá costado oriental, hasta la desembocadura del río Fucha, río Fucha, costado sur hasta el cruce con la Avenida Boyacá Avenida Boyacá, hasta el cruce con la Avenida Centenario, Avenida Centenario costado sur, hasta el cruce con la carrera 68, punto de partida.

Zona 8 C Educativa. Partiendo de la Avenida Boyacá costado occidental por el cruce de la Avenida de las Américas, hasta la carrera 64, carrera 64 hasta la Avenida Boyacá, por esta hasta la calle 36 B, por ésta hasta el cruce con la carrera 72, por ésta costado oriental hasta la diagonal 30, Diagonal 30 costado norte, hasta la calle 40 sur, calle 40 sur costado nor-oriental, hasta el cruce con la carrera 76, carrera 76 costado oriental, hasta el cruce con la calle 33, calle 33 costado sur, hasta el cruce con la carrera 75, carrera 75 costado oriental, hasta la calle 21 sur, por está en dirección nor-occidente, hasta el cruce con la Avenida de las Américas, a 600 metros de la Avenida Boyacá, punto de partida.

Zona 8 D Educativa. Partiendo desde un punto sobre la Avenida de las Américas, a 600 metros de distancia, al occidente del cruce con la Avenida Boyacá, Avenida de las Américas, costado oriental desvía por la prolongación de la calle 33 sur, hasta el cruce con el perímetro urbano, perímetro urbano costado sur-oriente, hasta el cruce con la transversal, por esta, hasta encontrar la Avenida Regional longitudinal, costado sur-oriente, por está regional hasta el cruce con el camino de Osorio, de Margarita, de Escocia, costado sur, camino de la Paz, costado oriental, río Tunjuelito costado nor-oriente, hasta la carrera 73, límite occidental del Parque Timiza, 400 metros sobre el costado occidental de la carrera 73, continúa por una línea en dirección oriente por el Parque Timiza hasta el cruce con el ferrocarril del sur, de este punto continúa en dirección norte en una línea de 1.100 metros hasta el cruce con la carrera 64, por ésta hasta la calle 38 B por está costado sur, hasta la carrera 72, por este costado occidente hasta la Diagonal 30, por ésta hasta el cruce con la calle 40 sur, por ésta costado sur occidente hasta la carrera 76, por ésta hasta la calle 33 sur, por está costado norte hasta el cruce con la calle 75, carrera 75 costado occidental hasta el cruce con la calle 21 sur, dirección nor-occidente, hasta el cruce con la Avenida de las Américas, punto de partida.

Servicios de Obras Públicas

Zona 5 de Obras Públicas. Prestará sus servicios conjuntamente a las Alcaldías Menores de Kennedy y Fontibón. Tendrá jurisdicción en todo el territorio de está Alcaldía.

Servicios de Desarrollo de la Comunidad

Zona 8de Acción Comunal. Tendrá la misma jurisdicción de esta Alcaldía.

Servicios de Salud Pública

Zona 8 A de Salud Pública.

Zona 8 B de Salud Pública

Zona 8 C de Salud Pública

Tendrán jurisdicción en todo el territorio de está Alcaldía.

ARTICULO 11. ALCALDÍA MENOR FONTIBON. El Alcalde Menor de Fontibón ejercerá sus funciones dentro de los siguientes límites: Partiendo de la Autopista El Dorado en su intersección con la carrera 68 costado occidental, por ésta hacia el sur hasta encontrar la Avenida Centenario costado norte, por esta Avenida a encontrar el Canal del Río Fucha costado norte, y por este canal hasta su desembocadura en el río Bogotá, por el río Bogotá, costado oriental hasta encontrar el camino de Engativá, por este camino hasta la Autopista El Dorado, punto de partida.

A) La jurisdicción comprende los siguientes barrios: Versalles, La Cabaña, San José, Aeropuerto El Dorado, Puerta de Teja, Villemar, Ferrocaja, Guadual, El Carmen, Belén, Santa Cecilia, Modelia, Modelia occidental, Montevideo, Capellanía, Granjas de Techo, Centro Fontibón y Fontibón.

B) La Alcaldía Menor Fontibón tendrá las Inspeccione de Policía, Penales, Obras y Ornato cuya nomenclatura y jurisdicción se determinan a continuación.

Inspección 9 de Policía

Inspección 9 Penal (antigua 10 Penal)

Inspección 9 de Obras y Ornato

Tendrán jurisdicción en todo el territorio de esta Alcaldía.

C) Para efectos educativos de obras públicas, salud pública, y Acción Comunal, la Alcaldía Menor Fontibón, comprende las Divisiones cuya jurisdicción se especifica a continuación

Servicios de Educación.

Zona 9 Educativa. Partiendo del camino de Engativá costado sur, Autopista El Dorado costado sur, carrera 68 costado occidente, Avenida Centenario costado norte, canal del Río Fucha costado norte, río Bogotá, costado oriente, camino de Engativá, punto de partida.

Servicios de Obras Públicas.

Zona 5 de Obras Públicas Prestará sus servicios conjuntamente a las Alcaldías Menores de Fontibón y Kennedy. Tendrá jurisdicción en todo el territorio de esta Alcaldía

Servicios de Desarrollo de la Comunidad

Zona 9 de Acción Comunal. Tendrá la misma jurisdicción de está Alcaldía.

Servicios de Salud Pública

Zona 9 de Salud Pública Tendrá jurisdicción en todo el territorio de esta Alcaldía.

ARTÍCULO 12. ALCALDÍA MENOR ENGATIVA. El Alcalde Menor de Engativá tendrá jurisdicción y ejercerá sus funciones dentro de los siguientes límites "Partiendo del río Bogotá, en su intersección con el río Juan Amarillo, y siguiendo por este costado sur hacia el oriente a encontrar el río Salitre y por este río hasta el cruce con la carrera 68 costado occidental, por está carrera hacia el sur occidente hasta la avenida del Centenario, por esta Avenida a tomar la Autopista de El Dorado costado norte y siguiendo por esta Autopista hasta el camino de Engativá costado norte y por este camino hasta su cruce en el río Bogotá por la línea del río Bogotá en dirección norte hasta encontrar la desembocadura del río Juan Amarillo en el río Bogotá, punto de partida.

A)La jurisdicción comprende los siguientes barrios: Estrada, Estradita, Paloblanco, Bella Vista, Bosque Popular, Jardín Botánico, Normandía, la Cabaña, El Laurel, Minuto de Dios, Santa María del Lago, Boyacá, El Real, El Encanto, Normandía occidental, San Ignacio, Santa Helenita, Tabora, la Granja, París Agitan, Autopista A Medellín, La Soledad Norte, Los Cerezos, La Primavera, La Española, Andalucía, Quirigua, París, Florencia, Floridablanca, Bolivia, El Cedro, Floridablanca norte, Las Ferias, Las Ferias occidental, Bonanza, Engativá

B) La Alcaldía Menor Engativá, tendrá las Inspecciones de Policía, Penales, Obras y Ornato, cuyas nomenclatura y jurisdicción se determina a continuación:

Inspección 10 A de Policía (antiguas 34 y 37)

Partiendo de la carrera 62 en su intersección con el río Salitre costado sur, por este río hacia el oriente, hasta encontrar la carrera 68, por está carrera hasta la Autopista el Dorado, por esta Autopista hacia el occidente costado norte hasta encontrar la carrera 62 costado oriental, por está carrera en dirección norte hasta el río Salitre costado sur, punto de partida.

Inspección 10 B de Policía (Antigua 33).

Partiendo de la carrera 86 en su intersección con el río Salitre costado sur, por este río hacia el oriente hasta encontrar la carrera 62, por está carrera hasta la Autopista el Dorado costado occidental, por está Autopista hacia el occidente costado norte a encontrar la carrera 86 costado oriental, por está carrera en dirección norte hasta el río Salitre, costado sur, punto de partida.

Inspección 10 C de Policía (antigua 32)

Partiendo del río Juan Amarillo en su cruce con el río Bogotá costado sur, río Juan Amarillo hacia el oriente hasta encontrar el río Salitre costado sur, en este punto hacia el sur por la carrera 86 costado occidental hasta encontrar la Autopista El Dorado, siguiendo por esta Autopista a encontrar el camino de Engativá costado norte por este camino hasta el cruce con el río Bogotá, siguiendo por el río Bogotá, costado oriental, a encontrar el río Juan Amarillo costado sur, punto de partida.

Inspección 10 Penal (antigua 11 Penal)

Inspección 10 de Obras y Ornato (antigua 5 de Obras).

Tendrán jurisdicción en todo el territorio de esta Alcaldía.

C) Para efectos educativos, de Obras Públicas, Salud Pública y Acción Comunal la Alcaldía Menor Engativá comprende las zonas cuya jurisdicción se especifica a continuación:

Servicios de Educación

Zona 10 A Educativa. Partiendo del cruce del río Salitre por la Avenida Boyacá, río Salitre costado sur-occidental hasta el cruce con la carrera 68, carrera 68 costado occidental hasta el cruce con la Avenida el Dorado, Avenida El Dorado costado norte hasta el cruce con la Avenida Boyacá, Avenida Boyacá costado oriente hasta el cruce con el río Salitre, punto de partida.

Zona 10 B Educativa. Partiendo del Río Juan Amarillo costado sur, desde su desembocadura en el río Bogotá, hasta cuando se convierte en el río Salitre, río Salitre costado sur hasta el cruce con la Avenida Boyacá, Avenida Boyacá costado occidental hasta el cruce con la Avenida de Chile, Avenida de Chile costado norte hasta el punto en donde se desvía hacia el sur, de este punto 650 metros en dirección occidente hasta el cruce con el río Bogotá, Río Bogotá costado oriental hasta la desembocadura del río Juan Amarillo, punto de partida.

Inspección 10 C Educativa. Partiendo del cruce del río Bogotá, con una línea de 50 metros de longitud, prolongación de la Avenida de Chile, Avenida de Chile costado sur-occidental hasta el cruce con la Avenida Boyacá, costado occidental, hasta el cruce con la Avenida El Dorado, Avenida el Dorado costado nor-oriental, camino a Engativá costado norte hasta el río Bogotá, por este costado oriental hasta el cruce con la línea prolongación de la Avenida de Chile punto de partida.

Servicios de Obras Públicas

Zona 6 de Obras Públicas. Prestará sus servicios conjuntamente a las Alcaldías Menores de Engativá y Suba.

Tendrá jurisdicción en todo el territorio de está Alcaldía.

Servicios de Desarrollo de la Comunidad.

Zona 10 de Acción Comunal. Tendrá la misma jurisdicción de esta Alcaldía.

Servicios de Salud Pública

Zona 10 A de Salud Pública.

Zona 10 B de Salud Pública

Zona 10 C de Salud Pública

Zona 10 D de Salud Pública

Zona 10 E de Salud Pública

Zona 10 F de Salud Pública

Tendrán jurisdicción en todo el territorio de esta Alcaldía.

ARTICULO 13. ALCALDÍA MENOR SUBA. El Alcalde Menor de Suba ejercerá sus funciones dentro de la siguiente jurisdicción: Partiendo del río Bogotá, en su intersección con la Autopista del Norte costado occidental, siguiendo por esta Autopista en dirección sur hasta encontrar la calle 100 costado nor-occidental, por está calle hasta el cruce con el río Salitre costado norte por este río a encontrar el río Juan Amarillo y por este río hasta su desembocadura en el río Bogotá, costado norte, río Bogotá costado oriental hasta encontrar su cruce en la Autopista del norte, costado occidental punto de partida.

A) La jurisdicción comprende los siguientes barrios: Granada norte, Britalia, Canta Gallo, La Victoria, Prado Pinzón, Prado Veraniego, Prado norte, Prado, San José, Ciudad Jardín del Norte, Niza, Mónaco, San José de Bavaria, Prado Sur, El Batán, Los Lagartos, Estoril, Pasadena, Puente Largo, Santa Rosa, Potosí, Julio Flórez, San Francisco, Niza Suba, Nueva Suba El Delirio, Villa Elisa Alta, Villa Elisa Baja, La Provenza, Villa Emma, La Esperanza, Costa Rica, La Manuelita, El Toberín, La Palma, La Aldea, La Escuela, El Rincón, Sector El Condor, Naranjos Altos, Naranjos Bajos, Veredas: El Rincón, El Salitre, Tuna Alta y Tuna Baja, Casablanca, Tibabuyes, Java, El Rincón de Java, San Jorge, Las Flores, Suba, La Conejera y baja en línea oblicua de 3.000 metros de longitud en dirección nor-occidente hasta el límite del Distrito y río Bogotá costado sur-oriental hasta el cruce con la Autopista del Norte, punto de partida.

Zona 11 B Educativa. Partiendo del cruce del río Bogotá con una línea oblicua de 3.000 metros de longitud en dirección nor-oriental hasta el límite occidental del norte de La Conejera, bordea el norte de La Conejera hasta donde empieza el límite del Distrito, límite del perímetro urbano costado occidental hasta el cruce con el Río Salitre, continúa por el río Salitre costado nor-oriental hasta el sitio en donde éste se transforma en el río Juan Amarillo, por ésta hasta su desembocadura en el río Bogotá, Río Bogotá, costado oriental, hasta el punto de partida.

Servicios de Obras Públicas

Zona 6 de Obras Públicas. Prestará sus servicios conjuntamente a las Alcaldías Menores de Suba y Engativá. Tendrá jurisdicción en todo el territorio de está Alcaldía.

Servicios de Desarrollo de la Comunidad

Zona 11 de Acción Comunal. Tendrá la misma jurisdicción de esta Alcaldía.

Servicios de Salud Pública

Zona 11 A de Salud Pública.

Zona 11 B de Salud Pública

Tendrán jurisdicción en todo el territorio de esta Alcaldía.

ARTÍCULO 14. ALCALDÍA MENOR EL SALITRE. El Alcalde Menor de El Salitre ejercerá sus funciones dentro de la siguiente jurisdicción: Partiendo de la calle 100 en su intersección con la Autopista del Norte costado occidental, siguiendo por esta en dirección sur, hasta encontrar la calle 63 costado norte, por esta calle hasta la carrera 68 costado oriental y por esta carrera hasta la calle 100 punto de partida.

A) La Jurisdicción comprende los siguientes barrios: Gaitán, doce de Octubre, San Fernando, San Fernando Occidental, Simón Bolívar, La Libertad, La Merced Norte, Alcázares, Colombia, Concepción norte, Baquero, La Esperanza, Muequetá, Quinta Mutis, Benjamín Herrera, la Paz, Siete de Agosto, Rafael Uribe, Polo Club, Juan XXIII, San Felipe, Alcázares Norte, Once de Noviembre, Santa Sofía, San Miguel, La Aurora, El Rosario, Popular Modelo, José Joaquín Vargas, La Castellana, Ríonegro, Los Andes, Patria.

B) La Alcaldía Menor El Salitre, tendrá las Inspecciones de Policía, Penales, Obras y Ornato, cuya nomenclatura y jurisdicción se determina a continuación:

Inspección 12 A de Policía (antigua 35)

Partiendo de la carrera 68 en su intersección con la calle 100 costado sur, hasta la Autopista del norte costado occidental, de este punto siguiente por la línea del ferrocarril del norte hasta la carrera 68, por esta carrera hasta la calle 100 costado sur, punto de partida.

Inspección 12 B de Policía (Antigua 26)

Partiendo de la línea del ferrocarril del Nordeste en su intersección con la Autopista del Norte, siguiendo por esta hasta la calle 68 costado norte, hasta encontrar la línea del Ferrocarril del Nordeste, punto de partida.

Inspección 12 C de Poiicf5 (Antigua 36)

Partiendo de la Carrera 68, en su intersección con la calle 68, siguiendo por esta calle hasta la Autopista del Norte y por esta a la Avenida Caracas hasta la calle 63 costado norte, de este punto a la carrera 68 costado oriental de este punto hacia el norte hasta encontrar la calle 68, punto de partida.

Inspección 12 Penal (Antigua 15 Penal)

Inspección 12 de Obras y Ornato (Antigua 6 de Obras)

Tendrán jurisdicción en todo el territorio de esta Alcaldía.

C) Para efectos educativos, de Obras Públicas, Salud Pública, y Acción Comunal, la Alcaldía Menor El Salitre comprende las zonas cuya jurisdicción se especifica a continuación

Servicios de Educación

Zona 12 A Educativa. Partiendo del cruce de la Autopista del Norte, por el Ferrocarril del Norte, Autopista del Norte costado occidental hasta el cruce de la Avenida 63, Avenida 63 costado norte hasta el cruce de la Avenida Ciudad de Quito, por este costado nor-occidental hasta el cruce con la Autopista del Norte, punto de partida.

Zona 12 B Educativa. Partiendo del cruce de la calle 100 con el río Salitre, calle 100 costado norte, hasta el cruce con la Autopista del Norte, Autopista del Norte costado occidental hasta el cruce con el ferrocarril del Norte, Ferrocarril del Norte costado nor-occidental hasta el cruce con la Avenida Ciudad de Quito, desde el cruce de la Avenida Ciudad de Quito con el río Salitre costado nor-oriental del río Salitre hasta su cruce con la calle 100 punto de partida.

Zona 12 C Educativa. Partiendo del cruce del río Salitre con la calle 100 costado sur-occidental del río Salitre, hasta el cruce con el ferrocarril del Norte, continúa por la Avenida Ciudad de Quito hasta el cruce con la calle 63, calle 63 costado nor-oriental hasta el cruce con la Avenida de El Espectador continúa por esta Avenida hasta el cruce con el Río Salitre, punto de partida.

Servicios de Obras Públicas

Zona 7 de Obras Públicas. Prestará sus servicios conjuntamente a las Alcaldías Menores de El Salitre y El Camín. Tendrá jurisdicción en todo el territorio de esta Alcaldía.

Servicios de Desarrollo de la Comunidad

Zona 12 de Acción Comunal. Tendrá la misma. Jurisdicción de esta alcaldía.

Servicios de Salud Pública.

Zona 12 A de Salud Pública

Zona 12 B de Salud Pública.

Zona 12 C de Salud Pública

Zona 12 D de Salud Pública.

Tendrán jurisdicción en todo el territorio de está Alcaldía.

ARTICULO 15. ALCALDÍA MENOR EL CAMPÍN. El Alcaldía Menor de El Campín, ejercerá sus funciones dentro de la siguiente jurisdicción: Partiendo de la carrera 68 en su intersección con la calle 63 costado sur, hacia el oriente, hasta encontrar la Avenida Caracas costado occidental, siguiendo por esta hacia el sur hasta la calle 26 por esta calle costado norte a encontrar la Avenida de Las Américas, por esta Avenida hasta la calle 19, por esta calle y su prolongación en el Ferrocarril de Cundinamarca, costado norte, hasta la carrera 68, por la carrera 68 en dirección norte hasta la calle 63, punto de partida.

A) La jurisdicción comprende los siguientes barrios: la Magdalena, La Soledad, Santa Teresita, Teusaquillo, Armenia, La Estrella, Las Américas, San Luis, Chapinero, Chapinero occidental, Quesada, Palermo, Belalcázar, Sears, Banco Central, Alfonso López, Nicolás de Federmán Ciudad Universitaria, Paulo VI, El Salitre, Centro Administrativo Nacional, Acevedo Tejada, El Recuerdo, Gran América, Centro Nariño, Quinta Paredes, Ortezal, La Esmeralda, Campín occidental, y el Campín.

B) La Alcaldía Menor El Campín tendrá las Inspecciones de Policía, Obras y Ornato, cuya jurisdicción y nomenclatura se determina a continuación.

Inspección 13 A de Policía (Antigua 22)

Inspección 13 A de Obras y Ornato.

Partiendo de la carrera 30 en su intersección con la calle 63 costado sur, siguiendo por está calle, hacia el oriente, hasta encontrar la Avenida Caracas costado occidental, por está en dirección sur hasta la calle 26 costado sur, por está calle hasta la carrera 30 costado oriental, siguiendo por esta carrera hasta la calle 63, punto de partida.

Inspección 13 B de Policía (Antigua 38)

Inspección 13 B de Obras y Ornato

Partiendo de la carrera 68 en su intersección con la calle 63 y siguiendo por esta en dirección oriente hasta la carrera 30, por esta carrera costado occidental hasta la calle 26, por esta calle a la Avenida de las Américas y por esta Avenida a la calle 19 costado norte hasta encontrar la carrera 68, por esta carrera hasta el norte hasta la calle 63, punto de partida.

Inspección 13 Penal (Antigua 20 Penal) Tendrán jurisdicción en todo el territorio de esta Alcaldía.

C) Para efectos educativos de obras públicas, Salud Pública, y Acción Comunal, la Alcaldía Menor El Campín comprende las Divisiones cuya jurisdicción se especifica a continuación:

Servicios de Educación

Zona 13 Educativa. Partiendo de la calle 63 costado sur, Avenida Caracas costado occidente, calle 26 costado norte, Avenida de Las Américas costado nor-occidente, calle 19 prolongación del ferrocarril de Cundinamarca, carrera 68 costado oriental, hasta encontrar el punto de partida.

Servicios de Obras Públicas

Zona 7 de Obras Públicas. Prestará sus servicios conjuntamente a las Alcaldías Menores de El Campín y El Salitre. Tendrá jurisdicción en todo el territorio de está Alcaldía.

Servicios de Desarrollo de la Comunidad

Zona 13 de Acción Comunal. Tendrá la misma jurisdicción de esta Alcaldía.

ARTICULO 16. ALCALDÍA MENOR LOS MARTIRES. El Alcalde Menor de Los Mártires, ejercerá sus funciones dentro del territorio de su jurisdicción:

Partiendo de la carrera 30 en su intersección con la Avenida de las Américas, siguiendo por esta hasta encontrar la calle 26 costado sur, por esta calle hacia el oriente hasta la Avenida Caracas, por la Avenida Caracas hacia el sur hasta la Avenida 1 costado norte, por esta Avenida hasta la carrera 30 y por la carrera 30 hasta la Avenida de las Américas, punto de partida.

A) La jurisdicción comprende los siguientes barrios: Ricaurte, la Sabana, Voto Nacional, Estanzuela, Eduardo Santos, El Vergel, Santa Isabel, Santa Isabel Sur, Veraguas, La Pepita, El Progreso, la Florida, Cementerio Central, La Favorita, San Victorino, El Listón, Paloquemao, Samper Mendoza, Santa Fe.

B) La Alcaldía Menor Los Mártires, tendrá las Inspecciones de Policía, Penales, Obras y Ornato, y la jurisdicción y nomenclatura que se determina a continuación:

Inspección 14 A de Policía (Antigua 14")

Inspección 14 A Penal (Antigua 39)

Partiendo de la carrera 30 en su intersección con la Avenida de las Américas, siguiendo por ésta hasta la calle 26 por esta calle hacia el oriente hasta la Avenida Caracas, por esta Avenida costado occidental hasta la calle 13 costado norte, por esta calle en dirección occidental a la carrera 30 costado oriental, por esta carrera hasta la Avenida de las Américas, punto de partida.

Inspección 14 B de Policía (Antiguas 12 y 13)

Inspección 14 B Penal (Antigua 42 Penal)

Partiendo de la carrera 30 en su intersección con la calle 13 costado sur, siguiendo por esta calle, hacia el oriente, hasta encontrar la Avenida Caracas, por esta Avenida costado occidental hasta el sur hasta la Avenida 1 costado norte, por esta Avenida a la Carrera 30 costado oriental, por ésta hasta el punto de partida.

Inspección 14 de Obras y Ornato

Tendrá jurisdicción en todo el territorio de esta Alcaldía.

C) Para efectos educativos, de Obras Públicas, de Salud pública y Acción Comunal, la Alcaldía Menor Los Mártires comprende las Divisiones cuya jurisdicción se especifica a continuación:

Servicios de Educación

Zona 14 Educativa. Partiendo de la calle 26 costado sur, Avenida Caracas costado occidente, avenida Caracas, Avenida 1 costado norte, carrera 30 costado oriente, Avenida de Las Américas costado sur-oriente, calle 26, punto de partida.

Servicios de Obras Públicas

Zona 8 de Obras Públicas. Prestará sus servicios conjuntamente a las Alcaldías Menores de Los Mártires y Los Libertadores. Tendrá jurisdicción en todo el territorio de está Alcaldía.

Servicios de Desarrollo de la Comunidad.

Zona 14 de Acción Comunal. Tendrá la misma jurisdicción de esta Alcaldía.

Servicios de Salud Pública.

Zona 14 A de Salud Pública.

Zona 14 B de Salud Pública.

Tendrá jurisdicción dentro de todo el territorio de está Alcaldía.

ARTÍCULO 17. ALCALDÍA MENOR LOS LIBERTADORES. El Alcalde Menor de Los Libertadores, ejercerá sus funciones dentro de la siguiente jurisdicción: Partiendo de la carrera 30 en su intersección con la Avenida 1, siguiendo por esta en dirección oriente, hasta encontrar la carrera 10, por la carrera 10, o Avenida 10 en dirección sur hasta encontrar los cerros de La Guacamaya, por estos cerros hasta el perímetro urbano de Bogotá, por este punto siguiendo el límite del Municipio Anexado de Usme, hasta la Avenida 13, por la Avenida 13 en dirección norte hasta encontrar la circunvalación del sur, por ésta hasta la calle 46, siguiendo por esta calle costado oriental hasta la carrera 25 costado nor-occidental, calle 47 sur, costado nor-oriente, carrera 33 costado sur-oriente, calle 44 sur, costado nor-occidente, a encontrar la carrera 30 costado oriental, por ésta hasta encontrar el punto de partida.

A) La jurisdicción comprende los siguientes barrios: San Antonio, La Fraguita, Restrepo, Restrepo occidental, Santander, Sena, La Fragua, Olaya, Quiroga, Quiroga Central, Quiroga Sur, Santa Lucía, Eduardo Frei, Santander Sur, Libertador, Centenario, Santiago Pérez, Bravo Páez, Inglés, Claret, Murillo Toro, San Jorge,

B) La Alcaldía Menor los Libertadores tendrá las Inspecciones de Policía, Penales, Obras y Ornato, cuya jurisdicción y nomenclatura se determina a continuación:

Inspección 15 A de Policía (antigua 7)

Partiendo de la carrera 30 en su intersección con la Avenida 1 y siguiendo por ésta en dirección oriente costado sur hasta la carrera 10 costado occidental, por esta carrera hasta la Avenida 1 de Mayo, por esta Avenida hasta la carrera 30 costado oriental, siguiendo por esta carrera hasta encontrar el punto de partida.

Inspección 15 B de Policía (Antigua 19)

Partiendo de la Avenida Caracas en su intersección con la Avenida 1 de Mayo, siguiendo por ésta en dirección oriente hasta la carrera 10, por esta carrera hacia el sur hasta encontrar el lindero del Hospital San Carlos, por este lindero hasta la circunvalación del sur, de este punto por la calle 46 sur, carrera 24 hasta la Avenida Caracas, siguiendo por ésta hasta el punto de partida.

Inspección 15 C de Policía (Antigua 5)

Partiendo de la calle 44 sur, en su intersección con la carrera 30, siguiendo por ésta hasta la Avenida 1 de Mayo, por esta Avenida hacia el oriente hasta la Avenida Caracas, por la Avenida Caracas hasta el occidente hasta la calle 46 sur, por esta hasta la calle 47, por esta a la calle 44 hasta encontrar la carrera 30 y por ésta hasta la Avenida 1 de Mayo, punto de partida.

Inspección 15 D de Policía. (Antigua 8)

Partiendo del lindero del Hospital San Carlos en su intersección con los cerros de La Guacamaya, siguiendo por estos en dirección sur, hasta encontrar el perímetro urbano de Bogotá, por éste perímetro a encontrar el límite de la Alcaldía Menor Usme, bordeando esta Alcaldía a encontrar la Avenida 13, por la Avenida 13 hasta la Circunvalación del sur, por ésta en dirección oriente, bordeando el lindero del Hospital San Carlos, a encontrar el punto de partida.

Inspección 15 Penal (antigua 21)

Inspección 15 de Obras y Ornato

Tendrán jurisdicción en todo el territorio de esta Alcaldía.

C) Para efectos educativos, de Obras Públicas, Salud Pública y Acción Comunal, la Alcaldía Menor Los Libertadores comprende las zonas cuya jurisdicción se especifica a continuación:

Servicios de Educación

Zona 15 A Educativa. Tendrá la siguiente jurisdicción: Partiendo del cruce de la Avenida 10 con la Avenida 1, Avenida 1 costado sur hasta el cruce con la carrera 27, Avenida 1 hasta el cruce con la Autopista del sur, costado oriental hasta el cruce con la Avenida 1 de Mayo, Avenida 1 de Mayo costado norte hasta el cruce con la carrera 10, carrera 10 costado occidental hasta el punto de partida.

Zona 15 B Educativa. Tendrá la siguiente jurisdicción: Partiendo de la Avenida 1 de Mayo desde el cruce con la Avenida 10, hasta el cruce con la Avenida 13, calle 22 sur, costado sur, hasta la Avenida 27, calle 22 sur hasta el cruce con la carrera 32, calle 23 sur hasta el cruce con la carrera 33, calle 25 sur hasta el cruce con la Autopista del Sur, Autopista del Sur costado oriente hasta la calle 29 sur, calle 29 sur hasta la carrera 33, carrera 33 hasta el cruce con el Canal de la Albina, Canal de la Albina costado nor-oriental hasta la carrera 24, carrera 24 costado sur-oriental hasta la calle 34 sur, calle 34 sur costado nor-oriental hasta el cruce con la Avenida 13, costado norte del límite del Hospital San Carlos hasta el cruce con la Avenida 10, Avenida 10, costado occidente hasta el punto de partida.

Zona 15 C Educativa. Tendrá la siguiente jurisdicción: Partiendo del cruce de la Autopista del Sur, calle 25 sur hasta el cruce con la carrera 33, carrera 33 hasta el cruce con el Canal de la Albina, Canal de la Albina costado nor-oriente, hasta la carrera 24, carrera 24 hasta el cruce con la calle 34 sur, calle 34 sur hasta el cruce con la Avenida 13, Avenida 13 costado nor-occidental hasta la calle 46 sur, calle 46 sur costado nor-oriente hasta la carrera 25, carrera 25 costado nor-occidente hasta la calle 47 sur, calle 47 sur costado nor-occidente hasta el cruce con la carrera 32, carrera 32 costado sur-oriente bajando en línea oblicua hasta la Autopista del Sur a 450 metros del cruce de la Avenida 27 con la Autopista del Sur.

Zona 15 D Educativa. Tendrá la siguiente jurisdicción: Partiendo del lindero del Hospital San Carlos costado norte, Avenida 13 Sur costado oriente, Avenida 13 Sur costado nor-oriente, calle 5 A sur costado nor-oriente, límite del Distrito costado occidente

Servicios de Obras Públicas

Zona 8 de Obras Públicas. prestará sus servicios conjuntamente a las Alcaldías Menores de Los Libertadores y Los Mártires. Tendrá jurisdicción en todo el territorio de esta Alcaldía.

Servicios de Desarrollo de la Comunidad.

Zona 15 de Acción Comunal. Tendrá la misma jurisdicción de esta Alcaldía.

Servicios de Salud Pública.

Zona 15 A de Salud Pública.

Zona 15 B de Salud Pública.

Zona 15 C de Salud Pública.

Zona 15 D de Salud Pública.

Tendrá jurisdicción en todo el territorio de está Alcaldía.

ARTÍCULO 18. ALCALDÍA MENOR PUENTE ARANDA. El Alcalde Menor de Puente Aranda ejercerá sus funciones dentro de la siguiente jurisdicción: Partiendo de la carrera 68 en su intersección con la calle 19, siguiendo por ésta hacia el oriente, hasta encontrar la Avenida de las Américas, de este punto hacia el occidente por la carrera 30 costado occidental hasta la Autopista del Sur, de este punto por la carrera 68 costado oriental en dirección norte hasta encontrar el punto de partida.

A) La jurisdicción comprende los siguientes Barrios: Pensilvania, Comuneros, la Asunción, Montes, la Primavera, San Francisco, Gongonzola, Los Ejidos, San Jorge, Jorge Eliécer Gaitán, Bochica, San Rafael, San Rafael Industrial, Barcelona, La Pradera, Trinidad, San Gabriel Colón, La Florida, Cundinamarca, Estación Central Centenario Industrial, El Ejido Industrial, Centro Industrial, Batallón Caldas, Salazar Gómez, El Remanso, El Remanso sur, utopista sur, Autopista Muzú, Muzú oriental, Ospina Pérez, Alcalá, Ospina Pérez occidental, San Eusebio, El Tejar, La Alquería y Puente Aranda.

B) La Alcaldía Menor Puente Aranda tendrá las Inspecciones de Policía, Penales, Obras y Ornato cuyas jurisdicción y nomenclatura se determinan a continuación:

Inspección 16 A de Policía (antigua 4)

Partiendo de la carrera 68 en su intersección con el canal del río Fucha costado sur, siguiendo por ésta hasta la Autopista del sur costado norte, por la autopista del sur hasta la carrera 68 por esta carrera hasta encontrar el Canal de Río Fucha, punto de partida.

Inspección 16 B de Policía (Antigua 40).

Partiendo de la carrera 68 en su intersección con la Avenida de las Américas, siguiendo por ésta hasta encontrar la Avenida Colón costado sur, por esta Avenida hasta la Carrera 30, por la carrera 30 costado oriental hasta el canal del río Fucha costado oriental, por este canal hasta la carrera 68 costado oriental, por esta carrera hasta la Avenida de las Américas, punto de partida.

Inspección 16 C de Policía (antigua 45)

Partiendo de la carrera 68 en su intersección con la calle 19, siguiendo por ésta en dirección oriente hasta la Avenida de las Américas, de este punto por la carrera 30 costado occidental hasta la Avenida Colón, por esta Avenida a encontrar la Avenida de las Américas, de este punto hacia el occidente hasta la carrera 68 costado oriental, por esta carrera hacia el norte hasta la calle 19, punto de partida.

Inspección 16 Penal (antigua 28)

Inspección 16 de Obras y Ornato

Tendrán jurisdicción en todo el territorio de esta Alcaldía.

C) Para efectos educativos, de obras públicas, salud pública y Acción Comunal, la Alcaldía Menor Puente Aranda comprende las Divisiones cuya jurisdicción se especifica a continuación:

Servicios Educativos

Zona 16 A Educativa. Partiendo desde el cruce con la Avenida de las Américas con la Avenida Ciudad de Quito, Avenida de las Américas hasta el cruce con la calle 19, calle 19 costado sur, hasta el cruce con la carrera 68,carrera 68 costado oriental hasta el cruce con la Avenida Centenario, Avenida Centenario hasta el cruce con la Avenida 50, carrera 50 costado oriental hasta el cruce con la Avenida 1 Avenida 1 costado norte, hasta el cruce con la Avenida Ciudad de Quito, Avenida Ciudad de Quito costado sur, hasta el cruce con la Avenida de las Américas, Punto de partida.

Zona 16 B Educativa. Partiendo del cruce de la Avenida de las Américas con la carrera 50, carrera 50 costado occidente hasta el cruce con la Avenida 1 línea que parte de la Avenida 1 en dirección perpendicular al ferrocarril del norte, ferrocarril del norte hasta el cruce con la carrera 68, carrera 68 costado oriental, hasta el cruce con la Avenida del Centenario, Avenida del Centenario costado sur, hasta el cruce con la carrera 50, punto de partida.

Zona 16 C Educativa. Partiendo de la Avenida 1 costado sur-oriente, desde el cruce con la Avenida Ciudad de Quito hasta el cruce con la carrera 68, costado nor-oriente de la carrera 68, hasta el cruce con la Autopista del Sur, Autopista del Sur costado nor-occidente hasta la Avenida Ciudad de Quito, Avenida Ciudad de Quito costado occidental, hasta el cruce con la Avenida 1.

Servicios de Obras Públicas

Zona 9 de Obras Públicas. Prestará sus servicios en todo el territorio de esta Alcaldía.

Servicios de Desarrollo de la Comunidad

Zona 16 de Acción Comunal. Tendrá la misma jurisdicción de esta Alcaldía.

Servicios de Salud Pública.

Zona 16 A de Salud Pública.

Zona 16 B de Salud Pública.

Zona 16 C de Salud Pública.

Zona 16 D de Salud Pública.

Zona 16 E de Salud Pública

Tendrá jurisdicción en todo el territorio de esta Alcaldía

ARTICULO 19. Créanse dieciséis (16) cargos de Alcalde Menor, los cuales ejercerán sus funciones Administrativas y de Policía dentro de las jurisdicciones señaladas en los artículos anteriores

ARTICULO 20. Los Alcaldes Menores como Agentes director del Alcalde Mayor en su respectivo territorio ejercerán las siguientes funciones:

1.Dirigir y coordinar la prestación de los servicios en su respectiva zona, de acuerdo con la política que señalen las Secretarías y Departamentos Administrativos de conformidad con la desconcentración de funciones.

2. Controlar Administrativamente el cumplimiento del personal destinado a prestar sus servicios en el territorio de la Alcaldía Menor y vigilar la ejecución de las funciones delegadas.

3. Controlar el trabajo de todos los Despachos adscritos a su cargo para obtener el máximo rendimiento del personal y mejorar la atención al público.

4. Resolver los asuntos comprendido dentro de la delegación de funciones que le confiera el Alcalde Mayor y proponer cuando fuere el caso previo concepto del COMITÉ ASESOR las soluciones más aconsejables a la Administración Central.

5. Coordinar sus actividades con las Dependencias Distritales y con los organismos públicos y privados que adelanten programas específicos en su zona.

6. Promover la participación activa de la comunidad pare entregarla a los programas de desarrollo

7. Realizar el reparto de negocios, informes especiales y solicitudes que reciba la Alcaldía Menor para su tramitación o solución según el caso en las Inspecciones y zonas especiales de la Alcaldía y velar por su oportuno cumplimiento.

8. Presidir el Comité Asesor de la Alcaldía Menor.

9. Rendir informes trimestrales al Alcalde Mayor sobre las labores desarrolladas, así como a las Secretarías y Departamentos Administrativos cuando (sic) estos lo soliciten.

10. Las demás que les señalen la ley, acuerdos, decretos, y reglamentos.

ARTICULO 21. Deléganse por desconcentración en las Alcaldías Menores las siguientes funciones específicas:

A) EN MATERIA DE POLICIA

1. Proteger dentro del territorio de Bogotá, Distrito Especial a las personas en sus derechos civiles y garantías sociales conservando el orden público interno, es decir, velar por la seguridad salubridad tranquilidad y moralidad públicas, empleando los medios consagrados en las disposiciones legales vigentes

2. Cooperar con las Autoridades competentes para prevenir y conjurar calamidades públicas a fin de dar protección a la vida y bienes de los ciudadanos.

3. Conocer, estudiar y conceptuar sobre los negocios de policía que le sean asignados o delegados por el Alcalde Mayor o el Secretario de Gobierno.

4. Velar por el cumplimiento de los reglamentos de policía e impartir por delegación del Alcalde Mayor las órdenes necesarias para el buen servicio de vigilancia.

5. Planear y desarrollar campañas preventivas.

6. Supervisar el cumplimiento de las funciones encomendadas a los inspectores de Policía, Penales Obras y Ornato y a los corregidores.

7. Elaborar y someter a la consideración del Secretario de Gobierno los proyectos tendiente a prevenir y reprimir la Comisión de delitos y contravenciones, controlar el cumplimiento de las normas vigentes sobre actividades reguladas y vigiladas por Secretaría de Gobierno.

8. Tramitar las solicitudes de Licencia de Funcionamiento en relación rifas, juegos, venta de mercancías por el sistema de clubes y espectáculos públicos que hayan presentado todos los requisitos exigidos en las normas legales vigentes y remitirlas al Comité respectivo para su estudio y aprobación

9. Vigilar y controlar las ventas ambulantes, aparcaderos, y las obras que emprenda la Administración Distrital en materia de ornato y embellecimiento dentro de su respectivo territorio.

10. Controlar el funcionamiento de los establecimientos industriales y comerciales a efecto de que obtengan en los términos legales la licencia correspondiente.

11. Informar a los interesados sobre las normas que deben cumplir los establecimientos públicos o abiertos al público y las demás actividades reguladas y vigiladas por la Secretaría de Gobierno.

12. Distribuir y regular en forma equitativa el reparto de negocios penales, policivos, especiales de policía, despachos comisorios, dentro de su zona a las Inspecciones de Policía, Penales, Obras y Ornato y Corregimientos.

13. Imponer las sanciones disciplinarias de su competencia y solicitar del superior las demás a que hubiere lugar previo informe motivado

14. Llevar correctamente actualizados los registros y archivos requeridos para el eficaz desarrollo de sus funciones.

15. Cumplir y hacer que se cumpla la política trazada por la Secretaría de Gobierno.

16. Las demás que se deriven de las disposiciones reglamentarias sobre la materia.

B) EN MATERIA DE EDUCACION

1. Controlar y hacer que se cumpla el programa Oficial de enseñanza Primaria y Secundaria.

2. Atender a que en su respectivo territorio se dé cumplimiento a las normas que en materia educativa dicten el Ministerio de Educación Nacional y la Secretaría del ramo

3. Desarrollar en coordinación con los supervisores de la Zona de la Alcaldía Menor campañas de carácter educativo

4. Vigilar el cuerpo docente de primaria y secundaria y a los supervisores en su aspecto administrativo

5. Asesorar a las Juntas de acción comunal y a las Asociaciones de Padres de Familia en materia educativa

6. Colaborar en las campañas de educación artística, divulgación cultural y educación física.

7. Cumplir y hacer que se cumpla la política trazada por la Secretaría de Educación

8. Solicitar del superior mediante oficio motivado las sanciones disciplinarias a que hubiere lugar

9. Las demás que se deriven de las disposiciones reglamentarias sobre la materia

C) EN MATERIA DE ACCION COMUNAL

1. Cumplir y hacer que se cumpla la política trazada por el Departamento Administrativo de Acción Comunal.

2. Orientar la promoción estatal para la creación de Juntas de Acción Comunal y asesorarlas en sus aspecto Administrativos y jurídicos.

3. Estimular la sana emulación de las Juntas Comunales mediante concursos y actos similares tendientes a conseguir el mejoramiento progresivo de la Comunidad.

4. Incrementar los programas de alfabetización de adultos.

5. Promover la creación de droguería comunales y orientar su organización

6. Programar Brigadas de Salud

7. Vigilar el cuerpo de Promotores comunales correspondientes a su zona

8. Solicitar del superior mediante oficio motivado las sanciones disciplinarias a que hubiere lugar

9 Las demás que se deriven de las disposiciones reglamentarias sobre la materia

D) EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA

1. Vigilar el cumplimiento de la política trazada por la Secretaría de Salud

2 Vigilar el cumplimiento de las normas legales sobre Salud.

3 Actuar como coordinador en las investigaciones administrativas sobre ejercicio ilegal de la medicina y profesiones similares

4 Programar campañas de control de animales vagos y vacunación antirrábica

5. Vigilar el cumplimiento de la inscripción de médicos y profesionales auxiliares de la Medicina que desempeñen sus actividades en la zona.

6. Coadyuvar al control del funcionamiento de mataderos, mercados, fábricas, depósitos de alimentos, expendios de carnes, vehículos de transportes de alimentos, plazas de ferias, explotaciones porcinas, avícolas, y las demás de este género.

7. Ejercer el control periódico sobre las Farmacias, Droguerías, Depósitos de drogas, y demás establecimientos afines.

8. Exigir el cumplimiento de las disposiciones legales sobre inscripción de Hospitales, Clínicas, Laboratorios, Centros Médicos, Droguerías, Farmacias, Urgencias, y demás establecimientos afines.

9. Solicitar al superior mediante oficio motivado las sanciones disciplinarias que hubiere lugar del personal, asignado a su zona

10. Las demás que se deriven de las disposiciones reglamentarias sobre la materia

E) EN MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL

1. Cumplir y hacer que se cumpla la política trazada por el departamento Administrativo de Bienestar Social

2. Promover campañas de orientación y capacitación familiar

3. Promover la construcción de Centros vecinales

4. Ejercer la vigilancia a las bolsas de empleo.

5. Coordinar programas de investigación socioeconómica.

6. Vigilar el cumplimiento de los programas a cargo de los Hogares de Paso, Hogares Múltiples, Hogares sustitutos, Centros Vecinales, Centros de Observación, Centros de Recepción, Jardines Infantiles, Residencias Juveniles, Grupos Familiares, y Clínicas de orientación Infantil.

7 Solicitar del Superior mediante oficio motivado las sanciones disciplinarias a que hubiere lugar por parte del personal asignado a su zona

8. Las demás que se deriven sobre las disposiciones reglamentarias sobre la materia

F) EN MATERIA DE OBRAS PÚBLICAS

1. Coordinar y dirigir con el Inspector de Obras de su zona los trabajos tendientes a la conservación de las vías públicas

2 Vigilar la conservación y buen uso de la maquinaria puesta a sus órdenes

3. Recomendar las obras más urgentes dentro de su zona.

4 Las demás que se deriven de las disposiciones legales obre la materia.

G) EN MATERIA DE HACIENDA

1. Cumplir y hacer que se cumplan las normas vigentes en materia de impuestos,

2. Proponer a la Administración la clasificación y remuneración de cargos y una mejor racionalización del gasto público.

3. Coordinar con los funcionarios del ramo el cobro oportuno de los impuestos de Industria y Comercio.

4 Levantar el censo estadístico de los establecimientos industriales y comerciales, públicos o abiertos al público en orden a su clase y actividad dentro de su zona

5. Las demás que se deriven de las disposiciones que trace la Secretaría de Hacienda.

ARTÍCULO 22. Los negocios policivos actualmente en trámite en las Alcaldías menores de Usaquén, Usmen (sic), Bosa, Kennedy, Fontibón, Engativá y Suba pasarán en el estado en que se encuentren previo inventario a conocimiento de las Inspecciones de Policía, 1, 5, 7, 8A, 9, 10C,11A, respectivamente; igualmente los negocios penales pasarán en el estado en que encuentren a las respectivas Inspecciones Penales de la jurisdicción

PARÁGRAFO. Si hubiere más de dos Inspecciones Penales en una misma zona de las que trata el presente Artículo se entenderá que los negocios los recibe la Inspección Penal señalada con la nomenclatura "A"

ARTÍCULO 23. Crease para cada Alcaldía Menor un Comité Asesor el cual estará integrado por:

a) Un representante del Alcalde Mayor.

b) El Alcalde Menor quien lo presidirá

c) Un representante de las Juntas de Acción Comunal legalmente constituídas

d) Un representante de las Juntas de Defensa Civil

e) Un representante de las Asociaciones de Padres de Familia.

f) Un representante de las Asociaciones Cívicas y culturales.

g) Un representante de las Asociaciones Industriales y Comerciales.

h) Un representante de los directores de establecimientos públicos y privados.

i) Un representan de de la Policía Nacional.

PARÁGRAFO. Actuará como Secretario del Comité Asesor el Secretario de la Alcaldía Menor.

ARTÍCULO 24. Los representantes de las Asociaciones a que se refieren los literales c) a h) serán elegidos por las respectivas asociaciones que representan a solicitud del Alcalde Menor a más tardar en los treinta (30) primeros días del mes de Enero.

Si pasados treinta (30) días después de recibida la notificación no se produce la elección, el Alcalde Menor pasará ternas integradas por personas vinculadas a la respectiva asociación al señor Alcalde Mayor quien deberá producir el nombramiento correspondiente

ARTÍCULO 25. En las zonas administrativas menores donde no funcionen algunas de las asociaciones a que se refiere el Artículo Veintitrés, del presente decreto, el Alcalde Menor está obligado a promover su constitución y los respectivos representantes en el Comité Asesor no podrán ser designados hasta tanto no estén legalmente constituída.

ARTICULO 26. El Comité Asesor tendrá como funciones específicas las siguientes

1. Sirve de órgano asesor y de enlace en los programas a cargo de la Alcaldía Menor

2. Estudiar y analizar los problemas de la comunidad buscando sus soluciones y preparando sugerencias para ser presentadas a la Administración central

3. Sirve de órgano permanente de consulta de la Administración Distrital

ARTICULO 27. El Comité Asesor se reunirá ordinariamente en el Despacho de la Alcaldía Menor cada mes, y extraordinariamente por convocatoria de su Presidente

ARTICULO 28. El Comité Asesor de la Alcaldía Menor tendrá su reglamento interno el cual será dictado por el Alcalde Mayor.

ARTICULO 29. Suprímanse los siguientes Despachos adscritos a la Secretaría de Gobierno

a) La Dirección Administrativa

b) La División de Rifas, Juegos y Espectáculos.

PARÁGRAFO. Las funciones específicas que venía desempeñando la División de Rifas Juegos y Espectáculos, pasarán a los Alcaldes Menores en su respectivo territorio, funcionarios éstos que actuarán como simples sustanciadores del Comité de Rifas, Juegos y Espectáculos

ARTICULO 30. Formarán parte del Comité de Rifas Juegos y Espectáculos además de sus actuales miembros

a) El Director de la División de Extensión Cultural, de la Secretaría de Educación y,

b) El Director de la División de Impuestos de la Secretaría de Hacienda

PARÁGRAFO. El SubSecretario de Gobierno actuará como Secretario General del Comité de Rifas, Juegos y Espectáculos.

ARTÍCULO 31. Créanse adscritos al Despacho de la Sub-Secretaría de Gobierno, los siguientes cargos:

4. Relator I con una asignación mensual de $3.100.oo

ARTÍCULO 32. La Secretaría de Hacienda efectuará los traslados presupuestales que sean necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en este Decreto.

ARTÍCULO 33. Deróganse todas las disposiciones que sean contrarias al presente decreto.

ARTÍCULO 34. Para todos sus efectos legales el presente decreto rige a partir de la posesión de los Alcaldes Menores.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C. a los 20 días del mes de Abril de mil novecientos setenta y dos.

El Alcalde Mayor,

CARLOS ALBAN OLGUIN

JALME AGUILERA BLANCO

Secretario de Gobierno.

ARMANDO ECHEVERRI JIMÉNEZ

Secretario de Hacienda

ANTONIO BUSTOS ESGUERRA

Secretario de Educación

JALME BARRIGA COMBARIZA

Secretario de Salud

ALFONSO VEJARANO GALLO

Secretario de Obras Públicas

CARLOS DELGADO PEREIRA

Secretario General

PATRICIO SAMPER G.

Director Dpto. Advo. Planeación

JORGE ENRIQUE FRANCO

Director Depto. Advo. Tránsito.

OFELIA JARAMILLO DE MONTOYA

Directora Depto. Advo. Bienestar Social.

ARNOLDO ORTIZ LOZANO

Director Dpto. Advo. Acción Comunal

NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 226 de Octubre 5 de 1972.