RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Proyecto de Acuerdo 22 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

PROYECTO DE ACUERDO No. 022 DE 2008

"POR MEDIO DEL CUAL SE IMPLEMENTA EL RECICLAJE OBLIGATORIO EN COLEGIOS, RESTAURANTES Y CENTROS COMERCIALES DEL DISTRITO CAPITAL"

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Objetivo General

La presente propuesta busca generar políticas lleven a implementar el reciclaje en los lugares donde se concentra un gran número de personas, lo cual hace, que la cantidad de desechos que se generan sea bastante grande. Y de esta forma cumplir con la obligación que tenemos como parte integral del Estado, la cual es velar por la preservación del medio ambiente.

Objetivos Específicos

*Implementar la cultura del reciclaje en aquellos lugares en los que se genera una gran cantidad de desechos.

*Velar por la preservación de un medio ambiente sano.

*Cultivar en los bogotanos la obligación que tenemos de reciclar.

*Disminuir la cantidad de desechos que llegan al basurero Doña Juana.

*Trabajar en pro de una ciudad más aseada.

*Reducir la contaminación de nuestra ciudad.

Razones del proyecto

Nuestra ciudad esta sufriendo un grave problema de aseo, gracias a que nuestro sistema de recolección y procesamiento de desechos, esta en la cuerda floja, puesto que a nuestro único relleno sanitario - Doña Juana – se le esta acabando su tiempo de vida útil, además no contamos con un verdadero sistema de recolección y tratamiento de escombros, y para completar esta es la hora en que no hemos adoptado un programa eficaz de reciclaje.

Las consecuencias de este problema que tiene nuestra ciudad, se ve reflejado en la cantidad de ratas que hay en Bogotá D. C., pudiéndose decir que año a año aumenta la población de estos animales, los niveles de contaminación son cada vez mayores, los pobladores que viven alrededor del relleno sanitario se enferman con mayor frecuencia por la contaminación que este genera; sumándole el hecho que, podemos encontrar escombros botados en cualquier lugar de la ciudad, viéndose afectada la imagen de Bogotá, por la existencia de lugares desaseados.

El reciclaje, es una de las soluciones a los problemas de contaminación ambiental existentes mundialmente, más que una solución es un atenuante, a las consecuencias generadas por la contaminación, las cuales estamos viviendo hoy en día (calentamiento global, inundaciones, sunamis, etc). Ya no se puede dar marcha atrás, pues el daño ambiental esta causado, pero si podemos como ciudad adoptar acciones que detengan el caos ambiental.

Por lo tanto, el Cabildo Distrital tiene la responsabilidad de generar políticas para preservar el medio ambiente de nuestra ciudad, pero sobre todo, para crear conciencia en los individuos, para trabajar unidos en pro al derecho a un medio ambiente sano, y así permitir que nuestras futuras generaciones puedan disfrutaras de los recursos naturales que tenemos en la actualidad.

He aquí la importancia de implementar y enseñar a reciclar a los estudiantes, pues ellos son el futuro de Bogotá y de nosotros depende cultivar en ellos el amor por nuestra ciudad y las acciones que ayuden a preservarla. Así mismo, se busca integrar a este programa a los centros comerciales y restaurantes (junto con todos aquellos establecimientos donde se procesen, preparen y vendan alimentos) con el fin de implementar la cultura del reciclaje, en aquellos lugares donde hay gran concentración de personas y por ende una producción bastante grande de desechos, aprovechando que el Distrito ha iniciado la campaña publicitaria para que las familias capitalinas aprendan a reciclar.

Así mismo se debe tener en cuenta que la implementación de este Acuerdo, no genera un impacto presupuestal, ya que la medida deben llevarlo a cabo los habitantes de Bogotá, separando los residuos reciclables de los que no lo son, lo cual no genera un gasto para la economía Distrital.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Constitución Política

ARTÍCULO 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.

Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.

ARTÍCULO 80. El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.

Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados.

(…)

ARTÍCULO 313. Corresponde a los concejos:

(…)

9. Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio.

(…).

Decreto Ley 1421 de 1993

ARTICULO 12. ATRIBUCIONES. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

(…)

7. Dictar las normas necesarias para garantizar la preservación y defensa del patrimonio ecológico, los recursos naturales y el medio ambiente.

(…).

Atentamente,

CARLOS ORLANDO FERREIRA PINZÓN

Concejo de Bogotá

Concejo de Bogotá en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas en el Art. 12 numeral 19 del Decreto Ley 1421 de 1993,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1. Los restaurantes, cafeterías y todo establecimiento de comercio, cuyo objeto social sea el procesamiento, preparación y venta de alimentos, deberán reciclar los materiales y residuos aptos para ello (papel, cartón, plástico, vidrio, metales, pilas, periódico, icopor, etc.).

ARTÍCULO 2. Los centros comerciales deberán implementar un plan de reciclaje, que deberán llevar a cabo todos los locales que hacen parte de este.

ARTÍCULO 3. Los colegios Distritales deberán implementar un plan de reciclaje, el cual divulgaran a sus estudiantes y lo llevarán a cabo con la participación de estos.

ARTÍCULO 4. La administración Distrital determinará e informara el día en que se recolectaran los residuos reciclabes.

ARTÍCULO 5. La Administración Distrital diseñará un sistema de inspección, vigilancia y control que permita hacer efectivos los planes de reciclaje de los entes mencionados en la presente norma.

ARTÍCULO 6. Los centros comerciales, colegios, restaurantes y establecimientos comerciales cuyo objeto social sea el procesamiento, preparación y venta de alimentos, tendrán seis para implementar los planes o programas de reciclaje.

ARTÍCULO 7. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASÉ

Dado a los _____ días del mes de _________ de 2008

HIPOLITO MORENO GUTIERREZ

ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO

Presidente del Concejo de Bogotá

Secretaría General del Concejo

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá D. C.