RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Proyecto de Acuerdo 259 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No

PROYECTO DE ACUERDO No. 259 DE 2008

Ver Acuerdo Distrital 328 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

"POR EL CUAL SE ESTABLECE LA SEÑALIZACION TURISTICA VIAL Y PEATONAL DE BOGOTA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Bogotá, Capital de la república de Colombia, ocupa un lugar privilegiado en el centro del país, a 2640 metros de altitud. Ubicada sobre una extensa altiplanicie, la rodean fértiles territorios que albergan acogedoras poblaciones donde se desarrollan actividades industriales, agropecuarias y artesanales. La ciudad actual es una metrópoli que registra cerca de 8.000.000 de habitantes que ocupan una extensión cercana a las 33.000 hectáreas. Su pasado se refleja en su rico patrimonio cultural, en su estructura física y en conjunto de lugares significativos.

Sobresalen en Bogotá los lugares de interés cultural y natural. Importantes obras de arquitectura y espacios para el arte, la recreación, el deporte y el conocimiento, hacen de Bogotá un destino turístico para conocer y disfrutar: museos, galerías de arte, monumentos, iglesias, parques, bibliotecas, universidades, colegios entre otros ya que son tantos los destinos que ofrece Bogotá.

Pero una de las quejas frecuentes de nuestros visitantes es que la señalización de la ciudad es escasa. Por lo que dificulta la ubicación de los sitios de interés de Bogota para los visitantes.

Teniendo mejor señalización turística facilitara la visita y recorrido de los turistas alojados en el Distrito Capital. Es importante que los visitantes conozcan la historia de la ciudad y los hechos históricos y la vida que ha transcurrido en sus cuatro siglos de existencia.

Con esta iniciativa se pretende que los turistas nacionales y extranjeros que nos visitan puedan llegar a los sitios turísticos en una forma más certera, rápida y segura con la ayuda de una buena señalización e información en los sitios de interés, la cual cumple la normativa general. Ya que "Señalizar es Culturizar".

La deficiente señalización informativa en carretera así como el mal estado de los caminos, es un reclamo constante de los turistas extranjeros que visitan nuestra ciudad.

Situación actual

Existe un "Manual de Señalización" en el cual se establecen las especificaciones para el diseño, ubicación y aplicación de los dispositivos para la regulación del tránsito en calles, carreteras y ciclorrutas; la decisión de utilizar un dispositivo en particular, en una localización determinada, debe basarse en un estudio de ingeniería identificado como proyecto de señalización o de semaforización, según sea el caso, en donde tiene relevante importancia el juicio del ingeniero que lo elabora. Esta publicación es el resultado de un esfuerzo conjunto de personas e instituciones que busca proporcionar a las autoridades responsables de la señalización vial, la forma correcta de utilizar los diferentes dispositivos para la regulación del tránsito, con el fin de prevenir accidentes y mejorar la movilidad por las vías públicas. Las recomendaciones que brinda el Manual no deben prevalecer sobre el juicio profesional, sino que deben usarse como información adicional que sirva de base parcial a ese juicio, justificando convenientemente las modificaciones que se introduzcan.

Sus aplicaciones consisten esencialmente en conocer el uso, clasificación, funcionalidad, color, tamaño, materiales, mantenimiento, etc., de los dispositivos utilizados en el ámbito nacional para la regulación del tránsito en calles, carreteras y ciclorrutas.

El proyecto de señalización debe guardar armonía, estética y comodidad con el diseño geométrico de las vías para ofrecer un recorrido fácil y agradable exento de sorpresas y desorientaciones.

El objetivo del "Manual de Señalización", es reglamentar y divulgar los dispositivos requeridos para la regulación del tránsito en las calles, carreteras y ciclorrutas de Colombia, con el propósito de generar un ambiente ágil, seguro y eficiente para los usuarios, en su movilización por las vías públicas del país. Tal documento pretende ser una guía que ofrece las herramientas necesarias a las autoridades y los profesionales de la ingeniería vial, para el uso correcto de los diferentes dispositivos para la regulación del tránsito, en los diseños y la ejecución de los proyectos de señalización.

Esto con el ánimo de unificar en un solo texto las técnicas, normas y procedimientos que a nivel general rigen la señalización vial, para el presente Manual se adaptan al tema apartes del documento de señalización turística "Señalizar es culturizar", elaborado por la Dirección General de Turismo del Ministerio de Desarrollo Económico, como instrumento innovador que propende por la divulgación de los innumerables atractivos turísticos que hacen parte de la extensa geografía colombiana. De igual manera se introduce el tema de la señalización de ciclorrutas, con base en el Manual que sobre la materia elaboró en su momento la Secretaría de Tránsito y Transporte de Bogotá, ahora Secretaria de Movilidad del D. C.

En este manual, explican cada una de los tipos de señalización y en el capitulo 9 ilustra ejemplos típicos para señalización en vías, en intersecciones, en obras, en zonas escolares, por la presencia de reductores de velocidad, estaciones de peaje, etc.

Señalización en Bogotá

La Secretaría Movilidad de Bogotá D.C., es la autoridad única en materia de tránsito y transporte en la ciudad, como tal tiene a su cargo las funciones de señalización, las cuales le han sido encomendadas mediante Decreto 1029 del 7 de diciembre de 1998. Dispuestas por el Honorable Concejo Municipal.

Otras de las entidades relacionadas con el tema de Señalización en Bogotá son la Defensoría del Espacio Publico, determina que sitios son de interés turístico. La Secretaria Distrital de Planeación, se encarga de determinar la señalización en la ciudad, previo a estudios en diseño, ubicación, clasificación de la señalización; y por tanto toma la determinación de implementar las señales donde sean necesarias.

Para cumplir con la señalización en Bogotá hay un grupo en la Subsecretaría Técnica de la Secretaria de Movilidad, que es encargado específicamente de esta función: El Grupo de Señalización, formado por profesionales con experiencia en aspectos relacionados con seguridad vial, señalización horizontal y vertical, georeferenciación, dispositivos de control de tránsito y planes de manejo para obras de baja, media y alta interferencia. Este grupo tiene dentro de sus labores la implementación de programas específicos de señalización en las diferentes localidades de la ciudad, el mantenimiento y reposición de las señales, así como el retiro de aquellos elementos como vallas, señales y avisos que no correspondan a elementos de señalización y que estén interfiriendo o afectando, la interpretación de los símbolos viales especificados en la norma y por ende las condiciones de seguridad en las vías.

Manual de Señalización

*Señales Verticales.

*Señales Reglamentarios.

*Señales Informativas.

*Señales Elevadas.

*Señalización Horizontal.

*Señalización de Calles y Carreteras Afectadas por Obras.

*Otros Dispositivos para la Regulación del Transito.

*Señalización de Ciclorrutas.

*Semáforos.

*Especificaciones Técnicas.

*Ejemplos Típicos de Señalización.

*Diseño de Señales Preventivas.

*Diseño de Señales Reglamentarias.

*Diseño de Señales Informativas.

*Diseño de Señales Verticales para Obras en Calles y Carreteras.

*Señalización de Ciclorrutas.

*Alfabetos para Señalización Vertical.

*Alfabetos para Señalización Horizontal.

*Normas Técnicas.

Señalización vertical: Contiene la clasificación y definiciones de las señales verticales, especificaciones a tener en cuenta para su diseño tales como tamaño, forma, color, ubicación, etc. Para el diseño de textos en señales informativas se indica el procedimiento a seguir y los tipos de alfabetos a utilizar; igualmente se indica la secuencia a tener en cuenta para la ubicación de las señales en las intersecciones.

Señalización horizontal: Señalización horizontal: Se manifiesta la función que desempeña la señalización horizontal y 4 su clasificación, especificaciones para el diseño, símbolos, letreros, dimensiones, color, materiales y la forma de realizar un proyecto de señalización.

Señalización de calles y carreteras afectadas por obras: Se indican las señales verticales y los diferentes tipos de dispositivos luminosos, manuales y de canalización del tránsito utilizados para señalizar las vías afectadas por obras civiles que modifiquen las condiciones normales del tránsito de vehículos y personas. Se considera también el proceso de regulación del tránsito en los diferentes tipos de vías y se dan las pautas para la proyección y aplicación de planes de manejo del tránsito, con el fin de reducir el impacto que generan estas obras en los usuarios de las vías y en la comunidad que habita en las zonas afectadas.

Otros dispositivos para la regulación del tránsito: Se mencionan otros elementos utilizados en la regulación del tránsito que no están contenidos en los demás capítulos del Manual, y que hacen referencia a señales de guía, diferentes tipos de reductores de velocidad, delineadores de piso y señales portátiles de Pare.

Señalización de ciclorrutas. Contiene las especificaciones para la señalización horizontal y vertical de las ciclorrutas, que incluyen dimensión, forma, color y ubicación de los diferentes dispositivos.

Semáforos: Explica las principales características de los semáforos, uso, clasificación (para el control del tránsito, para pasos peatonales y los especiales), elementos que lo componen, ubicación, estudios de tránsito para justificar su uso, etc. Igualmente se incluyen las características de los detectores para peatones, de aproximación de trenes y los de uso común para semáforos accionados por el tránsito.

Especificaciones técnicas. Hace referencia a las características y especificaciones que deben cumplir los materiales utilizados para la señalización vial.

Con la adecuada señalización en Bogotá se busca resaltar los sitios de interés para nuestros visitantes y para los mismos ciudadanos facilitando el acceso a las zonas donde hay bienes de interés cultural y turístico ofreciendo información sobre su historia mediante paneles interpretativos, para guiarlos un poco mas. Los principales datos que contendrá cada atril son el nombre, orígenes, fecha de construcción, corriente cultural, uso del elemento, importancia del elemento, curiosidades o anécdotas, entre otros. Esta reseña histórica solo será puesta en sitios de interés, que decida la Defensoría del Espacio Publico. Tales señales se pondrán sin perder la armonía de la ciudad en cuanto a señalización y siguiendo con el formato ya estipulado. Ejemplo, el Museo de Oro ubicado en el Centro de la ciudad, ya que este expone la riqueza de nuestra nación.

La finalidad de la señalización es orientar al turista en su movilidad habitual sobre todo en entornos complejos.  La Señalización Turística garantiza una mejor forma para generar una perspectiva de progreso donde la ciudad permita a los turistas y a los habitantes, enterarse de las cosas bellas, de la forma de vida y así enseñarles a las personas del origen de la ciudad.  Ejm.

 

Justificación

Atendiendo el problema detectado sobre la "inadecuada infraestructura: planta turística, señalización y transporte y soporte vial" que es parte de la matriz de competitividad turística que soporta el convenio suscrito entre la Nación, el destino y el sector privado, se intenta resolver con la estrategia de implementación del programa se señalización turística, situación común en diferentes regiones del país.

Este hecho anima al Ministerio de Comercio, Industria y turismo a reglamentar el manejo adecuado de la señalización turística peatonal, como instrumento básico para mejorar la competitividad de los destinos para tal efecto diseño y adopto por resolución 1622 de 2005 el manual de señalización turística peatonal "señalizar es culturizar". Dicho manual constituye el reglamento oficial en materia de señalización turística en el país y en primera instancia en el Distrito, por tanto toda entidad publica o persona natural o jurídica que desarrolle la actividad de señalización turística, deberá ceñirse a su contenido y diseño.

Por su parte, el documento CONPES 3397 identifica deficiencias en infraestructura y transporte en cuanto al acceso a atractivos turísticos, equipamientos urbanos y señalización. Esta situación diagnostica su primera vía de solución en el manual de señalización turística del Ministerio, pero recae en las entidades territoriales buena parte de la responsabilidad en el aprovechamiento de esta herramienta para mejorar los destinos turísticos.

Por otra parte el Instituto Distrital de Turismo entidad descentralizada adscrita a la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico de la Alcaldía Mayor de Bogotá, fue creado mediante acuerdo 275 del 27 de febrero de 2007 por el honorable concejo de Bogotá con el objetivo de ejecutar las políticas, planes y programas para la promoción del turismo y el posicionamiento del Distrito capital como destino turístico sostenible. Por ello cuenta con la subdirección de gestión de destino, cuyo objetivo es poner en valor la oferta bienes y servicios de la ciudad para su aprovechamiento turístico en las perspectivas de competitividad y sostenibilidad de la ciudad región dando alcance a la integración regional.

Para adelantar el proyecto del plan de señalización turística peatonal de Bogotá, debe adelantarse procesos en la articulación intersectorial, interinstitucional y entre el sector publico y privado, identificando valoración, y articulación de la oferta de bienes y servicios, mejoramiento de los factores de competitividad y de sostenibilidad.

Como parte de este ultimo proceso le corresponde a dicha Subdirección actuar en los aspectos que inciden en la competitividad y mejora de las condiciones propias del destino dentro de las cuales se encuentra la de facilitar la orientación e identificación de los lugares, atractivos o de interés para nuestros visitantes y para nuestra ciudadanía. Propósito que se logra entre otras ocasiones con la señalización turística peatonal de las zonas con mayor vocación turística.

Para el cumplimiento de estos objetivos, en especial los establecidos para la subdirección de gestión de destino, se requiere iniciar y poner en marcha la señalización turística peatonal y vial para Bogotá, acción encaminada a fortalecer la infraestructura turística de la ciudad, mejorar las condiciones de orientación e información para los turistas y los bogotanos sobre los atractivos turísticos de la ciudad así como apropiar una estrategia de sostenibilidad en términos de generación se recursos que faciliten la permanencia de las señales adecuadas de consulta.

Bogotá cuenta con un amplio sistema de señalización, pero la señalización turística peatonal no ha sido tenido en cuenta, y la señalización vial es un poco deficiente para su objetivo que es el de informar y de ubicar, no lo cumple ya que es un poco difusa y no consecuente.

Existe señalización en las grandes vías indicando destinos y rutas para llegar a ellos pero estas señales indican una ruta pero no es claro el seguimiento de la misma por lo que es difícil llegar al destino final. Un ejemplo para esta situación es: sobre la carrera 30 hay una que otra señal que indican una trayectoria para llegar a ciertas ciudades del país, pero si se quiere seguir el recorrido es muy posible que se extravié y no llegue a su destino, ya que no aparecen otras señales indicando las rutas a seguir.

Aunque este tema se menciona en los planes maestros de movilidad y espacio publico. La actual situación es inconveniente si se considera el aumento en un indicador sectorial como el comportamiento del porcentaje de ocupación hotelera que registra un incremento progresivo desde del año 2002 (52.3%) hasta el año (70.7%).

De igual manera las cifras proporcionadas por Proexport señalan, que durante el año 2006 llegaron al país 1.978.593 turistas internacionales, lo que representa un aumento del 48.10% frente a lo registrado en el 2005. Los extranjeros llegados a Colombia el 50% se hospedo en Bogotá. Las cifras muestran a una ciudad que se consolida como destino turístico; para hacer frente a la demanda y como factor de competitividad, señalización es un factor clave de complementariedad de la oferta de servicios con insumos de facilitación y conectividad. De otra parte, el diagnostico participativo del plan de competitividad turística para Bogotá a 2015 arroja dentro de las falencias, y por tanto necesidades, la implementación de señalización turísticas en la ciudad.

De otra parte es necesario unificar criterios sobre la implementación se señalización de algunos turísticas en la ciudad a partir de los diferentes estudios y propuestas de la señalización de algunos sectores, tal como el proyecto realizado por parte del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, denominado "Estudio del espacio publico en el Centro Histórico" hasta los estudios, programas, y proyectos del Plan Zonal del Centro.

Estrategia

El Instituto Distrital de Turismo (IDT) como primera fase para el desarrollo del proyecto convocó una mesa de trabajo Interinstitucional para el tema de Señalización Turística Peatonal de Bogotá. Con tras entidades para la ejecución del mismo.

La mesa de trabajo fue convocada en enero del 2008 y fue conformada por la Dirección del Taller de Espacio Publico de la Secretaria Distrital de Planeación y con el acompañamiento técnico y jurídico del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Publico, con el fin de proyectar con el aval de las entidades del sector publico pertinentes a la iniciativa del "Manual de Señalización Turística Peatonal de Bogotá", el cual señale el posicionamiento del mobiliario en el espacio publico, las especificaciones de su localización y la proyección en arte final del diseño y contenido de cada una de las señales que referenciaran la oferta turística de la ciudad, con miras a ser incluido en las Cartillas de mobiliario urbano de Bogotá y la Cartilla de Andenes del Distrito Capital.

Teniendo en cuenta la propuesta del IDT nos es mas viable proponer esta iniciativa ya que se esta trabajando por el desarrollo y ejecución de la Señalización en la ciudad, lo cual es alentador tanto para el sector de Turismo como para el Distrito. Pero también se pretende que se tome en cuenta el tema de la señalización vial turística, para mejorarla y sea entendible y coherente con la ubicación.

IMPACTO FISCAL

Los recursos con los que se pueden contar para el desarrollo de este proyecto hacen referencia al proyecto de inversión 422 del Plan de Desarrollo "Bogotá Turística y Atractiva".

Contando con la entidad creada para el tema de la promoción del turismo en el Distrito que es el "Instituto Distrital de Turismo" esta cuenta con un presupuesto que ascienden a 2.267 millones de pesos, que son destinados para tales fines como son la promoción y desarrollo de proyectos de turismo que hagan mas sugestiva nuestra ciudad.

MARCO CONSTITUCIONAL

Ley 300 de 1996

Artículo 1: "Importancia de la industria turística. El turismo es una industria esencial para el desarrollo del país y en especial de las diferentes entidades territoriales, regiones, provincias y que cumple una función social.

El Estado le dará especial protección en razón de su importancia para el desarrollo nacional."

Artículo. 2: "Principios generales de la industria turística. La industria turística se regirá con base en los siguientes principios generales:

1. Concertación. En virtud del cual las decisiones y actividades del sector se fundamentarán en acuerdos para asumir responsabilidades, esfuerzos y recursos entre los diferentes agentes comprometidos, tanto del sector estatal como del sector privado nacional e internacional para el logro de los objetivos comunes que beneficien el turismo.

2. Coordinación. En virtud del cual las entidades públicas que integran el sector turismo actuarán en forma coordinada en el ejercicio de sus funciones.

3. Descentralización. En virtud del cual la actividad turística es responsabilidad de los diferentes niveles del Estado en sus áreas de competencia y se desarrolla por las empresas privadas y estatales, según sus respectivos ámbitos de acción.

4. Planeación. En virtud del cual las actividades turísticas serán desarrolladas de acuerdo con el plan sectorial de turismo, el cual formará parte del plan nacional de desarrollo.

5. Protección al ambiente. En virtud del cual el turismo se desarrollará en armonía con el desarrollo sustentable del medio ambiente.

6. Desarrollo social. En virtud del cual el turismo es una industria que permite la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, actividades que constituyen un derecho social consagrado en el artículo 52 de la Constitución Política.

7. Libertad de empresa. En virtud del cual, y de conformidad con lo establecido en el artículo 333 de la Constitución Política, el turismo es una industria de servicios de libre iniciativa privada, libre acceso y libre competencia, sujeta a los requisitos establecidos en la ley y en sus normas reglamentarias. Las autoridades de turismo en los niveles nacional y territorial preservarán el mercado libre, la competencia abierta y leal, así como la libertad de empresa dentro de un marco normativo de idoneidad, responsabilidad y relación equilibrada con los usuarios.

8. Protección al consumidor. Con miras al cabal desarrollo del turismo, el consumidor será objeto de protección específica por parte de las entidades públicas y privadas.

9. Fomento. En virtud del cual el Estado protegerá y otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades turísticas, recreacionales y en general, todo lo relacionado con esta actividad en todo el territorio nacional."

Resolución 1622 de 2005

Artículo 1°. Adoptar el Manual de Señalización Turística denominado "Señalizar es Culturizar" elaborado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo como reglamento oficial en materia de señalización turística peatonal.

Artículo 2°. Toda entidad pública o persona natural o jurídica que desarrolle la actividad de señalización turística, deberá ceñirse estrictamente al Manual de Señalización Turística y sus actualizaciones.

Resolución 0348 de 2007

Por medio del cual se establecen los sitios de interés turístico en el país. Art 1 y 2.

Resolución 1738 de 2005

Artículo 1°. Establecer las siguientes especificaciones técnicas y diseño de las señales turísticas peatonales para los Sectores Urbanos declarados Monumento Nacional o Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional:

A. ESPECIFICACIONES TECNICAS:

SEÑAL TURISTICA TIPO PANEL PRESENTA LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS:

*Contiene información sobre la localización de atractivos y circuitos turísticos así como información publicitaria.

*Presenta dos (2) caras:

*La primera, contendrá un 60% de información sobre localización de atractivos y circuitos turísticos estos deberán utilizar colores de alto contraste para mejorar la legibilidad y los planos que se expongan estarán orientados en ángulo recto con el norte geográfico hacia arriba. En el otro 40% se dispondrá una pauta publicitaria:

*La segunda, poseerá una pauta publicitaria que representa el 100% del área.

*Las pautas publicitarias expuestas en las dos (2) caras del panel tendrán un ciclo de rotación igual o inferior a un (1) mes.

*Cuerpo elaborado en acero inoxidable calibre 12, durable, resistente a la intemperie, indeformable a temperatura ambiente y con sistema de ventilación interna (según especificaciones del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo).

*Panel elaborado en policarbonato de alta densidad, resistente al impacto y retardante al fuego.

*Cimentación, dado de concreto sobre la superficie de 80cm. x 20cm. x 35cm., con anclajes embebidos y

*Acometida eléctrica adaptada al sistema de alumbrado público.

*Iluminación interna con lámparas fluorescentes de 75 a 110 voltios, activadas por fotocelda interior.

*Se localizarán en los principales espacios públicos como parques, plazoletas, alamedas, plazas, halles de edificios públicos, terminales de transporte entre otros. Su ubicación específica se determinará con base en el resultado de los estudios de evaluación de atractivos turísticos y ubicación de señales, aprobados por las autoridades competentes.

SEÑAL TURISTICA TIPO VERTICAL DE ESQUINA PRESENTA LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS:

*Contiene información turística direccional (texto y flechas).

*Presenta una pauta publicitaria monocromática del mismo color de la señal con un área de ocupación de 50cm. x 15cm.

• Cuerpo de la estructura de soporte elaborado en tubo galvanizado, construido en tres (3) partes: La primera, una base de 3½ pulgadas y una longitud de 0.20 cm, la segunda, un pedestal de 2" pulgadas y una longitud de 1.85 m. y la tercera, un soporte que consta de dos tubos en escuadra de 90° grados de 1¼" pulgada.

Panel elaborado en policarbonato transparente de 3mm de alta resistencia y durabilidad con un área de 50cm x 50 cm.

*Cimentación, dado de concreto subterráneo de 35 cm de diámetro por 50 cm. de profundidad.

*Se localizarán en los principales espacios públicos como parques, plazoletas, alamedas, plazas, halles de edificios públicos y principalmente andenes. Estarán ubicadas en las calles del circuito turístico y a una distancia de 10cm del inmueble esquinero. Su ubicación específica se determinará con base en el resultado de los estudios de evaluación de atractivos turísticos y ubicación de señales, aprobados por las autoridades competentes.

SEÑAL TURISTICA TIPO VERTICAL CONVENCIONAL PRESENTA LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS:

*Contiene información turística direccional (texto, pictogramas y flechas).

*Presenta una pauta publicitaria monocromática del mismo color de la señal con un área de ocupación de 50cm x 15 cm.

*Cuerpo de la estructura de soporte elaborado en tubo galvanizado, construido en dos (2) partes: la primera, una base de 3½" pulgadas y una longitud de 0.20 cm y la segunda, un pedestal de 2" pulgadas y una longitud de 1.85 m.

*Panel elaborado en policarbonato transparente de 3mm de alta resistencia y durabilidad con un área de 50cm x 50 cm.

*Cimentación, pedestal troncopiramidal en concreto.

*Que para implementar las señales turísticas en los Sectores Urbanos declarados BICN, se requiere presentar el correspondiente proyecto de modificación o intervención al Ministerio de Comercio Industria y Turismo para su certificación y a la Dirección de Patrimonio para su autorización.

*Se localizarán en la periferia de los Sectores Urbanos declarados BICN, en los principales espacios públicos como parques, plazoletas, alamedas, plazas, halles de edificios públicos y principalmente andenes. Estarán ubicadas a lo largo del circuito turístico periférico, su ubicación específica se determinará con base en el resultado de los estudios de evaluación de atractivos turísticos y ubicación de señales, aprobados por las autoridades competentes.

El contenido de las señales turísticas debe ser concreto, claro y breve, tendiente a no alterar el entorno o el paisaje donde estén ubicadas.

Los sitios de ubicación de las señales turísticas deben determinarse de acuerdo con la función del mensaje, la distancia de visibilidad y de aproximación, según lo previsto en el manual técnico del Instituto Nacional de Vías.

Las señales turísticas denominadas señal vertical de esquina y señal vertical convencional deben ajustarse a lo establecido en el manual técnico del Instituto Nacional de Vías para señales informativas – fondo azul con letras blancas – lo cual corresponde a los utilizados en el ámbito nacional e internacional.

Los pictogramas a utilizar en las señales turísticas corresponden a los dispuestos en el Manual de Señalización Turística Nacional, e incluyen las modificaciones planteadas por el Consejo de Monumentos Nacionales en las sesiones del 4 y 12 de agosto y del 9 de septiembre de 2005, como consta en las Actas números 007, 008 y 009 correspondientes a las fechas antes citadas.

Las señales turísticas darán preferencia a la utilización de pictogramas frente a los textos escritos con el propósito de facilitar la lectura y romper las barreras idiomáticas.

En los lugares donde se instale el sistema de señalización turística se realizarán talleres de sensibilización para que peatones y usuarios tomen conciencia sobre el buen uso y cuidado que debe darse a las señales.

Los actuales diseños complementan, mas no reemplazan, la señalización vehicular reglamentada por el Ministerio de Transporte.

B. DISEÑO DE LAS SEÑALES TURISTICAS PEATONALES:

Dichos diseños se encuentran contenidos en el anexo número 1 conformado por un (1) juego de ocho (8) fichas de especificaciones técnicas que hacen parte integral de la presente resolución.

Artículo 2°. Para implementar las señales turísticas peatonales en los sectores urbanos declarados Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional, se requiere presentar el correspondiente proyecto de intervención al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo para su certificación y al Ministerio de Cultura para su autorización.

Artículo 3°. En el evento de pretender adelantar cualquier modificación a las especificaciones técnicas y los diseños establecidos en el artículo 1°, de la presente resolución, de acuerdo con lo señalado en el artículo 11 de la Ley 397 de 1997, se debe presentar el correspondiente proyecto de modificación o intervención al Ministerio de Cultura para su autorización.

Decreto nacional 1504 de 1998

Artículo 2º. El espacio público es el conjunto de inmuebles públicos y los elementos arquitectónicos y naturales de los inmuebles privados destinados por naturaleza, usos o afectación a la satisfacción de necesidades urbanas colectivas que transcienden los límites de los intereses individuales de los habitantes.

Artículo 3º. El espacio público comprende, entre otros, los siguientes aspectos:

a. Los bienes de uso público, es decir aquellos inmuebles de dominio público cuyo uso pertenece a todos los habitantes del territorio nacional, destinados al uso o disfrute colectivo;

b. Los elementos arquitectónicos, espaciales y naturales de los inmuebles de propiedad privada que por su naturaleza, uso o afectación satisfacen necesidades de uso público;

c. Las áreas requeridas par la conformación del sistema de espacio público en los términos establecidos en este Decreto.

CONSIDERACIONES FINALES.

Que con el propósito de mejorar la divulgación, orientación, accesibilidad y valoración del patrimonio cultural de la ciudad, se considera conveniente realizar acciones para desarrollar e implementar una mejor señalización turística, y que sea efectiva para los visitantes de la ciudad.

La Ley 300 de 1996 determina que el "turismo es una industria esencial para el desarrollo del país y en especial de las diferentes entidades territoriales, regiones y provincias y que cumple una función social. El Estado le dará especial protección en razón de su importancia para el desarrollo nacional". Uno de los principios de la industria turística, consagrado en el artículo 2 de esta Ley, es el de descentralización, "en virtud del cual la actividad turística es responsabilidad de los diferentes niveles del Estado en sus áreas de competencia y se desarrolla por las empresas privadas y estatales, según sus respectivos ámbitos de acción".

En ese sentido, el Concejo de Bogotá como máxima autoridad del Distrito Capital, tiene la facultad de facilitar las condiciones jurídicas, políticas e institucionales para la implementación y puesta en marcha de esta iniciativa.

La importancia que tiene este proyecto para la ciudad, radica en que puede ser un mecanismo de incentivar los recorridos turísticos del Distrito, ya que, este puede agregar valor a los elementos de la identidad de la Capital.

Que en la resolución 1738 de 2005 en el cual se establecen los diseños de las señales turísticas para los sectores urbanos declarados Bien de Interés Cultural.

Que el Plan Sectorial de Turismo, "Turismo para un nuevo país 2003-2006", el cual hace parte del Plan Nacional de Desarrollo según lo previsto en el artículo 70 de la Ley 812 de 2003, cuyo objetivo general consiste en mejorar la competitividad de los destinos y de los productos turísticos colombianos, señala además entre sus objetivos específicos, el de crear instrumentos que permitan mejorar la calidad de los servicios turísticos con el fin de garantizar al usuario una prestación eficiente de los mismos;

Que el Plan Sectorial de Turismo, contempla dentro de sus ejes temáticos el denominado "Infraestructura de Buena Calidad", el cual se desarrolla entre otros, mediante el programa denominado "Asistencia Técnica en Señalización Turística", destinado a mejorar la infraestructura turística en las regiones y en las localidades.

Que el artículo 5° de la Ley 769 de 2002, faculta al Ministerio de Transporte, para reglamentar las características técnicas de la demarcación y la señalización de toda la infraestructura vial, por lo cual la señalización turística vehicular cumplirá las especificaciones del Manual de Señalización Vial y la Señalización

Turística dirigida a peatones, será reglamentada por el Ministerio de Comercio,

Industria y Turismo.

Que debido a las necesidades en Señalización Turística, expresadas en los convenios de competitividad turística suscritos entre la Nación y diferentes regiones del país, para facilitar los recorridos peatonales viales de los turistas, se requiere que la Administración en concordancia con las entidades idóneas sobre el tema, reglamenten el manejo adecuado de la señalización turística peatonal, como instrumento básico para mejorar la competitividad de los destinos.

Atentamente,

Celio Nieves Herrera

Honorable Concejal

"POR EL CUAL SE ESTABLECE LA SEÑALIZACION TURISTICA VIAL Y PEATONAL DE BOGOTA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993 artículos 6, 12, 13 y la Ley 375 de 1997

ACUERDA

Articulo 1. El presente acuerdo tiene por objeto mejorar y reglamentar las características de la señalización turística vial y peatonal en Bogotá cumpliendo con las especificaciones del Manual de Señalización Turística, dirigida a los visitantes de la ciudad.

Articulo 2. La Secretaria Distrital de Planeación proyectará y georeferenciará los puntos de ubicación e instalación de las señales turísticas viales y peatonales que se requieran, teniendo en cuenta especificaciones ya establecidas.

Articulo 3. La entidad encargada e idónea diseñara cada una de los artes finales a escala de los contenidos bilingües de cada una de las señales turísticas viales y peatonales identificadas, teniendo en cuenta textos, gráficos, mapas, croquis e imagen corporativa institucional entre otras.

Articulo 4. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Bogotá D.C.,

Doctora

Secretaría General

Concejo de Bogotá D.C.

Ciudad

Ref: Radicación Proyecto de Acuerdo

Doctora xxxxxxxx:

Acorde con lo señalado en el numeral 9 del artículo 17 del Reglamento del Concejo, y en consideración con el procedimiento establecido para el trámite de los Proyectos de Acuerdo en el Concejo de Bogotá, nos permitimos anexar el proyecto de Acuerdo "POR EL CUAL SE ESTABLECE LA SENALIZACION TURISTICA VIAL Y PEATONAL DE BOGOTA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

Cordialmente,

Celio Nieves Herrera

Honorable Concejal