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CIRCULAR 022 DE 2008 (Abril 25)
En aplicación de la Directiva del Alcalde Mayor expedida con ocasión de la jornada cívica de conmemoración del Día Internacional del Trabajo a celebrarse el próximo jueves 1° de mayo de 2008, me permito informarles que el día viernes 2 de mayo será un día de descanso compensado, bajo los siguientes lineamientos: El disfrute del día de descanso previsto está condicionado a que los servidores públicos compensen una hora adicional a la jornada ordinaria, durante los días 6 al 15 de mayo de 2008, es decir, desde las 8:00 a.m. hasta las 6:30 p.m., con una hora de almuerzo. Los servidores públicos que desarrollen sus actividades el día viernes en la jornada ordinaria, tendrán derecho al descanso compensado el día martes 6 de mayo del presente año. Cada Jefe de Dependencia será responsable de garantizar la atención ordinaria a la ciudadanía, para lo cual deberá adoptar las medidas necesarias para la prestación del servicio en el día de descanso previsto, así como el cumplimiento de la reposición de tiempo por parte de los servidores, en las fechas establecidas. Los servidores que se encuentren en vacaciones, licencias, permisos, suspensiones u otras situaciones administrativas, durante el día previsto para el turno, no podrán acceder al mismo ni solicitar su otorgamiento en fecha posterior. Sea esta la oportunidad, para agradecer su compromiso en la construcción de una Bogotá Positiva. Cordialmente, YURI CHILLÁN REYES Secretario General |