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RESOLUCIÓN 02 DE 2007
(Enero 02)
Por la cual se crean los grupos Internos de trabajo de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones.
LA SECRETARIA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de las facultades conferidas en el Decreto 558 de 2006, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 558 de 2006, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., se determinó el objeto, la estructura organizacional y las funciones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictaron otras disposiciones.
Que mediante el artículo 24 del Decreto 558 de 2006, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., se facultó al Secretario o Secretaria de Cultura, Recreación y Deporte, para conformar Grupos Internos de trabajo de acuerdo con la estructura organizacional, necesidades del servicio, planes, programas y proyectos de la Secretaría.
Que es facultad del Secretario o Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, asignar y distribuir las funciones de Coordinación y responsables de área o grupo, a empleados de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de acuerdo con las necesidades y condiciones organizacionales de la misma.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Conformar los siguientes grupos internos de trabajo de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con la estructura organizacional, necesidades del servicio, planes, programas y proyectos de dicha Secretaría, así:
Dirección Gestión Corporativa:
- Grupo Interno de Recursos Humanos
- Grupo Interno de Recursos Financieros
- Grupo Interno de Recursos Físicos
- Grupo Interno de Sistemas
Oficina Asesora de Jurídica:
- Grupo Interno de Contratos.
ARTÍCULO SEGUNDO: Los grupos internos de trabajo creados por el Artículo 1°, cumplirán las funciones que se detallan en la presente Resolución en los Artículos subsiguientes:
ARTÍCULO TERCERO: GRUPO INTERNO DE RECURSOS HUMANOS.
El empleado a quien le sean asignadas las funciones de coordinación del Grupo Interno de Recursos Humanos cumplirá las siguientes actividades:
- Coordinar el desarrollo de las actividades correspondientes a los procesos de selección y vinculación para proveer empleos de gerencia pública y de carrera administrativa; a la vinculación y desvinculación de empleados; y demás actividades relacionadas con estos asuntos.
- Coordinar la aplicación de las normas vigentes relativas al Sistema Carrera Administrativa.
- Apoyar a la Dirección Gestión Corporativa y a la Dirección de Planeación y Procesos Estratégicos en la elaboración y actualización de los manuales de funciones y requisitos por cargos y los demás estudios alrededor de la planta de personal que emprenda la Secretaria.
- Apoyar y hacer recomendaciones a la Dirección Gestión Corporativa sobre la distribución racional de la planta semiglobal entre las diferentes Dependencias, y por la apropiada ubicación de los empleados en las mismas; así como, velar por la actualización de los registros correspondientes.
- Orientar la administración de las hojas de vida de la Secretaria y velar porque se mantengan actualizados los registros que de allí se desprendan.
- Coordinar el mantenimiento de los registros y controles del personal; expedir las certificaciones y constancias laborales que le sean solicitadas; y facilitar la información, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan para el efecto.
- Coordinar la elaboración de la nómina general de la entidad; liquidación de las prestaciones sociales; y el cálculo de los demás emolumentos a que tengan derecho los empleados de la entidad, de acuerdo con las normas legales vigentes.
- Proyectar los actos administrativos para el reconocimiento de prestaciones sociales y derechos laborales de funcionarios y exfuncionarios.
- Promover, programar y coordinar la realización de actividades culturales, deportivas, recreativas y de bienestar social dirigidas a los empleados de la entidad.
- Coordinar la elaboración del inventario de recursos institucionales para la programación de actividades del área de bienestar social y establecer relaciones con las entidades correspondientes para la utilización de servicios y programas.
- Velar por la permanente aplicación de las normas vigentes sobre salud ocupacional.
- Orientar el diseño y desarrollo del programa anual de inducción, reinducción y capacitación dirigidos al personal de la Secretaria.
ARTICULO CUARTO: GRUPO INTERNO DE RECURSOS FINANCIEROS.
El empleado a quien le sean asignadas las funciones de coordinación del Grupo Interno de Recursos Financieros cumplirá, con las siguientes actividades:
- Determinar en coordinación con la Dirección de Planeación y Procesos Estratégicos las fuentes de financiación necesarias para el normal desarrollo de los programas operativos de la Secretaria.
- Participar en la elaboración del anteproyecto de presupuesto de la Secretaría y del programa anual de caja, de acuerdo con los criterios y normas vigentes sobre la materia y recomendar al Director Gestión Corporativa las medidas necesarias para mantener el equilibrio presupuestal durante la vigencia fiscal.
- Coordinar el seguimiento a la ejecución presupuestal, la expedición de los certificados de disponibilidad y registro presupuestal, y elaborar los informes de oficio que deba presentar la Secretaria o que le sean solicitados por la Secretaría de Hacienda y otros organismos competentes.
- Coordinar la elaboración de los análisis económicos y presupuestales que le sean requeridos.
- Dirigir, vigilar y controlar que los registros y sistemas de contabilidad general y de costos se mantengan actualizados, para la generación de la información requerida por la secretaria y las autoridades fiscales y administrativas pertinentes.
- Definir los procesos y procedimientos contables internos, de acuerdo con las normas contables.
- Coordinar la preparación de los estados financieros anuales y periódicos, de acuerdo con las normas fiscales, administrativas y financieras.
- Consolidar la información en materia de obligaciones tributarias a cargo de la entidad y tramitar su presentación y pago oportuno.
- Coordinar la elaboración de estudios e informes económicos y contables de la entidad según le sean requeridos.
- Gestionar los desembolsos en coordinación con los organismos involucrados, efectuando los ajustes financieros y contables requeridos y preparar los informes correspondientes.
- Elaborar y tramitar las cuentas de cobro relacionadas con los aportes oficiales y demás operaciones de recaudo de la Secretaria ante la Tesorería Distrital.
- Coordinar todo el proceso de trámite y pago de las obligaciones contraídas por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, ante la Secretaría de Hacienda y la Tesorería Distrital.
- Coordinar la expedición de certificaciones, rendición de cuentas y suministro de la información del estado de la Tesorería a la Secretaría de Hacienda y organismos de control, con la periodicidad requerida.
- Coordinar el trámite para la constitución de cajas menores en la entidad.
- Rendir la cuenta fiscal de la Secretaria y presentar las declaraciones tributarias ante los organismos competentes.
ARTICULO QUINTO: GRUPO INTERNO DE RECURSOS FÍSICOS.
El empleado a quien le sean asignadas las funciones de coordinación del Grupo Interno de Recursos Financieros cumplirá, con las siguientes actividades:
- Coordinar la provisión de los recursos físicos que la secretaria requiere para su normal funcionamiento.
- Coordinar la preparación del plan de compras, para su posterior preparación, y las modificaciones a que haya lugar.
- Vigilar y controlar que se adelanten los trámites precontractuales para la adquisición de bienes y servicios de la entidad en la materia de su competencia.
- Coordinar la adquisición y constitución de los seguros que la secretaria requiera, en desarrollo de sus actividades.
- Coordinar la adquisición de las dotaciones de acuerdo con las obligaciones que tiene la entidad y según la información que suministre la Coordinación de Recursos Humanos.
- Recibir las solicitudes de adquisición que hagan las dependencias en materia de suministros, bienes y equipos, y evaluar la factibilidad de incorporarlas al Plan de Compras de la entidad.
- Proponer, para aprobación de la Dirección Gestión Corporativa, e implementar la política logística de la Secretaría en relación con la prestación de los servicios de transporte, vigilancia, aseo, fotocopiado, cafetería y mantenimiento en general de equipos, muebles de oficina y parque automotor.
- Coordinar la supervisión y seguimiento de los contratos que la Secretaria de Cultura, Recreación y Deporte suscriba para la prestación de servicios generales.
- Velar por la oportuna prestación de los servicios públicos de la entidad, llevar control y seguimiento sobre los mismos y efectuar las reclamaciones a los que haya lugar.
- Coordinar la realización oportuna de los pagos de los impuestos sobre inmuebles y vehículos de la secretaria.
- Controlar que los seguros constituidos para los vehículos de la entidad, así como los demás documentos requeridos para la circulación de los mismos, estén vigentes con las especificaciones, cuentas y características actualizadas.
- Velar por la adecuada conservación y mantenimiento de las instalaciones físicas.
- Desarrollar e implementar la política administrativa de la Secretaria de cultura, Recreación y Deporte en relación con los procesos de organización, distribución, registro y control de activos y la formación y manejo del sistema de inventarios de la Secretaría
- Coordinar que se lleve control de existencias, entradas y salidas, realizando inventarios físicos periódicos de auto control.
- Supervisar y controlar el almacenamiento, registro y custodia de los bienes, elementos, materiales y demás equipos que sean adquiridos por la secretaria.
- Coordinar la distribución oportuna de los bienes, elementos, materiales y demás equipos que soliciten las dependencias para ejecutar sus programas.
- Coordinar la realización de entradas, salidas, traspaso y baja de bienes, previo cumplimiento de los requisitos establecidos.
- Coordinar la elaboración de elementos devolutivos en servicio extraviados, para su remisión a la Coordinación Financiera.
- Coordinar la preparación de los informes de movimientos del almacén e inventarios a los organismos de control.
- Velar por el adecuado funcionamiento del sistema de administración y archivo de la información documental, y optimizar y establecer los métodos y procedimientos para el recibo, trámite, conservación y consulta de documentos.
- Coordinar las actividades de recibo, clasificación, radicación, y control de la correspondencia de la secretaria.
- Coordinar la organización y disposición de los archivos activos e inactivos de la Secretaria y los del Instituto Distrital de Cultura y Turismo, hasta cuando sean transferidos al Archivo de Bogotá o entidad competente.
ARTICULO SEXTO: GRUPO INTERNO DE SISTEMAS.
El empleado a quien le sean asignadas las funciones de coordinación del Grupo Interno de Sistemas cumplirá, con las siguientes actividades:
- Proponer las acciones relacionadas con el desarrollo informático de la secretaria, dirigir su puesta en marcha y prestar apoyo a las dependencias para su mantenimiento y actualización.
- Efectuar los estudios técnicos y proponer los planes y programas de la sistematización en las diferentes áreas del Instituto.
- Coordinar la prestación de soporte técnico a las dependencias en materia de sistemas, efectuando mantenimiento preventivo y correctivo, cuando sea del caso, sobre los equipos de computación y redes de sistemas con que cuente la secretaria.
- Proponer los criterios específicos para la adquisición de los equipos y la conformación y diseño de redes y sistemas de información compatibles y estandarizados.
- Prestar asesoría en el diseño y determinación de los sistemas de información misionales y administrativos que requiera el Instituto.
- Coordinar la programación de las actividades de capacitación y actualización de los usuarios en materia de sistematización.
ARTICULO SÉPTIMO: GRUPO INTERNO DE CONTRATOS.
El empleado a quien le sean asignadas las funciones de coordinación del Grupo Interno de Contratos cumplirá con las siguientes actividades:
- Coordinar y supervisar la elaboración de los contratos y convenios que deba celebrar el Instituto, en coordinación con las dependencias responsables de su ejecución y vigilar el cumplimiento de los requisitos y términos de ley.
- Diseñar, desarrollar y mantener actualizado el sistema de información sobre los contratos y convenios celebrados para efectos de su seguimiento y control.
- Custodiar y mantener actualizado el archivo de contratos de la secretaria y establecer los mecanismos de consulta de los mismos.
- Asesorar a las dependencias en la preparación de los términos de referencia, pliegos de condiciones, licitaciones y demás aspectos jurídicos relativos a la gestión contractual.
- Asesorar a las dependencias encargadas de preparar la liquidación de los contratos y convenios, conforme a los términos establecidos para tal efecto.
- Participar en la evaluación jurídica de las propuestas que se reciban en atención a procesos de licitación pública que adelante la secretaria.
- Coordinar las actividades de programación contractual y dar a conocer a la ciudadanía los resultados de la misma a través de diferentes medios.
ARTICULO OCTAVO: . Disposiciones Generales. Todos los empleados a quienes le sean asignadas tareas de coordinación, cumplirán adicionalmente con las siguientes actividades:
- Coordinar la realización de estudios técnico-administrativos para el establecimiento y racionalización de procedimientos administrativos y el mejoramiento de los servicios que presta la entidad, en materia de su competencia.
- Adelantar actividades de planeación, seguimiento y control de las actividades del grupo interno de trabajo, de acuerdo con los lineamientos que le señalen la Dirección Gestión Corporativa, la Oficina Asesora de Jurídica y Dirección de Planeación y Procesos Estratégicos.
- Fomentar el desarrollo de la cultura del autocontrol en la entidad, de acuerdo con el ámbito de su competencia.
- Presentar los informes que le sean solicitados por la Secretaria o Secretario de Despacho, su jefe inmediato y otras Dependencias de la entidad. Igualmente, atender según su competencia, las solicitudes que efectúen órganos de control político y administrativo, otras entidades y la ciudadanía en general.
- Desempeñar las demás funciones de acuerdo con la naturaleza del grupo interno de trabajo.
ARTICULO NOVENO : La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C. a los 02 días de enero de 2007
MARTHA SENN
Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, Bogotá, D.C.
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