RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Proyecto de Acuerdo 466 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Proyecto de Acuerdo 466 de 2008

Ver Acuerdo Distrital 318 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

"Por el cual se aprueban unas Vigencias Futuras de las entidades del Presupuesto Anual Distrital, para el período 2009-2012"

Honorables Concejales:

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Decreto 714 de 1996, Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital y en el artículo 12 de la Ley 819 de 2003, la Administración Distrital presenta a consideración del Concejo de Bogotá un Proyecto de Acuerdo "Por el cual se aprueban unas Vigencias Futuras de las entidades del Presupuesto Anual Distrital, para el período 2009-2012".

I. ASPECTOS LEGALES

La adquisición de obligaciones para comprometer presupuestos de Vigencias Futuras, tiene su fundamento legal en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital y en la Ley 819 de 2003, "Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras disposiciones", que al respecto disponen:

Decreto 714 de 1996, Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital.

"Artículo 14º. De las Vigencias Futuras. La Administración Distrital podrá presentar para aprobación del Concejo Distrital la asunción de obligaciones, que afecten presupuestos de vigencias futuras, cuando su ejecución se inicie con el presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas, siempre que los proyectos estén consignados en el Plan de Desarrollo respectivo y que sumados todos los compromisos que se pretendan adquirir por esta modalidad, no excedan su capacidad de endeudamiento. Cuando se trate de proyectos de inversión deberá obtenerse un concepto previo y favorable del Departamento Distrital de Planeación. (…)".

"Artículo 10o. De las Funciones del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal. El Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal -CONFIS- desarrollará las siguientes funciones:

(…)

a. Autorizar de conformidad con el Artículo 14 del presente Acuerdo, la asunción de obligaciones con cargo a vigencias futuras, siempre que éstas estén consignadas en el Plan de Desarrollo respectivo." (Acuerdo 24 de 1995, art. 9o.).

Ley 819 de 2003.

"Artículo 12. Vigencias futuras ordinarias para entidades territoriales. En las entidades territoriales, las autorizaciones para comprometer vigencias futuras serán impartidas por la asamblea o concejo respectivo, a iniciativa del gobierno local, previa aprobación por el Confis territorial o el órgano que haga sus veces.

Se podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas siempre y cuando se cumpla que:

a) El monto máximo de vigencias futuras, el plazo y las condiciones de las mismas consulte las metas plurianuales del Marco Fiscal de Mediano Plazo de que trata el artículo 1º de esta ley;

b) Como mínimo, de las vigencias futuras que se soliciten se deberá contar con apropiación del quince por ciento (15%) en la vigencia fiscal en la que estas sean autorizadas; (…).

La autorización por parte del Confis para comprometer presupuesto con cargo a vigencias futuras no podrá superar el respectivo período de gobierno. Se exceptúan los proyectos de gastos de inversión en aquellos casos en que el Consejo de Gobierno previamente los declare de importancia estratégica. (…)."

Adicionalmente, el Acuerdo 308 de junio 9 de 2008, "Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá, D. C., 2008-2012 "Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor", dispone:

"Artículo 52. Con el fin de hacer mas efectiva y eficiente la ejecución presupuestal del plan de desarrollo "Bogotá positiva: para vivir mejor", se autorizan cupos de endeudamiento y vigencias futuras, previa aprobación de los respectivos proyectos de acuerdo."

II. PROPUESTA DE VIGENCIAS FUTURAS

La Administración Distrital presenta a aprobación del Concejo de Bogotá, las solicitudes de Vigencias Futuras de las siguientes entidades, para el período 2009-2012 por un valor de $1.076.806 millones, pesos constantes de 2008, de los cuales $44.859 millones se requieren para Gastos de Funcionamiento y $1.031.947 millones para Inversión. (Cuadro 1).

Cuadro 1

Solicitud de Autorización de Vigencias Futuras

Millones de $constantes de 2008

Entidad

2009

2010

2011

2012

Total

Sría. Dtal. de Hacienda (Unidades Ejecutoras 01 y 04)

18.106

21.560

20.816

6.550

67.032

Funcionamiento:

9.170

13.561

12.639

0

35.370

Servicios Personales

952

1.420

1.418

3.789

Gastos Generales

8.218

12.141

11.222

31.581

Inversión:

8.936

7.999

8.176

6.550

31.661

Tecnologías de información y comunicación (TIC) para las finanzas distritales

8.936

7.999

8.176

6.550

31.661

Sría. Dtal de Educación

40.700

56.080

32.557

0

129.338

Inversión:

40.700

56.080

32.557

0

129.338

Construcción y Conservación de la Infraestructura del Sector Educativo Oficial

40.700

56.080

32.557

0

129.338

Fondo Financiero Distrital de Salud

220.109

8.596

0

0

228.705

Inversión:

220.109

8.596

0

0

228.705

Promoción y afiliación al régimen subsidiado y

contributivo

122.178

8.596

0

0

130.774

Atención a la población vinculada

86.538

0

0

0

86.538

PAB: Plan de atención Básica (Salud al: Colegio, Hogar, Trabajo etc)

11.392

0

0

11.392

Instituto de Desarrollo Urbano - IDU

105.976

174.042

155.189

161.764

596.970

Inversión:

105.976

174.042

155.189

161.764

596.970

Desarrollo y sostenibilidad de la infraestructura local

20.000

20.000

20.000

20.000

80.000

Infraestructura para la movilidad

85.976

154.042

135.189

141.763

516.970

Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones - FONCEP

3.115

3.161

3.213

0

9.489

Funcionamiento:

3.115

3.161

3.213

0

9.489

Gastos Generales

3.115

3.161

3.213

0

9.489

Fondo de Vigilancia y Seguridad

15.589

15.061

14.623

0

45.273

Inversión:

15.589

15.061

14.623

0

45.273

Fortalecimiento de medios de transporte destinados a la prevención y la seguridad

15.589

15.061

14.623

0

45.273

Totales

403.595

278.500

226.397

168.314

1.076.806

Funcionamiento

12.285

16.722

15.852

0

44.859

Inversión

391.309

261.779

210.545

168.314

1.031.947

A continuación se explican las solicitudes de cada entidad.

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA

La Secretaría Distrital de Hacienda solicita la aprobación de Vigencias Futuras para el período 2009-2012, por valor de $67.032 millones, pesos constantes de 2008, de acuerdo con el siguiente detalle:

Unidad Ejecutora - 01 Dirección de Gestión Corporativa. Necesita aprobación de Vigencias Futuras para el período 2009-2012, por valor de $60.799 millones, de los cuales $29.138 millones, son para Funcionamiento y $31.661 millones, para Inversión.

Concepto

2009

2010

2011

2012

Total

1. Gastos De Funcionamiento

7.092

11.483

10.561

29.138

Servicios Personales

952

1.420

1.417

3.789

Gastos Generales

6.141

10.063

9.144

25.348

2. Gastos De Inversión

8.936

7.999

8.176

6.550

31.661

Total Vigencias Futuras

16.028

19.482

18.738

6.550

60.799

Las vigencias futuras con cargo al presupuesto de Funcionamiento e Inversión se solicitan con el fin de garantizar en todas las áreas, el logro de la misión institucional de administrar y consolidar las finanzas del Distrito. La Dirección de Sistemas e Informática se constituye en el soporte tecnológico para el apalancamiento de los objetivos misionales que hoy en día dependen en gran medida de las ayudas tecnológicas y de una infraestructura de servicios soportado en las TIC (Tecnologías de la Información y Comunicaciones), para optimizar el uso de los recursos de inversión y el adecuado manejo de los destinados al funcionamiento.

Con las vigencias futuras se financiarán los gastos del componente tecnológico (hardware, software, conectividad, seguridad y talento humano), que conforman cualquier solución de tecnologías de la información y comunicaciones TIC, para llevar un servicio o producto informático, al "usuario final", que a nivel interno son los funcionarios de la Secretaría Distrital de Hacienda, y a nivel externo son las entidades distritales y la ciudadanía. A continuación se relacionan algunos de los compromisos que se respaldarían:

En Funcionamiento:

Soporte técnico para atención de usuarios tecnológicos.

Digitalización de documentos e imágenes como apoyo a la gestión del cumplimiento de objetivos misionales de la entidad (OCR/ICR).

Solución unificada de comunicaciones IP (Internet protocol).

Almacenar, procesar y salvaguardar información financiera del Distrito Capital.

Mantenimiento de la plataforma informática y del centro de cómputo.

Prestar servicios de colaboración intranet, extranet e Internet.

Alquiler de equipo para atender necesidades informáticas de las áreas de la entidad.

En Inversión:

Integración de servicios de desarrollo de software.

Adquisición de soluciones y servicios de tecnología.

Renovación y actualización de la infraestructura tecnológica y de conectividad.

Servicios técnicos y profesionales especializados para el apoyo de la gestión tecnológica.

Dar continuidad a la fase II del centro alterno de contingencia de la SDH.

Avanzar en el sistema de gestión de seguridad informática.

Implementación del proyecto de oficina sin papel.

La contratación se hará por un término de cuatro (4) años, contados a partir de agosto 1º de 2008 a 30 de junio de 2012.

Unidad Ejecutora - 04 Fondo Cuenta Concejo de Bogotá. Requiere autorización de Vigencias Futuras para los años 2009-2010 por valor de $6.232 millones, para contratar en arrendamiento durante 48 meses el parque automotor del Concejo de Bogotá. El estudio realizado demuestra que esta alternativa presenta ventajas administrativas y financieras frente a la adquisición, operación y mantenimiento de los vehículos al servicio de los Concejales de la ciudad, en lo relativo a aspectos de personal, impuestos, intermediación de seguros y mantenimiento, entre otros.

El 15% de apropiación en el rubro presupuestal, conforme a lo dispuesto en la Ley 819 de 2003, se está incorporando mediante un traslado presupuestal entre el Concejo y la Secretaría Distrital de Hacienda por $1.300 millones, incluido en el Proyecto de Acuerdo de Armonización.

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO

Solicita la aprobación de Vigencias Futuras para el Proyecto "Construcción y conservación de la infraestructura del sector educativo oficial", con cargo a los presupuestos de los años 2009-2011, por un valor de $129.338 millones, pesos constantes de 2008.

La Secretaría de Educación del Distrito en el marco del Plan de Desarrollo 2008-2012 "Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor", se ha propuesto la meta de construir 9 colegios nuevos. Durante los últimos años se ha dado en la ciudad un crecimiento de la matrícula entre el grado 0 y el grado 11, la cual pasó de 1.544.218 estudiantes en el 2003 a 1.615.921 en el 2007. Este aumento se presentó en el sector oficial que pasó de 860.867 estudiantes a 1.010.602, con un crecimiento del 17.4% en esos años y una participación del 55.7% del total de la matrícula, que al final del período se situó en el 62.5%. (Cuadro 2).

Cuadro 2

Bogotá, D.C. Total Matrícula según Sector, Período 2003 - 2007

Concepto

Años

2003

2004

2005

2006

2007

Sector Oficial

722.963

757.189

775.430

791.414

828.550

Concesiones

23.117

26.308

35.612

37.542

38.168

Subsidios

114.787

119.016

125.816

135.700

143.884

Total Oficial Distrital

860.867

902.513

936.858

964.656

1.010.602

Total No Oficial

683.351

680.453

673.087

666.292

605.319

Total Matrícula

1.544.218

1.582.966

1.609.945

1.630.948

1.615.921

Participación Oficial

55,7%

57.0%

58,20%

59,10%

62,50%

Participación No Oficial

44,3%

43.0%

41,80%

40,90%

37,50%

Fuente: Subdirección de Análisis Sectorial-SED

Según datos de la SED obtenidos por medio de la Encuesta de Calidad de Vida 2007, se requiere ampliar la oferta educativa, pues existe un total de 101.820 personas en edad escolar (27.163 de 5 a 11 años, 18.873 de 12 a 15 años y 55.784 de 16 a 17 años) que están por fuera del sistema escolar. Además, se tienen sectores entre las localidades que son deficitarios en cuanto a coberturas que coinciden con áreas densamente pobladas, en condiciones de pobreza y alta vulnerabilidad.

A pesar de los avances alcanzados en años anteriores, persisten dificultades como son: los desfases entre la localización geográfica de los colegios y el lugar de residencia de la población en edad escolar; ésto conduce a que en algunas localidades exista déficit de capacidad y en otras exceso de oferta. Igualmente, al interior de las localidades hay sectores críticos que concentran gran parte de la demanda efectiva, medida por el número de solicitudes, y no cuentan con oferta oficial y privada suficiente para atenderla. Seguidamente se presenta la proyección del número de cupos que el sistema educativo oficial deberá cubrir entre el 2008 y el 2012, a través de construcciones nuevas:

AÑOS

PROYECCION CUPOS 2008-2012

2008

18.254

2009

4.000

2010

10.480

2011

9.600

Fuente: Subdirección de Plantas Físicas SED.

Las localidades con mayores faltantes de oferta son Bosa, Ciudad Bolívar, Suba, Kennedy y Usme, las cuales concentran gran parte de la población de estratos 1 y 2 y presentan altas tasas de crecimiento poblacional, lo que a futuro aumentará aún más el desfase entre la oferta y la demanda educativa. La mayor dinámica de crecimiento de la población en edad escolar (niños y jóvenes de 5 a 17 años) en los últimos años, se registra en Suba (11.3%), Ciudad Bolívar (10.1%), Usaquén (7.6%), Kennedy (7.5%), Bosa (10.3%), Fontibón (13.1%) y Usme (6.6%).

Para el cumplimiento de las metas propuestas en el Plan, es imprescindible para la Secretaría de Educación iniciar en el 2008 la contratación de por lo menos dos (2) colegios nuevos para que el proceso de construcción se desarrolle en el año 2009 de tal forma que empiecen a funcionar a partir de febrero del 2010. Inicialmente en los lotes funcionarían aulas prefabricadas, si es necesario. Por ello se propone adelantar la construcción de colegios nuevos tal y como se muestra en el siguiente cuadro:

 

Inicia construcción

Entrega colegios

Total colegios

Año

2008

2010

2

2009

2011

4

2010

2012

3

TOTAL

9

De otra parte, se requiere también empezar este año el reforzamiento y mejoramiento de los colegios oficiales. Se cuenta con una infraestructura física de más de cuarenta (40) años en condiciones no aptas para el desarrollo pedagógico, la seguridad, salubridad y el cumplimiento de estándares mínimos para construcciones escolares. Un estudio de prediagnóstico de vulnerabilidad sísmica, realizado en cumplimiento de la Ley 400 de 1997, definió las posibles edificaciones que necesitarían intervención inmediata para llevarlas a un nivel de seguridad sísmica.

El estudio preliminar evaluó las 696 sedes en las 2.614 edificaciones y estableció el siguiente resultado: 1.842 edificaciones (70.47%) no son vulnerables, mientras que 772 (29.53%) edificaciones en 430 sedes, presentan un índice de vulnerabilidad mayor que 1. De éstas, 60 sedes presentan un índice de vulnerabilidad sísmica de la infraestructura mayor a 9, lo que significa un alto riesgo para la integridad física en la población estudiantil al no cumplir las edificaciones con las normas de sismo resistencia que establece la ley. Para el año 2008 se ha previsto empezar el reforzamiento de cuatro (4) sedes y 2 colegios para ampliar y mejorar su infraestructura.

La SED requiere entonces adelantar en el 2008 una serie de procesos de contratación y ejecución, relacionados fundamentalmente con la compra de predios, construcción de colegios, consultorías de diseño integral para reforzamiento o mejoramiento, interventorías de las obras de reforzamiento y de construcción de colegios, entre otras acciones.

En la actualidad la Secretaria de Educación cuenta con 2 predios viabilizados uno en la Localidad de Ciudad Bolívar y el otro en la Localidad de Fontibón, que serán utilizados para la construcción de 2 nuevos colegios; y con los diseños y estudios técnicos correspondientes a 5 colegios. Específicamente, diseño arquitectónico, el estudio de suelos, los cálculos estructurales, los diseños eléctricos, hidráulicos, sanitarios, entre otros.

Es importante destacar que para la construcción de un colegio o para adelantar las obras de reforzamiento y mejoramiento, la duración del proceso, desde que se inician los estudios previos hasta la puesta en marcha de la institución, oscila entre un periodo de 18 meses (1,5 años) a 37 meses (3.1 años), de los cuales, 14 o 16 meses corresponden a la fase final del proceso: la ejecución de las obras de construcción.

Lo anteriormente expuesto, justifica la necesidad que tiene la Secretaría de Educación de obtener la aprobación de las Vigencias Futuras para el proyecto en mención, considerando que las inversiones buscan garantizar la continuidad de las obras, una adecuada oferta educativa y una mayor planeación financiera, así como la oportunidad en la entrega de los bienes y servicios para la comunidad.

Por último, cabe resaltar el beneficio social que se generaría al brindar un mayor acceso al sistema educativo de la población vulnerable en especial a las familias de estratos 1 y 2 y desplazados. Así mismo, el mejoramiento de la infraestructura y la adecuación de los espacios mediante el reforzamiento estructural de las plantas físicas, permitirá mitigar el riesgo ante la posibilidad de ocurrencia de emergencias y desastres.

FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD

Solicita la aprobación de Vigencias Futuras con cargo a los presupuestos de los años 2009-2010 por un valor de $228.705 millones, pesos constantes de 2008, para los proyectos relacionados en el cuadro siguiente:

PROYECTO

CONCEPTO

2009

2010

TOTAL

618

Promoción y afiliación al régimen subsidiado y contributivo

122.178

8.596

130.774

620

Atención a la población vinculada

86.538

-

86.538

623

Salud a su casa

3.025

-

3.025

624

Salud al colegio

1.264

-

1.264

625

Vigilancia en salud pública

2.220

-

2.220

626

Instituciones saludables y amigables

1.062

-

1.062

627

Comunidades saludables

1.915

-

1.915

628

Niñez bienvenida y protegida

457

-

457

629

Fortalecimiento de la gestión distrital en la salud pública

926

-

926

630

Salud al trabajo

523

-

523

TOTAL

220.109

8.596

228.705

Los recursos solicitados se destinarán al cumplimiento de la política sectorial en materia de salud, propuesta en el Plan de Desarrollo 2008 -2012 "Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor", cuya orientación central es el avance en la garantía del derecho a la salud para toda la población de la ciudad, en el marco del fortalecimiento del Estado Social de Derecho según lo definido en la Constitución Política de 1991.

Atención al Régimen Subsidiado. Los recursos solicitados mediante la aprobación de vigencias futuras para la vigencia fiscal 2009 y 2010 por $130.774 millones, se destinarán a la financiación de la contratación del régimen subsidiado en ampliación de cobertura y contratación de continuidad; teniendo en cuenta lo normado por el gobierno nacional y lo establecido en el siguiente marco normativo:

Acuerdo 244 del 31 de enero de 2003 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, artículo 45

"Artículo 45. Contratos de aseguramiento. Para administrar los recursos del Régimen Subsidiado y proveer el aseguramiento de la población afiliada a este régimen, la entidad territorial suscribirá un solo contrato con cada Administradora del Régimen Subsidiado, por el número de afiliados carnetizados, que incluye la población trasladada, la nueva por ampliación de cobertura, y la población de continuidad. El período de contratación será de un (1) año, comprendido entre el primero (1°) de abril y el treinta y uno (31) de marzo, el cual será prorrogable anualmente hasta por dos (2) años más, previo el trámite presupuestal pertinente. El subrayado es nuestro."

Acuerdo 361 de 2007 del CNSSS. Establece un nuevo periodo de contratación para la ampliación de cobertura en el Régimen Subsidiado.

Acuerdo 384 de 2008 del CNSSS. Establece criterios de distribución de los recursos del FOSYGA para ampliación de cobertura del régimen subsidiado en la vigencia 2008 y se dictan otras disposiciones.

Ley 1151 de junio 24 de 2007

"Artículo 153. Proyectos Gasto Social. Para proyectos de Gasto Público Social en los sectores de Educación, Salud, Agua Potable y Saneamiento Básico, contenidos en el presente Plan de Desarrollo, que requieran para su ejecución cofinanciación por parte de las entidades territoriales, la asamblea o concejo respectivo, a iniciativa del gobierno local, previa autorización por parte del CONFIS territorial o el órgano que haga sus veces, podrá en el último año de gobierno autorizar vigencias futuras ordinarias o excepcionales. Lo anterior con el fin de garantizar el cumplimiento de las metas de cobertura en materia de gasto social previstas en el presente plan.

Instructivo DGGDS-RS-05-08 del Ministerio de la Protección Social. (Ampliación de cobertura).

"En aplicación del Acuerdo No. 384, resulta claro que para las ampliaciones de cobertura que se realicen en el año 2008, se suscribirán contratos por el período comprendido entre la fecha de inicio del contrato (1 de abril, 1 de junio, 1 de agosto, 1 de octubre de 2008) y terminando en todo caso el 30 de septiembre de 2010.

En el caso de los contratos que se financien exclusivamente con recursos de la subcuenta de solidaridad del FOSYGA, como son los recursos asignados mediante la Resolución No. 1081 de fecha 26 de marzo de 2008, los contratos del régimen subsidiado deberán suscribirse en el año 2008 y terminar el 30 de septiembre de 2010, toda vez que con la citada Resolución se han asignado recursos que afectan los presupuestos de las vigencias 2008, 2009, 2010, por tanto se encuentra garantizada su financiación por este periodo.

Cuando la ampliación de cobertura se realice con recursos del FOSYGA y con recursos de esfuerzo propio territorial, es decir cuando haya cofinanciación del ente territorial, los municipios y/o gremios deberán destinar recursos correspondientes al presupuesto de la vigencia 2008 (hasta el 31 de diciembre de 2008), y para los años 2009, 2010 utilizarán recursos de vigencias futuras lo cual implica que se deberán adelantar los trámites correspondientes ante los respectivos concejos municipales".

Instructivo DGGDS-RS-03-08 del Ministerio de la Protección Social. (Contratación de continuidad).

"Es responsabilidad exclusiva de los Entes Territoriales de forma integral y en virtud de los principios de descentralización administrativa, asegurar la continuidad de las afiliaciones de su población pobre y vulnerable al Régimen Subsidiado en Salud, lo cual se materializa por medio de la contratación ininterrumpida y continua de los recursos destinados para tal fin.

Para el período único de contratación que inicia el 1º de abril de 2008, los municipios deberán dar continuidad a los contratos con las EPS-S, suscribiendo contratos nuevos, los cuales deberán cubrir el período entre el 1° de abril hasta el 31 de marzo de 2009, asegurando previamente los procesos presupuestales y operativos que posibiliten las contrataciones oportunas de dichos recursos.

De esa forma y para cumplir con el período contractual establecido hasta marzo del 2009, los Entes Territoriales deberán adelantar oportunamente las gestiones a que haya lugar para obtener de la Asamblea Departamental o el Concejo Municipal, según corresponda, la autorización de Vigencias Futuras con el fin de realizar los ajustes presupuestales necesarios."

Atención a Vinculados. Los recursos solicitados por $86.538 millones, se destinarán a financiar las actividades desarrolladas por las ESES adscritas a la Secretaría Distrital de Salud, para garantizar la atención a la población vinculada al Sistema de Seguridad Social en Salud, mediante las siguientes acciones:

*Contratos de compraventa de servicios de salud para la población participante vinculada con las 22 ESES de la red adscrita.

*Contratos con las IPS y ESE de nivel nacional de la red complementaria de servicios de salud insuficientes o inexistentes en la red adscrita.

*Contratos con 21 ESE de la red adscrita para atención de población desplazada por la violencia, no afiliada al SGSSS.

*Contratos con ESE para la atención de servicios especializados (NO POS) para población de estudiantes del Distrito.

*Contratos con 4 IPS para la atención de la población judicialmente declarada inimputable.

Plan de Intervenciones Colectivas PIC. Las vigencias futuras por $11.392 millones, se destinarán a financiar las acciones contratadas con las ESE para contribuir al mejoramiento de las condiciones individuales y colectivas de calidad de vida con énfasis en la promoción de la salud a través de los proyectos salud a su casa, salud al colegio, vigilancia en salud pública, instituciones saludables amigas, comunidades saludables, niñez bienvenida y protegida, salud al trabajo y fortalecimiento de la gestión distrital en la salud pública de salud; mediante las siguientes acciones:

*Desarrollar acciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, que den respuestas integrales acordes a las necesidades de la población en su territorio.

*Fortalecer el sistema de información del plan de intervenciones individuales y colectivas.

*Lograr y mantener las coberturas de vacunación con todos los biológicos.

*Acciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad en los micro territorios de Salud a su casa.

*Acciones de promoción de la salud a través de Salud al colegio.

*Acciones de vigilancia en Salud Pública.

INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO -IDU

El Instituto de Desarrollo Urbano –IDU solicita autorización para asumir compromisos de vigencias futuras durante el período 2009-2012 con cargo al presupuesto de Inversión, por valor de $596.970 millones, pesos constantes de 2008, para los proyectos "Desarrollo y Sostenibilidad de la infraestructura local" ($80.000 millones) e "Infraestructura para la movilidad" ($516.970 millones).

La solicitud se sustenta en la necesidad de replantear la estructuración del modelo actual de gestión de rehabilitación y mantenimiento de la malla vial, ya que aquel no permite integrar debidamente las intervenciones adelantadas por diferentes contratistas y programas e impide contrarrestar el aumento en el deterioro de las estructuras de pavimento; y la necesidad de hacer más inversiones en menor tiempo.

Cabe señalar que, el proceso de contratación y la puesta en marcha de los contratos de obra conllevan en promedio 8 meses. Igualmente, el tiempo promedio para el cumplimiento del objeto contractual de las obras de mantenimiento de la malla vial arterial es de 2 años y para la malla vial intermedia 1 año. La ejecución se realiza a través de un elevado número de contratos; la dispersión de las obras y los altos tiempos de ejecución hacen que el ciudadano no perciba la gestión de la entidad.

La aprobación de las vigencias futuras respaldará presupuestalmente el mantenimiento y rehabilitación de la malla vial de Bogotá. La ejecución de las obras se reorganizará a través de la figura de Distritos de Conservación, que se crearán a partir de la distribución de la ciudad en un número determinado de zonas geográficas y la realización se llevará a cabo mediante contratos plurianuales. Asignar a cada Distrito de Conservación recursos en un tiempo determinado, aumenta el índice de cobertura, al pasar de un 65% (1807 Km-carril) de malla vial arterial en buen estado al 72% (2043 Km –carril). Así mismo, en la malla vial intermedia y local se obtendrán incrementos del 9% y 8%, respectivamente.

FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, CESANTÍAS Y PENSIONES- FONCEP

Solicita autorización para Vigencias Futuras correspondientes al período 2009-2011, por $9.489 millones, pesos constantes de 2008, con cargo al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento, con el fin de efectuar una nueva licitación pública para contratar, por tres (3) años, una Fiduciaria o conjunto de Fiduciarias, que se encargue de manejar el Patrimonio Autónomo del Fondo de Pensiones Públicas de Bogotá y cubrir los gastos de comisión que ocasionará la administración de los recursos financieros destinados al pago de las mesadas pensionales, pasivos pensionales (cuotas partes y bonos pensionales), el servicio de atención a los pensionados y demás obligaciones a cargo del Fondo.

La solicitud se fundamenta en lo establecido por el Artículo 139 de la Ley 100 de 1993, reglamentado por el Decreto Ley 1296 de 1994 y el Decreto 810 de 1998 y lo estipulado en la Ley 549 de 1999. Al respecto, cabe señalar que el Sistema de Seguridad Social regulado en las normas citadas, previó la creación de los Fondos de Pensiones Territoriales y ordenó la administración de sus recursos a través de encargos fiduciarios.

Teniendo en cuenta que los trámites del proceso de contratación, el manejo operativo de la nómina y el manejo del portafolio, exigen realizar acciones especializadas en el tema y considerando que no debe quedar expuesta la Administración a la interrupción de los servicios, por los perjuicios que ello tendría en la atención al pensionado, es necesario acudir al mecanismo de las Vigencias Futuras, con lo cual se garantiza la continuidad en la gestión para el pago de las obligaciones pensionales y la eficiente ejecución de los recursos.

FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ, D. C.

En concordancia con las directrices asumidas en marco del Plan de Desarrollo "Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor", se estableció la meta de "adquirir o arrendar 450 vehículos al servicio de la Fuerza Pública", con el objeto de ampliar la cobertura en seguridad y brindar a los ciudadanos un mayor cubrimiento y atención a sus demandas de seguridad.

La meta se cumpliría a través del proyecto 6049 "Fortalecimiento de medios de transporte destinados a la prevención y la seguridad", para lo cual se plantea la contratación de 450 vehículos bajo el esquema de Renting del parque automotor, por un período de 36 meses, contados a partir de enero de 2009, tiempo en el cual se espera un avance significativo en términos de seguridad.

La propuesta de "Renting" (arrendamiento) de los vehículos para la Policía Metropolitana de Bogotá, permitirá contar con una disponibilidad permanente de los mismos en condiciones aptas para labores de vigilancia, y garantiza la atención técnica mecánica y solución a necesidades básicas del parque automotor. El servicio de arrendamiento incluye uso y goce del vehículo como si fuera propio, mantenimiento preventivo y correctivo, seguros, pago del SOAT y trámites de tránsito, impuesto de circulación y tránsito, control satelital y vehículo sustituto (el combustible es a cargo del FVS).

Las solicitudes de vigencias futuras presentadas por las entidades, fueron autorizadas por el CONFIS en su reunión del 8 de julio de 2008, conforme a lo dispuesto en el artículo 10, literal j) del Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital. Así mismo, en acatamiento de lo ordenado en la Ley 819 de 2003, cuentan con el 15% de apropiación en el Presupuesto 2008 y consultan las metas plurianuales del Marco Fiscal de Mediano Plazo. Igualmente, para los casos de vigencias futuras excepcionales, el Consejo de Gobierno en su sesión del 7 de julio de 2008, consideró de importancia estratégica las solicitudes presentadas por la Secretaría Distrital de Hacienda y por el Instituto de Desarrollo Urbano –IDU.

En los anteriores términos señores Concejales, se somete a consideración de esa Honorable Corporación, el Proyecto de Acuerdo "Por el cual se aprueban unas vigencias futuras de las entidades del Presupuesto Anual Distrital para el período 2009-2012".

De los Honorables Concejales,

SAMUEL MORENO ROJAS

JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ

Alcalde Mayor de Bogotá D. C.

Secretario Distrital de Hacienda

ACUERDO DE 2008

"Por el cual se aprueban unas vigencias futuras de las entidades del Presupuesto Anual Distrital para el período 2009-2012"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 14 del Decreto 714 de 1996, el artículo 12 de la Ley 819 de 2003, las demás normas vigentes y considerando

Que la Administración Distrital podrá presentar para aprobación del Concejo Distrital la asunción de obligaciones, que afecten presupuestos de vigencias futuras, cuando su ejecución se inicie con el presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas, siempre que los proyectos estén consignados en el plan de desarrollo respectivo.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 10, literal j, del Estatuto Orgánico de Presupuesto el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS en su reunión del 8 de julio autorizó las solicitudes de vigencias futuras presentadas por las entidades.

Que de acuerdo a lo estipulado en la Ley 819 de 2003, el Consejo de Gobierno en su reunión del 7 de julio de 2008, consideró de importancia estratégica las solicitudes presentadas por la Secretaría Distrital de Hacienda y por el Instituto de Desarrollo Urbano - IDU.

ACUERDA:

ARTÍCULO 1º. Se autoriza a las siguientes entidades para asumir compromisos con cargo a las vigencias futuras 2009-2012 hasta por la suma de un billón setenta y seis mil ochocientos cinco millones setecientos veintiocho mil doscientos setenta y ocho ($1.076.805.728.278) pesos constantes de 2008, de acuerdo al siguiente detalle:

 

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

111-01. SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA

CÓDIGO

CONCEPTO

2009

2010

2011

2012

Total

3

GASTOS

16.028.413.940

19.482.534.050

18.738.138.722

6.550.164.590

60.799.251.302

3 1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

7.092.396.739

11.483.613.031

10.561.859.694

0

29.137.869.464

3 1 1

ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS

7.092.396.739

11.483.613.031

10.561.859.694

0

29.137.869.464

3 1 1 01

SERVICIOS PERSONALES

951.853.261

1.420.071.367

1.417.510.385

0

3.789.435.013

3 1 1 01 09 01

Honorarios entidad

85.913.044

128.173.804

127.942.653

342.029.500

3 1 1 01 10

Remuneración servicios técnicos

865.940.217

1.291.897.564

1.289.567.733

3.447.405.513

3 1 1 02

GASTOS GENERALES

6.140.543.478

10.063.541.664

9.144.349.309

0

25.348.434.451

3 1 1 02 03

Gastos de computador

5.172.071.015

8.281.577.142

7.365.598.413

20.819.246.570

3 1 1 02 05

Gastos de transporte y comunicación

903.255.072

1.414.394.573

1.411.843.829

3.729.493.473

3 1 1 02 08 01

Mantenimiento entidad

65.217.391

367.569.950

366.907.068

799.694.408

3 3

INVERSIÓN

8.936.017.201

7.998.921.019

8.176.279.028

6.550.164.590

31.661.381.838

3 3 1

DIRECTA

8.936.017.201

7.998.921.019

8.176.279.028

6.550.164.590

31.661.381.838

3 3 1 13

Bogotá positiva: para vivir mejor

8.936.017.201

7.998.921.019

8.176.279.028

6.550.164.590

31.661.381.838

3 3 1 13 07

Finanzas Sostenibles

8.936.017.201

7.998.921.019

8.176.279.028

6.550.164.590

31.661.381.838

3 3 1 13 07 52

Gestión fiscal responsable e innovadora

8.936.017.201

7.998.921.019

8.176.279.028

6.550.164.590

31.661.381.838

3 3 1 13 07 52 0580

Tecnologías de información y comunicación (TIC) para las finanzas distritales

8.936.017.201

7.998.921.019

8.176.279.028

6.550.164.590

31.661.381.838

111-04. SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - FONDO CUENTA CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

CÓDIGO

CONCEPTO

2009

2010

2011

Total

3

GASTOS

2.077.454.293

2.077.454.293

2.077.454.294

6.232.362.880

3 1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

2.077.454.293

2.077.454.293

2.077.454.294

6.232.362.880

3 1 1

ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS

2.077.454.293

2.077.454.293

2.077.454.294

6.232.362.880

3 1 1 02

GASTOS GENERALES

2.077.454.293

2.077.454.293

2.077.454.294

6.232.362.880

3 1 1 02 01

Arrendamientos

2.077.454.293

2.077.454.293

2.077.454.294

6.232.362.880

112. SECRETARÍA DISTRITAL DE EDUCACIÓN

CÓDIGO

CONCEPTO

2009

2010

2011

Total

3

GASTOS

40.700.000.000

56.080.453.363

32.557.283.718

129.337.737.081

3 3

INVERSIÓN

40.700.000.000

56.080.453.363

32.557.283.718

129.337.737.081

3 3 1

DIRECTA

40.700.000.000

56.080.453.363

32.557.283.718

129.337.737.081

3 3 1 13

Bogotá positiva: para vivir mejor

40.700.000.000

56.080.453.363

32.557.283.718

129.337.737.081

3 3 1 13 01

Ciudad de Derechos

40.700.000.000

56.080.453.363

32.557.283.718

129.337.737.081

3 3 1 13 01 08

Mejoramiento de la infraestructura y dotación de colegios

40.700.000.000

56.080.453.363

32.557.283.718

129.337.737.081

3 3 1 13 01 08 0563

Construcción y conservación de la infraestructura del sector educactivo oficial.

40.700.000.000

56.080.453.363

32.557.283.718

129.337.737.081

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

201. FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD - FFDS

CÓDIGO

CONCEPTO

2009

2010

Total

3

GASTOS

220.108.653.845

8.596.246.748

228.704.900.593

3 3

INVERSIÓN

220.108.653.845

8.596.246.748

228.704.900.593

3 3 1

DIRECTA

220.108.653.845

8.596.246.748

228.704.900.593

3 3 1 13

Bogotá positiva: para vivir mejor

220.108.653.845

8.596.246.748

228.704.900.593

3 3 1 13 01

Ciudad de Derechos

220.108.653.845

8.596.246.748

228.704.900.593

3 3 1 13 01 01

Bogotá Sana

11.392.307.692

11.392.307.692

0623

Salud a su casa

3.025.000.000

3.025.000.000

0624

Salud al colegio

1.264.423.077

1.264.423.077

0625

Vigilancia en salud pública

2.220.192.308

2.220.192.308

0626

Institucionaes saludables y amigables

1.061.538.462

1.061.538.462

0627

Comunidades saludables

1.915.384.615

1.915.384.615

0628

Niñez bienvenida y protegida

456.730.769

456.730.769

0629

Fortalecimiento de la gestión distrital en la salud pública

925.961.538

925.961.538

0630

Salud al trabajo

523.076.923

523.076.923

3 3 1 13 01 02

Garantía del Aseguramiento y atención en salud

208.716.346.153

8.596.246.748

217.312.592.901

3 3 1 13 01 02 0618

Promoción y afiliación al régimen subsidiado y contributivo

122.177.884.615

8.596.246.748

130.774.131.363

0620

Atención a la población vinculada

86.538.461.538

0

86.538.461.538

204. INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU

CÓDIGO

CONCEPTO

2009

2010

2011

2012

Total

3

GASTOS

105.976.067.504

174.041.595.864

155.188.805.637

161.763.767.319

596.970.236.324

3 3

INVERSIÓN

105.976.067.504

174.041.595.864

155.188.805.637

161.763.767.319

596.970.236.324

3 3 1

DIRECTA

105.976.067.504

174.041.595.864

155.188.805.637

161.763.767.319

596.970.236.324

3 3 1 13

Bogotá positiva: para vivir mejor

105.976.067.504

174.041.595.864

155.188.805.637

161.763.767.319

596.970.236.324

3 3 1 13 02

Derecho a la Ciudad

105.976.067.504

174.041.595.864

155.188.805.637

161.763.767.319

596.970.236.324

3 3 1 13 02 17

Mejoremos el barrio

20.000.000.000

20.000.000.000

20.000.000.000

20.000.433.430

80.000.433.430

3 3 1 13 02 17 0234

Desarrollo y sostenibilidad de la infraestructura local

20.000.000.000

20.000.000.000

20.000.000.000

20.000.433.430

80.000.433.430

3 3 1 13 02 23

Vías para la movilidad

85.976.067.504

154.041.595.864

135.188.805.637

141.763.333.889

516.969.802.894

3 3 1 13 02 23 0520

Infraestructura para la movilidad

85.976.067.504

154.041.595.864

135.188.805.637

141.763.333.889

516.969.802.894

206. FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, CESANTÍAS Y PENSIONES - FONCEP

CÓDIGO

CONCEPTO

2009

2010

2011

Total

3

GASTOS

3.115.384.615

3.160.535.117

3.212.699.289

9.488.619.021

3 1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

3.115.384.615

3.160.535.117

3.212.699.289

9.488.619.021

3 1 1

ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS

3.115.384.615

3.160.535.117

3.212.699.289

9.488.619.021

3 1 1 02

GASTOS GENERALES

3.115.384.615

3.160.535.117

3.212.699.289

9.488.619.021

3 1 1 02 18

Intereses y comisiones

3.115.384.615

3.160.535.117

3.212.699.289

9.488.619.021

217. FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD

CÓDIGO

CONCEPTO

2009

2010

2011

Total

3

GASTOS

15.588.533.034

15.061.384.574

14.622.703.469

45.272.621.077

3 3

INVERSIÓN

15.588.533.034

15.061.384.574

14.622.703.469

45.272.621.077

3 3 1

DIRECTA

15.588.533.034

15.061.384.574

14.622.703.469

45.272.621.077

3 3 1 13

Bogotá positiva: para vivir mejor

15.588.533.034

15.061.384.574

14.622.703.469

45.272.621.077

3 3 1 13 02

Derecho a la Ciudad

15.588.533.034

15.061.384.574

14.622.703.469

45.272.621.077

3 3 1 13 02 29

Bogotá segura y humana

15.588.533.034

15.061.384.574

14.622.703.469

45.272.621.077

3 3 1 13 02 29 6049

Fortalecimiento de medios de transporte destinados a la prevención y la seguridad

15.588.533.034

15.061.384.574

14.622.703.469

45.272.621.077

Total Vigencias Futuras

403.594.507.231

278.500.204.009

226.397.085.129

168.313.931.909

1.076.805.728.278

ARTÍCULO 2º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en Bogotá, D.C., a los