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Proyecto de Acuerdo 357 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Proyecto de Acuerdo Número No. 357 DE 2008

Ver Acuerdo Distrital 341 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

"Por el cual se establece la realización de un gran simulacro de actuación en caso de sismo en la ciudad dentro de la celebración del día de la prevención de desastres y emergencias contemplado en el Acuerdo 030 de 2001"

EXPOSICION DE MOTIVOS

1. Presentación

De conformidad con el artículo 21 del decreto Ley 1421 de 1993 "Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá", a continuación me permito dar a conocer los fundamentos de hecho y de derecho en que me baso para presentar ante el Honorable Concejo de Bogotá esta iniciativa que pretende modificar el Acuerdo 030 de 2001 "Por medio del cual se establece la implementación y ejecución del día de la prevención de desastres y emergencias en el Distrito Capital".

2. El acuerdo 030 de 2001

El Acuerdo 030 de 2001 "Por medio del cual se establece la implementación y ejecución del día de la prevención de desastres y emergencias en el Distrito Capital" creó como día alusivo al tema, el segundo miércoles de octubre de cada año, para tal fin, esta fecha:

a. Participarán todas las entidades distritales, quienes presentarán con anticipación, los trabajos ejecutados dentro del año y las propuestas para futuras actividades.

b. Todas las entidades del distrito invitarán a participar a todas las organizaciones comunitarias y privadas de la ciudad, así como las entidades de orden nacional con sede en la ciudad.

c. Las Alcaldías Locales, en coordinación con los Comités Locales de Emergencia, harán la convocatoria en su respectiva localidad.

d. El Alcalde Mayor, a través de las entidades correspondientes, coordinará la realización y posterior evaluación de este ejercicio.

El ejercicio busca no solo poner a prueba y mejorar la capacidad de respuesta de la ciudad frente a un desastre de grandes magnitudes, sino también sensibilizar a la ciudadanía en general con relación al mencionado tema.

Adicionalmente, el Alcalde Mayor, por intermedio de la Secretaría de Educación coordinará lo necesario para que los establecimientos educativos públicos y privados del Distrito Capital, organicen jornadas especiales incluyendo simulacros y actividades culturales orientadas al fortalecimiento del plan escolar de emergencias o de gestión del riesgo.

3. La problemática actual en matera de atención y prevención de emergencias

Indiscutiblemente, la iniciativa contenida en este proyecto constituye una herramienta pertinente en la difícil tarea de sensibilizar a los bogotanos en un tema tan complejo y de tanto impacto. No obstante, a siete años de su expedición es evidente que el tema ha quedado relegado a un segundo plano y se retoma de manera ligera cada vez que existe una amenaza, olvidándose nuevamente a los pocos días.

El Plan Distrital de Prevención y Atención de Emergencias -PDPAE-, adoptado mediante decreto distrital 423 de 2006, está orientado hacia la gestión del riesgo de emergencias o desastres de origen socio-naturales como son los geológicos (terremotos), hidrometeorológicos (inundaciones, avalanchas), biológicos (epidemias, intoxicaciones masivas); o también antrópicos no intencionales como los tecnológicos, funcionales, riesgos en edificaciones, riesgos en sitios de concentración masiva de personas, accidentes, etc.

De ellos, el mayor riesgo1 y por supuesto el más impactante para Bogotá es el que pueda derivarse de un sismo, debido a condiciones geológicas (riesgo intermedio, suelos construidos de origen lacustre), a la alta densidad demográfica de la ciudad y al elevado nivel de no aceptabilidad de las construcciones en materia de sismoresistencia como causa de su misma antigüedad o por la infracción a los parámetros de construcción establecidos normativamente.

La sismicidad de Bogotá y su área cercana, en los últimos quinientos años, ha sido bastante importante causando la destrucción parcial de la ciudad (1785, 1827 y 1917) cuyos epicentros han sido localizados en el Páramo de Chingaza, Timaná (Huila) y Páramo de Sumapaz2.

Según el Estudio de Riesgo y Pérdida por Terremoto para Bogotá, Universidad de los Andes, 2005, sólo el 31.1% de las edificaciones de Bogotá tienen mampostería reforzada, lo que significa que son altamente resistentes a este tipo de fenómenos. De otro lado, el Plan Distrital de Prevención y Atención de Emergencias para Bogotá afirma que se estima que planteado un escenario de sismo con riesgo de 250 años, 3.958 viviendas sufrirían daños considerables (0.5%), 60.408 personas quedarían sin vivienda (0.9 del total), y 73.765 personas sin lugar de trabajo (1.1% de la población total). Se considera además que los costos directos del evento serían de 3.8 billones (2005) correspondiente a un daño esperado del 8.3%3.

Adicionalmente, en un estudio anterior de Ingeominas y la Universidad de los Andes se plantearon diferentes escenarios de ocurrencia de un sismo en la ciudad y estos fueron los resultados4:

A raíz del sismo del pasado sábado del 24 de mayo de 2008, con epicentro a menos de 50 km. de Bogotá, y que registró una intensidad de 5.7 grados en la escala de Richter, se puso a prueba el sistema de Atención de Emergencias, evidenciando la precaria capacidad de respuesta frente a una demanda de servicios que desbordaría desde todo punto de vista la actual oferta de servicios que tiene la administración distrital en materia hospitalaria, atención de necesidades básicas, atención por socorristas, infraestructura, entre otros aspectos.

Para mencionar solo un ejemplo basta hablar del cuerpo oficial de bomberos que en la actualidad cuenta con 400 efectivos (ampliables este año a 480). Los estándares internacionales hablan de un bombero por cada 1.000 habitantes, es decir que la ciudad debería tener por lo menos 6.000 bomberos para cada turno. Las proyecciones dan para que el cuerpo de bomberos cuente con 1.200 a 1.500 bomberos para el 2015, cifra que también resulta ser muy baja. Lo anterior sin mencionar otras deficiencias como son las comunicaciones y la poca capacidad de respuesta del Número Único del Sistema de Emergencias NUSE, la falta de educación y de cultura en este ámbito, la baja asignación presupuestal de los bomberos, el reducido número de estaciones de bomberos y la necesidad apremiante de refuerzo estructural de algunas de las existentes.

Todo ello incide en un aspecto que es definitivo al momento de una emergencia: se trata de del tiempo de respuesta de los bomberos que está calculado en 10 minutos aproximadamente, lo cual es preocupante, teniendo en cuenta que una persona se ahoga tres minutos inhalando humo de un incendio.

La Administración Distrital, a través de entidades como el Departamento Administrativo de Prevención y Atención de Desastres y la Unidad Administrativa Especial de Bomberos han venido adelantando acciones tendientes a concienciar a la ciudadanía de la importancia de prevenir y mitigar el riesgo y de manejar la situación, una vez se produzca. Muestra de ello es el programa "con los pies en la tierra: 6 jugadas maestras", no obstante que el impacto de todas estas acciones no ha sido el esperado y por ello con tranquilidad podemos afirmar que Bogotá no está preparada para una emergencia de estas dimensiones.

4. La Propuesta

La problemática está establecida y claramente definida, pero no los mecanismos e instrumentos generales que permitan de manera adecuada prevenir el riesgo y atender la emergencia en caso de que ocurra el siniestro, pues la operatividad de los mismos se ve reducida al no existir un compromiso serio de los entes gubernamentales, la empresa privada y la ciudadanía en general en cuanto a preparación, en términos de disciplina y rigurosidad, para afrontar una realidad innegable.

Para cumplir tal propósito, se busca modificar el acuerdo 030 de 2001 "por el cual se establece la implementación y ejecución del día de la prevención de desastres y emergencias en el distrito capital" pretendiendo darle más fuerza a la iniciativa al propender por que todos los actores, públicos y privados, en este día vivencien de manera generalizada un simulacro de emergencia por sismo que permita adoptar verdaderamente la cultura de la prevención en todos los bogotanos, y especialmente para que todos sepamos qué hacer antes y después de la ocurrencia del suceso.

5. Fundamentos normativos

5.1 Constitución Política

Artículo 2. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacifica y la vigencia de un orden justo.

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

5.2. Acuerdo 030 de 2001 "Por el cual se establece la implementación y ejecución del día de la prevención de desastres y emergencias en el Distrito Capital".

5.3. Decreto 919 de 1989 "Por el cual se organiza el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres y se dictan otras disposiciones"

5.4. Decreto 332 de 2004 "Por el cual se organiza el Régimen y el Sistema para la Prevención y Atención de Emergencias en Bogotá Distrito Capital y se dictan otras disposiciones"

5.5. Decreto 423 de 2006 "Por el cual se adopta el Plan Distrital para la Prevención y Atención de Emergencias para Bogotá D.C."

5.6. Decreto 1421 de 1993 "Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá"

Art. 12. Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito

Atentamente,

FELIPE RIOS LONDOÑO

NELLY PATRICIA MOSQUERA M.

Concejal

Concejal

JULIO CESAR ACOSTA ACOSTA

HENRY CASTRO

Concejal

Concejal

CARLOS ORLANDO FERREIRA

Concejal

Proyecto de Acuerdo Número de

"Por el cual se establece la realización de un gran simulacro de actuación en caso de sismo en la ciudad dentro de la celebración del día de la prevención de desastres y emergencias contemplado en el Acuerdo 030 de 2001"

EL CONCEJO DE BOGOTA, D.C.,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las previstas en el artículo 12, numeral 1 del Decreto 1421 de 1993,

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: El día de la prevención de desastres y emergencias establecido en el Acuerdo 030 de 2001, los organismos distritales encargados de coordinar la prevención y atención de emergencias en Bogotá, tendrán la responsabilidad de convocar para las 10.00 a.m., a las entidades públicas y privadas y a la ciudadanía en general para realizar un gran simulacro de actuación en caso de sismo mediante el cual se ponga a prueba la capacidad institucional y ciudadana para atender la Emergencia.

Será obligación de todas entidades del Distrito brindar el apoyo requerido y participar de manera activa en el simulacro.

PARAGRAFO: El Alcalde Mayor de la ciudad podrá invitar a los municipios aledaños para que se unan a la jornada y participen del simulacro.

ARTICULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los ___ días del mes ___ de dos mil ocho (2008)

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 El Decreto 332 de 2004, en su artículo 16, lo define como "el daño probable que, en desarrollo de las actividades y proyectos desarrollados por entidades públicas, privadas o ciudadanas, se produzcan sobre la población y sus bienes, sobre la infraestructura y la economía pública y privada y sobre el ambiente, en espacios distintos y externos a los espacios propios o privados en los cuales se adelantan dichos proyectos y actividades".

2 INGEOMINAS y UNIVERSIDAD DE LOS ANDES, Microzonificación sísmica de Santa Fe de Bogotá, Bogotá, s. e., 1997.

3 Ver ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA, Plan Distrital de Prevención y Atención de Emergencias para Bogotá, 2004-2008, Bogotá, s. e., 2007, p. 91.

4 INGEOMINAS y UNIVERSIDAD DE LOS ANDES, op. cit.