RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 143 de 2005 Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A

Fecha de Expedición:
01/07/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/07/2005
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 143 DE 2005

(Julio 1)

"Por medio de la cual se adopta el Código Ético de Transmilenio S.A."

LA GERENTE GENERAL DE TRANSMILENIO S.A.

En ejercicio de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que TRANSMILENIO S. A. contrató los servicios profesionales encaminados a elaborar el Código de Ética de la Empresa, con sujeción a las políticas establecidas por la Presidencia de la República mediante Directiva No 09 de 1999 y realizó la capacitación sobre moralización administrativa, estrategias de anticorrupción, pautas y criterios para la elaboración del Código de Ética y valores de la Entidad.

Que el código ético de TRANSMILENIO S. A. ha sido elaborado mediante una metodología participativa y de autorregulación, expresada a través de un sistemático proceso pedagógico que comprendió distintas fases de capacitación ética y la participación y consulta a todos los funcionarios de la entidad.

Que, en consecuencia, el Código Ético de la Empresa es manifestación de la autorregulación, voluntad, autonomía, participación y consenso de la totalidad de los funcionarios, de los directivos de la Empresa. y de la Gerencia General.

Que el Código y su debido cumplimiento se entienden como un compromiso público con la ciudad y con los mejores intereses e ideales de la sociedad.

Que la conducta pública de los funcionarios de TRANSMILENIO S. A. deberá enmarcarse en el cumplimiento de las normas constitucionales, legales y reglamentarias, con sujeción a la jerarquía normativa de nuestro Estado Social de Derecho y, en particular, a las disposiciones contenidas en el Código Disciplinario único.

Que, a partir de la expedición del presente acto administrativo, el código, como autorregulación, es norma interna de la Empresa y estará en armonía con la legalidad del Estado.

Que a TRANSMILENIO S. A., como entidad estatal y distrital, le compete el desempeño de una función pública en la ciudad de Bogotá y su área de influencia, realizada en nombre, y al servicio del Estado y de la comunidad, buscando como finalidad el bien común y la prevalencia del interés general y el progreso integral de la sociedad.

Que, para TRANSMILENIO S. A, la finalidad de su función esencial es el bien común de los habitantes de Bogota, mediante la prestación de un excelente servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en colaboración con el sector privado.

Que la Alcaldía Mayor de Bogotá ha previsto en su Plan de Desarrollo 2004-2008, denominado "Bogotá sin Indiferencia", el objetivo de humanizar la gestión pública y para ello ha determinado como una de sus políticas el fortalecimiento de la cultura ética de las entidades distritales, razón por la cual la expedición del código ético está en armonía con dichos propósitos y puede considerarse como un desarrollo de esta política.

Que es interés de la Gerencia General de la Empresa reconocer como propios los principios éticos concebidos por la ONU para las Empresas del mundo y conocidos como el "Pacto Global".

Que TRANSMILENIO S.A., dentro del compromiso con los usuarios del sistema de transporte masivo promoverá que las Empresas concesionarias vinculadas al sistema se adhieran formalmente a los diez principios constitutivos del "Pacto Global" y se comprometan a su aplicación.

Que en mérito de lo expuesto en la parte considerativa de ésta providencia,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar el Código Ético de la sociedad TRANSMILENIO S.A., compuesto por el siguiente articulado:

TITULO I

MISIÓN, VISIÓN, PRINCIPIOS Y VALORES BÁSICOS

Artículo 1: MISIÓN: Mejorar la calidad de vida de los habitantes del Distrito y la competitividad de la ciudad tanto en el plano nacional como en el internacional, mediante la implantación del primer sistema de transporte público masivo urbano de pasajeros, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor en el Distrito Capital y en su área de influencia.

Artículo 2: VISIÓN: Ofrecer a los habitantes de la región un sistema de transporte masivo a nivel internacional, a costos competitivos y menor tiempo de desplazamiento, que maneje corredores exclusivos y perdure en el tiempo, incrementando la generación sostenible de riqueza y prosperidad colectiva a través de la acción conjunta entre lo público y privado.

Artículo 3: PRINCIPIOS: Los principios que guiarán la gestión de la Empresa son:

DIGNIDAD HUMANA: Entendida como la trascendencia del ser humano como un fin en sí mismo y el deber ético de establecer una relación de respeto integral con los ciudadanos como reconocimiento de su condición humana.

CIUDADANIA: Entendida como la pertenencia de los seres humanos a una comunidad política que los hace sujetos de derechos y deberes.

JUSTICIA: Entendida como la disposición de dar a cada quien lo que le es debido y lo que le corresponde en virtud de su condición humana, de sus derechos, de su trabajo y de su condición de ciudadano.

TRANSPARENCIA: Entendida como la obligación de la administración pública de actuar ante los ciudadanos de manera pública y abierta, tanto en sus decisiones y motivaciones, como en sus procesos y mecanismos y con el respeto por el acceso a la información; comprende el deber del servidor público de proceder visiblemente y de reconocer la importancia de la vigilancia del ciudadano y de la sociedad.

RESPETO: Entendido como la actitud de trato considerado, amable, comprensivo y tolerante hacia los demás.

TOLERANCIA: Entendida como la actitud de respeto hacia las opiniones y actitudes ajenas; implica la aceptación de las diferencias y el reconocimiento a las minorías; y comprende la valoración de las críticas y el actuar en consecuencia de las que son válidas.

Artículo 4: VALORES BÁSICOS: Los valores básicos que orientarán la gestión de la Empresa son:

COMPROMISO CÍVICO: Consiste en una actitud de concretar y realizar lo prometido, de cumplir cabalmente las funciones y responsabilidades. Este compromiso se enfoca principalmente hacia los mejores intereses de la ciudad: su calidad de vida, su progreso, su estética, su internacionalización, su convivencia, su confianza.

El compromiso cívico específico consiste en adelantar una gestión orientada al logro de prestación de un excelente servicio de transporte público masivo que mejore sustancialmente la calidad de vida de los ciudadanos y el bienestar general de la ciudad.

RESPONSABILIDAD SOCIAL: La responsabilidad consiste en el cumplimiento de las obligaciones y compromisos adquiridos y en el dar respuestas adecuadas a lo que se espera de una persona, de un grupo, de una institución, Empresa u organización. La responsabilidad del servidor público está condicionada al estricto cumplimiento de sus deberes constitucionales, legales y reglamentarios y a la ética de la función pública y a la necesidad de rendir cuentas a la ciudadanía.

La responsabilidad conlleva el imperativo de responder por el comportamiento propio. Responder significa razonar, argumentar, justificar y fundamentar el por qué de las propias acciones. El responder conduce a relaciones con distintos interlocutores tales como los superiores jerárquicos, los colegas, equipos de trabajo, grupos de interés; se debe responder ante sí mismo, una de las formas más significativas de responsabilidad moral, y dentro de la esencia de la democracia es fundamental saber responder ante la sociedad. Hay una responsabilidad ética que el individuo aplica tanto personal como institucionalmente; la responsabilidad ética comprende la capacidad de responder por la vivencia de mis valores personales y responder también por los valores básicos que orientan la gestión de la institución a la que se pertenece.

La clásica definición de ética de la responsabilidad se fundamenta en la trascendencia que se da a los resultados derivados de la conducta y esto comprende tener en cuenta las consecuencias resultantes de la conducta y el grado de afectación a los demás.

Existe una significativa correlación entre libertad y responsabilidad. El individuo o funcionario requieren de libertad o capacidad para tomar una decisión y realizarla.. Al disponer de esta libertad y capacidad para materializar una decisión, el funcionario queda en la disyuntiva de realizarla o no, y esto conlleva una responsabilidad individual.

Dentro de una organización hay dos formas de responsabilidad: individual e institucional.

En la responsabilidad individual hay doble manifestación: la responsabilidad interior del funcionario, la cual se refleja en juzgarse así mismo con relación a los propios valores, principios, ideales, deberes y conciencia; y la responsabilidad entendida como la obligación del funcionario de presentar rendición de cuentas de su gestión oficial a la sociedad y al Estado por los deberes y compromisos asumidos.

La responsabilidad institucional, de organización o Empresa es aquella a través de la cual una persona jurídica, conformada por su cuerpo de funcionarios y su equipo directivo responden por la Institución mediante su accionar reflejado en la reputación institucional y corporativa.

El concepto moderno de responsabilidad social se refiere a las relaciones que tiene una Empresa o institución con su entorno, es decir, con la sociedad en general. Esto equivale específicamente a las relaciones de responsabilidad de la Empresa con los individuos y grupos de interés involucrados y afectados por las actividades y decisiones de la Empresa.

Esta responsabilidad social respeta el marco legal y regulatorio del Estado, pero la voluntad y autorregulación de la Empresa extiende su responsabilidad social, asumiendo un profundo interés por el progreso de la sociedad y la calidad de vida de los ciudadanos, adentrándose en las fronteras éticas.

La responsabilidad con los grupos de interés (stakeholders) obliga a la Empresa a actuar de manera razonable para evitar posibles consecuencias negativas, lesivas o actos injustificados que afecten a los grupos de interés.

La responsabilidad social con los grupos de interés o stakeholders relacionados con la actividad de la Empresa comprende a los accionistas, socios y propietarios de la Empresa; los directivos; los empleados y trabajadores; las familias de los empleados; los usuarios o consumidores; los contratistas y proveedores; los competidores; el Estado; la comunidad; el ambiente; los medios de comunicación; las organizaciones no gubernamentales y las futuras generaciones.

En las organizaciones del Estado la justificación de la responsabilidad social se fundamenta en su finalidad esencial: la satisfacción del bien común.

La responsabilidad social con los grupos de interés es tanto interna como externa. La interna se expresa en las relaciones al interior de la Empresa: accionistas, directivos y empleados; y la externa se refiere a las relaciones con actores externos, como usuarios, contratistas, competidores, organizaciones estatales, organizaciones no gubernamentales, la comunidad, los medios de comunicación y las futuras generaciones.

EXCELENCIA EMPRESARIAL: Consiste en la vocación y actitud de ser y hacer lo mejor. Aspiración, respaldada en una gestión, de prestar el mejor servicio de transporte masivo de la ciudad. Acción orientada a un grado de perfección y de superior calidad en la prestación de un servicio fundamental para la ciudad.

El primer componente de la excelencia Empresarial es la excelencia personal, es decir, un proceso de mejoramiento permanente y armónico que busca desarrollar todas las potencialidades de perfectibilidad de los seres humanos.

La excelencia comprende la efectividad Empresarial, entendida como el equilibrio entre eficiencia y eficacia. La eficiencia consiste en la utilización óptima de los recursos de la administración y en su mejor aprovechamiento; la eficacia consiste en la consecución de logros y resultados positivos y en el cumplimiento de metas y objetivos.

La excelencia se relaciona con la calidad integral, la cual comprende alta calidad del personal, del servicio, de la Empresa y del equipo. Se aspira al mejor talento humano ética y profesionalmente, caracterizado por un alto compromiso con los valores de la organización y por su pleno conocimiento e idoneidad de sus funciones. De esta suma y articulación se deriva un óptimo trabajo en equipo que deriva en la excelencia de la Empresa.

El principal indicador de nuestra excelencia Empresarial es prestar el mejor de los servicios a los usuarios y la disposición para actuar constantemente en el mejoramiento del mismo.

Nuestro compromiso central es con los ciudadanos de la capital en la prestación de un excelente servicio que contribuya a la elevación sustancial de su calidad de vida.

Nuestra excelencia Empresarial también se manifiesta con los otros indicadores de la administración moderna: Compartir rigurosamente unos valores y concretarlos en una acción relacionada con la calidad, el servicio, la innovación, la responsabilidad la disciplina; una relación constante de respeto y responsabilidad con el usuario; autonomía y espíritu Empresarial; tratamiento digno y respetuoso a los funcionarios de la organización; la dedicación total a nuestras funciones y compromisos; una estructura organizacional simple y desburocratizada; y una flexibilidad con rigor y exigencias en el cumplimiento de las funciones.

Nuestros empleados quieren ser lo mejor y hacer de su Empresa la mejor.

INTEGRIDAD INSTITUCIONAL: La integridad consiste en una rigurosa adhesión a un conjunto de valores y principios fundamentales que se han de aplicar de manera coherente en la vida personal y organizacional, lo cual implica entereza y rectitud de conducta.

La integridad no es en sí misma un solo valor o virtud, sino la integración o síntesis de un conjunto de valores y principios que forman un todo coherente que modela el carácter de la persona o el carácter de la Empresa.

La integridad se expresa tanto en el nivel personal como en el nivel institucional. Cada servidor o funcionario responde individualmente por la coherencia ética de su conducta personal y oficial. Y la Empresa, a partir de unos valores básicos compartidos, de la suma de la integridad individual de sus funcionarios, del comportamiento ético de los directivos y de la adecuación de su estructura administrativa a los fines éticos, estructura un espíritu ético de cuerpo que expresa la integridad de la organización, lo cual conduce a la credibilidad y confianza ante la sociedad.

La integridad personal e institucional implica un proceso que comprende primeramente la fase de discernir lo correcto de lo incorrecto y lo procedente de lo improcedente; luego se deberá actuar de conformidad con lo discernido como correcto; y finalmente, la manifestación pública, abierta, visible y transparente de actuar en consecuencia de lo que es correcto.

La integridad comprende tanto las relaciones éticas coherentes que se tienen con los colegas, como las que se tienen con la Empresa, con los grupos de interés y con uno mismo.

No basta con abstenerse de obrar mal para hacer lo correcto, sino que es un deber procurar una conducta oficial orientada hacia la ejecución de gestiones útiles, positivas y proactivas.

TRANSMILENIO S. A., de igual manera que un buen número de países desarrollados (revisar redacción no es comparable una sociedad con un Estado) decide adoptar un conjunto de medidas que aseguran la integridad de la función pública, entre ellas:

* La conducta de servidores públicos se encuentra acorde con los propósitos públicos de su organismo.

* Las operaciones diarias de servicio público son confiables.

* Los ciudadanos son tratados con imparcialidad sobre la base de la legalidad y la justicia.

* Los recursos públicos se utilizan en forma efectiva, eficiente y correcta.

* Los procedimientos de toma de decisiones son transparentes para el público y sometidos al escrutinio de la ciudadanía.

* La integridad comprende la rectitud, la probidad, la honestidad, la transparencia, el respeto mutuo, la responsabilidad, el compromiso, la búsqueda de la excelencia, el servicio y defensa del usuario, el entusiasmo, el sentido de pertenencia, la lealtad a la Empresa y a la sociedad, el cumplimiento de la legalidad, la imparcialidad y la convicción de proceder de acuerdo a los valores corporativos.

TITULO II

DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA EMPRESA

Artículo 5: EMPRESA IDEAL: Las energías físicas, mentales y espirituales de los funcionarios estarán comprometidas en la preservación de la Empresa TRANSMILENIO S. A. como una organización ideal para trabajar y por ello se buscará consolidar las características que la hacen ideal: confiar en las personas para las que se trabaja, creer en la idoneidad e integridad de los directivos, sentir orgullo por la labor desempeñada y el servicio prestado, reconocer el aporte laboral de los colegas, servir a la sociedad y a las futuras generaciones, aprovechar la formación y capacitación humanística y técnica y la satisfacción de pertenecer a una organización ética.

Artículo 6: SELECCIÓN DE PERSONAL: El reclutamiento y promoción de los servidores públicos de la organización deberá efectuarse mediante procedimientos transparentes basados en el mérito, la aptitud, la evaluación del desempeño, los antecedentes, comportamientos éticos y el potencial de compromiso con los fines del servicio.

Artículo 7: TRABAJO EN EQUIPO: Para cumplir con los fines de servicio de la Empresa, y más allá de las funciones y responsabilidades individuales, será fundamental en la búsqueda de la excelencia Empresarial la integración de los funcionarios para atender tareas generales y específicas de trabajo, ya sea en equipos de trabajo pequeños o medianos, hasta llegar al equipo mayor constituido por la totalidad del talento humano de la organización.

El trabajo en equipo se desarrollará con base en los valores compartidos de la Empresa y en un sentimiento y compromiso de cofraternidad y cooperación entre colegas que actúan como un cuerpo para beneficio de la Empresa y de la ciudad.

Un buen trabajo en equipo mejorará en lo personal y lo profesional a cada uno de los miembros del equipo.

Artículo  8: RESPETO Y CIVILIDAD EN LAS RELACIONES INTERNAS: Las relaciones internas de la organización, tanto horizontales como verticales, entre compañeros de trabajo del mismo nivel y entre superiores y subordinados, deberán basarse en el respeto mutuo.

El respeto mutuo comprende la civilidad en las relaciones, es decir, un trato personal e institucional basado en la cordialidad, la cortesía, la gentileza y la consideración hacia los compañeros de trabajo.

El saludo diario y su contestación es una norma elemental y esencial de las relaciones entre compañeros de trabajo y será práctica cotidiana de confraternidad, colegaje, convivencia y respeto mutuo.

Todo el talento humano de la organización, individual o colectivamente, se comprometerá al rechazo de toda conducta de incivilidad que comprenda acciones de rudeza, insensibilidad, desconsideración e irrespeto entre compañeros de trabajo.

El respeto se extenderá también a necesidades de compañerismo que abarcan la ayuda mutua y la cooperación en beneficio de la organización, la no interferencia en la autonomía de cada funcionario, el rechazo a la coacción y la necesidad de denuncia de todo caso que en la organización implique el menosprecio a la dignidad de un funcionario de la Empresa.

Artículo 9: INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN: La información y la comunicación son recursos fundamentales para el funcionamiento de la organización, los cuales facilitarán la coordinación de todas las unidades administrativas.

La información es una parte del proceso de la comunicación: es el contenido de lo que se comunica y por sí misma no produce comunicación.

Todos los servidores deberán tener acceso pronto y oportuno a la información de la Empresa, pues se trata de un recurso necesario para un buen desempeño laboral y para el funcionamiento armónico de la organización.

Se concederá igual importancia a la comunicación interna y a la comunicación externa. La Empresa entenderá la comunicación como un instrumento de cambio, pues contribuye de manera fundamental a la adaptación a los cambios de la organización. La comunicación interna permite el conocimiento y la interiorización de los valores y de pautas de gestión del desarrollo organizacional.

Para los usuarios del servicio, los ciudadanos de la capital y los grupos de interés, la comunicación externa de la Empresa es un asunto de interés público esencial por ser este un componente de la calidad del servicio. La información de interés ciudadano deberá ser comunicada oportunamente, divulgada y difundida ampliamente y explicada idóneamente por los servidores de la Empresa.

La pronta circulación de la información y debida comunicación a los funcionarios facilita un mejor cumplimiento de las funciones de la Empresa y se convierte en un factor de integración, motivación y desarrollo personal.

Las declaraciones públicas sobre decisiones y políticas de la Empresa serán competencia exclusiva de la Gerencia General o de los funcionarios autorizados por la misma.

Artículo 10: CONFIDENCIALIDAD: La Empresa velará por el derecho de los ciudadanos al acceso de la información y garantizará los principios de publicidad y transparencia en defensa del interés social.

El funcionario deberá mantener en estricta confidencialidad toda la información referente a la Empresa, y está obligado a entregar cualquier material o documentos perteneciente a esta en caso de retiro; así mismo deberá guardar escrupulosamente los secretos profesionales, comerciales, técnicos o administrativos cuya divulgación pueda ocasionar perjuicios a la Empresa, lo que no obsta para que cumpla con el deber de denunciar los delitos comunes y las violaciones del contrato o de las leyes de trabajo.

La Empresa podrá suscribir con sus funcionarios contratos o cláusulas de confidencialidad que no comprometan el interés público.

Artículo 11: IMPARCIALIDAD POLÍTICA: Los servidores públicos de la Empresa se desempeñaran con total imparcialidad en situaciones en las que se involucren intereses de partidos, movimientos y grupos políticos.

Artículo 12: CERO CORRUPCIÓN: La Empresa y sus funcionarios preservarán como propósito ético significativo su cultura organizacional y su política de "cero corrupción".

Toda tentativa de venalidad en la función pública, en beneficio de intereses particulares y en menoscabo de los intereses públicos, se combatirá frontalmente y será denunciada ante la Gerencia General y los directivos de la organización.

La transparencia en la gestión Empresarial es un principio de nuestra organización y será esencial para combatir la corrupción.

Se cumplirá la normatividad vigente para contrarrestar la corrupción. El presente código ético hace parte de la política anticorrupción.

La Empresa promoverá su política de "cero corrupción" en las organizaciones que integran el Sistema Transmilenio.

Artículo 13: RECHAZO AL ACOSO MORAL LABORAL: Cada uno de los funcionarios de la Empresa actuará para garantizar la libertad y respeto hacia los compañeros de trabajo y asumirá una posición activa de rechazo total hacia aquellas conductas abusivas que atenten repetida y sistemáticamente contra la dignidad o la integridad síquica o física de un servidor de la Empresa y con las cuales se ponga en peligro su estabilidad en el empleo y su tranquilidad laboral y se degrade el ambiente de trabajo.

Los funcionarios estarán protegidos contra el acoso sexual o toda conducta que signifique un avance sexual no deseado.

Artículo 14: FORMACIÓN Y CAPACITACIONCAPACITACIÓN: La formación y capacitación de los funcionarios se consideran una fortaleza de la Empresa y la política en este sentido se mantendrá e incrementará como un indicador de la excelencia de nuestro talento humano.

"La formación busca el desarrollo integral del ser humano y el potenciar sus aptitudes, habilidades y conductas en los campos éticos, creativos, comunicativos, sensoriales, emocionales e intelectuales; la capacitación busca fortalecer la capacidad de conocimiento científico y tecnológico de los servidores públicos".

La formación y capacitación deberán ser permanentes para garantizar la actualización de los conocimientos humanísticos y técnicos.

El acceso a la formación y capacitación se hará sin discriminación alguna y en igualdad de oportunidades, buscando el fortalecimiento de las competencias humanísticas y técnicas de todos los servidores de la Empresa.

Artículo 15: EQUILIBRIO FAMILIA – TRABAJO: La Empresa reconoce que la vida familiar de sus funcionarios tiene una incidencia significativa en el desempeño laboral.

Por ello, la Empresa dentro de sus programas de bienestar promueve actividades que concilian la vida familiar y vida laboral de sus funcionarios, que conllevan a sus servidores al cultivo de los valores familiares, lo cual significa para la Empresa reconocer que el respeto por los familiares de los funcionarios hace parte de la cultura de la Empresa.

Las políticas familia – trabajo representan una motivación para un mayor compromiso, productividad y lealtad, lo que se constituye en una ventaja competitiva de la Empresa.

Artículo 16: CONFLICTO DE INTERESES: Los servidores públicos de la Empresa deberán declararse impedidos para actuar en asuntos administrativos en los que tengan un interés personal o particular en su trámite o decisión, o sí el interés lo tuviera su cónyuge o compañero o compañera permanente, o sus parientes en los grados de consaguinidad y afinidad que determina la ley colombiana, o sus socios de hecho o de derecho.

Artículo 17: REGALOS: Los funcionarios de la Empresa no podrán solicitar o aceptar regalos, dádivas o gratificaciones en el desempeño de sus tareas oficiales.

Artículo 18: UTILIZACIÓN DE LOS BIENES Y EQUIPOS DE LA EMPRESA: Los funcionarios verificarán la conservación, cuidado y debida utilización de los recursos físicos y materiales de la organización, tanto por los asignados a cada funcionario como por la totalidad de los bienes y equipos de la organización.

Los bienes y equipos de la Empresa incluyen no sólo los recursos monetarios y los fondos en efectivo y los activos financieros, sino también las instalaciones, los bienes muebles, los suministros y los programas y equipos informáticos.

Los bienes y equipos de la Empresa deberán utilizarse para fines relacionados con las actividades de la misma o con fines autorizados por los directivos, lo cual excluye la utilización con fines de beneficio particular del funcionario o para propósitos ajenos a la función pública.

Los bienes, equipos e instalaciones destinados al servicio de los usuarios requerirán la vigilancia de los funcionarios de la Empresa y se velará por su cuidado y conservación con el fin de no afectar la calidad del servicio a los usuarios, ni afectar el patrimonio de la Empresa y de la ciudad.

TITULO III

DE LAS RELACIONES CON LOS GRUPOS DE INTERESINTERÉS

Artículo 19: DIALOGO CON LOS GRUPOS DE INTERÉS: Dentro de nuestros compromisos y responsabilidades se entenderá como esencial un diálogo permanente con todos los grupos de interés (stakeholders) relacionados con la Empresa, tanto los grupos externos como los internos.

Nuestra filosofía Empresarial considerará de la mayor trascendencia la interacción con los grupos de interés que se relacionen y afecten con la gestión de la Empresa. Se entenderá que el respaldo y colaboración de estos grupos de interés son inherentes a la existencia, vigencia y logros o éxitos de la misma.

Se tendrá un diálogo de respeto y transparencia con los usuarios del servicio, el Estado, el Distrito Capital, la comunidad, los funcionarios de la Empresa, las familias de estos funcionarios, los accionistas, los contratistas y proveedores, los competidores, el medio ambiente, los medios de comunicación, las futuras generaciones, los directivos y empleados de las Empresas que conforman el Sistema TransMilenio.

Artículo 20: DE LOS USUARIOS: El servicio de los usuarios será nuestra principal razón de ser y la Empresa asumirá como prioridad un servicio de excelencia que comprenda tanto la calidad como la defensa de los intereses y derechos de los usuarios.

El Código de Policía de Bogotá y el Sistema TransMilenio contemplan normas de comportamiento y convivencia para los usuarios, las cuales buscan la organización, calidad del servicio y el beneficio general de los usuarios.

Para los mejores intereses, defensa y protección de los usuarios, la Empresa y sus funcionarios se comprometerán a:

* Garantizar y cumplir especiales normas de seguridad.

* Velar por su integridad física.

* Informar permanente y oportunamente por los medios más efectivos todo lo concerniente al servicio.

* Atender con diligencia sus quejas y reclamos y derechos de petición; escuchar sus críticas y sugerencias.

* Servir, informar, orientar y tratar a los usuarios con respeto, cortesía y civilidad.

* Asegurar que las normas de comportamiento y convivencia que rigen para el usuario se cumplan debidamente para bienestar de los usuarios y la ciudadanía.

* Gestionar que la infraestructura del servicio se mantenga en las mejores condiciones que garanticen la calidad del servicio.

* Promover y procurar tarifas competitivas.

* Innovar para un mejor servicio.

* Crear todos los mecanismos institucionales que propendan por la defensa del usuario.

* Mantener y mejorar los factores de calidad y eficiencia del servicio.

Artículo 21: DE LOS CONTRATISTAS Y PROVEEDORES: Las relaciones con los contratistas y proveedores se basarán en valores de respeto, responsabilidad y transparencia y en la confianza de que los servicios y productos ofrecidos son de la mejor calidad y condiciones.

* Las relaciones entre la Empresa, los contratistas y proveedores se caracterizarán por:

* Garantizar decisiones de contratación basadas en criterios objetivos, técnicos y del mejor interés económico, en donde prevalezcan criterios de elección sustentados en la calidad integral de la oferta.

* Rechazar y sancionar toda oferta acompañada de propuestas o tentativas de corrupción y soborno que atenten contra la integridad institucional y la transparencia de la Empresa.

* Asegurar, como garantía de transparencia, que nuestros funcionarios pondrán en conocimiento de la Gerencia General y las Directivas todo conflicto de intereses que pueda afectar la imparcialidad del proceso de contratación.

* Cumplir debidamente nuestras obligaciones contractuales y esperar lo mismo de los contratistas y proveedores.

* Valorar a los contratistas y proveedores que se rigen por códigos éticos empresariales y políticas de cero corrupción, a los cuales aplican nuestros mismos criterios éticos.

Artículo 22: DE LOS ACCIONISTAS: Nuestros accionistas son entidades oficiales del Distrito Capital que buscan el bien común y procederán en defensa del interés público y en la inversión responsable de los dineros públicos.

Asimismo TRANSMILENIO S.A. asume un compromiso de las mismas características y en desarrollo de las relaciones con los accionistas se compromete a:

* Proteger sus intereses institucionales y propender por el retorno de su inversión.

* Poner a su disposición la información de la Empresa y su estado real, con el fin de facilitar la adopción de decisiones debidamente fundamentadas.

* Llevar nuestra contabilidad de conformidad con las prácticas contables más confiables y rigurosas.

* Proteger la información propietaria y permitir su acceso solamente a los accionistas o a las personas que requieran conocerla para el cumplimiento de sus funciones. Se entenderá por información propietaria aquella que es inherente al interés especial de la Empresa y que no es generalmente conocida por el público porque obedece a estrategias y tácticas de competencia en el mercado y que sería de utilidad para los competidores. La obligación de mantener la confidencialidad de la información propietaria se extenderá incluso con posterioridad a la cesación de la relación laboral.

* Actuar con toda transparencia frente a los mejores intereses de los accionistas.

Artículo 23: DEL ESTADO: Como Empresa oficial del Distrito Capital hacemos parte del Estado y por ello nos comprometemos a:

* Ejecutar debidamente las leyes correspondientes al servicio que prestamos.

* Cumplir las políticas públicas y regulaciones pertinentes.

* Contribuir a las finalidades sociales del Estado al asegurar la prestación eficiente de un servicio público.

* Dialogar armónicamente con las instancias del Estado que se requiera para la mejor prestación del servicio.

* Atender oportunamente los requerimientos y citaciones que hagan los organismos de control.

* Suministrar diligentemente la información que sobre la Empresa soliciten las autoridades estatales.

Artículo 24: DEL DISTRITO CAPITAL: Somos una sociedad pública por acciones del orden distrital con participación exclusiva de entidades públicas, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa, financiera, presupuestal y patrimonio propio, asimilada en su régimen legal al de las Empresas industriales y comerciales del estado y por ello nos comprometemos a:

* Cumplir la normatividad pertinente que expidan las autoridades distritales.

* Ejecutar diligentemente las políticas públicas definidas por el Alcalde Mayor de la Ciudad.

* Tener informado de manera permanente y amplia al Alcalde Mayor sobre todo lo concerniente al servicio; atender rigurosamente las instrucciones impartidas por el Alcalde Mayor.

* Interactuar armónicamente con la Secretaría de Tránsito y Transporte para los fines del servicio.

* Interactuar armónicamente con el Instituto de Desarrollo Urbano para los fines del servicio.

* Colaborar plenamente con los miembros de la Junta Directiva de la Empresa para el mejor desempeño de sus funciones, y suministrar a dichos miembros toda la información que se requiera para el cumplimiento de sus obligaciones.

* Atender los requerimientos y citaciones del Concejo Distrital; y prestar toda la colaboración solicitada por los Concejales.

* Suministrar la información requerida por las autoridades distritales.

* Dialogar constructivamente con las instancias distritales que se requiera para los fines del servicio.

Artículo 25: DE LA COMPETENCIA: Asumiremos la competencia leal como un deber ético y por ello nos comprometemos a:

* Respetar la información propietaria de nuestros competidores y, por tanto, rechazar sistemáticamente todo procedimiento cuestionable éticamente para acceder a dicha información.

* Rechazar ofrecimientos desleales de suministro de información por parte de empleados de la competencia.

* Atender los conceptos y orientaciones de nuestra Oficina Asesora de Asuntos Legales ante hechos de acceso a la información de los competidores, con el fin de proceder de conformidad a normas estrictas de ética y legalidad.

* Desarrollar prácticas de mercado que eviten el abuso de posición dominante.

* Cumplir las leyes y regulaciones pertinentes.

Artículo 26: DEL MEDIO AMBIENTE: La Empresa asumirá como una de sus filosofías centrales la protección ambiental de la ciudad y su área de influencia y por ello se comprometerá a:

* Cumplir las leyes y regulaciones de defensa del medio ambiente.

* Utilizar tecnologías modernas y científicas que tienden a minimizar el impacto ambiental de nuestro servicio de transporte.

* Examinar responsablemente los efectos y consecuencias de nuestras decisiones en la conservación y protección del medio ambiente.

* Adoptar medidas Empresariales de Desarrollo Humano Sostenible.

* Contratar periódicamente estudios que evalúen y midan nuestro impacto ambiental.

Artículo 27: DE LA COMUNIDAD: Por su naturaleza, nuestro servicio tiene como destinatario a la comunidad en general y por ello nos comprometemos a:

* Aumentar paulatinamente la cobertura del servicio.

* Mantener y mejorar la eficiencia del servicio en aras de la calidad de vida de los habitantes de la ciudad y su área de influencia.

* Contribuir a la integración de los ciudadanos de la capital y a su identidad cultural.

* Tratar a todos los miembros de la comunidad bajo el principio de igualdad y el valor del respeto.

* Contribuir con nuestro servicio al progreso cultural, social económico y cívico de la ciudad.

* Atender las sugerencias , quejas, reclamos y necesidades de los miembros de la comunidad.

Artículo 28: DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN: La Empresa entenderá como esencial a la vida democrática la función de los medios de comunicación de fiscalizar e informar sobre las actividades de interés social, por ello respetará y cumplirá debidamente el derecho de los medios de comunicación de acceder a la información y a las explicaciones que demande su función de manera oportuna y veraz con el fin de comunicar a los ciudadanos de la capital sobre las noticias de nuestro servicio publico.

Artículo 29: DE LAS FAMILIAS DE NUESTROS FUNCIONARIOS: Para la Empresa es sustancial la calidad de vida familiar de nuestros servidores públicos y la necesidad del equilibrio trabajo - familia y por ello dentro de los programas de gestión humana se adoptarán y promoverán políticas en este sentido.

Artículo 30: DE LAS FUTURAS GENERACIONES: Nuestra misión se orientará a servir y mejorar la calidad de vida, no solamente de las presentes generaciones sino que actuaremos también en función de una mejor ciudad y una mejor calidad de vida para las generaciones que están por venir.

TITULO IV

DE LA INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA ETICA EN LA EMPRESA

Artículo 31: CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO: La Empresa podrá establecer una instancia que promueva y verifique el cumplimiento del presente código la cual asumirá como función especializada la de ejecutar y desarrollar el modelo de gestión ética de la Empresa.

* Esa instancia puede ser según se determine, un comité de ética, o una oficina de ética, o un defensor del usuario, o un defensor del cliente externo o interno u ombudsman .

* A dicha instancia especializada corresponde poner en conocimiento de la Gerencia General y las Directivas los casos y situaciones contrarios al código ético y a la ética Empresarial, para que se adopten los correctivos pertinentes y todas las tareas que le asigne el manual de funciones.

Artículo 32: FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN ÉTICA: La formación y capacitación ética de los servidores de la Empresa será un proceso permanente, para lo cual se dictarán seminarios y conferencias de ética de las organizaciones de manera continua.

* Todo nuevo servidor público de la Empresa deberá recibir capacitación ética de ingreso, la cual incluirá el aprendizaje del código ético y su filosofía.

* La Empresa también se preocupará de capacitar éticamente a los funcionarios y sus familias en el marco del equilibrio trabajo – familia.

Artículo 33: ETICA EN EL SISTEMA TRANSMILENIO: La Empresa promoverá que las Empresas concesionarias del servicio adopten y desarrollen un modelo de gestión ética que guarde coherencia con el de TRANSMILENIO S.A.

Artículo 34: PROCESO PARTICIPATIVO EN EL CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO: Todos los funcionarios de la Empresa asumirán el compromiso institucional de vigilar el cumplimiento del código, y por tanto pondrán en conocimiento de la instancia respectiva según sea el caso las conductas contrarias al código ético.

* Se respetará la confidencialidad de quienes denuncien conductas no éticas.

Artículo 35: COMPROMISO DE ADHESIÓN: Todos los servidores públicos de la Empresa han contribuido mediante un proceso pedagógico a la elaboración del presente código ético y asumirán el compromiso de adherir irrestrictamente a su contenido, para lo cual suscribirán el acta de compromiso correspondiente.

Artículo 36: AMBITO DE APLICACIÓN: Este código rige para los servidores públicos y contratistas que laboran en la Empresa TRANSMILENIO S.A.

Artículo 37: ADHESION AL PACTO GLOBAL DE LA ONU: La Empresa reconocerá como propios los principios éticos concebidos por la ONU para las Empresas del mundo y conocidos como el "Pacto Global" y promoverá que las Empresas concesionarias vinculadas al sistema adhieran formalmente a los diez principios constitutivos del mismo y se comprometan a su aplicación.

Los principios son los siguientes:

1. Las Empresas deben apoyar y respetar la protección de los derechos humanos fundamentales, reconocidos internacionalmente, dentro de su ámbito de influencia.

2. Las Empresas deben asegurarse de que sus Empresas no son cómplices en la vulneración de los derechos humanos.

3. Las Empresas deben apoyar la libertad de afiliación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva.

4. Las Empresas deben apoyar la eliminación de toda forma de trabajo forzoso o realizado bajo coacción.

5. Las Empresas deben apoyar la erradicación del trabajo infantil.

6. Las Empresas deben apoyar la abolición de las prácticas de discriminación en el empleo y la ocupación.

7. Las Empresas deberán mantener un enfoque preventivo que favorezca el medio ambiente.

8. Las Empresas deben fomentar las iniciativas que promuevan una mayor responsabilidad ambiental.

9. Las Empresas deben favorecer el desarrollo y la difusión de las tecnologías respetuosas con el medio ambiente.

10. Las Empresas deben trabajar contra la corrupción en todas sus formas, incluidas extorsión y soborno.

ARTICULO SEGUNDO: La presente resolución rige a partir de su expedición.

Dada en Bogotá, a los 01 días del mes de Julio de 2005

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Original firmado

ASTRID MARTINEZ ORTIZ

Gerente General