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Decreto 233 de 2008 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
30/07/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, D

DECRETO 233 DE 2008

(Julio 30)

"Por el cual se otorga la Orden Civil al Mérito ‘Ciudad de Bogotá’ en el grado de Cruz de Caballero al Honorable Concejal Jorge Durán Silva."

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.,

como Jefe de Gobierno de la Administración Distrital, en ejercicio de las atribuciones señaladas en el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 22 del Decreto 693 de 1971, y,

CONSIDERANDO:

Que con el propósito de honrar a nacionales y extranjeros que se hayan hecho merecedores de una exaltación en nombre del pueblo de Colombia, la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en representación de la ciudadanía, creó por los Decretos Distritales 693 del 7 de junio de 1971 y 480 del 2 de agosto de 1991, la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá".

Que el artículo 22 del Decreto 693 de 1971 señala que la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá", en el grado de Cruz de Caballero, se podrá conceder a funcionarios del Distrito Capital, del Gobierno Nacional o de Gobiernos Extranjeros, que a juicio del Consejo sean merecedores de esta distinción.

Que el Consejo de la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá", se reunió el día 1° de julio de 2008 y aprobó de conformidad con el artículo 7 del Decreto Distrital 693 de 1971, otorgar la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" en el grado de Cruz de Caballero al Honorable Concejal Jorge Durán Silva.

Que los concejales son servidores públicos calificados en forma especial como "miembros de las corporaciones públicas", de elección popular con régimen constitucional, legal y reglamentario propio y distinto de los que rigen para los demás servidores.

Que el Concejal Jorge Durán Silva, ha enfocado su gestión hacia temas ecológicos, de protección del medio ambiente, así como de planeación urbana, local y regional, contribuyendo con ello al desarrollo de la ciudad.

Que así mismo, en su larga trayectoria como Concejal, ha demostrado un gran interés en la implementación de herramientas jurídicas, que permitan el desarrollo de temas de vital importancia para el Cabildo Distrital, la ciudad y sus habitantes.

Que de lo anterior, es testimonio su liderazgo en la presentación y aprobación, entre otros, del Acuerdo 9 de 1990 por medio del cual se creó el Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente, hoy, Secretaría Distrital de Ambiente; el Acuerdo 309 de 2008 por medio del cual se establecen restricciones al consumo de bebidas alcohólicas en zonas aledañas a establecimientos educativos y religiosos; y el Acuerdo 317 de 2008 que establece la rehabilitación y dotación de equipamiento de zonas bajas de los puentes vehiculares, en aras de reducir la inseguridad, optimizar los espacios públicos y permitir el aprovechamiento económico.

Que de conformidad con el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993, el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C, hace un justo reconocimiento a quien se convirtió en un ciudadano ejemplar por su formación, desempeño e indeclinable voluntad de contribuir al fortalecimiento de la gestión pública en el Distrito Capital.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Otórgase la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" en el Grado de Cruz de Caballero, al Honorable Concejal JORGE DURÁN SILVA.

ARTICULO 2°.- La entrega de la condecoración y de copia del presente Decreto en nota de estilo al Honorable Concejal JORGE DURÁN SILVA, se hará en ceremonia especial.

ARTÍCULO 3°.- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Julio 30 de 2008

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor – Gran Maestre

CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN

Secretaria Distrital de Gobierno - Gran Canciller