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Proyecto de Acuerdo 409 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Bogotá, D

PROYECTO DE ACUERDO No. 409 DE 2008

"POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECERAN LAS CASAS DE FORMACIÓN ARTÍSTICA EN EL DISTRITO CAPITAL"

1. OBJETO DEL PROYECTO

Esta iniciativa es muy importante porque las casas de formación artística tienen como misión posibilitar escenarios donde a través de la expresión artística se exploren y se asuman nuevas prácticas culturales y sociales donde se posibilite la caracterización de los rasgos distintivos que identifican a la población del Distrito Capital. Construyendo Ciudad, garantizando el acceso a las publicaciones, bienes y servicios culturales, promoviendo la creatividad de conformidad con lo establecido en la Constitución Política y la Ley Colombiana; reconociendo los Derechos Humanos, la convivencia, la solidaridad, la interculturalidad, el pluralismo y tolerancia como los valores culturales fundamentales, que son base esencial del desarrollo y de la cultura para la paz.

La creación de las Escuelas de formación artística y cultural en el Distrito, dispondrán de espacios de confluencia comunitaria, de encuentro interinstitucional, y del aprovechamiento del tiempo extracurricular, siendo creados a partir de las necesidades locales de formación, expresión artística y convivencia ciudadana utilizando el arte y la cultura como una herramienta para su proyecto de vida.

2. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Debemos unir esfuerzos para poder trabajar por el desarrollo de hombres y mujeres, desde la niñez con el propósito de saber emplear el tiempo libre, y de esta manera permitirle a la persona sentirse útil y que pueda encontrar sentido a su existencia, con el desarrollo de sus talentos, convirtiéndolos en generadores de ingresos a través de lo aprendido.

El Arte es una forma de conciencia social que tiene por objeto satisfacer las necesidades espirituales de los hombres haciendo uso de la materia, la imagen, el sonido, la expresión corporal, etc.1 la diferencia principal entre los artistas y los científicos es que los primeros a partir de problemas universales dan respuestas muy personales mientras que los segundos a partir de problemas particulares hacen descubrimientos y postulan conceptos validos universalmente y que pueden tener aplicaciones prácticas a través de las tecnologías.

Es importante también saber lo fundamental que es el desarrollo de un ser humano. En Colombia se establece en la Constitución Política del 91 en los artículos 12 y 44 y es sumamente importante utilizar el ARTE para desarrollar un buen ser Humano. Aprovechando la diversidad juvenil incluyéndolos en los diferentes programas, creando oportunidades, y alternativas afectivas, creativas para crearles un sentido existencial.

Un proyecto de vida profiere una identidad ligada tanto a su entorno como a su desarrollo como persona. Dependiendo en gran medida de las oportunidades que se les brinde. Esto requiere de una formación de las capacidades aprender a armar, descifrar a idealizar y a establecer procesos que le permitirán ser, preferir, forjar, complacerse e interesarse.

"Dentro del proyecto de vida los componentes que articulan las proyecciones de la personalidad dentro de los campos de situaciones vitales de la persona:

*Los Valores: morales, estéticos y sociales, etc.

*La priorizacion de objetivos, la definición de rutas y la programación de metas y tareas en función de determinados recursos individuales y sociales.

*Los estilos y mecanismos que implican formas de auto expresión: integración personal, auto dirección y auto desarrollo".2

Tener claro un proyecto de vida, me guiara y me dará la dirección hacia mi futuro, teniendo en cuenta todo lo que se entremezcla durante este proceso. Este tiende a estar relacionado con las oportunidades, entendiéndolas como el conjunto de posibilidades que me brinda la sociedad.

Estas casas de formación artística fueron utilizadas en el pasado por las clases altas de las ciudades, y con el pasar de los años se fueron haciendo mas visibles ya que fueron llevadas a sitios donde todos los ciudadanos podían asistir, estas recogían toda la experiencia de los artesanos en sus diferentes facetas como alfarero, carpintero, tejedor etc. En la actualidad podemos hacer lo mismo, concentrando las diferentes expresiones artísticas como literatura, danza, música, audiovisuales, artes plásticas etc.

Desde el 2002, en el Norte de Santander se viene adelantando este proyecto de las casa de formación y han contado con gran éxito. Donde los niños y jóvenes cuentan con la ayuda y orientación de personas capacitadas en el área artística los cuales les guían y les despiertan su sensibilidad para el tema artístico, siendo este un cambio para la sociedad y de esta manera ser participes de la formación de un ser humano integral y de principios.

De acuerdo a la experiencia exitosa de las escuelas de formación artística en el Norte de Santander, este proyecto se puede desarrollar en cuatro momentos no necesariamente secuenciales que se relacionen entre si:

1. formación de formadores.

2. Formación de participantes y comunidad beneficiaria.

3. Conformación de la redes de escuelas de formación.

4. Espacios para la expresión artística, convivencia ciudadana, recreación y reconocimiento.3 Intervienen en este proceso casas de cultura, bibliotecas locales, organizaciones artísticas, organizaciones no gubernamentales y comunidad. Las casas de formación artística, están acorde a la iniciativa promovida por la Alcaldía Mayor de Bogotá en la pasada Administración, a través del proyecto de jóvenes tejedores de Sociedad, en donde el objeto del proyecto fue la formación artística informal pensado en los y las jóvenes de Bogotá donde desarrollaban sus talentos artísticos, expresando sus ideas y conocimientos sobre la ciudad y su dinámica cultural; las cuales han desarrollado cinco áreas de formación: Arte Dramático, Danza, Música, Literatura, Artes Plásticas y Artes Visuales.4

Se ha adelantado algunos elementos del diseño curricular en un convenio con EPA escuela popular de artes de Medellín, el año 2003 y un diplomado en creatividad e investigación en convenio con la Universidad de Antioquia en el 2004.5

Como resultado de este proceso se ha identificado un tejido de saberes y conceptos que se han venido discutiendo en los equipos de las escuelas, conceptos como: ciencia, pedagogía, Teleología educativa6.

El proyecto de las escuelas trabaja por articular y desarrollar políticas públicas de los niveles local, departamental y nacional, como las enumeradas en el Plan Nacional de Cultura 2001-2010 "Hacia una ciudadanía democrática cultural", el Sistema Nacional de Formación Artística y Cultural, SINFAC, el Plan de desarrollo Departamental "Gobierno eficiente y con sentido social", y Planes Municipales y locales de desarrollo; ofreciendo alternativas y estimulo al desarrollo de procesos locales de formación artística y cultural, que son fortalecidos junto con las casas de cultura, bibliotecas y comunidades que participan en el proceso, quedando como conclusión del proyecto un " Sistema de Formación artística y cultural para el departamento" así como módulos pedagógicos y una dinámica red de formadores y escuelas de artes y cultura.

3. ASPECTO LEGAL

3.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA:

(….)

….Artículo 26. Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigir títulos de idoneidad. Las autoridades competentes inspeccionaran y vigilaran el ejercicio de las profesiones. Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social.

Artículo 27. El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra.

….Artículo 44. Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.

La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores. Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás.

Artículo 45. El adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral. El Estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud.

3.2. LEY 397 DE 1997

(….)

NUMERAL 3. El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana.

NUMERAL 4. En ningún caso el Estado ejercerá censura sobre la forma y el contenido ideológico y artístico de las realizaciones y proyectos culturales.

NUMERAL 5. Es obligación del Estado y de las personas valorar, proteger y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación.

De acuerdo a la Ley 397 del 97 el Gobierno Nacional expresa que la Cultura es el conjunto de rasgos distintivos, espirituales, materiales, intelectuales y emocionales que caracterizan a los grupos humanos y que comprende, más allá de las artes y las letras, modos de vida, derechos humanos, sistemas de valores, tradiciones y creencias.

4. COMPETENCIA

*Decreto Ley 1421 de 1993,

Artículo 12: Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y la ley:

"1. Dictar normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito"

Cordialmente:

CLARA LUCIA SANDOVAL

CARLOS FERNANDO GALAN

Concejal de Bogotá D.C.

Concejal de Bogotá D.C.

PROYECTO DE ACUERDO No. DE 2008

"POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECERAN LAS CASAS DE FORMACIÓN ARTÍSTICA EN EL DISTRITO CAPITAL"

El Concejo de Bogotá en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las contenidas en el artículo 12 Numeral 1 Decreto Ley 1421 de 1993

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: La Secretaria Distrital de Cultura Implementará las acciones pertinentes para el establecimiento de las casas de Formación artística y cultural en el Distrito Capital disponiendo de espacios de confluencia comunitaria, de encuentro interinstitucional, y del aprovechamiento del tiempo extracurricular, utilizando el arte y la cultura como una herramienta para su proyecto de vida.

ARTICULO SEGUNDO: Las Casas de formación Artística desarrollarán primordialmente la siguiente misión, formación de formadores, Formación de participantes y comunidad beneficiaria, Conformación de la red de escuelas de formación, Espacios para la expresión artística, convivencia ciudadana, recreación y reconocimiento de derechos y las demás que establezca la Secretaria Distrital de Cultura con el objeto de que a un futuro estas sean auto sostenible.

ARTÍCULO TERCERO: El presente acuerdo rige a partir de su publicación.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 www.encarta.com

2 Escenarios y estrategias para el próximo decenio. Política Pública de Juventud de Bogota Alcaldía Mayor de Bogota.

3 Elementos tomados de informe del Convenio suscrito por el departamento Norte de Santander y la Escuela popular de artes de Medellín – 2003.

4 Secretaria Distrital de Cultura.

5 La teleología educativa nos permite partir de la necesidad de establecer el ideal de hombre concreto que lleva consigo una influencia en la determinación de los fines concretos. Entre ellos encontramos los valores filosóficos, culturales, sociales, políticos, prácticos y utilitarios, los individuales., constituyendo éstos la base para la formación humana en diferentes épocas históricas. - En filosofía se denomina teleología al estudio de los fines o propósitos, así como a la posición que consiste en atribuir una finalidad u objetivo a los procesos. Atribuir al resultado una influencia sobre el proceso que conduce a él, postulando una causa final, se opone a la interpretación mecanicista, violando la relación temporal entre causa ("proceso") y efecto ("resultado") que postula esta teoría.

6 Bis.