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Proyecto de Acuerdo 425 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No

PROYECTO DE ACUERDO No. 425 DE 2008

"POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE REORGANIZACIÓN DEL PARQUE INDUSTRIAL DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ, D.C.

I. OBJETIVOS GENERALES

1. Que el artículo 1º del Decreto 190 de 2004, P.OT. de la ciudad de Bogotá, contempla el desarrollo económico social y el ordenamiento territorial en el largo plazo, con el fin de aumentar la competitividad, la productividad general y sectorial con responsabilidad fiscal.

2. Que los numerales tercero, quinto y séptimo del artículo 1º; numerales primero, quinto, sexto y séptimo del artículo 4º del P.O.T. establece que este desarrollo económico debe orientarse en la perspectiva regional y atender su conveniencia e impacto respecto de las decisiones que se concerten entre Bogotá D. C. el Departamento de Cundinamarca, sus municipios, las autoridades ambientales competentes, y otras entidades o agencias con funciones de planificación regional, para lograr una eficiente planeación económica, social y territorial.

3. Que para lograr este desarrollo armónico y con miras a incrustar a la capital en el mundo globalizado es prioritario desarrollar su Parque Industrial en una zona especialmente escogida para tales fines de manera que se alcance la eficiencia económica, se desarrolle un área industrial de alta calidad en un lugar estratégico. lo que contempla reducción de gastos de transporte, ubicación en un lugar estratégico para su comercialización con miras a la competitividad exportadora.

II. JUSTIFICACION

1. El gobierno nacional independientemente de la firma del TLC con Estados Unidos debe prepararse para ser competitivo en su sector exportador.

2. Ello genera que la capital de la República esté a la vanguardia en el estudio de desarrollar planes zonales similares al plan zonal proyectado para el "Megaproyecto Urbano- Regional del aeropuerto Eldorado".

3. Es prioritario diseñar el Plan Zonal del Parque Industrial para la ciudad de Bogotá que se estructure alrededor de la industrialización:

1. Ordenamiento del área

2. Infraestructura

3. Servicios Públicos.

4. Ornato

5. Mobiliario urbano.

6. Estacionamientos

7. Organización general del espacio público

8. Equipamientos colectivos

9. Usos urbanísticos

10. Normatividad urbanística

4. La Secretaría Distrital de Planeación en unión con el Instituto de Desarrollo Urbano deberán presentarle a la ciudad de Bogotá un macroproyecto urbanístico que integre el Parque Industrial de Bogotá D.C. con los terminales terrestres y aéreos que coloquen a la capital de la República en punta de lanza estratégica.

5. La entidad rectora del proyecto tomará como punto de partida para desarrollar el Parque Industrial, la zona industrial de Puente Aranda que se constituirá en el eje del proyecto.

III. ENTIDADES COMPROMETIDAS

1.- Instituto de Desarrollo Urbano IDU

2.- Secretaría Distrital de Planeación

3.- Secretaría Distrital de Hábitat

4.- Secretaria Distrital de Hacienda

5.- Secretaria Distrital de Ambiente

6.- Secretaría Distrital de Movilidad

7.- Secretaría de Desarrollo Económico

8.- Participación de la comunidad en la selección del sitio para el Parque Industrial.

IV. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS NORMATIVOS

Ley 388 de 1997

Ley 791 de 2002

Plan de Ordenamiento Territorial decreto 190 de 2004

V. MARCO FISCAL

De conformidad con lo establecido en el artículo Séptimo de la ley 819 de 2003, los gastos presupuestales que genere el presente Acuerdo estarán sujetos a lo establecido en los presupuestos anuales de cada una de la entidades del distrito capital, dentro del desarrollo de sus políticas de desarrollo de cada una de la entidades comprometidas con este proyecto.

Por lo anteriormente expuesto someto a la consideración de los Honorables Concejales el siguiente proyecto de acuerdo.

Cordialmente,

LAUREANO A. GARCÍA PEREA

Concejal

PROYECTO DE ACUERDO No. ______ DE 2008

"POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE REORGANIZACIÓN DEL PARQUE INDUSTRIAL DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ, D.C.

EL CONCEJO DE BOGOTA D.C.

En uso de las facultades legales y en especial de las conferidas en los numerales 3º y 11º del artículo 12 y en el artículo 13 del Decreto 1421 de 1993,

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: Desarrollar dentro de la concepción de PLAN ZONAL se adopten los Instrumentos de Planeación urbanístico para las zonas destinadas a la reubicación del Parque Industrial para la capital de la República y su área de influencia.

ARTÍCULO SEGUNDO: Con el apoyo técnico de la Secretaría Distrital de Planeación , del Instituto de Desarrollo Urbano, de la Secretaría Distrital de Ambiente y la Secretaría Distrital de Hábitat, la entidad rectora del proyecto diseñará planes zonales que involucren las distintas zonas industriales de la ciudad para constituirlas en polos de atracción del sector manufacturero – exportador, estructurando:

1.- Ordenamiento del área

2.- Infraestructura

3.- Organización general del espacio público

4.- Equipamientos colectivos

5.- Usos urbanísticos

6.- Normatividad urbanística

ARTÍCULO TERCERO: Con el apoyo técnico de la Secretaría Distrital de Hábitat, de la Secretaría de Hacienda Distrital, de la Secretaría Distrital de Planeación, del Instituto de Desarrollo Urbano; la entidad rectora del proyecto diseñará el Plan Zonal del Parque Industrial de la Capital de la República convocando al sector industrial y según el caso, a las regiones, a través de la gobernación de Cundinamarca y tomará como punto de partida para desarrollar el Parque Industrial, la zona industrial de Puente Aranda que se constituirá en el eje del proyecto fase I.

ARTICULO CUARTO: Los planes zonales ordenados en este acuerdo deberán permanecer en el tiempo y alimentarse continuamente a fin de que se constituyan en centros de dirección de manejo de este tipo de actividad comercial.

ARTÍCULO QUINTO: VIGENCIA: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

HIPOLITO MORENO GUTIÉRREZ

MARTHA LUCIA CIPAGAUTA CORREA

Presidente

Secretario General

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.