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Proyecto de Acuerdo 429 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No

PROYECTO DE ACUERDO No. 429 DE 2008

"POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL LITERAL a. PARÁGRAFO ÚNICO, ARTÍCULO 108, DEL ACUERDO 257 DE 2006, EN LO RELACIONADO CON LA VIGILANCIA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE TRANSITO CON APOYO DE PARTICULARES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

I. OBJETIVOS GENERALES

1. Reformar el literal a., parágrafo único, artículo108 del Acuerdo 257 de 2006, en el sentido de incorporar a los particulares como coadyuvantes con la administración distrital de Bogotá, D.C. en la vigilancia de la violación de las normas de tránsito que ocurran en la ciudad de Bogotá, D.C.

2. La tecnología de hoy está al alcance de los ciudadanos del común y por lo tanto la administración de la ciudad de Bogotá puede hacer uso de ella apoyada en la colaboración de los particulares que utilizando aparatos de última tecnología como máquinas fotográficas solas o incorporadas a los teléfonos celulares aportarlas como prueba de infracciones de la ciudadanía.

3. Esta colaboración ciudadana estaría estimulada con un porcentaje sobre el valor del comparendo que efectivamente se recaude.

4. Las pruebas aportadas por la ciudadanía se constituirían en prueba controversial a fin de respetar el debido proceso contemplado en el artículo 29 de la Constitución Nacional.

II. JUSTIFICACION

1. El Acuerdo 257 de 2006 implementó la estructuración, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, D.C. y particularmente en sus artículos 107 y 108 Integración del Sector Movilidad en cabeza de la Secretaría Distrital de Movilidad cuya función principal es liderar la formulación de las políticas del sistema de movilidad en la capital de la República.

2. Entre las funciones de la Secretaría Distrital de Movilidad está:

2.1. La de formular y orientar las políticas sobre la regulación y control del tránsito.

2.2. Fungir como autoridad de tránsito y transporte.

2.3. Vigilar el cumplimiento de las normas de tránsito.

3. A juicio de la ciudadanía y de las autoridades de tránsito el número de agentes de policía de tránsito es insuficiente para vigilar eficientemente el tráfico capitalino.

3.1. El presupuesto de la Secretaría de Movilidad es insuficiente para atender en forma óptima esta labor.

4. Las infracciones de tránsito se presentan a lo largo y ancho de la ciudad y la amenaza de las multas no ha surtido efecto por la falta de vigilancia que permita su imposición.

5. Es por ello que este proyecto de acuerdo pretende incorporar a los particulares a formar parte del cuadro de vigilancia ciudadana de infracciones de tránsito.

6. Para lograr este cometido se estimulará a la ciudadanía con una participación de lo recaudado por concepto de los comparendos que ellos hayan apoyada en su imposición.

III. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS NORMATIVOS

Acuerdo 257 de noviembre 30 2006, Decreto 567 de 2006.

Acuerdo 257 de 2006 "Artículo 108. Naturaleza, objeto y funciones básicas de la Secretaría Distrital de Movilidad (…) La Secretaría Distrital de Movilidad tiene las siguientes funciones básicas (…) Parágrafo. Sin perjuicio de la competencia del Alcalde Mayor de establecer y adoptar la organización interna y funcional de los organismos del Sector Central, la función de la Secretaría Distrital de Movilidad relacionada con ejecutar las políticas del sistema de movilidad en el componente de tránsito, para atender los requerimientos de organización, vigilancia y control del desplazamiento de pasajeros y de carga y de regulación y control del transporte público individual, transporte privado, transporte en bicicleta, motos y transporte de tracción animal será organizada como una dependencia interna de la Secretaría de Movilidad con autonomía administrativa y financiera.

La dependencia interna con autonomía administrativa y financiera tendrá, entre otras, las siguientes funciones, bajo la orientación del Secretario de Movilidad:

a. Vigilar el cumplimiento de las normas de tránsito.

Siendo LAS MULTAS por infracciones de tránsito una sanción del orden municipal su administración, recaudo y control le corresponde a la Alcaldía Mayor de Bogotá, por intermedio de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Por lo anteriormente expuesto someto a la consideración de los Honorables Concejales el siguiente proyecto de acuerdo.

Cordialmente,

LAUREANO ALEXI GARCÍA PEREA

Concejal

PROYECTO DE ACUERDO No. ________ DE 2008

"POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO  257 DE 2006, ARTÍCULO 108, PARÁGRAFO ÚNICO, LITERAL a. EN LO RELACIONADO CON LA VIGILANCIA DELCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE TRANSITO CON APOYO DE PARTICULARES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

EL CONCEJO DE BOGOTA D.C.

 En uso de las facultades legales y en especial de las conferidas en los numerales 3º y 11º del artículo 12 y en el artículo 13 del Decreto 1421 de 1993,

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: Modifíquese el articulo 108, parágrafo único, literal a. del acuerdo 257 de 1998, incorporando a los particulares como vigilantes de las infracciones de tránsito que ocurran en la ciudad de Bogotá, D.C.

ARTICULO SEGUNDO: Esta colaboración ciudadana se estimula con un porcentaje sobre el valor del comparendo que con su concurso se imponga y efectivamente se recaude.

ARTICULO TERCERO: La Secretaría de Movilidad diseñará el esquema logístico bajo el cual operará la imposición de los comparendos con la ayuda de la ciudadanía; así como su recaudo y reconocimiento al ciudadano que con su participación ayude a la imposición de las multas.

ARTÍCULO CUARTO: VIGENCIA: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.

.PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

HIPOLITO MORENO GUTIÉRREZ

MARTHA LUCIA CIPAGAUTA CORREA

Presidente

Secretario General

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.