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Proyecto de Acuerdo 444 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO NÚMERO 1043

PROYECTO DE ACUERDO No. 444 DE 2008

«Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Para efectos de redacción, se utiliza de forma general "los jóvenes" representando a los dos géneros masculino y femenino.

En las últimas décadas, los jóvenes de Bogotá han alcanzado una atención muy especial por los diferentes actores políticos y sociales de la ciudad, siendo un grupo poblacional trasversal en las políticas distritales, donde se destaca por ser un sector prioritario entre otros de relevancia. En la capital, hay aproximadamente 1.547.614 jóvenes, con un rango edad entre los 14 y 26 años, que representa el 23% de los siete millones de habitantes que tiene Bogotá.

La localidad de Kennedy tiene el mayor índice de población juvenil, habitada con 193.9941 jóvenes, seguida por las localidades con los índices más altos de miseria y de pobreza de Ciudad Bolívar y Bosa, actualmente decretadas en emergencia social. En estas localidades se padecen las más grandes dificultades sociales de Bogotá, sobresaliendo la falencia en los servicios de educación y salud así como el desempleo, afectando en su mayoría a los jóvenes y concibiéndose un panorama de vulnerabilidad alto.

Los principales estudios de condiciones socioeconómicas de este sector poblacional, dan a conocer que aproximadamente se encuentran 407.000 jóvenes (27%) en situación de pobreza, mientras que en condición de miseria lo están unos 248.000 jóvenes (16%) y un 57% se clasifica como "No Pobre"2.

De los jóvenes de 14 a 26 años de edad, que son la cuarta parte de la población bogotana, solo el 44% esta integrado al sistema escolar y el 66% restante se encuentra desvinculado del sistema educativo. El 79% de los jóvenes en el rango de 14 a 17 años de edad son los que más se encuentran integrados al sistema educativo. Estos porcentajes disminuyen en la medida que avanza la edad de los jóvenes, lo que permite afirmar que la vinculación laboral se inicia de forma temprana hasta alcanzar la mayoría de edad, lo cual se debe a las mínimas posibilidades y oportunidades de ingresar a la Educación técnica o superior.

Los jóvenes que tienen un bajo nivel educativo ingresan más fácilmente al campo laboral, con una tasa de desempleo del 11.7%, pero con muy baja remuneración salarial; solamente un 6.4% de esta población se acerca a ganar un salario mínimo.3 La tasa de desempleo en los jóvenes aumenta considerablemente, con los que tienen una educación secundaria; para ellos la tasa es de un 29%. Sin embargo, en los jóvenes que han alcanzado la Educación Superior, el índice de desempleo se disminuye en 5 puntos (24%).4 Para aquellos que han podido alcanzar estudios el postgrado, su vinculación laboral es más efectiva, con una tasa de desempleo del 8.62%. Entre más se llega a un alto nivel educativo, mayores son las posibilidades salariales.

Un 28% de los Jóvenes Bogotanos, no se encuentran afiliados al Sistema de Seguridad Social en salud y están concentrados en el sur y sur occidente de la ciudad5. De otro modo, la mayoría de los jóvenes que trabajan como independientes, empleados domésticos y ayudantes, no se encuentran integrados al Sistema de Seguridad Social. De los jóvenes ocupados, el 24.1% no están afiliados al Sistema de Seguridad Social6.

Antecedentes sobre la institucionalidad en la Política Pública de Juventud y en la Participación Política Juvenil.

A nivel nacional, la participación política juvenil en el país se destaca desde 1985, en el cual se celebró el Año Internacional de la Juventud, este fue un acontecimiento trascendental en toda Latinoamérica. En Colombia, logró el resultado de la participación masiva de los jóvenes, con la elaboración y presentación de una política pública integrada de juventud, construida por los mismos jóvenes y por los diferentes actores públicos y privados interesados del momento. En 1988, el Departamento Nacional de Planeación, teniendo en cuenta la participación de las organizaciones juveniles y de los demás actores interesados, se construyó un documento, cuyo titulo es Lineamientos Generales para Formular una Política de Juventud.

En el periodo 1990-1994, el gobierno nacional inició esfuerzos contundentes, en la creación de una Consejería Presidencial para la Juventud, la Mujer y la Familia, con el propósito de articular y potencializar políticas encaminadas a dichos sectores poblacionales. En este mismo proceso se aprobó un documento CONPES que contempló una política social de gobierno clara y especifica para los jóvenes y las mujeres.

Un momento de trascendencia política en el país, es el año de 1991, cuando se aprobó la nueva Constitución Colombiana que en gran medida, fue promovida por jóvenes universitarios en el Movimiento de la Séptima Papeleta, destacándose su participación y presentación de propuestas desde las miradas juveniles, desvirtuando su estigma de violencia y de problema.

La Consejería Presidencial para la Juventud, la Mujer y la Familia logró promover la implementación de Oficinas de Juventud, en las estructuras administrativas de las alcaldías municipales y de las gobernaciones, lo cual fue un avance para la descentralización territorial en política social para jóvenes. Otro propósito de la Consejería, fue la coordinación de programas dirigidos para la juventud, desarrollados por las entidades estatales, y la asistencia para el diseño y ejecución de la política de juventud en las diferentes ciudades del país. Pese a su gran esfuerzo, la Consejería no alcanzó a obtener un gran impactó en las políticas estatales, pues debía realizar otras acciones encaminadas para la Mujer y la Familia.

En 1994, se adscribe al Ministerio de Educación Nacional, el Viceministerio de la Juventud, el cual disponía sus funciones al diseño y ejecución de políticas, planes y programas de educación, protección y desarrollo de la juventud. También asistía ayuda especializada a los municipios y departamentos así como a entidades públicas y privadas, que desarrollaban acciones dirigidas a jóvenes.

En el gobierno del doctor Ernesto Samper, el Plan Nacional de Desarrollo El Salto Social, se complementó con un documento CONPES de Juventud; este documento buscaba reconocer al joven, como sujeto de derechos y deberes y rescatar la importancia de la proyección de vida en los jóvenes. Al integrarse con el Plan de Desarrollo, se pretendió que el Estado colombiano garantizara el respeto de derechos y deberes de los jóvenes, estableciendo mecanismos y estrategias para su participación política.

La importancia política en los jóvenes también alcanzó el interés del Congreso de la República, en donde se aprobó la Ley 375 de 1997 o Ley de Juventud, la cual tiene como finalidad, promover la formación integral de los jóvenes, que contribuyan a su desarrollo físico, psicológico, social y espiritual, a la vinculación y participación activa en la vida nacional, en lo social, lo económico y lo político como joven y ciudadano7.

Las características consideradas, como muy esenciales de esta ley son; i) estableció la participación política de los jóvenes, en los Consejos de Juventud a nivel Local, Municipal, Distrital, Departamental y Nacional, como asesores, consultores e interlocutores validos de los jóvenes ante las respectivas Administraciones públicas. ii) la institucionalización del accionar juvenil, en la creación del Sistema Nacional de Juventud, el cual es un conjunto de instituciones, organizaciones, entidades y personas que realizan trabajo por y con la juventud, clasificadas en sociales, estatales y mixtas; y finalmente iii) la creación del Programa de la Promoción y Protección de los Derechos Humanos de los Jóvenes, en la Defensoría de Pueblo8.

En el periodo 1998-2002, se estableció por medio del Decreto 822 de 2000, el Programa Presidencial Colombia Joven adscrito al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, el cual tiene por objeto fijar políticas, planes y programas que contribuyan a la promoción social, económica cultural y política para la Juventud. Actualmente desarrolla acciones para la implementación del Sistema Nacional de información, el cual permite conocer la suficiente documentación, estadísticas y servicios para la juventud como fuente de consulta.

Colombia Joven, realiza esfuerzos para la coordinación intersectorial, propendiendo la inclusión de la política de juventud en las políticas de los diferentes entes territoriales y propiciando la participación política de los Jóvenes en los Consejos de Juventud.

Por último, el actual Plan Nacional de desarrollo Hacia un Estado Comunitario contempla entre otras, las siguientes líneas de política para los jóvenes:

a. Apoyo a los proyectos o tesis presentadas en las entidades de educación superior, que contengan aportes para el progreso y desarrollo social, económico, tecnológico y cultural de la Nación.

b. Promoción y fomento de los estudios, las investigaciones y los trabajos académicos que desarrollen propuestas de solución a problemáticas afrontadas por sectores poblacionales, tales como juventud.

c. Creación de bolsas virtuales de empleo a escala local, municipal, Distrital y Nacional, en coordinación con los sectores público y privado.

d. Creación de los Consejos Consultivos de relacionamiento de los establecimientos educativos con el sector empresarial.

e. Diseño e implementación de la Política Pública Nacional de Juventud con una visión a diez años.

f. Implementación y fortalecimiento institucional de los Consejos de Juventud.

g. Elaboración de un documento CONPES que contenga los lineamientos generales para el diseño y construcción de la política pública nacional de Juventud.

Contexto de Juvenil en Bogotá, D.C.

En las últimas administraciones se ha dado importancia al sector juvenil, mediante la realización de programas, planes y proyectos, dirigidos a garantizar su bienestar político, social, cultural y económico en la ciudad. En la administración de Enrique Peñalosa se implementó el programa Jóvenes Tejedores de Sociedad, en el que se buscaba impulsar la participación y organización de jóvenes de escasos recursos, mediante un proceso pedagógico en áreas técnicas, artísticas y de formación ciudadana optimizando el uso adecuado del tiempo libre. Este programa aun permanece en sus áreas técnicas y artísticas únicamente.

La promoción juvenil en el Distrito se destaca de forma contundente, en eventos culturales y deportivos dirigidos en gran medida hacia la población joven. Pero la visualización juvenil, emprendió un rumbo de carácter político, en la administración de Antanas Mockus, con la realización de estudios investigativos y académicos para los Jóvenes. Es así, como se adelantó el Estado del Arte de la Juventud 1990-2000 y la Situación Socioeconómica de los jóvenes en Bogotá 2000-2001.

Asimismo, se conformó la Mesa Bogotana de la Juventud, la cual fue un espacio apropiado para la convergencia de Organizaciones Juveniles y jóvenes líderes independientes de Bogotá; se destacó por su incidencia política, consiguiendo la participación de los jóvenes en los Consejos Locales de Planeación, en los Encuentros Ciudadanos y la implementación de los Consejos de Juventud. De otro lado, la Mesa Bogotana de la Juventud realizó el III encuentro Distrital de Jóvenes "Bogotá Piensa Joven" de donde surgieron muchas propuestas e iniciativas para la Administración Mockus con quien se logró interlocución directa.

En el año 2002 el Concejo de Bogotá por medio del Acuerdo 033 del 2001, estableció el Consejo Distrital de Juventud y los Consejos Locales de Juventud, como organismos asesores y consultores para la administración Distrital y Local en los temas concernientes a la población joven bogotana.

El Plan de Desarrollo Distrital "BOGOTA para VIVIR todos del mismo Lado" 2001-2003, contempló acciones políticas y sociales para los jóvenes en los objetivos de Familia y Niñez y Cultura Ciudadana. Dichos objetivos fueron muy importantes en el desarrollo de este plan, puesto que se institucionalizó la política de juventud y la participación política de los jóvenes, por medio de dos proyectos; i) Políticas y Modelos de Intervención para la Juventud y el ii) Procesos democráticos transparentes: Consejos Locales de Juventud.

Estos Proyectos se adelantaron en el Departamento Administrativo de Acción Comunal Distrital DAACD, en donde con el apoyo del Centro Interdisciplinario de Estudios Regionales CIDER de la Universidad de los Andes y la Corporación Región, se formuló el documento Política Pública de Juventud de Bogotá - Escenarios y estrategias para el próximo decenio con el concurso de diferentes actores juveniles, públicos y privados. Asimismo el DAACD lideró el proceso de elección y conformación de los consejos de Juventud, y ha venido brindando apoyo a estos organismos desde el Equipo Distrital de Apoyo Interinstitucional de Juventud EDAI reglamentado por el Decreto 858 de 2001.

Los Consejos de Juventud han jugado un papel muy importante en las políticas para Bogotá, esto se demuestra en la presentación de iniciativas y propuestas para la juventud en los Planes de Desarrollo Locales y Distrital de la ciudad, posicionándose aun más en los escenarios de debate y de discusión política.

En la administración del Alcalde Luís Garzón, gracias al esfuerzo y al trabajo conjunto de los jóvenes y de la organizaciones juveniles, que se han preocupado por generar propuestas e iniciativas dirigidas a esta población, impulsando acciones concretas, se logró la inclusión de estas en el Plan de Desarrollo "Bogotá sin indiferencia", de manera específica en las políticas, ejes, programas y metas para la población joven.

En efecto en el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas Bogotá 2.004 - 2.008 "Bogotá Sin Indiferencia. Un compromiso social contra la pobreza y la exclusión" se incluyó una Política General en donde se estableció que "se fortalecerán y promoverán las políticas, instancias, estrategias y programas para la juventud, brindando mecanismos, escenarios y oportunidades que garanticen el ejercicio de sus derechos, la participación con decisión, el reconocimiento de su diversidad y la elevación de sus capacidades en función de fortalecerla como un sujeto político para la realización de sus proyectos de vida y la construcción de una sociedad justa y democrática".

Igualmente, en el numeral 4º del articulo 7º se incluyó la política del eje social "Juventud con oportunidades" en la cual se establece que se "Se creará la instancia para la formulación, implementación y gestión de la política pública de juventud a través de un Sistema Distrital, adoptando las políticas, estrategias, programas, y mecanismos de acción interinstitucional e intersectorial que contribuyan a la realización plena de los derechos de la juventud y a la disminución de todas las formas de desigualdad, inequidad, indiferencia, exclusión, violencia y discriminación contra los y las jóvenes.

Se implementarán mecanismos de coordinación interinstitucional e intersectorial que permitan aunar esfuerzos para generar nuevos cupos en educación superior universitaria, técnica y tecnológica."

Como consecuencia se conformó la Coordinadora Distrital de Unidad Juvenil CDUJ, como un espacio donde convergen jóvenes, organizaciones juveniles y juventudes de partidos políticos. Este espacio se ha fijado la tarea de incidir en las políticas distritales a fin de propiciar la institucionalidad juvenil en el distrito y la implementación de la Política Pública de Juventud así como el fortalecimiento de los consejos de juventud y de la participación juvenil.

La CDUJ logró interlocutar de manera directa con el Alcalde Luis Garzón en una reunión donde quedó manifiesta la voluntad política de esta administración hacia la institucionalidad del tema juvenil en Bogotá, mediante la creación de una instancia coordinadora de las políticas y programas dirigidos a este sector poblacional.

Si bien es cierto lo anterior, a lo largo de los cuatro años de ese mandato constitucional el tema de la creación de la instancia y los temas de juventud, trasegaron de una instancia burocrática a otra, empezando con el entonces Departamento Administrativo de Acción Comunal (DAAC) - hoy IDPAC, después el alcalde nombro un asesor de su despacho sin mayor injerencia en la toma de decisiones en el tema; después se lo delegó entre agosto del 2004 y febrero del 2005 al Instituto Distrital de Cultura y Turismo - IDCT, y a julio de ese año, se reversó su posición entregándole tamaña responsabilidad a uno de sus asesores, quien no contó con la influencia, ni la infraestructura necesaria para coordinar el tema; para finalmente en el 2006 colocar el tema en la Gerencia de Juventud "Jóvenes Sin Indiferencia" del Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal la cual, es la instancia actual rectora del tema de  Juventud en Bogotá.

Mientras este trasegar institucional se dio, la situación de los jóvenes en algunos temas se vino agravando, veamos:

En primer lugar en cuanto al empleo, si bien es cierto que Bogotá es una de las ciudades con menor índice de desempleo en el país, las cifras nos revelan que el grupo poblacional de los jóvenes adolece de la tasa más alta de desempleo en la ciudad, según el documento seguimiento a los programas "BOGOTA PRODUCTIVA" y "CAPACIDADES Y OPORTUNIDADES PARA LA GENERACIÓN DE INGRESOS Y EMPLEO" del 2006, la tasa de desempleo de los jóvenes entre los 15 y 19 años es del 30.4% y para el grupo de 20 a 24 años es del 21%, lo que significa que más del 50% de los desempleados de la ciudad pertenecen al grupo poblacional de jóvenes.

Dentro de las causas están:

*Falta de capacitación

*La vida corta de las empresas

*Falta de cultura hacia el fomento del primer empleo

Conclusión, la situación laboral de los jóvenes es muy preocupante lo cual genera en ellos la búsqueda de otras fuentes y alternativas de ingresos no muy legales.

En segundo lugar, en cuanto a la SALUD SEXUAL REPRODUCTIVA, conocidos son los estudios realizados por universidades como EXTERNADO, NACIONAL, PROFAMILIA Y FUNDACION CARDIO INFANTIL, quienes revelaron que en 2006 se presentaron 20.228 embarazos en adolescentes entre los 10 y 19 años, colocando a Bogotá en niveles iguales a los que se presentan en países africanos. Mientras que en todo el país se presenta un promedio de embarazos de adolescentes de 90 por cada mil habitantes, sólo en Bogotá el promedio es de 160 por cada mil habitantes.

Se sabe que según datos de la Secretaría de Salud se destinaron para el 2006, 221 mil millones de pesos, es decir, que por cada adolescente embarazada se presenta un costo 9.5 millones de pesos contando con los partos que no son complicados, los cuales incrementan el valor.

Por otra parte, según informe de la veeduría Distrital del año 2006, revela que entre el año 2001 y 2005 nacieron 2049 niños de madres que estaban entre las edades de 10 y 14 años.

De lo anterior se puede colegir que la Política de Salud Sexual y Reproductiva fracasó y requiere un redireccionamiento en ésta administración, toda vez que este tema que se convirtió en un problema de salud publica.

En cuanto al consumo de drogas y alcohol, Según el estudio realizado por la UNIANDES Y EL DANE de 2006, reveló que de cada 100 estudiantes de colegio al menos un 34% consume licor frecuentemente, 34% manifiesta que consigue Droga en los alrededores del colegio, el 6% que la droga la consigue en el mismo colegio. Como se ve en la diapositiva la edad de inicio en el consumo de cigarrillo esta desde los 12 años, según un Estudio Realizado por el Comité Nacional de Antitabaquismo Escolar del 2007. En el mismo estudio advierten que se han conocido casos de niños entre los 4 y 5 años que ya han consumido tabaco.

Finalmente, en cuanto al tema de seguridad es de anotar que el problema no se limita solo a la violencia dentro del centros educativos, como se difundió ampliamente en los medios de comunicación, sino que se extiende de manera trágica a índices generales de seguridad en la ciudad, en este sentido, me permito traer a colación los cuadros realizados por Veeduría distrital donde se muestra cómo la población juvenil de la ciudad es la protagonista numero uno en cuanto a índices de inseguridad:

Como se ve en las graficas fruto de los estudios realizados por la veeduría los jóvenes son las principales victimas de muertes violentas, homicidios, suicidios, lesiones personales y muertes en accidente de tráfico.

Igualmente hay que mencionar que se ha expidieron una serie de normas; el Acuerdo 159 de 2005, "Por El Cual Se Establecen Los Lineamientos De La Política Publica De Juventud Para Bogotá, D.C., Y Se Dictan Otras Disposiciones", acuerdo con el cual se le dieron unas directrices que llevó a la expedición del Decreto 482 de 2006 "Por el cual se adopta la Política Pública de Juventud para Bogotá D.C. 2006-2016", en donde el articulo 5º de este último se establece una de las dimensiones a través de las cuales se materializará la Política Pública de Juventud para Bogotá D.C. 2006-2016, denominada "Dimensión Político- Administrativa", La cual "Define los espacios y relaciones institucionales y no institucionales, los actores responsables y los mecanismos de coordinación, cogestión, planeación y evaluación de los proyectos dirigidos a la implementación de la Política Pública de Juventud. En el marco de esta dimensión se creará el Sistema Distrital de Juventud (SDJ), entendido como el conjunto de instancias públicas, privadas y sociales, los mecanismos de desarrollo institucional y comunitario, que a través de procesos de coordinación, interlocución, planeación, gestión, seguimiento y evaluación articulados entre sí, propendan por la materialización integral de la Política Pública de juventud y la efectiva participación de los y las jóvenes, de acuerdo con sus principios, enfoques, dimensiones y lineamientos. Con posterioridad a la entrada en vigencia de este Decreto, se creará el mencionado sistema."

Finalmente en el Plan de Desarrollo presentado por el Alcalde Mayor Samuel Moreno Rojas, 2008 – 2012"BOGOTÁ POSITIVA: PARA VIVIR MEJOR", se establecen diferentes programas y proyectos que tocan a la población joven del distrito, en especial en el proyecto "Jóvenes visibles, con derechos y responsabilidades", del programa "Toda la Vida Integralmente Protegidos", del objetivo estructurante "ciudad de derechos", donde se incluyen acciones en cuanto a diferentes temas.

Por todo lo anterior, el presente proyecto de Acuerdo busca el reconocimiento de los jóvenes como actores estratégicos y sujetos activos para el desarrollo del país, por lo cual se propone la creación de una la Oficina Distrital para la Juventud, dentro de la estructura administrativa Distrital, como instancia encargada de liderar el diseño de la política pública de Juventud y la coordinación interinstitucional e intersectorial e interinstitucional de planes, programas y proyectos para este grupo poblacional.

H.C. María Angélica Tovar Rodríguez

H.C. Carlos Alberto Baena López

PROYECTO DE ACUERDO No. DE 2008

«Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Decreto 1421 de 1993 artículos 12,13, la Ley 375 de 1997 artículo 18 y el Plan de Desarrollo Distrital Acuerdo 119 de 2004

ACUERDA:

Artículo 1o. Modificar la estructura organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Artículo 2o. Objeto: Crease la Subsecretaria Distrital para la Juventud, como instancia técnica y coordinadora, la cual tendrá por objeto, coordinar, formular, implementar y desarrollar la Política Pública de Juventud en Bogotá. Así como, articular los diferentes programas y acciones dirigidos a la Juventud Distrital. De igual manera, llevar a cabo las acciones institucionales conjuntas con las entidades públicas, privadas y demás instancias de la sociedad civil con el propósito de generar y promover en la juventud garantías específicas y eficaces para su participación y su actuación política y social en el Distrito, en relación con la ley 375 de 1997 y las demás concordantes.

Artículo 3o. Son funciones de la Subsecretaria Distrital para la Juventud las siguientes:

1. Articular y facilitar la adopción de la Política Publica de Juventud Distrital, con los programas distritales que versen sobre la misma materia consignados en los planes de desarrollo distritales y local, a través de aquellos mecanismos que considere pertinentes. Para ello podrá contar con la asistencia técnica. Así mismo actuar como órgano de consulta y asesoria de las entidades nacionales, distritales y locales en cuanto temas concernientes a la juventud.

2. Adelantar e impulsar las gestiones necesarias a que hubiere lugar para consolidar el Sistema Distrital de Juventud y constituir las redes, organismos, organizaciones e instituciones que concurran en su desarrollo.

3. Gestionar la incorporación transversal de la Política Publica de Juventud en cada uno de las entidades que componen la administración distrital, de acuerdo con las prioridades de los jóvenes, en concordancia con el Plan de Desarrollo del Distrito para cada vigencia.

4. Generar y establecer estrategias o mecanismos de participación juvenil para la formulación, evaluación y/o reformulación de la Política Pública de Juventud.

5. Apoyar, realizar, promover e incentivar la incorporación del joven a la investigación técnica y tecnológica con el objetivo de alcanzar mayores niveles de competitividad.

6. Orientar su acción hacia la asistencia técnica a nivel local, y cumplir funciones administrativas de coordinación y de complementariedad de la acción distrital. De la misma forma, asesorar la elaboración de políticas, estrategias, programas y metas locales de juventud, al igual que la elaboración de planes, programas y proyectos para jóvenes. A su vez crear herramientas, técnicas y metodológicas necesarias para asistir a las localidades cuando éstas lo soliciten o por iniciativa propia en cumplimiento de la Política Distrital de Juventud.

7. Coordinar con las O.N.G. (Organismos No Gubernamentales), organizaciones comunitarias, empresas privadas y organismos de orden nacional e internacional entre otros, proyectos, programas y recursos que en materia de la juventud se tengan para el Distrito Capital. Además celebrar acuerdos y convenios con organizaciones privadas y sociales para el desarrollo de proyectos que beneficien a la juventud del distrito.

8. Prestar ayuda y asistencia técnica al Consejo Distrital de Juventud y los Consejos Locales de Juventud, contribuyendo al desarrollo de sus respectivas funciones.

9. Actuar como mediadora permanente entre la Nación, el Distrito y las localidades, para servir de enlace y vía de comunicación en la transmisión de información, formulación de políticas y desarrollo de proyectos para jóvenes.

10. Asistir y apoyar a las organizaciones juveniles que lo requieran, así como fomentar la organización de actividades que ofrezcan a la juventud alternativas para su desarrollo integral. Igualmente adoptar los mecanismos necesarios para la canalización de propuestas que las organizaciones juveniles hagan a la administración distrital, los gremios económicos y los sectores sociales y culturales.

11. Adoptar programas y actividades que estén orientados a sensibilizar la opinión pública con situaciones específicas que afecten la población juvenil.

12. Apoyar, realizar, promover y difundir estudios e investigaciones de la problemática y características de la juventud, que busquen la acertada caracterización de la población juvenil, resaltando su imagen positiva con la divulgación de sus aportes en el desarrollo de los barrios, las localidades y el distrito.

13. Promover la relación entre el gobierno en todos sus niveles y la juventud, mediante el fortalecimiento del proceso de organización juvenil y el apoyo de las acciones de socialización y movilización, incidiendo de manera directa en los procesos de paz y convivencia ciudadana.

14. Promover las iniciativas empresariales de los jóvenes a través de la creación de incubadoras que direccionen la formación de empresa y que a su vez generen un desarrollo económico del distrito y sus localidades.

15. Establecer los respectivos indicadores de gestión, con los cuales se evaluará la ejecución de las políticas, estrategias, programas y metas dirigidos hacia la juventud en cada entidad del distrito.

16. Coordinar con la Administración Distrital y la Registraduría Distrital, los procesos de elección y conformación de los Consejos Locales de Juventud y del Consejo Distrital de Juventud.

17. Y las demás que le sean asignadas por acuerdo a la Alcaldía Mayor, y el Concejo de Bogotá.

Artículo 4o. GARANTÍA PARA EL FUNCIONAMIENTO. El Alcalde Mayor en un término de seis (6) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente acuerdo, dispondrá lo necesario para la organización administrativa, presupuestal y financiera de la Subsecretaria Distrital para la Juventud, la cual entrará en funcionamiento una vez vencido dicho término.

ARTICULO 8° VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en Bogotá D.C., a los ____ del mes de _________ de 2008.

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 Departamento Administrativo de Acción Comunal, Situación socio económica de la Juventud Bogotana 2002 – 2003.

2 Veeduría Distrital, vulnerabilidad social en Bogotá D.C. 2002.

3 Departamento Administrativo de Acción Comunal, Situación socio económica de la Juventud Bogotana 2002 – 2003.

4 FUENTE: Cálculos CID con base en DANE 2002-2003-ECH

5 FUENTE: ECV 2003

6 FUENTE: ECH 2002-2003

7 Ley 375 de 1997, Artículo 2do

8 GALÁN PACHON, Juan Manuel (2000) "Los Jóvenes Construyen un Nuevo País".