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Decreto 479 de 1993 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--//1993
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

DECRETO 479 DE 1993

(Agosto 27)

Subrogado por el art. 11, Decreto Distrital 800 de 1996

Por el cual se asignan unas funciones

EL ALCALDE MAYOR DE SANTAFE DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL.

En ejercicio de las facultades que le otorgan los artículos 39 y 40 del Decreto – ley 1421 de 1993.

DECRETA:

ARTICULO 1. Corresponde al Subsecretario de Hacienda conocer y decidir de los recursos de apelación y de los grados de consulta, así como de las solicitudes de exención de impuestos, que presenten los contribuyentes y de los cuales venía conociendo la Junta Distrital de Hacienda. Ver el art. 4, Decreto Distrital 270 de 2001

ARTICULO 2.- El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C. a los 27 días de Agosto de 1993.

JAIME CASTRO

Alcalde Mayor

ALVARO DAVILA PEÑA

JULIO ROBERTO PIZA RODRIGUEZ

Secretario General

Secretario de Hacienda

Nota: Publicado en el Registro Distrital 793 de Octubre 10 de 1993.