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Convenio de Cooperación 2 de 2008 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
14/04/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

1100100-002-2008

1100100-002-2008

Entre los suscritos a saber, por una parte SAMUEL MORENO ROJAS, mayor de edad, domiciliado en Bogotá D.C. identificado con la cédula de ciudadanía No.19.385.159 de Bogotá quien en su calidad de Alcalde Mayor, obra en nombre y representación de LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. en uso de sus facultades legales y constitucionales y actuando debidamente posesionado según Acta de posesión de fecha 1 de enero de 2008 y certificación de la Registraduría del Estado Civil adjuntos al presente Convenio quien para los efectos de este Convenio de Cooperación se denominará LA ALCALDÍA MAYOR, y por la otra, GABRIEL SILVA LUJÁN, mayor de edad, domiciliado en Bogotá, D.C. identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 79.142.102 de Usaquén quien actúa en nombre y representación de LA FEDERACIÓN NACIONAL DE CAFETEROS DE COLOMBIA, en su condición de Gerente General y Representante Legal de la misma, entidad ésta de derecho privado sin ánimo de lucro, con personería jurídica reconocida por el poder ejecutivo nacional, mediante Resolución Ejecutiva No. 33 del 2 de septiembre de 1927, publicada en el Diario Oficial No. 20.894 del 14 de septiembre de 1928, y quien para los efectos del este Convenio de Cooperación se denominará LA FEDERACIÓN y en conjunto, se denominará las Partes; hemos acordado celebrar el presente Convenio, previas las siguientes CONSIDERACIONES: PRIMERO: Que LA ALCALDÍA MAYOR y LA FEDERACIÓN coinciden en el interés por el desarrollo, difusión, promoción y realización de proyectos sociales encaminados a apoyar iniciativas que redunden en beneficio de la ciudad. SEGUNDO: Que la FEDERACIÓN como Entidad sin ánimo de lucro, tiene como objetivo fundamental el de trabajar por el beneficio integral de los caficultores colombianos y en este sentido, promueve y fomenta la difusión de la cultura colombiana, así como apoya directamente la realización de eventos culturales, económicos, recreativos, deportivos, sociales de la ciudad. A manera de ejemplo, LA FEDERACIÓN es actualmente, (i) miembro patrocinador del Centro lnteractivo MALOKA, (ii) miembro de Asamblea General de la Fundación Museo de los Niños y miembro de la Asociación de Amigos del Museo Nacional, (iii) participa activamente en las actividades interculturales promovidas por las Cámaras de Comercio Binacionales, tales como las Cámaras de Comercio Colombo Británica, Colombo Americana y Colombo Francesa, entre otras, (iv) apoya programas didácticos y lúdicos desarrollados a través de la Fundación Rafael Pombo, (v) es miembro fundador de la Organización Pro-niñez Indefensa OPNI, (vi) es miembro permanente de la Asamblea de Donantes de COLFUTURO y realiza otras actividades tendientes a contribuir con el desarrollo cultural, económico, recreativo y social de la ciudad. TERCERO: Que LA FEDERACIÓN manifiesta su interés en el impulso, desarrollo y apoyo a los programas de difusión y promoción de la cultura y todo tipo de eventos que promocionen e integren a los Bogotanos, tales como, pero sin limitarse a estos; eventos económicos, recreativos, deportivos, culturales, de ayuda a la población vulnerable. Por las anteriores consideraciones las partes convienen en suscribir el presente Convenio de Cooperación, el cual se regirá por las siguientes: CLÁUSULAS: PRIMERA. OBJETO. El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración y cooperación entre la FEDERACIÓN y LA ALCALDÍA MAYOR, a través de la participación en la preparación, desarrollo y ejecución de las actividades y programas que sean previstos, planificados, desarrollados en colaboración con la Alcaldía Mayor de Bogotá y otras entidades públicas y privadas nacionales o internacionales, debidamente coordinados por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. SEGUNDA. ALCANCE. Las partes firmantes, dentro de su ámbito de actuación, muestran desde este momento su mejor disposición para favorecer la consecución de acciones conjuntas entre la FEDERACIÓN y la LA ALCALDÍA MAYOR, que persigan el desarrollo, ejecución y difusión de festivales, programas, actividades, proyectos y todo tipo de eventos que se realicen en Bogotá o a nivel nacional e internacional, los cuales promocionen la ciudad, muestren su riqueza cultural, incentiven a la participación ciudadana, contribuyan a la educación, a la promoción del deporte, del arte, de la música, de la ciencia, de la solidaridad, entre otros. TERCERA. COMPROMISOS DE LA FEDERACIÓN. Para la consecución de los fines aquí enunciados, la FEDERACIÓN se comprometerá a: 1. Participar activamente en los proyectos, programas, festivales y en general, eventos que sean desarrollados en colaboración con LA ALCALDÍA MAYOR; 2. Apoyar el desarrollo de dichos eventos, prestando oportuna asesoría en lo pertinente, para el éxito de su realización; 3. En la medida en que cuente con la respectiva disponibilidad de presupuesto, se compromete a aportar recursos para contribuir con la financiación de los distintos eventos, así como a colaborar en la difusión y promoción de los mismos, previa suscripción de los respectivos convenios para ejecutar los programas o proyectos. CUARTA: GRATUIDAD DEL CONVENIO. LA ALCALDÍA MAYOR y LA FEDERACIÓN, declaran que por la celebración del presente Convenio Marco de Cooperación no se generará ningún beneficio económico para las entidades como contraprestación por la participación en la preparación, desarrollo y ejecución de las actividades y programas que sean previstos, planificados, desarrollados en colaboración con la Alcaldía Mayor de Bogotá y otras entidades públicas y privadas nacionales o internacionales. Lo anterior, sin perjuicio de los convenios que en ejecución del presente Convenio Marco sean suscritos entre las partes para la ejecución de los programas o la realización de los respectivos eventos. QUINTA: IMPLEMENTACIÓN DE LOS COMPROMISOS ADQUIRIDOS POR LA FEDERACIÓN. La implementación de los compromisos adquiridos por LA FEDERACIÓN se dará bajo los términos y condiciones que sean señaladas por LA ALCALDÍA MAYOR quien para todos los efectos actuará a través de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en acuerdo con la FEDERACIÓN, mediante convenio o documento suscrito por los representantes legales de cada una de las Partes. SEXTA: DURACIÓN. El presente Convenio Marco de Cooperación permanecerá vigente mientras ninguno de los representantes legales de las partes, comunique por escrito a la otra, su intención de darlo por terminado. SÉPTIMA: CAUSALES DE TERMINACIÓN. El presente Convenio terminará: 1. Por incumplimiento de las obligaciones pactadas en este documento. 2. Por mutuo acuerdo de las partes manifiesta por escrito con un (1) mes de anticipación y 3. Por la intención de darlo por terminado por una de las Partes, de conformidad con lo expresado en la cláusula anterior. OCTAVA: LA ALCALDÍA MAYOR informará a LA FEDERACIÓN de las actividades, proyectos, programas, festivales y en general, eventos en los que requiera su patrocinio y colaboración, de conformidad con lo señalado en el presente Convenio. NOVENA: CESIÓN DEL CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN. En ningún caso podrán las partes ceder el presente Convenio sin la autorización expresa y por escrito, de la otra parte. DÉCIMA: MODIFICACIONES. Todas las modificaciones a este Convenio para que surtan efecto, deberán suscribirse por las partes. DÉCIMA PRIMERA: PERFECCIONAMIENTO. El presente Convenio se entiende perfeccionado con la firma de los representantes legales de las partes.

Para constancia se firma en la ciudad de Bogotá, D.C., en dos (2) originales del mismo tenor literal, a los catorce (14) días del mes de Abril de 2008.

LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL,

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor

LA FEDERACIÓN NACIONAL DE CAFETEROS DE COLOMBIA,

GABRIEL SILVA LUJÁN

Gerente General