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Acuerdo 51 de 1948 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
09/06/1948
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/06/1948
Medio de Publicación:
Anales del Concejo 1599 del 16 de mayo de 1948
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 51 DE 1948

(julio 7)

por el cual se adiciona el Acuerdo 10 de 1948.

El Concejo de Bogotá,

Ver el Decreto Distrital 88 de 1952 , Ver la Resolución de Mineducación 403 de 1952, Ver el Decreto Distrital 653 de 1952

ACUERDA:

Artículo 1º.- El Colegio Municipal de Bogotá llevará el nombre de "Colegio Municipal Jorge Eliécer Gaitán", en memoria de quien tan hondamente se preocupó por la educación del pueblo. Ver Acuerdo Distrital No. 20 de 2001

Artículo 2º.- Créase el Departamento Politécnico del mencionado Colegio Municipal, destinado a la organización de carreras técnicas de corta duración, para quienes tengan el grado de preparación y reúnan los requisitos que establezca el Consejo Directivo del Colegio.

Parágrafo 1º.- Se entiende que el Departamento Politécnico ajustará sus planes de estudio y de trabajo a la organización y orientaciones del bachillerato existente en el Colegio Municipal.

Parágrafo 2º.- En el Departamento Politécnico se aplicarán los mismos principios sociales que han inspirado la creación del colegio Municipal, especialmente el principio de la absoluta gratuidad de la enseñanza.

Artículo 3º.- Facúltase al Consejo Directivo del Colegio Municipal, para reglamentar el funcionamiento del Departamento Politécnico.

Artículo 4º.- Créase la Sección de Extensión Cultural del Colegio Municipal, la que tendrá por objeto la realización de conferencias y la publicación de obras educativas que sirvan para vincular al Colegio con los barrios obreros y las instituciones populares.

Artículo 5º.- La Sección de Extensión Cultural estará servida por una Comisión de Profesores designada por el Consejo Directivo del Colegio.

Artículo 6º.- Facultase a al Imprenta Municipal para editar las cartillas y obras de divulgación educativa que le presente la Sección de Extensión cultural, con la sola aprobación del Consejo Directivo del Colegio. De las cartillas y obras educativas editadas gratuitamente por la Imprenta Municipal se dará una cuota prudencial destinada a las bibliotecas populares del Municipio.

Artículo 7º.- El Consejo Directivo del Colegio Municipal hará la designación del personal docente y administrativo del Colegio, y fijará las respectivas asignaciones.

Artículo 8º.- Destínanse dos buses escolares, que se adquirirán por compra, al servicio exclusivo del Colegio Municipal. Queda autorizado el Alcalde para la realización de las operaciones necesarias para dar inmediato cumplimiento a este artículo.

Artículo 9º.- Este Acuerdo regirá desde su promulgación.

Publíquese y ejecútese.

Dado en Bogotá, a 9 de julio de 1948.

Ver Acuerdo Distrital 2 de 1973

El Alcalde Mayor, FERNANDO MAZUERA VILLEGAS. El Secretario de Gobierno, ROBERTO PARÍS GAITÁN.

NOTA: El presente Acuerdo aparece publicado en los Anales del Concejo de Bogotá, No. 1599 de julio 16 de 1948.