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Decreto Local 6 de 2005 Alcaldía Local de Chapinero

Fecha de Expedición:
20/12/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/12/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3459 de diciembre 23 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 06 DE 2005

(Diciembre 20)

Por medio del cual se liquida el Acuerdo Local No. 010 de 2005, mediante el cual se aprueba el Presupuesto de la Localidad de Chapinero para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2006.

LA ALCALDESA LOCAL DE CHAPINERO

En uso de sus facultades legales y en especial las que les confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 1139 del 29 de diciembre de 2000 y

CONSIDERANDO

1. Que mediante Acuerdo Local No 003 del 5 de Septiembre de 2004 se adoptó el Plan de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas para la localidad de CHAPINERO 2005 - 2008 "BOGOTA SIN INDIFERENCIA: Equidad: una realidad con participación social".

2. Que con oficio No. 2005EE240722 de fecha 5 de Octubre de 2005, el Secretario de Hacienda certificó el monto de la cuota preliminar - Transferencia de la Administración Central asignada para inversión al Fondo de Desarrollo Local en la suma de $ 6.557.432.167, para la vigencia 2006, valor que incluye recursos por reaforo 2004 y 2005, así: Transferencia vigencia 2006 $5.983.414.139,00; Reaforo 2004 $416.610.295,00; Reaforo 2005 $157.407.733,00.

3. Que para la proyección de ingresos se tuvo en cuenta el comportamiento del recaudo en los rubros de multas y otros ingresos tributarios en los dos últimos años.

4. Que mediante oficio 2-2005-30005 de fecha 29 de Noviembre de 2005, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, en su reunión No. 15 del 26 de Noviembre de 2005, emitió concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal del año 2005, por la suma de $13.687.432.167,00.

5. Que mediante oficio No. 1582 de diciembre 2 de 2005, la Alcaldesa Local de Chapinero radicó el Presupuesto de la Localidad de Chapinero vigencia 2005, para su estudio y aprobación por parte del Cuerpo Edilicio.

6. Que mediante oficio de fecha 14 de diciembre de 2005, la Junta Administradora Local de Chapinero informó su aceptación y voto a favor de la ponencia presentada por la edil Angélica Marín Agudelo, en la cual se propone no adicionar los excedentes financieros equivalentes a la suma de CUATROCIENTOS OCHENTA MILLONES DE PESOS ($480.000.000,00) y la modificación en los programas "Bogotá sin hambre", "Restablecimiento de derechos e inclusión social", "Capacidades y oportunidades para la generación de empleo", "Hábitat desde los barrios y las UPZ", "Derechos humanos para todos y todas", "Atención integral de violencia, delincuencia y orden público", "Bogotá menos vulnerable ante eventos críticos" y "Localidades modernas y eficaces".

7. Que mediante oficio No. 1629 de diciembre 14 de 2005, la Alcaldesa Local de Chapinero da por aceptadas las modificaciones propuestas por la J.A.L. al Proyecto de Acuerdo del presupuesto vigencia 2006, sustentadas en la ponencia positiva de la Edil Angélica Marín Agudelo.

8. Que en concordancia con el Decreto 1139 de 2000 en su ARTÍCULO 21.- "Corresponde al Alcalde Local expedir el Decreto de Liquidación del Presupuesto. Este decreto tendrá el detalle del gasto para el año fiscal respectivo hasta nivel de proyecto. En la elaboración de este decreto, observará las siguientes pautas: Tomará como base el Proyecto de Presupuesto presentado por el Alcalde Local a consideración de la JAL. Insertará todas las modificaciones realizadas por la JAL y aceptadas por el Alcalde Local durante los debates".

9. Que en analogía con los artículos 4 y 15 del Decreto 427 de 2004 por medio del cual se liquida el Presupuesto Anual del Distrito Capital y teniendo en cuenta que en la expedición del Acuerdo 10 de 2005 por parte de la Junta Administradora Local de Chapinero, se omitió incluir los totales de los ingresos y de los gastos se procede a corregir este error en la liquidación del presupuesto de la Localidad de Chapinero para la vigencia fiscal 2006.

10. Que la Junta Administradora Local de Chapinero en el artículo primero del Acuerdo 10 de 2005, por error de transcripción y de lectura incluyó el valor de los excedentes financieros en la totalidad del Presupuesto, los cuales de acuerdo a la ponencia aprobada por la Junta Administradora Local de Chapinero y aceptada por la Alcaldesa, no hacen parte del Presupuesto vigencia 2006. Por tanto, l valor total por el cual debe liquidarse el Presupuesto de la Localidad de Chapinero para LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 1 DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2006, es de TRECE MIL DOSCIENTOS SIETE MILLLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO SESENTA Y SIETE PESOS ($13.207.432.167,00).

En mérito de lo expuesto, la Alcaldesa Local de Chapinero

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Fijar los cómputos del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2006, en la suma de TRECE MIL DOSCIENTOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO SESENTA Y SIETE PESOS ($13.207.432.167,00), como se detalla a continuación:

CODIGO

CONCEPTO

VALOR

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

5.887.939.537,00

2

INGRESOS

7.319.492.630,00

2.1

INGRESOS CORRIENTES

50.000.000,00

2.1.2

NO TRIBUTARIOS

50.000.000,00

2.1.2.03

Multas

48.000.000,00

2.1.2.99

Otros Ingresos no tributarios

2.000.000,00

2.2

TRANSFERENCIAS

7.269.492.630,00

2.2.4

ADMINISTRACION CENTRAL

7.269.492.630,00

2.2.4.05

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

7.269.492.630,00

2.2.4.05.01

Vigencia

6.557.432.167,00

2.2.4.05.02

Vigencia Anterior

712.060.463,00

 

TOTAL INGRESOS MAS DISPONIBILIDAD INICIAL

13.207.432.167,00

3

GASTOS

13.207.432.167,00

3.3

INVERSIÓN

13.207.432.167,00

3.3.1

DIRECTA

6.607.432.167,00

3.3.1.12

BOGOTA Sin Indiferencia, Un compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión.

6.607.432.167,00

3.3.1.12.01

Eje Social

2.968.800.000,00

3.3.1.12.01.01

Bogotá sin hambre

808.800.000,00

3.3.1.12.01.01.0462

Apoyo y fortalecimiento a los programas de nutrición y alimentación en la Localidad.

808.800.000,00

3.3.1.12.01.02

Más y mejor educación para todos y todas

808.800.000,00

3.3.1.12.01.02.0441

Adecuación, ampliación, dotación y mejoramiento de los Centros de Educación Distrital de la Localidad

808.800.000,00

3.3.1.12.01.03

Salud para la vida digna

300.000.000,00

3.3.1.12.01.03.0440

Apoyar acciones integrales en salud para mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de la Localidad.

300.000.000,00

3.3.1.12.01.04

Restablecimiento de derechos e inclusión social

808.800.000,00

3.3.1.12.01.04.0458

Realizar programas de atención a la población vulnerable de la Localidad

808.800.000,00

3.3.1.12.01.06

Bogotá, con igualdad de oportunidades para las mujeres

80.800.000,00

3.3.1.12.01.06.0755

Puesta en marcha de la política pública Mujer y Género a través del punto focal

80.800.000,00

3.3.1.12.01.09

Cultura para la inclusión social

80.800.000,00

3.3.1.12.01.09.0724

Implementar políticas, programas y acciones culturales en la Localidad

80.800.000,00

3.3.1.12.01.10

Recreación y deporte para todos y todas

80.800.000,00

3.3.1.12.01.10.0725

Desarrollar actividades recreativas y deportivas en la Localidad

80.800.000,00

3.3.1.12.02

EJE URBANO REGIONAL

1.475.153.938,00

3.3.1.12.02.11

Hábitat desde los barrios y las UPZ

1.225.153.938,00

3.3.1.12.02.11.0375

Diseño, construcción, renovación, mantenimiento, adecuación de accesos barriales y malla secundaria en los barrios de la Localidad

1.075.153.938,00.

3.3.1.12.02.11.0728

Adelantar acciones para el mejoramiento integral de los barrios de la Localidad.

150.000.000,00

CODIGO

CONCEPTO

VALOR

3.3.1.12.02.13

Sostenibilidad urbano-rural

250.000.000,00

3.3.1.12.02.13.0442

Apoyar acciones para mejorar la calidad del medio ambiente de la Localidad.

250.000.000,00

3.3.1.12.03

EJE DE RECONCILIACION

1.158.586.433,00

3.3.1.12.03.17

Derechos humanos para todos y todas

188.186.433,00

3.3.1.12.03.17.0757

Chapinero cero discriminación y convivencia total

188.186.433,00

3.3.1.12.03.19

Comunicación para la reconciliación

80.800.000,00

3.3.1.12.03.19.0758

Chapinero cívica y ciudadana

80.800.000,00

3.3.1.12.03.20

Atención integral de violencia, delincuencia y orden público

808.800.000,00

3.3.1.12.03.20.0745

Apoyar acciones para mejorar la seguridad en la Localidad

808.800.000,00

3.3.1.12.03.22

Bogotá, menos vulnerable ante eventos críticos

80.800.000,00

3.3.1.12.03.22.0730

Apoyar acciones para mitigar riesgos en la Localidad

80.800.000,00

3.3.1.12.04

OBJETIVO GESTIÓN PÚBLICA HUMANA

1.004.891.796,00

3.3.1.12.04.30

Administración moderna y humana

825.591.796,00

3.3.1.12.04.30.0306

Reconocimiento de honorarios y seguros de ediles

347.538.706,00

3.3.1.12.04.30.0461

Fortalecimiento a la capacidad operativa de la Administración Local

478.053.090,00

3.3.1.12.04.31

Localidades modernas y eficaces

179.300.000,00

3.3.1.12.04.31.0514

Fortalecimiento de la interacción y participación de la comunidad

26.800.000,00

3.3.1.12.04.31.0515

Sistemas de información y comunicación

46.600.000,00

3.3.1.12.04.31.0516

Apoyo, mejoramiento y fortalecimiento a la descentralización de la gestión local.

105.900.000,00

3.3.6.

OBLIGACIONES POR PAGAR

6.600.000.000,00

3.3.6.01

OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIA ANTERIOR

5.000.000.000

3.3.6.02

OBLIGACIONES POR PAGAR OTRAS VIGENCIAS

1.600.000.000

ARTICULO SEGUNDO.- El presente Decreto Local rige desde de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 2006.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

ANGÉLICA LOZANO CORREA

Alcaldesa Local de Chapinero

NOTA: Publicado ene le Registro Distrital 3459 de Diciembre 23 de 2005