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DECRETO LOCAL 003-05 DE 2005
(Diciembre 20)
Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2006.
EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLIVAR
En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 1139 del 29 de diciembre de 2000, Decreto ley 1421-93, y
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio la Secretaría de Hacienda Distrital comunicó a la Alcaldía Local la cuota preliminar de transferencia de la Administración Central para el anteproyecto de Presupuesto 2006 por un valor de Treinta mil novecientos cuarenta millones noventa y nueve mil ciento cuarenta y dos pesos ($30.940.099.142.00) incluidos los recursos provenientes de la sobretasa a la gasolina por un valor de Tres mil veintitrés millones seiscientos dos mil doscientos veinticuatro pesos ($3.023.602.224.00), reaforo 2004 por dos mil ciento cincuenta y cuatro millones doscientos ochenta y dos mil cuatrocientos diez pesos ($2.154.282.410.00) incluidos los recursos provenientes de sobretasa a la gasolina por Doscientos ochenta y cuatro millones doscientos cuatro mil treinta y nueve pesos ($284.204.039.00) y reaforo de 2005 por Ochocientos trece millones novecientos cincuenta y un mil ochocientos veintisiete pesos ($813.951.827.00) incluidos los recursos provenientes de la sobretasa a la gasolina por Setenta y siete millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil setecientos setenta y tres pesos ($77.448.773.00) para un total de cuota de treinta y tres mil novecientos ocho millones trescientos treinta y tres mil trescientos setenta y nueve pesos ($33.908.333.379.00 )
Que la Oficina de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local proyectó los ingresos propios del Fondo de Desarrollo Local para la vigencia 2.006 en Cuarenta y cuatro millones de pesos $44.000.000.00 y como recursos del balance por venta de activos proyecta la suma de Cien Millones de pesos ($100.000.000.00)
· Que debido a que existen obligaciones por pagar se presupuesta un valor de Treinta mil novecientos treinta y cuatro millones quinientos sesenta y un mil seiscientos cuarenta y dos pesos ($30.934.561.642.00) que corresponden a vigencia anterior por veintidos mil seiscientos treinta y un millónes ochocientos sesenta y ocho mil ciento dieciocho pesos ($22.631.868.118.00) m/cte y otras vigencias por un valor e Ocho mil trescientos dos millones seiscientos noventa y tres mil quinientos veinticuatro pesos ( $8.302.693.524.00)
Que en consideración de los ítems anteriores el valor total del presupuesto para la inversión de la vigencia fiscal del 2006 asciende a la suma de sesenta y siete mil trescientos cincuenta y ocho millones trescientos noventa y cinco mil veintiún pesos ($67.358.395.021) M/CTE
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal (CONFIS), en su reunión No. 15 del 26 de noviembre de 2005, en cumplimiento de lo establecido en el articulo 10 literal (f) del Decreto 714 de 1996, emitió concepto favorable al anteproyecto de presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar. Para la vigencia 2006.
Que la Junta Administradora Local de Ciudad Bolívar, mediante acuerdo local No.007-05 del 15 de diciembre de 2005, aprueba el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones para la vigencia fiscal de 2006.
Por lo anteriormente expuesto, la alcaldesa Local de Ciudad Bolívar,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Fíjense los cómputos del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º. de enero y el 31 de diciembre de 2006, en la cuantía de SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL VEINTIÚN PESOS M/CTE ($67.358.395.021.00), según el siguiente detalle:
CODIGO |
NOMBRE |
PRESUPUESTO |
1 |
DISPONIBILIDAD INICIAL |
27.252.513.096.00 |
2 |
INGRESOS |
40.105.881.925.00 |
2.1 |
INGRESOS CORRIENTES |
44.000.000,00 |
2.1.2 |
NO TRIBUTARIOS |
44.000.000,00 |
2.1.2.03 |
Multas |
14.000.000,00 |
2.1.2.04 |
Rentas Contractuales |
0 |
2.1.2.04.02 |
Arrendamientos |
0 |
2.1.2.99 |
Otros Ingresos No Tributarios |
30.000.000,00 |
2.2 |
TRANSFERENCIAS |
37.590.381.925.00 |
2.2.4 |
ADMINISTRACIÓN CENTRAL |
37.590.381.925.00 |
2.2.4.05 |
Participación Ingresos Corrientes del Distrito |
37.590.381.925.00 |
2.2.4.05.01 |
Vigencia |
33.908.333.379.00 |
2.2.4.05.02 |
Vigencia anterior |
3.682.048.546.00 |
2.4 |
RECURSOS DE CAPITAL |
2.471.500.000,00 |
2.4.1 |
Recursos del Balance |
100.000.000,00 |
2.4.1.03 |
Venta de Activos Fijos |
100.000.000,00 |
2.4.3 |
Rendimientos por operaciones financieras |
0,00 |
2.4.3.02 |
Otros Rendimientos por Operaciones Financieras |
0,00 |
2.4.5 |
Excedentes Financieros |
2.371.500.000,00 |
2.4.9 |
Otros recursos de capital |
0,00 |
|
TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL |
67.358.395.021.00 |
ARTICULO SEGUNDO.- Fíjense los cómputos del Presupuesto Anual de Gastos e Inversión, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º. de enero y el 31 de diciembre de 2006, en la cuantía de SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL VEINTIÚN PESOS ($67.358.395.021.00), según el siguiente detalle:
CODIGO |
NOMBRE |
PRESUPUESTO |
3 |
GASTOS |
67.358.395.021,00 |
3,3 |
INVERSION |
67.358.395.021,00 |
3,3,1 |
DIRECTA |
36.423.833.379,00 |
3,3,1,12 |
Bogota sin indiferencia, un compromiso social contra la pobreza y la exclusión |
36.423.833.379,00 |
3,3,1,12,01 |
EJE SOCIAL |
17.895.000.000,00 |
3.3.1.12.01.01 |
Bogotá sin hambre |
2.800.000.000,00 |
3.3.1.12.01.01.5926 |
Mejoramiento nutricional diario y formación en hábitos de vida saludable a personas en estado de vulnerabilidad |
2.200.000.000,00 |
3,3,1,12,01,01,5924 |
Construcción, ampliación, mejoramiento, adecuación y dotación a salones comunales, comedores comunitarios y escolares. |
300.000.000,00 |
3,3,1,12,01,01,5966 |
Producción y comercialización de alimentos agrícolas |
300.000.000,00 |
3.3.1.12.01.02 |
Más y mejor educación para todos y todas |
4.150.000.000,00 |
3.3.1.12.01.02.5467 |
Infraestructura educativa: compra de terrenos, ampliación, mejoramiento y dotación |
1.150.000.000,00 |
3.3.1.12.01.02.5482 |
Ampliación de cobertura a través de convenios con instituciones educativas privadas y con programas de nivelación de primaria y bachillerato para jóvenes y adultos. |
1.400.000.000,00 |
3.3.1.12.01.02.5474 |
Apoyo para estudios de educación superior, acceso tecnológico, participación y concertación para el mejoramiento de la educación en la localidad. |
1.200.000.000,00 |
3.3.1.12.01.02. 6495 |
Formación y capacitación para niños y niñas con necesidades especiales |
400.000.000,00 |
3.3.1.12.01.03 |
Salud para la vida digna |
4.470.000.000,00 |
3.3.1.12.01.03.5233 |
Acciones de promoción y prevención en salud, ampliación de los programas de vacunación y apoyo al discapacitado. |
760.000.000,00 |
3.3.1.12.01.03.5929 |
Fortalecimiento de los programas de salud a la comunidad |
1.000.000.000,00 |
3.3.1.12.01.03.5235 |
Estudio, diseño, construcción, renovación y terminación de acueductos y alcantarillados |
2.710.000.000,00 |
3.3.1.12.01.04. |
Restablecimiento de derechos e inclusión social |
2.650.000.000,00 |
3.3.1.12.01.04.5927 |
Atención integral a población de adultos mayores y padres y madres cabeza de familia |
1.600.000.000,00 |
3.3.1.12.01.04.5834 |
Fortalecimiento y dotación a HOBIES, FAMIS, jardines infantiles, casas vecinales y a madres comunitarias, jardineras y sustitutas. |
400.000.000,00 |
3.3.1.12.01.04.5577 |
Acciones de habilitación y rehabilitación en sustancias psicoactivas para jóvenes de la localidad |
250.000.000,00 |
3.3.1.12.01.04.5930 |
Atención de emergencias por calamidad, crisis y desastre natural |
400.000.000,00 |
3.3.1.12.01.05 |
Cero tolerancia con el maltrato, la mendicidad y la explotación laboral infantil |
400.000.000,00 |
3.3.1.12.01.05.5451 |
Prevención y atención integral a la violencia intrafamiliar y sexual, la mendicidad y la explotación infantil |
400.000.000,00 |
3.3.1.12.01.06 |
Bogota con igualdad de oportunidad para las mujeres |
120.000.000,00 |
3.3.1.12.01.06,5790 |
Programa de equidad de genero |
120.000.000,00 |
3.3.1.12.01.07 |
Capacidades y oportunidades para la generacion de ingresos y empleo |
320.000.000,00 |
3.3.1.12.01.07,5964 |
Creación del Politécnico comunitario para la capacitación, vinculación laboral y asociatividad empresarial y creación de una bolsa de empleo |
200.000.000,00 |
3.3.1.12.01.07,5634 |
Creación del centro artesanal de arcilla |
120.000.000,00 |
3.3.1.12.01.08 |
Escuela ciudad y ciudad escuela: la ciudad como escenario de formación y aprendizaje |
81.000.000,00 |
3.3.1.12.01.08,5963 |
Vinculación de niñas, niños y adolescentes en actividades lúdico-pedagógicas |
81.000.000,00 |
3.3.1.12.01.09 |
Cultura para la inclusión social |
830.000.000,00 |
3.3.1.12.01.09.6050 |
Programas de expresión artística y cultural |
330.000.000,00 |
3.3.1.12.01.09.5933 |
Terminación adecuación de las casas culturales de la localidad |
500.000.000,00 |
3.3.1.12.01.10 |
Recreación y deporte para todos y todas |
2.074.000.000,00 |
3.3.1.12.01,10,5940 |
Promoción del deporte, la recreación y el uso del tiempo libre |
2.074.000.000,00 |
3.3.1.12.02 |
EJE URBANO REGIONAL |
11.430.500.000,00 |
3.3.1.12.02.11 |
Hábitat desde los barrios y las UPZ |
10.380.500.000,00 |
3.3.1.12.02.11.5563 |
Diseño, construcción, recuperación y mantenimiento de la malla vial urbana y rural |
6.299.500.000,00 |
3.3.1.12.02.11.5936 |
Compra de predios, construcción, reparación, adecuación, terminación, mantenimiento, ampliación y dotación de salones comunales, centros de desarrollo comunitario, parques, canchas, jardines infantiles, casas vecinales, Juntas de Acción Comunal y ASOJUNTAS |
3.400.000.000,00 |
3.3.1.12.02.11.5257 |
Programa de electrificación rural |
100.000.000,00 |
3.3.1.12.02.11.5267 |
Titulación de predios, legalización de barrios, reglamentación de las UPZ y POT |
81.000.000,00 |
3.3.1.12.02.11.5938 |
Diseñar, construir y terminar obras de mitigación en zonas de alto riesgo |
500.000.000,00 |
3.3.1.12.02.13 |
Sostenibilidad urbano-rural |
550.000.000,00 |
3.3.1.12.02.13.5132 |
Desarrollo del programa ULATA y Consejo Local Ambiental |
350.000.000,00 |
3.3.1.12.02.13.6052 |
Mantenimiento y preservación de fuentes hídricas y apoyo al programa de manejo del Río Tunjuelo |
200.000.000,00 |
3.3.1.12.02.15 |
Bogota Productiva |
500.000.000,00 |
3.3.1.12.02.15,6054 |
Apoyo, apalancamiento, organización productiva y generación de empleo en la zona urbana y rural |
500.000.000,00 |
3.3.1.12.03 |
EJE DE RECONCILIACIÓN |
2.386.000.000,00 |
3.3.1.12.03.16 |
Gestión pacifica de conflictos |
100.000.000,00 |
3.3.1.12.03.16,6058 |
Programas de promoción y defensa de los derechos humanos y resolución pacifica de conflictos |
100.000.000,00 |
3.3.1.12.03.17 |
Derechos Humanos para todos y todas |
96.000.000,00 |
3.3.1.12.03.17,5452 |
Fortalecimiento al programa integral de promoción y defensa de los derechos humanos |
96.000.000,00 |
3.3.1.12.03.20 |
Atención integral de violencia, delincuencia y orden publico |
200.000.000,00 |
3.3.1.12.03.20,5947 |
Creación y dotación de frentes de seguridad ciudadana y apoyo a la XIX estación de policía |
200.000.000,00 |
3.3.1.12.03.21 |
sistema de justicia de la ciudad |
100.000.000,00 |
3.3.1.12.03.21,5956 |
Justicia y atención integral a la violencia, delincuencia y orden público |
100.000.000,00 |
3.3.1.12.03.22 |
Bogotá menos vulnerable ante eventos críticos |
250.000.000,00 |
3.3.1.12.03.22,5237 |
Implementación del plan de emergencia y contingencia en la localidad |
250.000.000,00 |
3.3.1.12.03.23 |
Red Distrital de reconciliación |
100.000.000,00 |
3.3.1.12.03.23,5378 |
Creación y funcionamiento de la red local de reconciliación y resistencia civil y promoción del desarme de la comunidad |
100.000.000,00 |
3.3.1.12.03.24 |
Participación para la decisión |
190.000.000,00 |
3.3.1.12.03.24,5939 |
Programas de participación y movilización social |
190.000.000,00 |
|
|
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3.3.1.12.03.27 |
Obras con participacion ciudadana |
1.250.000.000,00 |
3.3.1.12.03.27,5957 |
Cofinanciar obras con participación ciudadana |
1.250.000.000,00 |
3.3.1.12.03.29 |
Inclusión económica y desarrollo empresarial sectorial |
100.000.000,00 |
3.3.1.12.03.29.5385 |
Apoyo a la organización de vendedores informales. |
100.000.000,00 |
3.3.1.12.04 |
OBJETIVO GESTIÓN PUBLICA HUMANA |
4.712.333.379,00 |
3.3.1.12.04.30 |
Administración moderna y humana |
2.794.000.000,00 |
3.3.1.12.04.30.5958 |
Fortalecimiento de la administración y de la capacidad operativa de la administración local. |
2.794.000.000,00 |
3.3.1.12.04.31 |
Localidades Modernas y Eficaces |
848.333.379,00 |
3.3.1.12.04.31,5144 |
Programa del sistema de información Georeferenciado, observatorio social, automatización y estandarización de procesos |
228.333.379,00 |
3.3.1.12.04.31,5951 |
Fortalecer los procesos de descentralización mediante reconocimiento de honorarios y seguros de ediles |
620.000.000,00 |
3.3.1.12.04.32 |
Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía |
650.000.000,00 |
3.3.1.12.04.32,5970 |
Integración de la comunidad con la administración |
650.000.000,00 |
3.3.1.12.04.36 |
Comunicación para la Solidaridad |
420.000.000,00 |
3.3.1.12.04.36,5647 |
Mejoramiento de la imagen de la localidad y divulgación de programas y proyectos de la administración y la comunidad |
420.000.000,00 |
3,3,6 |
OBLIGACIONES POR PAGAR |
30.934.561.642,00 |
3,3,6,01 |
Vigencia anterior |
22.631.868.118,00 |
3,3,6,02 |
Otras Vigencias |
8.302.693.524,00 |
|
TOTAL GASTOS MAS DISPONIBILIDAD FINAL |
67.358.395.021.00 |
ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto Local rige a partir del 1 de enero de 2006.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los veinte (20) días del mes de diciembre de dos mil cinco (2005)
DIANA MARIENT DAZA QUINTERO
Alcalde Local Ciudad Bolívar
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3463 Diciembre 29 de 2005
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