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Decreto Local 9 de 2005 Alcaldía Local de Suba

Fecha de Expedición:
--/ 00/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/12/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3459 de diciembre 23 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 9 DE 2005

(Enero 1)

"Por el cual se liquida el Presupuesto de Rentas e Ingresos, Gastos e Inversión para la vigencia fiscal 2.006, en el Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Suba".

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo previsto en el articulo 13 del Decreto 1139 de 2.000, corresponde al Alcalde Local preparar anualmente el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos de inversión del respectivo Fondo de Desarrollo Local.

Que de acuerdo al articulo 16 ibídem, el Alcalde Local presentara a la Junta Administradora Local dentro de los tres primero días de sesiones ordinarias del mes de Diciembre, el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos de inversión del respectivo Fondo de Desarrollo Local.

Que de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 69 del Decreto ley 1421 de 1.993, corresponde a la Junta Administradora Local aprobar el presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local previo concepto favorable del CONFIS

Que mediante oficio No 2005EE240722 de octubre 5 de 2.005 la secretaría de Hacienda certificó la cuota preliminar de la transferencia de la Administración Central para la vigencia 2.006 por la suma de $22.734.247.306, e igualmente el valor de los reaforos por valor de $1.582.929.287 para el 2.004 y $ 598.077.661. para la vigencia 2.005, para un total de $24.915.254.254.

Que el CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONOMICA Y FISCAL- CONFIS conceptuó favorablemente el presupuesto de Ingresos y Rentas, Gastos e Inversión para el Fondo de Desarrollo Local de Suba para la Vigencia Fiscal de 2.006, según comunicación 2-2005-30018, referencia 1-2005-37044, nuestro radicado 19350 del 30 de noviembre de 2.005.

Que la Junta Administradora Local de mediante Acuerdo No 04 aprobó el presupuesto anual para la vigencia fiscal 2.006 del Fondo de Desarrollo Local de Suba el día 15 de Diciembre del año en curso.

En consideración a lo anterior el Alcalde Local de Suba

DECRETA

ARTICULO PRIMERO.- Liquidar el presupuesto de Rentas e Ingresos, Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba, por la suma de CUARENTA Y SEIS MIL NOVESCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROSCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($46.931.054.487) MCTE, para la Vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2.006, según el siguiente detalle:

3

GASTOS

46.931.054.487

3.3

INVERSIÓN

46.931.054.487

3.3.1

DIRECTA

26.621.054.487

3.3.1.12

BOGOTÁ Sin indiferencia, Un compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión

26.621.054.487

3.3.1.12.01

EJE SOCIAL

12.203.610.303

3.3.1.12.01.01

Bogota sin hambre

3.198.179.400

3.3.1.12.01.01.0219

Atención nutricional e integral a población escolarizada, desescolarizada y madres gestantes y lactantes

1.498.179.400

3.3.1.12.01.01.0220

Crear y fortalecer los comedores comunitarios de la localidad

1.700.000.000

3.3.1.12.01.02

Más y mejor educación para todos y todas

2.000.000.000

3.3.1.12.01.02.0222

Mejoramiento y mantenimiento de instituciones educativas locales

1.000.000.000

3.3.1.12.01.02.0223

Dotación de instituciones educativas locales

1.000.000.000

3.3.1.12.01.03

Salud para la vida digna

2.641.600.000

3.3.1.12.01.03.0224

Apoyo a programas integrales de salud

602.000.000

3.3.1.12.01.03.0225

Dotación de las IPS de la red pública de la localidad

400.000.000

3.3.1.12.01.03.0226

Apoyo a la construcción de redes de acueducto y alcantarillado sanitario y pluvial

1.639.600.000

3.3.1.12.01.04

Restablecimiento de derechos e inclusión social

1.500.000.000

3.3.1.12.01.04.0229

Fortalecer programas y atención integral para personas en situación de vulnerabilidad

1.500.000.000

3.3.1.12.01.05

Cero tolerancia con el maltrato, la mendicidad y la explotación laboral infantil

100.000.000

3.3.1.12.01.05.0232

Desarrollo de programas de atención, prevención de la mendicidad y explotación infantil

100.000.000

3.3.1.12.01.06

Bogotá con igualdad de oportunidad para las mujeres

400.000.000

3.3.1.12.01.06.0233

Apoyo a programas de desarrollo económico y productivo dirigido a mujeres de la localidad

400.000.000

3.3.1.12.01.07

Capacidades y oportunidades para la generación de ingresos y empleo

650.000.000

3.3.1.12.01.07.0234

Promover la creación y fortalecimiento de unidades productivas en la localidad

650.000.000

3.3.1.12.01.08

Escuela ciudad y ciudad escuela: La ciudad como escenario de formación y aprendizaje

250.000.000

3.3.1.12.01.08.0235

Desarrollar alternativas educativas para el acompañamiento en el proceso escolar

250.000.000

3.3.1.12.01.09

Cultura par la inclusión social

595.000.000

3.3.1.12.01.09.0236

Realizar programas y eventos culturales y artisticos para la comunidad de Suba.

500.000.000

3.3.1.12.01.09.0238

Dotación de bibliotecas de la localidad

70.000.000

3.3.1.12.01.09.0239

Posicionar el observario sociocultural de la localidad

25.000.000

3.3.1.12.01.10

Recreación y deporte para todos y todas

868.830.903

3.3.1.12.01.10.0240

Dotación de implementos recreativos y deportivos para los parques de la localidad

168.830.903

3.3.1.12.01.10.0241

Apoyo a programas eventos y actividades deportivas y recreativas dirigidos a la comunidad

700.000.000

3.3.1.12.02

EJE URBANO REGIONAL

9.738.927.510

3.3.1.12.02.11

Hábitat desde los barrios y las - UPZ

8.206.106.467

3.3.1.12.02.11.0244

Ampliación mejoramiento y construción de sedes comunales en la localidad y ampliaciòn de un auditorio de una I.E.D ubicada en las UPZ priorizadas en la localidad

1.150.106.467

3.3.1.12.02.11.0247

Construcción y mejoramiento de parques de la localidad de Suba

900.000.000

3.3.1.12.02.11.0248

Compra de lote, construcción y adecuación de galeria para la reubicación de vendedores ambulantes.

1.256.000.000

3.3.1.12.02.11.0249

Construcción, mantenimiento y recuperación de la malla víal

4.900.000.000

3.3.1.12.02.12

Red de centralidades distritales

462.821.043

3.3.1.12.02.12.0250

Recuperación y fortalecimiento de la movilidad y el espacio público en la localidad

462.821.043

3.3.1.12.02.13

Sostenibilidad urbano-rural

500.000.000

3.3.1.12.02.13.0251

Fortalecimiento del sistema ambiental local

500.000.000

3.3.1.12.02.14

Región integrada para el desarrollo

300.000.000

3.3.1.12.02.14.0255

Restauración ecológica

300.000.000

3.3.1.12.02.15

Bogotá productiva

270.000.000

3.3.1.12.02.15.0257

Formar y consolidar unidades productivas locales

270.000.000

3.3.1.12.03

EJE DE RECONCILIACION

2.044.293.533

3.3.1.12.03.16

Gestión pacífica de conflictos

81.000.000

3.3.1.12.03.16.0259

Fortalecer el programa de jueces de paz

81.000.000

3.3.1.12.03.17

Derechos humanos para todas y todos

100.000.000

3.3.1.12.03.17.0260

Difusión de los programas de promociòn de los derechos humanos

100.000.000

3.3.1.12.03.19

Comunicación para la reconciliación

81.000.000

3.3.1.12.03.19.0263

Realización de campañas de comunicación por la cultura de paz atraves de diferentes medios

81.000.000

3.3.1.12.03.20

Atención integral de violencia, delincuencia y orden público

690.420.233

3.3.1.12.03.20.0264

Desarrollo de programas de prevención y atención a la población juvenil violenta y delincuente de las UPZ prioritarias

80.000.000

3.3.1.12.03.20.0265

Fortalecimiento de la seguridad Local

610.420.233

3.3.1.12.03.22

Bogotá, menos vulnerable ante eventos críticos.

169.873.300

3.3.1.12.03.22.0267

Desarrollar acciones para la prevención y atención de emergencias y desastres

149.545.300

3.3.1.12.03.22.0268

Realizar campañas de prevención de emergencias y desastres para la Localidad

20.328.000

3.3.1.12.03.23

Red distrital de reconciliación, resistencia civil y no-violencia

81.000.000

3.3.1.12.03.23.0266

Realizar acciones de reconciliación y Acciones Políticas frente a la Violencia y procesos de defensa de la vida

81.000.000

3.3.1.12.03.24

Participación para la decisión

160.000.000

3.3.1.12.03.24.0269

Fortalecimiento a los mecanismos de participación ciudadana existentes en la localidad

160.000.000

3.3.1.12.03.25

Comunicación para la participación

81.000.000

3.3.1.12.03.25.0270

Creación y fortalecimiento de la comunicación local

81.000.000

3.3.1.12.03.27

Obras con participacion ciudadana

350.000.000

3.3.1.12.03.27.0272

Realizar obras para el mejoramiento del entorno con la participacón ciudadana

350.000.000

3.3.1.12.03.29

Inclusión económica y desarrollo empresarial sectorial

250.000.000

3.3.1.12.03.29.0274

Capacitar, asesorar y apoyar iniciativas de los vendedores ambulantes y estacionarios

250.000.000

3.3.1.12.04

OBJETIVO GESTIÓN PUBLICA HUMANA

2.634.223.141

3.3.1.12.04.30

Administración moderna y humana

1.816.664.190

3.3.1.12.04.30.0275

Fortalecimiento a la capacidad operativa de la administración

1.816.664.190

3.3.1.12.04.31

Localidades modernas y eficaces

576.558.951

3.3.1.12.04.31.0076

Honorarios , Seguros de vida y hospitalización ediles de la localidad

576.558.951

3.3.1.12.04.32

Sistema distrital de servicio a la ciudadanía

100.000.000

3.3.1.12.04.32.0276

Fortalecer el servicio de atencòn al ciudadano

100.000.000

3.3.1.12.04.36

Comunicación para la solidaridad

141.000.000

3.3.1.12.04.36.0277

Establecer canales de comunicación que fortalezca la interacción de la comunidad y promover la identidad local

141.000.000

3.3.6

OBLIGACIONES POR PAGAR

20.310.000.000

3.3.6.01

Vigencia anterior

16.000.000.000

3.3.6.02

Otras vigencias

4.310.000.000

 

TOTAL GASTOS

46.931.054.487

4

Disponibilidad Final

0

 

TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL

46.931.054.487

ARTICULO SEGUNDO.- El presente decreto rige a partir de la fecha de publicación y surte efectos fiscales a partir del primero (1) de Enero de 2006.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá a los veinte (20) días del mes de Diciembre del 2.005.

MERCEDES CARMEN RIOS HERNANDEZ

Alcaldesa local de Suba

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3459 de Diciembre 23 de 2005