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Decreto 667 de 1996 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--//1996
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 667 DE 1996

DECRETO 667 DE 1996

(Octubre 25)

Por el cual se ordena la apertura, construcción y regularización de una vía

El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., de conformidad con los artículos 38, numeral 3 del Decreto Ley 1421 de 1993 y artículo 63 del Decreto 323 de 1992 y,

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario la continuidad de la Carrera 100 desde la Calle 17 hasta la Avenida Centenario, teniendo en cuenta que es una vía local principal interbarrios, la cual soporta el flujo vehicular proveniente del sur, centro y norte de la ciudad.

Que el Decreto 98 del 15 de febrero de 1996, ordenó la apertura, construcción y regulación de la Carrera 100 entre Calles 17 a 18C en un ancho de 15.00 metros, atendiendo la solicitud expresa con radicación 9415025 de la firma Geocat Ltda, empresa contratada por el Instituto de Desarrollo Urbano para realizar estudios de diseño de vías.

Que la construcción de la Carrera 100 entre la Calle 17 a la Avenida Centenario está contemplada en el Plan de Obras Viales período 1996 - 1998 del Plan de Desarrollo "FORMAR CIUDAD".

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.- Ordénase la apertura, construcción y regularización de la Carrera 100 entre la Calle 17 y la Avenida Centenario, cuyas especificaciones técnicas son las siguientes,

  1. Longitud aproximada de 40.0 metros lineales
  2. Ancho de 15.0 metros.
  3. Trazado y Diseño conforme al plano anexo, el cual hace parte del presente Decreto.

Artículo 2°.- Ordénase al Instituto de Desarrollo Urbano - I.D.U.-, adelantar las negociaciones a que haya lugar, de conformidad con el Capítulo IX de la Ley 9 de 1989, con el fin de adquirir los predios necesarios para garantizar la construcción de las vías descritas en el Artículo anterior.

Artículo 3°.- La obra mencionada en el artículo anterior causa gravamen de valorización de conformidad con las normas del Decreto 323 de 1992, Artículo 63.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 25 de octubre de 1996.

El Alcalde Mayor, ANTANAS MOCKUS SIVICKAS. El Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, ALBERTO VILLATE PARIS.

NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital No. 1280