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Proyecto de Acuerdo 544 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Bogotá, D

PROYECTO DE ACUERDO No. 544 DE 2008

"Por el cual se ordena elaborar plan de contingencia de movilidad durante la construcción de infraestructura vial de la ciudad"

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

OBJETIVO

Se pone en consideración este proyecto de Acuerdo que tiene como objetivo adoptar un plan de contingencia vial durante la construcción, ampliación y mantenimiento de la infraestructura vial de Bogotá D.C., garantizar el derecho a la movilidad por todas las vías de la ciudad.

"El derecho a la movilidad de las personas implica la atención a todas las formas de desplazamiento. Supone, por tanto, la intervención de la Administración pública para garantizar una oferta de espacio público adaptado y de sistemas de transporte para ello. En este sentido, las técnicas habituales con que se ha enfocado esta problemática (los denominados métodos de demanda y su instrumental de modelos de tráfico) han mostrado claramente sus insuficiencias, dando como resultado la predominancia del automóvil en la calle".

Dado el actual esquema de funcionamiento de las aglomeraciones urbanas latinoamericanas, se están presentando disfuncionalidades graves en lo que a movilidad urbana de las personas y mercancías se refiere, lo cual se traduce en términos de congestión, contaminación, ruido, inseguridad social, elevados costes operacionales, etc.; es decir, un empeoramiento de la calidad del medio ambiente y de la calidad de vida de la población; sin embargo, es posible encontrar alternativas coherentes que busquen servir al derecho de la movilidad de las personas y apaciguar el tráfico urbano. En muchas de las ciudades latinoamericanas, como consecuencia de los problemas demográficos (desmedida densificación, altas tasa de crecimiento, etc.) se han venido presentando graves problemas respecto al atraso y desorganización de los servicios de Transporte público de pasajeros, siendo poco atractivo y sólo usado por la población que en realidad lo necesita, dejando a un lado su objetivo principal, el cual es proveer una movilidad eficiente de toda la población y no un porcentaje de ella. Una de las actuales y principales preocupaciones de la planificación urbana, es cubrir las necesidades de movilización de los habitantes, en entornos urbanos que cada día presentan mayores disfuncionalidades (altos índices de motorización, congestión, etc.), lo anterior, ha propiciado la toma de directrices que busquen por una adecuada oferta de Transporte Público, haciéndole cada vez más atractivo para el uso por parte de la comunidad.1

La movilidad en las grandes urbes se relaciona con la cultura ciudadana. El concepto ha evolucionado de la noción de tráfico o tránsito a la de sistema de movilidad. El "derecho a la movilidad" se define, por una parte, en función de los intereses que gobiernan los diferentes desplazamientos de las personas. Además, la movilidad está vinculada a derechos colectivos de gran relevancia en la vida contemporánea como son: medio ambiente, espacio público y accesibilidad universal.2

La Capital de Colombia se ha consolidado como una urbe ejemplar en América Latina y como referente para muchos países del mundo por sus logros en un período de tiempo breve y a través de decisiones y acciones originales y relacionadas de forma directa con su propia realidad y circunstancias, ha sido además permeable a aprender de experiencias foráneas respecto a soluciones e intervenciones frente a problemas y demandas sociales similares, sin comprometer la búsqueda de alternativas propias y viables de manera inmediata.3

Esta iniciativa pretende implementar en el Distrito Capital un proyecto de acuerdo con carácter de transitoriedad, es decir que su aplicación dependa única y exclusivamente del tiempo que la administración demore en llevar a buen termino las obras viales y de infraestructura que la ciudad necesita; es pertinente que el concejo otorgue las herramientas al gobierno distrital para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, máxime cuando se ven afectados por las obras que a la postre los beneficiaran, creando o implementando planes de contingencia novedosos que eliminen restricciones temporalmente como es el caso de la utilización de los carriles de solo bus implementados para transmilenio.

Es preciso que mientras se ejecuten obras, se utilicen otras aledañas o paralelas como es el caso de los carriles exclusivos de Transmilenio, que en horas de baja operación definidas como horas valle, puedan ser utilizados por los automóviles de uso familiar que además deban para hacer uso de estos carriles llevar su cupo completo, que esta determinado en la tarjeta de propiedad de cada uno.

Todos los ajustes se harán con el objetivo de descongestionar el tráfico vial y mejorar la movilidad urbana, que en la actualidad vive su peor momento, por las múltiples obras que se desarrollaran, entre ellas la fase III de transmilenio, el tren de cercanías, y la línea 1 del metro, además de constante actualización de redes de servicios públicos.

Con criterios técnicos que surgen de los estudios que la Secretaría de Movilidad ha adelantado es posible que se apliquen medidas temporales que sirvan de paliativo a la situación de caos que se presenta por la construcción de obras e infraestructura en la ciudad, máxime en Bogotá que es una ciudad con una densidad y concentración de población bastante alta.

El mayor incremento de los índices de motorización o de propiedad de vehículos particulares y la constante pérdida de pasajeros por parte de los sistemas de transporte público.

El índice de motorización de un país o de una ciudad se puede expresar en términos de número de automóviles por mil habitantes, o de manera inversa, en número de habitantes por vehículo. Para Bogotá, por ejemplo, de acuerdo con JICA, en el año 1995, el índice motorización era de 12.1 habitantes por vehículo, o de 82.6 vehículos por mil habitantes, y de acuerdo con la encuesta de movilidad de 2005, el índice pasó a 11.8, es decir que el número de automóviles creció más rápidamente que la población. Sin embargo, este índice es bajo si se le compara con los de ciudades de países desarrollados. En Estados Unidos, por ejemplo, para ese mismo año, los índices de motorización de sus ciudades principales superan los 500 vehículos por mil habitantes, esto es, menos de 2 personas por vehículo. De acuerdo con estudios relacionados con el tema, es de esperarse que el índice de motorización de las ciudades se incremente en la medida en que mejore el ingreso de sus habitantes,

Al analizar la motorización en relación con el PIB se llega a la misma conclusión: La posesión del automóvil en un país aumenta con el crecimiento del ingreso per cápita, siendo la posesión de un automóvil un indicador de estatus social y de mayores ingresos.

El tamaño y el crecimiento del parque de vehículos privados El tamaño del parque bogotano es incierto (hay fuertes variaciones en las cifras según la fuente), pero en el peor de los casos (cerca de un millón de vehículos) no debería ser motivo de especial preocupación, para las características físicas y de tamaño de la ciudad. Los índices de motorización son bajos, y las relaciones entre el número de vehículos y los kilómetros de vías no indican una especial escasez de infraestructura física de la ciudad. La congestión existente indica una mala distribución espacial y temporal de los viajes en carro, que hace que muchos coincidan en origen o en destino, y por supuesto una mala gestión del tránsito por parte de la autoridad.

Sin embargo, el crecimiento acelerado del número de vehículos privados sí debe ser causa de preocupación. Se ha reactivado en forma muy vigorosa la venta de vehículos (nuevos y usados), con volúmenes sin precedentes en la historia, de manera que el tamaño del parque de automóviles y similares está creciendo a una velocidad muy grande. La explicación principal de este fenómeno está en la recuperación del crecimiento económico del país y de la ciudad.

I.- FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL.

PRINCIPIOS: Equidad.

Son soporte constitucional de este proyecto:

Artículo 1. …Colombia es un Estado Social de Derecho… fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general…

Artículo 2. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todas las decisiones que los afectan y en la vida económica, política y administrativa y cultural de la nación,… y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo...

manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan".

Artículo 313. Corresponde a los Concejos:

1. Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio.

Artículo 322: "… A las autoridades distritales corresponderá garantizar el desarrollo armónico e integrado de la ciudad y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito…".

II.- ASPECTOS LEGALES.

Competencia del Concejo Distrital:

Decreto Ley 1421 de 1993. Estatuto Orgánico de Bogotá.

Artículo 8. Funciones Generales. El Concejo es la suprema autoridad del Distrito Capital. En materia administrativa sus atribuciones son de carácter normativo…

Artículo 12. Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y la ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

(…)

19. Dictar normas de Transito y transporte.

LEY 105 DE 1993: "Por el cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte, se redistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las entidades territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones".

ACUERDO DISTRITAL 308 DE 2008. "Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2008-2012,"BOGOTÁ POSITIVA PARA VIVIR MEJOR".

ARTÍCULO 1. El Plan de desarrollo "Bogotá, positiva: para vivir mejor" busca afianzar una ciudad en la que todas y todos vivamos mejor. …una ciudad incluyente, justa y equitativa…una ciudad en la que todas y todos disfruten de los beneficios del desarrollo.

ARTÍCULO 2. Principios:

1. Coherencia: el accionar de la administración distrital se corresponderá con su discurso y con su manera de entender y pensar la realidad que busca abordar

2. Integralidad: La administración distrital desarrollará soluciones complejas a las situaciones, involucrando a todos los actores y de manera interinstitucional, intersectorial y multidimensional.

ARTÍCULO 11. Programas.

7. Vías para la movilidad. Optimizar la infraestructura vial par mejorar las condiciones de movilidad en la ciudad, la competitividad y la renovación, y el desarrollo urbano.

8. Tráfico eficiente. Optimizar la administración y el control del tráfico a fin de hacer más eficiente la movilidad y disminuir la accidentalidad.

9. Espacio público para la inclusión. Generar, administrar, mantener, proteger y aprovechar el espacio público de la ciudad, garantizando su disfrute, con criterios de accesibilidad y sostenibilidad ambiental, económica y social.

III.- MOTIVOS DE CONVENIENCIA E INTERÉS GENERAL.

Bogotá es pionera en muchos aspectos. Hoy se caracteriza por ser una ciudad de derechos que busca mejorar la calidad de vida de las personas a través del desarrollo de políticas públicas y acciones integrales que permitan la materialización de los derechos fundamentales. El derecho a movilizarse para acceder a la educación, a la recreación, al trabajo y a vivir la diversidad de la metrópoli, es uno de ellos. El aprovechamiento del espacio público y de las vías que son patrimonio de la ciudad por todos los ciudadanos es una garantía de inclusión.

Generar mayor movilidad, garantiza mayor productividad y acceso a los recursos de la ciudad.

Es necesario tener en cuenta los cambios acelerados que se presentan en la ciudad, implementar planes de contingencia que ayuden a fomentar la movilidad en la ciudad, dotar de herramientas al gobierno distrital para que se aproveche la infraestructura vial de la ciudad

IV.- IMPACTO FISCAL.

De la lectura del articulado se desprende que este proyecto de acuerdo no tiene un impacto en las finanzas de la ciudad, y no necesita erogación fiscal.

V.- CONCLUSIÓN.

Honorables Concejales, es claro que en pro del desarrollo los ciudadanos se verán afectados por el sinnúmero de obras que se proyectaran y ejecutaran en el próximo periodo, por lo tanto es necesario implementar planes de contingencia para superar el caos vehicular que se avecina en la ciudad, es necesario utilizar los carriles de solo bus de transmilenio y las vías que aparecen restringidas a los particulares temporalmente, mientras se ejecutan las obras de infraestructura de la ciudad.

La productividad y la movilidad se verán afectadas por las obras, y tenemos vías de uso público como las de uso exclusivo de trasmilenio que ayudaran en horas no pico a que la ciudad no baje su ritmo y se superen los conflictos que genera las obras y su impacto social.

Cordialmente,

WILSON HERNANDO DUARTE ROBAYO

Y Bancada Polo Democrático Alternativo

ACUERDO NUMERO _____________ DE 2008

"Por el cual se ordena elaborar plan de contingencia de movilidad durante la construcción de infraestructura vial de la ciudad"

EL CONCEJO DE BOGOTA D.C.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 7, 8, 12, y 13 del Decreto Ley 1421 de 1993 y

CONSIDERANDO

Que es función del Concejo de la ciudad proteger, promover y garantizar la efectividad y el libre ejercicio de los derechos de los ciudadanos, concretamente el derecho a la movilidad.

ACUERDA

ARTICULO 1. Ordénese a la Secretaria Distrital de Movilidad, elaborar un plan de contingencia vial, que garantice la movilidad durante las ejecuciones de obras e infraestructura vial definidas en el plan de desarrollo.

ARTICULO 2. Autorícese a los conductores de automóviles de uso familiar a utilizar los carriles de solo bus de transmilenio, durante las horas valle o no pico.

PARAGRAFO: Las entradas y salidas de los carriles solo bus, por parte de los particulares, serán fijadas en el plan de contingencia vial adoptado por la Secretaria de Movilidad.

ARTICULO 3. Solo podrán utilizar los carriles de solo bus en las horas valle, los automotores de uso familiar, que lleven completo el cupo conforme a la tarjeta de propiedad de cada uno.

ARTICULO 4. Los vehículos de transporte escolar que estén prestando el servicio y lleven más del 20% de ocupación podrán utilizar los carriles solo bus en el mismo horario.

ARTICULO 5. La Secretaria de Movilidad. fijara los horarios en los cuales se puedan utilizar por los particulares los carriles solo bus del sistema transmilenio

ARTICULO 6. TRANSITORIEDAD. El presente proyecto de acuerdo, regirá durante el tiempo de ejecución de las obras de infraestructura vial y de redes, definidas en el plan de contingencia vial y hasta que estas se entreguen al servicio de la ciudad.

ARTICULO 7. La secretaria de Movilidad implementará, cada vez que se inicie una nueva, obra un plan de contingencia que prevea la utilización de los carriles solo bus por parte de los particulares, en las horas valle.

ARTÍCULO 8. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los ( ) días del mes de 2008

HIPOLITO MORENO DIAZ

Presidente

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá. D. C.

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 Instrumentos y metodología de planes de movilidad y transporte en las ciudades medias colombianas Escobar García, Diego Alexander.

2 DERECHO A LA MOVILIDAD. LA EXPERIENCIA DE BOGOTÁ, D.C.*

Fridole Ballén Duque**

3 DERECHO A LA MOVILIDAD. LA EXPERIENCIA DE BOGOTÁ, D.C.

Fridole Ballén Duque**