RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Proyecto de Acuerdo 588 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

I

PROYECTO DE ACUERDO No. 588 DE 2008

"Por medio del cual se crea el Programa: "CONOCE LA NATURALEZA, CUIDA TU AMBIENTE" y se establece un plan de TAXONOMIA VEGETAL para la identificación de árboles y plantas en parques de escala metropolitana del Distrito Capital."

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Introducción:

La toma de conciencia sobre la crisis ambiental, condujo a la definición de estrategias para mitigar los impactos negativos y encauzar una cultura ambiental que viabilizara la sostenibilidad planetaria. Es así como la Estrategia Mundial para la Conservación de la Biodiversidad, promovida por la Asociación Internacional de Jardines Botánicos (IABG) y Botanics Gardens Conservation Internacional (BGCI), la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN), la FAO, la UNESCO y otros organismos internacionales, esta orientada a: Conservar los procesos y estructuras esenciales de los ecosistemas; preservar la diversidad genética, y asegurar que la utilización de las especies y ecosistemas sea sostenida. Igualmente, estas instituciones considerando que los jardines tienen el triple propósito de: conservación, propagación, y difusión cultural de los valores del mundo vegetal, encauzan a los jardines a elaborar programas educativos para concientizar a la sociedad sobre la necesidad de proteger los ecosistemas1.

La botánica es la parte de la Biología que estudia las plantas. Etimología: dos palabras griegas están involucradas: botane, que significa hierba forrajera o hierba útil; y phyton, que significa planta en general.

De un modo general, las plantas son estudiadas por la Bioquímica (estudio de las moléculas orgánicas), la genética (estudio de la herencia), la Citología (estudio de las células), la Histología (estudio de los tejidos), la Morfología (estudio de los órganos). Estas tres últimas se incluyen dentro de la Anatomía, y además son estudiadas por la Fisiología (estudio del funcionamiento del organismo).

La ordenación en grupos de los vegetales y su clasificación son estudiados por la Sistemática Vegetal, en conjunción con la Taxonomía Vegetal.

¿Que es Taxonomía?

Es la ciencia que trata del descubrimiento, la descripción y la clasificación científica formal -. Que incluye la asignación de nombres científicos – de especies o grupos de especies en un sistema jerárquico que refleja el conocimiento existente sobre sus relaciones filogenéticas (relaciones evolutivas entre especies, es decir, de patrones de historias evolutiva y ancestros comunes entre especies y grupos de especies2.

Se forma de una colección de grupos llamados taxones subdivididos en distintos rangos o categorías taxonómicas.

La taxonomía es un tipo de nomenclatura que comenzó a utilizarse gracias al naturalista Carl Von Linné allá por mediados de 1700. Cada taxón o grupo taxonómico recibe un nombre (científico) en latín. Esto es lo que lo vuelve un método universal de clasificación de las especies.

Los taxones supra específicos (clase, orden, familia, género) tienen un solo nombre, pero los taxones de la categoría especie se designan con dos nombres y por eso se denomina a este sistema de clasificación "nomenclatura binominal".

La nomenclatura binominal fue inventada por Linneo y designa a cada especie con dos nombres en latín.

El primero (siempre en mayúscula) indica el género. El segundo (en minúscula) el de la especie.

¿Y qué es una especie?

Para muchos el criterio para definir una especie es la posibilidad de fecundación, es decir, pertenecen a una especie todos los animales que son capaces de procrear entre sí. Aunque también se utiliza el criterio morfológico, por el cual se considera de la misma especie a todos los individuos relacionados entre sí por semejanzas genotípicas y fenotípicas.

Generalmente, la taxonomía vegetal incluye la siguiente información:

*Nombre común

*Nombre científico

*Familia

*Origen

*Usos

I. OBJETIVOS DEL PROYECTO

OBJETIVO GENERAL:

El presente Acuerdo tiene por objeto definir los lineamientos generales para la implementación de un plan de TAXONOMIA VEGETAL de todas las especies naturales de los parques de escala regional de la ciudad de Bogotá D.C., con el propósito de generar una cultura de aprecio al árbol como generador de vida, haciendo de estos espacios: fuentes de conocimiento de la naturaleza.

OBJETIVOS ESPECIFICOS:

*Aprender a conservar paisajes en estado natural.

*Conocer nuestro Patrimonio Natural.

*Apreciar la importancia de ser formadores y transmisores de buenas acciones con respecto al ambiente.

II. ALCANCES Y PROPOSITOS DEL PROYECTO DE ACUERDO

"Sólo se aprecia lo que se conoce, y lo que se conoce y se aprecia: se cuida, mejora y preserva"

Este proyecto pretende estimular el sentimiento hacia la naturaleza y particularmente hacia los árboles, grandes generadores de oxigeno y de vida, y también, grandes filtros del gas carbónico: contaminante y destructor del medio ambiente.

Orientamos la propuesta hacia la preservación y a la protección de la naturaleza y del equilibrio ecológico; al conocimiento de las diferentes especies que habitan nuestro territorio y su valor como recurso potencial para la humanidad. La idea es que cada individuo, con el acercamiento a la naturaleza, mediante el conocimiento de sus características genotípicas, aprender de ellas y desarrolle un sentido de pertenencia y de cuidado hacia los propios recursos, pues: "mientras más se conoce, más se aprecia y más se cuida". Debemos cuidar la naturaleza; su destrucción, puede, en menos del tiempo que se cree, convertir a todos los seres vivos, especies en vías de extinción.

Es importante tener una conciencia ecológica, pero lo primero que debemos hacer para contar con ella es darnos cuenta de qué es la naturaleza en realidad.

En el mundo hay mucha gente que desea hacer algo por la Tierra, por la naturaleza, los animales, etc., pero las campañas ecologistas no pueden ganar esta lucha solas, necesitan de la cooperación de todos nosotros. Por ello es importante destacar que para que esto se logre es necesario concientizar nuestros actos y tener una verdadera voluntad de cambiar en algo las injusticias que cometemos.

Debemos sentir con el corazón que no se trata de un objeto, que cada elemento de la naturaleza (animales, plantas, mares, montañas, etc.) es realmente valioso y que merece recibir amor, pero que sobre todo debe ser respetado. La naturaleza también necesita del respeto para desarrollarse en armonía y para evolucionar con felicidad, igual que nosotros. Por ello es preciso que detengamos nuestra crueldad y que nos sensibilicemos para que nuestra mente deje de ser indiferente ante la verdadera realidad, ante esa realidad que en estos momentos nos grita "¡Deténganse, por favor!". Debemos de ver que son seres que necesitan recibir y dar amor, que piden respeto, que necesitan desarrollarse libremente.

Aprender de la naturaleza es entender quiénes somos, dónde estamos, y qué debemos hacer, por ella y, por supuesto, por nosotros mismos.

El alcance de este proyecto es identificar las especies naturales existentes en los diferentes parques distritales de escala metropolitana con mayor flujo de visitantes, con el propósito de que éstos puedan nutrirse de la información suficiente para el conocimiento de la naturaleza.

Los parques Distritales metropolitanos definidos en el P.O.T. de Bogotá, D.C., son los siguientes:

PARQUES DE ESCALA REGIONAL (PR) Y METROPOLITANA (PM)

COD. POT

LOCALIDAD

NOMBRE

DIRECCIÓN

PM-1

Engativá

Simón Bolívar (Sector Unidad Deportiva El Salitre )

Avda 68 Con Calle 63

PM-1

Engativá

Simón Bolívar (Sector Jardín Botánico )

Avda Rojas Calle 63

PM-1

Barrios Unidos

Simón Bolívar (Sector Centro de Alto Rendimiento)

Calle 63 Carrera 38

PM-1

Barrios Unidos

Simón Bolívar (Sector Parque Deportivo El Salitre)

Calle 63 Carrera 50 A 68

PM-1

Barrios Unidos

Simón Bolívar (Sector Parque de Los Novios)

Calle 63 Transversal 39

PM-1

Barrios Unidos

Simón Bolívar (Sector Plaza de Artesanos)

PM-1

Barrios Unidos

Simón Bolívar (Sector Salitre Mágico )

Calle 63 No 60 - 80

PM-1

Teusaquillo

Simón Bolívar (Sector Virgilio Barco)

Calle 53 Transversal 48 Hasta 46

PM-1

Teusaquillo

Simón Bolívar (Sector Central)

Calle 53 Transversal 48 Avenida 68

PM-2-A

Santafé

Parque Nacional Enrique Olaya Herrera ( Sector Histórico)

Calle 39 A 40 Carrera 7 A 5 ( U. Javeriana )

PM-2-B

Santafé

Parque Nacional ( Segunda Etapa Sector Central)

Avenida 5 A La Circunvalar

PM-3

Bosa

El Recreo

Ciudadela Metrovivienda

PM-4

Bosa

El Porvenir

Ciudadela Metrovivienda

PM-5

Bosa

Planta De Tratamiento Tunjuelito

PM-6

Suba

Las Mercedes

PM-7

San Cristóbal

Arboledas

Calle 59 Sur Vía Al Llano

PM-8

Tunjuelito

El Tunal

Avenida Mariscal Sucre Carrera 24 A Calle 48b S Avda Boyacá (Calle 48 B Sur No 22 A - 70 )

PM-9

Engativá

Planta De Tratamiento Salitre

PM-10

Kennedy

El Porvenir (Gibraltar)

Límite Río Bogotá

PM-11

Kennedy

Timiza

Diagonal 61 Con Carrera 62 Sur

PM-11 A

Bosa

Timiza (Sector Villa Del Río)

Calle 53c Bis Sur Carrera 65

PM-12

Kennedy

Mundo Aventura (Américas)

Carrera 71 A 71b Calle 26 Sur

PM-13

Suba

Parque Del Indio O De Las Cometas

Cerros De Suba - Cuchilla

PM-14

Kennedy

Planta De Tratamiento Fucha

PM-15

Santafé

Tercer Milenio

Avenida Jiménez A Calle 6 Avenida Caracas A Carrera 100.

PM-16

Fontibón

Zona Franca

PM-17

Rafael Uribe

Bosque De San Carlos

Calle 27 A Sur Diagonal 39 A Sur Carrera 13 A -12 Bis

PM-18

San Cristóbal

San Cristóbal

Calle 12 A 13 Sur Carrera 3 A 4 Este ( Carrera 3 Este No 12 - 78 Sur )

PM-19

Kennedy

Biblioteca El Tintal

Avda Ciudad De Cali Con Calle 6ª

PM-20

Rafael Uribe

Santa Lucía

Diagonal 36 Sur Carrera 16 B

PM-21-A

Mártires

Calle 26 ( El Renacimiento Parque Cementerio Central-Dama)

Calle 26 Carrera 32

PM-21B

Mártires

Calle 26 ( Cementerio Central Globo B)

Calle 26 Carrera 20 Y 32

PM-22

Kennedy

Cayetano Cañizares

Carrera 86 No 40 - 55 Sur

PM-23

Ciudad Bolívar

Arborizadora Alta

Diagonal 79 Bis Calle 72f Sur Transversal 34b

PM-24

Santafé

Independencia

Calle 26 Carrera 5 A 7

PM-25

San Cristóbal

Deportivo Primero De Mayo

Diagonal 19 Sur A Calle 13 Sur Carrera 2 A A 5

PM-26

Suba

Mirador De Los Nevados

Cerros Suba

PM-27

Usme

Yomasa

PM-28

El Country

PM-29

Usaquen

Parque Guaymaral

Zona Norte

III. JUSTIFICACION

La Contraloría de Bogotá, D.C., en su Informe sobre el Estado de los Recursos Naturales y del Medio Ambiente – 2006, dentro del Programa "Mandato Verde, Siembra a Bogotá en tu corazón", manifestó de manera vehemente:

"En los últimos años la estructura Ecológica Principal de la ciudad ha sido deteriorada con el desarrollo de las actividades antrópicas que han hecho uso y explotación de los recursos naturales. La urbanización legal e ilegal, la explotación minera, de aguas subterráneas, los vertimientos de aguas residuales, las emisiones de gases y partículas, el manejo inadecuado de residuos que genera la ciudad, han conllevado a poner en duda la sostenibilidad de los recursos naturales y repercuten en el decaimiento tanto de la calidad de vida de los habitantes como de la biodiversidad, el agua, el aire y, en general, del ambiente deseable para el hombre, la fauna y la flora del Distrito capital".

El ente de Control, en la evaluación a los proyectos dentro del Sector Ambiental del Plan de Desarrollo "Bogotá sin Indiferencia", y particularmente al proyecto: "Procesos de educación y cultura para la conservación y uso sostenible de la biodiversidad del Distrito capital", el que contemplaba como uno de sus objetivos: "Estimular a los habitantes del Distrito el amor por la naturaleza y los recursos naturales mediante el desarrollo de programas educativos, recreativos, culturales y la entrega de información sobre ellos", encontró que menos del 4% de los Bogotanos muestra interés en los programas de educación ambiental, lo que denota nuestro escaso afecto por el tema, redundando negativamente en el manejo y cuidado de los recursos naturales por parte de los capitalinos.

Es nuestro interés con este proyecto de acuerdo, despertar entre los habitantes de Bogotá, una cultura de aprecio al árbol y a los recursos naturales en general, como generadores de vida, mediante el conocimiento de las distintas especies a través de la implementación de una taxonomía vegetal que identifique a cada una de ellas.

Los parques, además de cumplir una función ecológica y ambiental, cumplen una función social, por lo tanto éstos deben constituirse como escenarios para el sano esparcimiento, la recreación, la cultura, y la educación ambiental; en tal sentido, como fuentes de conocimiento de la naturaleza.

IV. ANTECEDENTES

Este proyecto ha sido radicado en dos oportunidades anteriores bajo los números 296 y 339 de 2008, recibiendo en ambos casos, PONENCIA POSITIVA de los concejales: JORGE DURAN SILVA, CARLOS VICENTE DE ROUX R. y CARLOS ROBERTOSAENZ V., quienes han manifestado de diversa manera, su apoyo a la presente iniciativa. La Concejal NELLY PATRICIA MOSQUERA M., rindió PONENCIA NEGATIVA.

Entre otros aspectos, se han señalado los siguientes

COMENTARIOS Y OBSERVACIONES AL PROYECTO DE ACUERDO:

H.C. NELLY PATRICIA MOSQUERA M.: PONENCIA NEGATIVA:

"La implementación de un plan de taxonomía vegetal como el propuesto, a través del cual a los árboles ubicados dentro de los parques del distrito se les identificara con placas que contengan como mínimo el nombre común, científico, familia, origen y usos, no constituyen una manera eficiente de canalizar los objetivos planteados en el presente acuerdo, por las siguientes razones:

No se aprecia con claridad, la incidencia positiva que pueda tener la colocación de las aludidas placas, con la estimulación en los habitantes del Distrito Capital en el cuidado del medio ambiente. Estas placas están destinadas a cumplir una función meramente descriptiva, por cuanto sólo se limitan a informar a la comunidad sobre el nombre común o científico de una determinada especie vegetal.

Por ello es importante seguir trabajando desde los colegios, universidades, incluso desde nuestros propios hogares a fin de lograr una cultura ambiental que permita lograr un desarrollo sostenible. Es importante entonces, que tales objetivos se materialicen a través de salidas pedagógicas a sitios donde se encuentran expertos en el tema como lo es el Jardín Botánico, o la ejecución de planes como siembra un árbol las cuales permiten de forma concreta y positiva construir una cultura ambiental".

H.C. JORGE DURAN SILVA: PONENCIA POSITIVA CON MODIFICACIONES:

"La investigación, conservación y protección de las especies vegetales, así como la divulgación de este conocimiento a través de la educación ha sido una preocupación mundial en los últimos años.

Pero no solamente es importante contar con la identificación taxonómica de las diferentes especies, sino también divulgarlas y lograr la permanencia de este conocimiento a través de todas las generaciones.

Igualmente en un artículo publicado en el boletín "Desideratum" del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria de la Argentina, se afirma que "La creciente concentración de la población en centros urbanos la aleja en forma creciente del contacto con la naturaleza, y por ende del conocimiento de las plantas, sus nombres vulgares, usos, etc. De los nombres científicos, taxonomía vegetal y fitogeografía…"3

Colombia no ha sido ajena a esta preocupación. Para la Dra. Ana María Hernández Salgar, Investigadora del Programa de Política y Legislación del Instituto de Investigación de Recursos Biológicos "Alexander Von Humboldt", "El conocimiento tradicional asociado a la biodiversidad se ha constituido a través del tiempo en uno de los factores más importantes de conservación y utilización sostenible de los recursos naturales. Gracias a la custodia de dichos conocimientos, se han preservado y mejorado especies vegetales y animales que se han constituido en parte importante de la vida del hombre, por su utilidad en el vestido, la alimentación, la construcción, la medicina, etc. Estos factores han hecho que se descubra la necesidad de establecer mecanismos para proteger estos conocimientos. Si bien son de importancia global y por tanto se deben encontrar medios adecuados para que dicha sabiduría llegue a aquellos que la necesitan, es cierto que el acervo cultural de las comunidades está siendo diezmado por ciertas formas de adquisición del conocimiento que se están manejando en términos occidentales, y que pueden llegar a resultar agresivas." (Negrilla fuera de texto).

Todo lo anterior permite concluir la importancia de este Proyecto de Acuerdo como mecanismo de, protección, conocimiento y divulgación de nuestras especies utilizando los sitios de mayor afluencia, como son los parques de la ciudad.

H.C. CARLOS ROBERTO SAENZ V.: P. POSITIVA CON MODIFICACIONES:

"El proyecto de acuerdo presenta análisis fiscal y enmarca la implementación de la iniciativa a través de la Secretaría de Ambiente, en el programa de sostenibilidad urbano-regional, y educación ambiental para la construcción del tejido social: Promoción y asistencia técnica para la sostenibilidad ambiental y económica en las actividades productivas.

Y es interesante la propuesta que presenta que en los parques donde se cobra el ingreso, se ceda parte de este pago para la implementación del proyecto. De tal suerte que la iniciativa no genera mayor impacto fiscal.

El proyecto debe incluir los parques cercanos a las instituciones educativas (universidades, jardines, escuelas), porque con esta población es con quien mejor se podría implementar el proyecto: Además de identificar las especies, podrían sostener a largo plazo esta iniciativa.

Sin embargo, compartimos la iniciativa porque construye un camino para que los bogotanos se apropien de un patrimonio tan significativo para su cultura e historia, como lo son los árboles, fuente de vida y conocimiento.

H.C. CARLOS VICENTE DE ROUX.: P. POSITIVA CON MODIFICACIONES:

"Como ponente me permito proponer que se neutralice el impacto fiscal que puede tener el acuerdo de que se trata, difícil de estimar por lo demás, mediante el expediente de introducir un artículo del siguiente tenor:

ARTICULO. La ejecución del presente acuerdo estará sometida a la existencia de disponibilidades presupuestales en las correspondientes vigencias.

Si se adopta este camino, el acuerdo no tendrá per se impacto fiscal, porque no ordenará efectuar un gasto o inversión. Dicha inversión o dicho gasto sólo se efectuará en tanto y cuánto se introduzcan posteriormente en los correspondientes presupuestos anuales, debidamente aprobados por el Concejo Distrital, a instancias o con la aquiescencia de la administración, las respectivas partidas. De introducírsele el artículo que se acaba de proponer, el acuerdo a que se refiere esta ponencia será, pues, fiscalmente neutro, para los efectos de la Ley 819 de 1993 y de las demás normas pertinentes.

Mención especial, requieren, sin embargo, los artículos 4 y 5 de la versión original del proyecto. El primero de ellos introduce previsiones sobre la destinación de las tarifas de acceso a los parques distritales, lo cual puede tener impactos fiscales porque afecta el esquema presupuestal de la entidad que maneja dichos parques. El artículo 5, por su parte, ordena introducir previsiones en los planes de desarrollo para costear el programa a que se refiere este acuerdo. Esto último no se ciñe a la ley, porque conduciría a adoptar, bajo la forma de un acuerdo ordinario, disposiciones que formaría parte de un acuerdo especial, el que aprueba el plan de desarrollo, el cual solo puede adoptarse a iniciativa de la administración y con sujeción a un procedimiento muy específico.

Por tales razones, propongo suprimir esos dos artículos."

CONCEPTO DE LA ADMINISTRACION DISTRITAL: AVALANDO Y OTORGANDO VIABILIDAD AL PROYECTO:

Con el fin de conocer la posición de la administración Distrital, mediante Derecho de Petición JDS-196-08 elevado ante la Secretaría Distrital de Ambiente por el Concejal Ponente: JORGE DURAN SILVA, se solicitó concepto de viabilidad técnica, jurídica y fiscal de este Proyecto de Acuerdo, frente a lo cual la citada Secretaría, respondió en los siguientes términos:

"Tal como ha sido diseñado el proyecto en estudio se convierte en una herramienta útil como herramienta pedagógica que fortalezca el conocimiento de las especies vegetales presentes en la ciudad, su cuidado, manejo, función ecológica y ambiental. Así mismo, se considera pertinente que el programa debe articularse con la Secretaria Distrital de Educación y el Jardín Botánico José Celestino Mutis, con el fin de definir las metodologías pedagógicas articuladas con los proyectos ambientales escolares desarrollados en las instituciones educativas, orientando su implementación a la identificación de la diversidad de especies vegetales en los parques metropolitanos o aprovechando la colección vegetal representativa del Jardín Botánico con base en el programa de educación que actualmente desarrolla la Subdirección Educativa y Cultural de la entidad.

Igualmente creemos que el proyecto de acuerdo puede contribuir a fortalecer los procesos educativos y la sensibilización de la ciudadanía en el cuidado de los árboles y del medio ambiente.", y concluye la Secretaría de Ambiente afirmando que "avalamos la iniciativa normativa y consideramos que el presente proyecto de Acuerdo es viable."

(Negrillas y subrayado fuera de texto).

V. MARCO LEGAL

Constitución Política

La Constitución Política de Colombia en su artículo 2 determina: "Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo. Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares."

El artículo 67, consagra que "la educación es un derecho de la persona y u servicio público que tiene una función social: con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.

La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente."

En el artículo 79, nuestra Carta magna, contempla que "todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano, y que es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente y fomentar la educación para el logro de estos fines".

Y en el artículo 313 establece que corresponde a los concejos "Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio." (Negrillas fuera de texto).

Ley 99 de 1993

El artículo 65 de la ley 99 de 1993 establece en su numeral 2 como función del Distrito Capital, dictar, con sujeción a las disposiciones legales reglamentarias superiores, las normas necesarias para el control, la preservación y la defensa del patrimonio ecológico del municipio.

Y el artículo 66 de la Ley 99 de 1993, establece que los municipios y distritos de más de un millón (1.000.000) de habitantes, ejercerán dentro del perímetro urbano, las mismas funciones atribuidas a las Corporaciones Autónomas Regionales, en lo aplicable al medio ambiente urbano.

Ley 299 de 1996

La Ley 299 de 1996 por la cual se protege la flora colombiana y se reglamentan los jardines botánicos, establece en su Artículo 1º., que "la conservación, la protección, la propagación, la investigación, el conocimiento y el uso sostenible de los recursos de la flora colombiana son estratégicos para el país y constituyen prioridad dentro de la política ambiental. Son de interés público y beneficio social y tendrán prelación en la asignación de recursos en los planes y programas de desarrollo y en el presupuesto general de la Nación y en los presupuestos de las entidades territoriales y de las Corporaciones Autónomas Regionales." (Negrilla fuera de texto)

Así mismo, la mencionada ley en su Artículo 2º., determina como objetivos de los jardines botánicos los siguientes: "a) Mantener tanto los procesos ecológicos esenciales, como los sistemas que soportan las diferentes manifestaciones de la vida; b) Preservar la diversidad genética; c) Contribuir de manera efectiva y permanente a través de su labor investigativa y divulgativa al desarrollo regional y nacional, y d) Contribuir a que la utilización de las especies de la flora y de los ecosistemas naturales se efectúe de tal manera que permita su uso y disfrute no sólo para las actuales sino también para las futuras generaciones de habitantes del territorio colombiano, dentro del concepto del desarrollo sostenible."

También establece el artículo 13 de la ley 299 de 1996 que "Los jardines botánicos establecerán programas especiales de arborización urbana, forestación y reforestación de cuencas hidrográficas, para lo cual, previa contratación prestarán a las entidades estatales asesoría como consultores en estas materias o proveerán, cuando dispongan de viveros, del material vegetal necesario para estos efectos." (Negrilla fuera de texto)

Decreto 190 de 2004

Este Decreto compiló las disposiciones contenidas en los Decretos Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003 que conforman el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá, D. C, y en su artículo …define el Sistema de Espacio Público y en el mismo se contempla que el espacio público, de propiedad pública o privada, se estructura mediante la articulación espacial, entre otros elementos, el subsuelo, los parques, las alamedas, los antejardines y demás elementos naturales y construidos definidos en la legislación nacional y sus reglamentos.

Decreto Distrital 561 de 2006

Determina la función de la Secretaria Distrital de Ambiente, y se define como la autoridad ambiental dentro del perímetro urbano del Distrito Capital.

Decreto Distrital 472 de 2006

Por el cual se reglamenta la arborización, aprovechamiento, tala, poda, trasplante o reubicación del arbolado urbano y se definen responsabilidades de las entidades Distritales en relación con el tema.

Acuerdo 257 de 2006

"Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones"

Artículo 103. Naturaleza, objeto y funciones básicas de la Secretaría Distrital de Ambiente.

(…)

Además de las atribuciones generales establecidas en el presente Acuerdo para las secretarías, la Secretaría Distrital de Ambiente tiene las siguientes funciones básicas:

(…)

e. Formular y orientar las políticas, planes y programas tendientes a la investigación, conservación, mejoramiento, promoción, valoración y uso sostenible de los recursos naturales y servicios ambientales del Distrito Capital y sus territorios socio ambientales reconocidos.

j. Formular, ejecutar y supervisar, en coordinación con las entidades competentes, la implementación de la política de educación ambiental distrital de conformidad con la normativa y políticas nacionales en la materia.

r. Promover y desarrollar programas educativos, recreativos e investigativos en materia ecológica, botánica, de fauna, medio ambiente y conservación de los recursos naturales.

VI. COMPETENCIA DEL CONCEJO

El Concejo de Bogotá, D.C., es competente para dictar el presente acuerdo, apoyado en las siguientes disposiciones:

Decreto-Ley 1421 de 1993

En el Articulo 12 contempla: Atribuciones: Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

7. Dictar las normas necesarias para garantizar la preservación y defensa del patrimonio ecológico, los recursos naturales y el medio ambiente.

VII. IMPACTO FISCAL

Es de precisar que la implementación de lo propuesto en el presente Proyecto de Acuerdo, implica que la Administración Distrital invierta recursos económicos, más que justificados, en programas de educación ambiental y de promoción de los recursos naturales, para lo cual, incluirá en los Planes de Desarrollo y en los presupuestos anuales de Ingresos y Gastos, recursos para la financiación de esta iniciativa, lo cual, por supuesto, será paulatinamente, año por año.

Para la actual vigencia fiscal, la Administración puede canalizar los recursos necesarios para la implementación de esta iniciativa a través de las siguientes instituciones y rubros presupuestales: Secretaria Distrital de Ambiente: Eje Urbano Regional. Sostenibilidad urbano-rural. 303 Educación ambiental para la construcción de tejido social entorno a nuestro ambiente. $ 3.446.039.000. 320.

Promoción y asistencia técnica para la sostenibilidad ambiental y económica en las actividades productivas. $ 4.291.299.000.

De otra parte, se propone, para la financiación de éste, que en los parques donde el ingreso de visitantes tenga costo alguno, de la tarifa se ceda parte de estos recursos para la implementación de este proyecto.

Así las cosas, en relación con lo dispuesto en la ley 819 de 2003, considera este concejo, que el proyecto de acuerdo no genera mayor impacto fiscal.

Cordialmente,

CELIO NIEVES HERRERA

Concejal de Bogotá

EL CONCEJO DE BOGOTA, D.C.

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993 en su artículo 12, numerales 1° y 7°,

ACUERDA:

Artículo 1. Créase el Programa "CONOCE LA NATURALEZA, CUIDA TU AMBIENTE", con el propósito de estimular en los habitantes del Distrito Capital el amor por la naturaleza y el cuidado del medio ambiente.

El proyecto visibilizará el patrimonio histórico-cultural arbóreo de la ciudad.

Artículo 2. La Administración Distrital diseñará y aplicará un Plan de TAXONOMIA VEGETAL en los árboles y plantas de los parques distritales de escala metropolitana de Bogotá, en orden a generar una cultura de aprecio al árbol como generador de vida y convertir espacios en fuentes de conocimiento de la naturaleza.

Parágrafo único. Se entiende por TAXONOMIA VEGETAL, para los efectos de este acuerdo, la clasificación científica y la identificación de árboles y plantas, con placas que contengan como mínimo, la siguiente información: Nombre común, Nombre científico, Familia, Origen y Usos.

Artículo 3. Corresponde a la Secretaria Distrital de Ambiente, implementar, desarrollar y reglamentar el programa "Conoce la naturaleza, cuida tu ambiente", orientando el conjunto de acciones del Plan a que se refiere el artículo anterior. Dicha Secretaría coordinará con la Secretaría Distrital de Educación y el Jardín Botánico José Celestino Mutis, la definición y aplicación de metodologías pedagógicas articuladas con los proyectos ambientales escolares desarrollados en las instituciones educativas.

Parágrafo Primero: Corresponderá al Jardín Botánico José Celestino Mutis, ejecutar el Plan de Taxonomía Vegetal a que se refiere el presente acuerdo.

Parágrafo Segundo: Corresponderá al Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte - IDRD, como entidad encargada de la administración y mantenimiento de los parques Distritales de escala Metropolitana, la divulgación, promoción y realización de campañas pedagógicas al interior de estos parques, encaminadas al conocimiento, por parte de sus visitantes, de las diferentes especies naturales identificadas en los mismos.

La Universidad Distrital generará actividades educativas para vincular a los estudiantes de sus facultades ambientales como apoyo y multiplicadores de las campañas.

Artículo 4. En los parques distritales donde el ingreso de visitantes tenga costo alguno, sus administradores y/o concesionarios cederán un porcentaje de la tarifa para la implementación y ejecución de este proyecto.

Parágrafo único: La definición del porcentaje a que se refiere este artículo, estará a cargo de la Secretaría Distrital de Ambiente, en concertación con los agentes administradores y/o concesionarios antes mencionados.

Artículo 5. La Administración Distrital, deberá incluir en el Plan de Desarrollo, dentro del Sector Ambiente, el establecimiento de programas y proyectos de educación y cultura ambiental, definiendo los recursos y las correspondientes reservas presupuestales, para la financiación de este proyecto.

Artículo 6. La ejecución del presente acuerdo estará sometida a la existencia de disponibilidades presupuestales en las correspondientes vigencias.

Artículo 7. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, y deroga todas las normas que le sean contrarias.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 Jardines Botánicos Universitarios en la Universidad Estatal del Centro Occidente – Morelia Pabón Patiño.

2 Flora Amenazada – Jardín Botánico de Bogotá – José Celestino Mutis. Pérez Arbelaezia.

3 http://www.inta.gov.ar/salta/info/boletines/desideratum/boletin_desideratum9.htm