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ACUERDO LOCAL 002 DE 2008 (Septiembre 11) Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para Bogotá, D.C., 2008 - 2012 – "Fontibón Positiva y Productiva para Vivir Mejor". LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE FONTIBÓN, En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el artículo 324 de la Constitución Política de Colombia, el Decreto Ley 1421 de 1993 en su artículo 69 numeral 1, el Acuerdo Distrital 13 de 2000 artículo 22 y el Acuerdo Local 002 de 2004, Reglamento Interno de la JAL, CONSIDERANDO: a. Que mediante Decreto Local No 011 del 28 de Julio de 2.008, la señora Alcaldesa Local Doctora Betty Maria Afanador García, convoca a sesiones extraordinarias por el período comprendido entre el 1 al 29 de Agosto de 2.008, con el fin de estudiar, analizar y adoptar del "PLAN DE DESARROLLO LOCAL 2.009– 2.012. b. Que con fecha 29 de Julio de 2.008, la señora Alcaldesa Local Doctora Betty Maria Afanador García, presenta a la Junta Administradora Local de Fontibón, el Proyecto de Acuerdo del Plan de Desarrollo Local de Fontibón Años 2.009 – 2.012 "Fontibón Positiva y Productiva para Vivir Mejor", en cumplimiento al Artículo 21 del Acuerdo 13 de 2.000. c. Que dentro de las atribuciones de la Junta Administradora Local, esta la de "Adoptar el Plan de Desarrollo Local en concordancia con el plan general de desarrollo económico y social y de obras públicas y el plan general de ordenamiento físico de Distrito, previa audiencia de las organizaciones sociales, cívicas y populares de la localidad". Decreto Ley 1421 de julio 21 de 1.993, Artículo 69 Numeral 1º. d. Que la Corporación dio cumplimiento a lo establecido en el Decreto Ley 1421 de 1.993 (Estatuto Orgánico de Bogotá D.C.) en su artículo 79. Por lo anteriormente considerado; I PARTE PARTE GENERAL TITULO I MISION, VISION OBJETIVO GENERAL, PRINCIPIOS DE POLÍTICA PUBLICA Y DE ACCION MISIÓN. Articulo 1°. La Alcaldía Local de Fontibón, contribuirá a la construcción de una propuesta de profundo contenido social, consolidando un modelo de localidad económicamente activa, moderna, amable, ecológica y solidaria, que involucre a todos los grupos poblacionales que habitan en la localidad. VISION. Articulo 2°. En nuestro cuatrenio la localidad de Fontibón será más cívica y participativa; las políticas públicas locales se reformularán con la participación de los habitantes, organizados autónomamente para incidir, con criterios de identidad y pertenencia, buscando no sólo que la gente participe deliberando, sino que tenga la oportunidad de decidir frente a las diversas iniciativas en las que estamos empeñados. Seremos una administración cercana a la gente, que la escuchará para resolver sus problemas de forma conjunta, gestionando y articulando los diferentes procesos con las instancias públicas y privadas. Artículo 3. Objetivo general del plan. El plan de desarrollo "Fontibón Positiva y Productiva Para Vivir Mejor" busca a través de la construcción de espacios de participación, la creación de redes y organizaciones ciudadanas que fortalezcan el control social y político, quienes en coordinación con las diferentes instancias administrativas y políticas consolidarán los proyectos de inversión social haciendo énfasis en los de emprendimiento productivo, trabajo asociativo y la ampliación de oportunidades para todos y todas, consolidando una localidad económicamente activa, moderna, amable, ecológica, respetuosa, productiva, competitiva, responsable, incluyente, justa, equitativa, diversa, próspera, efectiva, transparente, solidaria y proyectada tanto interna como externamente, que propenda porque todos y todas vivamos mejor. Artículo 4. Principios de política pública y de acción 1. Coherencia. El accionar de la administración local se corresponderá con su discurso y con su manera de entender y pensar la realidad que busca abordar. 2. Integralidad. La administración local desarrollará soluciones complejas a las situaciones, involucrando a todos los actores y de manera interinstitucional, intersectorial y multidimensional. 3. Equidad. El accionar de la administración local reducirá los factores generadores de desigualdades injustas y evitables, que impiden o dificultan el acceso y disfrute de las oportunidades, a partir del reconocimiento y valoración de las diferencias. 4. Solidaridad. El gobierno local promoverá que la sociedad, en un esfuerzo conjunto, acoja, privilegie e incluya en los beneficios del desarrollo a las personas y comunidades que se encuentran en desventaja manifiesta frente al ejercicio de sus derechos. 5. Perspectiva de derechos. La acción pública local se orientará a la promoción, reconocimiento, garantía y restitución de los derechos fundamentales, civiles y políticos, económicos, sociales y culturales, y colectivos, de todas y todos los habitantes de la localidad, sin distinción de etnia, culto o creencia, género o condición socioeconómica, con especial atención hacia los niños, niñas, adolescentes, jóvenes, personas mayores y por condición especial de discapacidad. 6. Diversidad. La administración local potenciará las capacidades de los grupos heterogéneos, reconociendo las particularidades étnicas, culturales, de edad, de sexo, identidad de género u orientación sexual, religiosa o política. En virtud de ello la política pública y la atención de las necesidades contendrán acciones afirmativas y se orientarán a desnaturalizar las discriminaciones. 7. Interculturalidad. El gobierno local le apostará a la construcción de la política pública de interculturalidad como proceso horizontal de entendimiento entre grupos étnicos y culturales, reconociendo y contribuyendo a la manifestación y aplicación de los diversos saberes, usos y costumbres. 8. Prevalencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. La acción de gobierno local se orientará a reconocer, garantizar y restablecer las condiciones necesarias para el ejercicio pleno de los derechos de los niños, las niñas, adolescentes y jóvenes, con especial énfasis en la primera infancia. Lo anterior, en cumplimiento de la Ley 1098 de 2006, el gobierno local dará continuidad a la Política Pública Distrital de Infancia y Adolescencia ajustando sus componentes y ampliando su impacto. 9. Corresponsabilidad. El gobierno local generará escenarios de discusión y concertación en los que los sectores público, privado y comunitario coadyuven al logro de los propósitos comunes y asuman responsabilidad compartida frente al destino de la ciudad. 10. Sostenibilidad. La administración local atenderá las necesidades de la población sin poner en riesgo el bienestar de las generaciones futuras. 11. Desarrollo humano. La acción del gobierno local se orientará a garantizar el desarrollo de las capacidades de las personas y su acceso a las oportunidades para ampliar el ejercicio de las libertades humanas. 12. Calidad de vida. El gobierno local propenderá por el mejoramiento de las condiciones de vida y por el bienestar de las bogotanas y bogotanos, buscando el equilibrio entre el incremento de la población, los recursos disponibles y la protección del medio ambiente, en el marco de la dinámica de los procesos de la urbanización y del progreso tecnológico. 13. Erradicación gradual de la pobreza. La administración local apoyará acciones integrales para impulsar la calidad y el acceso a la educación, la salud, la justicia, la seguridad alimentaria, el agua potable y el ambiente sano, así como el desarrollo de alternativas para la generación de ingresos, y para actuar sobre todos los factores desencadenantes de pobreza. 14. Cultura ciudadana. La administración local promoverá cambios en los comportamientos y las actitudes de las y los habitantes de la localidad, orientados a fortalecer el sentido de lo público, el disfrute corresponsable de lo colectivo y las condiciones de convivencia y el respeto por el otro. 15. Convivencia y seguridad ciudadana. Las acciones de la administración local promoverán la reconciliación y la paz, la prevención, el alistamiento y la respuesta frente a los delitos, las violencias y conflictividades, en los ámbitos público y privado. Se actuará bajo la concepción de seguridad como un bien público que propicia las condiciones necesarias para la vida digna y el goce pleno de los derechos humanos y la convivencia democrática en un ambiente de solidaridad y desarrollo armónico, con sujeción a las normas. 16. Desarrollo económico. La acción pública local se orientará al fomento del crecimiento económico, a través de los arreglos institucionales necesarios para generar un adecuado clima de negocios de diferente escala que permita mejorar el tejido productivo de la localidad, posicionar a Bogotá en el ámbito internacional como destino de inversión y turismo, y facilitar la inserción económica de la población, con miras a la distribución equitativa de la riqueza. 17. Consolidación del modelo de ordenamiento. Las acciones de la administración local apoyarán al distrito con la provisión de espacio público, equipamientos y servicios que constituyen su soporte funcional y administrativo; apoyarán el desarrollo de la Estructura Socioeconómica y Espacial en torno a centralidades y operaciones estratégicas; y apoyarán la Estructura Ecológica Principal. 18. Integración territorial. Las acciones de la administración local buscarán mayores niveles de articulación con el territorio rural, las localidades vecinas, la región y las dinámicas nacional e internacional. 19. Ambiente sano y sostenible. La preservación, recuperación, conservación, uso sostenible y disfrute, así como la garantía para el acceso público y democrático de los recursos naturales serán prioridad de la administración local. 20. Agua eje articulador del territorio. Los recursos hídricos, bien mayor en el marco de la protección y garantía de la vida y el desarrollo económico y social, serán protegidos, garantizados y preservados. 21. Cercanía. Se atenderán las necesidades individuales y colectivas procurando oportunidad, accesibilidad, proximidad, calidad y calidez en la prestación de los servicios. 22. Población y territorio. La política pública y su implementación considerarán las formas de apropiación y ocupación del territorio por parte de las poblaciones, resultado de sus diversas culturas y necesidades, en una concepción integral de la planeación urbano-rural y regional, que reconoce las diferencias y complementariedades entre los distintos niveles del territorio. 23. Valoración de lo existente. La administración local reconoce el camino recorrido y avanzará en la implementación de acciones que den continuidad y enriquezcan las políticas, objetivos, metas e instrumentos de planeación territorial, sectorial y del gasto, armonizándolos entre sí, y con los propósitos del presente plan. 24. Previsión. Las acciones del gobierno local solucionarán las necesidades del presente, en el marco de una perspectiva de largo plazo que garantice la capacidad de la administración de anticipar los cambios del entorno y ajustarse a ellos. 25. Defensa de lo público. La localidad se fortalecerá como espacio ciudadano de defensa del interés colectivo. 26. Legitimidad. La administración local promoverá la democracia deliberativa y reconocerá el valor de la participación ciudadana en los asuntos públicos y la diversidad de intereses y su aporte a la construcción del proyecto de localidad y al fortalecimiento del capital social. 27. Probidad. La administración local actuará con rectitud en el ejercicio de lo público y en la administración y manejo de los recursos. 28. Participación. La administración local en todos sus niveles reconocerá el valor de la intervención ciudadana en los asuntos públicos, la diversidad de intereses y su aporte a la construcción de un proyecto de localidad, y promoverá el ejercicio de la participación a través de los canales existentes y de los que el gobierno y la propia ciudadanía considere necesarios. La participación será un componente transversal de todas las políticas públicas del distrito. 29. Fortalecimiento de la acción institucional. En función del fortalecimiento de la acción institucional de la Fuerza Pública y de la promoción del respaldo de la ciudadanía a su misión, se propenderá por el pleno e integral acatamiento de los principios y normas de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, por parte de los miembros de la fuerza pública y de los demás cuerpos de seguridad del Estado, que actúan en la localidad. TITULO II OBJETIVOS ESTRUCTURANTES, DESCRIPCIÓN, PROPÓSITOS, ESTRATEGIAS, PROGRAMAS Y METAS Artículo 5. Objetivos estructurantes La administración local articulará el conjunto de sus acciones entorno a programas sectoriales e intersectoriales que dan contenido a los siguientes objetivos estructurantes. 1. Ciudad de derechos 2. Derecho a la ciudad 3. Ciudad global 4. Participación 5. Gestión pública efectiva y transparente CAPITULO 1. CIUDAD DE DERECHOS Artículo 6. Descripción Construiremos una localidad en la que se reconozcan, restablezcan, garanticen y ejerzan los derechos individuales y colectivos, con la institucionalización de políticas de Estado que permitan trascender los periodos de gobierno y consolidar la localidad de Fontibón en la cual la equidad, la justicia social, la reconciliación, la paz y la vida en armonía con el ambiente, sean posibles para todas y todos. Artículo 7. Propósitos 1. Que cada vez más ciudadanas y ciudadanos participen de los beneficios del desarrollo y ejerzan sus derechos y libertades. 2. Hacer sostenible el pleno ejercicio de los derechos en función del mejoramiento de la calidad de vida. 3. Respeto por los derechos de los trabajadores, propendiendo por garantizar condiciones dignas de trabajo que contribuyan a la mejor gestión y servicio público para los habitantes de la localidad. 4. Consolidar una cultura que reconozca y valore a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes como sujetos plenos de derechos y les otorgue primacía en consideración a lo crucial de su momento de desarrollo. 5. Garantizar condiciones dignas de seguridad alimentaria, nutrición, salud, educación, bienestar social, ambiente, vivienda, cultura, recreación y justicia, con énfasis en las personas, grupos poblacionales y sectores sociales en condiciones de riesgo o vulnerabilidad. 6. Que el respeto por los derechos humanos, la restitución de los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas del conflicto, las iniciativas humanitarias de reintegración de excombatientes y de diálogos hacia la superación del conflicto armado y las violencias políticas y sociales, permitan espacios de convivencia y reconciliación que fortalezcan el pacto ciudadano de no violencia, la instauración de una cultura de paz y la consolidación de la democracia. 7. Que la gestión y la inversión social estén en función de la prestación de los servicios sociales en términos de su disponibilidad, acceso, permanencia, calidad y pertinencia. Artículo 8. Estrategias 1. Optimizar los sistemas de información que contribuyen a reconocer, identificar y caracterizar las personas en condición de vulnerabilidad. 2. Desarrollar los planes de acciones afirmativas y demás acciones integrales que permitan reconocer, restituir y garantizar los derechos fundamentales de las personas, poblaciones, comunidades y sectores en condición de riesgo o vulnerabilidad. El Plan Integral de Acciones Afirmativas con sus programas, proyectos, estrategias, metas, rubros específicos, indicadores de gestión, y resultados, que se formule en concertación entre las comunidades afrodescendientes y la administración local, en el marco del acuerdo 175 de 2005 de la política pública en beneficios de esta población, hará parte integral del presente Plan de Desarrollo Distrital. 3. La gestión social integral como la estrategia para la implementación de la política social en el distrito, que promueve el desarrollo de las capacidades de las poblaciones, atendiendo sus particularidades territoriales y asegura la sinergia entre los diferentes sectores, el manejo eficiente de los recursos y pone de presente el protagonismo de la población en los territorios. 4. Armonizar el aumento de cobertura en la prestación de servicios básicos con la satisfacción de estándares de calidad. 5. Eliminar de manera progresiva las barreras físicas, económicas y culturales que impiden el acceso oportuno y equitativo a la vivienda y a los servicios sociales y ambientales. 6. Desarrollar programas de educación intercultural encaminados a propiciar el diálogo de saberes y costumbres protegiendo el derecho a un territorio sano. 7. Adoptar las expresiones étnicas, sexuales y socioculturales de las personas como un eje articulador de derechos y deberes sociales, políticos y económicos. 8. Concentrar la gestión de suelo, financiación y demanda necesaria en la generación de Vivienda de Interés Prioritario (50 smlmv) y garantizar el control efectivo a la ilegalidad y a la ocupación indebida de las zonas de riesgo no mitigable. Artículo 9. Programas 1. Bogotá sana. Garantizar el derecho a la salud, a través de un enfoque de prevención, promoción y atención primaria en salud, con el fin de satisfacer las necesidades individuales y colectivas. 2. Garantía del aseguramiento y atención en salud. Garantizar el acceso universal al aseguramiento en salud, vinculando la población en condición de vulnerabilidad y garantizando el derecho a la atención en salud a toda la población. 3. Fortalecimiento y provisión de los servicios de salud. Optimizar la gestión, atención y calidad de los servicios de salud, mejorando los equipamientos, la dotación y la organización del sistema. 4. Bogotá bien alimentada. Garantizar el derecho a la seguridad alimentaria y nutricional, en el marco del proceso de integración regional. 5. Alternativas productivas para la generación de ingresos para poblaciones vulnerables. Mejorar las capacidades de generación de ingresos con base en el desarrollo de las potencialidades de la población, con especial énfasis en mujeres y jóvenes. 6. Educación de calidad y pertinencia para vivir mejor. Garantizar a las niñas, niños y jóvenes el derecho a una educación que responda a las expectativas individuales y colectivas, a la diversidad, a la interculturalidad y a los desafíos de una Bogotá global y en constante crecimiento. 7. Acceso y permanencia a la educación para todas y todos. Generar las condiciones para que las niñas, niños, adolescentes y jóvenes accedan y permanezcan en todos los ciclos educativos. 8. Mejoramiento de la infraestructura y dotación de colegios. Generar condiciones que permitan garantizar la oferta educativa suficiente y adecuada para atender las necesidades diferenciales de la población escolar. 9. Derecho a un techo. Garantizar de manera progresiva el derecho a la vivienda digna y en territorio seguro, a través de la construcción, el mejoramiento, la reubicación y el subsidio, con gestión efectiva en vivienda de interés social con énfasis en vivienda de interés prioritario. 10. En Bogotá se vive un mejor ambiente. Garantizar el derecho a disfrutar de un ambiente sano, a través de la implementación de acciones preventivas y correctivas. 11. Construcción de paz y reconciliación. Generar condiciones que permitan construir paz, promoviendo la solución pacífica de conflictos, la no violencia activa, y la garantía efectiva de los derechos de las víctimas y de la población desplazada y fortalecer los compromisos y acuerdos humanitarios, los pactos ciudadanos de paz, el aporte a diálogos y negociaciones y la integración de excombatientes sin discriminación alguna. 12. Bogotá viva. Ampliar las oportunidades y mejorar las capacidades para que todas y todos accedan, participen, se apropien y realicen prácticas artísticas, patrimoniales, culturales, recreativas y deportivas, atendiendo criterios de inclusión, identidad, autonomía, proximidad y diversidad. 13. Igualdad de oportunidades y de derechos para la inclusión de la población en condición de discapacidad. Generar acciones dirigidas a garantizar los derechos de las personas en condición de discapacidad que les aseguren asistencia digna en los servicios sociales y faciliten su inserción en la vida social y productiva de la ciudad. 14. Toda la vida integralmente protegidos. Adelantar acciones para garantizar el ejercicio pleno de los derechos de las personas en cualquier etapa del ciclo vital, reconociendo sus potencialidades y valorando el aporte específico y diferencial que niñas y niños, adolescentes, jóvenes, adultos, personas mayores y las familias, pueden realizar para el logro de una Bogotá positiva. 15. Bogotá respeta la diversidad. Desarrollar e implementar las políticas públicas y los planes de acciones afirmativas orientados a reconocer y restablecer los derechos de los grupos religiosos, afro descendientes, indígenas, rom y raizales, y de las lesbianas, gays, bisexuales y transgeneristas. 16. Bogotá positiva con las mujeres y la equidad de género. Avanzar en el reconocimiento, garantía y restitución de los derechos de las mujeres y garantizar las condiciones para el ejercicio efectivo de los mismos. Artículo 10. Metas Ciudad de Derechos
CAPITULO 2. DERECHO A LA CIUDAD Artículo 11. Descripción Construiremos, con la gente y para la gente, una localidad positiva, como escenario de las actividades humanas, en la que el ordenamiento territorial promueva el desarrollo integral, equitativo y ambientalmente sostenible y permita el efectivo disfrute de los derechos, para lo cual desarrollaremos acciones que dignifiquen el hábitat, hagan más eficiente la movilidad, generen condiciones de reconciliación, convivencia, paz y seguridad, y promuevan la identidad, el reconocimiento de la diversidad y el diálogo intercultural, con base en un modelo de desarrollo democrático, social e incluyente. Artículo 12. Propósitos 1. Dignificar el hábitat, a través del mejoramiento y la optimización de las condiciones urbanísticas, constructivas y ambientales de los elementos físicos de la localidad, la eficiencia en la movilidad, y la generación de condiciones de equidad, convivencia y seguridad, que reconozcan las diferencias poblacionales, con base en una política económica centrada en las personas y en un modelo de desarrollo democrático, social, integral y ambientalmente sostenible. Hacer efectiva la distribución y el acceso equitativo a los servicios, la infraestructura, el espacio público y los equipamientos, en armonía con el ambiente, con el fin de que la población cuente con las condiciones necesarias para ejercer el derecho a la ciudad, en el marco de un proceso efectivo de construcción de la localidad. Democratizar y hacer equitativo y productivo el uso y la gestión del suelo urbano de la localidad. 4.(Sic.) Promover e instaurar una cultura de solidaridad, reconciliación y no violencia. 5. Fortalecer la institucionalidad asociada a la seguridad y la justicia. 6. Contar con una estrategia integral de identificación y manejo del riesgo natural y antrópico. 7. Hacer efectiva la función social y ecológica de la propiedad. Artículo 13. Estrategias 1. Consolidar el modelo de ordenamiento territorial, en armonía con los propósitos del objetivo estructurante "Ciudad de derechos" y del proceso de integración regional. 2. Fortalecer la inclusión del territorio rural en los programas de desarrollo, en cumplimiento del modelo de ordenamiento territorial existente, a través de acciones y proyectos que mejoren la calidad de vida de la población, su acceso a servicios y equipamientos y propicien la integración urbano-rural y regional, en el marco de la protección del patrimonio ambiental de la Región. 3. Desarrollar y armonizar los subsistemas peatonal, vial, de transporte y de regulación y control del tráfico, del Plan Maestro de Movilidad. 4. Promover la convivencia ciudadana, a través de acciones que generen sentido de pertenencia e identidad, solidaridad, y respeto a la vida y a la diversidad. 5. Desarrollar acciones de prevención con intervenciones integrales para reducir los factores de riesgo, generadores de violencia y delincuencia, en las zonas con problemáticas críticas de seguridad y convivencia. 6. Impulsar políticas de prevención y mitigación de riesgos para la intervención correctiva y prospectiva de los factores de amenaza y vulnerabilidad, existentes o potenciales, ya sean naturales o antrópicos. 7. Generar, recuperar, mantener y regular el espacio público para su uso y disfrute como escenario de encuentro, en el que las y los habitantes puedan desarrollar sus intereses culturales, económicos y sociales. 8. Garantizar y armonizar la provisión y distribución de los equipamientos en el territorio, de acuerdo con las directrices de los planes maestros, y desarrollar los determinantes ambientales, de participación y de información en ellos contenidos. 9. Lograr convergencia entre el disfrute de los derechos fundamentales y el ejercicio del derecho a la ciudad para mitigar la segregación socioeconómica y espacial. 10. Desarrollar procesos de renovación urbana que incorporen proyectos de vivienda de interés social y prioritario procurando la vinculación de los actuales residentes y propietarios a los beneficios generados. Artículo 14. Programas 1. Mejoremos el barrio. Mejorar las condiciones de vida de la población, mediante intervenciones integrales relacionadas con la vida en comunidad, el barrio y su entorno, en las Unidades de Planeamiento Zonal –UPZ- de mejoramiento integral. 2. Transformación urbana positiva. Promover, gestionar y realizar operaciones, programas y proyectos urbanos sostenibles, integrales, prioritarios y estratégicos, dinamizadores de equidad y competitividad en los procesos de desarrollo y renovación urbana. 3. Alianzas por el hábitat. Promover la gestión y la construcción colectiva del hábitat a partir de la vinculación de múltiples agentes, la generación y utilización eficiente de recursos con énfasis en vivienda de interés prioritario (50 smlm), la adecuada implementación de instrumentos de administración, control y monitoreo de la ilegalidad y la coordinación interinstitucional. 4. Ambiente vital. Armonizar el proceso de desarrollo con la recuperación, conservación, consolidación y administración de la Estructura Ecológica Principal y de los demás factores ambientales de la Región Capital, a través de acciones de manejo, prevención y control, que aseguren el mejoramiento de la calidad de vida de la población. 5. Bogotá rural. Integrar y articular el territorio rural a la estrategia de ordenamiento territorial, en el marco de la política pública de ruralidad. 6. Sistema Integrado de Transporte Público. Mejorar la movilidad a partir de la articulación operacional y tarifaria de los diferentes modos de transporte público, y el desarrollo de estrategias para la inclusión de otras modalidades de transporte público y su infraestructura, con visión de integración regional y optimización de los recursos. 7. Vías para la movilidad. Optimizar la infraestructura vial para mejorar las condiciones de movilidad en la ciudad, la competitividad y la renovación, y el desarrollo urbano. 8. Tráfico eficiente. Optimizar la administración y el control del tráfico a fin de hacer más eficiente la movilidad y disminuir la accidentalidad. 9. Espacio público para la inclusión. Generar, administrar, mantener, proteger y aprovechar el espacio público de la ciudad, garantizando su disfrute, con criterios de accesibilidad y sostenibilidad ambiental, económica y social. 10. Espacio público como lugar de conciliación de derechos. Resolver los conflictos que genera la ocupación y el uso indebido del espacio público, y promover su defensa, recuperación y acceso por parte de la población. 11. Bogotá espacio de vida. Reconocer e incorporar en las decisiones de ordenamiento los componentes cultural, deportivo y recreativo, preservar y fortalecer los respectivos equipamientos y el patrimonio cultural, ambiental y paisajístico. 12. Armonizar para ordenar. Ajustar y articular los instrumentos de planeación territorial entre sí y con los sectoriales y de inversión, de tal manera que respondan a las dinámicas propias de la ciudad y su entorno, a los requerimientos de las distintas poblaciones y al modelo de ordenamiento territorial, garantizando la sostenibilidad del desarrollo. 13. Bogotá segura y humana. Generar las condiciones para que todas y todos logren desarrollar su proyecto de vida, ejerzan sus derechos libremente, y disfruten la ciudad en un entorno seguro y socialmente justo. 14. Amor por Bogotá. Propiciar mayores niveles de convivencia, solidaridad, respeto a las diferencias, sentido de pertenencia e identidad, al igual que una mayor articulación, confianza, respeto y comunicación con las instituciones públicas mediante la implementación de políticas de concientización y cultura ciudadana. 15. Bogotá responsable ante el riesgo y las emergencias. Visibilizar el riesgo natural y antrópico y generar corresponsabilidad entre los actores públicos y privados para su prevención, atención y reducción. Así mismo, fortalecer la capacidad institucional para enfrentar el riesgo y las emergencias y consolidar un sistema integrado de seguridad y emergencia. Artículo 15. Metas Derecho a la Ciudad
CAPITULO 3 CIUDAD GLOBAL Artículo 16. Descripción Construiremos una localidad confiable, atractiva, con visión de futuro y competitiva, capaz de poner el crecimiento económico al servicio del desarrollo humano, sobre la base del respeto y la preservación del ambiente y la diversidad sexual, cultural y étnica, y la acción corresponsable entre lo público y lo privado. Una localidad cuyo desarrollo esté basado en la capacidad de los sujetos, en la producción de conocimiento, en la generación y distribución de la riqueza y en el afianzamiento del capital social. Una localidad con la capacidad de pensar y actuar tanto en lo global como en lo local. Artículo 17. Propósitos 1. Propender por un desarrollo integral que armonice las actuaciones en lo ambiental, lo territorial y lo socioeconómico. 2. Crecer en lo económico en función del desarrollo humano, sostenible y equitativo en la localidad. 3. Hacer de la localidad un escenario de atracción y retención de inversiones productivas, que hagan uso preferente de sus recursos. 4. Disminuir las brechas tecnológicas y de conocimiento para afianzar el perfil competitivo de la localidad. Artículo 18. Estrategias 1. Promover los emprendimientos y el fortalecimiento empresarial con énfasis en formas empresariales asociativas y solidarias en los sectores poblacionales mas vulnerables. 2. Estimular y establecer alianzas y sinergias entre instituciones públicas y privadas con criterio de corresponsabilidad. 3. Fortalecer la actividad científica, tecnológica y de innovación para consolidar la Región Capital como una sociedad del conocimiento. 4. Promover la inserción de la Región Capital en los mercados internacionales. 5. Desarrollar instrumentos que permitan concretar acciones de coordinación para la planeación, gestión y operación regional. 6. Articular las estrategias financieras para la consecución de recursos con las entidades del orden nacional, regional departamental, municipal y otras, que permitan financiar integralmente la descontaminación del Río Bogotá, incluyendo la Planta de Tratamiento Canoas. Artículo 19. Programas 1. Región Capital. Consolidar la Región Capital como un territorio planeado e integrado en lo físico, económico, social, cultural, fiscal y ambiental, aprovechando las fortalezas y oportunidades de cada territorio, en procura del desarrollo y mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes. 2. Fomento para el desarrollo económico. Generar condiciones favorables para la creación y desarrollo de alternativas productivas y el fortalecimiento empresarial, mediante la puesta en marcha de esquemas de financiación que fomenten la generación de ingresos y oportunidades de empleo y la promoción de las capacidades y las potencialidades de las personas, en consonancia con la dinámica productiva y laboral de la ciudad. 3. Bogotá sociedad del conocimiento. Consolidar una sociedad del conocimiento en la que las capacidades científicas, el avance tecnológico, la investigación y la innovación contribuyan al desarrollo social y económico del territorio, con criterios de inclusión y equidad. 4. Bogotá competitiva e internacional. Generar ventajas competitivas que conviertan a la ciudad y la Región Capital en un destino atractivo para la inversión y en un foco de desarrollo económico y social en el contexto nacional e internacional. Para ello, se adelantarán acciones que mejoren el clima de negocios en la ciudad en el marco de la cooperación internacional y la generación de alianzas estratégicas. 5. Río Bogotá. Adelantar acciones integrales, entre el sector público, el sector privado y la comunidad, y articuladas con la Región Capital y la Nación, que permitan la defensa, recuperación, protección y adecuado aprovechamiento de la cuenca del Río Bogotá. Artículo 20. Metas Ciudad Global
CAPITULO 4. PARTICIPACIÓN Artículo 21. Descripción Construiremos una localidad en la que se reconozcan las diferencias entre hombres y mujeres, donde se fortalezca la participación de niños y niñas, adolescentes, jóvenes, sectores LGBT, grupos étnicos y personas en condición de discapacidad o desplazamiento, para que incidan en la definición, ejecución y seguimiento de las políticas públicas, directamente o a través de sus representantes y organizaciones, haciéndose corresponsables del desarrollo integral de la ciudad. Artículo 22. Propósitos 1. Involucrar a la población en el proceso de toma de decisiones del gobierno. 2. Garantizar que los recursos de los Fondos de Desarrollo Local -FDL- se ejecuten conforme a la participación ciudadana en los planes de desarrollo y los presupuestos. 3. Fortalecer el capital social. 4. Promover la organización social y potenciar las capacidades técnicas y políticas de las personas para mejorar su poder de interlocución con las autoridades públicas. 5. Fortalecer el control social a la gestión pública y sus resultados, en los ámbitos distrital y local. Artículo 23. Estrategias 1. Fomentar, fortalecer y cualificar los espacios y mecanismos de participación, control social y representación de la población y sus organizaciones. 2. Implementar sistemas y mecanismos de información y seguimiento a la participación ciudadana en los planes de desarrollo local. 3. Promover la democratización de la información y la pedagogía social para el desarrollo de los procesos de deliberación colectiva. 4. Propiciar sinergias entre las iniciativas públicas y las propuestas ciudadanas en torno a temas específicos de la vida de la localidad. Artículo 24. Programas 1. Ahora decidimos juntos. Fortalecer los organismos, las instancias y los mecanismos de participación ciudadana distritales, locales y sectoriales existentes, así como los creados en el marco del Sistema Distrital de Participación, fijando los alcances, derechos y deberes de la participación. 2. Organizaciones y redes sociales. Promover la articulación entre las instancias de participación y las organizaciones, y mejorar la capacidad técnica de las redes sociales locales y distritales, con el fin de contribuir al fortalecimiento del capital social y la construcción colectiva de la ciudad, generando inclusión de los grupos poblacionales, sectoriales y etarios. 3. Control social al alcance de todas y todos. Informar, divulgar y hacer pedagogía social para que las personas, los sectores y las organizaciones sociales ejerzan efectivamente el control social, así como para generar entre las y los servidores públicos capacidad de gestión inherente a los procesos de participación. Artículo 25. Metas Participación
CAPÍTULO 5. GESTIÓN PÚBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE Artículo 26. Descripción Construiremos una localidad articulada con la administración distrital que promueva una gestión integral, efectiva y transparente, que esté al servicio de la comunidad, garante de los derechos y la producción de bienes y servicios, a través de mecanismos de interlocución y sistemas de información modernos. Artículo 27. Propósitos 1. Reafirmar una gestión pública al servicio de la ciudadanía. 2. Garantizar oportunidad, calidad y probidad en el ejercicio de la gestión pública. 3. Acercar el gobierno a la gente. Artículo 28. Estrategias 1. Incorporar en la administración pública tecnologías organizacionales, de la información, la comunicación y el conocimiento, que faciliten la gestión con integridad y perspectiva preventiva y sistémica. 2. Fortalecer la cultura organizacional de servicio y calidad, en función de los derechos de la ciudadanía. 3. Optimizar los mecanismos de coordinación intra e intersectorial. 4. Hacer de la comunicación y la pedagogía social herramientas de gestión y de generación de confianza para un servicio ágil, oportuno y de fácil trámite. 5. Consolidar la gerencia jurídica pública. Artículo 29. Programas 1. Servicios más cerca del ciudadano. Integrar los diferentes elementos administrativos y tecnológicos del Distrito con el fin de brindar un servicio eficiente a la comunidad, a través de los diferentes canales de atención y de acuerdo con las necesidades de los grupos poblacionales. 2. Ciudad digital. Consolidar la gobernabilidad electrónica y los servicios a la comunidad a través del uso articulado de las herramientas y recursos que ofrecen las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC). 3. Comunicación al servicio de todas y todos. Ampliar los canales de interacción y comunicación para la construcción de ciudad y el fortalecimiento de la gestión institucional – promoviendo una cultura de deberes y derechos, permitiendo el acceso a la información, el ejercicio de la participación, la autorregulación y el control social – en un escenario global integrado regional, nacional e internacionalmente. 4. Tecnologías de la información y comunicación al servicio de la ciudad. Aprovechar y hacer uso de tecnologías de la información y comunicación para mejorar los servicios de las instituciones y facilitar el acceso a éstas por parte de la comunidad. 5. Gerencia jurídica pública integral. Consolidar el sistema de gerencia jurídica pública para la ciudadanía y la administración, a través de estrategias normativas, esquemas de prevención de conductas sancionables, la prevención del daño antijurídico, la defensa judicial del Distrito, y la vigilancia a entidades sin ánimo de lucro. 6. Gestión documental integral. Consolidar y fortalecer la gestión documental pública para promover la eficiencia de la administración y garantizar la información como un activo, un derecho de la comunidad y un patrimonio de la ciudad. 7. Desarrollo institucional integral. Fortalecer la administración distrital con entidades y organismos ágiles y efectivos, y con servidores competentes, comprometidos y probos, a quienes se favorecerá con la financiación de programas de educación formal en temas claves para la ciudad, a fin de garantizar la efectividad de la gestión pública, la promoción del ejercicio de los derechos, y el cumplimiento de los deberes ciudadanos. Artículo 30. Metas Gestión Pública Efectiva y Transparente.
TITULO III PROGRAMA DE EJECUCIÓN PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL - POT - Artículo 31. Criterios de formulación del programa. Los programas y proyectos fueron definidos mediante los siguientes criterios: 1. Continuidad de las inversiones territoriales. En el marco de la eficiencia en el gasto público, el programa de ejecución identifica acciones iniciadas con anterioridad y asegura su continuidad, estableciendo metas e inversiones. Artículo 32. Articulación entre los planes de ordenamiento territorial y de desarrollo. El plan de desarrollo local debe apuntar a la consolidación del modelo de ordenamiento del territorio de largo plazo. Para la localidad, éste modelo se compone de las siguientes estructuras definidas en el plan del ordenamiento territorial: 1. Estructura Funcional y de Servicios (EFS). Los sistemas generales que la componen son: 1.1. Sistema de movilidad. 1.2. Sistema de equipamientos local 1.3. Sistema de espacio público construido. TITULO IV INSTANCIAS Y MECANISMOS DE COORDINACIÓN Artículo 33. Coordinación interinstitucional Con el fin de ejecutar de manera integral, armónica y articulada los objetivos trazados en el Plan de Desarrollo "fontibón Positiva y productiva: Para vivir mejor" la administración local hará uso de los Comités Sectoriales y de las Comisiones Intersectoriales. Así, los Comités Sectoriales serán el escenario privilegiado de la articulación necesaria para la formulación de las políticas y las estrategias de los distintos sectores, y para la realización del seguimiento a la ejecución de las mismas. Igualmente, las Comisiones Intersectoriales servirán como instancias de coordinación de la gestión local y de orientación para la adecuada ejecución de las funciones y la prestación de los servicios que comprometan a entidades que pertenezcan a distintos sectores administrativos. Además, tanto los objetivos estructurantes como los programas que los integran contarán con coordinadores responsables de velar por la acción integrada de las entidades y por la cabal ejecución del plan en su conjunto. Su tarea estará soportada en un sistema de seguimiento a la inversión que permita dar cuenta del avance en el cumplimiento de los compromisos aquí adquiridos, tanto por sector, como por objetivo estructurante. Asimismo, la administración local pondrá su gestión al servicio del logro de una mayor capacidad institucional para dar cuenta de sus funciones y competencias, de mayores niveles de autonomía, y de la efectividad del gobierno de cercanía. Así garantizará que el ejercicio de la planeación local y su ejecución sean complemento esencial de las acciones del gobierno central. Finalmente el gobierno local debe ser garante de la participación ciudadana y de la debida articulación entre los instrumentos de planeación territorial, sectorial y del gasto, entre los agentes políticos, técnicos y sociales que participan de los procesos de planeación, y entre las acciones que ocurren en los distintos niveles territoriales. Para ello deberá poner en marcha y consolidar el sistema local de participación y de planeación. Artículo 34. Coordinación con los niveles nacional, regional y local El cumplimiento de los compromisos expresados en "Fontibón Positiva y productiva: Para vivir mejor" depende no sólo de la acción articulada de las entidades locales, sino también de la integración de los procesos de planeación y de la ejecución de las políticas, planes y programas en concurrencia con otros niveles territoriales como el distrital, departamental y el nacional. II PARTE PLAN DE INVERSIONES TÍTULO ÚNICO ESTRATEGIA FINANCIERA Artículo 35. Estrategia Financiera De acuerdo con los objetivos, programas y metas del presente Plan de Desarrollo se continuarán con los programas sociales de alto impacto en la lucha contra la pobreza y realizará las nuevas obras en infraestructura y proyectos sociales que harán de Fontibón una localidad más incluyente y positiva que permitirá mejorar las condiciones de vida de los Fontibonenses. Esto representa para la Administración fundamentalmente, contar con fuentes ciertas, potencializar las fuentes de ingresos existentes, buscar nuevos mecanismos que permitan la financiación del Plan e igualmente, requiere implementar estrategias funcionales enfocadas a optimizar el gasto y hacer más eficiente la inversión. Para ello, Fontibón Positiva y Productiva fortalecerá la eficiencia en la asignación de recursos y en la ejecución del gasto, privilegiando la inversión social, el desarrollo integral y la modernización de la localidad para cumplir con los objetivos establecidos en el programa de gobierno. Artículo 36. Financiación El Plan de inversiones del Plan de Desarrollo Fontibón Positiva y Productiva asciende a $65.238.000.000 de pesos constantes de 2009, de los cuales $160.000.000 corresponden a la Administración local; según información de proyección de transferencias suministrada por la Secretaria de Hacienda, dirección Distrital de Presupuesto, Subdirección de competitividad y Gobierno. Incluye proyección de $40.000.000 anuales dada por la oficina de Presupuesto de la Alcaldía Local respecto a Ingresos propios. a. Recursos desde lo local: la inversión en la Localidad se optimizará a través de esquemas de cofinanciación entre el gobierno distrital y/o nacional y el gobierno local en los cuales se potencializarán los recursos del Fondo de Desarrollo Local como contrapartida en proyectos en educación, salud, integración social entre otros, que generen gran impacto social y disminución de la pobreza y guarden coherencia entre la planeación distrital y local. b. Convenios locales: se gestionarán recursos con entidades distritales y/o nacionales públicas y privadas a través de convenios ínter administrativos mediante la concertación de criterios públicos que conduzcan al fortaleciendo de la gestión ante el Gobierno Central para gestionar, proyectos, recursos adicionales para la localidad. c. Participación público – privada: se establecerán alianzas estratégicas con el sector Artículo 37. Priorización y racionalización del gasto y eficiencia en la inversión Se ejecutarán acciones orientadas a garantizar que las entidades locales hagan uso racional de los recursos disponibles y los asignen de manera eficiente para costear los proyectos de inversión social en la lucha contra la pobreza. Con relación a los gastos de funcionamiento se racionalizarán los gastos no prioritarios en el marco de la disciplina fiscal y se evaluarán y mejorarán continuamente los procesos internos con la finalidad de simplificarlos y generar ahorros por este concepto. Se hará especial énfasis en la priorización del gasto de los programas y proyectos estratégicos, a través de un proceso dinámico que se retroalimente con los resultados de la ejecución física y la disponibilidad de recursos. En este sentido, las entidades fortalecerán su proceso de planeación para garantizar la ejecución efectiva y la entrega de los productos, bienes y servicios para el cumplimiento de los objetivos estructurantes y las metas establecidas para este período de gobierno. Así mismo, se utilizará el esquema de vigencias futuras para proyectos de carácter estratégico, no sólo para garantizar su financiamiento sino también para optimizar los procesos de contratación y garantizar la entrega real de los bienes y servicios, disminuyendo las reservas presupuestales. La eficiencia en el gasto y en la inversión mejorarán la prestación de los servicios locales con un alto nivel de calidad que sumado a una mayor eficiencia administrativa permitirán el desarrollo de los programas y la atención a las necesidades de la población. Artículo 38. Ejecución Los recursos disponibles para la ejecución del Plan de Inversiones dependerán de la implementación de las acciones planteadas en la estrategia financiera del Plan. En el evento que los ingresos proyectados no alcancen los niveles aquí establecidos, el gobierno local tendrá que ajustar el Plan de Inversiones a los recursos disponibles, promoviendo así la asignación eficiente de los recursos y su impacto en los niveles de gasto. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá D.C., a los 11 días del mes de Septiembre de 2008. IVAN GUILLERMO MENDOZA RAMIREZ Presidente JAL Fontibón YURANI ALEJANDRA DIAZ SUAREZ Secretaria JAL El presente Acuerdo Local es sancionado por la Alcaldesa Local, mediante Decreto Local No. 012 de los (16) días del mes Septiembre de dos mil ocho (2008). BETTY MARIA AFANADOR GARCIA Alcaldesa Local NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4063 de septiembre 19 de 2008. |