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ACUERDO LOCAL 002 DE 2008 (Agosto 31) Por el cual se adopta El Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para la Localidad Quinta de Usme, 2009–2012 "Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor" Usme Positiva, Participativa y Solidaria LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE USME, En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículos 324, el decreto 1421 de 1993 en su articulo 69 numeral 1 y articulo 22 del acuerdo distrital 13 de 2000 ACUERDA: I PARTE PARTE GENERAL TÍTULO I OBJETIVO GENERAL, PRINCIPIOS Y POLÍTICAS DEL PLAN Artículo 1. OBJETIVO GENERAL DEL PLAN Contribuir participativa y solidariamente al mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas de Usme, enfatizando en las niñas, niños, jóvenes y adolescentes, dentro de un enfoque de derechos, poblacional y territorial a través del fortalecimiento de la confianza, la participación, la corresponsabilidad ciudadana y la promoción de la integración urbano rural; que permita la consolidación de una localidad social y económicamente productiva, responsable con el ambiente y la biodiversidad. Una localidad positiva donde la administración impulse y dé ejemplo de solidaridad, respeto, reconciliación, diversidad, equidad de géneros; una localidad positiva donde se busque la convivencia ciudadana y apoye la reconstrucción del tejido social. Artículo 2. Principios de política pública y de acción 1. Coherencia. El accionar de la administración distrital se corresponderá con su discurso y con su manera de entender y pensar la realidad que busca abordar. 2. Integralidad. La administración distrital desarrollará soluciones complejas a las situaciones, involucrando a todos los actores y de manera interinstitucional, intersectorial y multidimensional. 3. Equidad. El accionar de la administración reducirá los factores generadores de desigualdades injustas y evitables, que impiden o dificultan el acceso y disfrute de las oportunidades, a partir del reconocimiento y valoración de las diferencias. 4. Cercanía. Se atenderán las necesidades individuales y colectivas procurando oportunidad, accesibilidad, proximidad, calidad y calidez en la prestación de los servicios. 5. Corresponsabilidad. El gobierno local generará escenarios de discusión y concertación en los que los sectores público, privado y comunitario coadyuven al logro de los propósitos comunes y asuman responsabilidad compartida frente al destino de la ciudad. 6. Solidaridad. El gobierno distrital promoverá que la sociedad, en un esfuerzo conjunto, acoja, privilegie e incluya en los beneficios del desarrollo a las personas y comunidades que se encuentran en desventaja manifiesta frente al ejercicio de sus derechos. 7. Sostenibilidad. La administración local atenderá las necesidades de la población sin poner en riesgo el bienestar de las generaciones futuras. 8. Diversidad. La administración distrital aprovechará al máximo las capacidades y potencialidades de los grupos heterogéneos y valorará a cada quien sea cual sea su clase, etnia, edad, sexo, identidad de género, u orientación sexual, religiosa o política. En virtud de ello la política pública y la atención de las necesidades contendrán acciones afirmativas y se orientarán a desnaturalizar las discriminaciones. 9. Probidad. La administración distrital actuará con rectitud en el ejercicio de lo público y en la administración y manejo de los recursos. Artículo 3 POLITICAS DEL PLAN 1. Desarrollo humano. La acción del gobierno se orientará a garantizar el desarrollo de las capacidades de las personas y su acceso a las oportunidades para ampliar el ejercicio de las libertades humanas. 2. Calidad de vida. El gobierno local propenderá por el mejoramiento de las condiciones de vida y por el bienestar de las bogotanas y bogotanos, buscando el equilibrio entre el incremento de la población, los recursos disponibles y la protección del medio ambiente, en el marco de la dinámica de los procesos de la urbanización y del progreso tecnológico. 3. Lucha frontal contra la pobreza. La administración desarrollará acciones integrales para impulsar la calidad y el acceso a la educación, la salud, la justicia, la seguridad alimentaria, el desarrollo de alternativas para la generación de ingresos, y para actuar sobre todos los factores desencadenantes de pobreza. 4. Cultura ciudadana. Se promoverán cambios en los comportamientos y las actitudes de las y los habitantes de la localidad, orientados a fortalecer el sentido de pertenencia, el respeto, el disfrute de lo colectivo y la planeación. 5. Convivencia. Las acciones de la administración local promoverán la reconciliación y la paz, y la prevención social del delito y de las violencias y conflictividades, en los ámbitos público y privado. 6. Integración territorial. Las acciones de la administración local buscarán mayores niveles de articulación con el territorio rural, la región y las dinámicas nacional e internacional. 7. Ambiente sano y sostenible. La preservación, conservación, uso sostenible y disfrute de los recursos naturales serán prioridad de la administración Local. 8. Cercanía. Se atenderán las necesidades individuales y colectivas procurando oportunidad, accesibilidad, proximidad, calidad y calidez en la prestación de los servicios. 9. Valoración de lo existente. La administración distrital reconoce el camino recorrido y avanzará en la implementación de acciones que den continuidad y enriquezcan las políticas, objetivos, metas e instrumentos de planeación territorial, sectorial y del gasto, armonizándolos entre sí, y con los propósitos del presente plan. 10. Previsión. Las acciones del gobierno solucionarán las necesidades del presente, en el marco de una perspectiva de largo plazo que garantice la capacidad de la administración de anticipar los cambios del entorno y ajustarse a ellos. 11. Defensa de lo público. El Distrito Capital se fortalecerá como espacio ciudadano de defensa del interés colectivo. 12. Perspectiva de derechos. La acción pública se orientará a la promoción, reconocimiento, garantía y restitución de los derechos fundamentales, civiles y políticos, económicos, sociales y culturales, y colectivos, de todas y todos los habitantes de la ciudad, sin distinción de etnia, culto, género o condición socioeconómica. TÍTULO II ESTRUCTURA DEL PLAN DE DESARROLLO OBJETIVOS ESTRUCTURANTES, DESCRIPCIÓN, PROPÓSITOS, ESTRATEGIAS, PROGRAMAS Y METAS Artículo 3. OBJETIVOS ESTRUCTURANTES "La administración Local articulará el conjunto de sus acciones entorno a programas intersectoriales que dan contenido a los siguientes objetivos estructurantes". CAPÍTULO I CIUDAD DE DERECHOS Artículo 5. DESCRIPCIÓN Construiremos una Localidad en la que se garanticen, ejerzan, reconozcan y restablezcan los derechos individuales y colectivos, con la institucionalización de políticas de Estado que permitan trascender los periodos de gobierno y consolidar una Localidad en la cual la equidad, la justicia social, la reconciliación, la paz y la vida en armonía con el ambiente sean posibles para todas y todos. Artículo 6. PROPÓSITOS 1. Que cada vez más ciudadanas y ciudadanos participen de los beneficios del desarrollo y ejerzan sus derechos y libertades. 2. Hacer sostenible el pleno ejercicio de los derechos en función del mejoramiento de la calidad de vida. 3. Garantizar condiciones dignas de seguridad alimentaría, nutrición, salud, educación, bienestar social, ambiente, vivienda, cultura, recreación y justicia con énfasis en las personas más vulnerables. 4. Que la gestión y la inversión social estén en función de la prestación de los servicios sociales en términos de su disponibilidad, acceso, permanencia, calidad y pertinencia. Artículo 7. ESTRATEGIAS 1. Optimizar los sistemas de información que contribuyen a reconocer, identificar y caracterizar las personas en condición de vulnerabilidad. 2. Desarrollar acciones integrales que permitan reconocer, garantizar y restituir los derechos fundamentales de las personas más vulnerables. 3. Armonizar el aumento de cobertura en la prestación de servicios básicos con la satisfacción de estándares de calidad. 4. Eliminar de manera progresiva las barreras físicas, económicas y culturales que impiden el acceso oportuno y equitativo a los servicios sociales, ambientales. Artículo 8. PROGRAMAS 1- Bogotá sana. Garantizar el derecho a la salud, a través de un enfoque promocional de calidad de vida y atención primaria en salud, con el fin de satisfacer las necesidades individuales y colectivas. 2- Fortalecimiento y provisión de los servicios de salud. Generar las condiciones que permitan desarrollar e implementar el modelo de salud para la Localidad organizando la mejor provisión de servicios de salud en respuesta a las necesidades de la población. Complementar los servicios de salud desde la dotación y el fortalecimiento a la ampliación, y adecuación de la infraestructura la cual nos permita tener calidad en el servicio 3- Bogotá bien alimentada. Garantizar el derecho a la seguridad alimentaria y nutricional para toda la población de la localidad en el marco del proyecto de integración de la Región Capital. 4- Alternativas productivas para la generación de ingresos para poblaciones vulnerables. Garantizar el derecho al trabajo con base en el desarrollo de las capacidades y potencialidades de la población. 5- Educación de calidad y pertinencia para vivir mejor. Garantizar a las niñas, niños, jóvenes y personas adultas que habitan en la localidad, el derecho a una educación que responda a las expectativas individuales y colectivas, y a los desafíos de una localidad articulada a una Bogotá global. 6- Acceso y permanencia a la educación para todas y todos. Generar las condiciones para que las niñas, niños y jóvenes accedan y permanezcan en todos los ciclos educativos. 7- Mejoramiento de la infraestructura y dotación de colegios. Generara condiciones que permitan garantizar la oferta educativa suficiente y adecuada para atender las necesidades diferenciales de la población escolar 8- Derecho a un techo. Garantizar de manera progresiva el derecho a la vivienda digna, a través de planes de mejoramiento, reubicación y subsidio, con gestión y apoyo de las entidades distritales y nacionales. 9- En Bogotá se vive un mejor ambiente. Garantizar el derecho a disfrutar de un ambiente sano a través de la implementación de acciones directas de los y las ciudadanas y otras acciones institucionales preventivas. 10- Construcción de paz y reconciliación. La Administración Local apoyará las iniciativas Distritales y Nacionales para permitir la reparación a las víctimas y la integración social de los actores del conflicto armado. 11- Bogotá viva. Ampliar las oportunidades y mejorar las capacidades para que todas y todos accedan, participen, se apropien y realicen prácticas artísticas, patrimoniales, culturales, recreativas y deportivas, atendiendo criterios de identidad, autonomía, proximidad y diversidad. 12- Igualdad de oportunidades y de derechos para la inclusión de la población en condición de discapacidad. Generar acciones para la población en situación de discapacidad que les permita aumentar sus oportunidades y participar en la vida de la localidad y la ciudad. 13- Toda la vida integralmente protegidos. Adelantar acciones para el reconocimiento y valoración positiva de la población según sus ciclos vitales de vida, concibiéndolos como sujetos integrales de derechos, privilegiando de manera especial el desarrollo de las capacidades de las y los jóvenes y la protección al adulto mayor. 14- Bogotá respeta la diversidad. Adelantar acciones afirmativas orientadas a reconocer y restablecer los derechos de los grupos étnicos, comunidades campesinas, poblaciones raizales, de las lesbianas, gays, bisexuales, transgeneristas. 15- Bogotá positiva con las mujeres y la equidad de género. Avanzar en el reconocimiento, garantía y restitución de los derechos humanos de las mujeres y garantizar las condiciones para el ejercicio de sus derechos. CAPÍTULO II DERECHO A LA CIUDAD Artículo 9. DESCRIPCIÓN Construiremos, con la gente y para la gente, una Localidad positiva urbana y rural en la que el desarrollo integral, equitativo y ambientalmente sostenible, oriente las políticas de ordenamiento territorial, de forma tal que se haga efectivo y sostenible el disfrute de los derechos, la reconciliación, la convivencia y la paz. Artículo 10. PROPÓSITOS 1. Dignificar el hábitat, hacer más eficiente la movilidad y generar condiciones de convivencia y seguridad para todas y todos, con base en una política económica a escala humana y en un modelo de desarrollo democrático, social, integral y ambientalmente sostenible. 2. Garantizar la distribución y el acceso equitativo a los servicios, la infraestructura y los equipamientos, en armonía con el ambiente, a fin de que la población cuente con las condiciones necesarias para ejercer el derecho a la ciudad, en el marco de un proceso efectivo de construcción de la Región Capital. 3. Democratizar y hacer equitativo y productivo el uso y la gestión del suelo. 4. Promover e instaurar una cultura de solidaridad, reconciliación y no violencia. 5. Fortalecer la institucionalidad asociada a la seguridad y a la justicia. 6. Usme contará con una estrategia integral de identificación y manejo del riesgo natural y antrópico. 7. Fortalecer la institucionalidad asociada a la seguridad y a la justicia Artículo 11. ESTRATEGIAS 1. Consolidar el modelo de ordenamiento territorial, en armonía con los propósitos del objetivo estructurante "Ciudad de derechos" y del proceso de integración regional. 2. Articular el desarrollo rural al modelo de ordenamiento existente en armonía con la Política Pública de Ruralidad del D.C. 3. Hacer efectiva la función social y ecológica de la propiedad. 4. Desarrollar y armonizar los subsistemas peatonal, vial, de transporte y de regulación y control, del Plan Maestro de Movilidad a nivel local. 5. Promover la convivencia ciudadana a través de acciones que promuevan el sentido de pertenencia, la solidaridad, el respeto a la vida, la identidad y la diversidad. 6. Desarrollar estrategias de prevención con intervenciones integrales para reducir los factores de riesgo generadores de violencia y delincuencia, en las zonas con problemáticas críticas de seguridad y convivencia en la ciudad. 7. Impulsar políticas de prevención y mitigación de riesgos para la intervención correctiva y prospectiva de los factores de amenaza y vulnerabilidad existentes o potenciales. Artículo 12. PROGRAMAS 1. Mejoremos el barrio. Mejorar las condiciones de vida de la población, mediante intervenciones integrales relacionadas con la vida en comunidad, el barrio, la vereda y su entorno. 2. Transformación Urbana Rural Positiva. Gestionar operaciones y proyectos urbanos rurales integrales, prioritarios y estratégicos dinamizadores de equidad y competitividad. 3. Alianzas por el hábitat. Promover la construcción colectiva del hábitat a partir de la vinculación de múltiples agentes, la utilización eficiente de recursos, la adecuada implementación de instrumentos y la coordinación interinstitucional. 4. Ambiente vital. Armonizar el proceso de desarrollo con la recuperación, conservación y consolidación de la estructura ecológica Principal y de los demás factores ambientales de la Región Capital. 5. Bogotá Rural. Vincular el territorio rural a la estrategia de ordenamiento territorial del Distrito Capital, en el marco de la política pública de ruralidad del D.C. 6. Vías para la movilidad. Optimizar la infraestructura vial para mejorar las condiciones de movilidad en la ciudad. 7. Espacio público para la inclusión. Generar, administrar, mantener, proteger y aprovechar el espacio público de la localidad. 8. Bogotá espacio de vida. Reconocer e incorporar el componente cultural en las decisiones de ordenamiento de la ciudad y fortalecer los equipamientos culturales, deportivos y recreativos. 9. Bogotá segura y humana. Generar las condiciones para que la ciudadanía desarrolle su proyecto de vida, ejerza sus derechos libremente y disfrute la ciudad en un entorno seguro y socialmente justo. 10. Amor por Bogotá. Incidir en las formas de sentir, pensar y actuar de la ciudadanía para lograr mayores niveles de convivencia, solidaridad, respeto a la diferencia, sentido de pertenencia e identidad. 11. Bogotá responsable ante el riesgo y las emergencias. Visibilizar el riesgo natural y antrópico y generar corresponsabilidad entre los actores públicos y privados para su reducción. CAPÍTULO III CIUDAD GLOBAL Artículo 13. DESCRIPCIÓN. Construiremos una Localidad positiva, confiable, atractiva, con visión de futuro y competitiva, en armonía con el entorno rural y regional, capaz de poner el crecimiento económico al servicio del desarrollo social, sobre la base de la acción corresponsable entre lo público y lo privado, y el respeto y la preservación del ambiente; una localidad cuyo desarrollo esté basado en la transformación de la capacidad de los individuos, en la producción de conocimiento, en la generación y distribución de la riqueza y en el afianzamiento del capital social; una localidad con la capacidad de pensar y actuar tanto en lo global como en lo local. Artículo 14. PROPÓSITOS 1. Crecer en lo económico en función del desarrollo social, sostenible y equitativo, de la Región Capital. 2. Disminuir las brechas tecnológicas y de conocimiento para afianzar el perfil competitivo de la ciudad. 3. Hacer de la Localidad de Usme un escenario de atracción y retención de inversiones productivas, que hagan uso preferente de los recursos de la región. Artículo 15. ESTRATEGIAS 1. Promover el emprendimiento y el fortalecimiento empresarial. 2. Estimular y establecer alianzas y sinergias público - privadas con criterio de corresponsabilidad. 3. Promover la inserción de la Localidad de Usme en los mercados Distritales, Regionales y Nacionales. Artículo 16. PROGRAMAS 1. Fomento para el desarrollo económico. Promover el emprendimiento, el fortalecimiento empresarial y potenciar los medios de financiación que fomenten la generación de ingresos y oportunidades de empleo. CAPÍTULO IV PARTICIPACIÓN Artículo 17. DESCRIPCIÓN Construiremos una Localidad en la que las ciudadanas y los ciudadanos incidan en la definición, ejecución y seguimiento de las políticas públicas a través de sus representantes y organizaciones, y se hagan corresponsables del proyecto de localidad y ciudad. Artículo 18. PROPÓSITOS 1. Involucrar a la ciudadanía en el proceso de toma de decisiones del gobierno Local. 2. Fortalecer el capital social Artículo 19. ESTRATEGIAS 1. Fortalecer los espacios y mecanismos de participación, control social y representación ciudadana. 2. Promover la democratización de la información y la pedagogía social para el desarrollo de los procesos de deliberación colectiva. Artículo 20. PROGRAMAS 1. Ahora decidimos juntos. Fortalecer las instancias y los mecanismos de participación ciudadana distritales, locales y sectoriales existentes y aquellas creadas en el marco del Sistema Distrital de Participación, fijando los alcances, derechos y deberes en la participación. 2. Organizaciones y Redes sociales. Promover la articulación y el trabajo conjunto entre las instancias de participación y las organizaciones, y fortalecer técnicamente las redes sociales locales y distritales, a fin de contribuir al fortalecimiento del capital social de la localidad y la ciudad. 3. Control social al alcance de todas y todos. Informar, divulgar y hacer pedagogía social para que todos los sectores, segmentos y organizaciones sociales ejerzan efectivamente el control social, y para generar capacidad de gestión de los procesos inherentes a la participación entre las y los servidores públicos. CAPÍTULO V GESTIÓN PÚBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE Artículo 21. DESCRIPCIÓN Construiremos una Localidad articulada con la administración distrital y nacional, la ciudadanía y organismos nacionales e internacionales; una localidad que promueva una gestión integral, efectiva y transparente, que esté al servicio de la ciudadanía, garante de los derechos y la producción de bienes y servicios, a través de mecanismos de interlocución y sistemas de información modernos. Artículo 22. PROPÓSITOS 1. Reafirmar una gestión pública al servicio de la ciudadanía. 2. Garantizar oportunidad, calidad y probidad en el ejercicio de la gestión pública. 3. Acercar el gobierno a la gente. Artículo 23. ESTRATEGIAS 1. Incorporar tecnologías organizacionales, de la información, la comunicación y el conocimiento, que faciliten la gestión con integridad y perspectiva preventiva y sistémica. 2. Fortalecer una cultura organizacional de servicio y calidad. 3. Optimizar los mecanismos de coordinación intra e intersectorial. 4. Hacer de la comunicación y la pedagogía social herramientas de gestión. 5. Desarrollar un modelo de gestión pública participativo. Artículo 24. PROGRAMAS 1. Servicios más cerca del ciudadano. Integrar los diferentes elementos administrativos y tecnológicos del Distrito con el fin de brindar un servicio efectivo a las ciudadanas y ciudadanos, a través de los diferentes canales de atención. 2. Ciudad digital. Consolidar la gobernabilidad a través del uso articulado de las herramientas y recursos que ofrecen las Tecnologías de Información y Comunicación (e-gobierno, e-democracia, e-administración). 3. Comunicación al servicio de todas y todos. Ampliar los canales de interacción y comunicación para la construcción de ciudad y el fortalecimiento de la gestión institucional; promoviendo una cultura de deberes y derechos, permitiendo el acceso a la información, el ejercicio de la participación, la autorregulación y el control social; en un escenario global integrado regional, nacional e internacional. 4. Desarrollo institucional integral. Fortalecer la administración local con entidades y organismos ágiles y efectivos, con servidores competentes, comprometidos y probos, que garanticen la efectividad de la gestión pública, y promuevan el ejercicio de derechos y el cumplimiento de los deberes de la ciudadanía. TÍTULO III INSTANCIAS Y MECANISMOS DE COORDINACIÓN Artículo 25. COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL La administración local dispondrá de los Consejos, Comités y Comisiones locales, para ejecutar de manera integral, armónica y articulada los objetivos trazados en el Plan de Desarrollo 2009-2012 "Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor. Usme positiva, participativa y solidaria", por ello: Los Consejos, Comités y Comisiones locales, serán escenarios principales de articulación, formulación de proyectos de los distintos sectores. Realizarán el seguimiento a la ejecución de los mismos y tendrán el lugar de instancias de coordinación de la gestión local. Los proyectos que lo integran contarán con coordinadores responsables de velar por la acción integrada de las entidades y por la cabal ejecución del Plan en su conjunto. Su tarea estará soportada en un sistema de seguimiento a la inversión que permita dar cuenta del avance en el cumplimiento de los compromisos aquí adquiridos. Finalmente el Gobierno Local debe ser garante de la participación ciudadana y de la debida articulación entre los agentes políticos, técnicos y sociales que participan de los procesos de planeación y las acciones que ocurren en localidad. Para ello deberá consolidar los sistemas locales de participación y de planeación. Artículo 26. COORDINACIÓN CON LOS NIVELES DISTRITAL, REGIONAL Y NACIONAL. El cumplimiento de los compromisos expresados en Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor. Usme positiva, participativa y solidaria"depende no sólo de la acción articulada de la administración local, sino también de la articulación de los procesos de planeación y de la ejecución de las políticas y planes en lo local en concurrencia con otros niveles territoriales como el distrital, departamental y el nacional. Para ello la administración local se propone fortalecer y potenciar las instancias de concertación y trabajo conjunto existente, como los Consejos, Comités y Comisiones. También promover espacios permanentes de discusión y concertación con el Gobierno Nacional, la Corporación Autónoma Regional y los departamentos y municipios de la Región Central, alrededor de temas estratégicos para la localidad, y con el propósito de desarrollar esquemas de solidaridad y corresponsabilidad en lo que se refiere al desarrollo integral de la localidad, la región y el país. Adicionalmente, el gobierno de la localidad fortalecerá la estrategia de cooperación internacional, e identificará proyectos y programas de carácter interadministrativo en los que pueda participar para lograr mayores niveles de ejecución y financiación del plan. SEGUNDA PARTE PLAN DE INVERSIONES TÍTULO IV FINANCIACIÓN, PRESUPUESTOS PLURIANUAL POR OBJETIVOS, PRESUPUESTOS PLURIANUAL POR PROGRAMAS DEL PLAN Artículo 27. FINANCIACIÓN El Plan de inversiones del Plan de Desarrollo 2009-2012. "Bogotá Positiva Para Vivir Mejor Usme positiva, participativa y solidaria" asciende a Cien mil Novecientos Noventa Millones Doscientos Treinta y Cinco Mil Seiscientos Sesenta y Ocho pesos ($100.990.235.668) pesos constantes de 2008. El Plan de inversiones se financiará con los Ingresos Corrientes provenientes de multas y de otros ingresos (fotocopias, entre otras), Transferencias de la administración central y Recursos de Capital provenientes de otros rendimientos de operaciones financieras.
ARTÍCULO 28. PRESUPUESTOS PLURIANUAL POR OBJETIVOS ESTRUCTURANTES DEL PLAN El presupuesto plurianual por Objetivos Estructurantes del plan es el siguiente:
Artículo 29. PRESUPUESTOS PLURIANUAL POR PROGRAMAS DEL PLAN La inversión en cada uno de los programas es la siguiente: PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES 2009 - 2012 POR OBJETIVO ESTRUCTURANTE Y PROGRAMA(Fondos de Desarrollo Local de Usme) Ciudad de derechos
Derecho a la ciudad
Ciudad global
Participación
Gestión pública efectiva y transparente
TÍTULO V EJECUCIÓN Y EVALUACIÓN Artículo 30. EJECUCIÓN La ejecución del Plan de Inversiones dependerá de la estrategia de financiamiento, en el evento que los ingresos proyectados no sean los señalados, la localidad ajustará el plan de recursos a los disponibles a través de los presupuestos anuales. Artículo 31. EVALUACIÓN El alcalde o alcaldesa local realizará la evaluación de gestión y resultados alcanzados durante la vigencia del Plan de Desarrollo Local. TERCERA PARTE METAS TÍTULO VI METAS DEL PLAN Articulo 32. METAS DEL PLAN CIUDAD DE DERECHOS 1. BOGOTA SANA
CIUDAD DE DERECHOS 2. FORTALECIMIENTO Y PROVISION DE LOS SERVICIOS DE SALUD
CIUDAD DE DERECHOS 3. BOGOTÁ BIEN ALIMENTADA
CIUDAD DE DERECHOS 5. ALTERNATIVAS PRODUCTIVAS PARA LA GENERACIÓN DE INGRESOS PARA POBLACIONES VULNERABLES.
CIUDAD DE DERECHOS 6. EDUCACIÓN DE CALIDAD Y PERTINENCIA PARA VIVIR MEJOR
CIUDAD DE DERECHOS 7. ACCESO Y PERMANENCIA A LA EDUCACIÓN PARA TODAS Y TODOS
CIUDAD DE DERECHOS 8. MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA Y DOTACIÓN DE COLEGIOS
CIUDAD DE DERECHOS 9. DERECHO A UN TECHO
CIUDAD DE DERECHOS 10. EN BOGOTÁ SE VIVE UN MEJOR AMBIENTE
CIUDAD DE DERECHOS 11.CONSTRUCCIÓN DE PAZ Y RECONCILIACIÓN
CIUDAD DE DERECHOS 12. BOGOTA VIVA
CIUDAD DE DERECHOS 13. IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y DERECHOS PARA LA INCLUSIÓN DE LA POBLACIÓN EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD.
CIUDAD DE DERECHOS 14. TODA LA VIDA INTEGRALMENTE PROTEGIDOS
CIUDAD DE DERECHOS 15. BOGOTÁ RESPETA LA DIVERSIDAD
CIUDAD DE DERECHOS 16. BOGOTÁ POSITIVA CON LAS MUJERES Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
DERECHO A LA CIUDAD 1. MEJOREMOS EL BARRIO
DERECHO A LA CIUDAD 2. TRANSFORMACIÓN URBANA POSITIVA
DERECHO A LA CIUDAD 3. ALIANZAS POR EL HÁBITAT
DERECHO A LA CIUDAD 4. AMBIENTE VITAL
DERECHO A LA CIUDAD 5. BOGOTA RURAL
DERECHO A LA CIUDAD 6. VÍAS PARA LA MOVILIDAD
DERECHO A LA CIUDAD 7. ESPACIO PÚBLICO PARA LA INCLUSIÓN
DERECHO A LA CIUDAD 9.(Sic) BOGOTÁ ESPACIO DE VIDA
DERECHO A LA CIUDAD 10. BOGOTA SEGURA Y HUMANA
DERECHO A LA CIUDAD 11. AMOR POR BOGOTA
DERECHO A LA CIUDAD 12 BOGOTA RESPONSABLE ANTE EL RIESGO Y LAS EMERGENCIAS
CIUDAD GLOBAL 1. FOMENTO PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO
2. BOGOTA COMPETITIVA E INTERNACIONAL
PARTICIPACION 1. AHORA DECIDIMOS JUNTOS
PARTICIPACION 2. ORGANIZACIONES Y REDES SOCIALES
PARTICIPACION 3. CONTROL SOCIAL AL ALCANCE DE TODAS Y TODOS
GESTIÓN PÚBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE 1. SERVICIOS MÁS CERCA DEL CIUDADANO
GESTIÓN PÚBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE 2. CIUDAD DIGITAL
GESTIÓN PÚBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE 3. COMUNICACIÓN AL SERVICIO DE TODAS Y TODOS
GESTIÓN PÚBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE 4. GESTION DOCUMENTAL INTEGRAL
GESTIÓN PÚBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE 5. DESARROLLO INSTITUCIONAL INTEGRAL
TITULO VII VIGENCIA Articulo 33. VIGENCIA El presente acuerdo rige a partir del 1 de enero de 2009, previa publicación y deroga, modifica o suspende las disposiciones que le sean contrarias. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, a los días del mes de Septiembre de 2008. NELSON GILBERTO VELASCO RUGE Presidente Junta Administradora Local de Usme LUZ STELLA CANO SUÁAREZ Secretaria Junta Administradora Local de Usme JHON FREDY VARGAS LOZANO Alcalde Local de Usme NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4054 de septiembre 8 de 2008. |