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RESOLUCIÓN 004141 DE 2008 (octubre 27) por la cual se modifica la Resolución 3121 de 2008. EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL, en ejercicio de sus facultades legales y en desarrollo de lo señalado en los Decretos 3667 de 2004, 187 de 2005 y 1931 de 2006, en especial las conferidas por el numeral 10 del artículo 2º del Decreto-ley 205 de 2003, RESUELVE: Modifíquese el artículo 2° de la Resolución 3121 de 2008, el cual quedará así:"La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Los ajustes que deban realizarse a los sistemas de los operadores de información y de las administradoras en cumplimiento de esta Resolución deben estar implementados en pruebas a más tardar el 1° de noviembre de 2008, e implantados en producción a más tardar el 24 de noviembre de 2008, de esto quedan exceptuados los apartes relacionados con el tipo de cotizante 40 – BENEFICIARIOUPC ADICIONAL definido en el CAMPO5 – TIPO DE COTIZANTE del artículo 10 de la Resolución 1747 de 2008 y con las planillas tipo M – PLANILLA MORA y N – PLANILLA CORRECCIONES definidas en el CAMPO7 – TIPO DE PLANILLA del artículo 7° de la Resolución 1747 de 2008, los cuales deben estar implementados a más tardar el 28 de febrero de 2009". Artículo 2°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 27 de octubre de 2008. El Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt. (C. F.) NOTA: Publicada en el Diario Oficial 47.158 de octubre 30 de 2008. |