Cargando el Contenido del Documento | |
Por favor espere... |
ACUERDO LOCAL 02 DE 2008 (Septiembre 25) Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Engativá 2009-2012. "ENGATIVÁ POSITIVA PARA VIVIR MEJOR" LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ENGATIVÁ En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política en el artículo 324, el Decreto Ley 1421 de 1993 en su artículo 69 numeral 1 y artículo 22 del Acuerdo Distrital 13 de 2000 y, CONSIDERANDO: 1. Que, el artículo 324 de la Constitución Política de Colombia establece que "Las Juntas Administradoras Locales distribuirán y apropiarán las partidas globales que en el presupuesto anual del Distrito se asignen a las localidades teniendo en cuenta las necesidades básicas insatisfechas de su población". 2. Que, la Ley 152 de 1994 tiene como propósito establecer los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo, así como la regulación de los demás aspectos contemplados por el artículo 342, y en general por el Capítulo 2º del Título XII de la Constitución Política y demás normas constitucionales que se refieren al plan de desarrollo y la planificación. 3. Que, el numeral 1º del Artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993 establece como una de las atribuciones de las Juntas Administradoras Locales la de "Adoptar el Plan de Desarrollo Local en concordancia con el Plan General de Desarrollo Económico y Social de Obras Públicas y el Plan General de Ordenamiento Físico del Distrito, previa audiencia de las organizaciones sociales, cívicas y populares de la localidad". 4. Que el Acuerdo 12 de 1994 establece el estatuto de planeación del Distrito Capital y se reglamenta la formulación, aprobación, la ejecución y la evaluación del Plan de Desarrollo Económico Social y Obras Públicas del Distrito Capital. 5. Que el Acuerdo 13 de 2000 reglamenta la participación ciudadana en la elaboración aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Desarrollo Económico y Social para las diferentes localidades que conforman el Distrito Capital. 6. Que el Decreto 190 del 2004, reglamenta y compila las disposiciones contenidas en los Decretos 619 del 2000 y 469 del 2003, del Plan de Ordenamiento Territorial. 7. Que el Acuerdo 257 del 2006 reglamenta las normas básicas sobre organización y funcionamiento de las entidades de Bogotá, Distrito Capital y expide otras disposiciones. 8. Que mediante Acuerdo 308 de 2008, se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá, D.C., 2009 – 2012 "BOGOTÁ POSITIVA: PARA VIVIR MEJOR". ACUERDA: PARTE I PARTE GENERAL PESPECTIVA LOCAL MISIÓN. Aportar en la construcción de una Localidad más justa, solidaria y fraterna; donde lo social, lo colectivo y la búsqueda del bien común son los postulados que orientan la gestión administrativa pública, para que entre todos, comunidad organizada, Junta Administradora Local y la Administración Local y Distrital logremos el pleno ejercicio de los derechos fundamentales, sociales, económicos, culturales, colectivos y del ambiente para todas y todos. VISIÓN. Hacer de Engativá del 2009 al 2012, una Localidad proyectada a la descentralización administrativa, de acuerdo a sus competencias locales legales, más humana, incluyente, solidaria, competitiva, con capacidad de generar oportunidades de acceso a los servicios y al disfrute de la riqueza colectiva, una localidad que desarrolle sus potencialidades y vocaciones, sustentable y sostenible ambientalmente. Con una comunidad cualificada para asumir los nuevos retos económicos de una Localidad inmersa en el contexto regional nacional e internacional; que articule a las personas, organizaciones sociales e instituciones al interior tanto para la toma de decisiones como para el control social, alrededor de una visión compartida de futuro, con participación ciudadana decisoria y sistemas de regulación para el manejo pacifico de sus diferencias; con una gestión pública transparente, fundamentada en la probidad, la equidad, la eficacia y la solidaridad. TÍTULO I OBJETIVO GENERAL DEL PLAN, PRINCIPIOS DE POLÍTICA PÚBLICA Y DE ACCIÓN Artículo 1. Objetivo General. El Plan de Desarrollo Local "ENGATIVÁ POSITIVA: PARA VIVIR MEJOR", busca afianzar una Localidad en la que todas y todos vivamos mejor. En la que se mejore la calidad de vida de la población y se reconozcan, garanticen y restablezcan los derechos humanos y ambientales con criterios de universalidad e integralidad, convirtiéndose en un territorio de oportunidades que contribuya al desarrollo de la familia, en especial de los niños y niñas en su primera infancia. Una Localidad incluyente, justa y equitativa, en la que la diversidad y la interculturalidad sean una oportunidad y la reconciliación, la paz y la convivencia sean posibles. Una Localidad cuya construcción sea el resultado de un proceso permanente de participación, en el que cada vez más personas se involucren en la discusión y decisión de los asuntos públicos. Una Localidad generadora de oportunidades, próspera, solidaria, competitiva y capaz de generar y distribuir equitativamente la riqueza. Una Localidad en la que todos y todas disfruten de los beneficios del desarrollo. Una Localidad responsable con el ambiente e integrada con las localidades vecinas, con el Distrito y la Nación y con el mundo. Una Engativá Positiva que cuente con una gestión pública efectiva, transparente, abierta a la participación ciudadana y con servicios cercanos a la ciudadanía. Artículo 2. Principios de Política Pública y de Acción Local. 1. Coherencia. El accionar de la Administración Local se corresponderá con su discurso y con su manera de entender y pensar la realidad que busca abordar. 2. Integralidad. La Administración Local ofrecerá soluciones complejas a las situaciones involucrando a todos los actores correspondientes y de manera interinstitucional, intersectorial y multidimensional. 3. Equidad. El accionar de la Administración Local contemplará las diferencias en el acceso y disfrute de las oportunidades y por tanto procurará dar a cada quien lo que necesita, priorizando la población más vulnerable, entendida hasta la población del estrato socioeconómico 3. 4. Cercanía. Se atenderán las necesidades individuales y colectivas procurando oportunidad, accesibilidad, calidad y calidez en la prestación de los servicios, con un modelo de gestión próximo a la gente. 5. Participación. La Administración Local reconocerá y promoverá el valor de la intervención ciudadana en los asuntos públicos, la legitimidad de los diversos intereses y su aporte a la construcción del capital social. 6. Corresponsabilidad. El gobierno de la localidad generará escenarios de discusión y concertación en donde la participación del sector privado y de la ciudadanía coadyuve el cumplimiento de los propósitos comunes. 7. Solidaridad. El gobierno local promoverá que la sociedad, en un esfuerzo conjunto, acoja, privilegie e incluya en los beneficios del desarrollo a las personas que se encuentran en situación de pobreza y vulnerabilidad. 8. Sostenibilidad. La Administración Local atenderá las necesidades del presente sin poner en riesgo el bienestar de las generaciones futuras. 9. Previsión. Las acciones del gobierno local solucionarán dentro de sus competencias las necesidades del presente, en el marco de una perspectiva de largo plazo que garanticen la capacidad de la administración de ajustarse a los cambios en el entorno. 10. Probidad. La administración local actuará con rectitud en el ejercicio de lo público y en la administración y manejo de los recursos. Artículo 3. Políticas. Las Orientaciones ó Directrices que regirán la actuación pública de la Administración Local son: 1. Perspectiva de derechos. La acción pública local se orientará a la promoción, reconocimiento, garantía y restitución de los derechos de las personas, comunidades y grupos poblacionales. Los derechos de las niñas y los niños prevalecerán sobre los derechos de los demás. 2. Desarrollo humano. El desarrollo humano será el fin último del accionar público. El gobierno local intervendrá para conseguir que el crecimiento económico esté al servicio del desarrollo social y de la distribución equitativa de los beneficios del mismo. 3. Lucha frontal contra la pobreza. La Administración Local concentrará las acciones para reducir la pobreza. Para ello impulsará la calidad de la educación, el acceso a la salud, la seguridad alimentaría, la promoción del emprendimiento y acciones afirmativas para la población más vulnerable. 4. Calidad de vida. El mejoramiento de las condiciones de vida y de bienestar de la población será el eje articulador de las políticas de la acción local. Los Objetivos de Desarrollo del Milenio orientarán las acciones de la Administración en este sentido. 5. Prevalencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. La acción de gobierno local se orientará a reconocer, garantizar y restablecer las condiciones necesarias para el ejercicio pleno de los derechos de los niños, las niñas, adolescentes y jóvenes, con especial énfasis en la primera infancia. La ley de Infancia orientara las acciones de La Administración Local en este sentido. 6. Territorio y población. La política pública y su implementación considerarán las diferencias y complementariedades de los distintos niveles de planeación territorial, y las necesidades y derechos de los diferentes grupos poblacionales y etéreos residentes en la Localidad. 7. Diversidad. La atención de las necesidades de las comunidades se llevará a cabo con perspectivas de género, diversidad sexual, ciclo vital, situación socio-económica, condiciones étnicas y culturales a través de la acción articulada de la administración local en su conjunto. 8. Interculturalidad. El gobierno local le apostará a la construcción de la política pública de interculturalidad como proceso horizontal de entendimiento entre grupos étnicos y culturales, reconociendo y contribuyendo a la manifestación y aplicación de los diversos saberes, usos y costumbres. 9. Integración. Las acciones de la Administración Local buscarán lograr mayores niveles de articulación con el territorio rural, la región y las dinámicas nacional e internacional. 10. Gobierno Local. La Administración Local avanzará en el logro de mayores niveles de autonomía y fortalecimiento local. 11. Valorar lo existente. La Administración Local reconoce los logros alcanzados hasta el momento, y con base en ellos avanzará en la implementación de acciones que le den continuidad y enriquezcan las políticas, objetivos, metas e instrumentos de planeación territorial, sectorial y del gasto hasta ahora realizados. 12. Cultura Ciudadana. Se promoverán cambios en los comportamientos y las actitudes de las y los habitantes de la Localidad orientados a fortalecer el sentido de pertenencia, la convivencia, la paz, la reconciliación y el disfrute de lo colectivo. 13. Convivencia. Las acciones de la Administración Local en su conjunto promoverán la prevención social de las violencias, las conflictividades y el delito, y la construcción de la reconciliación y la paz. 14. Ambiente sano y sostenible. La preservación y recuperación de los recursos naturales, ecosistemas y el mejoramiento del ambiente serán prioridad de la Administración Local. 15. La Inversión pública eficiente y responsable. La inversión pública priorizará la necesidad de operar y mantener la inversión hasta ahora realizada y le apostará a hacer de la inversión social una inversión productiva. 16. Defensa de lo público. La Localidad de Engativá se fortalecerá como espacio ciudadano de defensa del interés colectivo. TÍTULO II OBJETIVOS ESTRUCTURANTES, DESCRIPCIÓN, PROPÓSITOS, ESTRATEGIAS, PROGRAMAS Y METAS Artículo 4. Objetivos estructurantes La Administración Local articulará el conjunto de sus acciones entorno a programas sectoriales e intersectoriales que dan contenido a los siguientes objetivos estructurantes. 1. Ciudad de Derechos 2. Derecho a la Ciudad 3. Ciudad Global 4. Participación 5. Gestión Pública Efectiva y Transparente CAPITULO 1. CIUDAD DE DERECHOS Artículo 5. Descripción Construiremos una Localidad en la que se garanticen, ejerzan, reconozcan y restablezcan los derechos individuales y colectivos, en la que se disminuyan las desigualdades injustas y evitables, con la institucionalización de políticas públicas que permitan trascender los periodos de gobierno y consolidar una Localidad descentralizada administrativa, en lo reglamentado legalmente, en la cual la equidad, la justicia social, la reconciliación, la paz y la vida en equilibrio con la naturaleza y el ambiente sean posibles para todas y todos. Artículo 6. Propósitos 1. Que cada vez más ciudadanas y ciudadanos participen de los beneficios del desarrollo y ejerzan sus derechos y libertades. 2. Hacer sostenible el pleno ejercicio de los derechos en función del mejoramiento de la calidad de vida. 3. Garantizar condiciones dignas de seguridad alimentaría para niñez, población escolar y adulto mayor, nutrición, salud, educación, bienestar social, ambiente, cultura, recreación y justicia con énfasis en las personas más vulnerables, y la población desplazada. 4. Que la gestión y la inversión social estén en función de la prestación de los servicios sociales en términos de su disponibilidad, acceso, permanencia, calidad y pertinencia. 5. Que el respeto por los Derechos Humanos y los procesos de desarme y paz que se emprendan en la Localidad, generen espacios de convivencia y reconciliación, que fortalezcan el pacto ciudadano de no violencia la instalación de una cultura de paz. 6. Consolidar una cultura que reconozca y valore los niños, niñas, adolescentes y jóvenes como sujetos plenos de derecho y les otorgue primacía, en consideración a lo crucial en su momento de desarrollo. 7. Respecto por los derechos de los trabajadores, garantizando condiciones de trabajo que contribuyan a la mejor gestión y servicio público para los habitantes de la Localidad. Artículo 7. Estrategias 1. Optimizar los sistemas de información que contribuyen a reconocer, identificar y caracterizar las personas en condición de vulnerabilidad. 2. Desarrollar los planes de acciones afirmativas y demás acciones integrales que permitan reconocer, garantizar y restituir los derechos fundamentales de las personas, comunidades y sectores en condición de riesgo o vulnerabilidad. 3. Mediante la coordinación interinstitucional gestionar y armonizar el aumento de cobertura en la prestación de servicios básicos con la satisfacción de estándares de calidad. 4. Implementar acciones para eliminar de manera progresiva las barreras físicas, económicas y culturales que impiden el acceso oportuno y equitativo a los servicios sociales, ambientales y de vivienda. 5. Desarrollar programas de educación intercultural encaminados a propiciar el dialogo de saberes y costumbres protegiendo el derecho a un territorio sano. 6. Adoptar las expresiones étnicas, sexuales y socioculturales de las personas como un eje articulador de derechos y deberes sociales, políticos, de culto, y económicos. Artículo 8. Programas 1. Bogotá sana: Engativa. Garantizar el derecho a la salud, a través de un enfoque de prevención, promoción y atención primaria en salud, con el fin de satisfacer las necesidades individuales y colectivas de las y los habitantes de la Localidad de Engativa, en coordinación con el Sector Salud Distrital, de manera complementaria. 2. Fortalecimiento y provisión de los servicios de salud. Optimizar la gestión, atención y calidad de los servicios de la salud, mejorando los equipamientos, la dotación y la organización del sistema. 3. Bogotá bien alimentada: Engativa. Propender por el derecho a la seguridad alimentaria y nutricional, en el marco del proceso de integración regional, destinado a la niñez, la población escolar, el adulto mayor, madres gestantes y lactantes, discapacitados, habitantes de la calle y casos excepcionales justificados. 4. Alternativas productivas para la generación de ingresos para poblaciones vulnerables. Mejorar las capacidades de generación de ingresos con base en el desarrollo de las potencialidades de la población vulnerable. 5. Educación de calidad y pertinencia para vivir mejor. Garantizar a las niñas, niños y jóvenes el derecho a una educación que responda a las expectativas individuales y colectivas, a la diversidad, a la interculturalidad y a los desafíos de la Localidad en constante crecimiento. 6. Acceso y permanencia a la educación para todas y todos. Generar las condiciones para que las niñas, niños, adolescentes y jóvenes accedan y permanezcan en todos los ciclos educativos. 7. Mejoramiento de la dotación de colegios. Generar condiciones que permitan garantizar la oferta educativa suficiente y adecuada para atender las necesidades diferenciales de la población escolar. 8. En Bogotá se vive un mejor ambiente: Engativa. Garantizar el derecho a disfrutar de un ambiente sano, a través de la implementación de acciones preventivas y correctivas. 9. Construcción de paz y reconciliación. Generar condiciones que permitan construir paz, promoviendo la solución pacífica de conflictos, la no violencia activa y la garantía efectiva de los derechos de las víctimas y de la población desplazada y fortalecer y los pactos ciudadanos de paz. 10. Bogotá viva: Engativa. Ampliar las oportunidades y mejorar las capacidades para que todas y todos los habitantes de la Localidad de Engativa accedan, participen, se apropien y realicen prácticas artísticas, patrimoniales, culturales, recreativas y deportivas, atendiendo criterios de inclusión, identidad, autonomía, proximidad y diversidad. 11. Igualdad de oportunidades y de derechos para la inclusión de la población en condición de discapacidad. Generar acciones dirigidas a garantizar los derechos de las personas en condición de discapacidad que les aseguren asistencia digna en los servicios sociales y faciliten su inserción en la vida social y productiva de la ciudad. 12. Toda la vida integralmente protegidos. Adelantar acciones para garantizar el ejercicio pleno de los derechos de las personas en cualquier etapa del ciclo vital, reconociendo sus potencialidades y valorando el aporte específico y diferencial que niñas y niños, adolescentes, jóvenes, adultos, personas mayores y las familias, pueden realizar para el logro de una "Engativa Positiva". 13. Bogotá respeta la diversidad: Engativa. Desarrollar e implementar las políticas públicas y los planes de acciones afirmativas orientados a reconocer y restablecer los derechos de los Grupos Religiosos, Afrodescendientes, Indígenas, Rom y Raizales, Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transgeneristas. 14. Bogotá positiva con las mujeres y la equidad de género: Engativa. Avanzar en el reconocimiento, garantía y restitución de los derechos de las mujeres y garantizar las condiciones para el ejercicio efectivo de los mismos, territorializando y haciendo presencia efectiva en las Unidades de Planeación Zonal de la Localidad, garantizando que en cada una se establezca una casa de la igualdad, organizada por las comunidades residentes, en cada una de ellas. Artículo 9. Metas Objetivo Estructurante Ciudad de Derechos
CAPITULO 2. DERECHO A LA CIUDAD Artículo 10. Descripción Construiremos, con la gente y para la gente, una Localidad Positiva, competitiva como escenario de las actividades humanas, en la que el ordenamiento territorial promueva el desarrollo integral, equitativo y ambientalmente sostenible y permita el efectivo disfrute de los derechos, para lo cual desarrollaremos acciones que dignifiquen el hábitat, hagan más eficiente la movilidad, garanticen el acceso equitativo de todos los habitantes a los servicios, la infraestructura y los equipamientos y se generen condiciones de reconciliación, convivencia, paz y seguridad y promuevan la identidad, el reconocimiento de la diversidad y el diálogo intercultural, con base en un modelo de desarrollo democrático, social e incluyente. Artículo 11. Propósitos 1. Dignificar el hábitat a través del mejoramiento y la optimización de las condiciones urbanísticas, constructivas y ambientales de los elementos físicos de la ciudad, la eficiencia en la movilidad y la generación de condiciones de convivencia y seguridad para todas y todos, con base en una política económica a escala humana, que reconozcan las diferencias poblacionales, y en un modelo de desarrollo democrático, social, integral y ambientalmente sostenible. 2. Hacer efectiva la distribución y el acceso equitativo a los servicios, la infraestructura, el espacio público y los equipamientos, en armonía con el ambiente, con el fin de que la población cuente con las condiciones necesarias para ejercer el derecho a la Ciudad y a la Localidad, en el marco de un proceso efectivo de construcción de la Región Capital. 3. Democratizar y hacer equitativo y productivo el uso y la gestión del suelo urbano de la Localidad. 4. Promover e instaurar una cultura de solidaridad, reconciliación y no violencia. 5. Fortalecer la institucionalidad asociada a la seguridad y a la justicia. 6. Implementar una estrategia integral de identificación y manejo del riesgo natural y antrópico. Artículo 12. Estrategias * Consolidar el modelo de ordenamiento territorial, en armonía con los propósitos del objetivo estructurante "Ciudad de Derechos". * Desarrollar y armonizar los subsistemas, de competencia local, peatonal, vial, de transporte y de regulación y control del Plan Maestro de Movilidad. * Promover la convivencia ciudadana, a través de acciones que generen sentido de pertenencia e identidad, solidaridad, y respeto a la vida y a la diversidad. * Desarrollar estrategias y acciones de prevención para reducir los factores de riesgo generadores de violencia y delincuencia, en las zonas con problemáticas críticas de seguridad y convivencia en la Localidad. * Impulsar políticas de prevención y mitigación de riesgos para la intervención correctiva y prospectiva de los factores de amenaza y vulnerabilidad existentes o potenciales, ya sean naturales o antrópicos. * Generar, recuperar, mantener y regular el espacio público para su uso y disfrute como escenario de encuentro, en el que las y los habitantes de la Localidad puedan desarrollar sus intereses culturales, económicos y sociales. * Garantizar y armonizar la provisión y distribución de los equipamientos en el territorio, de acuerdo con las directrices de los planes maestros, y desarrollar los determinantes ambientales, de participación y de información en ellos contenidos. * Lograr convergencia entre el disfrute de los derechos fundamentales y el ejercicio del derecho a la ciudad para mitigar la segregación socioeconómica y espacial. Artículo 13. Programas 1. Mejoremos el barrio. Mejorar las condiciones de vida de la población, mediante intervenciones integrales relacionadas con la vida en comunidad, el barrio y su entorno, en las nueve (9) Unidades de Planeamiento Zonal – UPZ de mejoramiento integral y la optimización de la infraestructura vial local para mejorar las condiciones de movilidad. 2. Ambiente vital. Armonizar el proceso de desarrollo con la recuperación conservación, consolidación y administración de la Estructura Ecológica y los demás factores ambientales de la localidad, a través de acciones de manejo, prevención y control, que aseguren el mejoramiento de la calidad de vida de la población. 3. Espacio público para la inclusión. Generar, administrar, mantener, proteger y aprovechar el espacio público de la localidad, garantizando su disfrute, con criterios de accesibilidad y sostenibilidad ambiental, económica y social. 4. Bogotá espacio de vida: Engativá. Reconocer e incorporar en las decisiones de ordenamiento los componentes cultural, deportivo y recreativo, preservar y fortalecer los respectivos equipamientos y el patrimonio cultural, ambiental y paisajístico de la Localidad. 5. Bogotá segura y humana: Engativá. Generar las condiciones para que todas y todos desarrolle su proyecto de vida, ejerza sus derechos libremente y disfrute la Localidad en un entorno seguro y socialmente justo. 6. Amor por Bogotá: Engativá. Propiciar mayores niveles de convivencia, solidaridad, respeto a las diferencias, sentido de pertenencia e identidad, al igual que una mayor articulación, confianza, respeto y comunicación con las instituciones públicas mediante la implementación de políticas de concientización y cultura ciudadana. 7. Bogotá responsable ante el riesgo y las emergencias: Engativá. Visibilizar el riesgo natural y antrópico y generar corresponsabilidad entre los actores públicos y privados para su prevención, atención y reducción. Así mismo, fortalecer la capacidad institucional local para enfrentar el riesgo y las emergencias. y consolidar un sistema integrado de seguridad y emergencia. Artículo 14. Metas del Objetivo Estructurante Derecho a la Ciudad
CAPÍTULO 3. CIUDAD GLOBAL Artículo 15. Descripción Construiremos una Localidad Positiva, confiable, atractiva, con visión de futuro y competitiva, capaz de poner el crecimiento económico al servicio del desarrollo humano y social, sobre la base del respeto, del ambiente y la diversidad sexual, cultural, religiosa y étnica de la acción corresponsable entre lo público y lo privado, y el respeto y la preservación del ambiente; una Localidad cuyo desarrollo esté basado en la transformación de la capacidad de los individuos, en la producción de conocimiento, en la generación en la distribución de la riqueza y en el afianzamiento del capital social; una Localidad con la capacidad de pensar y actuar tanto en lo global como en lo local. Artículo 16. Propósitos 1. Propender por un desarrollo integral que armonice las actuaciones en lo ambiental, lo territorial y lo socioeconómico. 2. Disminuir las brechas tecnológicas y de conocimiento para afianzar el perfil competitivo de la Localidad. Artículo 17. Estrategias 1. Promover el emprendimiento, el fortalecimiento y la competitividad empresarial de la Localidad. 2. Estimular y establecer alianzas y sinergias público - privadas con criterio de corresponsabilidad. 3. Apoyar y promover la actividad científica, tecnológica y la innovación en la Localidad. Artículo 18. Programas 1. Fomento para el desarrollo económico: Promover la formación para el trabajo, el emprendimiento, el fortalecimiento empresarial y potenciar los medios de financiación que fomenten la generación de ingresos y oportunidades de empleo. 2. Bogotá sociedad del conocimiento: Engativá. Consolidar una sociedad del conocimiento en la que las capacidades científicas, el avance tecnológico, la investigación y la innovación contribuyan al desarrollo social y económico de la Localidad, con criterios de inclusión y equidad. Para ello, se adelantarán acciones que integren la información de oferta laboral y de negocios y mejoren la competitividad empresarial en la Localidad. 3. Bogotá competitiva e internacional: Engativá. Generar ventajas competitivas que conviertan a la ciudad y a la Localidad en un destino atractivo para la inversión y en un foco de desarrollo económico y social. Artículo 19. Metas del Objetivo Estructurante Ciudad Global
CAPÍTULO 4. PARTICIPACIÓN Artículo 20. Descripción Construiremos una Localidad en la que se reconozcan las diferencias entre hombres y mujeres, donde se respete la participación de niños y niñas, adolescentes, jóvenes, sectores LGBT, grupos étnicos y personas en condición de discapacidad o desplazamiento, para que incidan en la definición, ejecución y seguimiento de las políticas públicas, directamente o a través de sus representantes y organizaciones sociales y comunitarias, haciéndose corresponsables del desarrollo integral de la Localidad. Artículo 21. Propósitos 1. Involucrar a la población en el proceso de toma de decisiones del gobierno. 2. Garantizar que los recursos del Fondo de Desarrollo Local de Engativá se ejecute conforme a la participación ciudadana en el Plan de Desarrollo Local y en su presupuesto. 3. Fortalecer el capital social. 4. Promover la organización social y potenciar las capacidades técnicas y políticas de las personas para mejorar su poder de interlocución con las autoridades públicas. 5. Fortalecer las veedurías ciudadanas y el control social a la gestión pública local y sus resultados. Artículo 22. Estrategias 1. Fomentar, fortalecer y cualificar los espacios y mecanismos de participación, control social y representación de la población y sus organizaciones. 2. Implementar sistemas y mecanismos de información y seguimiento a la participación ciudadana en el Plan de Desarrollo Local. 3. Promover la democratización de la información y la pedagogía social para el desarrollo de los procesos de deliberación colectiva y toma de decisiones. 4. Propiciar sinergias entre las iniciativas públicas y las propuestas ciudadanas en torno a temas específicos de la Localidad. Artículo 23. Programas 1. Ahora decidimos juntos. Fortalecer los organismos, las instancias y los mecanismos de participación ciudadana local y sectorial existentes, control social y veedurías ciudadanas, fijando los alcances, derechos y deberes en la participación. 2. Organizaciones Redes sociales. Promover la articulación entre las instancias de participación y las organizaciones, y mejorar la capacidad técnica de las redes sociales locales y distritales, con el fin de contribuir al fortalecimiento del capital social de la Localidad, generando inclusión de los grupos poblacionales, sectoriales y etarios. Artículo 24. Metas del Objetivo Estructurante Participación.
CAPÍTULO 5. GESTIÓN PÚBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE Artículo 25. Descripción Construiremos una Localidad articulada, con una Administración Local que promueva una gestión integral, efectiva y transparente, que esté al servicio de la ciudadanía, garante de los derechos y la producción de bienes y servicios, a través de mecanismos de interlocución y sistemas de información modernos. Artículo 26. Propósitos 1. Reafirmar una gestión pública al servicio de la ciudadanía. 2. Garantizar oportunidad, calidad y probidad en el ejercicio de la gestión pública local. 3. Acercar el gobierno local a los habitantes de la Localidad de Engativá. Artículo 27. Estrategias 1. Incorporar en la administración pública tecnologías organizacionales, de la información, la comunicación y el conocimiento, que faciliten la gestión con integridad y perspectiva preventiva y sistémica. 2. Fortalecer una cultura organizacional de servicio y calidad, en función de los derechos de la ciudadanía. 3. Optimizar los mecanismos de coordinación intra e intersectorial. 4. Hacer de la comunicación y la pedagogía social herramientas de gestión, y de generación de confianza para un servicio ágil, oportuno y de fácil trámite. 5. Desarrollar un modelo de gestión pública participativo, probo y transparente, consolidando la gerencia jurídica pública. Artículo 28. Programas 1. Servicios más cerca del ciudadano. Integrar los diferentes elementos administrativos y tecnológicos de la Administración Local y Distrital con el fin de brindar un servicio efectivo a las ciudadanas y ciudadanos, a través de los diferentes canales de atención y de acuerdo con las necesidades de los grupos poblacionales. 2. Ciudad digital. Consolidar la gobernabilidad electrónica y los servicios a la comunidad a través del uso articulado de las herramientas y recursos que ofrecen las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC). 3. Comunicación al servicio de todas y todos. Ampliar los canales de interacción y comunicación para la construcción de Localidad y el fortalecimiento de la gestión institucional; promoviendo una cultura de deberes y derechos, permitiendo el acceso a la información, el ejercicio de la participación, la autorregulación y el control social, en un escenario global integrado regional, nacional e internacionalmente. 4. Tecnologías de la información y comunicación al servicio de la ciudad. Aprovechar y hacer uso de tecnologías de la información y comunicación para mejorar los servicios de las instituciones y facilitar el acceso a éstas por parte de la comunidad. 5. Desarrollo institucional integral. Fortalecer la Junta Administradora Local con sus competencias constitucionales, legales y funcionales, como Corporación Pública y Primera Autoridad Político Administrativa Local, desarrollando sus proyectos dirigidos a buscar esta finalidad, con resultados cuantificables; y a la Administración Local como una entidad ágil y efectiva, con servidores competentes, comprometidos y probos, que garanticen la efectividad de la gestión pública, la promoción del ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes ciudadanos. Artículo 29. Metas del Objetivo Estructurante Gestión Pública Efectiva y Transparente
TÍTULO III Artículo 30. Proyectos de Gran Impacto (PGI) Son aquellos que brindan soluciones a problemas estructurales comunes a varias Unidades de Planeamiento Zonal – UPZ de la Localidad de Engativá. El área de influencia del proyecto incorpora como mínimo dos o más UPZ. Estos proyectos son la consecuencia de la compilación de las propuestas generadas a través de los Encuentros Ciudadanos y que son concertadas entre la Administración Local, el Consejo de Planeación Local y la Junta Administradora Local de Engativá. Los Proyectos de Gran Impacto son: 1. Programas de Promoción, Prevención y Atención en Salud Integral 2. Prevención, formación y atención integral a personas en situación de violencia intrafamiliar, explotación sexual, abuso sexual, maltrato infantil y embarazos no planeados 3. Adecuar, dotar y fortalecer el sistema Hospitalario Público Local. 4. Apoyo alimentario a la población en condición de vulnerabilidad. 5. Programas de orientación profesional, formación para el trabajo y preparación para la vida a los jóvenes de últimos cursos de educación media y su articulación con la educación técnica y tecnológica. 6. Programa de acciones básicas necesarias de recuperación y protección de los humedales y el sistema hídrico de la Localidad. 7. Fortalecimiento de la Escuela de Formación Artística y Cultural de la Localidad de Engativá y realización de eventos de apropiación cultural y el derecho a la cultura. 8. Reconstrucción, rehabilitación y mantenimiento de la malla vial de la Localidad de Engativá. 9. Programas de fomento al desarrollo empresarial y formación para el trabajo. Artículo 31. Propuestas Estratégicas Zonales (PEZ) Son aquellas que compilan los proyectos de cada una de las Unidades de Planeamiento Zonal – UPZ de la Localidad de Engativá y que dan solución a la problemática específica de cada zona. Son Propuestas Estratégicas Zonales (PEZ): 1. Programas productivos y de generación de ingresos dirigidos a personas en condición de vulnerabilidad (vendedores informales, recuperadores). 2. Programa y/o campaña para generar entornos seguros a los niños, niñas y jóvenes de la Localidad de Engativá. 3. Suscripción de pactos éticos sobre el uso espacio público y pactos de seguridad y convivencia ciudadana. 4. Implementar y fortalecer una programa interinstitucional para el fomento de la ciencia y la tecnología. 5. Implementación de un Portal Interactivo en la Alcaldía Local de Engativá. Artículo 32. Propuestas Estratégicas Locales (PEL) Son aquellas que surgen del análisis de las propuestas zonales y que son implementadas en forma concertada entre los diferentes organismos de la Localidad. Son Propuestas Estratégicas Locales (PEL): 1. Expediciones pedagógicas y refuerzo extra-escolar como alternativas para fortalecer la educación, los valores cívicos y sociales 2. Programas de salud integral a personas en situación de discapacidad de la Localidad. 3. Promover espacios e instancias de participación culturales y deportivas y programas de salud integral para la población en situación de discapacidad. 4. Programa de promoción, sensibilización y capacitación en deberes y derechos para fomentar la participación activa de niñas, niños y adolescentes y atención integral a población expuesta a situación de vulneración de derechos. 5. Actividades lúdicas, recreativas, deportivas y de desarrollo humano para el bienestar del Adulto Mayor. 6. Proceso educativo informal en temas relacionados con Educación Ambiental y protección del Medio Ambiente. 7. Procesos de capacitación en normas de convivencia ciudadana. 8. Creación del Sistema Local de Información de Producción, Desarrollo Empresarial, Oferta y Demanda Productiva. PARTE II PLAN DE INVERSIONES TÍTULO I ESTRATEGIA FINANCIERA DEL PLAN Artículo 33. Estrategia financiera De acuerdo con los objetivos, programas y metas del presente Plan de Desarrollo Local 2009 – 2012, se continuarán mejorando los programas sociales de alto impacto en la lucha contra la pobreza y se realizarán las obras en infraestructura que posibilite hacer más incluyente y positiva la Localidad, lo que permitirá mejorar las condiciones de vida de los habitantes de Engativá. Para tal fin se buscará la eficiencia y la eficacia de la inversión con los recursos existentes, a la vez que se buscarán ingresos adicionales a través de mecanismos de cofinanciación y cooperación con el sector privado y se procurará mejorar los niveles de recaudo de ingresos corrientes locales a través de estrategias conjuntas con la Administración Central, garantizando el cumplimiento de las metas establecidas en el presente Plan de Desarrollo, en armonía con el Plan de Desarrollo Distrital Bogotá positiva: para vivir mejor, privilegiando la inversión social, el desarrollo integral y la modernización de la Localidad. Artículo 34. Plan plurianual de inversiones del Plan de Desarrollo Local – Presupuestos Plurianuales de los Proyectos Estratégicos Locales y Proyectos Estratégicos Zonales. El Plan Plurianual de inversiones está conformado por: 1. Presupuesto plurianual de los programas. 2. Presupuesto plurianual de los Proyectos de Gran Impacto 3. Presupuesto plurianual de los Proyectos Estratégicos Locales y Proyectos Estratégicos Zonales. El 100% del Plan Plurianual de inversiones del Plan de Desarrollo Local de Engativá es el resultado de la suma de los tres presupuestos plurianuales anteriores. Artículo 35. Financiación del Plan. El Plan plurianual de inversiones del Plan de Desarrollo Local "Engativá Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor", asciende a la suma de $146.692,400.000 (Ciento cuarenta y seis mil seiscientos noventa y dos millones cuatrocientos mil pesos) constantes de 2008, de los cuales $310.400.000 (Trescientos diez millones cuatrocientos mil pesos) corresponden a Ingresos Corrientes de la Localidad, generados principalmente por multas, arrendamientos y otros ingresos no tributarios y $ 146.382.000.000 (Ciento cuarenta y seis mil trescientos ochenta y dos millones) a transferencias del Sector Central. Las cifras por fuente de financiación para la ejecución del presente Plan de Desarrollo Local son las siguientes: (miles de $)
Fuente: Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto Artículo 36. Cofinanciación y participación local. La inversión en la Localidad se optimizará a través de esquemas de cofinanciación entre el Gobierno Distrital y la Administración Local en los cuales se potencializarán los recursos de los Fondos de Desarrollo Local como contrapartidas en proyectos de gran impacto social y consecuentes con la coherencia entre la Planeación Local y Distrital. Se fomentará la vinculación y participación activa del sector privado en la realización de proyectos, especialmente de aquéllos que generen impacto en las zonas donde tiene presencia o participación económica, y que contribuyan al desarrollo y la generación de empleo. Se utilizarán la complementariedad, la subsidiariedad y la concurrencia de la Localidad de Engativá y las entidades sectoriales de la Administración Distrital para la provisión de bienes y servicios destinados a poblaciones en condiciones especiales o de vulnerabilidad. Para ejecutar proyectos de impacto en áreas de influencia de Engativá con otras localidades o de localidades con necesidades afines, se promoverá la celebración de convenios que permitan obtener ahorros a escala. Artículo 37. Coordinación con los niveles nacional, regional y distrital. El cumplimiento de los compromisos expresados en el Plan de Desarrollo Local "Engativá Positiva: Para Vivir Mejor" depende no sólo de la acción articulada de la Administración Local, sino también de la integración de los procesos de planeación y de la ejecución de las políticas, planes y programas en concurrencia con otros niveles territoriales como el distrital, departamental y el nacional. Artículo 38. Ejecución. Los recursos disponibles para la ejecución del Plan de Inversiones dependerán de las estrategias de financiamiento. En el evento de que los ingresos proyectados no alcancen los niveles aquí señalados, la Administración Local deberá ajustar el Plan a los recursos disponibles a través de los presupuestos anuales. Artículo 39. Evaluación. El Alcalde Local a través de la Oficina de Planeación Local, efectuará la evaluación de gestión y resultados alcanzados en la ejecución del Plan de Desarrollo Local, para lo cual deberá rendir los informes, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo 13 de 2000 o las normas que lo modifiquen. Artículo 40. Divulgación. La Administración Local organizará campañas pedagógicas de difusión masiva del presente Acuerdo. Artículo 41. Vigencia. El presente Acuerdo Local rige a partir del 1º de Enero de 2009, previa publicación y deroga, modifica o suspende las disposiciones que le sean contrarias. LILIA AVELLA BOJACÁ Presidente JAL MIGUEL ÁNGEL FERREIRA Vicepresidente Sancionado a los (25) del mes de septiembre de 2008. LEONOR GUATIBONZA VALDERRAMA Alcaldesa Local de Engativá ANEXOS. ANEXO I. PLAN FINANCIERO DE INVERSIONES 2009-2012
ANEXO II. PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES 2009 – 2012 POR OBJETIVOS ESTRUCTURANTES
ANEXO III. PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES 2009 – 2012 POR OBJETIVOS ESTRUCTURANTES Y PROGRAMAS
|