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ALCALDÍA LOCAL ANTONIO NARIÑO PLAN DE DESARROLLO ECONOMICO, SOCIAL Y DE OBRAS "Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor - Antonio Nariño: En competitividad, Complementariedad y Oportunidad Para Todas (os)" 2009-2012 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En la construcción de ciudades participativas y solidarias se hace necesario contar con todos los actores sociales generadores de los diversos aspectos del Desarrollo, así como ampliar espacios deliberativos en los que se puedan concertar acuerdos y tomar decisiones que incidan dentro de la vida en comunidad. Con miras a construir escenarios de participación y gobernanza local como garantía del derecho a participar, la interlocución directa con todas las organizaciones sociales, políticas y culturales, entre otras, permitirá trascender las competencias sectoriales para encaminarnos hacia una propuesta integral, que reconozca de una vez por todas que los seres humanos somos indivisibles, pero parte fundamental y esencial en la construcción de la Sociedad. Dentro de este marco de referencia, el ejercicio de la autoridad, universalmente considerada, no se concibe sino a partir del individuo y su desarrollo integral dentro del contexto de la dignidad humana. Por ello toman relevancia los conceptos de equidad de género, población vulnerable, persona discapacitada, niña y persona mayor, como postulados fundamentales para el advenimiento de una sociedad de inclusión. El Plan de Desarrollo Local "Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor - Antonio Nariño: En Competitividad, Complementariedad y Oportunidad para todas" se erige como la carta de navegación de esta localidad, seguro de contribuir con el renacer de un nuevo ciudadano, altamente capacitado en innovación tecnológica, formación de empresa y desarrollo social, capaz de enfrentar con entereza y optimismo los procesos de desarrollo local, distrital y nacional, acordes con la demanda de un mundo globalizado y exigente en competitividad. Este plan pretende promover e incentivar una dinámica social que permita el desarrollo local con perspectiva de planeación desde los derechos humanos, en y con las instituciones públicas, con participación y corresponsabilidad de los sectores productivos y demás actores sociales de la localidad. Al finalizar estos cuatro años de vigencia Antonio Nariño será una localidad moderna, líder en la consolidación de cultura de emprendimiento, tecnología competitiva e innovadora, con procesos sólidos de participación social y comunitaria, está posicionada como gestora de procesos de renovación urbana, prestadora de servicios complementarios, formadora de capital humano, eje de cambio y desarrollo económico - social en el sur de la capital. Antonia C. Suárez Castelblanco Alcaldesa Local Antonio Nariño ACUERDO LOCAL 07 DE 2008 (Septiembre 11) por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para la Localidad XV Antonio Nariño para la vigencia 2009 - 2012 "Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor Antonio Nariño: En Competitividad, Complementariedad y Oportunidad para todas" LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en el artículo 324, el Decreto Ley 1421 de 1993 en su artículo 69 numeral 1 y el artículo 22 del acuerdo 13 de 2000. ACUERDA: I PARTE PARTE GENERAL TÍTULO I OBJETIVO GENERAL, PRINCIPIOS DE POLÍTICA PÚBLICA Y DE ACCIÓN Artículo 1. Objetivo general del Plan El Plan de Desarrollo "Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor - Antonio Nariño: En Competitividad, Complementariedad y Oportunidad para todas" buscará ser modelo de gestión pública hacia la generación y consolidación de la cultura de bienestar y mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes para todos y todas, sin distingos de ninguna clase mediante la gestación de procesos incluyentes participativos que privilegien los intereses colectivos en los ámbitos: educativo, técnico, tecnológico, cultural, social - comunitario, económico, productivo y ambiental. Artículo 2. Principios de política pública y de acción 1. Coherencia. El accionar de la administración local se corresponderá con su discurso y con su manera de entender y pensar la realidad que busca abordar. 2. Integralidad. La administración local desarrollará soluciones complejas a las situaciones, involucrando a todos los actores y de manera interinstitucional, intersectorial y multidimensional. 3. Equidad. El accionar de la administración reducirá los factores generadores de desigualdades injustas y evitables, que impiden o dificultan el acceso y disfrute de las oportunidades, a partir del reconocimiento y valoración de las diferencias. 4. Solidaridad. El gobierno local promoverá que la sociedad, en un esfuerzo conjunto, acoja, privilegie e incluya en los beneficios del desarrollo a las personas y comunidades que se encuentran en desventaja manifiesta frente al ejercicio de sus derechos. 5. Perspectiva de derechos. La acción pública se orientará a la promoción, reconocimiento, garantía y restitución de los derechos fundamentales, civiles y políticos, económicos, sociales, culturales, y colectivos, de todas y todos los habitantes de la localidad, sin distinción de etnia, culto o creencia, género o condición socioeconómica, con especial atención hacia los niños, niñas, adolescentes, jóvenes, personas mayores y por condición especial de discapacidad. 6. Diversidad. La administración local potenciará las capacidades de los grupos heterogéneos, reconociendo las particularidades étnicas, culturales, de edad, de sexo, identidad de género u orientación sexual, religiosa o política. En virtud de ello la política pública y la atención de las necesidades contendrán acciones afirmativas y se orientarán a desnaturalizar las discriminaciones. 7. Interculturalidad. El gobierno local le apostará a la construcción de la política pública de interculturalidad como proceso horizontal de entendimiento entre grupos étnicos y culturales, reconociendo y contribuyendo a la manifestación y aplicación de los diversos saberes, usos y costumbres. 8. Prevalencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. La acción de gobierno se orientará a reconocer, garantizar y restablecer las condiciones necesarias para el ejercicio pleno de los derechos de los niños, las niñas, adolescentes y jóvenes, con especial énfasis en la primera infancia. Lo anterior, en cumplimiento de la Ley 1098 de 2006, el gobierno local dará continuidad a la Política Pública local de Infancia y Adolescencia ajustando sus componentes y ampliando su impacto. 9. Corresponsabilidad. El gobierno local generará escenarios de discusión y concertación en los que los sectores público, privado y comunitario coadyuven al logro de los propósitos comunes y asuman responsabilidad compartida frente al destino de la localidad. 10. Sostenibilidad. La administración local atenderá las necesidades de la población sin poner en riesgo el bienestar de las generaciones futuras. 11. Desarrollo humano. La acción del gobierno se orientará a garantizar el desarrollo de las capacidades de las personas y su acceso a las oportunidades para ampliar el ejercicio de las libertades humanas. 12. Calidad de vida. El gobierno local propenderá por el mejoramiento de las condiciones de vida y por el bienestar de las bogotanas y bogotanos, buscando el equilibrio entre el incremento de la población, los recursos disponibles y la protección del medio ambiente, en el marco de la dinámica de los procesos de la urbanización y del progreso tecnológico. 13. Erradicación gradual de la pobreza. La administración local desarrollará acciones integrales para impulsar la calidad y el acceso a la educación, la salud, la justicia, la seguridad alimentaria, el agua potable y el ambiente sano, así como el desarrollo de alternativas para la generación de ingresos, y para actuar sobre todos los factores desencadenantes de pobreza. 14. Cultura ciudadana. La administración promoverá cambios en los comportamientos y las actitudes de las y los habitantes de la localidad, orientados a fortalecer el sentido de lo público, el disfrute corresponsable de lo colectivo y las condiciones de convivencia y el respeto por el otro. 15. Convivencia y seguridad ciudadana. Las acciones de la administración local promoverán la reconciliación y la paz, la prevención, el alistamiento y la respuesta frente a los delitos, las violencias y conflictividades, en los ámbitos público y privado. Se actuará bajo la concepción de seguridad como un bien público que propicia las condiciones necesarias para la vida digna y el goce pleno de los derechos humanos y la convivencia democrática en un ambiente de solidaridad y desarrollo armónico, con sujeción a las normas. 16. Desarrollo económico. La acción pública se orientará al fomento del crecimiento económico, a través de los arreglos institucionales necesarios para generar un adecuado clima de negocios de diferente escala que permita mejorar el tejido productivo de la localidad, posicionar Antonio Nariño en el ámbito internacional como destino de inversión y turismo, y facilitar la inserción económica de la población, con miras a la distribución equitativa de la riqueza. 17. Consolidación del modelo de ordenamiento. Las acciones de la administración local garantizarán la provisión de espacio público, equipamientos y servicios que constituyen su soporte funcional y administrativo; desarrollarán la Estructura Socioeconómica y Espacial en torno a operaciones estratégicas; y buscará consolidar la Estructura Ecológica. 18. Integración territorial. Las acciones de la administración buscarán mayores niveles de articulación con el territorio rural, la región y las dinámicas nacional e internacional. 19. Ambiente sano y sostenible. La preservación, recuperación, conservación, uso sostenible y disfrute, así como la garantía para el acceso público y democrático de los recursos naturales serán prioridad de la administración local. 20. Agua eje articulador del territorio. Los recursos hídricos, bien mayor en el marco de la protección y garantía de la vida y el desarrollo económico y social, serán protegidos, garantizados y preservados. 21. Cercanía. Se atenderán las necesidades individuales y colectivas procurando oportunidad, accesibilidad, proximidad, calidad y calidez en la prestación de los servicios. 22. Población y territorio. La política pública y su implementación considerarán las formas de apropiación y ocupación del territorio por parte de las poblaciones, resultado de sus diversas culturas y necesidades, en una concepción integral de la planeación urbano-rural y regional, que reconoce las diferencias y complementariedades entre los distintos niveles del territorio. 23. Valoración de lo existente. La administración local reconoce el camino recorrido y avanzará en la implementación de acciones que den continuidad y enriquezcan las políticas, objetivos, metas e instrumentos de planeación territorial, sectorial y del gasto, armonizándolos entre sí, y con los propósitos del presente plan. 24. Previsión. Las acciones del gobierno solucionarán las necesidades del presente, en el marco de una perspectiva de largo plazo que garantice la capacidad de la administración de anticipar los cambios del entorno y ajustarse a ellos. 25. Defensa de lo público. Antonio Nariño se fortalecerá como espacio ciudadano de defensa del interés colectivo. 26. Legitimidad. La administración local promoverá la democracia deliberativa y reconocerá el valor de la participación ciudadana en los asuntos públicos y la diversidad de intereses y su aporte a la construcción del proyecto de ciudad y al fortalecimiento del capital social. 27. Probidad. La administración local actuará con rectitud en el ejercicio de lo público y en la administración y manejo de los recursos. 28. Participación. La administración local en todos sus niveles reconocerá el valor de la intervención ciudadana en los asuntos públicos, la diversidad de intereses y su aporte a la construcción de un proyecto de ciudad, y promoverá el ejercicio de la participación a través de los canales existentes y de los que el gobierno y la propia ciudadanía considere necesarios. La participación será un componente transversal de todas las políticas públicas de la localidad. 29. Fortalecimiento de la acción institucional. En función del fortalecimiento de la acción institucional de la Fuerza Pública y de la promoción del respaldo de la ciudadanía a su misión, se propenderá por el pleno e integral acatamiento de los principios y normas de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, por parte de los miembros de la fuerza pública y de los demás cuerpos de seguridad del Estado, que actúan en el territorio TíTULO II OBJETIVOS ESTRUCTURANTES, DESCRIPCIÓN, PROPÓSITOS, ESTRATEGIAS, PROGRAMAS Y METAS Artículo 3. Objetivos estructurantes La administración local articulará el conjunto de sus acciones entorno a programas intersectoriales que dan contenido a los siguientes objetivos estructurantes. 1. Ciudad de derechos 2. Derecho a la ciudad 3. Ciudad global 4. Participación 5. Gestión pública efectiva y transparente CAPITULO 1. CIUDAD DE DERECHOS Artículo 4. Descripción Construiremos una localidad en la que se garanticen, ejerzan, reconozcan y restablezcan los derechos individuales y colectivos, con la institucionalización de políticas públicas que permitan trascender los periodos de gobierno y consolidar el territorio de tal manera que la equidad, la justicia social, la reconciliación, la paz y la vida en armonía con el ambiente sean posibles para todas y todos. Artículo 5. Propósitos 1. Que cada vez más ciudadanas y ciudadanos participen de los beneficios del desarrollo y ejerzan sus derechos y libertades. 2. Hacer sostenible el pleno ejercicio de los derechos en función del mejoramiento de la calidad de vida. 3. Consolidar una cultura que reconozca y valore a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes como sujetos plenos de derechos y les otorgue primacía en consideración a lo crucial de su momento de desarrollo. 4. Buscar condiciones dignas de seguridad alimentaria, nutrición, salud, educación, bienestar social, ambiente, vivienda, cultura, recreación y justicia con énfasis en las personas más vulnerables. 5. Que el respeto por los DDHH, la restitución de los derechos a la verdad la justicia y la reparación de las víctimas del conflicto y las violencias, y los procesos de desarme, desmovilización y reintegración permitan espacios de convivencia y reconciliación 6. Que la gestión y la inversión social estén en función de la prestación de los servicios sociales en términos de su disponibilidad, acceso, permanencia, calidad y pertinencia. Artículo 6. Estrategias 1. Optimizar los sistemas de información que contribuyen a reconocer, identificar y caracterizar las personas en condición de vulnerabilidad. 2. Desarrollar acciones integrales que permitan reconocer, garantizar y restituir los derechos fundamentales de las personas más vulnerables. 3. Armonizar el aumento de cobertura en la prestación de servicios básicos con la satisfacción de estándares de calidad. 4. Eliminar de manera progresiva las barreras físicas, económicas y culturales que impiden el acceso oportuno y equitativo a los servicios sociales, ambientales y de vivienda. Artículo 7. Programas 1. Bogotá sana. Garantizar el derecho a la salud, a través de un enfoque promocional de calidad de vida y atención primaria en salud, con el fin de satisfacer las necesidades individuales y colectivas. 2. Fortalecimiento y provisión de los servicios de salud. Generar las condiciones que permitan desarrollar e implementar el modelo de salud para la localidad organizando la mejor provisión de servicios de salud en respuesta a las necesidades de la población. 3. Bogotá bien alimentada. Garantizar el derecho a la seguridad alimentaria y nutricional para toda la población, en el marco del proyecto de integración de la Región Capital. 4. Alternativas productivas para la generación de ingresos para poblaciones vulnerables. Mejorar las capacidades de generación de ingresos con base en el desarrollo de las potencialidades de la población, con especial énfasis en mujeres y jóvenes. 5. Educación de calidad y pertinencia para vivir mejor. Garantizar a las niñas, niños y jóvenes que habitan la localidad, el derecho a una educación que responda a las expectativas individuales y colectivas, y a los desafíos de una Bogotá global. 6. Acceso y permanencia a la educación para todas y todos. Generar las condiciones para que las niñas, niños y jóvenes accedan y permanezcan en todos los ciclos educativos. 7. Mejoramiento de la infraestructura y dotación de colegios. Generar condiciones que permitan garantizar la oferta educativa suficiente y adecuada para atender las necesidades diferenciales de la población escolar. 8. Derecho a un techo. Garantizar de manera progresiva el derecho a la vivienda digna, a través del mejoramiento con gestión efectiva en vivienda de interés social con énfasis en vivienda de interés prioritario. 9. En Bogotá se vive un mejor ambiente. Garantizar el derecho a disfrutar de un ambiente sano, a través de la implementación de acciones preventivas y correctivas. 10. Bogotá viva. Ampliar las oportunidades y mejorar las capacidades para que todas y todos accedan, participen, se apropien y realicen prácticas artísticas, patrimoniales, culturales, recreativas y deportivas, atendiendo criterios de identidad, autonomía, proximidad y diversidad. 11. Igualdad de oportunidades y de derechos para la inclusión de la población en condición de discapacidad. Generar acciones para la población en situación de discapacidad que les permita aumentar sus oportunidades y participar en la vida de la ciudad. 12. Toda la vida integralmente protegidos. Adelantar acciones para el reconocimiento y valoración positiva de la población según sus ciclos vitales, concibiéndolos como sujetos integrales de derechos, privilegiando de manera especial el desarrollo de las capacidades de las y los jóvenes y la protección al adulto mayor. 13. Bogotá respeta la diversidad. Desarrollar e implementar las políticas públicas y los planes de acciones afirmativas orientados a reconocer y restablecer los derechos de los grupos religiosos, afrodescendientes, indígenas, rom y raizales, y de las lesbianas, gays, bisexuales y transgeneristas. CAPÍTULO 2. DERECHO A LA CIUDAD Artículo 8. Descripción Construiremos, con la gente y para la gente, una localidad positiva, como escenario de las actividades humanas, en la que el ordenamiento territorial promueva el desarrollo integral, equitativo y ambientalmente sostenible y permita el efectivo disfrute de los derechos, para lo cual desarrollaremos acciones que hagan más eficiente la movilidad, generen condiciones de reconciliación, convivencia, paz y seguridad, y promuevan la identidad, el reconocimiento de la diversidad y el diálogo intercultural, con base en un modelo de desarrollo democrático, social e incluyente. Artículo 9. Propósitos 1. Dignificar el hábitat a través del mejoramiento y la optimización de las condiciones urbanísticas, constructivas y ambientales de los elementos físicos de la localidad, la eficiencia en la movilidad, y la generación de condiciones de equidad, convivencia y seguridad, que reconozcan las diferencias poblacionales, con base en una política económica centrada en las personas y en un modelo de desarrollo democrático, social, integral y ambientalmente sostenible. 2. Hacer efectiva la distribución y el acceso equitativo a los servicios, la infraestructura, el espacio público y los equipamientos, en armonía con el ambiente, con el fin de que la población cuente con las condiciones necesarias para ejercer el derecho a la ciudad, en el marco de un proceso efectivo de construcción de localidad. 3. Promover e instaurar una cultura de solidaridad, reconciliación y no violencia. 4. Fortalecer la institucionalidad asociada a la seguridad y la justicia. 5. Contar con una estrategia integral de identificación y manejo del riesgo natural y antrópico. Artículo 10. Estrategias 1. Consolidar el modelo de ordenamiento territorial, en armonía con los propósitos del objetivo estructurante "Ciudad de derechos" y del proceso de integración regional. 2. Fortalecer la inclusión del territorio en los programas de desarrollo, en cumplimiento del modelo de ordenamiento territorial existente, a través de acciones y proyectos que mejoren la calidad de vida de la población, su acceso a servicios y equipamientos y propicien la integración urbano-rural y regional, en el marco de la protección del patrimonio ambiental de la Región. 3. Promover la convivencia ciudadana, a través de acciones que generen sentido de pertenencia e identidad, solidaridad, y respeto a la vida y a la diversidad. 4. Desarrollar acciones de prevención con intervenciones integrales para reducir los factores de riesgo, generadores de violencia y delincuencia, en las zonas con problemáticas críticas de seguridad y convivencia. 5. Impulsar políticas de prevención y mitigación de riesgos para la intervención correctiva y prospectiva de los factores de amenaza y vulnerabilidad, existentes o potenciales, ya sean naturales o antrópicos. 6. Generar, recuperar, mantener y regular el espacio público para su uso y disfrute como escenario de encuentro, en el que las y los habitantes puedan desarrollar sus intereses culturales, económicos y sociales. 7. Garantizar y armonizar la provisión y distribución de los equipamientos en el territorio, de acuerdo con las directrices de los planes maestros, y desarrollar los determinantes ambientales, de participación y de información en ellos contenidos. 8. Lograr convergencia entre el disfrute de los derechos fundamentales y el ejercicio del derecho a la ciudad para mitigar la segregación socioeconómica y espacial. Artículo 11. Programas 1. Mejoremos el barrio. Mejorar las condiciones de vida de la población, mediante intervenciones integrales relacionadas con la vida en comunidad, el barrio y su entorno. 2. Ambiente vital. Armonizar el proceso de desarrollo con la recuperación, conservación, consolidación y administración de la Estructura Ecológica y de los demás factores ambientales de la localidad, a través de acciones de manejo, prevención y control, que aseguren el mejoramiento de la calidad de vida de la población. 3. Espacio público para la inclusión. Generar, administrar, mantener, proteger y aprovechar el espacio público de la ciudad, garantizando su disfrute, con criterios de accesibilidad y sostenibilidad ambiental, económica y social. 4. Bogotá espacio de vida. Reconocer e incorporar en las decisiones de ordenamiento los componentes cultural, deportivo y recreativo, preservar y fortalecer los respectivos equipamientos y el patrimonio cultural, ambiental y paisajístico. 5. Bogotá segura y humana. Generar las condiciones para que todas y todos logren desarrollar su proyecto de vida, ejerzan sus derechos libremente, y disfruten la localidad en un entorno seguro y socialmente justo. 6. Bogotá responsable ante el riesgo y las emergencias. Visibilizar el riesgo natural y antrópico y generar corresponsabilidad entre los actores públicos y privados para su prevención, atención y reducción. Así mismo, fortalecer la capacidad institucional para enfrentar el riesgo y las emergencias y consolidar un sistema integrado de seguridad y emergencia. CAPÍTULO 3. CIUDAD GLOBAL Artículo 12. Descripción Construiremos una localidad confiable, atractiva, con visión de futuro y competitiva, capaz de poner el crecimiento económico al servicio del desarrollo humano, sobre la base del respeto, la recuperación y preservación del ambiente y la diversidad sexual, cultural, religiosa y étnica, y la acción corresponsable entre lo público y lo privado. Una localidad cuyo desarrollo esté basado en la capacidad de los sujetos, en la producción de conocimiento, en la generación y distribución de la riqueza y en el afianzamiento del capital social. Una localidad con la capacidad de pensar y actuar tanto en lo global como en lo local. Artículo 13. Propósitos 1. Propender por un desarrollo integral que armonice las actuaciones en lo ambiental, lo territorial y lo socioeconómico. 2. Crecer en lo económico en función del desarrollo humano, sostenible y equitativo. 3. Hacer de Antonio Nariño un escenario de atracción y retención de inversiones productivas, que hagan uso preferente de sus recursos. 4. Disminuir las brechas tecnológicas y de conocimiento para afianzar el perfil competitivo de la localidad. Artículo 14. Estrategias 1. Promover los emprendimientos y el fortalecimiento empresarial con énfasis en formas empresariales asociativas y solidarias en los sectores poblacionales más vulnerables. 2. Estimular y establecer alianzas y sinergias entre instituciones públicas y privadas con criterio de corresponsabilidad. 3. Fortalecer la actividad científica, tecnológica y de innovación para consolidar la localidad como una sociedad del conocimiento. 4. Promover la inserción de Antonio Nariño en los mercados internacionales. 5. Desarrollar instrumentos que permitan concretar acciones de coordinación para la planeación, gestión y operación local. Artículo 15. Programas 1. Fomento para el desarrollo económico. Generar condiciones favorables para la creación y desarrollo de alternativas productivas y el fortalecimiento empresarial, mediante la puesta en marcha de esquemas de financiación que fomenten la generación de ingresos y oportunidades de empleo; la promoción de las capacidades y las potencialidades de las personas, en consonancia con la dinámica productiva y laboral de la localidad. 2. Bogotá sociedad del conocimiento. Consolidar una sociedad del conocimiento en la que las capacidades científicas, el avance tecnológico, la investigación y la innovación contribuyan al desarrollo social y económico del territorio, con criterios de inclusión y equidad. 3. Bogotá competitiva e internacional. Generar ventajas competitivas que conviertan Antonio Nariño en un destino atractivo para la inversión y en un foco de desarrollo económico y social en el contexto nacional e internacional. CAPÍTULO 4. PARTICIPACIÓN Artículo 16. Descripción Construiremos una localidad en la que se reconozcan las diferencias entre hombres y mujeres, donde se fortalezca la participación de niños y niñas, adolescentes, jóvenes, sectores LGBT, grupos étnicos y personas en condición de discapacidad o desplazamiento, para que incidan en la definición, ejecución y seguimiento de las políticas públicas, directamente o a través de sus representantes y organizaciones, haciéndose corresponsales del desarrollo integral de la ciudad. Artículo 17. Propósitos 1. Involucrar a la población en el proceso de toma de decisiones del gobierno. 2. Garantizar que los recursos del Fondo de Desarrollo Local –FDL- se ejecuten conforme a la participación ciudadana en el plan de desarrollo y en el presupuesto. 3. Fortalecer el capital social. 4. Promover la organización social y potenciar las capacidades técnicas y políticas de las personas para mejorar su poder de interlocución con las autoridades públicas. 5. Fortalecer el control social a la gestión pública y sus resultados, en el ámbito local. Artículo 18. Estrategias 1. Fomentar, fortalecer y cualificar los espacios y mecanismos de participación, control social y representación de la población y sus organizaciones. 2. Implementar sistemas y mecanismos de información y seguimiento a la participación ciudadana al plan de desarrollo local. 3. Promover la democratización de la información y la pedagogía social para el desarrollo de los procesos de deliberación colectiva. 4. Propiciar sinergias entre las iniciativas públicas y las propuestas ciudadanas en torno a temas específicos de la vida de la localidad. Artículo 19. Programas 1. Organizaciones y redes sociales. Promover la articulación entre las instancias de participación y las organizaciones, y mejorar la capacidad técnica de las redes sociales locales, con el fin de contribuir al fortalecimiento del capital social y la construcción colectiva de la ciudad, generando inclusión de los grupos poblacionales, sectoriales y etéreos. CAPÍTULO 5. GESTIÓN PÚBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE Artículo 20. Descripción Construiremos una localidad articulada con los diferentes entes territoriales, con una administración local que promueva una gestión integral, efectiva y transparente, que esté al servicio de la comunidad, garante de los derechos y la producción de bienes y servicios, a través de mecanismos de interlocución y sistemas de información modernos. Artículo 21. Propósitos 1. Reafirmar una gestión pública al servicio de la ciudadanía. 2. Garantizar oportunidad, calidad y probidad en el ejercicio de la gestión pública. 3. Acercar el gobierno a la gente. Artículo 22. Estrategias 1. Incorporar en la administración pública tecnologías organizacionales, de la información, la comunicación y el conocimiento, que faciliten la gestión con integridad y perspectiva preventiva y sistémica. 2. Fortalecer la cultura organizacional de servicio y calidad, en función de los derechos de la ciudadanía. 3. Optimizar los mecanismos de coordinación intra e intersectorial. 4. Hacer de la comunicación y la pedagogía social herramientas de gestión y de generación de confianza para un servicio ágil, oportuno y de fácil trámite. 5. Consolidar la gerencia jurídica pública. Artículo 23. Programas 1. Servicios más cerca del ciudadano. Integrar los diferentes elementos administrativos y tecnológicos de la localidad con el fin de brindar un servicio eficiente a la comunidad, a través de los diferentes canales de atención y de acuerdo con las necesidades de los grupos poblacionales. 2. Desarrollo institucional integral. Fortalecer la administración local garantizando su capacidad operativa y apoyando el proceso de descentralización de funciones, con el fin de alcanzar resultados eficaces y eficientes atendiendo las necesidades priorizadas. TÍTULO III METAS DE PROYECTOS Artículo 24. Metas de Proyectos
TITULO IV METAS DE GESTION Artículo 25. Al no contemplarse recurso suficiente para la consolidación de las propuestas en Encuentros Ciudadanos, se incorpora al Plan de Desarrollo las Metas de Gestión que deberán ser evaluadas por la Administración pero que no serán tenidas en cuenta para el porcentaje de la ejecución.Articulo 26. Considérese como meta de Gestión las siguientes: - "Política de gestión de acciones para eliminar el tráfico ilegal de fauna exótica y especies en vías de extinción". - "Política de gestión a la alcaldía mayor y Secretaría de Educación del distrito para poner en marcha el servicio social agrario en lugar del servicio militar para jóvenes". - "Política de gestión ante las entidades competentes para colocación y mantenimiento de hidrantes en la localidad". - "Gestionar otros recursos para arreglo de vías locales". - "Política de gestión ante la Secretaría de movilidad de la señalización y semaforización de las vías y cicló rutas locales que incluyan la población invidente y discapacitados". - "Política de gestión ante la Secretaría de movilidad para la capacitación ciudadana en la prevención de accidentes". - "Política de gestión ante la Secretaría de integración Social para la adecuación de los jardines infantiles existentes y ampliación de cobertura en la localidad mediante la implementación de todas las estrategias que se pueden generar". - "Generar espacios para crear sentido de pertenencia a nivel local y apoyo para reapertura, acompañamiento y apropiación del Hospital San Juan de Dios, Gestionar a nivel local, distrital, departamental y nacional su reconocimiento dentro del proyecto Ciudad Región, Ciudad Salud y en lo posible conformar una mesa inter disciplinaria para su seguimiento". - "Caracterización de las entidades distritales y espacios culturales y deportivos para el uso y disfrute de la comunidad residente y flotante en las que se pueden vincular y recibir recursos del nivel central y descentralizado". - "Gestionar la inclusión en el Plan de Obras de distrito, la construcción de la avenida mariscal Sucre y la Avenida Fucha en la localidad". - "Gestión y Fortalecimiento de antiguos y nuevos escenarios culturales y deportivos, metropolitanos y zonales". - "Reconocimiento y preservación del patrimonio cultural local". - "Promover y fortalecer el sistema local de participación a partir de la política pública". - "Gestionar la caracterización y normatización de la centralidad Restrepo con miras a la creación de distrito comercial". - "Generación de oportunidades de empleo con base en las características productivas locales". - "Fortalecer, promover y generar procesos de asociatividad para impulsar las cadenas productivas existentes en la localidad". - "Consolidar en mercados internacionales la producción de nuestras cadenas productivas representativas cuero, calzado, marroquinería y textiles". - "Propiciar acciones tendientes a la conservación y mejoramiento de los recursos naturales". - "Concretar acciones encaminadas para asegurar la sostenibilidad alimentaria de los comedores escolares de los colegios distritales de la localidad". - "Avanzar en la consolidación de los sistemas locales de cultura y deporte buscando el aprovechamiento del tiempo libre, la competitividad, la vida saludable y la recreación de los grupos etéreos de la localidad". - "Articular programas locales para la prevención integral de los riesgos a los que está expuesta la juventud y crear oportunidades de formación e inclusión a la vida productiva". - "Promover y gestionar la ampliación de cupos en edad de preescolar en las instituciones educativas distritales locales". - "Consolidar la organización de los adultos mayores de la localidad para el mejoramiento de su calidad de vida, el respeto para su dignidad y la utilización del tiempo libre". - "Gestionar la continuidad de la construcción del parque lineal de la ronda del río Fucha". - Gestionar con la Secretaria de Educación la implementación del programa de articulación de educación media a la superior en la Localidad Antonio Nariño. Articulo 27. La Administración en su informe de rendición de cuentas deberá informar sobre los avances de las Metas de Gestión. TÍTULO V INSTANCIAS Y MECANISMOS DE COORDINACIÓN Articulo 28. Coordinación interinstitucional. Con el fin de ejecutar de manera integral, armónica y articulada los objetivos trazados en el plan de desarrollo "Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor - Antonio Nariño: En Competitividad, Complementariedad y Oportunidad para todas", la administración local hará uso de los Comités Sectoriales y de las Comisiones Intersectoriales. Así, los Comités Sectoriales serán el escenario privilegiado de la articulación necesaria para la formulación de las políticas y las estrategias de los distintos sectores, y para la realización del seguimiento a la ejecución de las mismas. Igualmente, las Comisiones Intersectoriales servirán como instancias de coordinación de la gestión local y de orientación para la adecuada ejecución de las funciones y la prestación de los servicios que comprometan a entidades que pertenezcan a distintos sectores administrativos. Además, tanto los objetivos estructurantes como los programas que los integran contarán con coordinadores responsables de velar por la acción integrada de las entidades y por la cabal ejecución del plan en su conjunto. Su tarea estará soportada en un sistema de seguimiento a la inversión que permita dar cuenta del avance en el cumplimiento de los compromisos aquí adquiridos, tanto por sector, como por objetivo estructurante. Así garantizará que el ejercicio de la planeación local y su ejecución sean complemento esencial de las acciones del gobierno local. Finalmente el gobierno local debe ser garante de la participación ciudadana y de la debida articulación entre los instrumentos de planeación territorial, sectorial y del gasto, entre los agentes políticos, técnicos y sociales que participan de los procesos de planeación, y entre las acciones que ocurren en los distintos niveles territoriales. Para ello deberá poner en marcha y consolidar los sistemas local de participación y de planeación. II PARTE PLAN DE INVERSIONES TÍTULO ÚNICO ESTRATEGIA FINANCIERA Artículo 29. Estrategia financiera De acuerdo con los objetivos, programas y metas del presente Plan de Desarrollo se continuarán mejorando los programas sociales de alto impacto en la lucha contra la pobreza y se realizarán las obras en infraestructura que posibilite hacer más incluyente y positiva la localidad, lo que permitirá mejorar las condiciones de vida de los habitantes de la Localidad Antonio Nariño. Para tal fin se buscará la eficiencia y la eficacia de la inversión con los recursos existentes, a la vez que se buscarán ingresos adicionales a través de mecanismos de cofinanciación y cooperación con el sector privado y se procurará mejorar los niveles de recaudo de ingresos corrientes locales a través de estrategias conjuntas con la administración central, garantizando el cumplimiento de las metas establecidas en el presente Plan de Desarrollo, en armonía con el Plan de Desarrollo Distrital, privilegiando la inversión social, el desarrollo integral y la modernización de la ciudad de la localidad. Se procurará mejorar los niveles de recaudo de ingresos corrientes locales a través de estrategias conjuntas con la administración central. Articulo 30. Financiación El Plan Plurianual de Inversiones del Plan de Desarrollo "Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor - Antonio Nariño: En Competitividad, Complementariedad y Oportunidad para todas" se estima en un monto de $ 40.399.571.123 cuarenta mil trescientos noventa y nueve millones quinientos setenta mil ciento veinte y tres pesos constantes de 2008. Se financiará con Transferencias de la Administración Central, Recursos de Capital e Ingresos Corrientes, de los cuales $295.145.407 doscientos noventa y cinco millones ciento cuarenta y cinco mil cuatrocientos siete pesos, es decir el 0.70% corresponden a ingresos corrientes y $ 40.104.425.716 cuarenta mil ciento cuatro millones cuatrocientos veinticinco mil setecientos dieciséis pesos a transferencias del nivel distrital, con una participación del 99.30% Articulo 31. Ejecución. Los recursos disponibles para la ejecución del Plan de Inversiones dependerán de la implementación de las acciones planteadas en la estrategia financiera del Plan. En consecuencia, en el evento que los ingresos proyectados no alcancen los niveles establecidos, se ajustará a través de los presupuestos anuales, para lo cual se considerará la importancia que tenga cada programa y los niveles y capacidad de ejecución de cada Unidad Ejecutora Local. Artículo 32. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, Dado en Bogotá D.C. a los (11) días del mes de septiembre de dos mil ocho (2008). GIOVANNI A. MONROY PARDO Presidente JAL. VÍCTOR MANUEL SILVA AMAYA Presidente Comisión II LIDIA TERESA BELTRÁN GUTIÉRREZ Secretaria JAL. Sancionado a los treinta (30) dias del mes de septiembre dos mil ocho (2008). ANTONIA SUÁREZ CASTELBLANCO Alcaldesa Local. ANEXOS: ANEXO: 1 FINANCIACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO PLAN FINANCIERO LOCALIDAD ANTONIO NARIÑO 2009 - 2012
ANEXO: 2 PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES A NIVEL DE OBJETIVO ESTRUCTURANTE
Ane xo: 3PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES 2.009-2012 POR OBJETIVO ESTRUCTURANTE Y PROGRAMA Ciudad de Derechos
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4075 de octubre 8 de 2008. |