RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

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Proyecto de Acuerdo 661 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No. 661 DE 2008

Ver Acuerdo Distrital 357 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.

"POR EL CUAL SE OTORGAN PRECISAS FACULTADES EXTRAORDINARIAS AL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D. C."

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

INTRODUCCIÓN

Las recientes políticas del Gobierno Nacional, fundamentadas en la Carta Política y concretadas en la Reforma de la Seguridad Social, Leyes 100 de 1993 y 1122 de 2007, ordenan al Estado propender por una mayor cobertura en salud, buscando responder de manera óptima a los requerimientos de atención de la población con necesidades básicas insatisfechas, para la cual ha creado incentivos que se orientan específicamente hacia el subsidio de servicios básicos de salud de la población sin seguridad social.

En tal sentido, el Gobierno presentó las reformas que ayudan a cumplir la Constitución Política de Colombia, garantizando a toda la población el servicio de salud a través de los dos regímenes: contributivo, con cubrimiento no sólo para quien tiene capacidad de pago, sino también para toda su familia; y el subsidiado, dirigido a la población de escasos recursos que recibe subsidio del Estado para cubrir sus necesidades de salud en los niveles o grados de complejidad (baja, mediana y alta) técnico científica.

Cabe anotar que en este segundo régimen, se subsidia a las personas de escasos recursos que no reciban servicios de salud de ninguna entidad. Para otorgar este subsidio se presenta la posibilidad de crear EPS (EPSS) subsidiada, pública, o empresa sin ánimo de lucro, en los Municipios donde más se requiera este Servicio.

Adicionalmente, se pretende que la comunidad se interese por conocer los programas del gobierno nacional y territorial, los cuales ayudan a solucionar sus necesidades insatisfechas. En la propuesta específica de creación de la EPSS se propone que la comunidad se encargue de ser veedora de los recursos asignados para financiar las necesidades de salud de la población, de acuerdo a los requerimientos que ofrece el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado.

En ese contexto surge el proyecto de promoción, organización y puesta en funcionamiento de una EPS Distrital, la cual contribuirá a solucionar en parte el problema del servicio a la población de escasos recursos y a la vez consolidará la empresa que se encargará de manejar los recursos dados por la entidades, destinados a ofrecer un buen servicio de salud a los afiliados.

SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL

El Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) se ha constituido en el nuevo paso de organización en salud en el territorio nacional bajo la consigna del aseguramiento, afiliación y atención de la población del territorio nacional, en cumplimiento de los principios de solidaridad, universalidad, eficiencia y equidad en la prestación de servicios de salud, su oportunidad, calidad y accesibilidad con cubrimiento en el territorio nacional a través de:

*El Régimen Contributivo, creado para la afiliación y aseguramiento en salud de la población con capacidad de pago.

*El Régimen Subsidiado organizado para la afiliación y aseguramiento de la población pobre y vulnerable sin capacidad de pago.

*La atención de la población pobre no asegurada, establecida para atender a la población sin capacidad de pago no afiliada por ningún sistema de salud (población vinculada).

ESTUDIO DE VIABILIDAD JURIDICA

A continuación se presentan algunos extractos del estudio adelantado por la Universidad de la Sabana, que sirven para fundamentar la viabilidad jurídica de la propuesta:

LEY 100 DE 1993

El Sistema General de Seguridad Social en Salud contenido en esta ley es el conjunto de instituciones, normas y procedimientos que disponen las personas y la comunidad para gozar de una calidad de vida. Hace referencia directa a los individuos en particular y a la sociedad en general. La Ley 100 de 1993 establece el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), desarrolla los fundamentos que lo originan, determinan su dirección, organización y funcionamiento, sus normas administrativas, financieras y de control y las obligaciones que se derivan de su aplicación. Dentro de sus objetivos, plantea la cobertura universal de los colombianos.

El Sistema Integral de Seguridad Social está conformado por cinco libros y son: El libro del Sistema General de pensiones, el libro de Seguridad Social en Salud, el libro de Riesgos Profesionales, el libro de Servicios Sociales Complementarios y el libro de Regímenes Especiales o de excepción. Conforme a lo consagrado en la Ley 100 de 1993, sobre la organización del Sistema General de Seguridad Social en Salud, éste se compone de aseguradoras, administradoras y prestadores de servicios de salud.

SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD –SGSSS-

Es el conjunto de normas, instituciones y procedimientos creados por la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios para mejorar la calidad de vida de la población colombiana protegiéndola contra riesgos que afectan su salud. Así mismo, es la forma como se brinda un seguro que cubre los gastos de salud a los habitantes del territorio nacional, colombianos y extranjeros.

Los Objetivos del Sistema General de Seguridad Social en Salud son: Regular el servicio público esencial de salud y crear condiciones de acceso de toda la población al servicio en todos los niveles de atención.

Los principios por los cuales se rige el sistema son:

*Equidad. El Sistema General de Seguridad Social en Salud proveerá gradualmente servicios de salud de igual calidad a todos los habitantes en Colombia, independientemente de su capacidad de pago.

*Obligatoriedad. La afiliación al sistema de Seguridad Social en Salud es obligatoria para todos los habitantes en Colombia.

En consecuencia, corresponde a todo empleador la afiliación de sus trabajadores a este Sistema y del Estado facilitar la afiliación a quienes carezcan de vínculo con algún empleador o de capacidad de pago.

*Protección Integral. El Sistema General de Seguridad Social en Salud brindará atención en salud integral a la población en sus fases de educación, información y fomento de la salud y la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, en cantidad, oportunidad, calidad y eficiencia, de conformidad con lo previsto en le Plan Obligatorio de Salud.

*Libre Escogencia. El Sistema General de Seguridad Social en Salud permitirá la participación de diferentes entidades que ofrezcan la administración y la prestación de los servicios de salud, bajo las regulaciones y vigilancia del Estado y asegurará a los usuarios libertad en la escogencia entre las Entidades Promotoras de Salud Y los Prestadores de Servicios de Salud cuando ello sea posible según las condiciones de oferta de servicios.

*Autonomía de las Instituciones. Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud tendrán, a partir del tamaño y complejidad que reglamente el gobierno, personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.

*Descentralización administrativa. La organización del Sistema General de Seguridad Social en Salud será descentralizada y de ella harán parte las direcciones seccionales, distritales y locales de salud.

*Participación Social. El Sistema General de Seguridad Social en Salud estimará la participación de usuarios en la organización y control de las instituciones del Sistema General de Seguridad Social en Salud y del sistema en su conjunto. Será obligatoria la participación de los representantes de las comunidades de usuarios en las juntas directivas de las entidades de carácter público.

*Concertación. El Sistema General de Seguridad Social en Salud proporcionará la concertación de los diversos agentes en todos los niveles y empleará como mecanismo formal para ello a los consejos nacional, departamentales, distritales y municipales de Seguridad Social en Salud.

*Calidad. El Sistema General de Seguridad Social en Salud establecerá mecanismos de control a los servicios para garantizar a los usuarios calidad en la atención oportuna, personalizada, humanizada, e integral.

Tipos de Planes en el SGSSS.

Sobre los tipos de planes ofrecidos en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, el Art. 3° del Decreto 806 de 1998 indica que existen únicamente los siguientes planes de beneficios:

1. Intervenciones Colectivas del Plan Nacional de Salud Pública. Artículos 32 y 33 de la Ley 1122 de 2007, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008.

2. Plan Obligatorio de Salud del Régimen Contributivo, POS.

3. Plan Obligatorio de Salud del Régimen Subsidiado, POSS.

4. Atención en accidentes de tránsito y eventos catastróficos.

5. Atención inicial de urgencias.

LAS ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO EPSS.

Las entidades que a la vigencia de la ley 1122 de 2007 administran el régimen subsidiado se denominarán en adelante Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado (EPSS). Cumplirán con los requisitos de habilitación y demás que señala el reglamento. Son EPS del Régimen Subsidiado, las Empresas Solidarias de Salud -ESS-, las Cajas de Compensación Familiar CCF y las Empresas de naturaleza pública, privada o mixta, según lo definido por el artículo 1º del Decreto 1804 de 1999, siempre que cumplan con las condiciones de habilitación establecidas por el Decreto 515 de 2004 y las Resoluciones 581 y 1139 de 2004.

La Ley 100 de 1993 establece en sus artículos 180 y 181 que la Superintendencia Nacional de Salud autorizará como Entidades Promotoras de Salud, a las siguientes entidades:

a. El Instituto de Seguros Sociales;

b. Las cajas, fondos, entidades o empresas de previsión y seguridad social del sector público, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 236 de la Ley 100;

c. Las entidades que por efecto de la asociación o convenio entre las cajas de compensación familiar o la existencia previa de un programa especial patrocinado individualmente por ellas se constituyan para tal fin;

d. Las entidades que ofrezcan programas de medicina prepagada o de seguros de salud, cualquiera sea su naturaleza jurídica;

e. Las Entidades Promotoras de Salud que puedan crear los departamentos, distritos y municipios y sus asociaciones (negrilla). Para ello podrán también asociarse con entidades hospitalarias públicas y privadas;

f. Los organismos que hayan sido organizados por empresas públicas o privadas para prestar servicios de salud a sus trabajadores con anterioridad a la vigencia de la presente Ley, siempre que se constituyan como personas, jurídicas independientes;

g. Las organizaciones no gubernamentales y del sector social solidario que se organicen para tal fin, especialmente las empresas solidarias de salud y las de las comunidades indígenas;

h. Las entidades privadas, solidarias o públicas que se creen con el propósito específico de funcionar como Entidad Promotora de Salud.

Teniendo en cuenta además que de acuerdo con los ajustes a la operación del régimen subsidiado y en consideración a la necesidad de garantizar un mayor compromiso, impacto y responsabilidad social, las nuevas EPSS que sean creadas y autorizadas para operar el régimen subsidiado en el país, serán necesariamente entidades públicas y/o privadas sin ánimo de lucro de acuerdo con lo definido por el artículo 127 de la Ley 812 de 2003.

Desde el punto de vista de la habilitación, la entidad interesada (única o resultante de la asociación de dos o más entidades) debe cumplir la totalidad los requisitos de idoneidad impuestos, prestando especial atención a dos aspectos: el primero, las condiciones de incompatibilidad definidas en el estándar N° 2 de Condiciones Técnico Administrativas y que las entidades que hacen parte de la forma asociativa no haya solicitado su habilitación de forma independiente. Son funciones de las EPSS las siguientes:

1. Promover la afiliación de la población beneficiaria del régimen subsidiado, garantizando la libre elección por parte del beneficiario.

2. Afiliar a la población beneficiaria de subsidios y entregar el carné correspondiente que lo acredita como afiliado, en los términos fijados por las normas vigentes.

3. Administrar el riesgo en salud de sus afiliados, como aseguradoras y administradoras que son, procurando disminuir la ocurrencia de eventos previsibles de enfermedad o de eventos de enfermedad sin atención, evitando en todo caso la discriminación de personas con altos riesgos o enfermedades costosas.

4. Informar al beneficiario sobre aquellos aspectos relacionados con el contenido del POS-S, procedimientos para la inscripción, redes de servicios con que cuenta, deberes y derechos dentro del SGSSS, así como el valor de los copagos que debe pagar.

5. Organizar y garantizar la prestación de los servicios de salud previstos en el Plan Obligatorio de Salud, con el fin de obtener el mejor estado de salud de sus afiliados con cargo a las Unidades de Pago por Capitación correspondientes.

Con este propósito gestionarán y coordinarán la oferta de servicios de salud, directamente o a través de la contratación con instituciones prestadoras de servicios y con profesionales de salud, implementarán sistemas de control de costos; informarán y educarán a los usuarios para el uso racional del sistema; establecerán procedimientos de garantía de calidad para la atención integral, eficiente y oportuna de los usuarios en las instituciones prestadoras de salud.

6. Asegurar los riesgos derivados de la atención de enfermedades de alto costo, calificadas por el Consejo Nacional de Seguridad Social, de acuerdo con las condiciones señaladas en los reglamentos.

7. Suministrar oportunamente a las Direcciones de Salud la información relacionada con sus afiliados y verificar en el momento de la afiliación que estas personas se encuentran dentro de la población prioritaria para la asignación de subsidios, conforme los listados entregados por las entidades territoriales.

8. Establecer el sistema de administración financiera de los recursos provenientes del subsidio a la demanda.

9. Organizar estrategias destinadas a proteger la salud de sus beneficiarios que incluya las acciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, tratamiento y rehabilitación dentro de los parámetros de calidad y eficiencia.

10. Informar a la Superintendencia Nacional de Salud, al Ministerio de Salud, a las entidades territoriales y demás autoridades correspondientes las irregularidades que se presenten en la operación del régimen subsidiado, en especial aquellos aspectos relacionados con los procesos de identificación, afiliación, carnetización de los beneficiarios de subsidios y deficiencia en la red prestadora de servicios, independientemente de las acciones internas que adelante para establecer las responsabilidades personales o institucionales y para la adopción de los correctivos correspondientes.

11. Cumplir con las disposiciones legales y los requisitos para la autorización consagrados en el Decreto 1804 de 1999, los requisitos de habilitación definidos en los Decretos 515 de 2004, 506, 3010, y 3880 de 2005 y los estándares determinados por las Resoluciones 581 y 1139 de 2004.

HABILITACION DE LAS EPSS

Mediante el Decreto 1804 de 1999, 515 de 2004, 506, 3010 y 3880 de 2005, las Resoluciones 581 y 1189 de 2004, se define y reglamentan las condiciones y procedimientos de habilitación, para la operación y permanencia de las EPS del régimen subsidiado. La habilitación se otorgará siempre y cuando las respectivas entidades demuestren las condiciones y operación exigidas y reporten a la Superintendencia Nacional de Salud, la información que establezca el Ministerio de la Protección Social, ya que la Superintendencia Nacional de Salud, será la entidad competente para habilitar a estas Entidades. La habilitación estará vigente, en tanto se mantengan las condiciones de permanencia exigidas. Para efectos de la habilitación, las entidades deberán demostrar el cumplimiento de condiciones de capacidad técnico administrativa, de capacidad financiera y de capacidad tecnológica y científica, con el propósito de garantizar la administración del riesgo en salud de sus afiliados y la organización de la prestación de los servicios salud.

Las condiciones para la habilitación serán:

a). Condiciones de operación: Que se constituyen como estándares de estructura dirigidos a habilitar la idoneidad de las entidades para la administración del riesgo en salud en cada una de las áreas geográficas donde va a operar.

b). Condiciones de permanencia: Las cuales se establecen como estándares de proceso y resultados, dirigidos a la evaluación del funcionamiento de las Entidades en el ejercicio de su objeto social en cada una de las áreas geográficas que le fueron habilitadas. El cumplimiento de éstas condiciones se deberá demostrar y mantener en forma continua y posterior al cumplimiento con las condiciones de habilitación.

c). Condiciones de Salida: Tales como la verificación de cualquiera de las causales de revocatoria de la habilitación o la acreditación de las situaciones que determinan el retiro voluntario de las entidades.

Estas entidades, una vez habilitadas, serán evaluadas por la Superintendencia Nacional de Salud, teniendo en cuenta el mantenimiento de las condiciones de permanencia, los resultados de las encuestas de satisfacción del usuario, los resultados de los indicadores del estado de salud y calidad de la atención, y la verificación de la Superintendencia Nacional de Salud frente al manejo de quejas, reclamos y acciones de tutela. Las prácticas no autorizadas, impiden los monopolios en el Sistema, la prohibición de alianzas que afecten calidad y la celebración de convenios o franquicias, en donde se trasladan responsabilidades y no se asuma por completo el aseguramiento y manejo del riesgo en salud de los afiliados al Sistema.

De esta manera, para garantizar la administración del riesgo en salud de sus afiliados y la organización de la prestación de los servicios de salud, las EPSS, deberán conforme lo establecido en el artículo 1° del Decreto 506 de 2005, dar cumplimiento a las siguientes condiciones:

1. De operación: Necesarias para determinar la idoneidad de las EPSS para la administración del riesgo en salud en cada una de las áreas geográficas donde va a operar.

2. De permanencia: Necesarias para que el funcionamiento de las EPS del Régimen Subsidiado, en desarrollo de su objeto social y respecto de cada una de las áreas geográficas que le fueron habilitadas, se ajuste a las condiciones de operación. El cumplimiento de las condiciones de permanencia se deberá demostrar y mantener durante todo el tiempo de operación.

OPERACIÓN REGIONAL DE LAS EPSS.

De otro lado, a partir del 1º de octubre de 2005 el régimen subsidiado de salud operará de manera regional de conformidad con las reglas que se establecen en el Acuerdo 294 de 2004 del CNSSS. La operación regional significa que los municipios solo podrán contratar el régimen subsidiado con las EPSS que mediante la convocatoria, hayan sido seleccionadas para operar en la respectiva región y que los beneficiarios del subsidio solo podrán escoger una EPSS entre aquellas seleccionadas en la región. Para seleccionar las EPS del régimen subsidiado deberá realizarse el procedimiento establecido en el Acuerdo 294 del CNSSS.

El Régimen Subsidiado operará en cinco (5) regiones conformadas por los departamentos y sus respectivos municipios de la siguiente manera:

a. Región Norte: Departamentos de Córdoba, Sucre, Bolívar, Atlántico, Magdalena y Guajira;

b. Región Noroccidental: Departamentos de Antioquia, San Andrés y Providencia, Chocó, Caldas, Risaralda, Quindío y Tolima;

c. Región Nororiental: Departamentos de Norte de Santander, Santander, Cesar, Boyacá, Arauca y Casanare;

d. Región Centro/oriental: Bogotá, D. C., y los departamentos de Huila, Cundinamarca, Meta, Guaviare, Guainía, Vaupés y Vichada (negrilla);

e. Región Sur: Departamentos de Valle, Cauca, Nariño, Putumayo, Caquetá y Amazonas.

Ninguna EPSS podrá ser autorizada para operar en más de tres de las cinco regiones establecidas, pero el CNSSS podrá superar esta limitación y disponer que en una o varias regiones ingrese una EPSS adicional con el fin de garantizar la pluralidad en el tipo de entidades participantes en especial de las EPSS públicas o privadas sin ánimo de lucro, siempre y cuando la respectiva EPSS haya sido calificada dentro de los quince primeros puntajes.

Conforme a lo establecido por el inciso 2º del artículo 6º del Acuerdo 294 del CNSSS, las EPSS se inscribirán en todos aquellos municipios en los que desee participar sin que el número de estos en que se inscribe sea inferior al 20% del total de municipios de la región mediante comunicación dirigida al alcalde o director de salud con anterioridad al inicio del primer proceso de libre elección en el que vaya a participar. De otro lado y según el parágrafo del artículo 5º del Acuerdo en comento, el retiro voluntario de la EPSS de uno o varios municipios de la región no la inhabilita para continuar operando en la región, siempre y cuando garantice la obligación de haber ofertado sus servicios en por lo menos el 20% de los municipios de la región.

El plazo concedido para el proceso de regionalización quedó definido hasta el 31 de marzo de 2009, mediante el Acuerdo 384 de 2008 del CNSSS, y establece que el Ministerio de la Protección Social, informará al Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud sobre los resultados de la evaluación integral de la operación del régimen subsidiado y del cumplimiento de los objetivos de la operación regional del mismo, con el fin de adoptar las medidas necesarias para lograr la operación eficiente del aseguramiento y la adecuada prestación de los servicios a los afiliados.

Para la selección de las EPSS por región, se garantizará que por lo menos una de las EPSS seleccionadas sea nueva en la región para lo cual el CNSSS en su momento definirá el respectivo mecanismo y la nueva selección tendrá en todo caso una vigencia de cuatro (4) años. (Parágrafo 2º, del artículo 2º del Acuerdo 294 del CNSSS).

De conformidad con el inciso 4º del artículo 6º del acuerdo 294 del CNSSS, para que las EPSS puedan permanecer después del proceso de libre elección en un determinado municipio o distrito deberán contar con un número mínimo de 20.000 afiliados o el 5% del total de afiliados del municipio o distrito sin que en ningún caso ese 5% sea menor a 500 personas, y en todo caso deberán garantizar la prestación tanto de los servicios asistenciales como administrativos. No aplicará este criterio de permanencia cuando el número de 500 personas represente más del 25% de los afiliados.

Número de afiliados que deberá demostrar la EPSS en los escenarios de acción.

Con relación al número mínimo de afiliados que deberá demostrar la EPSS Distrital, podemos decir:

1. Que, como nueva entidad que se constituya, tendrá que garantizar el número mínimo de 400.000 afiliados, sin lugar a excepción, vencido el segundo año de operación.

2. Que, como parte de una EPSS ya existente, sea pública o privada, tendrá que garantizar un número mínimo de 150.000 afiliados, si esta opera en una sola de las regiones establecidas por el CNSSS.

3. Que, como parte de una EPSS ya existente, sea pública o privada, tendrá que garantizar un número mínimo de 400.000 afiliados, si esta opera en más de una región de las regiones establecidas por el CNSSS.

Sentencia T – 760 de 2008, H. Corte Constitucional

La Sentencia T-760 de 2008 del la H. Corte Constitucional, plantea una nivelación progresiva de los planes de beneficios y en un corto plazo se podría esperar que la universalización del sistema de aseguramiento facilite el desarrollo legislativo que faculte a las EPS a participar tanto en el mercado del régimen subsidiado como en el contributivo, adecuando sus procesos y aumentando los márgenes de solvencia de tal manera que para el ciudadano se facilite su afiliación y posible migración entre regímenes, en caso de obtener empleo o encontrarse desempleado y ser sujeto del subsidio en salud. Al operar los dos regímenes en la entidad promotora de salud (EPS) que se constituya, sin importar el cambio de su condición laboral, el usuario podría permanecer en la misma EPS.

Para el proyecto que nos ocupa y ante los tiempos reglamentarios de la operación regional del Régimen Subsidiado en Salud, la creación de la EPS que se propone mediante el presente acuerdo se desarrollará en una primera fase en régimen subsidiado y posteriormente será la nueva Entidad quien evalúe la posibilidad de ingresar al mercado del régimen contributivo.

Conclusión del estudio jurídico

En conclusión según este estudio jurídico la EPS Distrital es viable jurídicamente para su constitución, aprobación, selección, elección y puesta en marcha. Para mayor ilustración el estudio presenta los escenarios y posibles dificultades de no aprobarse la creación de la EPS Distrital dentro de los términos señalados y establece las recomendaciones a ser tenidas en cuenta por el Distrito, ante estas eventualidades. Lo anterior en atención a la oportunidad estratégica que significa la puesta en marcha de la EPS Distrital ante la coyuntura de la libertad de escogencia y las circunstancias del estudio del entorno de mercado.

ESTUDIO DE MERCADO

Por convenio con la Universidad de la Sabana se realizó un estudio transversal retrospectivo programado en dos fases de trabajo:

1. Análisis descriptivo de las variables estructurales, intermediarias y proximales que determinan las condiciones de salud en la región centro oriente.

2. Construcción de índices de riesgo por categorías de análisis para la identificación de los escenarios potenciales de desarrollo y expansión de la EPS-S Distrital.

La composición de las variables mencionadas en el punto 1 se observan en la siguiente figura:

Categorización de variables e indicadores de salud

Fuente: Adaptado a partir del modelo de análisis de determinantes de la salud CMDESV ST- OMS,

descrito en el plan de salud distrital 2008 – 2011.

Para construir los escenarios potenciales de desarrollo y de expansión para la EPS Distrital, se adaptó la metodología utilizada por Alfredo Sarmiento y Clara Ramírez para construir el índice de calidad de vida, compuesto por tres grupos de variables1.

La descripción técnica y detallada de la metodología se encuentra en el compendio total del Estudio de Mercado en el capítulo de Estudio de Entorno.

Descripción de los Resultados

La región centro oriental Régimen Subsidiado (RS) es un conjunto funcional de cobertura territorial para el régimen subsidiado en salud, compuesto por 216 unidades territoriales (municipios, localidades para el caso Bogotá y corregimientos para Vaupés y Vichada), de las cuales 53,7% (116) pertenecen al Departamento de Cundinamarca; 17,1% a Huila; 13,4% a Meta; 9,3% al Distrito de Bogotá; 2,8% a Vaupés; y 1,9 respectivamente para Guaviare y Vichada.

A continuación se presentará el comportamiento de las principales características observadas en estos territorios.

Análisis descriptivo de las variables estructurales de las condiciones de salud en la región centro oriente

En la región centro oriental habitan en el año 2008, 11.643.786 personas según la proyección del censo de población DANE 2005, de las cuales 49% (5.695.585) son hombres y 51% (5.948.201) mujeres. Con un promedio de población entre los 216 territorios de 53.952 personas, ± 139975,89 Desv St, con un mínimo 871 y máximo 989.869 personas (cuadro 4). En el anexo 1 se visualizan el número de habitantes por cada municipio.

Cuadro 4. Distribución porcentual de población por grupo de edad,

Región Centro Oriental RS, 2008

Fuente: Proyecciones de población DANE, Censo 2005.

Como se puede apreciar en el cuadro 4, el 70% de la población en la región es menor de 40 años con ± 5,9 desviación estándar en Bogotá y Cundinamarca se concentra el menor porcentaje de población menor de 40 años, mientras que en Huila, Meta, Guaviare, Vaupés y Vichada, la población menor de 40 años osciló entre 72 y 78% (percentil 75), y con una esperanza de vida en estos territorios más baja que la observada en Bogotá y Cundinamarca.

En el área urbana o cabecera municipal se concentra el 41,3% ± 23,9 Desv St de la población total de la región. Sin embargo, en el 22,6% de los municipios y 2 corregimientos se concentra la población urbana ubicada en el percentil25 es decir, el menor porcentaje de población urbana (22,9%), distribuidas de la siguiente manera, 73,5% en Cundinamarca; 14,3% en Huila; 8,2% en Meta y 2,0% en Vaupés y Vichada respectivamente.

La dinámica de crecimiento de la población entre el año 2000 y 2015, según las proyecciones de población DANE del año 1993 y 2005, muestran que en la región la tasa de crecimiento promedio de anual es cercana al 1,74, siendo mayor en los departamentos de Vichada y Meta e inferior en Guaviare y Huila, ver cuadro 5.

Cuadro 5. Crecimiento poblacional en la Región Centro Oriental RS, 2000 -2015

Fuente: Proyecciones de población Dane, Censo 2005.

Como se aprecia en el cuadro 6, existe en la región 5.575.992 personas identificadas por la última encuesta SISBEN como potenciales beneficiarios del régimen subsidiado en salud, equivalentes al 48% del total de habitantes de la región. Al interior de los 216 territorios en estudio el promedio de población potencial beneficiaria está alrededor del 75%. Del total de población susceptible solo faltan por financiar entre los años 2008 y 2010, el 12% de los cupos de afiliación al régimen subsidiado. Sin embargo, es necesario realizar esfuerzos importantes para identificar y afiliar la población potencial beneficiaria, ya que el promedio de cupos financiados, identificados y carnetizados es del 50% ± 20,7 desviación estándar. Es decir, solo estos han accedido al sistema.

Cuadro 6. Distribución de población y cobertura por régimen de afiliación Región Centro Oriental RS, 2008.

Fuente: DANE, censo de población año 2005 y Ministerio de Protección Social- BDA 2008.

Teniendo en cuenta que en la región, la tasa promedio de crecimiento anual de la población beneficiaria al régimen subsidiado estimada a partir de los resultados de la encuesta de identificación SISBEN, es alrededor del 0,77. En Vichada y Meta, esta cifra es superior que la observada en Guaviare, Huila y Bogotá (cuadro 5), por ello, es factible considerar que la EPS Distrital contemple como población de interés una combinación de población potencial beneficiaria sin afiliación y población con financiación de cupos por identificar y afiliar (cuadro 6).

Las características socio demográficas indican que en su orden los departamentos de Guaviare, Vichada, Huila, Vaupés y Meta, concentran los menores niveles de desarrollo social y calidad de vida, es decir, estos concentran los mayores índices de pobreza. De igual manera, se identificó que en Meta y Huila los hombres tienen menor esperanza de vida, comparada con Bogotá y Cundinamarca (Cuadro 7).

Cuadro 7. Características demográficas de la región centro oriental RS, 2005 - 2010

Fuente: Proyecciones DANE / PNUD /DNP

En el cuadro 7, se observa que los departamentos de Vaupés, Vichada y Guaviare presentan en su orden de importancia los indicadores de fecundidad más altos, lo que explica las altas tasas de crecimiento anual de la población. Este resultado también es muy importante relacionarlo con la tasa de morir por embarazo parto, puerperio y mortalidad infantil.

Las condiciones deficientes del entorno se comportan como riesgos para la salud. Como se puede apreciar en el Cuadro 8, en los hogares de la región aproximadamente del 12 al 32% están en condiciones de hacinamiento, la proporción más alta se ubica en Vaupés y Guaviare, en comparación a los detectados en Bogotá, Cundinamarca, Meta y Huila, a pesar que en estos departamentos y distrito existe la mayor densidad poblacional. Adicionalmente, los riesgos biológicos asociados a la baja respuesta de protección de riesgos colectivos (cobertura vacunación de perros, gatos, acciones de prevención y control del dengue, acceso agua potable) son factores negativos asociados con la morbilidad y mortalidad por enfermedades transmisibles.

Cuadro 8. Descripción condiciones sociales en la región centro oriental RS, 2005 - 2010

Fuente: DANE, Censo 2005. MPS Encuesta Nacional de Salud 2007.

Es de resaltar que Cundinamarca presenta una combinación importante de riesgos del ambiente, como se puede observar, el 42% de sus habitantes no cuenta con los servicios públicos básicos (agua, luz, alcantarillado y teléfono). Además, aproximadamente 60% de los perros y 40% de los gatos no se encuentran vacunados contra la rabia, y el 65% de sus viviendas están en afectación en caso de un desastre natural.

Análisis descriptivo de las variables intermediarias de las condiciones de salud en la región centro oriente.

El comportamiento financiero y las reformas de la política de salud a cargo del Estado nos indica que para esta vigencia 2008 - 2011, existen condiciones ideales de asignación de recursos para lograr las metas del Plan Nacional de Salud Pública y en particular las metas del Plan de Salud del Distrito Capital y de los Departamentos de Cundinamarca, Guaviare y Huila, entre las cuales se encuentran lograr Cobertura Universal en Salud; mejoramiento de la accesibilidad a los servicios de salud; mejoramiento de la calidad en la atención; mejoramiento de la eficiencia de la prestación de servicios de salud y sostenibilidad financiera de las IPS.

Sin embargo, la revisión de los planes de salud en Meta, Vaupés y Vichada, muestran incertidumbre toda vez que lo hasta ahora presentado, no cumple con los criterios de calidad en la formulación del PST. Estos hallazgos indican que existe una respuesta débil de gestión en salud en la Secretaria de Salud, convirtiéndose esto en un factor de riesgo estratégico de alta importancia para el desarrollo operativo de la EPS que se proyecta, a pesar que existan fuentes de recursos disponibles (Cuadro 9).

Cuadro 9. Recursos del Sistema General de Participaciones en Salud Región Centro Oriental RS, 2008

Fuente: DGSP MPS -DNP CONPES 112 de 2008

En Vaupés la asignación de recursos por persona para cubrir el cupo de afiliación al régimen subsidiado en los corregimientos, los cuales son administradas por el departamento, son insuficientes en la medida en que estas zonas no disponen de red de servicios ubicadas en las áreas pobladas y la accesibilidad de la población a los servicios está limitada a los equipos extramurales de salud que en promedio visitan 2 a 3 veces al año. Esto implica que la atención de los daños deba realizarse en la cabecera municipal que puede estar a más de 8 días de camino en la selva.

El promedio de recursos asignados por persona en las 20 localidades del distrito y 196 municipios de la región para el régimen subsidiado en salud es del orden de 109.640 pesos año ± 27.508 Desv St, que incluyen la UPC adicional por dispersión geográfica asignada a los municipios de Vaupés, Guaviare y Vichada (Cuadro 10). Con una disponibilidad de 7.188 pesos persona año ± 13.399 desviación estándar, para cubrir servicios NO POS y la atención de la población pobre no afiliada, estimada en el cuadro 6.

Cuadro 10. Recursos del Sistema General de Participaciones en Salud por Persona 2008 e índice desempeño y eficacia 2006 en la Región Centro Oriental RS

Fuente: Ministerio de Hacienda/DNP. CONPES social 112 de 2008.

Los recursos de atención se complementan con los 8.257 pesos personas año ± 13.381 desviación estándar, asignados para atender los riesgos en salud pública, sin incluir en este valor las otras fuentes de financiación como puede analizarse en el cuadro 11, que equivalen alrededor del 51%.

Cuadro 11. Fuentes de los recursos departamentales en salud pública. Periodo 2003-2006.

Cifras en miles de pesos, valores corrientes.

Fuente: Base de datos SICEP – Departamento Nacional de Planeación

Análisis descriptivo de las variables proximales de las condiciones de salud en la región centro oriente.

A continuación se describen el comportamiento de las variables proximales estratificadas en cuatro categorías de riesgos en salud: ambientales, sociales, servicios de salud y biológicos.

a. Variables proximales relacionadas con los riesgos ambientales para la salud (físicos y químicos)

Existen grandes diferencias en los patrones climáticos, geográficos y de acceso a agua potable y saneamiento básico en la región que explica diferentes patrones de riesgo. El cuadro 12 muestra que los territorios con temperatura promedio ubicadas entre el percentil 50 y 75 tienen mayores tasas de riesgo de enfermedades vectoriales. Esta relación ha sido explicada por diferentes autores mediante la interacción permanentemente con riesgos ambientales y antrópicos. Es importante resaltar, que la baja cobertura de agua potable a través de sistemas de acueductos, favorecen la proliferación de vectores transmisores de dengue, especialmente en conglomerados humanos densos y hacinados, por ejemplo lo que ocurre en Guaviare.

Cuadro 12. Descripción de riesgos ambientales para la salud Región Centro Oriental RS

Fuente: DANE, Censo 2005; ENS 2007.

En la región, existen 117 municipios que tienen temperatura que oscilan entre 20 - 30 grados centígrados con un promedio de 24,2 0C, distribuidos así: 38,5% en Cundinamarca; 26,5% en Huila; 23,1% en Meta; 5,1% Vaupés y 3,4% respectivamente en Guaviare y Vichada.

Otra característica que se resalta es la falta de disposición de agua en las viviendas. Esto contribuye además, con las altas tasas de mortalidad infantil que se ven más agravadas cuando existe baja cobertura de sistemas de recolección de aguas negras y excretas, como ocurre en Vichada, en contraste con el comportamiento observado en el Distrito Capital.

b. Variables proximales relacionadas con los riesgos sociales para la salud.

Se identificó que el 12,9% (28/216) de los territorios en estudio tienen resguardos indigenas. En esta región existe la presencia de más de 50 etnias diferentes. El departamento de Huila y Meta concentran más del 57% de estos resguardos. Este hallazgo, es muy importante para adecuar el modelo de atención en salud a la tradición y cultura de estos pueblos, toda vez, que en la actualidad solo la EPS Mallamas está orientando su modelo de atención a estas necesidades, lo que se convierte en una de las principales barreras de acceso a la cultura ancestral identificada en la mesa de salud de los pueblos indígenas (Cuadro 13).

Cuadro 13. Ubicación de resguardos indígenas por municipio Región Centro Oriental RS

Se ha identificado a través de los datos de Acción Social (SIPOD) que al 31 de diciembre de 2007 en la región existe un porcentaje importante de población desplazada receptora, procedentes de diferentes lugares del país. En Bogotá se concentró el 3,3%; Huila 0,4%, Cundinamarca y Vichada 0,3% respectivamente. Es relevante destacar que si bien, el 36,5% de la población receptora se encuentraba afiliada al régimen subsidiado, es importante el porcentaje que aún falta por afiliar.

Otro indicador básico de gran importancia que interactúa en esta cadena de riesgo social, tiene que ver con la accesibilidad de la población a la escolaridad, es así como Bogotá tiene según el Censo poblacional del 2005, una cobertura del 95% de algún grado de escolaridad; 94,4% Cundinamarca; 93,4% Huila; 93,5% Meta; 91,3% Guaviare; 88,7% Vichada y 88,4% Vaupés.

Es importante vincular en esta categoría de análisis, los hallazgos presentados en el cuadro 6, en donde se visualiza que los territorios de menor desarrollo social tienen como factor común mayores niveles de pobreza, menores condiciones de calidad de vida y menor escolaridad.

c. Variables proximales relacionadas con la respuesta de los servicios de salud

Durante el 2007, existían en la región 14 empresas del régimen subsidiado con una capacidad de afiliar hasta 3.596.902 personas. Cabe destacar que para el año 2008, el número de EPS del régimen subsidiado habilitadas aumentó a 21, equivalentes al 63% del total de EPS u oferentes de la región. El 80% de esta red de administradoras opera desde las grandes capitales de otras regiones, como se observa en el siguiente mapa del SIGGRESS.

Mapas 1. Ubicación regional de las empresas administradoras del régimen subsidiado, 2008.

Fuente: Superintendencia Nacional de salud - SIGGRESS

Fuente: Superintendencia Nacional de salud – SIGGRESS

Es de resaltar que en la región centro oriente a la fecha, falta por financiar 1.979.090 cupos de afiliación al régimen, lo cual es una meta de la política de aseguramiento, que será factible en la medida que se orienten las acciones hacia el control de las externalidades administrativas del proceso de afiliación. Esto significa que para lograr la meta de afiliación universal del régimen subsidiado en la región, se requiere ampliar la red de EPS administradores y prestadores para cubrir las necesidades de afiliación y atención, o se deberá ampliar y habilitar la capacidad de atención actual (Cuadro 14).

Cuadro 14. Consolidado capacidad de afiliación y habilitación de EPSS Región Centro Oriental RS, 2007

NOMBRE EPS

CAPACIDAD DE AFILIACIÓN

HUMANA VIVIR EPS

979.960

SALUD TOTAL S.A.

450.000

CONFACUNDI ARS

400.000

CAFAM

350.000

COLSUBSIDIO

300.000

CAPRECOM

300.000

SOLSALUD SA

220.000

ASOCIACION MUTUAL SER

150.000

COOSALUD ESS ARS

120.000

ECOOPSOS ESS ARS

100.000

SALUD CONDOR RS

91.942

COMPARTA

70.000

CONVIDA ARS

50.000

MALLAMAS EPS INDIGENA

15.000

ASMETHD SALUD

COMFACOR

CAFÉSALUD

TOTAL

3.596.902

Fuente: Superintendencia Nacional de Salud. Octubre de 2007

En la base de datos de registros de prestadores del SOGCS del Ministerio de Protección Social se encontró que existen aproximadamente 12.607 prestadores en la región centro oriente. De estos 4,5% son públicos y 95,5% privados (Cuadro 15).

Cuadro 15. Características de los prestadores registrados Región Centro Oriental RS, 2008

Fuente: SOGCS- MPS. Base registro de prestadores – Resolución 1043 de 2006.

El total de prestadores registrados ofertan aproximadamente 34.587 servicios habilitados, de los cuales solo 3,6% de ellos, están certificados SOGCS. Y el número de camas de hospitalización que ofertan es del orden de 1,14 camas por mil habitantes.

De las 1.660 instituciones que funcionan en la región, es muy bajo el porcentaje ubicado en el área urbana de San José, Mitú y Puerto Carreño. De igual manera, la disposición de ambulancia está concentrada en Bogotá, con un porcentaje del 30% dispersa entre las diferentes ciudades de la región, como se parecía en el cuadro 16.

Cuadro 16. Distribución porcentual de prestadores registrados Región Centro Oriental RS, 2008

Fuente: SOGCS- MPS. Base registro de prestadores – Resolución 1043 de 2006.

En el siguiente mapa se presenta la ubicación geográfica de la red de instituciones prestadoras de servicios de salud en cada una de las regiones del país y se observa una baja cobertura de instituciones (IPS y ESE) funcionando en Vichada, Vaupés y Guaviare.

Mapa 2. Ubicación regional de las instituciones prestadoras de salud Régimen subsidiado y entidades territoriales, 2008

Fuente: Superintendencia Nacional de salud - SIGGRESS

La capacidad de respuesta de los servicios de promoción y prevención observada en la región, durante la vigencia abril 2006 a marzo 2007, estimada mediante la calificación de cumplimiento de actividades obligatorias para la detección temprana y protección específica de enfermedades prevenibles incluidas en el POS, mostraron que en el primer lugar (puntaje superior a 64%) están las EPS Salud Total S.A, en Bogotá, Meta, Guaviare y Vaupés. Seguida de Cafesalud, en Huila y Asmethd Salud, en Vichada. Y, en segundo lugar, Mutual Ser (Bogotá), Cafam (Cundinamarca), Ecoopsos (Huila y Guaviare) y Comfacor (Meta).

Adicionalmente, la respuesta de los servicios de protección específica valorados a través de la cobertura de esquema de vacunación en menores de 12 meses de edad, muestran que en Guaviare, Cundinamarca, Vaupés y Vichada existen condiciones desfavorables en la calidad de la atención, situación que afecta el cumplimiento de la meta de cobertura (mayor a 95%). Estos hallazgos, alertan frente a la eficiencia, eficacia y efectividad de la red de prestadores que operan en estos territorios, por lo cual es indispensable revisar con detenimiento las minutas de los contratos que actualmente están vigentes para verificar cuales son los compromisos que se adquieren y el modelo de negocio que opera (Cuadro 17).

Cuadro 17. Cobertura de vacunación en menores de 12 meses Región Centro Oriental RS, 2007.

Fuente: MPS-Plan Ampliado de Vacunación, 2007

d. Variables proximales relacionados con los riesgos biológicos para la salud

De igual manera, el riesgo de morir por las grandes causas de mortalidad CIE X, indica que en Huila se concentra el mayor riesgo de mortalidad infantil. En Meta, Huila y Cundinamarca se concentra el mayor riesgo de mortalidad por enfermedades transmisibles. Bogotá, Huila y Meta el mayor riesgo de mortalidad es por enfermedades neoplásicas (cáncer). En Huila y Meta el mayor riesgo de morir por enfermedades del aparato circulatorio y en Guaviare por enfermedades relacionadas con el embarazo, parto, puerperio y lesiones de causa externa principalmente (Cuadro 18). Estos hallazgos son de alta importancia para ajustar las intervenciones del modelo de atención que establezca en los primeros años la diferencia de resultados para proyectar la competencia entre las EPS que operan en la región.

Cuadro 18. Distribución de riesgo de morir por cien mil habitantes Región Centro Oriental RS, 2005.

Fuente: DANE, Registros de estadísticas vitales 2005 y Población Censo 2005.

La morbilidad atendida por enfermedades transmisibles evitables, evidencia varios problemas relacionados con los servicios de salud individual y colectiva. En primer lugar, la calidad e integralidad en los servicios de control prenatal, toda vez que la sífilis congénita es una enfermedad evitable altamente costo efectiva, mediante la aplicación de tratamiento a la gestante. La no intervención tiene alto costo en salud y social (neurosífilis, retardo mental, cardiopatía congénita y muerte).

En segundo lugar, fallas en la búsqueda activa institucional y comunitaria para detectar y tratar la tuberculosis pulmonar, generando alto costo en salud por hospitalización y social por incapacidad y muerte.

En tercer lugar, existe deterioro de las acciones de control social y reordenamiento del medio para el control vectorial, deterioro de las acciones de promoción de la salud (empoderamiento social, participación, control del medio ambiente, reorientación a los servicios de protección de la salud pública (APS y Central de Llamadas) y diseño de intervenciones con la comunidad (Cuadro 19).

Lo antes descrito es una oportunidad para que la EPS Distrito, adecue en el modelo de atención intervenciones ligadas a la salud colectiva, abriendo un escenario nuevo de acceso a los recursos del Plan de Intervenciones Colectivas.

Cuadro 19. Incidencia de enfermedades transmisibles por cien mil habitantes

Región Centro Oriental RS, 2005.

Fuente: MPS-SIVIGILA, 2007

Es de alta importancia, considerar la prevalencia de las enfermedades catastróficas, por ejemplo el Sida y la prevalencia de enfermedades de alto costo y discapacidad. Así como las políticas de cuidados integrales relacionadas con cobertura de tratamiento, cuidados paliativos y de rehabilitación, para el diseño del modelo de atención, especialmente en Bogotá donde la prevalencia de infección por VIH en hombres que tienen sexo con otros hombres está alrededor del 18% y en Guaviare, Meta y Vichada, donde la prevalencia de VIH en población de mujeres trabajadoras sexuales es superior al 1%. Sin embargo, es de alto valor proyectar como mínimo el número de casos esperados para estimar el costo por tratamiento ARV, a partir de la prevalencia de transmisión en población general que está alrededor del 0,7%, según los últimos estudios de prevalencia poblacional realizada por el Ministerio de Protección Social.

De igual manera, la prevalencia de enfermedades como la hipertensión y la diabetes son trazadoras para estimar la magnitud de enfermedades de alto costo como la insuficiencia renal crónica, y el tratamiento paliativo bien sea mediante diálisis o trasplante renal. En el país la prevalencia de diagnóstico de hipertensión percibida y diabetes percibida estimada en el Encuesta Nacional de Salud de Colombia, 2007, fue 0,88 y 3,5% respectivamente. Mientras que en Cundinamarca y Bogotá estas cifras fueron mayores (9,6 y 8,0% para HTA y 3,58 y 4,86% para DM). A partir de estos datos se estiman para la región, 977.696 casos de hipertensión y 443.950 casos de diabetes. El 58% de los casos estimados se concentran en Bogotá, seguido de 26% Cundinamarca, 8,3% Huila, 6,5% Meta y el resto se reparte en Guaviare, Vaupés y Vichada (cuadro 20). Con estas cifras se estima que 155.383 personas necesitaran tratamiento con diálisis, 178 desarrollaran IRC y 54 requieran trasplante de renal.

Cuadro 20. Prevalencia de enfermedades alto costo Región Centro Oriental RS, 2007.

Fuente: Encuesta Nacional de Salud, MPS 2007

Análisis de escenarios potenciales de desarrollo y de expansión para la EPS Distrital

La configuración de escenarios potenciales de desarrollo y expansión se realizó combinando las categorías de análisis estructural, intermediario y proximal en salud y las subcategorías de riesgo de primer, segundo y tercer orden.

Posteriormente, se cruzaron entre sí las tres categorías de analisís y se identficaron 8 tipos de escenarios a saber, escenario ideal; moderado riesgo estratégico; moderado riesgo estratégico + operativo; moderado riesgo operativo; moderado riesgo empresarial; moderado riesgo empresarial + estratégico + operativo; moderado riesgo empresarial + estratégico y moderado riesgo empresarial + operativo (ver mapas 3 al 9).

Con base en lo anterior, se estimaron las estadísticas descriptivas más relevantes que caracterizan las 8 tipologías de escenarios identificados en los 216 territorios en estudio (Cuadro 21).

Cuadro 21. Clasificación de escenarios propuestos para la EPS Distrital

Como se puede apreciar el escenario ideal está compuesto por 60 (27,8% ) unidades territoriales. De estas el 32,7% son 19 localidades de Bogotá; 26,2% municipios en el departamento del Meta (Barranca de Upia, Castilla La Nueva, Cumaral, El Castillo, El Dorado, Granada, Guamal, La Macarena, Lejanías, Mesetas, Puerto Gaitán, Puerto Lleras, San Carlos De Guaroa, San Juan De Arama, San Martín y, Vistahermosa). El 9,8% municipios en el departamento del Cundinamarca (Guayabetal, Gutiérrez, Jerusalén, San Antonio Del Tequendama). El 6,56% respectivamente en Huila (Algeciras, Campoalegre, Hobo, Rivera, Villavieja y Yaguará), Guaviare (Calamar, El Retorno, Miraflores y San José Del Guaviare) y Vichada (Cumaribo, La Primavera, Puerto Carreño y Santa Rosalía). Y, el 3,2% en Vaupés (Mitú).

El escenario ideal tiene el mayor número de población ubicada en el área urbana. Está conformada por los 7.155.052 habitantes de Bogotá y 555.760 habitantes del resto de departamentos de la región, con un promedio por territorio de 281.476 habitantes. Cuenta con 3.094.735 personas potenciales beneficiarias del régimen subsidiado, de las cuales el 11% a la fecha no tienen financiado su cupo de afiliación. En promedio existe una hora por carretera entre los municipios de este escenario a la ciudad capital, que ofrece servicios de atención en salud de segundo,tercer y cuarto nivel y cuenta con 43 EPS (subsidiada y contributivo) operando (cuadro 22 y 23).

El indice de calidad de vida señala que la población de este escenario concentra los mayores niveles de desarrollo social, pero con riesgo proximal en salud de orden primario, secundario y terciario. Además se encuentra que el índice de eficiencia físcal y el desarrollo de la política en salud de este escenario es más eficaz. Lo anterior indica que este escenario es ideal para iniciar la etapa de expansión de la EPS-S, toda vez que existen condiciones estructurales, intermediarias que pueden facilitar el mejoramiento de los determinantes proximales de manera eficaz y eficiente a través de intervenciones de promoción de la salud, preventivas y de atención de daños.

Las 58 (27%) unidades territoriales que conforman el escenario de concentración de riesgo estrátegico, están ubicados en tres departamentos, así: 55% en Cundinamarca; 32,8% en Huila y 12% en Meta (Ver Anexo 2). Está compuesta por 882.986 habitantes. El 86% del total de población es potencial beneficiaria del régimen subsidiado en salud y cuenta con un 78% de cupos financiados en la actualidad. Este escenario está influenciado por una mayor dispersión poblacional, una mayor distancia con la ciudad capital (136 Km), una menor respuesta institucional (indice desempeño fiscal 61, cobertura PAI 83%), que afectan la respuesta a los desafíos del perfil de riesgo biológico de primero y segundo orden. Por ello, será necesario diseñar un modelo que involucre procesos de atención primaria extramural en las zonas que tienen menor cobretura de servicios de atención de primer nivel (cuadro 22 y 23).

El escenario de riesgo estrátegico + operativo, equivalentes al 24% (52) de las unidades territoriales están ubicadas en dos departamentos, estos son: 88% en Cundinamarca y 9,8% en Huila (Ver Anexo 3). está conformada por 1.555.862 habitantes, con un promedio de 77.517 habitantes por unidad territorial. Del total de población el 49% está ubicado en el área urbana. El 72% de la población es potencial beneficiaria del régimen subsidiado en salud y solo el 11% falta por asegurar la financiación de cupos. El índice de desempeño fiscal está alrededor del 64%. Cuenta con una red de 26 EPS (subsidiado y contributivo) y la mayor distancia que existe entre la ciudad capital al municipio más lejando son 2 horas por carretera. En este escenario la respuesta de atención y calidad de los servicios es más baja. Por ejemplo, la cobertura de vacunación es del 81%, con un riesgo de morir en la infancia de 14 por 1000 Nv. La tasa promedio de enfermedades crónicas es alta, tienen 2.993 casos de hipertensión arterial; 1.303 casos de diabetes y 488 personas diabéticas susceptibles de diálisis peritoneal (cuadro 22 y 23).

El escenario de riesgo operativo, abarca 31 (14%) territorios ubicados en tres departamentos, estos son: 7% en Cundinamarca; 16% en Huila y 9,7% en Meta (Ver Anexo 4). Tiene concentrada 1.372.159 personas. De este total, el 49% está ubicado en el área urbana. El 72% del total de población puede acceder al regimen subsidado y actualmente 61% tienen financiado sus cupos de afiliación. El promedio del índice de calidad de vida es de 69, con un mínimo de 59. Este escenario, se ve influenciado principalmente por la respuesta institucional de la secretarías de salud, reflejada en un bajo índice de desempeño fiscal, con asignación de recursos SGP para atención de eventos no POS en salud que no está compensada, la respuesta intitucional a la politica de salud es un riesgo de gran importancia para mantener o minimizar la concentración de riesgo biológico de primer y segundo orden (cuadro 22 y 23).

El escenario de riesgo empresarial está localizado en cuatro departamentos y representa el 14% de los territorios, son: 41% Vaupés; 25% en Meta; 16,7% en Huila y Cundinamarca (Ver Anexo 5). Este escenario está influenciado principalmente por los altos niveles de pobreza, por la dispersión poblacional, el difícil acceso geográfico de las comunidades étnicas a las cabeceras municipales en donde está ubicada la red de servicios, la baja oferta de EPS, y la alta concentración de riesgo biológico de segundo y tercer orden. Para mitigar estos riesgos es necesario hacerlos bajo un modelo de salud diferenciado a la cultura, con puesto de atención de primer nivel móviles (APS) y disposición de unidades básicas de manejo de signos y síntomas de enfermedades prevalentes por lideres comunitarios y auxilares en salud pública.

Conclusiones del estudio de entorno

*En la región centro oriente se requiere ampliar la capacidad de respuesta de la red de EPS y de la red de atención en salud para cubrir la necesidad de la demanda actual y la demanda potencial una vez se logre la cobertura universal en salud. Sin embargo, esta apertura no está centrada exclusivamente en aumentar el número de servicios, camas, personal, e instituciones, sino en planificar los servicios centrados en los riesgos, carga de enfermedad y necesidades de las comunidades.

*Por esta razón, la identificación de estos riesgos y daños a través de escenarios potenciales contribuye a orientar a los tomadores de decisión sobre cuáles son las alternativas y desafíos que deberán enfrentar para lograr los resultados de éxito que esperan.

*Es evidente que al finalizar el año 2011, en la región se deberán cubrir los 1.979.090 nuevos cupos de afiliación al régimen subsidiado, pero es claro que los escenarios más favorables son aquellos en los cuales no existen superposición o acumulación de riesgos.

*Por último, el modelo de atención en salud, debe considerar como mínimo un paquete de intervenciones de promoción de la salud, negociando recursos del plan de intervenciones colectivas. Intervenciones de detección temprana y protección específica del POS con énfasis en aquellas con mayor carga de morbilidad y mortalidad observada en los municipios, e intervenciones diferenciadas para patologías de alto costo y discapacidad de la zona. Es de vital importancia implementar modelos de seguimiento a las cohortes de población afiliada frente a las coberturas de acceso a servicios, satisfacción y riesgos en salud y evaluación de resultados, con la finalidad de desarrollar un modelo de atención que establezca en los primeros años la diferencia de resultados que permita competir con mayor ventaja con las EPS que operan en la región.

ESTUDIO FINANCIERO

Las EPS presentan un comportamiento financiero típico que se presenta en la siguiente gráfica:

Fuente: Serrano (2008)

Contrariamente a lo que ocurre en otras industrias, el nivel de apalancamiento operacional es relativamente bajo; las inversiones en propiedad, planta y equipo corresponden a un porcentaje muy bajo de los activos de los diferentes tipos de entidades; en este sentido el activo principal corresponde a la cartera de deudores que se genera en la cadena de prestación de servicios: FOSYGA con las EPS y las ARS y éstas con las IPS.

Es importante anotar que hoy la fuente principal de la estructura de financiamiento del capital de trabajo la constituyen los proveedores, lo cual puede resultar insostenible en el largo plazo por los riesgos de liquidez. En la siguiente figura se muestra la estructura de financiamiento tanto de las EPS como de las ARS.

Fuente: Serrano (2008)

Rentabilidad

La rentabilidad de las EPS se caracteriza por unos márgenes muy estrechos, que han venido disminuyendo, tal y como se observa en la siguiente gráfica. La disminución en los márgenes se explica principalmente como consecuencia del aumento de la participación del costo médico (costo de ventas), que ha llevado a las entidades aseguradoras a aumentar su eficiencia en la operación, administración y promoción de los servicios que ofrecen.

Desde el punto de vista financiero surge el cuestionamiento sobre la suficiencia de los márgenes que genera el negocio frente a los riesgos que se tienen que asumir y que pueden estar aumentando significativamente como consecuencia de cambios en la población o en la tipología de las enfermedades.

Fuente: Serrano, 2008.

Fuente: Serrano (2008).

El flujo de fondos

Objetivos del flujo de fondos

Analizar escenarios potenciales de desarrollo y de expansión para la EPS Distrital desde el punto de vista financiero, con el fin de aportar elementos que contribuyan a diseñar el plan estratégico de expansión y el adecuado uso de los recursos de la empresa proyectada.

Supuestos

Número de afiliados

Este es uno de los principales supuestos del análisis de la EPS, que determina el valor de los ingresos y egresos operacionales (UPC y costos técnicos). Para su estimación se utilizaron los resultados del estudio de mercado como sigue:

En cada uno de los escenarios, a partir del año 3 al 10 se ha estimado un incremento de la afiliación proporcional al crecimiento de la población en Bogotá, de acuerdo con las cifras estimadas por el DANE para esta ciudad.

Es muy importante considerar que de acuerdo al estudio de mercado existe la posibilidad de un rápido crecimiento de afiliados dentro del programa de expansión de cobertura que se desarrolla desde el nivel nacional en desarrollo de la ley 1122 de 2007. Si la EPS no entra a operar rápidamente, a principios de 2009 el logro de estos niveles de afiliación es prácticamente inviable. La posibilidad de obtener afiliados mediante traslados de otras EPS es poco auspicioso, si se tiene en cuenta que en situaciones previas, cuando se ha dado la liquidación de alguna EPS, regularmente solo es posible lograr el 5% de sus afiliados y que en Bogotá operan 17 EPS del Régimen Subsidiado y que según la Superintendencia para 2007 14 tenían capacidad de afiliación2.

Número de oficinas

Para establecer el número, el tamaño y las características de las oficinas municipales y locales (en las localidades de Bogotá) se han considerado los siguientes criterios:

a. Que es necesario inscribirse en por lo menos el 20% de los municipios de la región centro-oriental, es decir en 40 municipios.

b. Se definieron tres tipos de oficinas: las municipales, las de las localidades y la oficina central de atención al público. Adicionalmente, las municipales se han diferenciado de acuerdo al número estimado de afiliados.

c. Para la ciudad de Bogotá se proyecta abrir 8 oficinas en diferentes localidades (además de la oficina central de atención al usuario que será descrita posteriormente).

Eficiencia en el proceso de carnetización

Puesto que las EPS no logran carnetizar la totalidad de sus afiliados, los ingresos proyectados por concepto de afiliaciones suelen ser del 92% de la base de personas que han elegido la EPS, al comienzo de su operación. Se supone que la eficiencia de la carnetización, recaudo y comprobación de derechos incrementará a un recaudo efectivo porcentual de los afiliados, según la tabla siguiente:

Este hecho conduce a que solo sea posible contabilizar el 92% de los ingresos efectivos de la UPC3 al principio y el 97 al final. Por otra parte el descuido para hacer eficientes los procesos de recaudo, reconocimiento de derechos y validación de la base de datos, en niveles del 97% comparables con las EPS del Régimen contributivo, harían inviable la EPS del distrito, dado el escaso margen de administración admitido, del 8%.

Reaseguro para enfermedades de alto costo

De acuerdo a la revisión y a la consulta a expertos se considera que el valor para reaseguro de enfermedades de alto costo oscila entre el 0.8% y el 3% del costo médico. Para efectos de los flujos de fondos se tomó como necesario un 3% del costo médico para reasegurar estas enfermedades.

Gasto por carnetización

Para que sea posible cobrar la UPC es necesario asegurar la carnetización; para ello se requiere la contratación de un servicio de corretaje que en el mercado tiene un valor promedio de $10.000 por núcleo familiar carnetizado (se estima un promedio de 4 personas por núcleo familiar4). Para estimar el costo requerido cada año se asumió que el primer año se deben carnetizar el 92% de los afiliados y el segundo año el 92% de los nuevos y el 10% de sustitución por desafiliaciones, además, que este servicio se contrata sólo para el 40% de la población pues se supone que el 60% acude a las oficinas o participa en eventos masivos de carnetización.

Gastos de administración

Incluyen gastos de nómina, funcionamiento, mantenimiento tanto de software como de equipos; discriminados por oficinas municipales, oficina central y de localidades en Bogotá y oficina administrativa general.

Ingresos

Ingresos UPC

Los ingresos por UPC corresponden a la UPC fijada para 2008, es decir $242.370, multiplicada por el número de afiliados efectivamente carnetizados, que corresponde al 92% de los afiliados que hayan elegido la EPS.

Ingresos financieros

Los ingresos financieros se estimaron considerando que la UPC se recibe en pagos bimestrales anticipados, sin embargo, los contratos que se realicen por capitación (estimados en el 60%) se deben pagar igualmente por anticipado. El restante 40% se puede invertir alrededor de un mes y se considera que en este período puede llegar a conseguir una rentabilidad del 1%.

Adicionalmente se consideró que la EPS invierte a una tasa estimada anual del 8% el capital mínimo suscrito durante todo el horizonte del proyecto.

Ingresos por descuentos por pronto pago

Los descuentos por pronto pago generalmente se aplican a los servicios de tercer y cuarto nivel y, aunque operativamente implican un esfuerzo importante del personal de cuentas y tesorería, pueden servir como estrategia financiera. Mecanismos como estos ofrecen actualmente descuentos entre el 5 y el 10% por servicios de alta complejidad que en el mejor de los casos podría aplicarse al 20% del total de los gastos médicos.

Costo Médico

No existe en el país una fuente única y completamente validada para establecer estos valores. No obstante, la metodología elegida para estimar el costo médico siguió las siguientes premisas:

a. Los costos derivados de las frecuencias de uso son mayores a medida que exista una mayor categoría urbana, como efecto derivado de la facilidad de acceso geográfico y cultural y de una mejor oferta de servicios.

b. Existen estudios del equilibrio UPC - POS realizados para el Consejo Nacional de Seguridad Social y por el Gobierno con varias metodologías como:

*Aplicando el gasto médico registrado en los estados financieros que reportan las EPS en la Superintendencia Nacional de Salud. Esta información se considera de mala calidad y de gran variabilidad.5

*Registrando y analizando las frecuencias reportadas por servicios prestados en los RIPS. Esta información presenta un elevadísimo nivel de subregistro, derivado de la modalidad de contratación por capitación que es la que se acostumbra para el primer nivel en el Régimen Subsidiado y por la negativa de muchas IPS públicas a presentar oportunamente los informes a que están obligados.

*Mediante el registro y contabilización de frecuencias de uso que hacen las mismas aseguradoras. Esta modalidad se considera la más confiable aunque solo un número pequeño de EPS tiene sistemas robustos de información que permitan consolidar los datos.

c. Existen varios sistemas tarifarios que podrían utilizarse para calcular los costos médicos, como por ejemplo las tarifas del ISS, las de la Resolución 2423 (SOAT) o las que recientemente calculó el CENDEX para el Ministerio de la Protección Social buscando sustentar un sistema obligatorio de tarifas.Para el análisis se tomaron tarifas del mercado que guardan su mayor semejanza con los cálculos del CENDEX. Estos precios corresponden a valores consultados con expertos sobre contratos y modalidades de pago reales y verificables actualmente en uso, y por lo tanto factibles.

d. Para estimar las frecuencias de uso existen tanto los estudios contratados por el Ministerio y la información de diferentes compañías consultadas.

Puesto que las frecuencias de uso son un factor crítico que se puede modificar desfavorablemente, se incluyeron en las simulaciones en tres escenarios, optimista, prudente y pesimista, incrementando en un 10 y en un 20% respectivamente la frecuencia de uso de cada servicio para los dos últimos.

Depreciaciones y amortizaciones

Las inversiones diferentes al software y a la estrategia de imagen, fueron depreciadas a tres años en todos los casos. Estas depreciaciones se incluyen como un gasto con el fin de ajustar la base impositiva pero luego se vuelven a sumar al flujo de fondos pues no representan un egreso real.

Impuestos

Los impuestos se calcularon sobre la base del 36% sobre las utilidades operacionales. En el caso de que no haya utilidades los impuestos no se cobran.

Capital mínimo suscrito

Para cumplir la normatividad vigente en cuanto a Capital Mínimo Suscrito, se incluyó un valor de 10.000 salarios mínimos mensuales ($4.615 millones de 2008) en el rubro de inversiones y se mantiene líquido a lo largo del proyecto. Serán procedentes los aportes en especie, los cuales se podrán efectuar en la forma de inmuebles con destino a la sede, así como de los bienes necesarios para la organización administrativa y financiera de la entidad. Para efecto del cálculo del capital mínimo a que se refiere el presente decreto, los bienes que se aporten en especie solamente se computarán hasta por un valor que en ningún caso podrá superar al cincuenta por ciento (50%) del capital mínimo exigido, los cuales serán tomados por el valor en libros.

Inversiones en software

El tipo de soluciones tecnológicas dado por cada una de las EPS de la muestra analizada, evidencia la necesidad de definir en instancias tempranas el software con el cual se administrará la información de la operación de la EPS Distrital.

Las alternativas que muestra el mercado son básicamente dos: Desarrollo propio o Adquisición de un paquete informático. Se analizaron las ventajas y desventajas de cada una de estas dos alternativas frente a los principales criterios de evaluación, como son: a) tiempo de duración de la implementación o desarrollo, b) robustez de la aplicación, c) complementariedad de los módulos, y d) posibilidad de futuros desarrollos y adecuaciones y Costos.

La debilidad principal de los paquetes adquiridos son las restricciones ó dependencia de futuros desarrollos y adaptaciones y los costos asociados, puesto que las adaptaciones exitosas requerirán la participación de la firma creadora del aplicativo y, de otro, los costos del aplicativo y su mantenimiento son elevados frente a la alternativa del desarrollo propio.

Con relación al Hardware, el tipo de solución tecnológica ideal depende básicamente del precio y garantía ofrecidas por el proveedor, pues las características de los equipos se definen previamente. Los siguientes, son los procesos que requieren soluciones tecnológicas a la medida.

1. Afiliación y registro de novedades (movilidad usuario).

2. Comprobación de derechos.

3. Autorización de servicios.

4. Carnetización.

5. Quejas y reclamos.

6. Administración gestión de las IPS.

a. Calificación por oportunidad en la atención.

b. Calificación por calidad en el servicio.

c. Calificación por entrega medicamentos.

7. Administración y gestión de tutelas y derechos de petición.

8. Administración de promoción y prevención.

9. Reportes e informes gerenciales de gestión.

10. Contratación.

11. Red de servicios.

12. Aseguramiento de usuarios.

13. Radicación de cuentas.

14. Auditoría médica.

Inversiones en estrategia de mercadeo y publicidad

Los asesores en mercadeo del equipo han recomendado una inversión el primer año en medios de $12.000 millones para realizar un plan agresivo que garantice la afiliación de 400.000 personas al segundo año de operación.

*Período Febrero 15 a 28 – Expectativa para crear favorabilidad alrededor de la EPS.

*Marzo 1 a 31 – Lanzamiento y desarrollo total de la estrategia.

*Abril - Septiembre – Sostenimiento.

*Octubre – relanzamiento.

*Noviembre – Diciembre – Sostenimiento y preparación nuevo período de cambio de afiliados que se dará nuevamente en Marzo de 2010.

Los indicadores financieros

El análisis financiero se desarrolla siguiendo el modelo clásico de la evaluación del flujo de fondos descontado en el tiempo, para lo cual se han estimado los diferentes rubros de ingresos y gastos de la empresa de acuerdo con los diferentes escenarios de afiliación obtenidos en el estudio de mercado y teniendo en cuenta las consideraciones económicas derivadas del estudio jurídico y del de procesos. Dicho de otra forma, el flujo de fondos y los indicadores de la evaluación del proyecto condensan las investigaciones de mercadeo, ingeniería y aspectos legales, para estimar la rentabilidad esperada y las posibilidades de recuperar la inversión, si se decide conformar la empresa. Se calcularon dos indicadores básicos: el valor actual neto (VAN) y la tasa interna de retorno (TIR).

Valor presente neto –VAN-.

Es un indicador que permite valorar en un mismo momento del tiempo (el momento actual) montos de dinero que se reciben o se invierten en diferentes períodos. Se utiliza para valorar la capacidad que tiene un proyecto de generar valor o no y se estima a partir de los flujos de caja proyectados. El valor neto de dichos flujos se trae al valor presente y de este modo se sabe si el proyecto genera valor o no.

Para establecer el costo de oportunidad, dado que estamos hablando de una inversión de dineros públicos, se emplea la Tasa Social de Descuento del país, aceptada por el departamento Nacional de Planeación DNP. Esta es la rentabilidad que podría generarse a la economía nacional, en caso de que los recursos de un proyecto de inversión se destinaran a la mejor alternativa disponible. En éste caso la tasa de descuento expresa el porcentaje de riqueza adicional que podría obtener el país en cada período determinado de tiempo, si no se canalizaran esos recursos a un proyecto en particular.

La Tasa Social de Descuento, TSD, es uno de los parámetros más importantes en la evaluación socioeconómica de proyectos, por ser el factor que permite comparar los beneficios y los costos económicos del proyecto en diferentes momentos del tiempo y con relación al mejor uso alternativo de esos recursos. Para Colombia, este indicador es del 12% anual6.

Tasa interna de retorno.

Luego de estimar los diferentes flujos de fondos y calcular el VAN se calculó la tasa Interna de Retorno TIR, como la tasa de interés que iguala el valor presente neto a 0.

Conclusiones del estudio financiero

1. Desde el punto de vista financiero es factible crear una EPS del régimen subsidiado en el Distrito capital de Bogotá, siempre que se asegure un plan comercial y de mercadeo agresivo, que asegure los ingresos de los dos años, con un VPN > que cero, equivalente a $738.375,63 millones en diez años y una tasa interna de retorno del 11.76%.

2. Los factores de las proyecciones más inestables, y que por lo tanto deben cuidarse si se acoge la idea de crear la EPS son el manejo cuidadoso de la afiliación, la comprobación de derechos y la eficiencia en el recaudo de la UPC de todos los afiliados. Para que la EPS sea viable puede comenzarse con una eficiencia del 92% pero antes de dos años esta eficiencia debe subir al 94 y en seis años debe lograrse una eficiencia del 97%, como actualmente los hacen muchas EPS del Régimen contributivo.

3. Se debe tener un cuidado extremo con el nivel del gasto médico. Un incremento de 2 ó 3 puntos porcentuales de gasto médico es suficiente para generar pérdidas importantes. Entre los factores clave para mantener la siniestralidad en niveles razonables se encuentra:

a. Establecer son un proceso adecuado de afiliación, que evite la selección adversa, ó que impida ser víctima de la competencia desleal ó las estrategias de descreme de otras EPS.

b. Buscar un balance de población urbana y rural favorable. Las poblaciones urbanas tienen mayor siniestralidad.

c. Buscar las metas de afiliación dentro de la población que se incorporará con la expansión de cobertura. La población que se traslade de otras EPS tiene más riesgo de selección adversa y riesgo moral.

d. Una adecuada atención preventiva y de servicios a los afiliados.

4. Si se considera que la finalidad que el Distrito persigue con la creación de la EPS es la de constituirse en un factor regulador del aseguramiento que potencie la calidad y eleve el nivel de competencia, resulta que esta externalidad positiva sumada al resultado positivo del escenario prudente hace mas favorable esta alternativa.

5. Para que la EPS del Distrito sea exitosa es necesario:

a. Buscar alternativas que permitan diluir el gasto administrativo en alianza con las IPS del distrito, organizadas en redes ó micro redes.

b. Se debe construir una estructura orgánica liviana y flexible, que crezca progresivamente.

c. Un plan comercial y de mercadeo agresivo desde el inicio es crucial para el éxito de la EPS, que depende de la expansión de cobertura que se desarrolla de acuerdo a la ley 1122.

d. La EPS del Distrito debe evitar convertirse en un rincón para los enfermos que no quieren las otras EPS.

e. Las compras conjuntas de servicios y a precios de mercado son esenciales para el éxito de la EPS.

6. Se debe evaluar si la EPS del Distrito sería viable con las tarifas que actualmente paga la Secretaría a los Hospitales Públicos. De acuerdo a los análisis no es factible trabajar con tarifas ISS 2004 más 10% y mucho menos con tarifas SOAT 2008.

OBJETO DEL PROYECTO

Tiene por objeto el proyecto de acuerdo presentado a consideración del Concejo de Bogotá, otorgar precisas facultades extraordinarias al Alcalde Mayor de Bogotá D. C., para que dentro de un plazo máximo de seis (6) meses contados a partir de la fecha de la vigencia:

1). Adelante conforme a la normatividad legal vigente las acciones necesarias para crear, adquirir total o parcialmente una Entidad Promotora de Salud, o para asociarse con otros entes públicos o privados con el fin de crear una Entidad Promotora de Salud.

2). Defina la naturaleza jurídica y demás características necesarias para la habilitación y el funcionamiento de la EPS Distrital, acorde con las normas del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

3). Modifique la estructura orgánica y funcional de la Secretaría Distrital de Salud con el objeto de armonizar sus funciones.

COMPETENCIA

Según el artículo 49 de la Constitución Política de Colombia, corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad.

Conforme lo establece el artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, corresponde al Concejo Distrital.

"1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito. (…)

9. Crear, suprimir y fusionar establecimientos públicos y empresas industriales y comerciales y autorizar la constitución de sociedades de economía mixta y la participación del Distrito en otras entidades de carácter asociativo, de acuerdo con las normas que definan sus características". (…)

11. Revestir pro tempore al alcalde mayor de precisas facultades para el ejercicio de funciones. (…)"

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá DC.

PROYECTO DE ACUERDO No. __________ DE 2008

"POR EL CUAL SE OTORGAN PRECISAS FACULTADES EXTRAORDINARIAS AL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D. C."

El Concejo de Bogotá D. C., en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 313 y 322 de la Constitución Política, los numerales 8, 9 y 11 del artículo 12 y el artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993,

ACUERDA:

Artículo 1. Otorgar precisas facultades extraordinarias al Alcalde Mayor de Bogotá D. C., para que dentro de un plazo de seis (6) meses contados a partir de la fecha de la vigencia del presente Acuerdo:

1). Adelante conforme a la normatividad legal vigente las acciones necesarias para crear, adquirir total o parcialmente una Entidad Promotora de Salud -EPS, o para asociarse con otros entes públicos o privados con el fin de crear una Entidad Promotora de Salud Distrital, adscrita al Sector Salud.

2). Defina la naturaleza jurídica y demás características necesarias para la habilitación y el funcionamiento de la EPS Distrital, acorde con las normas del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Parágrafo: Para efectos de lo previsto en el presente artículo, la Secretaría Distrital de Salud modificará su estructura orgánica y funcional, si a ello hubiere lugar.

Artículo 2. La Entidad Promotora de Salud -EPS- que se constituya, participará en los regímenes contributivo y/o subsidiado dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia, promoverá la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud en su ámbito geográfico y régimen de influencia, administrará el riesgo en salud de sus afiliados y pagará los servicios de salud a los prestadores con los cuales tenga contrato; organizará y garantizará la prestación de los servicios de salud previstos en los Planes Obligatorios de Salud de los regímenes Contributivo y/o Subsidiado según corresponda. En consecuencia, deberá afiliar y carnetizar a la población afiliada al régimen contributivo y/o aquella beneficiaria de subsidios en salud.

Artículo 3. El Alcalde Mayor de Bogotá D. C. dispondrá de los siguientes recursos para el ejercicio de las facultades extraordinarias otorgadas por el presente Acuerdo:

a. Las apropiaciones que le sean asignadas en el presupuesto distrital.

b. Los bienes y derechos que el Distrito le otorgue, aporte y/o asigne a cualquier título para garantizar la sostenibilidad financiera de la EPS Distrital.

c. Los recaudos que de acuerdo con la Ley 100 de 1993 y demás normas le correspondan como Entidad Promotora de Salud, sean del régimen contributivo y/o subsidiado.

d. Una vez entre en operación la EPS Distrital, los valores que reciba por la prestación, venta y administración de los servicios de salud, planes complementarios de salud, los copagos y cuotas moderadoras que se establezca dentro del Plan Obligatorio de Salud -POS-.

e. Las demás fuentes que la Constitución, las leyes y otras normas determinen.

Artículo 4. El Alcalde Mayor de Bogotá D. C. informará al Concejo Distrital sobre el uso que haga de las facultades extraordinarias otorgadas por el presente Acuerdo, dentro de los tres (3) meses siguientes a su vencimiento.

Artículo 5. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.

Publíquese y Cúmplase

Dado en Bogotá a los __ días del mes de diciembre de 2008

HIPÓLITO MORENO GUTIÉRREZ

Presidente del Concejo de Bogotá D. C.

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá D. C.

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 Sarmiento A., Ramírez C. El Índice de condiciones de vida una propuesta para la distribución. Departamento Nacional de Planeación. Bogotá, 1998; pág. 2-12.

2 Superintendencia Nacional de Salud. Octubre de 2007.

3 De acuerdo a información de Gestar Salud presentada en la Comisión VII del Senado sobre Glosas, Multiafiliación y Registro en la BDUA. Octubre de 2008.

4 Fuente de promedio de personas por hogar obtenido del Estudio de Mercadeo

5 El Estudio del PARS de 2004 demostró que existe una gran divergencia entre el gasto médico reportado en los estados financieros y los registros de siniestralidad, con una variabilidad que va del 5% al 800%. Esta incongruencia hace prácticamente inútil este tipo de información, asimismo el elevado nivel de cartera, superior a 180 días, hace impracticable un análisis con estas fuentes una vez que no están disponibles los flujos de fondos de los años anteriores y posteriores. También se conoce que podrían existir subsidios cruzados y traslados de fondos de las compañías aseguradoras a través de la contratación con otras compañías de sus grupos empresariales, cuestión que está en estudio.

6 De acuerdo a información del Departamento nacional de Planeación DNP.