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Resolución 5604 de 2008 Ministerio de Transporte

Fecha de Expedición:
24/12/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/12/2008
Medio de Publicación:
Diario Oficial 47218 de diciembre 30 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCION 005604 DE 2008

(diciembre 24)

por medio de la cual se aclara el numeral 1 del artículo de la Resolución número 005194 del 10 de diciembre de 2008.

EL MINISTRO DE TRANSPORTE,

en uso de sus facultades, en especial las conferidas por la Ley 769 de 2002 y el Decreto 2053 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 005194 del 10 de diciembre de 2008 se estableció un procedimiento especial para el Registro de Propiedad de un vehículo a persona indeterminada y se dictaron otras disposiciones;

Que examinado el literal b) del artículo 2° frente al numeral 1 del artículo 4° de la Resolución número 005194 del 10 de diciembre de 2008, se presenta un error mecanográfico de transcripción toda vez que el término correcto es de tres (3) años, por lo tanto se hace necesario efectuar la aclaración pertinente;

Que por lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. Aclarar el numeral 1 del artículo de la Resolución número 005194 del 10 de diciembre de 2008, así: "1. Cuando no hayan transcurrido siquiera tres (3) años desde el momento en que se efectuaron los actos de enajenación pendientes por legalizar".

Artículo 2°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el numeral 1 del artículo 4° de la Resolución número 005194 del 10 de diciembre de 2008.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 24 de diciembre de 2008.

El Ministro de Transporte,

Andrés Uriel Gallego Henao.

(C. F.)

NOTA: Publicada en el Diario Oficial 47.218 de diciembre 30 de 2008.