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ACUERDO LOCAL 005 DE 2008 (Diciembre 15) Liquidado por el Decreto Local 19 de 2008 "Por el cual sé aprueba el presupuesto de rentas e ingresos, gastos e inversión para la vigencia fiscal de 2.009, en el presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Suba". CONSIDERANDO: Que es deber de la Junta Administradora Local, estudiar, analizar y debatir los proyectos presentados por el Alcalde Local. Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 13 del decreto 1139 de 2.000, corresponde al Alcalde Local preparar anualmente el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos de inversión del respectivo Fondo de Desarrollo Local. Que el mismo decreto en su artículo 16 establece que "El Alcalde Local presentará a la Junta Administradora Local –JAL, dentro de los tres (3) primeros días de sesiones ordinarias del mes de Diciembre, a nivel de Programas, el proyecto de Presupuesto para su estudio y aprobación; y que adicionalmente el Alcalde Local presentará el mensaje presupuestal y un anexo informativo con el detalle de la composición del presupuesto, hasta el nivel de proyectos, para facilitar el estudio y aprobación del proyecto de presupuesto".. Que el Decreto 1139 de 2000, en su artículo 17 establece que "El cómputo de ingresos presentado por el Alcalde Local con arreglo a las normas del mismo Decreto no podrá ser aumentado por la JAL sin el concepto previo de aquél, expresado en mensaje escrito. El mismo requisito se exigirá para aumentar o incluir nuevas partidas en el Presupuesto de Gastos presentado por el Alcalde Local. Si se eleva el cálculo de los ingresos o se elimina o disminuye alguna de las apropiaciones del Presupuesto de Gastos, las sumas disponibles, sin exceder su cuantía, podrán aplicarse a otras Inversiones o gastos, previa aceptación escrita del Alcalde Local, La JAL, podrá eliminar o reducir partidas de gastos propuestas por el Alcalde Local, con excepción de las que necesiten para la atención completa de los servicios ordinarios del F.D.L. y las inversiones autorizadas en el correspondiente Plan de Desarrollo Local a que se refieren en el numeral primero del artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 88 de la Ley 617 de 2000." Que de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 69 del Decreto ley 1421 de 1.993, corresponde a la Junta Administradora Local aprobar el presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local previo concepto favorable del CONFIS Que mediante Oficio 2008EE338172 del 26 de Septiembre de 2008 de la Secretaría Distrital de Hacienda se comunica que la cuota preliminar de Transferencias de la Administración Central asignada para inversión al Fondo de Desarrollo Local de Suba, para la vigencia fiscal 2009 es de TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MILONES QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL PESOS ($37.372.532.000,oo), la cual incluye el valor de destinación mínima para pavimentos locales (sobretasa a la gasolina) de $ 2.474.598.000, y el reóforo 2008 por $3.664.099.000. Que la Secretaría Técnica del CONFIS, con el Oficio No. 2008-30193 del 28 de Diciembre 2008, informa que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal –CONFIS, en su reunión No. 14 del 25 de Diciembre de 2008 y en cumplimiento de lo establecido en el literal f del Artículo 10 del Decreto 714, emitió concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de SUBA para la Vigencia Fiscal del año 209, por la suma de SETENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS ($70.871.615.949,oo) M/Cte. En consideración a lo anterior la Junta Administradora Local de Suba Ver el Acuerdo Local 02 de 2009 ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar el presupuesto de Rentas e Ingresos, Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba, por la suma de SETENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS ($70.871.615.949,oo) M/Cte., para la Vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2.009, según el siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del primero (1º) de Enero de dos mil nueve (2009).PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Ponentes: Liliana Alfonso Jaimes Carlos Gabriel Camacho Obregón Dado en Bogotá a los quince (15) días del mes de diciembre de dos mil ocho (2008). LILIANA ALFONSO JAIMES Presidenta Junta Administradora Local NECTY ECHEVERRY GRANADOS Vicepresidenta Junta Administradora Local Se recibe a los quince (15) días del mes de diciembre de dos mil ocho (2008). El Alcalde Local de Suba, sanciona a los diecinueve (19) días del mes de diciembre de dos mil ocho (2008) éste Acuerdo. RUBÉN DARÍO BOHÓRQUEZ RINCÓN Alcalde Local de Suba NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4125 de diciembre 26 de 2008 |