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Proyecto de Acuerdo 53 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 01/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No

PROYECTO DE ACUERDO No. 053 DEL 2009

"POR MEDIO DEL CUAL SE INSTITUCIONALIZA LA SEMANA DISTRITAL DE BOGOTÁ SOY YO"

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. OBJETO DEL PROYECTO

Este proyecto de acuerdo pretende promover en la ciudad de Bogotá acciones pedagógicas y campañas de sensibilización pública para reconocer y generar sentido de pertenencia por nuestra ciudad, generando conciencia ciudadana a los que habitan, residen y visitan Bogotá que sienta que la Capital de los Colombianos es la ciudad de todos, es decir que a pesar que la mayoría de habitantes de Bogotá no son nacidos en ésta ni sus familias, con el correr del tiempo se vaya creando un sentimiento que una y ligue a sus habitantes con la ciudad, lo cual genera un mejoramiento para la convivencia y embellecimiento de ésta.

En ese sentido se propone que en Bogotá se institucionalice la promoción y realización de la Semana Distrital de Bogotá Soy Yo, la cual se efectuaría anualmente, iniciando el segundo lunes del Festival de Verano (El cual se celebra en el mes de agosto para conmemorar el aniversario de la ciudad), hasta el siguiente domingo.

Durante una semana se desarrollaran varias actividades que vinculen de manera directa a las instituciones y sus habitantes con el ánimo de engalanar y exaltar a todas las personas naturales y jurídicas, Barrios, Localidades, UPZ, Instituciones Educativas, Religiosas, Civiles, Militares, Empresas de transporte público, de Seguridad, Organizaciones de Deporte Asociado entre otras, que de alguna manera han contribuido con el desarrollo de Bogotá o han aportado con hechos a generar actos de ejemplo de buena ciudadanía, para que con el desarrollo de las actividades se cree un sentido de pertenencia por la ciudad y que aquellas personas que aún no se sienten como Bogotanos a pesar de llevar la mayoría de su tiempo viviendo en ésta se empiecen a generar arraigo y lazos por Bogotá.

2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

  • Establecer una semana en donde se desarrollen actividades que generen sentido de pertenencia con la ciudad.
  • Realizar condecoraciones, premiaciones y exaltaciones a toda institución o persona que realice dichas actividades que embellezcan a Bogotá o que realicen actividades de Convivencia Ciudadana o que cumplan de manera ejemplar con sus deberes como ciudadano.
  • Generar una competencia sana entre localidades, barrios, cuadras, personas, que al desarrollarse a parte de los premios o exaltaciones, bogota se vea directamente beneficiado con el resultado de éstas.
  • Establecer patrones o criterios para que en el transcurso de la semana se premien, condecoren y se entreguen beneficios, apoyos y exenciones a quines participen de manera activa con el propósito y con las actividades establecidas en el proyecto.
  • Lograr que las personas que habitan en Bogotá, sin importar donde nacieron o de donde son sus familias, se sientan como Bogotanos y sean los mayores defensores y veedores de la Ciudad con el único propósito de aumentar el sentido de pertenencia y se sienta que cada uno forma parte de Bogotá.

3. DATOS Y ESTADÍSTICAS.

Existen estadísticas que nos indican las lesiones mpas comunes por localidad lo cual no da un derrotero para determinar cuales son las más peligrosas, 6 de las localidades que han presentado los incrementos más altos son las localidades está Suba, Kennedy, Ciudad Bolívar, Engativá, Usaquén y Bosa, tal como se muestra en el gráfico siguiente:

Fuente: Suivd

El siguiente cuadro indica los índices de hurto a personas por localidad.

Fuente: Suivd

Las localidades de Suba, Usaquén, Chapinero, Kennedy y Engativa presentan las situaciones más críticas, mientras que localidades como Candelaria, Usme o Tunjuelito, presentan situaciones mucho mejores. El mayor porcentaje del hurto a personas ocurre en la vía pública, seguido por los robos en el transporte público, su ubicación se encuentra muy concentrada, ubicándose en toda la zona de la Caracas, que incluye el mayor porcentaje de universidades y oficinas de la ciudad.

El siguiente cuadro indica los índices de hurto a residencias por localidad.

Fuente: Suivd

Las localidades de Suba y Usaquén presentan las situaciones más críticas, no sólo por al cantidad de eventos, sino por el incremente de 91 y 77 casos respectivamente. Así mismo Kennedy y Ciudad Bolívar presentaron incrementos significativos.

Cuadro que establece los hurtos al comercio por localidad.

Fuente: Suivd

4. RAZONES DEL PROYECTO.

Si bien es cierto que el Festival de Verano ha sido una fiesta de gran importancia a nivel nacional e internacional, podemos concluir que a pesar de realizarse variedad de actividades, todas estas en su mayoría por no decir la totalidad los habitantes asisten como meros espectadores.

El Festival de Verano de Bogotá completa el presente año, doce versiones ininterrumpidas, desde que en junio de 1997 se realizara su primera edición, fueron 18 días de fiesta con más de cien actividades para toda la familia bogotana, desde entonces, se ha venido consolidando como el evento de la lúdica y el tiempo libre más importante de la ciudad y el país por los siguientes aspectos:

- Es el certamen más masivo y extenso que se realiza en Bogotá, pues convoca a miles y miles de espectadores año tras año.

- El ingreso libre, la calidad de los eventos, artistas y deportistas invitados atrae a todo tipo de públicos.

- Se ha convertido en la fiesta más representativa de la capital del país, equivalente a la Feria de las Flores para Medellín, el Carnaval de Barranquilla, la Feria de Cali o el Carnaval de Blancos y Negros para Pasto.

- Se realiza simultáneamente en diferentes escenarios, atendiendo a su carácter descentralizado y ofrece programación para toda la familia.

- Es el evento más importante y tradicional durante la celebración de las fiestas de aniversario de fundación de Bogotá.

- El Festival de Verano es considerado "de interés cultural" para la ciudad según Acuerdo 70 de 2002 del Concejo de Bogotá.

- Y fue declarado de "de interés social, cultural y deportivo dentro de un marco nacional" según Ley 904 de 2004 del Congreso de la República.

Por lo tanto, resulta importante crear actividades en donde los habitantes de Bogotá participen de manera directa y activa en escenarios donde se desarrollen competencias no deportivas sino de convivencia ciudadana, de compromisos ciudadanos y de cooperación y progreso a la ciudad, que generen y afiancen cada vez más vínculos con la ciudad.

Así generando lo anterior, se desarrollaran actividades, en donde se logre premiar al sector más seguro, más limpio, más bello, las mejores fachadas, la mejor localidad, el mejor barrio, el mejor ciudadano, la empresa de transporte menos infractora, el mejor distintivo de la ciudad, la colonia más comprometida, la institución educativa más comprometida, empresa con proyectos sociales y todas las demás competencias o actividades que contribuyan a embellecer y hacer sentir que quienes habitan Bogota hacen parte de esta, razón por la cual se denomina la semana de BOGOTA SOY YO.

La Ley 904 de 2004, por medio de la cual se declara de interés social, cultural y deportivo el Festival de Verano de Bogotá, establece que éste se desarrollará como una manifestación de identidad cultural de la ciudad, por tanto sus actividades deben estar encaminadas a tal fin destacando la diversidad étnica y cultural que integra la ciudad.

Así mismo, se estableció que el festival debe desarrollarse dentro de un marco de descentralización de eventos, con el fin de lograr una mayor participación de la población de la ciudad, aprovechando los espacios públicos y deportivos en cada una de las localidades.

En razón de lo anterior, se presenta dicha iniciativa de lograr introducir dentro del Festival de Verano de Bogotá, la semana de "Bogota Soy Yo", con el ánimo de engalanar y exaltar a todas las personas que contribuyen con el progreso, desarrollo, embellecimiento y dan ejemplo con sus actuaciones a las demás personas que habitan la capital, además, se busca que así como el festival busca conmemorar el aniversario de la ciudad, pues que mejor ocasión para generar oportunidades y actividades que logren que quienes vivan y participen en éstas, creen un sentido de pertenencia, que lo único que lograría sería compromiso, seguridad y convivencia.

Por tanto, se propone que la administración al momento de reglamentar la presente iniciativa, establezca los premios, condecoraciones, apoyos y exenciones, que se entregaran a los galardonados.

De tal forma que se establezcan exenciones tributarias, apoyos en servicios públicos, cupos educativos, ventajas recolección de basuras, apoyo en proyectos de micro empresas o micro industrias, que lo único que lograrían es generar una cultura de participación e identidad con la ciudad.

No existe nada mejor, que dentro del marco de la semana se voltee las cargas administrativas del distrito y de castigar a quien no cumple, se genere una cultural de premiación y exaltación a quien cumpla con sus compromisos o realice actividades en pro de Bogotá, lo cual generaría una cultura de competencia entre los diferentes sectores, instituciones educativas, empresas habitantes y todos aquellos que puedan participar en aras de embellecer a Bogota y consolidar la cultura ciudadana, que trae de la mano la convivencia, seguridad y embellecimiento de ésta.

Finalmente, resulta importante establecer la semana aludida en aras de disminuir las estadísticas negativas de Bogotá en cuanto a desempleo, violencia, inseguridad, industria, identidad, convivencia y todos los demás índices que afectan de manera negativa la ciudad y quienes la habitan.

En conclusión, lo que se pretende con la iniciativa es generar un sentido de pertenencia de los ciudadanos que habitan Bogotá, por otra parte, que la mayoría de personas que participan en los eventos del festival de verano como meros espectadores puedan participar de una manera activa y directa en actividades que benefician la ciudad desde los ámbitos, sociales, culturales, deportivos, económicos, de seguridad, etc.

5. IMPACTO FISCAL.

Esta iniciativa no genera ningún impacto en el Marco Fiscal de Mediano Plazo del Distrito Capital, puesto que la logística y organización de la semana, se desarrollará dentro del marco del desarrollo del festival del verano, para lo cual la administración tiene ya destinado el personal y presupuesto para éste.

Por otra parte, si la administración decide en el desarrollo de la reglamentación de la presente iniciativa establecer aportes, premios dinerarios o extensiones tributarias, becas, o cualquier otro incentivo que implique un rubro presupuestal, pues ésta lo realizará cumpliendo los presupuestos económicos y conceptos de viabilidad de los nuevos rubros.

Por lo anterior, la presente iniciativa no genera un impacto fiscal a mediano plazo como lo establece la Ley 819 de 2003.

6. MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL DEL PROYECTO

    • Constitución Política de Colombia

"Artículo 2. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacifica y la vigencia de un orden justo."

"Artículo 37. Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Sólo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho."

"Artículo 38. Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad."

"Artículo 52. Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre.

El Estado fomentará estas actividades e inspeccionará las organizaciones deportivas, cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas."

"Artículo 70. El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional.

La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación."

"Artículo 71. La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades."

  • Ley 904 de 2004, "Por medio de la cual se declara de interés social, cultural y deportivo el Festival de Verano de Bogotá."

"Artículo 3°. El Festival de Verano de Bogotá, D. C., se desarrollará como una manifestación propia de la "Identidad Cultural" de la ciudad, por lo tanto, sus actividades sociales, culturales y deportivas, deben estar encaminadas a tal fin, destacando la diversidad étnica y cultural que integra la ciudad."

"Artículo 4°. El Festival de Verano de Bogotá, D. C., se presentará como el resultado de un proceso de formación social, cultural y deportivo, haciendo énfasis en un trabajo de participación, con la población escolarizada y desescolarizada, los adultos mayores sean o no pensionados y demás comunidades organizadas."

"Artículo 5°. El Festival de Verano de Bogotá, D. C., debe desarrollarse dentro de un marco de descentralización de eventos, con el fin de lograr una mayor participación de la población de la ciudad, aprovechando los espacios públicos y deportivos en cada una de las localidades, con el apoyo de las respectivas juntas administradoras locales y demás asociaciones, pero manteniendo los sitios tradicionales de convocatoria Distrital."

  • Acuerdo Distrital 70 de 2002, "Por el cual se declara de interés cultural el "Festival de Verano de Bogotá D.C."

ARTICULO 2º Vincular de manera activa a los niños y niñas de jardines infantiles, escuelas y colegios públicos de la ciudad al "Festival de Verano".

ARTICULO 3º Vincular de manera activa a los adultos mayores, pensionados, madres comunitarias y a las comunidades organizadas al "Festival de Verano".

ARTICULO 4º La administración Distrital promoverá la participación de los entes educativos privados con sede en el territorio Distrital al "Festival de Verano".

  • Decreto Ley 1421 de 1993, Estatuto Orgánico de Bogotá.

Articulo 12°, Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la Ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a su cargo.

25. Cumplir las demás funciones que le asignen las disposiciones vigentes.

En razón de lo anterior y de conformidad con la exposición de motivos, presentamos a consideración del Honorable Concejo de Bogotá la presente iniciativa normativa.

Atentamente,

CARLOS ORLANDO FERREIRA P.

CARLOS FERNANDO GALÁN P.

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

FELIPE RÍOS LONDOÑODARIO

FERNANDO CEPEDA P.

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

FERNANDO LÓPEZ GUTIÉRREZ

JULIO CESAR ACOSTA A.

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

CLARA LUCIA SANDOVAL M.

ORLANDO CASTAÑEDA S.

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

NELLY PATRICIA MOSQUERA M.

MARÍA ANGÉLICA TOVAR R.

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

HENRY CASTRO

Concejal de Bogotá

PROYECTO DE ACUERDO DEL 2009

"POR MEDIO DEL CUAL SE INSTITUCIONALIZA LA SEMANA DISTRITAL DE BOGOTA SOY YO "

ARTÍCULO 1º. Institucionalícese la Semana Distrital de Bogotá Soy Yo, la cual se llevará a cabo anualmente durante el desarrollo del Festival de Verano, iniciando el segundo lunes del Festival de Verano (El cual se celebra en el mes de agosto para conmemorar el aniversario de la ciudad), hasta el siguiente domingo.

ARTÍCULO 2º. La Semana Distrital del Buen Trato tiene como objetivo promover en la ciudad de Bogotá acciones pedagógicas y campañas de sensibilización pública para reconocer y generar sentido de pertenencia por nuestra ciudad, generando conciencia ciudadana a los que habitan, residen y visitan Bogotá que sienta que la Capital de los Colombianos es la ciudad de todos.

ARTÍCULO 3º. La Administración Distrital a través de sus Secretarías, coordinará la realización de la semana distrital de "Bogotá Soy yo", definirá los ejes temáticos de las jornadas, diseñará las actividades y vinculará a las entidades y funcionarios de la administración distrital en su ejecución. Con 2 meses de anterioridad, se publicará la agenda de actividades que se llevará a cabo en la semana distrital del buen trato.

Parágrafo: La administración garantizará la participación de las instituciones educativas, organizaciones no gubernamentales, organizaciones religiosas y organizaciones sociales que deseen vincularse en las actividades de la semana de Bogotá Soy yo y buscará la forma de vincular de manera paralela esta semana con el festival de verano.

ARTÍCULO 4º. El fin de semana correspondiente de esa semana, Se llevará a cabo la premiación de las actividades desarrolladas durante ésta, la cuales serán establecidas por la Administración de manera conjunta con la programación del Festival de Verano, dichas actividades deben estar encaminadas a incentivar el compromiso ciudadana, el cumplimiento del deber como ciudadano, el embellecimiento de Bogotá y la exaltación a las personas naturales y jurídicas que contribuyan con el desarrollo, progreso de la ciudad y sus comunidades.

Parágrafo: La Secretaría de Cultura, recreación y Deporte promoverá una jornada lúdica de pertenencia e identidad ciudadana, en cada una de las localidades, como una acción masiva y simbólica que favorezca la sensibilización de los ciudadanos para generar un sentido de pertenencia en donde todas las personas que habitan o visitan Bogotá se sientan como parte de ésta.

ARTÍCULO 5º. La Administración Distrital se encargará de la divulgación de las actividades y beneficios otorgados a las personas que participan en las actividades desarrolladas durante la semana de BOGHOTÁ SOY YO, como mecanismo de estímulo, promoción y fomento para la creación del sentido de identidad y pertenencia con la ciudad de Bogotá.

ARTÍCULO 6°. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

HIPOLITO MORENO GUTIERREZ

MARTHA LUCÍA CIPAGAUTA CORREA

Presidente

Secretaria GeneraL