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Proyecto de Acuerdo 59 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 01/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No

PROYECTO DE ACUERDO No. 059 de 2009

POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL SISTEMA DE EVALUACION Y PLANIFICION DEPORTIVA ANUAL EN EL DISTRITO CAPITAL.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. OBJETO DEL PROYECTO DE ACUERDO

El presente Proyecto de Acuerdo tiene por objeto, crear el Sistema de Evaluación y Planificación Deportiva Anual en el Distrito Capital, como método idóneo para establecer eficazmente las debilidades y fortalezas del deporte Bogotano. Igualmente pretende fijar políticas dirigidas a una verdadera planificación de calidad en los deportistas capitalinos y así construir una verdadera cultura deportiva en nuestra ciudad.

Este Proyecto de Acuerdo también tiene por objeto, mejorar los canales de comunicación entre el Instituto de Recreación y Deporte y las Ligas deportivas de Bogotá para que fijen criterios mutuos en el proceso de rendimiento de los deportistas en las diferentes disciplinas.

2. JUSTIFICACION

El deporte, es definido por la Ley 181 de 1995, "Por la cual se dictan disposiciones para el fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física y se crea el Sistema Nacional del Deporte", como la específica conducta humana caracterizada por una actitud lúdica y de afán competitivo de comprobación o desafío expresada mediante el ejercicio corporal y mental, dentro de disciplinas y normas preestablecidas orientadas a generar valores morales, cívicos y sociales.

De acuerdo con esta definición, se entiende que esta actividad debe protegerse, regularse y ejecutarse no solo en virtud de la voluntad legislativa, sino por expreso mandato constitucional.

Desafortunadamente en Bogotá, se observa que en el tema deportivo no existe una prelación significativa por parte del Gobierno Distrital y sus instituciones, que permita realmente formar deportistas profesionales y que, lamentablemente, las políticas en esta materia son deficientes y precarias, lo cual ha impedido el desarrollo del deporte de alto rendimiento, y de nivel competitivo en nuestro país.

A lo anterior se suma, que no existe un canal de comunicación entre las ligas deportivas de Bogotá e instituciones como el IDRD, que permita crear directrices para la formación y construcción del deporte Bogotano. Esto fue factor determinante en los resultados obtenidos por la delegación Bogotana en los recientes Juegos Deportivos Nacionales 2008, delegación que ocupo el primer puesto en los juegos del año 2004 superando a Antioquia y Valle potencias deportivas en nuestro país.( ver cuadro)

COMPARATIVO DE RESULTADOS DE LAS DELEGACIONES

TABLA MEDALLERO AÑOS 2004- 2008

Fuente: www.juegosnacionales.gov.co

Se debe aclarar que Bogotá al ser sede de los juegos nacionales 2004, también asumió el reto de ser el campeón en la celebración Nº 17 de este certamen, objetivo que cumplió, pero la mayoría de los deportistas participantes y que lograron un mayor número de medallas de oro, no son nacidos en nuestra capital, es el caso de Ivonne Paola Bohada Aza, oriunda del Tolima y deportista en actividades subacuaticas que gano 4 medallas de oro individual y 3 mas en equipo, Neir Cortes, deportista Chocoano en canotaje quién obtuvo tres medallas de oro individual y 3 mas en equipo etc…

Con esto no quiero desmeritar la labor realizada por deportistas foráneos en nuestra ciudad, pero si quiero hacer una profunda reflexión en torno a la falta de preparación en los capitalinos con potencia de futuros medallistas en la celebración de los juegos nacionales y otros certámenes deportivos a nivel internacional, además el inestable y precario apoyo que el distrito otorga a los deportistas razón por la cual en los pasados juegos nacionales desertaron un buen número de ellos.(ver cuadro)

DESERCION DEPORTISTAS BOGOTA 2004- 2008

Fuente: Investigación Concejal Carlos Orlando Ferreira, ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA, Instituto Distrital Recreación y Deporte, XVII Juegos Deportivos Nacionales 2004 Bogota sin Indiferencia, Pág. 16, 47, 50, 72, 130.

Observando el cuadro anterior, se deduce que aunque hay decersion de medallistas en el 2004, algunos de ellos no obtuvieron resultados significativos en otras delegaciones, esto se debe en gran parte a que en Bogotá no existe un plan de seguimiento en el entrenamiento de los deportistas de alto rendimiento, en muchas ocasiones y por tiempo prolongado éstos se apartan del deporte por falta de apoyo técnico y económico que el Distrito le niega.

En mesas de trabajo realizadas con la Ligas deportivas de Bogotá, en el mes de diciembre de 2008, se detectó que esta problemática ha avanzado en los últimos años, pues no perciben un soporte absoluto por parte del IDRD que permita vincularlos en ciertas decisiones en el futuro de los deportistas capitalinos, siendo ellos los verdaderos conocedores de esta actividad.

Así mismo en aspectos evaluativos de los procesos de preparación deportiva existen graves falencias pues no se observa que haya un progreso en estas actividades, falencia que no permite retroalimentar positivamente las doctrinas en el deporte Bogotano, es decir no hay un sistema de evaluación certero que admita identificar específicamente las desventajas que tienen los deportistas de las disciplinas que se practican en la capital.

De conformidad con "la resolución del Instituto Distrital para la Recreación y del Deporte No. 320 de julio 24 de 2002, se reglamentan las funciones del Grupo de Alto Rendimiento Deportivo de la División de Deportes - Subdirección Técnica de Recreación y Deportes, así:

  • Establecer en un plan de desarrollo los objetivos, las tareas, y metas para el Proyecto de Alto Rendimiento Deportivo, el cual estará conformado por el Área de Desarrollo Social, Medicina del Deporte y Ciencias Aplicadas y el Equipo Técnico Metodológico.
  • Definir la población objeto y manejar el banco de datos de rendimiento de los deportistas.
  • Orientar las formas organizativas para planificar, controlar y evaluar los procesos de preparación de los deportistas.
  • Mantener comunicación permanente con las ligas, asesorando las comisiones Técnicas y Comité Ejecutivo en el Tema de Alto Rendimiento Deportivo"1.

Sin embargo se observa que no existen métodos evaluativos idóneos en aspectos deportivos y fijación de estrategias, ya que los resultados de nuestra delegación no lo demuestran.

Por lo anterior, esta iniciativa pretende crear el sistema de evaluación y planificación deportiva en el distrito para el mejoramiento del deporte capitalino. También pretende vincular a las ligas deportivas en este sistema como parte fundamental en la toma de decisiones que permitan un mejor desarrollo en el tema objeto de estudio.

Este sistema será presidido por el Instituto Distrital para la Recreación y Deporte ya que es el ente especializado en deporte y el competente para la realización de proyectos a futuro que muestren en competencias nacionales e internacionales una mejor gestión de nuestra delegación.

3. MARCO JURIDICO

3.1. CONSTITUCION POLITICA

La Constitución Nacional al referirse al estado Social de Derecho señala:

"ARTICULO 2o. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares".

También establece la Carta dentro del capítulo de los derechos sociales, económicos y culturales, los siguientes derechos:

"ARTICULO 52. El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como una función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano.

El deporte y la recreación, forman parte de la educación y constituyen gasto público social.

Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre.

El Estado fomentará estas actividades e inspeccionará las organizaciones deportivas, cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas".

3.2. LEY 181 DE 1995

Por su parte, la Ley 181 de 1995 que consagra las disposiciones para el fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre, y la educación física, resalta la importancia de estos asuntos así:

"ARTICULO 3. Para garantizar el acceso del individuo y de la comunidad al conocimiento y práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, el Estado tendrá en cuenta los siguientes objetivos rectores:

… 3. Coordinar la gestión deportiva con las funciones propias de las entidades territoriales en el campo del deporte y la recreación y apoyar el desarrollo de éstos.

6. Promover y planificar el deporte competitivo y de alto rendimiento, en coordinación con las federaciones deportivas y otras autoridades competentes, velando porque se desarrolle de acuerdo con los principios del movimiento olímpico.

7. Ordenar y difundir el conocimiento y la enseñanza del deporte y la recreación, y fomentar las escuelas deportivas para la formación y perfeccionamiento de los practicantes y cuidar la práctica deportiva en la edad escolar, su continuidad y eficiencia.

16. Fomentar la adecuada seguridad social de los deportistas y velar por su permanente aplicación.

17. Contribuir al desarrollo de la educación familiar, escolar y extraescolar de la niñez y de la juventud para que utilicen el tiempo libre, el deporte y la recreación como elementos fundamentales en su proceso de formación integral tanto en lo personal como en lo comunitario".

"ARTÍCULO 4. El deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, son elementos fundamentales de la educación y factor básico en la formación integral de la persona. Su fomento, desarrollo y práctica son parte integrante del servicio público educativo…".

"ARTÍCULO 16. Entre otras, las formas como se desarrolla el deporte son las siguientes:

Deporte asociado. Es el desarrollo por un conjunto de entidades de carácter privado organizadas jerárquicamente con el fin de desarrollar actividades y programas de deporte competitivo de orden municipal, departamental, nacional e internacional que tengan como objeto el alto rendimiento de los deportistas afiliados a ellas.

Deporte competitivo. Es el conjunto de certámenes, eventos y torneos, cuyo objetivo primordial es lograr un nivel técnico calificado. Su manejo corresponde a los organismos que conforman la estructura del deporte asociado.

Deporte de alto rendimiento. Es la práctica deportiva de organización y nivel superiores. Comprende procesos integrales orientados hacia el perfeccionamiento de las cualidades y condiciones físico-técnicas de deportistas, mediante el aprovechamiento de adelantos tecnológicos y científicos…".

"ARTÍCULO 44. Coldeportes en coordinación con los entes deportivos departamentales y municipales, en su caso, adoptará las medidas necesarias para facilitar la preparación técnica, la incorporación al sistema educativo y la plena integración social y profesional de los deportistas de alto rendimiento durante su carrera deportiva y al final de la misma…". (Subrayado fuera de texto).

3.3. RESOLUCION 412 DE 2006

"Por medio de la cual se reglamenta el Programa de Rendimiento Deportivo, se crea el Sistema de Rendimiento Deportivo y se determinan los apoyos, servicios y estímulos para los deportistas de Bogotá, D.C."

ARTICULO PRIMERO. El objetivo general de la presente resolución es el de reglamentar el Programa de Rendimiento Deportivo de Bogotá, D.C., crear el Sistema de Rendimiento Deportivo Distrital, establecer los requisitos de postulación, inclusión, permanencia y retiro de los deportistas y determinar los apoyos, servicios e incentivos para los deportistas del Sistema de Rendimiento Deportivo del Distrito Capital.

ARTICULO TERCERO. Misión: La misión del programa de rendimiento deportivo de Bogotá, D.C. es: Apoyar técnica, científica y psicosocialmente a los deportistas de la estructura del Sistema de Rendimiento Deportivo convencional y paralímpico del registro de Bogotá, brindándoles condiciones adecuadas para su preparación y participación, con el propósito de mantener el liderazgo del Distrito Capital en el contexto deportivo nacional y mejorar los resultados a nivel internacional.

4. COMPETENCIA DEL CONCEJO

Esta normatividad al referirse a las atribuciones del Concejo Distrital, dispone:

"ARTICULO 12. ATRIBUCIONES. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

5. IMPACTO FISCAL

El presente Proyecto de Acuerdo, no presenta impacto fiscal que vaya en contra de la normatividad, en especial del artículo 7° de la ley 819 de 2003.

CARLOS ORLANDO FERREIRA PINZON

Concejal de Bogotá

NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCIA

Concejal de Bogotá

CLARA LUCIA SANDOVAL

Concejal de Bogotá

MARIA ANGELICA TOVAR RODRIGUEZ

Concejal de Bogotá

JULIO CESAR ACOSTA ACOSTA

Concejal de Bogotá

CARLOS FERNANDO GALAN PACHON

Concejal de Bogotá

FERNANDO LOPEZ GUTIERREZ

Concejal de Bogotá

ORLANDO CASTAÑEDA SERRANO

Concejal de Bogotá

DARIO FERNANDO CEPEDA PEÑA

Concejal de Bogotá

FELIPE RIOS LONDOÑO

Concejal de Bogotá

HENRY CASTRO

Concejal de Bogotá

PROYECTO DE ACUERDO No de 2009

"POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL SISTEMA DE EVALUACION Y PLANIFICACION DEPORTIVA EN EL DISTRITO CAPITAL"

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial las conferidas por el Decreto ley 1421 de 1993, en su artículo 12 numeral 1

ACUERDA

ARTICULO 1: Créese el Sistema de Evaluación y Planificación Deportiva en el Distrito Capital, como el instrumento idóneo para la fijación de criterios que permitan orientar y proyectar la formación de nuevos deportistas en la ciudad de Bogotá y mejorar los procesos de entrenamiento de los ya existentes.

ARTICULO 2: El Sistema de Evaluación y Planificación Deportiva en el Distrito Capital tiene como objetivo establecer eficazmente las debilidades y fortalezas del deporte Bogotano. Igualmente pretende fijar políticas dirigidas a una verdadera planificación de calidad en los deportistas capitalinos y así construir una efectiva cultura deportiva en nuestra ciudad.

ARTÍCULO 3: El Sistema De Evaluación y Planificación Deportiva en el Distrito Capital tiene los siguientes objetivos específicos:

  • Indetificar las falencias en las disciplinas deportivas que se practican en la ciudad de Bogotá.
  • Crear y desarrollar directrices que permitan contrarrestar las falencias detectadas en el deporte Bogotano.
  • Diseñar estrategias de la mano con la Ligas deportivas de Bogota para promover la practica del deporte y el perfeccionamiento de los deportistas de alto rendimiento.
  • Abrir canales de comunicación entre el Instituto para la Recreación y el Deporte IDRD y la Ligas Deportivas de la Capital para la formulación de proyectos encaminados al fortalecimiento del deporte. Para ello se deberá enseñar a la ligas en la elaboración y presentación de proyectos ante el IDRD
  • Asegurar una mayor participación de las Ligas en los certámenes deportivos.

ARTÍCULO 4: Hacen parte del Sistema De Evaluación y Planificación Deportiva en el Distrito Capital:

  • El Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte.
  • Las Ligas Deportivas de Bogotá.

ARTICULO 4: El sector cultura, recreación y deporte en cabeza del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte presidirá el Sistema De Evaluación y Planificación Deportiva en el Distrito Capital y brindará el apoyo necesario para diseñar y reglamentar el presente acuerdo.

ARTICULO 5: Este Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las normas que le sean contrarias.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

HIPOLITO MORENO GUTIERREZ

ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO

Presidente

Secretaria General

NOTA DE PIE DE PÁGINA:

1 http://www.idrd.gov.co/www/resources/RESOLUCION_412_de_2006.doc