RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

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Proyecto de Acuerdo 64 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 01/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No

PROYECTO DE ACUERDO No. 064 DE 2009

Ver Acuerdo Distrital 397 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.

"POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DISTRITAL DE AUTOPARTES USADAS"

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. Introducción

El manejo de los temas de seguridad es de vital importancia para garantizar una calidad de vida de los ciudadanos que habitan la capital y que conviven bajo diversas relaciones sociales y económicas.

En el campo de las actividades económicas relacionadas con vehículos y de sus autopartes conexas, las relaciones comerciales están regladas por el mercado y entre privados, sin embargo los espacios en los que se hacen estas transacciones son públicos y ligados a sitios comerciales registrados legalmente ante la Cámara de Comercio y las demás instituciones distritales que regulan la actividad comercial.

Uno de los graves problemas que presenta este sector es la ilegalidad en el desarrollo de la actividad comercial, lo anterior debido al aumento significativo de sitios ilegales que comercializan con vehículos o autopartes obtenidos por medio de delitos de estafa, robo, desguace, contrabando y demás que están tipificados como delito en nuestro código penal.

El presente Proyecto de Acuerdo que se presenta a consideración de los Honorables Concejales de Bogotá busca regular la comercialización de autopartes usadas con el fin de reducir la posibilidad de transar con dichos elementos adquiridos de forma ilegal, lo cual genera un circulo que afecta a los propietarios de vehículos que son los directamente perjudicados.

2. Las auto partes y los vehículos en Colombia

La cadena automotriz y "autopartista" se compone de la actividad de las terminales de ensamble de automotores, la fabricación y ensamble de carrocerías y la producción de autopartes. La participación de esta cadena productiva en la producción industrial ronda el 5% y en el empleo el 3.4%, lo que equivale a casi 19 mil puestos de trabajo; siendo uno de los sectores mas importantes en términos de inversión, producción y generación de empleo.

La producción de automóviles y autopartes en Colombia está sujeta a bajas escalas de producción, con amplia gama de modelos debido al reducido tamaño del mercado interno y a complicaciones con la comercialización con países vecinos que en algunos aspectos genera incertidumbre frente a la cantidad de unidades requeridas por el mercado y que se deben producir. 1

La actividad de ensamble cuenta con tres terminales con una capacidad instalada de 180.000 vehículos, entre los que se destacan:

  1. General Motors (Fabrica Colombiana de Automotores – Colmotores)
  2. Renault / Toyota (Sofasa)
  3. Mazda / Ford (Compañía Colombiana Automotriz – CCA)

La industria automotriz, que tuvo un repunte histórico en el volumen de ventas (como se muestra en los cuadros anexos), jalona otros segmentos que son dependientes de su desempeño como el mercado de combustible, llantas y autopartes, entre otros.

En el caso de repuestos, accesorios y partes de automóviles, el renglón tuvo un crecimiento de 5% el año pasado con respecto al año previo, al lograr ventas por 4.150 millones de dólares. El diagnóstico muestra una recuperación en los últimos tres años.

El presidente de la Asociación del Sector Automotor y sus Partes (Asopartes), Tulio Zuloaga, afirmó que desde 1998, cuando se facturaron cerca de 4.800 millones de dólares, el renglón venía decreciendo en su nivel de ventas (así sucedió durante 5 años), hasta que llegó a 3.790 millones de dólares en 2003, para luego comenzar la curva de ascenso.

Para Zuloaga, uno de los temas alentadores es el impulso que ha tomado la venta de vehículos. "Si hay más carros en las calles, existen más consumidores de repuestos y accesorios".

El efecto de la cifra de vehículos vendidos se verá reflejado en la industria y comercialización de autopartes, en un término de cinco años, y teniendo en cuenta que en 2003 también empezó el repunte en la venta de carros, "es seguro que el sector siga creciendo durante los próximos 10 años" expuso el presidente de la Asociación.

La bonanza para el renglón iniciará el año entrante, pues los vehículos que fueron vendidos en 2003 comenzaran a demandar repuestos desde 2008.

3. Estadísticas sobre el sector

El sector automotriz de Colombia y la Región Andina ha crecido rápidamente en los últimos años. Sólo en el período comprendido entre el 2004 y el 2007, la venta de nuevos automóviles en Colombia se duplicó. Al final de este año se espera superar la meta inicial de las 250.000 unidades en la Región Andina.

Para el 2008, el registro acumulado de ventas de vehículos registro una cifra cercana de 219.498, mientras que para el 2007 el consolidado de venta de vehículos fue de 253.034 unidades exactamente.

Según las estadísticas provistas por Invest in Bogotá, la venta de nuevos vehículos comerciales y de pasajeros en Colombia y la Región Andina, viene aumentando a tasas superiores al 40% anual, lo anterior debido a que Bogotá Región, alberga varias de las principales compañías ensambladoras y de autopartes a nivel mundial.

Para el caso especifico de la ubicación o crecimiento de estas empresas en la capital, es porque en Bogotá se puede encontrar fácilmente mano de obra calificada, con experiencia específica en el sector y a costos inferiores a los que registra la industria a nivel mundial.

Lo anterior se demuestra en la siguiente gráfica que presenta la diferencia entre las compensaciones salariales y la ubicación de la capital en dicho escalafón

 

En 2006 fueron ensamblados 136.240 vehículos en el país, de los cuales Bogotá aportó el 61%. Las ventas ascendieron a más de 190.000 unidades en todo el territorio nacional, siendo el segmento de vehículos de pasajeros el principal rubro con el 66%.

En Bogotá circulan más de 700.000 vehículos particulares, sin contar con los públicos que circulan también por la capital del distrito, lo que representa el 24% del total del país y posiciona a Bogotá como el mayor parque automotor de Colombia.

Así mismo en el escalafón de ventas de la región, Colombia ocupa el segundo lugar en la venta de vehículos con el 34% de participación en el mercado. El primer lugar lo posee Venezuela con el 56% de las ventas de vehículos en la Región Andina.

En las graficas que se muestran a continuación, se percibe el incremento significativo del mercado automotor en Colombia, demostrando que este negocio esta en continuo proceso de crecimiento y representa un sector importante en la generación de empleo, obtención de divisas y desarrollo económico.

Los 22.844 vehículos vendidos entre los consumidores colombianos durante el mes de noviembre de 2007 marcaron un nuevo récord mensual. Las ventas de automotores catapultaron el mercado a un crecimiento inter-anual de 29.6%.

Las empresas automotrices de Colombia con ensamblaje local vendieron en esos once meses del 2007 un total de 144.568 automotores, lo que significa que las ventas aumentaron 23.2%, colocando 27.236 unidades más que en el mismo período del año 2006, cuando habían vendido 117.332.

De acuerdo con las cifras que manejan las empresas, reflejadas en el informe mensual elaborado por Econometría, en estos 11 meses de 2007 las ventas totalizan 236.014 unidades2, de las cuales 80.282 son vehículos importados que subieron 36.7% respecto al año 2006, si se comparan con los 58.746 comercializados entre enero y noviembre del año pasado.

Con raras excepciones, en general todas las empresas y marcas han tenido un comportamiento positivo a lo largo del año. Los primeros lugares en ventas por marcas los ocupan Chevrolet, Renault, Hyundai y Mazda, con elevadas diferencias entre unas y otras.

La tendencia hacia la baja en el mercado automotor colombiano se ha venido manteniendo, pues aun cuando el pasado mes de abril los números parecían revertir la situación, las cifras de mayo muestran una caída de 13% si se comparan con las del mismo mes de 2007.

Durante el mes de mayo, los colombianos compraron 18.527 automotores, es decir 2.747 unidades menos que en mayo de 2007, y 2.464 unidades menos que el pasado mes de abril, cuando los consumidores adquirieron 20.991 vehículos, de acuerdo con el informe mensual elaborado por Econometría con base en cifras suministradas por las empresas ensambladoras e importadoras, así como las estadísticas de la DIAN y los recibos de importación.

El mayor impacto lo ha sufrido la categoría de automóviles – que reúne todos los vehículos de pasajeros de uso particular – mientras que los automotores comerciales (pick up, y los comerciales de carga y de pasajeros) han tenido un ligero repunte con respecto al mes de abril.

En cuanto al dominio de las marcas en el mercado, Chevrolet se lleva un 35% de participación, mientras que Renault, Hyundai y Mazda ocupan los lugares siguientes, lo que indica que la marca importada más vendida es Hyundai, pues Chevrolet, Renault y Mazda operan con ensambladoras en Colombia, completando sus portafolios con productos importados.

Las ensambladoras colombianas se han visto afectadas por la suspensión de las relaciones comerciales con Venezuela, pero se espera que la situación se normalice a corto plazo.

 

Las Autopartes

En el caso de las autopartes, tanto nuevas como usadas el mercado y la dinámica es mucho más compleja, lo cual impide hacer un seguimiento contundente a la comercialización de estos elementos.

Haciendo un recuento histórico sobre el mercado de autopartes en el país, para el 2002 la comercialización de autopartes de forma legal registraba unos ingresos cercanos a los US$2.000 y se esperaba que para el 2003 esa cifra se incrementara cerca del 10%. Para ese momento esta cifra a pesar de ser significativa, tan solo representaba el 50% de las ventas totales de repuestos en el país, con lo cual se empezaba a evidenciar la dificultad a la hora de hacer un verdadero control sobre el mercado de autopartes en el país.

El restante 50% que no se puede contabilizar en registros de entidades competentes proviene de partes de vehículos robados o de repuestos que han ingresado ilegalmente al país. Para el 2002, según lo reportado por la DIAN, el 23% de contrabando que se incautó esta relacionado con el trafico ilegal de vehículos y autopartes tanto nuevas como usadas.

Para el 2007, durante el primer semestre, la facturación proveniente del comercio de autopartes ascendió a los US$2.500 millones, por lo cual al final del mismo año se podría estar hablando de algo mas de US$5.000 millones que implica un crecimiento del 100% en relación con la medida registrada desde 2003.

La composición de la industria de autopartes en el país esta dada bajo la proporción de 45% de productos importados y el restante 55% proviene de bienes manufacturados en el país.

Bogotá concentra el 52% de la producción nacional de autopartes con US $139 millones La industria viene presentando crecimientos anuales cercanos al 25% desde el año 2002, como consecuencia del aumento en la producción de vehículos en el país y la Región Andina. 3

4. Problemas identificados

La gran amenaza que se identifica en relación con la industria de vehículos y sus autopartes es que el delito que se desarrolla hacia una actividad legal y sobretodo a los ciudadanos propietarios de estos vehículos ha tenido una tendencia de permanencia en el imaginario colectivo que es necesario cambiar y erradicar por completo.

Uno de los factores de inseguridad que contra la comunidad se pueda identificar claramente es el robo de vehículos y de sus partes con el fin de ser comercializados de forma ilegal por medio de lugares que son convertidos en "deshuazaderos" clandestinos o establecimientos que camuflan repuestos legales con los obtenidos ilegalmente. Estas unidades de autopartes usadas son comercializarlas en dichos sitios donde se adquiere mercancía robada o importada ilegalmente para su comercialización posterior.

Para el sector especifico de auto partes, la principal amenaza para el gremio en general y las personas que dependen de él es el contrabando y el comercio ilegal de auto partes nuevas y usadas, el cual en palabras del presidente de Asopartes Tulio Zuluaga "ha venido creciendo fruto del robo de vehículos tanto en el país como el exterior".

Esta actividad delictiva le ha costado a la industria legal un ingreso cercano a los US$320 millones durante el primer semestre de 2008, lo cual también repercute en el ingreso de impuestos directos al distrito y a la nación proveniente de la comercialización de estas partes. El 60% de los vehículos que se roban van directamente a centros de deshuese para que todas sus piezas sean comercializadas en el mercado negro; el restante 40% se utiliza para realizar actividades delictivas en diversas ciudades del país o para comercializarlos en otros países.

En cuanto al problema ligado a los habitantes de la capital es la preocupación por transitar por ciertos lugares o estacionar en zonas donde el vehículo puede ser objeto de robo total o parcial, con lo cual se alimenta la cadena de comercio ilegal de vehículos y auto-partes usadas en la capital. Estos vehículos en su totalidad o sus partes son comercializadas a menores costos que los del mercado en general y por tanto es mas económico para la victima del delito acudir a estos centros para reponer la parte robada que ir a concesionarios donde su costo puede ser superior.

Estas zonas en donde se pueden comercializar auto-partes usadas que pueden provenir de robo de vehículos están plenamente identificadas en la ciudad, sin embargo no existen las herramientas concretas que permita hacer un efectivo control de estos elementos que se comercializan, que son producto de actividades ilícitas y que se camuflan con los comerciantes legales que también están en la zona. Entre ellas se pueden resaltar las siguientes:

El Sector de la Estanzuela

El sector de auto partes y la comunidad en general están muy preocupados por el aumento significativo de la ilegalidad manifiesta en el sector específico de la Estanzuela, especialmente en el sector denominado "el Bronx", ubicado entre las calles séptima y novena, entre carreras doce y catorce.

Hasta hace siete años, había unos treinta habitantes de la calle que realmente no afectaban al sector. Hoy hay dos mil quinientos de estos personajes entre quienes se esconden los "jíbaros" que venden el 50% de las drogas que se negocian en Bogotá.

En el sector de la Estanzuela no era común el fenómeno de habitantes de la calle, se podría afirmar que para el año 2000 habría alrededor de unas treinta personas en está situación. Actualmente, la ciudad ha recibido un importante número de personas que se han ubicado en este sector aumentando el nivel de personas en situación de indigencia.

Las personas dedicadas a actividades delincuenciales aprovechan estos asentamientos para camuflar su actividad de tal suerte que, en este importante sector comercial de auto-partes nuevas y usadas en la actualidad los delincuentes logran comercializar el 50% de las drogas ilícitas que se negocian en la capital.

El sector de auto partes vendía $800 millones diarios. Hoy esta cifra llega escasamente a los $550 millones. Más de veinte comerciantes han abandonado la zona y se calcula que 50 más están gestionando su partida. Esto quiere decir, que un lugar prospero en negocios y que genera empleo y riqueza para el país y la ciudad está siendo desalojado a sombrerazos por la inseguridad generada por los vendedores de droga, las pandillas que luchan por el control de la zona y que utilizan la extorsión para atemorizar a comerciantes y habitantes del sector. Además de los problemas sociales que traen los habitantes de la calle.

La policía ejerce un fuerte control pero no tiene herramientas jurídicas que le permitan intervenir para confirmar registros de mucha de la mercancía que se comercializa, para garantizar la seguridad a los mismos comerciantes. El problema es político y de tipo social, sin que hasta la fecha no se vea ninguna solución. Ninguna alcaldía se ha siquiera atrevido a meterle mano a esta situación. Lamentablemente el sector cada vez se deprime más y terminará convirtiéndose en un nuevo mal llamado "cartucho" con toda su problemática.

Además, es una zona donde abundan las auto partes usadas de ilícita procedencia, muchas de contrabando y otras fruto del deshuese de los vehículos hurtados, sin embargo es necesario aclarar la existencia de comerciantes de autopartes legales y con la documentación y los procedimientos en regla.

La venta ilegal es abiertamente manifiesta en toda la zona, al igual que el deterioro de la zona que impide la movilidad y la circulación rápida de vehículos y transeúntes.

Es necesario también reconocer que a pesar de los esfuerzos de las alcaldías generales y de las alcaldías locales, los pactos que se han hecho entre diferentes actores han resultado inocuos y tan solo un saludo a la bandera.

El "7 de Agosto"

La vitrina más grande del mundo de auto partes se encuentra en el sector conocido como el Siete de Agosto con 1.500 negocios de repuestos que genera riqueza a la ciudad. En este sector se comercializan cerca de $2.600 millones de los $13.000 que se tranzan en Bogotá en 1.500 establecimientos comerciales establecidos en la zona.

Los vendedores ambulantes han hecho de este sector su lugar propicio donde se ubican grandes mafias del sector ilegal de las auto partes; invasión del espacio público y un gran numero de problemas sociales se cruzan en este sector que desprestigia de forma indiferente a comerciales y vendedores legales.

Así mismo en el mismo sector se han establecido negocios ilegales de usados, de contrabando que por supuesto no pagan impuestos. También es necesario reconocer que no existe la infraestructura adecuada en la zona para estacionar y garantizar seguridad al usuario que lo requiera. Por este sector transitan diariamente 18 mil vehículos y solo hay estacionamiento habilitado para 450 autos. 4

5. Estrategias adelantadas para la solución

El pacto por la convivencia y la seguridad ciudadana sobre el mercado de auto partes.

La Alcaldía Mayor de Bogotá junto con la Personería Distrital y la Cámara de Comercio de Bogotá suscribieron en el año 2006 un "Pacto por la Convivencia y la Seguridad Ciudadana sobre el Mercado de Autopartes" con el fin de tomar medidas con todos los actores posibles que permitiera reducir la comercialización de autopartes robadas en la ciudad capital.

En las justificaciones que acompañan el pacto por la convivencia, argumenta que "el Estado debe abordar la seguridad ciudadana como una responsabilidad de todos y la convivencia como una obligación social"5, por tanto este factor de inseguridad por repercutir negativamente en factores de equidad implica que este sea corregido por las instituciones existentes en la administración nacional y distrital.

La justificación del presente pacto se puede resumir del objeto del mismo consagrado en el texto ratificado por las partes:

"Frente a las problemáticas relacionadas con la comercialización y tenencia ilegal de autopartes y sus delitos conexos o asociados, la Alcaldía Mayor de Bogotá, la Personería Distrital y la Cámara de Comercio de Bogotá convocan a la Administración de Aduanas de Bogotá, la Federación de Aseguradores Colombianos (FASECOLDA), al Instituto Nacional de Investigación, Lucha y Prevención del Fraude (INIF), a la Asociación del sector automotor y sus partes (Asopartes), la Fiscalía General de la Nación y a la Policía Nacional, Metropolitana de Bogotá a suscribir y ejecutar el presente Pacto por la Seguridad y Convivencia." 6

Como se muestra en el anterior párrafo, los convocados a suscribir el pacto de seguridad y convivencia están de acuerdo en acompañar las diferentes iniciativas y esfuerzos que en materia de prevención, control y judicialización de la tenencia y comercialización ilegal de autopartes, vienen desarrollando las entidades mencionadas anteriormente así como diseñar nuevas estrategias y acciones que, de manera conjunta y coordinada, hagan frente a problemáticas o conductas delictivas conexas o asociadas.7

Los actores decidieron que se ejerciera una Secretaría Técnica del pacto adelantada por la Subsecretaría de Asuntos para la Convivencia y la Seguridad Ciudadana de la Secretaria de Gobierno Distrital, la Personería y la Cámara de Comercio, quienes harán el seguimiento y acompañamiento a los compromisos y tareas contemplados en los pactos suscritos por los diversos actores.

En la siguiente matriz se presentan los actores vinculados con cada una de sus responsabilidades suscritas en el pacto ratificado en el 2006:

Actor

Responsabilidad

Secretaría Técnica

  1. En coordinación con Asopartes, la DIAN, la Fiscalía General de la Nación y las Alcaldías Locales, la Secretaría Técnica del Pacto se compromete a liderar el proceso de búsqueda, adecuación y puesta en funcionamiento de un centro de almacenamiento de las autopartes y demás elementos incautados.
  2. Realizar periódicamente reuniones con las diferentes instancias convocadas al presente pacto para evaluar los avances, los retos y los aprendizajes obtenidos en el cumplimiento de los diferentes compromisos incluidos. En cada una de las sesiones de seguimiento, se analizará la evolución de los indicadores y cifras pertinentes, así como los impactos positivos obtenidos en materia de reducción del hurto de automotores y sus delitos conexos y las disposiciones necesarias para la implementación de las medidas adoptadas mediante la concertación.
  3. Facilitar el desarrollo y la materialización real y efectiva de las tareas y compromisos contenidos en el Pacto.
  4. Liderar la puesta en marcha de una campaña de sensibilización contra la ilegalidad y la comercialización de autopartes robadas, de común acuerdo con las diferentes instancias y organizaciones convocadas.

Policía Metropolitana

  1. Recopilar, concentrar y registrar toda la información estadística relacionada con los vehículos hurtados en Bogotá, organizaciones criminales dedicadas a la comisión de estos delitos, sitios o centros de desguase, sitios donde se comercian ilegalmente las autopartes, sitios, horas y frecuencias en las que se presenta el hurto de vehículos y cualquier otra información relacionada con el sector de autopartes.
  2. Coordinar con las autoridades judiciales los procesos de registro, captura y posterior judicialización de las bandas y delincuentes dedicados a la comisión de estos delitos.
  3. Liderar y coordinar con Asopartes, Fasecolda, el Instituto Nacional de Investigación, Lucha y Prevención del Fraude (INIF) y la DIAN, las campañas tendientes a prevenir el hurto de vehículos y la comercialización de autopartes hurtadas. A través de la Policía Comunitaria, incrementar las acciones de sensibilización en la ciudadanía para evitar el parqueo de los vehículos en las vías públicas y sitios no autorizados, lo mismo que el llamado a denunciar y delatar bandas criminales dedicadas a este flagelo.
  4. A través de la Policía de Tránsito y en coordinación con la DIAN y las autoridades judiciales del Distrito Capital, incrementar los operativos de control en los sitios de mayor concentración del mercado de vehículos y autopartes.
  5. Realizar análisis de denuncias de hurto de vehículos para establecer modus operandi, vehículos utilizados, armas, número de personas que participan, días, horas y lugares. Con el resultado del análisis orientar las acciones a seguir por parte del personal uniformado de la Policía Metropolitana de Bogotá.
  6. Realizar planes de verificación en el sector del 7 de Agosto, La Estanzuela y el Restrepo (almacenes de venta de autopartes de segunda).
  7. Coordinar con la Policía Comunitaria la ubicación de los sitios a donde se comercializa con autopartes de dudosa procedencia.
  8. Coordinar la realización de planes conjuntos (Tránsito, Policía Comunitaria y SIPOL) en las zonas en donde se comercializa con autopartes.
  9. Planear y ejecutar planes y operativos de 18:00 a 01:00 horas todos los días en los sitios más afectados, con la colaboración de los equipos de trabajo integrados por SIJIN, BOACC, SIPOL, DIJIN y TRANSITO.
  10. Coordinar la realización de puestos de control móviles dentro de los cuadrantes más afectados en cada una de las zonas.
  11. La SIJIN presentará informes periódicos sobre los resultados de los planes y sobre las tendencias delictivas relacionadas con el hurto de vehículos y el mercado ilegal de autopartes.

Asociación del Sector Automotor y sus partes (Asopartes)

  1. Suministrar la base de datos de los autopartistas ubicados en las diferentes zonas de Bogotá y especialmente en los sectores del Siete de Agosto y de la Estanzuela que están vinculados al gremio. Conforme a los requerimientos de información por parte de las autoridades distritales, judiciales y de Policía, Asopartes se compromete a ampliar la base de datos suministrada inicialmente.
  2. Suministrar información puntual sobre aquellas zonas y establecimientos que se encuentran dentro de los sectores inicialmente citados, en los que presumiblemente se comercia con autopartes ya sea de contrabando o provenientes de vehículos hurtados.
  3. Suministrar información sobre las zonas en las cuales se concentra la mayor parte de los comerciantes no formales en los sectores del Siete de Agosto y la Estanzuela.
  4. Poner a disposición de las autoridades distritales, judiciales y de Policía, las instalaciones de Asopartes Seccional Bogotá, con el fin de coordinar operaciones, efectuar capacitaciones o celebrar reuniones de seguimiento y evaluación sobre los compromisos contenidos en el presente pacto

Federación de Aseguradores Colombianos (Fasecolda)

  1. De acuerdo con sus objetivos, planes y actividades, Fasecolda se compromete a prestar toda la colaboración y ayuda requerida para que las autoridades distritales, judiciales y de policía desarrollen y efectúen diversas actividades operativas, de registro y control tendientes a prevenir, controlar y disminuir las conductas delictivas que tienen lugar en el mercado de autopartes.
  2. Así mismo, Fasecolda se compromete a apoyar la realización de diversas acciones que de manera conjunta y coordinada, apunten hacia la disminución de cualquier forma de ilegalidad en el mercado de autopartes.

Instituto Nacional de Investigación, Lucha y Prevención del Fraude (INIF)

  1. El INIF se compromete a apoyar y acompañar a la administración distrital en el estudio y análisis de información, datos y cifras sobre hurto de automotores y comercialización ilegal de autopartes, orientado a determinar el porcentaje de denuncias falsas de hurto con la finalidad de defraudar a las compañías aseguradoras y las personas del mercado ilegal de autopartes que reciben estos vehículos entregados voluntariamente por sus dueños. En esta perspectiva, el INIF pone a disposición de las autoridades distritales, un equipo de estadísticos y analistas de información sobre el tema, cuyos insumos provendrán del SIC de la Policía Metropolitana de Bogotá, de las Estructuras de Apoyo de la Fiscalía General de la Nación y de la Subsecretaría de Asuntos para la Convivencia y la Seguridad de Secretaría de Gobierno de Bogotá y, en general, de las entidades Distritales que cooperen con el pacto.
  2. Así mismo, el INIF servirá como enlace entre la administración distrital y la Fiscalía General de la Nación en lo que respecta al desarrollo de diferentes acciones judiciales contra las personas dedicadas, de manera organizada, al hurto de automotores y sus delitos conexos. Así mismo, la INIF se compromete a coadyuvar a la administración distrital en la lucha contra el "auto hurto" y otros fraudes asociados.
  3. Paralelo a ello, INIF se compromete a cooperar con las autoridades distritales, judiciales y de Policía en el diseño y puesta en marcha de diferentes programas y acciones encaminadas a incentivar el papel de la ciudadanía en la prevención del hurto de automotores así como sus delitos conexos. Para tal fin, se propende por la creación de un estímulo que promueva acciones ejemplarizantes por parte de la ciudadanía (v. gr. ciudadano ejemplar, etc.).

Dirección Seccional de Fiscalias – Regional Bogotá

  1. Investigar y acusar a los presuntos responsables o infractores de las conductas relacionadas sobre los delitos de receptación, estafa en relación con el auto hurto, falsedad de marcas y hurto de automotores y en general los relacionados con autopartes.
  2. Capacitar a todo el personal de la Policía Judicial en lo relacionado con el tema de automotores y autopartes por medio del Comité de capacitación de la Fiscalía General de la Nación, con el fin de optimizar las actividades operacionales de la fuerza pública y lograr con ello, mayor niveles de eficiencia en la prevención de los delitos asociados a las autopartes.
  3. Ordenar registros y allanamientos, incautaciones e interceptaciones de comunicaciones en coordinación con la Policía Judicial y poner a disposición del Juez los elementos materiales probatorios obtenidos para el control de la legalidad dentro de las 36 horas siguientes.

Administración Especial de Aduanas de Bogotá

  1. Presentar periódicamente a la Secretaría Técnica del Pacto informes sobre las actividades operacionales realizadas frente a la tenencia, comercialización y distribución de autopartes de contrabando dentro de la jurisdicción de administración especial de aduanas de Bogotá.
  2. Contribuir al desarrollo y ejecución de acciones y operaciones tendientes a controlar y prevenir los delitos asociados a la comercialización ilegal de autopartes, de manera conjunta, coordinada y articulada con las entidades participantes en el presente pacto.

Como se evidencia en el anterior cuadro los compromisos asumidos por los actores involucrados en el tema de vehículos y de autopartes son muy concretos y permiten hacer un seguimiento sobre los avances y dificultades presentados desde su implementación hasta la fecha.

El proyecto de acuerdo que se presenta a consideración recoge esta serie de compromisos sobre los cuales ya hay consenso por parte de los actores e involucrar algunos de ellos dentro del articulado, con el fin de darle mayor fuerza a las herramientas concertadas brindando la opción de comprometer recursos e instituciones para lograr su efectivo resultado.

Para concluir la exposición es necesario resaltar que no se pretende desincentivar la comercialización de repuestos para automotores que sean de segunda, sino buscar la disminución progresiva de la comercialización de repuestos que provienen de actividades ilícitas como el robo, el desguace y demás que no garantizan seguridad y calidad en el proceso económico que trae consigo la actividad ligada a los automotores.

MARCO JURÍDICO

Constitución Política

Desde el preámbulo de nuestra carta política de 1991 se deja claro que la razón de ser de la misma es entre otras asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, etc.. Dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo…"

Seguidamente en su articulo primero dispone que "Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general."

Estado "descentralizado" que significa que a través de cualquiera de sus diferentes entidades publicas, entidades territoriales, organismos públicos, que representen a la Nación como Estado, tienen la obligación de garantizar los diferentes derechos que tenemos los colombianos y cumplir los fines esenciales del Estado Social de Derecho, que son entre otros: Articulo 2 C.P."….Asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo. Queriendo significar que el "estado" por intermedio de quien tenga su representación ya sea gobierno Nacional, Distrital, Local, es quien debe garantizar la efectividad del cumplimiento de los derechos entre otros: la convivencia pacifica, la seguridad ciudadana, el derecho al trabajo, el derecho a formar empresa y el desarrollo empresarial. (Articulo 333 Carta Política)

Respecto a la competencia del Concejo de Bogota para regular el tema, es necesario realizar un análisis de las normas que existen al respecto.

La Constitución Política consagra en el artículo 313 numeral 1 que corresponde a los concejos de cada municipio: Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio.

En el mismo sentido el Decreto 1421 de 1993, establece en el artículo 12. Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley: 1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

Por lo tanto si el Concejo Distrital tiene estas atribuciones debemos establecer si la de garantizar y velar por la "convivencia y seguridad ciudadana" es función a cargo del Distrito.

Sabemos que la administración distrital, la secretaria de gobierno específicamente la subsecretaria de seguridad y convivencia tiene a cargo todos los asuntos de Convivencia y Seguridad Ciudadana por lo tanto es la encargada de formular políticas en materia de seguridad, justicia, protección y promoción de derechos y libertades públicas, con el objeto de fortalecer y garantizar a todos los habitantes de la ciudad la convivencia y la igualdad dentro de un marco jurídico democrático, descentralizado y participativo.

En este sentido ya se han dado avances entre la Alcaldía Mayor de Bogotá la Personería Distrital y la Cámara de Comercio de Bogotá entidades que suscribieron en el año 2006 un "Pacto por la Convivencia y la Seguridad Ciudadana sobre el Mercado de Autopartes" con el fin de tomar medidas con todos los actores posibles que permitieran reducir la comercialización de autopartes robadas en la ciudad capital.

Pero como observamos en la exposición de motivos esta medida no ha sido suficiente para dar fin a este problema.

OTRAS LEYES RELACIONADAS CON EL TEMA.

LEY 769 DE 2002. Código Nacional de Tránsito Terrestre.

Articulo 2º definiciones:

Registro nacional automotor: Es el conjunto de datos necesarios para determinar la propiedad, características y situación jurídica de los vehículos automotores terrestres. En él se inscribirá todo acto, o contrato providencia judicial, administrativa o arbitral, adjudicación, modificación, limitación, gravamen, medida cautelar, traslación o extinción del dominio u otro derecho real, principal o accesorio sobre vehículos automotores terrestres para que surtan efectos ante las autoridades y ante terceros.

Registro terrestre automotor: Es el conjunto de datos necesarios para determinar la propiedad, características y situación jurídica de los vehículos automotores terrestres. En él se inscribirá todo acto, o contrato providencia judicial, administrativa o arbitral, adjudicación, modificación, limitación, gravamen, medida cautelar, traslación o extinción del dominio u otro derecho real, principal o accesorio sobre vehículos automotores terrestres para que surtan efectos ante las autoridades y ante terceros.

De la misma forma en el ARTÍCULO 7o. CUMPLIMIENTO RÉGIMEN NORMATIVO. Las autoridades de tránsito velarán por la seguridad de las personas y las cosas en la vía pública y privadas abiertas al público. Sus funciones serán de carácter regulatorio y sancionatorio y sus acciones deben ser orientadas a la prevención y la asistencia técnica y humana a los usuarios de las vías.

LEY 738 DE 2002. Por la cual se adiciona un artículo al Código Penal.

Artículo 1°. El Código Penal tendrá un artículo nuevo numerado como 447A:

Artículo 447A. Quien comercie con autopartes usadas de vehículos automotores y no demuestre su procedencia lícita, incurrirá en la misma pena del artículo anterior.

Aunque este articulo fue declarado inexequible C-205 de 2003, se evidencia en la sentencia que no fue por razones relacionadas con la importancia y la necesidad de legislar sobre este tema sino por razón de vulneración a un derecho fundamental como es la buena fe.

En la misma sentencia en la intervención de la Federación de Aseguradores de Colombia FASECOLDA S.A  Argumentan lo siguiente:

"el delito de hurto de automotores se encuentra ligado a otra serie de conductas que afectan la vida y la integridad de las personas, como es el caso del homicidio, las lesiones personales y el secuestro. Por lo anterior, en muchos de los casos en los que se presenta el delito de hurto de un automotor los delincuentes ocasionan  lesiones a los propietarios o conductores de los mismos, algunas veces hasta la muerte y en otras los secuestran  sea o no con fines extorsivos.

Por esta razón, la norma acusada busca dar herramientas a las autoridades que investigan los delitos de hurto de automotores, para contrarrestar, uno de los destinos más frecuentes de los vehículos que son hurtados, cual es la comercialización ilegal por medio de la venta de sus partes.

La Policía Nacional, señala que manifestó que éste delito ocasionó en el año 2001, pérdidas económicas en el país, por la suma de 540 mil millones de pesos, de igual forma, la misma institución ha dicho que durante el año 2001 fueron hurtados 31.774 automotores, de los cuales cerca de 10.000 se encontraban asegurados, debiendo pagar las compañías de seguros por éste hecho, una cifra cercana a los 174 mil millones de pesos.

Por lo anterior, destaca que según información de la Central de inteligencia de la Policía, el 35% de los vehículos que son hurtados en Colombia tiene como destino el desguace para la venta de sus partes en el mercado negro. Por esto, en su opinión la norma demandada si bien, en principio, podría desconocer el principio de la buena fe, es claro que lo hace para proteger el interés común de los residentes en el país, en su vida bienes e integridad física,  principio también reconocido  y protegido por la Carta Política."

Código Penal Ley 599 de 2000.

Articulo 447. RECEPTACIÓN.

<Artículo modificado por el artículo 452565 de la Ley 1142 de 2007. El nuevo texto es el siguiente:> El que sin haber tomado parte en la ejecución de la conducta punible adquiera, posea, convierta o transfiera bienes muebles o inmuebles, que tengan su origen mediato o inmediato en un delito, o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito, incurrirá en prisión de cuatro (4) a doce (12) años y multa de seis punto sesenta y seis (6.66) a setecientos cincuenta (750) salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor.

Si la conducta se realiza sobre medio motorizado, o sus partes esenciales, o sobre mercancía o combustible que se lleve en ellos; o sobre elementos destinados a comunicaciones telefónicas, telegráficas, informáticas, telemáticas y satelitales, o a la generación, transmisión, o distribución de energía eléctrica y gas domiciliario, o a la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado, la pena será de seis (6) a trece (13) años de prisión y multa de siete (7) a setecientos (700) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Si la conducta se realiza sobre un bien cuyo valor sea superior a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes la pena se aumentará de una tercera parte a la mitad.

Acuerdo 79 de 2003, Código de Policía.

Establece en su articulado cuales son los VALORES FUNDAMENTALES PARA LA CONVIVENCIA CIUDADANA, los cuales deben ser respetados por los habitantes de la capital: Son valores fundamentales para la convivencia ciudadana:

  1. La corresponsabilidad entre los administrados y sus autoridades para la construcción de convivencia;
  2. El sentido de pertenencia a la ciudad;
  3. La confianza como fundamento de la seguridad;
  4. La solución de los conflictos mediante el diálogo y la conciliación;
  5. La responsabilidad de todos en la conservación del ambiente, el espacio público, la seguridad y el patrimonio cultural;
  6. El fortalecimiento de estilos de vida saludable;
  7. El mejoramiento de la calidad de vida y el desarrollo humano sostenible, la vocación de servicio y el respeto de las autoridades distritales.

Además en el titulo VII llamado Para la movilidad, el transito y el trasporte estipula en el ARTÍCULO 89.- Movilidad. El ejercicio de la movilidad en todas sus manifestaciones es un derecho de todos los habitantes, moradores y visitantes, que asegura el libre desplazamiento de las personas y los vehículos de transporte, fortalece las relaciones entre los diferentes actores y propicia el uso adecuado de la infraestructura vial y del espacio público. Son deberes generales de las autoridades de policía, de todas las personas en el Distrito Capital que facilitan la movilidad:

Para terminar es menester precisar que una cosa es establecer el régimen legal para las personas físicas o jurídicas que procedan al desarmado de un automotor de su propiedad o de un tercero. Y otra cosa es establecer medidas eficaces para la administración distrital que le permitan a la misma evitar la comercialización de auto - partes usadas robadas en Bogotá y así propender por la seguridad de todos los capitalinos.

JAVIER PALACIO MEJÍA

JAVIER LASTRA FUSCALDO

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

HIPOLITO MORENO GUTIERREZ

ORLANDO PARADA DÍAZ

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

MARTHA ORDOÑEZ VERA

EDGAR TORRADO GARCIA

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

ANDRÉS CAMACHO CASADO

Concejal de Bogotá

PROYECTO DE ACUERDO No. DE 2009

"POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL SISTEMA DE INFORMACIÒN DISTRITAL DE AUTOPARTES USADAS"

En uso de sus facultades Constitucionales y Legales, en especial las conferidas por el Decreto-Ley 1421 de 1993, en su artículo 12, numeral 1.

C O N S I D E R A N D O:

ACUERDA

ARTICULO 1º. OBJETO DEL PROYECTO: Créese el Sistema de Información Distrital de Autopartes Usadas del Distrito Especial de Bogotá.

ARTICULO 2º. INFORMACIÓN DEL SISTEMA: El Sistema de Información del Distrito tendrá en su base de datos la información del auto partes usadas que se comercien en la ciudad, incluidas las que se deriven de los salvamentos de las compañías de seguros. El sistema se alimentará del número de identificación tributaria, nombre, dirección y matrícula mercantil de los establecimientos de comercio y compañías de seguros que comercien auto partes usadas.

ARTICULO 3º. CENSO DE ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO Y COMPAÑIAS DE SEGUROS QUE COMERCIAN AUTOPARTES USADAS: Con base en la información que suministre la Asociación del Sector Automotor y sus Partes "ASOPARTES" y la Federación de Aseguradores Colombianos "FASECOLDA" se elaborará un censo que constituirá la línea de base con la cual será alimentado el sistema de manera inicial.

ARTICULO 4. CONSULTA DE LA INFORMACIÓN: La información contenida en el Sistema de Información del Distrito podrá ser consultada por Internet por todos los ciudadanos que así lo requieran en cualquier momento. Así mismo se instalará dicho sistema de información, en todos los CADE y SUPERCADE del Distrito.

ARTICULO 5. CREACIÓN DEL SISTEMA: Corresponderá a la Secretaria de Movilidad dar ejecución al presente Acuerdo, en coordinación con las entidades distritales que tienen relación con la materia para garantizar el mantenimiento y actualización de la información. Así mismo coordinar con las entidades nacionales el apoyo necesario para la ejecución del proyecto.

ARTICULO 6. INSCRIPCIÓN AL SISTEMA: Conforme a la valoración que efectúe la Secretaria de Movilidad, se establecerá que costo debe tener la afiliación de cada establecimiento de comercio y/o compañía de seguros con el propósito de que una vez puesto en marcha el sistema sea auto sostenible.

ARTICULO 7. COMPRAVENTA DE AUTOPARTES USADAS A PARTIR DE LA VIGENCIA DEL SISTEMA: Solo los establecimientos de comercio y/o compañías de seguros que estén inscritos en el Sistema Distrital de Autopartes Usadas, podrán comprar y vender este tipo de repuestos a partir de la vigencia de este acuerdo.

ARTICULO 8. VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir de su sanción y publicación.

NOTAS DE PIE DE PÁGINA:

1 Documentos de Proargentina. Maquinas herramienta / Colombia, mayo de 2005

2 falta totalizar el mes de diciembre para obtener el resultado total obtenido de comercialización de unidades para el 2007.

3 datos proporcionados por invest in Bogotá. www.investinbogota.org

4 Zuloaga Tulio, Presidente Asopartes. Entrevista agosto 2008.

5 Pacto por la Convivencia y la Seguridad Ciudadana sobre el Mercado de Autopartes. Bogotá, febrero 7 de 2006, Pág. 1

6 Ibíd. 4 Pág. 2

7 Ibíd