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PROYECTO DE ACUERDO No. 073 DE 2009 "POR MEDIO DEL CUAL SE CREA Y PROMUEVE POR PARTE DEL DISTRITO CAPITAL UN PROGRAMA DE INTERCAMBIO ESTUDIANTIL, DOCENTE E INVESTIGACION" 1. EXPOSICÍON DE MOTIVOS 1.1. Descripción del Proyecto El proyecto de acuerdo busca crear un "Programa de Intercambio de Estudiantes, Docentes e Investigadores del Distrito Capital". Con la iniciativa se busca generar procesos tendientes a involucrar y permitir a nuestros estudiantes acceder a una educación con visión global, a través de la interacción cultural de doble vía (enviando estudiantes, docentes e investigadores a diferentes centros educativos y recibiendo en nuestro sistema educativo en las mismas condiciones). En concordancia con el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2008-2012, presentado por la administración Moreno Rojas, la iniciativa de Intercambio de Estudiante, Docentes e Investigadores del Distrito Capital, impulsa, complementa y fortalece los objetivos estructurales del plan materializando en acciones concretas estrategias tales como:
En este orden de ideas, el presente proyecto busca convertir en acciones algunas de las iniciativas contenidas en el plan de desarrollo "Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor", en aras del beneficio directo que la ciudad obtiene de la capacitación y conocimiento de sus ciudadanos. Además, las ciudades modernas y pujantes, deben estar dispuestas al intercambio cultural y académico, a recibir visitantes y posibilitar al máximo su estancia y participación de nuestra realidad. Al mismo tiempo debe enviar sus ciudadanos a otros lugares de Colombia y el mundo, no sólo a preparase académicamente, también a convivir con la diferencia en disímiles ámbitos culturales, para que posteriormente se compartan y repliquen sus experiencias y de esta manera se enriquezca su bagaje y el de la comunidad a la que pertenecen. La ciudad está llamada a iniciar la labor de interacción con otras culturas, otras visiones de vida, desde acciones concretas con su comunidad académica, abriendo sus puertas, haciendo que la visiten y buscando que sus docentes, estudiantes e investigadores puedan ampliar su horizonte de conocimiento y comprensión del mundo. Las competencias de los nuevos profesionales, y por supuesto para las ciudades, se configura a través de la interacción, el conocimiento de diferentes idiomas, la tecnología, los diferentes modos de hacer negocios, la geopolítica, la comprensión de la diversidad, entre otras. 1.2. Alcance del Proyecto El programa de intercambios estudiantiles, está dirigido a estudiantes de último grado de bachillerato, de los colegios Distritales y a todos los docentes, estudiantes e investigadores de cualquier nivel de la Universidad Distrital. El programa complementa y fortalece la formación de ciudadanos globales capaces de aportar al desarrollo de la ciudad. Es así, que la acción de este proyecto no solo se limita al ámbito de la educación, la investigación y la ciencia, sino que también trae intrínsecos beneficios culturales y de enriquecimiento personal de los habitantes de la ciudad y por supuesto en proyección para todos. 1.3. Sustento Legal El proyecto se enmarca en las siguientes normas constitucionales: Artículo 67: La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. Artículo 70: El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación. Artículo 71. La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades. Ley 115 de 1994. Ley General de Educación en Colombia. 1.4. Impacto Fiscal La iniciativa no involucra gastos para el Distrito. Se recomienda en las estrategias que propendan por su materialización y ejecución y que corresponde desarrollar a la administración, acudir prioritariamente a la búsqueda de donaciones de personas naturales o jurídicas, a la consecución de recursos de cooperación internacional para constituir un fondo común que permita destinar recursos para auspiciar a los destinatarios de la iniciativa. Es así como, el Distrito, en ninguna de sus instituciones (Secretaría de Educación, colegios y Universidad para este caso), se va a ver impactado fiscalmente. Iniciativa presentada por la Bancada del Partido de la "U".
MARTHA ESPERANZA ORDOÑEZ VERA H. Concejal PROYECTO DE ACUERDO No. 073 DE 2009 "POR MEDIO DEL CUAL SE CREA Y PROMUEVE POR PARTE DEL DISTRITO CAPITAL UN PROGRAMA DE INTERCAMBIO ESTUDIANTIL, DOCENTE E INVESTIGACION" EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL El Concejo de Bogotá D. C., en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas por los numerales 1 y 7 del artículo 12 del Decreto 1421 de 1993 y los literales a) y c) del articulo 68 del Decreto Presidencial 948 de 1995. ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO: Objeto. Crear, institucionalizar, desarrollar y promover un programa de intercambio estudiantil, docentes y de investigación del Distrito Capital, a través de convenios, acuerdos interadministrativos y demás gestionados por intermedio de la Secretaria de Educación Distrital, facilitando su acceso a la comunidad académica de Bogota, los jóvenes y estudiantes de los sectores menos favorecidos del Distrito Capital. ARTÍCULO SEGUNDO: Plan de Desarrollo. El objeto principal del sistema se relaciona de modo directo con las acciones contempladas en la línea "Ciudad de Derechos" del Plan de Desarrollo del la administración Moreno Rojas, integrada con el Propósito "Garantizar condiciones dignas de educación con énfasis en las personas, grupos poblacionales y sectores sociales en condiciones de riesgo y vulnerabilidad", el cual a su vez contempla el programa "Educación de calidad y pertinencia para vivir mejor". ARTÍCULO TERCERO. Estrategias. Para el desarrollo y efectividad del presente acuerdo se proponen las siguientes estrategias:
ARTÍCULO CUARTO. Autorizase al Alcalde para que en un término de seis meses reglamente el presente acuerdo. ARTÍCULO QUINTO. El presente Acuerdo rige a partir de su sanción y promulgación legal.
MARTHA ESPERANZA ORDOÑEZ VERA H. Concejal NOTAS DE PIE DE PÁGINA: 1 MORENO R. Samuel. Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C., 2008-2012. Alcaldía Mayor de Bogotá. Bogotá 2008, pág. 31.2 Ibid. Pag. 37. |