RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Proyecto de Acuerdo 116 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 02/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No

PROYECTO DE ACUERDO No. 116 DE 2009

"POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN MEDIDAS DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA EN LOS COLEGIOS DE BOGOTÁ A TRAVÈS DE LA INSTALACIÓN DE CÁMARAS DE VIDEO".

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. OBJETIVO DEL PROYECTO:

Brindar mejores condiciones de seguridad y convivencia a los estudiantes de los colegios de la ciudad, instalando en los centros educativos distritales un sistema de video, para realizar vigilancia en el interior (principales corredores y áreas comunes) y exterior de los mismos, pretendiendo disminuir los altos índices de maltratos emocionales, acoso sexual, robos, venta de estupefacientes y agresiones personales.

Para tal efecto se debe establecer un espacio de trabajo interinstitucional donde tenga presencia la Policía Metropolitana de Bogotá, la Secretaría de Gobierno, la Secretaría de Educación, El Instituto de bienestar Familiar, el Fondo de Vigilancia y población educativa; que permita diagnosticar, implementar, ejecutar y evaluar políticas de prevención y seguridad para la población estudiantil de la ciudad.

2. CONSIDERACIONES GENERALES:

La seguridad es uno de los elementos constitutivos de toda sociedad democrática, ella permite y garantiza la libertad, la igualdad y la vida de todos los ciudadanos. Bogotá se encuentra, desde hace algunos años, en un proceso de transformación encaminado a mejorar su seguridad con programas como las Zonas Seguras, los Frentes Locales de Seguridad, la construcción de nuevos CAI, el fortalecimiento de la Policía Comunitaria, el apoyo logístico por parte de los auxiliares de policía; son tan solo el resultado de la importancia que cada día más adquiere este tema para el Concejo de Bogotá y la administración distrital.

Hoy en día los avances tecnológicos en materia de comunicaciónes han permitido mejorar la percepción de los bogotanos sobre la seguridad con relación a lo que ocurría hace unos 15 años, como: grupos poblacionales vulnerables ante el fenómeno de la agresión, violencia, robo, ultraje, vejaciones, acoso y delitos sexuales, violencia intrafamiliar; sin embrago, exigen la inmediata actuación de las autoridades a través de nuevos instrumentos tecnológicos que se encuentran a nuestra disposición. El pie de fuerza pública en nuestra ciudad es escaso para cubrir vastos sectores en riesgo y donde se presenta mayor inseguridad, la presencia de los uniformados principalmente se encuentra en las entidades públicas, centros comerciales, bancos, y en sectores de gran tránsito peatonal y vehicular. De tal manera, que es importante para la ciudad, complementar el importante esfuerzo de la policía con la instalación de video cámaras de vigilancia ubicadas en los colegios públicos del distrito.

Uno de esos grupos poblacionales vulnerables ante estos sucesos son los jóvenes estudiantes de los colegios públicos y privados de nuestra ciudad. Es nuestro deber desde el cabildo distrital propender por mejorar las condiciones de seguridad de cientos de miles de jóvenes que acuden hoy a clases en medio de la zozobra por una eventual agresión. El mismo Gobierno Distrital es consciente de esta problemática en los colegios y por ello trabaja en crear ambientes que protejan la integridad de los estudiantes. Un ejemplo de esto, es el programa Caminos Seguros, implementado para que los niños puedan volver a sus casas con todas las garantías de seguridad, en coordinación con la policía1.

Las dramáticas cifras de inseguridad en los colegios presentadas en la encuesta "Convivencia y Seguridad en Ámbitos escolares de Bogotá 2006", donde más de 80 colegios tienen cifras críticas de violencia escolar, nos llevan a considerar que es necesario actuar en dos frentes: el primero, con medios coercitivos donde la policía haga constante vigilancia y seguimiento a delincuentes que merodean los colegios y que ven en los estudiantes presa fácil para estafarlos, engañarlos, golpearlos, robarlos, abusar de ellos etc.; y el segundo, realizando un monitoreo permanente de las actividades de los estudiantes en el interior y a las afueras del colegio que permitan corregir posibles conductas inadecuadas de los jóvenes por medio del dialogo, la construcción de escenarios de convivencia y tolerancia, fortaleciendo la cátedra amor y afecto aprobada por el Concejo de Bogota.

La inseguridad en los colegios quedó al descubierto después de la presentación de un informe especial del diario El Tiempo, el pasado mes de mayo, según el cual los robos y amenazas de muerte han obligado a muchos padres de familia a formar frentes para que sus hijos no corran peligro, mientras que los rectores piden ayuda a la policía. En los colegios privados se encontró por lo menos 40 denuncias de padres de familia que, para proteger a sus hijos, han decidido meterlos en una ruta de transporte. La preocupación es más evidente cuando el rector de uno de los colegios privados afirma que los estudiantes del colegio distrital cercano están implicados en estas anomalías. Según uno de los rectores de un colegio privado en la localidad de Fontibón: para defender a los niños se para a diario, a la hora de entrada y salida, en la puerta del colegio, con un grupo de profesores y que, incluso le ha hecho fotos a los ladrones, quienes se turnan en las esquinas cercanas al plantel educativo2.

Según una encuesta, revelada por este diario, y realizada por la Secretaría de Gobierno 49.165 estudiantes dijeron haber sido víctimas de robo sin violencia en el 2006, de los 87.750 encuestados en 807 colegios de Bogotá y Cundinamarca3.

Esta situación de peligro y riesgo inminente ha llevado a que algunos colegios privados deban planificar y desarrollar estrategias para impedir tales agresiones, dentro de las experiencias escolares seguras figuran la del Gimnasio Moderno, donde hay una patrulla de seguridad a la entrada y salida de los estudiantes así como en el colegio Santo Tomas de Aquino, donde las reuniones con los comandantes de policía de los CAI son permanentes.

Estas son solo expresiones tímidas y aisladas, generadas por la necesidad de hacerle frente a la inseguridad. Los colegios del distrito no cuentan con los avances tecnológicos necesarios para disminuir estos riesgos y no existe una articulación interinstitucional que permita, no solamente coaccionar este tipo de riesgos, sino que también, haga prevención frente a los sucesos que existen de las puertas de los planteles hacia adentro.

Este Proyecto de Acuerdo presentado al Honorable Concejo de Bogotá, busca que por medio de los Centros de Monitoreo, las video cámaras de vigilancia y la presencia de agentes de policía, se mejore la seguridad en los entornos de los planteles educativos. Esta tecnología mejorará la seguridad a la entrada y salida de las instalaciones de estudiantes, profesores y personal administrativo, permitiendo identificar cuales personas ajenas a la población educativa hacen presencia para realizar actividades como venta de droga, robos, agresiones, etc.

De igual forma, estos Centros de Monitoreo ubicados en el interior de los colegios permitirán disminuir los diversos tipos de maltrato que se evidenciaron con la Encuesta de Convivencia y Seguridad en Ámbitos Escolares de Bogotá 2006, presentados más abajo. Las Cámaras no serán ubicadas dentro de las aulas donde reciben clases los estudiantes sino, en aquellas zonas comunes, como corredores, y áreas comunes destinadas para deporte y recreación, para ello, cada plantel educativo deberá realizar un informe de los lugares del colegio donde los jóvenes están expuestos a conductas delictivas por parte de sus mismos compañeros.

Las cámaras de vigilancia también podrán capturar imágenes de estudiantes que no entren a los colegios o que salgan sin debida autorización, sin que en este caso medie un acto coercitivo por parte de la fuerza pública, sino que más bien, este medio coadyuve junto a la intervención de otras instituciones a una atención integral del estudiante que permita identificar él porque de ese comportamiento. De tal manera, la Secretaria de Educación continuará desarrollando actividades de prevención con los estudiantes que sean identificados cometiendo conductas diferentes a las de sus hábitos académicos.

Esta iniciativa si bien es novedosa para Bogotá, a nivel internacional se ha aplicado en varias ciudades del mundo, por ejemplo la ciudad de Alcorcon en España, instaló cámaras de vigilancia en el año 2007 conectadas a la policía con el fin de evitar actos vandálicos, disuadir a los autores de destrozos en los colegios e identificarlos4.

De la misma manera en Arona, provincia de este mismo país, llevaron a cabo la instalación de video cámaras de vigilancia después de ver los resultados obtenidos en la seguridad de colegios de provincias como La Camella y Cabo Blanco, el objetivo era garantizar la seguridad de los escolares, personal docente e instalaciones educativas5.

En Málaga, España la video vigilancia hace presencia en centros públicos y privados de educación. Sirve para evitar robos y actos vandálicos o ayudar a localizar a sus autores. En esta ciudad el sistema se activa siempre fuera del horario lectivo. Las cámaras están para evitar intrusos, robos y destrozos, no para controlar la conducta de los estudiantes6.

En Tenerife, de la misma manera, las video cámaras ubicadas en los planteles educativos están conectadas con la policía local+, en fin, este sistema tecnológico esta difundido por toda Europa. En España se presenta en prácticamente todas las comunidades.

Con las video cámaras de seguridad podemos garantizar una máxima eficacia en la atención contra el delito y una eficiencia en los gastos destinados para seguridad y que están dispuestos en el Plan de Desarrollo: Bogotá Positiva. Para vivir mejor, así: Objetivo Estructurante Derecho a la Ciudad. Programa Bogotá Segura y Humana. Proyecto Fortalecimiento de la Policía Metropolitana de Bogotá en funciones de policía de infancia y adolescencia.

En Bogotá, este sistema se aplicara en los colegios con mayores problemas de inseguridad según la encuesta "Convivencia y Seguridad en Ámbitos escolares de Bogotá 2006". En todos los casos se utilizaría un operativo similar: la disciplina afuera y adentro del plantel recae en el equipo directivo y en los servicios de mediación y cultura de paz de cada plantel así como en los responsables del diseño y desarrollo de un plan integral e intersectorial encabezado por la Secretaria de Educación. Mientras tanto, de puertas para afuera la policía por medio de las video cámaras y su personal local mantendrá operativos permanentes durante la jornada para la prevención de las peleas, robos, y la venta y consumo de drogas en su alrededor.

PRINCIPALES CONSIDERACIONES DE LA ENCUESTA CONVIVIENCIA Y SEGURIDAD EN ÁMBITOS ESCOLRES DE BOGOTA D.C. 2006

  • Existe una invisibilización de los problemas de convivencia y seguridad en los colegios.
  • De la misma manera alta prevalencia de maltrato emocional como insultos que hacen sentir mal a las víctimas (38%).

  • En cuanto al acoso sexual el 15% de los encuestados aseguro haber sido maltratados por compañeros de su curso, mientras otro 12% reportan ser acosados por estudiantes de otros cursos.

  • El 9% de los estudiantes reportaron haber sido victimas de amenaza con arma. En Bogotá la prevalencia de la percepción de inseguridad dentro del colegio es del 11%, mientras el indicador relacionado en el camino hacia y de regreso al colegio asciende al 28%. Hay una prevalencia muy alta de hurtos menores sin violencia en el contexto escolar (56%).

  • El 9% de los encuestados reporto haber pertenecido a grupos de pandillas los cuales generalmente tienen un territorio, un nombre y símbolos que los distinguen, se reúnen para consumir droga o realizar actos vandálicos.

  • Dentro de las perspectivas establecidas por la encuesta se establece que las condiciones de convivencia y agresividad son específicas. Algunos establecimientos educativos son afectados por muy particulares comportamientos agresivos o en conflicto con la Ley, que no están asociaos con otros tipos de violencia ó delincuencia. Otros establecimientos pueden enfrentar numerosos tipos de comportamientos agresivos los cuales, sin embargo, tienen dinámicas independientes y por lo tanto requieren de estrategias de control diferenciadas. Finalmente es posible que en algunos establecimientos existan dinámicas complejas e interrelacionadas de comportamiento agresivo y delincuencial, que requiere de estrategias altamente complejas y comprehensivas para su control.

3. SUSTENTO LEGAL DEL PROYECTO:

CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA

ARTICULO 2: Son fines esenciales del Estado servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la constitución; … las autoridades de la República están instruidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

ARTICULO 16: Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin mas limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.

ARTICULO 218: La Policía Nacional es un cuerpo armado permanente de naturaleza civil, a cargo de la nación, cuyo fin primordial es el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz.

LEY 1098 DE 2006 CODIGO DE LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA

ARTÍCULO 10. CORRESPONSABILIDAD. Para los efectos de este Código, se entiende por corresponsabilidad, la concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes. La familia, la sociedad y el Estado son corresponsables en su atención, cuidado y protección. La corresponsabilidad y la concurrencia aplican en la relación que se establece entre todos los sectores e instituciones del Estado. No obstante, lo anterior, instituciones públicas o privadas obligadas a la prestación de servicios sociales, no podrán invocar el principio de la corresponsabilidad para negar la atención que demande la satisfacción de derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes.

ARTÍCULO 18. DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra todas las acciones o conductas que causen muerte, daño ó sufrimiento físico, sexual o psicológico. En especial, tienen derecho a la protección contra el maltrato y los abusos de toda índole por parte de sus padres, de sus representantes legales, de las personas responsables de su cuidado y de los miembros de su grupo familiar, escolar y comunitario.

Para los efectos de este Código, se entiende por maltrato infantil toda forma de perjuicio, castigo, humillación o abuso físico o psicológico, descuido, omisión o trato negligente, malos tratos o explotación sexual, incluidos los actos sexuales abusivos y la violación y en general toda forma de violencia o agresión sobre el niño, la niña o el adolescente por parte de sus padres, representantes legales o cualquier otra persona.

ARTICULO 44. OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS. Los directivos y docentes de los establecimientos académicos y la comunidad educativa en general pondrán en marcha mecanismos para:

……………………………….

5. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores.

6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales.

7. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas.

DECRETO LEY 1421 DE 1993

ARTICULO 12. ATRIBUCIONES. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

…. 25. Cumplir las demás funciones que le asignen las disposiciones vigentes

DECRETO 503 DE 2003 (Diciembre 30) "Por el cual se adopta el Plan Maestro de Equipamientos de Seguridad Ciudadana, Defensa y Justicia para Bogotá D.C."

ARTICULO 65. Criterios para a ubicación de cámaras: Con el objeto de garantizar la mejor cobertura de las cámaras como elemento disuasivo de la violencia y la criminalidad y a su turno probatorio de hechos delictivos, serán criterios para la ubicación de las cámaras en el Distrito Capital, los siguientes:

c. Se procurará una vigilancia lo más amplia posible de los sitios que por su naturaleza pueden reportar alta afluencia de público

ARTICULO 62. Funcionalidades: El sistema (NUSE) además de las instalaciones físicas, involucra los siguientes aspectos:

f. Cámaras, grabadoras y centros de monitoreo de vídeo.

ARTICULO 64. Circuito Cerrado de Televisión-CCTV: Es el sistema electrónico de vigilancia de la vía pública que trabaja con la instalación de cámaras de video interconectadas y monitoreadas desde los Centros de Control de la Policía.

PLAN DE DESARROLLO

La financiación del presente Proyecto de Acuerdo se establece en el Plan de Desarrollo Bogotá Positiva en el programa Bogotá Segura y Humana.

Cordialmente,

HIPÓLITO MORENO GUTIÉRREZ

ORLANDO PARADA DIAZ

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

JAVIER ALONSO LASTRA FUSCALDO

JAVIER MANUEL PALACIO MEJÍA

H. Concejal de Bogotá

H. Concejal de Bogotá

RONALDO ANDRÉS CAMACHO C.

MARTHA ESPERANZA ORDÓÑEZ V.

H. Concejal de Bogotá

H. Concejal de Bogotá

ÉDGAR ALFONSO TORRADO GARCÍA

H. Concejal de Bogotá

PROYECTO DE ACUERDO No. De 2009

"POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN MEDIDAS DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA EN LOS COLEGIOS DE BOGOTÁ A TRAVÉS DE LA INSTALACIÓN DE CÁMARAS DE VIDEO".

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución Política y el numeral 1 del artículo 12 del Decreto- Ley 1421 de 1993

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO: ESTABLECIMIENTO. Instálense en los Centros Educativos Distritales de la ciudad Video Cámaras de Seguridad las cuales estarán adscritas al Sistema Integrado de Seguridad y Emergencia NUSE 123 y cuyo propósito sea proteger la vida, integridad y los bienes de estudiantes, docentes, personal administrativo y padres de familia de los Centros Educativos Distritales, a través del monitoreo y registro permanente en video de los lugares internos y externos a estas instituciones.

ARTICULO SEGUNDO: El diagnóstico, la formulación y planeación en la instalación de las Video Cámaras de Seguridad en los colegios estará a cargo de la Secretaría de Gobierno y la Secretaria de Educación Distrital.

ARTICULO TERCERO: La ejecución e integración al NUSE será coordinado por la Secretaría de Gobierno y la Policía Metropolitana de Bogotá.

ARTICULO CUARTO: Créense en los Centros Educativos Distritales un espacio de evaluación integral con participación de la Secretaría de Gobierno y Secretaría de Integración Social donde la comunidad educativa formule políticas de prevención y orientación ante posibles conductas agresivas de los estudiantes que hayan sido registradas por las Video Cámaras de Seguridad.

ARTICULO QUINTO: La Secretaría de Gobierno, la Secretaría de Integración Social, la Policía Metropolitana de Bogotá y la Comunidad Educativa formulará e implementará estrategias en:

  1. Promover el respeto de las normas de convivencia ciudadana.
  2. Vincular en los Centros Educativos Distritales las Unidades de Apoyo a la Justicia Comunitaria.

ARTICULO SEXTO. VIGENCIA: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su promulgación.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá D. C. a los __ días del mes de ______ de 2008

SOLEDAD TAMAYO TAMAYO

MARTHA CIPAGAUTA

Presidente del Concejo de Bogotá

Secretaria General

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá

NOTAS DE PIE DE PÁGINA:

1 Palabras de la Secretaria de Gobierno Clara López, al Diario El Espectador 17 de Abril 2008.

2 El tiempo. 6 de mayo de 2008. Inseguridad en los colegios de Fontibón.

3 El Tiempo. 6 de Mayo de 2008

4 http://www.elmundo.es/elmundo/2007/02/06/madrid/

5 http://www.eldia.es/2003-04-07/sur/

6 http://www.DIARIOSUR.ES/20080403/MALAGA/MITAD-COLEGIOS-PUBLICOS-INSTALAN-20080403.HTML

7 http://www.gobiernodigital.org.ar/texto.asp?