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Resolución 4305 de 2008 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Fecha de Expedición:
04/11/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/11/2008
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4118 de diciembre 16 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 4305 DE 2008

(Noviembre 4)

Derogada por el art. 1, Resolución Sec. Educacíon 1352 de 2010

"Por la cual se deroga la Resolución 3080 del 25 de julio de 2005 y se delega una función".

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DE BOGOTA D.C.,

en ejercicio de sus atribuciones legales y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, artículo 56 de la Ley 962 de 2005, el Decreto 330 de 2008 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 56 de la Ley 962 de 2005, con relación a la nacionalización de trámites en materia del Fondo de Prestaciones Sociales del’ Magisterio, estableció que: "Las prestaciones sociales que pagará el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio serán reconocidas por el citado Fondo, mediante la probación del proyecto de resolución por parte de quien administre el Fondo, el cual debe ser elaborado por el Secretario de Educación de la Entidad Territorial certificada correspondiente, a la que se encuentre vinculado el docente. EI acto administrativo de reconocimiento se hará mediante resolución que llevará la firma del Secretario de Educación de la entidad territorial.

Que mediante Resolución 3080 de 2005, expedida por el. Secretario de Educación de Bogotá, D.C, delegó en el Subsecretario Administrativo de la Secretaría de Educación de Bogotá D.C la elaboración y suscripción del acto administrativo de reconocimiento de las prestaciones sociales que paga el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, previa aprobación del proyecto de resolución por el Administrador del Fondo.

Que el artículo 29 del Decreto Distrital 330 del 06 de octubre de 2008, asignó entre otras funciones a la Subsecretaría de Gestión Institucional, la de dirigir y orientar las políticas prestacionales del magisterio de Bogotá en coordinación con .el Fondo Prestacional del Magisterio.

Que de conformidad con el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas pueden mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines 0 complementarias.

Que en consecuencia se debe proceder a derogar la resolución 3080 de 2005 y delegar en la Subsecretaria de Gestión Institucional la función de elaboración y suscripción del acto administrativo de reconocimiento de las prestaciones sociales que paga el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio.

En mérito de lo expuesto,

Ver el art. 3 del Decreto Nacional 2831 de 2005

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Derogar la resolución 3080 de 2005, por lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución. .

ARTÍCULO SEGUNDO: Delegar en la Subsecretaría de Gestión Institucional elaboración y suscripción de los actos administrativos de reconocimiento de las prestaciones sociales que paga el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, previa aprobación del proyecto de resolución por el Administrador del Fondo

ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los cuatro (4) días del mes de noviembre de dos mil ocho (2008).

ABEL RODRÍGUEZ CÉSPEDES

Secretario de Educación

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4118 de diciembre 16 de 2008