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Directiva 6 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
16/06/1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/06/1998
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

(CÓDIGO CJA08311998) ESPACIO PÚBLICO

DIRECTIVA 006 DE 1998

(Junio 16)

PARA:

Secretarios de Despacho, Directores de Departamentos Administrativos e Institutos, Jefes de Unidades, Gerentes de las Empresas Descentralizadas y Alcaldes Locales.

DE:

Alcalde Mayor

ASUNTO:

Programa de Descontaminación y Restitución del Espacio Público

Ver el Acuerdo Distrital 1 de 1998

Como una contribución al programa de DESCONTAMINACIÓN VISUAL Y RESTITUCIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO, a partir de la fecha les solicito abstenerse de instalar vallas, avisos o pendones directamente, o a través de sus contratistas en inmuebles privados, públicos o áreas que constituyen espacio público, urbanas o rurales.

Así mismo, las entidades y dependencias distritales que tengan instaladas vallas en la ciudad, deben proceder a desmontarlas a la mayor brevedad posible.

Cuando se trate de la divulgación de medidas especiales de la Administración Distrital, relacionadas con la prevención de desastres, el DAMA o las Alcaldías Locales, según la competencia, como entidades competentes, podrán excepcionalmente expedir los permisos correspondientes.

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO.

Alcalde Mayor